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ACEPTACION DE HERENCIA

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ACEPTACION DE HERENCIA

Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segundo de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos de Ley.

HACE SABER: Que por resolución dictada por este Tribunal de las quince horas y treinta y cinco minutos del día diecisiete de Agosto del corriente año, SE HA TENIDO POR ACEPTADAEXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó la causante SUSANA ARGUETA QUEVEDO, conocida por MARIA SUSANA ARGUETA, de parte de la señora MARIA ISIDRA ARGUETA, por derecho propio como hija y como Cesionaria de los derechos que le correspondían al señor TOMAS ARGUETA Y ARGUETA, éste como hijo de la mencionada causante, quien a la fecha de su fallecimiento fue de setenta y un años de edad, de ofi cios domés-ticos, originaria y del domicilio de Meanguera, hija de Paulino Argueta y Norberta Quevedo; FALLECIO a las once horas y treinta minutos del día nueve de Septiembre de dos mil cinco, en el Cantón Cerro Pando y Caserío Poza Honda de Meanguera; siendo esta misma población lugar de su último domicilio. Se le confi rió a la aceptante antes mencionada y en la forma establecida, la ADMINISTRACION Y REPRESENTA-CION INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto en el expresado perió-dico.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Fran-cisco Gotera, a las quince horas del día veintiuno de Agosto de dos mil siete. Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º. DE 1ª. INSTANCIA. Licda. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA.

3 v. alt. No. C012448-3

ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO.

HACE SABER: Que mediante resolución proveída en este Tribunal, a las catorce horas y treinta y siete minutos del día tres de septiembre del año dos mil siete, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el causante ADILIO HUBERTO PERAZA GALDAMEZ o ADILIO UBERTO PERAZA GALDAMEZ quien falleció a las cuatro horas y cuarenta y cinco minutos del día catorce de Mayo del año dos mil cinco,

en el Hospital Bautista de la ciudad de San Salvador, siendo su último domicilio la población de Santa Rita, de este departamento; de parte de la señora GRACIA AMELIDA PEREZA VIUDA DE PERAZA, en su calidad de cónyuge sobreviviente del causante en mención y como ce-sionaria de los derechos hereditarios que les correspondían a las señoras GLADIS NOEMI PERAZA DE LARA Y EMELIA ETEL PERAZA, en su calidad de hijas sobrevivientes del de cujus. Habiéndosele con-ferido a la aceptante en el concepto antes indicado la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Se citan a los que se crean con derecho a la herencia para que en el término de quince días se presenten a este Tribunal a hacer uso de su derecho.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Dulce Nombre de María, Departamento de Chalatenango, a los diez días del mes de Sep-tiembre del año dos mil siete. Lic. ULISES MENJIVAR ESCALANTE, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. OSCAR IMERY HERNANDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012450-3

JOAQUIN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las diez horas de esta fecha, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de los señores GLORIA JUDITH HENRIQUEZ ABARCA, ADALID FERNANDO HENRIQUEZ ABARCA y DORIS MARILENA HENRIQUEZ ABARCA, la herencia intestada que a su defunción dejó el señor NOE ADALID HENRIQUEZ, quien fue de cincuenta años de edad, Jornalero, fallecido a las doce horas treinta minutos del día ocho de febrero del año dos mil siete, siendo la Pobla-ción de San Lorenzo de este distrito, su último domicilio, en concepto de hijos del causante; se les ha conferido a los aceptantes en el carácter dicho la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Lo que se hace saber al público para los efectos de ley. Librado en el Juzgado de Primera Instancia: Atiquizaya, a las diez horas veinte minutos del día veintisiete de julio del año dos mil siete. Enmendado-JUDITH VALE. Lic. JOAQUÍN FRANCISCO MOLINA LINARES, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Lic. HUGO ALCIDES MARTINEZ SANTILLANA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. C012456-3

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YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PUBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las nueve horas treinta minutos del día dieciséis de agosto del co-rriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario, la herencia intestada dejada a su defunción por el causante señor BENJAMIN ALBERTO RAMIREZ HERNANDEZ, ocurrida el día dos de junio de dos mil seis, en colonia San Francis-co del Cantón Lourdes, jurisdicción de Colón, lugar de su último domicilio, de parte de la señora PAULINA CHAVEZ RAMIREZ DE ORELLANA, en calidad de hermana del causante; y se ha conferido a la aceptante, la administración y la representación interinas de la sucesión, la que debe ejercer conjuntamente con los otros aceptantes señores CARMEN CHAVEZ RAMIREZ DE VELASQUEZ, conocida por CARMEN CHAVEZ DE VELASQUEZ y OSCAR ARMANDO MONTOYA RAMIREZ.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Santa Tecla, a las diez horas treinta y tres minutos del día treinta y uno de agosto de dos mil siete. Lic. YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL.- Br. KARINA VANESSA SILVA DE SOMOZA, SECRE-TARIO.

3 v. alt. No. F017721-3

EL INFRASCRITO JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE ESTE DISTRITO JUDICIAL,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las nueve horas y cuarenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario por parte de la señora HIMELDA DEL CARMEN CANO VANEGAS, la He-rencia Intestada dejada a su defunción por el causante MIGUEL ANGEL VANEGAS DUEÑAS, quien falleció a las nueve horas del día veintinueve de abril de mil novecientos noventa y uno, en el Cantón El Jocote, de la jurisdicción de San Matías, siendo dicho lugar su último domicilio, en su calidad de hija del cau-sante; confiriéndosele a la aceptante en el concepto indicado la administración y representación interina de la referida sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente; ordenándose a la vez se citen a las personas que se crean con derecho a la sucesión para que se presenten a deducirla dentro de los quince días subsiguientes a este edicto.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia, San Juan Opico, a las diez horas cinco minutos del día veintinueve de agosto del año dos mil siete. Lic. EDGAR ORLANDO ZUNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Lic. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F017725-3

CARLOS WILFREDO GARCÍA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SOYAPANGO.

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Tribunal a las nueve horas y cuarenta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de parte de la menor KARLA ELIZABETH AVALOS HUEZO, en calidad de hija del causante, la Sucesión INTESTADA que a su defunción dejó el señor SERNANDO ANGEL AVALOS, conocido por ROLANDO AVALOS, quien fue de sesenta y tres años de edad, Soltero, hijo de la señora ENRIQUETA AVALOS, originario de San Julián, De-partamento de San Salvador, de nacionalidad salvadoreña, quien falleció el día once de enero de mil novecientos noventa y siete, y cuyo último domicilio fue Soyapango. La menor antes mencionada ejercerá su derecho por medio de su representante legal señora María Elena Huezo de Valdez, conocida por María Elena Huezo. Confiérese a la aceptante declarada la administración y representación INTERINA de la Sucesión, con las facultades y restricciones de los Curadores de la Herencia Yacente.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos legales consiguientes.

Librado en el Juzgado de lo Civil de Soyapango, a las catorce horas treinta y cinco minutos del día quince de junio de dos mil siete. CARLOS WILFREDO GARCIA AMAYA, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. MARIA ESTELA SORIANO NAVARRETE, SECRE-TARIA.

3 v. alt. No. F017737-3

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO.

HACE SABER. Que por resolución de las nueve horas trein-ta minutos del día catorce de junio del año dos mil siete.- Se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario de la herencia Intestada dejada por el señor PABLO MENDOZA VENTURA, fallecido el día veintiuno de octubre del año dos mil

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DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Septiembre de 2007.

seis, en esta ciudad siendo el Cantón La Unión de la jurisdicción de Juayúa su último domicilio, de parte del señor SANTOS ENRIQUE VENTURA en concepto de sobrino del causante.

Se ha conferido al declarado la administración y representación interinas de la sucesión.

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las quince horas del día tres de julio del año dos mil siete. Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F017824-3

MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas quince minutos del día catorce de Junio del presente año, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario de la herencia intestada dejada por la señora TRANCITO VENTURA DE MENDEZ, fallecida el día dieciséis de Octubre del año dos mil seis, en el cantón La Unión jurisdicción de Juayúa su último domicilio, de parte del señor SANTOS ENRIQUE VENTURA en concepto de hijo de la causante.- Se ha conferido al aceptante la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de

Juzgado de lo Civil: Sonsonate, a las diez horas cuarenta minutos del día cuatro de julio del dos mil siete.- Dr. MARIO MOISA MARTINEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. CECILIA DEL CARMEN CEREN DE ESCOBAR, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F017825-3

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las catorce horas con cuarenta y cinco minutos del día veintiocho de agosto del dos mil siete; se ha tenido por aceptada expresamente y con beneficio de inventario la herencia Intestada dejada por el causante MARGARITO HERCULES, conocido por MARGARITO HERCULES MARTINEZ, quien fue de sesenta y siete años de edad, Agricultor, fallecido el día veintinueve de abril del dos siete, siendo Metapán su último domicilio; por parte del señor MARCIAL HERCULES MORALES, en su concepto de hijo y cesionario de

los derechos hereditarios que le correspondían a los señores JU-LIA MORALES DE HERCULES, JUAN HERCULES MORALES, ANTONIA HERCULES MORALES, hoy DE PALACIOS, LUCILA HERCULES DE MARTINEZ conocida por LUCILA HERCULES MORALES, hoy DE MARTINEZ, IRMA NOEMY HERCULES MO-RALES, ROSA HILDA HERCULES conocida por ROSA HILDA HERCULES MORALES, ANA MARIA HERCULES MORALES conocida por MARIA ANA HERCULES MORALES y MANUEL ANTONIO HERCULES MORALES, como cónyuge la primera e hijos del referido causante los demás.- En consecuencia, se le ha conferido a dicho aceptante la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones que la ley confiere a los curadores de la herencia

Se citan a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este

Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las diez horas del día cuatro de septiembre del dos mil siete.- Lic. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F017845-3

JOSÉ MANUEL CHAVEZ LÓPEZ, Juez de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las diez horas treinta minutos del día dos de agosto de dos mil siete, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSE LUIS CASTELLA-NOS, quien falleció el día veintidós de marzo de mil novecientos ochenta, en el Cantón Maquilishuat de esta jurisdicción, siendo la ciudad de Ilobasco, departamento de Cabañas, lugar de su último domicilio, de parte de la señora ISAURA DE JESUS VENTURA VIUDA DE CASTELLANOS o ISAURA VENTURA, en calidad de cónyuge sobreviviente; y se le ha conferido a la aceptante, la administración y representación interina de la sucesión, con las fa-cultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Cabañas, a las diez horas cuarenta minutos del día dos de agosto de dos mil siete. Lic. JOSE MANUEL CHAVEZ LOPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA PROPIETARIO.- Lic. CORNELIO SANTOS, SECRETARIO DE PRIMERA INSTANCIA.

3 v. alt. No. F017853-3

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JOSE MANUEL CHAVEZ LÓPEZ, Juez de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las quince horas del día veintiséis de julio de dos mil siete, se ha tenido por aceptada expresamente con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor JOSE ANTONIO MERCADO, quien falleció el día veinte de marzo de mil novecientos ochenta y dos, siendo Ilobasco, departamento de Cabañas el lugar de su último domicilio, de parte de la señora MARIA ESPERANZA VALLADARES HOY VIUDA DE MERCADO O MARIA ESPE-RANZA MERCADO, en calidad de cónyuge sobreviviente; y se le ha conferido a la aceptante, la administración y representación interina de la sucesión intestada, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, Ca-bañas, a las quince horas treinta minutos del día veintiséis de julio de dos mil siete.- Licdo. JOSE MANUEL CHAVEZ LOPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA PROPIETARIO.- Licdo. CORNELIO SANTOS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F017854-3

Lic. GILMA DARLENE AREVALO SORIANO, Jueza de Primera Instancia Suplente de este Distrito. AL PUBLICO: para los efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Tribunal de las ocho horas y cincuenta y cinco minutos del día veintinueve de agosto del presente año; SE HA TENIDO POR ACEPTADA expresamente y con beneficio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida el día VEINTISEIS DE MAYO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE en la ciudad de Los Angeles, California, Estados Unidos de Norteamérica, dejó la se-ñora MARIA OLIMPIA DOMINGUEZ VIUDA DE CORNEJO, MARIA OLIMPIA DOMINGUEZ o MARIA DOMINGUEZ, siendo su último domicilio Santo Domingo, San Vicente, de parte de los señores JOSE ANTONIO CORNEJO DOMINGUEZ, JOAQUIN CORNEJO, conocido por JOAQUIN CORNEJO DOMINGUEZ, MARIA GUADALUPE DOMINGUEZ LOVOS y PASTOR COR-NEJO, conocido por PASTOR CORNEJO DOMINGUEZ o JOSE PASTOR CORNEJO, en concepto de hijos de la causante, por medio de su Apoderado General Judicial, Licenciado ERNES-TO NAPOLEON PEREZ HERNANDEZ, confiriéndoseles a los aceptantes la administración y representación INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de ley.

Juzgado de Primera Instancia de San Sebastián, Departamento de San Vicente, a las nueve horas y quince minutos del día veintinueve de agosto de dos mil siete. Licda. GILMA DARLENE AREVALO SORIANO, JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA SUPLENTE.- Br. BESSY CECILIA FABIAN FUENTES, SECRETARIA.

3 v. alt. No. F017855-3

JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, Juez de Primera Instancia de este Distrito Judicial, al público para efectos de ley,

HACE SABER: Que por resolución de las doce horas del día veinti-nueve de agosto de dos mil siete, se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción dejó el señor FERNANDO ECHEVERRÍA ESCOBAR o FERNANDO ECHEVERRÍA, quien falleció el día trece de julio de mil novecientos noventa y cinco, siendo Ilobasco, departamento de Cabañas, lugar de su último domicilio, de parte de los señores FÉLIX ECHEVERRÍA, APOLONIA ECHEVERRÍA, ERMINIA ECHEVERRÍA DE FLO-RES, ENCARNACIÓN ECHEVERRÍA DE FLAMENCO, MARIA FERNANDA ECHEVERRÍA, JOSE OVIDIO ECHEVERRÍA y MA-RIA FRANCISCA ECHEVERRÍA ECHEVERRÍA, en calidad de hijos del causante; y se les ha conferido a los aceptantes, la administración y representación interina de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente .

Librado en el Juzgado de Primera Instancia de Ilobasco, departa-mento de Cabañas, a las doce horas treinta minutos del día veintinueve de agosto de dos mil siete.- Lic. JOSÉ MANUEL CHÁVEZ LÓPEZ, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA PROPIETARIO.- Licdo. CORNELIO SANTOS, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F017856-3

EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INSTAN-CIA DE ESTE DISTRITO JUDIINSTAN-CIAL.

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado de las nueve horas y treinta minutos de este día, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de la señora ORBELINA MORALES u ORBELINA PAREDES DE ARTEAGA, la herencia intestada dejada a su defunción por la señora MARÍA DEL ROSARIO MORALES, quien falleció a las tres horas del día veintiséis de noviembre de dos mil cuatro, en el Hospital Nacional Rosales de la ciudad de San Salvador, siendo la ciudad de San Juan Opico su último domicilio, en concepto de hija de la causante y como cesionaria del derecho hereditario que le correspondía a la señora MARÍA BERTA MORALES DE VÁSQUEZ,

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DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 19 de Septiembre de 2007.

en calidad de hija de la causante. Confi érese a la referida aceptante en el concepto indicado la administración y representación interinas de la indicada sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Cítese a las personas que se crean con derecho en las presentes diligencias.

Lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de ley.

Librado en el Juzgado de Primera Instancia: San Juan Opico, a las nueve horas y cuarenta y cinco minutos del día trece de agosto de dos mil siete.- Licdo. EDGAR ORLANDO ZÚNIGA RIVAS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA.- Licdo. CARLOS ARNULFO SOSA FLORES, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F017861-3

YOALMO ANTONIO HERRERA, JUEZ DE LO CIVIL DE SANTA TECLA, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado, a las quince horas y veinticinco minutos del día diez de abril del corriente año, se ha tenido por aceptada, expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada, dejada a su defunción por el causante ANTUAN VARTAN RINALDO MARTAYAN, ocurrida el día catorce de septiembre de dos mil seis, en esta ciudad, lugar de su último domicilio, de parte de la señora ANNE PAULE MARIE RIMBEAU-MARTAYAN, y del menor TIGRAN ROGER BERC MARTAYAN, en calidad de cónyuge sobreviviente la primera y el segundo como hijo de la causante, y además como cesionario de los derechos hereditarios que correspondían a los señores BERC OSEP MARTAYAN y SOFIK NADIA MARTAYAN,