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AGENCIAS ENCARGADAS DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEY

SECCIÓN II: OTRA INFORMACIÓN IMPORTANTE PARA ESTUDIANTES Y PADRES

AGENCIAS ENCARGADAS DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEY

Interrogación de estudiantes

Cuando oficiales de agencias de cumplimiento de la ley o otras autoridades legítimas deseen interrogar o entrevistar a un estudiante en la escuela, el director cooperará completamente con las condiciones de la entrevista, si el interrogatorio o entrevista es parte de una investigación de maltrato de niños. En otras circunstancias:

 El director verificará y anotará la identidad del oficial o otra autoridad y pedirá una explicación de la necesidad de interrogar o entrevistar al estudiante en la escuela.

 El director normalmente hará esfuerzos razonables para notificar a los padres a menos que el interrogador tenga una objeción que el director considere válida.

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 El director normalmente estará presente a menos que el interrogador tenga una objeción que el director considere válida.

Detención de estudiantes

La ley estatal requiere que el distrito permita la detención legal de un estudiante:

 Para cumplir con una orden del juzgado de menores.

 Para cumplir con las leyes de arresto.

 Por un oficial de la ley si existe una causa probable de que un estudiante esté involucrado en una conducta delincuente o una conducta que necesite supervisión.

 Por un oficial de libertad condicional si existe una causa probable para creer que el estudiante ha violado su condición de libertad provisional impuesta por el juzgado de menores.

 Por un representante autorizado de los Servicios de Protección de Menores, el Departamento de Servicios para la Familia y de Protección de Texas, un oficial de agencias de

cumplimiento de la ley o un oficial de libertad condicional de menores, sin una orden de la corte, bajo las condiciones establecidas en el Código de Familia relacionadas a la salud o seguridad física del estudiante.

 Para cumplir con una directiva correctamente dictada para poner a un estudiante en custodia. Antes que el oficial de cumplimiento de la ley u otra persona legalmente autorizada se lleve al estudiante, el director verificará la identidad del oficial y, hasta donde él pueda, verificará la autoridad del oficial para llevarse en custodia al estudiante.

El director inmediatamente notificará al superintendente y normalmente intentará notificar a los padres a menos que el oficial o la otra persona autorizada tengan una objeción considerada válida por el director. Debido a que el director no tiene la autoridad de prevenir o retrasar la entrega del estudiante a un oficial en el cumplimiento de la ley, cualquier notificación será, con más

seguridad, después del acontecimiento.

Notificación de quebrantamiento de la ley

El distrito debe, en cumplimiento de la ley estatal, notificar:

 A todo el personal de enseñanza y apoyo que tiene la responsabilidad de supervisar a un estudiante que ha sido detenido, arrestado, o referido a un juzgado de menores por cualquier delito grave o ciertos delitos menores.

 A todo el personal de enseñanza y apoyo que tiene contacto regularmente con un estudiante que está considerado a haber cometido ciertos delitos o que fue declarado culpable, recibió un arbitraje diferido, recibió una sentencia diferida o fue sentenciado por conducta delincuente de cualquier delito grave o ciertos delitos menores.

 A todo el personal apropiado del distrito en cuanto a un estudiante que está obligado a registrarse como un delincuente sexual.

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Salir del Campus

Por favor recuerde que la asistencia del estudiante es fundamental para el aprendizaje. Pedimos que las citas sean programadas fuera del horario escolar tanto como sea razonablemente posible. También tenga en cuenta que al levantar a su hijo/a temprano regularmente resulta en la pérdida de oportunidades para el aprendizaje. A menos que el director otorgue su aprobación debido a circunstancias atenuantes, un estudiante regularmente no se liberará antes del final del día escolar.

Normas estatales requieren que se obtenga consentimiento de los padres antes de permitir que cualquier estudiante salga de la escuela durante cualquier parte del día escolar. El distrito ha establecido los siguientes procedimientos con el fin de documentar el consentimiento de los padres:

 Para los estudiantes de la escuela primaria y secundaria, uno de los padres o un adulto autorizado tienen que venir a la oficina y firmar la salida del estudiante. Por favor, este preparado para mostrar una identificación. Una vez verificada su identidad, un

representante llamará o traera al estudiante a la oficina. Por razones de seguridad y estabilidad del ambiente de aprendizaje, no podemos permitir que vaya al salon o a otro area sin escolta para recoger al estudiante. Si el estudiante regresa a la escuela el mismo dia, el padre o adulto autorizado debe firmar la hora en que regreso el estudiante.

También se require documentación sobre el motivo de la ausencia.

 Si un estudiante se enferma durante el día escolar y la enfermera de la escuela u otro personal del distrito determina que el estudiante debe irse a su casa, la enfermera se comunicará con los padres del estudiante y documentara los deseos de los padres con respecto a la liberación de la escuela. A menos que los padres indiquen que el estudiante puede irse sin acompañante, los padres u otro adulto autorizado debe seguir los

procedimientos mencionados anteriormente. Se se permite que un estudiante salga de la escuela por sí mismo, según lo permitido por el padre del estudiante o si el estudiante tiene 18 años o es un menor emancipado, la enfermera documentara la hora del dia en que el estudiante dejo la escuela.