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Artículo 901 Gestión de residuos de construcción y demolición (RCD's)

Los residuos generados en la ejecución de la obra deben segregarse adecuadamente para que la gestión de los mismos sea de acuerdo a la legislación, y en todo caso, deberán separarse los residuos peligrosos de los no peligrosos.

Los residuos no peligrosos deberán segregarse de acuerdo con la gestión a que sean sometidos en puntos de destino seleccionados, o de acuerdo con los principios de gestión del municipio; De tal modo, se establece la siguiente segregación de mínima:

Clase 1. Los residuos derivados de la actividad humana en la obra, constituidos por plástico, vidrio y restos orgánicos.

Contenerización.-Los residuos incluidos en la clase 1, como alimentos, envases variados, latas de bebida, se consideran residuos sólidos urbanos (R.S.U.), serán depositados en los contenedores correspondientes instalados dentro del ámbito de obra. Esta contenerización se realizará de acuerdo con el sistema de gestión y recogida de residuos del municipio, estableciendo un sistema de control que permita garantizar la no utilización por parte del público de los contenedores.

Gestión.-Servicio municipal de limpieza, con previo aviso por parte de la empresa adjudicataria de la ejecución de la obra.

Clase 2.Los residuos orgánicos procedentes de desbroces y la vegetación existente en la zona. Acopio.-Estos residuos deberán acopiarse de manera adecuada durante su generación.

Gestión.- Gestionados independientemente por la empresa adjudicataria a través de gestor autorizado por la Autoridad Ambiental, gestión en la que prevalecerá la valorización.

En caso de que se deposite en el terreno, se deberá triturar y esparcir homogeneamente, de manera que se produzca una rápida incorporación al suelo

Clase 3. Los residuos de materiales de construcción y demolición considerados como inertes, tanto los generados en la propia obra como los presentes en el ámbito de trabajo, y que sea necesario retirar.

Acopio.-Estos residuos deberán acopiarse de manera adecuada durante su generación.

Gestión.-Gestionados independientemente por la empresa adjudicataria a través de gestor autorizado por la Autoridad Ambiental.

Clase 4.Las tierras sobrantes sin características de tierra vegetal, no contaminadas.

Acopio.-Estos residuos deberán acopiarse de manera adecuada durante su generación

Gestión.-Los materiales incluidos en la clase 4, serán utilizados en lo posible dentro de la propia obra, y no deberán ser enviados a vertederos de residuos, dado que no tienen esta categoría; deberán ser vertidos en localizaciones previamente aprobadas por la Autoridad Ambiental.

Clase 5. Las tierras sobrantes con características de tierra vegetal, no contaminadas.

Los residuos peligrosos deberán separarse, contenerse y etiquetarse de acuerdo con la legislación de residuos, no debiendo mantenerse acopiados durante un periodo superior a 6 meses. La localización de los residuos peligrosos deberá estar sujeta a estricto control, evitando la localización en puntos en que puedan ocasionar riesgo de contaminación, a determinar por la D.A.O. o D.O. en caso de que coincidan

Acopio Estos residuos deberán acopiarse de manera adecuada durante su generación.

Gestión-Los materiales incluidos en la clase 5, es decir, la tierra vegetal, será acopiada correctamente dentro de la zona de obra, para ser reutilizados posteriormente en la revegetación de zonas degradadas; el resto de la tierra vegetal, deberá ser vertida en un punto autorizado por la Autoridad Ambiental, evitando la utilización de vertederos de residuos.

Clase 6. Residuos de aceites y otros residuos de líquidos de vehículos o maquinaria, los recipientes que los contienen, u otros materiales impregnados de estos residuos.

Clase 7. Otros residuos considerados residuos peligrosos, de acuerdo con el Catálogo Europeo de Residuos. Acopio.-De acuerdo con la legislación vigente.

Gestión.-Los residuos de aceites, otros restos líquidos de vehículos, los envases de los mismos y los materiales impregnados con éstos, clase 6, son residuos peligrosos, al igual que aquellos residuos incluidos dentro de la clase 7, y deben ser entregados a un gestor autorizado de residuos peligrosos, conforme a la legislación vigente.

El transporte será realizado por un transportista autorizado.

Los residuos deberán ser almacenados en recipientes adecuados: etiquetados de acuerdo con la legislación de residuos y ubicados en zonas que no supongan un riesgo para el medio.

La obligación legal de gestionar adecuadamente los residuos producidos en la obra, determina que los costes de dicha gestión sean atribuidos a la empresa adjudicataria de la ejecución de la obra.

El contratista deberá llevar a cabo una correcta gestión de los residuos generados durante la ejecución de las obras, para ello deberá llevar a cabo las siguientes acciones:

 Deberá solicitar la inscripción como productor de Residuos Peligrosos.

 Deberá solicitar los servicios de gestores autorizados para la gestión de los residuos.

 Los almacenarán en contenedores adecuados para ello y no se deberán mezclar residuos de diferente naturaleza.

 Deberá estar inscrito como productor de residuos de la construcción y demolición conforme el Decreto 352/2002, de 5 de diciembre.

 En cuanto a la gestión de Residuos Peligrosos: estos deberán estar correctamente identificados y etiquetados, se almacenarán en contenedores separados, y no deberán almacenarse durante un periodo superior a seis meses.

49 Pedro Felipe Mosquera Feijoo

DOCUMENTO N:3

PARTE 9. GESTIÓN DE RESIDUOS

Artículo 901. Gestión de residuos de construcción y demolición (RCD's)

Los residuos generados en la ejecución de la obra deben segregarse adecuadamente para que la gestión de los mismos sea de acuerdo a la legislación, y en todo caso, deberán separarse los residuos peligrosos de los no peligrosos.

Los residuos no peligrosos deberán segregarse de acuerdo con la gestión a que sean sometidos en puntos de destino seleccionados, o de acuerdo con los principios de gestión del municipio; De tal modo, se establece la siguiente segregación de mínima:

Clase 1. Los residuos derivados de la actividad humana en la obra, constituidos por plástico, vidrio y restos orgánicos.

Contenerización.-Los residuos incluidos en la clase 1, como alimentos, envases variados, latas de bebida, se consideran residuos sólidos urbanos (R.S.U.), serán depositados en los contenedores correspondientes instalados dentro del ámbito de obra. Esta contenerización se realizará de acuerdo con el sistema de gestión y recogida de residuos del municipio, estableciendo un sistema de control que permita garantizar la no utilización por parte del público de los contenedores.

Gestión.-Servicio municipal de limpieza, con previo aviso por parte de la empresa adjudicataria de la ejecución de la obra.

Clase 2.Los residuos orgánicos procedentes de desbroces y la vegetación existente en la zona. Acopio.-Estos residuos deberán acopiarse de manera adecuada durante su generación.

Gestión.- Gestionados independientemente por la empresa adjudicataria a través de gestor autorizado por la Autoridad Ambiental, gestión en la que prevalecerá la valorización.

En caso de que se deposite en el terreno, se deberá triturar y esparcir homogeneamente, de manera que se produzca una rápida incorporación al suelo

Clase 3. Los residuos de materiales de construcción y demolición considerados como inertes, tanto los generados en la propia obra como los presentes en el ámbito de trabajo, y que sea necesario retirar.

Acopio.-Estos residuos deberán acopiarse de manera adecuada durante su generación.

Gestión.-Gestionados independientemente por la empresa adjudicataria a través de gestor autorizado por la Autoridad Ambiental.

Clase 4.Las tierras sobrantes sin características de tierra vegetal, no contaminadas.

Acopio.-Estos residuos deberán acopiarse de manera adecuada durante su generación

Gestión.-Los materiales incluidos en la clase 4, serán utilizados en lo posible dentro de la propia obra, y no deberán ser enviados a vertederos de residuos, dado que no tienen esta categoría; deberán ser vertidos en localizaciones previamente aprobadas por la Autoridad Ambiental.

Clase 5. Las tierras sobrantes con características de tierra vegetal, no contaminadas.

Los residuos peligrosos deberán separarse, contenerse y etiquetarse de acuerdo con la legislación de residuos, no debiendo mantenerse acopiados durante un periodo superior a 6 meses. La localización de los residuos peligrosos deberá estar sujeta a estricto control, evitando la localización en puntos en que puedan ocasionar riesgo de contaminación, a determinar por la D.A.O. o D.O. en caso de que coincidan

Acopio Estos residuos deberán acopiarse de manera adecuada durante su generación.

Gestión-Los materiales incluidos en la clase 5, es decir, la tierra vegetal, será acopiada correctamente dentro de la zona de obra, para ser reutilizados posteriormente en la revegetación de zonas degradadas; el resto de la tierra vegetal, deberá ser vertida en un punto autorizado por la Autoridad Ambiental, evitando la utilización de vertederos de residuos.

Clase 6. Residuos de aceites y otros residuos de líquidos de vehículos o maquinaria, los recipientes que los contienen, u otros materiales impregnados de estos residuos.

Clase 7. Otros residuos considerados residuos peligrosos, de acuerdo con el Catálogo Europeo de Residuos. Acopio.-De acuerdo con la legislación vigente.

Gestión.-Los residuos de aceites, otros restos líquidos de vehículos, los envases de los mismos y los materiales impregnados con éstos, clase 6, son residuos peligrosos, al igual que aquellos residuos incluidos dentro de la clase 7, y deben ser entregados a un gestor autorizado de residuos peligrosos, conforme a la legislación vigente.

El transporte será realizado por un transportista autorizado.

Los residuos deberán ser almacenados en recipientes adecuados: etiquetados de acuerdo con la legislación de residuos y ubicados en zonas que no supongan un riesgo para el medio.

La obligación legal de gestionar adecuadamente los residuos producidos en la obra, determina que los costes de dicha gestión sean atribuidos a la empresa adjudicataria de la ejecución de la obra.

El contratista deberá llevar a cabo una correcta gestión de los residuos generados durante la ejecución de las obras, para ello deberá llevar a cabo las siguientes acciones:

 Deberá solicitar la inscripción como productor de Residuos Peligrosos.

 Deberá solicitar los servicios de gestores autorizados para la gestión de los residuos.

 Los almacenarán en contenedores adecuados para ello y no se deberán mezclar residuos de diferente naturaleza.

 Deberá estar inscrito como productor de residuos de la construcción y demolición conforme el Decreto 352/2002, de 5 de diciembre.

 En cuanto a la gestión de Residuos Peligrosos: estos deberán estar correctamente identificados y etiquetados, se almacenarán en contenedores separados, y no deberán almacenarse durante un periodo superior a seis meses.

49 Pedro Felipe Mosquera Feijoo

DOCUMENTO N:3

PARTE 9. GESTIÓN DE RESIDUOS

Artículo 901. Gestión de residuos de construcción y demolición (RCD's)

Los residuos generados en la ejecución de la obra deben segregarse adecuadamente para que la gestión de los mismos sea de acuerdo a la legislación, y en todo caso, deberán separarse los residuos peligrosos de los no peligrosos.

Los residuos no peligrosos deberán segregarse de acuerdo con la gestión a que sean sometidos en puntos de destino seleccionados, o de acuerdo con los principios de gestión del municipio; De tal modo, se establece la siguiente segregación de mínima:

Clase 1. Los residuos derivados de la actividad humana en la obra, constituidos por plástico, vidrio y restos orgánicos.

Contenerización.-Los residuos incluidos en la clase 1, como alimentos, envases variados, latas de bebida, se consideran residuos sólidos urbanos (R.S.U.), serán depositados en los contenedores correspondientes instalados dentro del ámbito de obra. Esta contenerización se realizará de acuerdo con el sistema de gestión y recogida de residuos del municipio, estableciendo un sistema de control que permita garantizar la no utilización por parte del público de los contenedores.

Gestión.-Servicio municipal de limpieza, con previo aviso por parte de la empresa adjudicataria de la ejecución de la obra.

Clase 2.Los residuos orgánicos procedentes de desbroces y la vegetación existente en la zona. Acopio.-Estos residuos deberán acopiarse de manera adecuada durante su generación.

Gestión.- Gestionados independientemente por la empresa adjudicataria a través de gestor autorizado por la Autoridad Ambiental, gestión en la que prevalecerá la valorización.

En caso de que se deposite en el terreno, se deberá triturar y esparcir homogeneamente, de manera que se produzca una rápida incorporación al suelo

Clase 3. Los residuos de materiales de construcción y demolición considerados como inertes, tanto los generados en la propia obra como los presentes en el ámbito de trabajo, y que sea necesario retirar.

Acopio.-Estos residuos deberán acopiarse de manera adecuada durante su generación.

Gestión.-Gestionados independientemente por la empresa adjudicataria a través de gestor autorizado por la Autoridad Ambiental.

Clase 4.Las tierras sobrantes sin características de tierra vegetal, no contaminadas.

Acopio.-Estos residuos deberán acopiarse de manera adecuada durante su generación

Gestión.-Los materiales incluidos en la clase 4, serán utilizados en lo posible dentro de la propia obra, y no deberán ser enviados a vertederos de residuos, dado que no tienen esta categoría; deberán ser vertidos en localizaciones previamente aprobadas por la Autoridad Ambiental.

Clase 5. Las tierras sobrantes con características de tierra vegetal, no contaminadas.

Los residuos peligrosos deberán separarse, contenerse y etiquetarse de acuerdo con la legislación de residuos, no debiendo mantenerse acopiados durante un periodo superior a 6 meses. La localización de los residuos peligrosos deberá estar sujeta a estricto control, evitando la localización en puntos en que puedan ocasionar riesgo de contaminación, a determinar por la D.A.O. o D.O. en caso de que coincidan

Acopio Estos residuos deberán acopiarse de manera adecuada durante su generación.

Gestión-Los materiales incluidos en la clase 5, es decir, la tierra vegetal, será acopiada correctamente dentro de la zona de obra, para ser reutilizados posteriormente en la revegetación de zonas degradadas; el resto de la tierra vegetal, deberá ser vertida en un punto autorizado por la Autoridad Ambiental, evitando la utilización de vertederos de residuos.

Clase 6. Residuos de aceites y otros residuos de líquidos de vehículos o maquinaria, los recipientes que los contienen, u otros materiales impregnados de estos residuos.

Clase 7. Otros residuos considerados residuos peligrosos, de acuerdo con el Catálogo Europeo de Residuos. Acopio.-De acuerdo con la legislación vigente.

Gestión.-Los residuos de aceites, otros restos líquidos de vehículos, los envases de los mismos y los materiales impregnados con éstos, clase 6, son residuos peligrosos, al igual que aquellos residuos incluidos dentro de la clase 7, y deben ser entregados a un gestor autorizado de residuos peligrosos, conforme a la legislación vigente.

El transporte será realizado por un transportista autorizado.

Los residuos deberán ser almacenados en recipientes adecuados: etiquetados de acuerdo con la legislación de residuos y ubicados en zonas que no supongan un riesgo para el medio.

La obligación legal de gestionar adecuadamente los residuos producidos en la obra, determina que los costes de dicha gestión sean atribuidos a la empresa adjudicataria de la ejecución de la obra.

El contratista deberá llevar a cabo una correcta gestión de los residuos generados durante la ejecución de las obras, para ello deberá llevar a cabo las siguientes acciones:

 Deberá solicitar la inscripción como productor de Residuos Peligrosos.

 Deberá solicitar los servicios de gestores autorizados para la gestión de los residuos.

 Los almacenarán en contenedores adecuados para ello y no se deberán mezclar residuos de diferente naturaleza.

 Deberá estar inscrito como productor de residuos de la construcción y demolición conforme el Decreto 352/2002, de 5 de diciembre.

 En cuanto a la gestión de Residuos Peligrosos: estos deberán estar correctamente identificados y etiquetados, se almacenarán en contenedores separados, y no deberán almacenarse durante un periodo superior a seis meses.

49 Pedro Felipe Mosquera Feijoo

DOCUMENTO N:3

PARTE 9. GESTIÓN DE RESIDUOS

Artículo 901. Gestión de residuos de construcción y demolición (RCD's)

Los residuos generados en la ejecución de la obra deben segregarse adecuadamente para que la gestión de los mismos sea de acuerdo a la legislación, y en todo caso, deberán separarse los residuos peligrosos de los no peligrosos.

Los residuos no peligrosos deberán segregarse de acuerdo con la gestión a que sean sometidos en puntos de destino seleccionados, o de acuerdo con los principios de gestión del municipio; De tal modo, se establece la siguiente segregación de mínima:

Clase 1. Los residuos derivados de la actividad humana en la obra, constituidos por plástico, vidrio y restos orgánicos.

Contenerización.-Los residuos incluidos en la clase 1, como alimentos, envases variados, latas de bebida, se consideran residuos sólidos urbanos (R.S.U.), serán depositados en los contenedores correspondientes instalados dentro del ámbito de obra. Esta contenerización se realizará de acuerdo con el sistema de gestión y recogida de residuos del municipio, estableciendo un sistema de control que permita garantizar la no utilización por parte del público de los contenedores.

Gestión.-Servicio municipal de limpieza, con previo aviso por parte de la empresa adjudicataria de la ejecución de la obra.

Clase 2.Los residuos orgánicos procedentes de desbroces y la vegetación existente en la zona. Acopio.-Estos residuos deberán acopiarse de manera adecuada durante su generación.

Gestión.- Gestionados independientemente por la empresa adjudicataria a través de gestor autorizado por la Autoridad Ambiental, gestión en la que prevalecerá la valorización.

En caso de que se deposite en el terreno, se deberá triturar y esparcir homogeneamente, de manera que se produzca una rápida incorporación al suelo

Clase 3. Los residuos de materiales de construcción y demolición considerados como inertes, tanto los generados en la propia obra como los presentes en el ámbito de trabajo, y que sea necesario retirar.

Acopio.-Estos residuos deberán acopiarse de manera adecuada durante su generación.

Gestión.-Gestionados independientemente por la empresa adjudicataria a través de gestor autorizado por la Autoridad Ambiental.

Clase 4.Las tierras sobrantes sin características de tierra vegetal, no contaminadas.

Acopio.-Estos residuos deberán acopiarse de manera adecuada durante su generación

Gestión.-Los materiales incluidos en la clase 4, serán utilizados en lo posible dentro de la propia obra, y no deberán ser enviados a vertederos de residuos, dado que no tienen esta categoría; deberán ser vertidos en localizaciones previamente aprobadas por la Autoridad Ambiental.

Clase 5. Las tierras sobrantes con características de tierra vegetal, no contaminadas.

Los residuos peligrosos deberán separarse, contenerse y etiquetarse de acuerdo con la legislación de residuos, no debiendo mantenerse acopiados durante un periodo superior a 6 meses. La localización de los residuos peligrosos deberá estar sujeta a estricto control, evitando la localización en puntos en que puedan ocasionar riesgo de contaminación, a determinar por la D.A.O. o D.O. en caso de que coincidan

Acopio Estos residuos deberán acopiarse de manera adecuada durante su generación.

Gestión-Los materiales incluidos en la clase 5, es decir, la tierra vegetal, será acopiada correctamente dentro de la zona de obra, para ser reutilizados posteriormente en la revegetación de zonas degradadas; el resto de la tierra vegetal, deberá ser vertida en un punto autorizado por la Autoridad Ambiental, evitando la utilización de vertederos de residuos.

Clase 6. Residuos de aceites y otros residuos de líquidos de vehículos o maquinaria, los recipientes que los contienen, u otros materiales impregnados de estos residuos.

Clase 7. Otros residuos considerados residuos peligrosos, de acuerdo con el Catálogo Europeo de Residuos. Acopio.-De acuerdo con la legislación vigente.

Gestión.-Los residuos de aceites, otros restos líquidos de vehículos, los envases de los mismos y los materiales impregnados con éstos, clase 6, son residuos peligrosos, al igual que aquellos residuos incluidos dentro de la clase 7, y deben ser entregados a un gestor autorizado de residuos peligrosos, conforme a la legislación vigente.

El transporte será realizado por un transportista autorizado.

Los residuos deberán ser almacenados en recipientes adecuados: etiquetados de acuerdo con la legislación de residuos y ubicados en zonas que no supongan un riesgo para el medio.

La obligación legal de gestionar adecuadamente los residuos producidos en la obra, determina que los costes de dicha gestión sean atribuidos a la empresa adjudicataria de la ejecución de la obra.

La obligación legal de gestionar adecuadamente los residuos producidos en la obra, determina que los costes de dicha gestión sean atribuidos a la empresa adjudicataria de la ejecución de la obra.

La obligación legal de gestionar adecuadamente los residuos producidos en la obra, determina que los costes de dicha gestión sean atribuidos a la empresa adjudicataria de la ejecución de la obra.

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