Para las MBDC utilizadas en capas de rodadura en la obra se seguirá lo establecido por el artículo 543 del PG-3, modificado según la OC 24/2008.
El empleo de betún modificado con caucho procedente de neumáticos fuera de uso se regirá por lo establecido en la OC 21/2007.
La viabilidad del empleo en obra de betún modificado con caucho procedente de NFU será valorada por la Dirección de Obra. De no ser viable el empleo de este material, se recurrirá al betún convencional B 50/70.
Además, se cumplirán las siguientes especificaciones:
Los áridos a emplear deberán poseer el certificado CEE.
El tramo de prueba tendrá una longitud mínima de 50 m.
La dotaciones mínima de ligante que se ha considerado en el presente Proyecto de Construcción es la que figura en la siguiente tabla. Ésta es la dotación que se deberá emplear para la ejecución de la obra. Será necesario el consentimiento de la Dirección de Obra en caso de que se decida adoptar otra dotación, que será en cualquier caso superior a los valores mínimos establecidos en el artículo 543 del PG-3.
El filler utilizado tendrá las siguientes características:
Tipo de filler: Cemento para usos especiales, CEM ESP VI-1
Relación entre el filler de aportación y el ligante: • Capa de rodadura (M-10): 1,2
Proporción de filler (% en masa del resto de polvo mineral, excluido el inevitablementeadherido a los áridos):
• Capa de rodadura (M-10): 100
39 Pedro Felipe Mosquera Feijoo
DOCUMENTO N:3
50% en las capas de base e intermedia de las secciones de firme del tronco de la vía y en las capas de rodadura e intermedias del resto de las secciones.
Los husos granulométricos para cada tipo de mezcla serán los que se especifican en la tabla 542.8 del PG3. En las mezclas bituminosas, el contenido de ligante se dosificará según los valores de la tabla 542.11:
En todo caso, las dosificaciones mínimas de ligante hidrocarbonado no deberán ser inferiores al 3,65 % de la masa total de áridos (incluyendo el polvo mineral) en capas de base, ni al 4,0 % en capas intermedias, ni al 4,50 % en capa de rodadura densa y semidensa.
La relación ponderal entre el contenido de polvo mineral y ligante hidrocarbonado serán:
1,2 en capas de rodadura
1,1 en capas intermedias
1,0 en capas de base
542.4. Equipo necesario para la ejecución de las obras
La producción horaria mínima de la central de fabricación de mezclas bituminosas en caliente será de ciento sesenta toneladas (160 t). La planta será discontinua, salvo autorización expresa en contra, del Director de la obra.
La extensión se realizará mediante extendedoras autopropulsadas, siendo la anchura máxima de extensión de 12 m, mientras que la mínima será de 5 m. La Dirección de obra, podrá exigir el empleo de extendedoras con variación continua del ancho.
Antes de iniciar la producción de la mezcla, el volumen mínimo de áridos acopiados deberá ser el suficiente de cada fracción, para fabricar una cantidad de mezcla no inferior al cincuenta por ciento del total.
542.7. Especificaciones de la unidad terminada
Los límites de la regularidad superficial de las capas de mezcla bituminosa en caliente a alcanzar en la capa de rodadura cumplirán que el valor del parámetro del Índice de Regularidad Internacional IRI = 2,0 dm/hm será el valor máximo aceptable en el 80% de la longitud del tramo admitiéndose un valor máximo absoluto de 2,5 dm/hm en todo el tramo evaluado (100%) y debiendo alcanzarse un valor máximo de 1,5 dm/hm en la mitad de dicho tramo (50%)
En el resto de capas bituminosas que no son las de rodadura los valores a tener en cuenta serán 2,5 dm/hm como valor máximo aceptable en el 80% de la longitud del tramo, 3,0 dm/hm como valor máximo absoluto en todo el tramo evaluado (100%) y 2,0 dm/hm como valor máximo en la mitad de dicho tramo (50%).
542.11. Medición y abono
Las mezclas bituminosas en caliente se abonarán, según su tipo, a los precios del Cuadro de Precios nº1, y se medirán en toneladas (Tm) realmente puestas en obra, obtenidas multiplicando las
superficies en los Planos, por los espesores medios y densidades medias que se deduzcan de los ensayos de control de cada lote.
En dicho abono no se consideran incluidos el del riego de adherencia y el ligante que lo compone, pero sí el de los áridos y aditivos de la mezcla y las operaciones de extensión y compactación. No serán de abono las creces laterales, ni los aumentos de espesor por corrección de mermas en capas subyacentes. Una vez descontados estos aumentos, los excesos de espesor sobre los previstos en las secciones tipo de los Planos sólo se abonarán hasta un límite del diez por ciento (10 %) de éstos.
El betún asfáltico empleado en la fabricación de mezclas bituminosas en caliente se abonará al precio del Cuadro de Precios nº1, y se medirá en toneladas (Tm) realmente empleadas, deducidas aplicando a la medición abonable de cada lote, la dosificación media obtenida en los ensayos de control. En ningún caso será de abono el empleo de activantes.
Artículo 543. Mezclas bituminosas para capas de rodadura. Mezclas drenantes y
discontínuas
Para las MBDC utilizadas en capas de rodadura en la obra se seguirá lo establecido por el artículo 543 del PG-3, modificado según la OC 24/2008.
El empleo de betún modificado con caucho procedente de neumáticos fuera de uso se regirá por lo establecido en la OC 21/2007.
La viabilidad del empleo en obra de betún modificado con caucho procedente de NFU será valorada por la Dirección de Obra. De no ser viable el empleo de este material, se recurrirá al betún convencional B 50/70.
Además, se cumplirán las siguientes especificaciones:
Los áridos a emplear deberán poseer el certificado CEE.
El tramo de prueba tendrá una longitud mínima de 50 m.
La dotaciones mínima de ligante que se ha considerado en el presente Proyecto de Construcción es la que figura en la siguiente tabla. Ésta es la dotación que se deberá emplear para la ejecución de la obra. Será necesario el consentimiento de la Dirección de Obra en caso de que se decida adoptar otra dotación, que será en cualquier caso superior a los valores mínimos establecidos en el artículo 543 del PG-3.
El filler utilizado tendrá las siguientes características:
Tipo de filler: Cemento para usos especiales, CEM ESP VI-1
Relación entre el filler de aportación y el ligante: • Capa de rodadura (M-10): 1,2
Proporción de filler (% en masa del resto de polvo mineral, excluido el inevitablementeadherido a los áridos):
• Capa de rodadura (M-10): 100
39 Pedro Felipe Mosquera Feijoo
DOCUMENTO N:3
50% en las capas de base e intermedia de las secciones de firme del tronco de la vía y en las capas de rodadura e intermedias del resto de las secciones.
Los husos granulométricos para cada tipo de mezcla serán los que se especifican en la tabla 542.8 del PG3. En las mezclas bituminosas, el contenido de ligante se dosificará según los valores de la tabla 542.11:
En todo caso, las dosificaciones mínimas de ligante hidrocarbonado no deberán ser inferiores al 3,65 % de la masa total de áridos (incluyendo el polvo mineral) en capas de base, ni al 4,0 % en capas intermedias, ni al 4,50 % en capa de rodadura densa y semidensa.
La relación ponderal entre el contenido de polvo mineral y ligante hidrocarbonado serán:
1,2 en capas de rodadura
1,1 en capas intermedias
1,0 en capas de base
542.4. Equipo necesario para la ejecución de las obras
La producción horaria mínima de la central de fabricación de mezclas bituminosas en caliente será de ciento sesenta toneladas (160 t). La planta será discontinua, salvo autorización expresa en contra, del Director de la obra.
La extensión se realizará mediante extendedoras autopropulsadas, siendo la anchura máxima de extensión de 12 m, mientras que la mínima será de 5 m. La Dirección de obra, podrá exigir el empleo de extendedoras con variación continua del ancho.
Antes de iniciar la producción de la mezcla, el volumen mínimo de áridos acopiados deberá ser el suficiente de cada fracción, para fabricar una cantidad de mezcla no inferior al cincuenta por ciento del total.
542.7. Especificaciones de la unidad terminada
Los límites de la regularidad superficial de las capas de mezcla bituminosa en caliente a alcanzar en la capa de rodadura cumplirán que el valor del parámetro del Índice de Regularidad Internacional IRI = 2,0 dm/hm será el valor máximo aceptable en el 80% de la longitud del tramo admitiéndose un valor máximo absoluto de 2,5 dm/hm en todo el tramo evaluado (100%) y debiendo alcanzarse un valor máximo de 1,5 dm/hm en la mitad de dicho tramo (50%)
En el resto de capas bituminosas que no son las de rodadura los valores a tener en cuenta serán 2,5 dm/hm como valor máximo aceptable en el 80% de la longitud del tramo, 3,0 dm/hm como valor máximo absoluto en todo el tramo evaluado (100%) y 2,0 dm/hm como valor máximo en la mitad de dicho tramo (50%).
542.11. Medición y abono
Las mezclas bituminosas en caliente se abonarán, según su tipo, a los precios del Cuadro de Precios nº1, y se medirán en toneladas (Tm) realmente puestas en obra, obtenidas multiplicando las
superficies en los Planos, por los espesores medios y densidades medias que se deduzcan de los ensayos de control de cada lote.
En dicho abono no se consideran incluidos el del riego de adherencia y el ligante que lo compone, pero sí el de los áridos y aditivos de la mezcla y las operaciones de extensión y compactación. No serán de abono las creces laterales, ni los aumentos de espesor por corrección de mermas en capas subyacentes. Una vez descontados estos aumentos, los excesos de espesor sobre los previstos en las secciones tipo de los Planos sólo se abonarán hasta un límite del diez por ciento (10 %) de éstos.
El betún asfáltico empleado en la fabricación de mezclas bituminosas en caliente se abonará al precio del Cuadro de Precios nº1, y se medirá en toneladas (Tm) realmente empleadas, deducidas aplicando a la medición abonable de cada lote, la dosificación media obtenida en los ensayos de control. En ningún caso será de abono el empleo de activantes.
Artículo 543. Mezclas bituminosas para capas de rodadura. Mezclas drenantes y
discontínuas
Para las MBDC utilizadas en capas de rodadura en la obra se seguirá lo establecido por el artículo 543 del PG-3, modificado según la OC 24/2008.
El empleo de betún modificado con caucho procedente de neumáticos fuera de uso se regirá por lo establecido en la OC 21/2007.
La viabilidad del empleo en obra de betún modificado con caucho procedente de NFU será valorada por la Dirección de Obra. De no ser viable el empleo de este material, se recurrirá al betún convencional B 50/70.
Además, se cumplirán las siguientes especificaciones:
Los áridos a emplear deberán poseer el certificado CEE.
El tramo de prueba tendrá una longitud mínima de 50 m.
La dotaciones mínima de ligante que se ha considerado en el presente Proyecto de Construcción es la que figura en la siguiente tabla. Ésta es la dotación que se deberá emplear para la ejecución de la obra. Será necesario el consentimiento de la Dirección de Obra en caso de que se decida adoptar otra dotación, que será en cualquier caso superior a los valores mínimos establecidos en el artículo 543 del PG-3.
El filler utilizado tendrá las siguientes características:
Tipo de filler: Cemento para usos especiales, CEM ESP VI-1
Relación entre el filler de aportación y el ligante: • Capa de rodadura (M-10): 1,2
Proporción de filler (% en masa del resto de polvo mineral, excluido el inevitablementeadherido a los áridos):
• Capa de rodadura (M-10): 100
39 Pedro Felipe Mosquera Feijoo
DOCUMENTO N:3
50% en las capas de base e intermedia de las secciones de firme del tronco de la vía y en las capas de rodadura e intermedias del resto de las secciones.
Los husos granulométricos para cada tipo de mezcla serán los que se especifican en la tabla 542.8 del PG3. En las mezclas bituminosas, el contenido de ligante se dosificará según los valores de la tabla 542.11:
En todo caso, las dosificaciones mínimas de ligante hidrocarbonado no deberán ser inferiores al 3,65 % de la masa total de áridos (incluyendo el polvo mineral) en capas de base, ni al 4,0 % en capas intermedias, ni al 4,50 % en capa de rodadura densa y semidensa.
La relación ponderal entre el contenido de polvo mineral y ligante hidrocarbonado serán:
1,2 en capas de rodadura
1,1 en capas intermedias
1,0 en capas de base
542.4. Equipo necesario para la ejecución de las obras
La producción horaria mínima de la central de fabricación de mezclas bituminosas en caliente será de ciento sesenta toneladas (160 t). La planta será discontinua, salvo autorización expresa en contra, del Director de la obra.
La extensión se realizará mediante extendedoras autopropulsadas, siendo la anchura máxima de extensión de 12 m, mientras que la mínima será de 5 m. La Dirección de obra, podrá exigir el empleo de extendedoras con variación continua del ancho.
Antes de iniciar la producción de la mezcla, el volumen mínimo de áridos acopiados deberá ser el suficiente de cada fracción, para fabricar una cantidad de mezcla no inferior al cincuenta por ciento del total.
542.7. Especificaciones de la unidad terminada
Los límites de la regularidad superficial de las capas de mezcla bituminosa en caliente a alcanzar en la capa de rodadura cumplirán que el valor del parámetro del Índice de Regularidad Internacional IRI = 2,0 dm/hm será el valor máximo aceptable en el 80% de la longitud del tramo admitiéndose un valor máximo absoluto de 2,5 dm/hm en todo el tramo evaluado (100%) y debiendo alcanzarse un valor máximo de 1,5 dm/hm en la mitad de dicho tramo (50%)
En el resto de capas bituminosas que no son las de rodadura los valores a tener en cuenta serán 2,5 dm/hm como valor máximo aceptable en el 80% de la longitud del tramo, 3,0 dm/hm como valor máximo absoluto en todo el tramo evaluado (100%) y 2,0 dm/hm como valor máximo en la mitad de dicho tramo (50%).
542.11. Medición y abono
Las mezclas bituminosas en caliente se abonarán, según su tipo, a los precios del Cuadro de Precios nº1, y se medirán en toneladas (Tm) realmente puestas en obra, obtenidas multiplicando las
superficies en los Planos, por los espesores medios y densidades medias que se deduzcan de los ensayos de control de cada lote.
En dicho abono no se consideran incluidos el del riego de adherencia y el ligante que lo compone, pero sí el de los áridos y aditivos de la mezcla y las operaciones de extensión y compactación. No serán de abono las creces laterales, ni los aumentos de espesor por corrección de mermas en capas subyacentes. Una vez descontados estos aumentos, los excesos de espesor sobre los previstos en las secciones tipo de los Planos sólo se abonarán hasta un límite del diez por ciento (10 %) de éstos.
El betún asfáltico empleado en la fabricación de mezclas bituminosas en caliente se abonará al precio del Cuadro de Precios nº1, y se medirá en toneladas (Tm) realmente empleadas, deducidas aplicando a la medición abonable de cada lote, la dosificación media obtenida en los ensayos de control. En ningún caso será de abono el empleo de activantes.
Artículo 543. Mezclas bituminosas para capas de rodadura. Mezclas drenantes y
discontínuas
Para las MBDC utilizadas en capas de rodadura en la obra se seguirá lo establecido por el artículo 543 del PG-3, modificado según la OC 24/2008.
El empleo de betún modificado con caucho procedente de neumáticos fuera de uso se regirá por lo establecido en la OC 21/2007.
La viabilidad del empleo en obra de betún modificado con caucho procedente de NFU será valorada por la Dirección de Obra. De no ser viable el empleo de este material, se recurrirá al betún convencional B 50/70.
Además, se cumplirán las siguientes especificaciones:
Los áridos a emplear deberán poseer el certificado CEE.
El tramo de prueba tendrá una longitud mínima de 50 m.
La dotaciones mínima de ligante que se ha considerado en el presente Proyecto de Construcción es la que figura en la siguiente tabla. Ésta es la dotación que se deberá emplear para la ejecución de la obra. Será necesario el consentimiento de la Dirección de Obra en caso de que se decida adoptar otra dotación, que será en cualquier caso superior a los valores mínimos establecidos en el artículo 543 del PG-3.
El filler utilizado tendrá las siguientes características:
Tipo de filler: Cemento para usos especiales, CEM ESP VI-1
Relación entre el filler de aportación y el ligante: • Capa de rodadura (M-10): 1,2
Proporción de filler (% en masa del resto de polvo mineral, excluido el inevitablementeadherido a los áridos):
• Capa de rodadura (M-10): 100
39 Pedro Felipe Mosquera Feijoo
DOCUMENTO N:3
50% en las capas de base e intermedia de las secciones de firme del tronco de la vía y en las capas de rodadura e intermedias del resto de las secciones.
Los husos granulométricos para cada tipo de mezcla serán los que se especifican en la tabla 542.8 del PG3. En las mezclas bituminosas, el contenido de ligante se dosificará según los valores de la tabla 542.11:
En todo caso, las dosificaciones mínimas de ligante hidrocarbonado no deberán ser inferiores al 3,65 % de la masa total de áridos (incluyendo el polvo mineral) en capas de base, ni al 4,0 % en capas intermedias, ni al 4,50 % en capa de rodadura densa y semidensa.
La relación ponderal entre el contenido de polvo mineral y ligante hidrocarbonado serán:
1,2 en capas de rodadura
1,1 en capas intermedias
1,0 en capas de base
542.4. Equipo necesario para la ejecución de las obras
La producción horaria mínima de la central de fabricación de mezclas bituminosas en caliente será de ciento sesenta toneladas (160 t). La planta será discontinua, salvo autorización expresa en contra, del Director de la obra.
La extensión se realizará mediante extendedoras autopropulsadas, siendo la anchura máxima de extensión de 12 m, mientras que la mínima será de 5 m. La Dirección de obra, podrá exigir el empleo de extendedoras con variación continua del ancho.
Antes de iniciar la producción de la mezcla, el volumen mínimo de áridos acopiados deberá ser el suficiente de cada fracción, para fabricar una cantidad de mezcla no inferior al cincuenta por ciento del total.
542.7. Especificaciones de la unidad terminada
Los límites de la regularidad superficial de las capas de mezcla bituminosa en caliente a alcanzar en la capa de rodadura cumplirán que el valor del parámetro del Índice de Regularidad Internacional IRI = 2,0 dm/hm será el valor máximo aceptable en el 80% de la longitud del tramo admitiéndose un valor máximo absoluto de 2,5 dm/hm en todo el tramo evaluado (100%) y debiendo alcanzarse un valor máximo de 1,5 dm/hm en la mitad de dicho tramo (50%)
En el resto de capas bituminosas que no son las de rodadura los valores a tener en cuenta serán 2,5 dm/hm como valor máximo aceptable en el 80% de la longitud del tramo, 3,0 dm/hm como valor máximo absoluto en todo el tramo evaluado (100%) y 2,0 dm/hm como valor máximo en la mitad de dicho tramo (50%).
542.11. Medición y abono
Las mezclas bituminosas en caliente se abonarán, según su tipo, a los precios del Cuadro de Precios nº1, y se medirán en toneladas (Tm) realmente puestas en obra, obtenidas multiplicando las
superficies en los Planos, por los espesores medios y densidades medias que se deduzcan de los ensayos de control de cada lote.
superficies en los Planos, por los espesores medios y densidades medias que se deduzcan de los ensayos de control de cada lote.
superficies en los Planos, por los espesores medios y densidades medias que se deduzcan de los ensayos de control de cada lote.