La diversidad de voces que logra rescatar este libro es una articulación potente que, creemos, fortalece la convergencia que reivindica la cultura para el bien común.
Bibliotecarios, estudiantes, docentes, músicos, artistas, di- señadores, programadores, wikipedistas, enciclopedistas, edito- res, fotógrafos, ilustradores, comunicadores, somos conscientes de que las leyes actuales de derecho de autor y conexos no sólo sirven a un sector pequeño, específico y concentrado de nuestra sociedad, sino que además no sirven a quienes dicen servir: a los autores.
Estas leyes que regulan monopolios sobre la cultura ocultan la apropiación silenciosa de una parte crucial de los bienes comu- nes: las obras culturales, entendidas en un sentido amplio. Difi- cultan la difusión y creación de obras, limitan el derecho ciudadano a disfrutar de los bienes culturales, obstaculizan la creación de sentidos colectivos, históricos y sociales más profun- dos, entorpecen el derecho de acceder a la información y al cono- cimiento, y con ello, la misión de instituciones indisolublemente ligadas a la democracia, como las bibliotecas, las universidades, las escuelas, los medios de comunicación en sus múltiples senti- dos, y sobre todo las nuevas redes de comunicación basadas en Internet. Las prácticas sociales de acceso al conocimiento, pro- ducción de información y de cultura, se encuentran temprana- mente con las prohibiciones del copyright, defendido por las grandes corporaciones editoriales, discográficas, multimediales, las sociedades gestoras de derechos de autor, que colocan cercos artificiales al espacio público, de lo común.
En este contexto de cercamiento, la construcción de otro pa- radigma acorde a las tecnologías disponibles y las necesidades de nuestro tiempo se vuelve una tarea indispensable. Las iniciativas de algunos colectivos pueden ser muy exitosas, y los proyectos colaborativos y de construcción entre pares, como el software li- bre, la wikipedia o los proyectos de diseño y música libres, dan cuenta de ello. Estos proyectos han demostrado, además, que uno
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de los argumentos más escuchados sobre la necesidad del copyright co- mo motor de innovación y cambio, es un postulado falso. Los nuevos modelos que proponen algunas de estas iniciativas, son parte del hori- zonte hacia el cual caminamos, pero también constituyen soluciones parciales, en la medida en que todavía queda, del otro lado de la cerca, un enorme acervo cultural que no está disponible para la mayoría de la población.
Cambiar el paradigma es una acción política, donde es necesario construir consensos y dialogar con quienes toman las decisiones políti- cas en representación de la ciudadanía común. En este sentido, entende- mos que una reforma propositiva de las leyes de derechos de autor y conexos, y las leyes que regulan el acceso a la cultura en nuestro país, es una tarea urgente, que no puede ser postergada.
En el contexto mundial actual, y con el rigor que imponen los trata- dos internacionales, cambiar el statu quo implica enfrentarse a organi- zaciones como la Organización Mundial del Comercio (OMC) y la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI). Tratados co- mo el ADPIC (Acuerdos sobre Aspectos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio) y el Convenio de Berna, ambos regulato- rios en materia de derecho de autor, deben ser necesariamente evalua- dos no sólo para que la mayoría de la población pueda acceder a lo que es propio (los bienes culturales), sino para analizar en profundidad las consecuencias que estos tratados tienen sobre la soberanía cultural, tec- nológica y política. Por su rigidez, el sistema de derechos de autor en Ar- gentina es considerado, según investigaciones independientes, uno de los peores del mundo y el peor de América Latina.
Por todas estas razones, y con la convicción de que la construcción de una ley más justa nos atañe a todos, proponemos algunos puntos esenciales para una ley de derechos de autor más inclusiva, amplia y de- mocrática:
• que se introduzcan excepciones y limitaciones que permitan a las bibliotecas tanto públicas como privadas, populares, especializadas, universitarias, sea en sus versiones en papel como en digital, ejer- cer su función plena de difusión y acceso a la información;
• que se brinden amplias excepciones y limitaciones al copyright para materiales educativos, para estudiantes y docentes, que en las con- diciones actuales se encuentran seriamente restringidos para ejer- cer con libertad su pleno derecho a la educación;
• que se permita digitalizar y recuperar para el acervo común las obras huérfanas de nuestra cultura, en particular, aquellas obras descatalogadas que no están accesibles por la vía del mercado; • que las penalidades en relación a la elusión de medidas técnicas
sean efectivas sólo en el caso de una comprobada y concreta viola- ción de derechos de autor, es decir, que no se penalice a quienes eluden los DRM para hacer un efectivo ejercicio de sus derechos;
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AMODO DE EPÍLOGO:PROPUESTAS DE CARA AL FUTURO|
• que quienes pongan en el mercado obras bajo medidas tecnológicas pongan a disposición del público "elusores confiables", una tercera parte confiable a la que el público pueda acudir para solicitar una copia sin DRM cuando la necesiten para ejercer su derecho;
• que las medidas tecnológicas no sean usadas para restringir el acce- so a las obras en dominio público;
• que se exceptúe de regulación la investigación en seguridad in- formática y la ingeniería inversa;
• que se ponga en dominio público el acervo cultural producido con fondos públicos, para libre acceso y disfrute por parte del mismo público que sostiene su producción con el pago de impuestos, inclu- yendo tanto investigación académica como producción cultural; • que se exceptúe de regulación, y por tanto, se permita libremente la
copia privada, personal, sin fines de lucro, por cualquier medio, sin que debamos pagar por ello ni ser vigilados y monitoreados en nuestro acceso a las redes en conformidad con el Artículo 19 de la Constitución Nacional;
• que se incorporen cláusulas de uso justo, que permitan la parodia, el cambio de formatos, la difusión y exhibición pública de obras cuando sea sin fines de lucro; la posibilidad de traducir y digitalizar las obras editadas en el extranjero que no se consigan en el país, entre otras tareas esenciales para el acceso pleno a la cultura; • que ninguna regulación de derecho de autor ponga en riesgo ni limi-
te el pleno ejercicio de la libertad de expresión;
• que los artistas recuperen los derechos cedidos en contratos leoni- nos y puedan disponer de sus obras descatalogadas por la industria del entretenimiento que no considera negocio su reedición;
• que se devuelva a los autores la posibilidad de decidir qué gestora colectiva puede representarlos en la gestión de los derechos de su obra, así como la capacidad de ejercer la gestión por sus propios medios;
• que las gestoras colectivas de derechos de autor den cuenta de cómo recaudan y se establezcan mecanismos transparentes de gestión co- lectiva con el fin de incentivar a los artistas nóveles y promover la diversidad cultural,
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• que el Estado recupere su rol como interlocutor válido y que las políticas de acceso a la información, la cultura y el conocimiento en general se debatan abiertamente, con amplia participación ciuda- dana y no sean sólo el fruto de un cabildeo corporativo digitado só- lo por los que resultan únicos y exclusivos beneficiarios económicos;
• que se promueva el fortalecimiento y ampliación del domino públi- co y que a su vez deje de ser oneroso.
Todas estas propuestas cuentan con antecedentes en otras legisla- ciones del mundo y pueden ser realizadas dentro del actual marco de acuerdos internacionales. Son, entonces, propuestas posibles dentro del actual contexto. Proponemos además que Argentina, junto a sus pares de América Latina preocupados por esta materia, pueda liderar un de- bate global para cambiar profundamente las regulaciones, con la con- vicción de que existen otros modelos más justos para el enriquecimiento cultural de nuestras sociedades. Explorar estos modelos y promover al- ternativas al actual sistema de copyright vigente en el mundo es otra de las tareas pendientes en la que podemos y debemos tomar la iniciativa.
Los participantes de este libro amamos, promovemos y entendemos a la cultura como un bien común, que no puede ni debe ser apropiado por nadie, en tanto constituye un patrimonio humano colectivo.
El debate sobre políticas culturales debe ser amplio y permitir a to- das las personas intervenir en la discusión sobre la regulación, el acceso y la producción de bienes culturales. En este sentido, también es necesa- rio legislar en firme sobre los convenios internacionales que ya existen en la materia, y establecer una regulación clara en favor de la ciuda- danía. La Constitución, pactos como el de San José de Costa Rica y la De- claración Universal de los Derechos Humanos así como los pactos de derechos económicos, sociales y culturales, deben ser reglamentados en los artículos concernientes a: la preservación de la diversidad cultural; la libertad de expresión; el derecho de acceder a la información, al cono- cimiento y a la cultura; para garantizar, de este modo, su efectivo cum- plimiento. En este sentido, las limitaciones impuestas por el derecho de autor y los debates que genera, son sólo una cara visible de la discusión que debe darse con mayor profundidad. En Argentina, el derecho de ac- ceder a la información, a la cultura y al conocimiento de manera equita- tiva es una deuda pendiente que no puede postergarse por más tiempo.
A estos debates esperamos que hayan contribuido los artículos y posiciones propuestas en este libro.