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Canchas y Terreno de Juego

In document REGLAMENTO DE COMPETENCIA (página 62-69)

Torneo de Apertura Torneo de Clausura

ARTÍCULO

M. Canchas y Terreno de Juego

ARTÍCULO 118

Definición de Cancha. La superficie en donde se encuentra el terreno de juego y el espacio destinado a la zona de Jugadores suplentes, Cuerpo Técnico, Oficiales de Partido, espacios publicitarios, contracancha, Fotógrafos, Camarógrafos, Radio y Televisión.

ARTÍCULO 119

Definición de Terreno de Juego. Es el rectángulo en el cual se celebra un partido de conformidad con las reglas de juego promulgadas por el International Football Association Board reconocidas por la FIFA.

Espacios Auxiliares Vallas publicitarias Líneas de fotógrafos

ARTÍCULO 120

Los Clubes deberán cumplir las disposiciones sobre las canchas y terreno de juego a que se refiere el Reglamento General de Competencia.

Adicionalmente los Clubes deberán observar lo siguiente:

120.1 El terreno de juego debe estar completamente llano y nivelado. El césped del terreno de juego deberá podarse a una altura entre 28 mm y 32 mm, y sus franjas deberán respetar un ancho de 4 cm cada una.

120.2 Su superficie debe estar en perfectas condiciones, y puede ser de césped natural con un sistema de riego eficiente para todo clima y utilizar agua tratada; o de césped artificial conforme a las normas de calidad de la FIFA categoría 2 estrellas.

120.3 El terreno de juego deberá tener las siguientes medidas: 105 m de largo y 68m de ancho. 120.4 Todas las líneas que limiten el terreno de juego deberán marcarse con pintura vinílica, para

beneficio de los Jugadores y de la propia cancha.

Apéndice I Sanciones, fracción 6.18

120.5 El terreno de juego no podrá regarse durante las 4 horas previas al inici o del partido.

Apéndice I Sanciones, fracción 6.19

ARTÍCULO 121

Área de Trabajo del Director Técnico

El Área Técnica es la superficie cuyo largo equivale a la longitud de la banca, más un metro de cada lado de la misma, donde deben permanecer los Jugadores Suplentes y Cuerpo Técnico de cada Club. El ancho del Área Técnica parte de la banca en línea paralela marcada, hasta un metro de la línea de banda equidistante de la línea central del terreno de juego.

No está permitido colocar ningún tipo de publicidad dentro de la superficie del área técnica donde el Director Técnico da sus instrucciones.

El Director Técnico y el Auxiliar Técnico son las únicas personas autorizadas para dar instrucciones a los Jugadores dentro del área técnica en los partidos oficiales o amistosos de la presente Temporada, con la única restricción de que deberán ejercer este derecho uno a la vez, jamás los dos al mismo tiempo. Queda estrictamente prohibido que los Preparadores Físicos, Médicos, Kinesiólogos, Utileros y Masajistas se levanten a dar instrucciones hacia el terreno de juego, en el área técnica

Queda estrictamente prohibido a todas las personas fumar en el terreno de juego, cancha, túneles, pasillos y/o área técnica, según lo dispuesto por el Artículo 31 inciso “i” del Reglamento de Sanciones de la FMF. El Árbitro y el Comisario del partido tendrán la facultad para exigir el cumplimiento de esta disposición, de conformidad con lo estipulado por el citado ordenamiento.

N. Uniformes

ARTÍCULO 122

122.1 Los Clubes tienen la obligación de registrar ante la SEGUNDA DIVISIÓN PROFESIONAL, con anticipación de 15 días naturales al inicio de la Temporada, los dos uniformes que utilizarán los Jugadores durante la competencia. Estos uniformes deberán ser: uniforme local y uniforme visitante.

Apéndice I Sanciones, fracción 6.20

122.2 Los colores del uniforme local y el uniforme visitante, éstos deberán ser totalmente opuestos entre sí.

Los Clubes deberán tener disponible en todos los partidos una playera de portero sin número, para que un Jugador de campo la utilice en caso de ser necesario.

El Club local tiene preferencia para la selección del uniforme a utilizar en un partido, por lo que el visitante está obligado a viajar siempre con los dos uniformes completos.

Apéndice I Sanciones, fracción 6.21

ARTÍCULO 123

El uniforme básico obligatorio de un Jugador será:

123.1 Playera de juego, short, medias, espinilleras y calzado.

En caso de utilizar pantalón y/o playera térmica, éstos deberán tener el mismo color del short o manga; como excepción a lo anterior, se podrá utilizar uno distinto, siempre y cuando no se confunda con el color de la playera de juego y/o playera térmica del Club contrario y sea utilizada de manera uniforme por todos los Jugadores que así lo decidan, es decir, no podrá haber diferencia de colores en las playeras térmicas entre Jugadores de un mismo Club.

La ropa utilizada debajo del uniforme deberá ser lisa y no contener imágenes de ningún tipo, salvo el logotipo del proveedor o del Club, dando debido cumplimiento a las normas relacionadas con la publicidad en el equipamiento.

123.2 Portero: cada portero vestirá colores que lo diferencien de los demás Jugadores, el Árbitro y los Árbitros Asistentes.

123.3 Se prohíbe a los Jugadores el uso de bandas, gorras, muñequeras, pantalón y/o playera térmica con publicidad comercial no autorizadas por su Club.

123.4 Seguridad: los Jugadores no utilizarán ni llevarán objetos que sean peligrosos para ellos mismos o para los demás Jugadores (incluido cualquier tipo de joya).

ARTÍCULO 124

Los Jugadores utilizarán obligatoriamente en la camiseta de juego, sobre la espalda y en la parte delantera del short, un número de 3 dígitos como máximo, el cual no podrá ser cambiado ni usado por otro Jugador del mismo Club durante la Temporada, a menos que cause baja definitiva, debiéndose

En ningún caso y sin excepción, un mismo Jugador podrá utilizar dos números de camiseta diferentes durante la misma Temporada.

ARTÍCULO 125

Criterios de numeración de uniforme.

Para los Clubes de SEGUNDA DIVISIÓN PROFESIONAL que no sean filiales de un Club de la LIGA MX o ASCENSO MX, ni tengan una filial en Tercera División Profesional, deberán utilizar una numeración del 1 al 50, sin importar que sea consecutivo.

Para los Clubes de SEGUNDA DIVISIÓN PROFESIONAL que sean filiales de la LIGA MX con carácter de “invitado” y que utilicen el carnet único, deberán utilizar una numeración del 81 al 180, sin importar que sea consecutivo.

Para los Clubes de SEGUNDA DIVISIÓN PROFESIONAL que sean filiales de la LIGA MX sin carácter de “invitado” y que no utilicen el carnet único, deberán utilizar una numeración del 1 al 50, sin importar que sea consecutivo.

Para los Clubes de SEGUNDA DIVISIÓN PROFESIONAL que sean filiales de un Club de ASCENSO MX y que utilicen el carnet único, deberán utilizar una numeración del 81 al 180, sin importar que sea consecutivo. Para los Clubes de SEGUNDA DIVISIÓN PROFESIONAL que sean filiales de un club de ASCENSO MX y que no utilicen el carnet único, deberán utilizar una numeración del 1 al 50, sin importar que sea consecutivo. Para los clubes de SEGUNDA DIVISIÓN PROFESIONAL que cuenten con una filial en Tercera División Profesional y no sean filiales de un Club de LIGA MX o ASCENSO MX, deberán utilizar una numeración del 1 al 50, ya que para el Club filial de la Tercera División Profesional deberá hacerlo con la numeración del 51 en adelante, sin importar en ambos casos que sea consecutivo.

Sólo a solicitud por escrito de un Club, la SEGUNDA DIVISIÓN PROFESIONAL podrá autorizar el cambio de un número en la camiseta de un Jugador, siempre y cuando exista una razón debidamente justificada para autorizar dicho cambio.

Por cada alta adicional de un Jugador, éste deberá tener un número distinto a los anteriores, observando siempre la obligación de respetar la numeración.

ARTÍCULO 126

Los Clubes podrán portar publicidad comercial en sus uniformes, siempre y cuando se identifiquen claramente los colores del Club, el número del Jugador, el escudo oficial del Club y el de la SEGUNDA DIVISIÓN PROFESIONAL.

En las camisetas de los Jugadores será obligatorio portar en la manga derecha el logotipo de la liga a la que pertenecen.

ARTÍCULO 127

Características del número en la camiseta del Jugador.

127.1 El número al dorso medirá entre 25 cm (veinticinco centímetros) y 35 cm (treinta y cinco centímetros) de altura, será claramente legible y estará colocado, preferentemente, en el centro del dorso de la camiseta. Además, el número deberá ser completamente v isible cuando la camiseta está metida en el pantalón.

127.2 El color de los números contrastará claramente con los colores del uniforme. Como alternativa, los números podrán tener como fondo un parche de color neutral. En el caso de camisetas a rayas o a cuadros, los números se colocarán sobre un parche de color neutral.

127.3 Los números tendrán un solo color. Para mejorar su legibilidad se podrá aplicar un reborde o un contorno sombreado. No tendrán ninguna identificación del fabricante, publicidad del patrocinador, diseños, ni otro tipo de elementos que impidan la correcta identificación del número.

127.4 Los números podrán coserse o fijarse al equipamiento mediante un sistema de aplicación térmica. Los números no podrán fijarse con “Velcro™” o de otra forma provisional.

O. Árbitros

ARTÍCULO 128

La Comisión de Árbitros de la FMF designará a un Árbitro Central, dos Árbitros Asistentes y un Asesor Arbitral para cada partido de la competencia.

128.1 Los Árbitros deberán aplicar en el desarrollo de cualquier partido oficial o amistoso, las Reglas de Juego expedidas por el Football International Association Board de FIFA y el Reglamento de Competencia autorizado por la FMF, y serán los responsables de su estricta observancia. 128.2 Deberán asegurarse que no haya persona no autorizada dentro del terreno de juego y, en caso

contrario, solicitará para su desalojo el apoyo del Coordinador de Seguridad.

128.3 Deberán exigir a todas las personas autorizadas para estar dentro del terreno de juego, absoluto respeto a su autoridad.

128.4 Los Árbitros tendrán obligación de identificar por medio de las credenciales de registro originales, a los Jugadores que participarán en los partidos oficiales.

128.5 Los Árbitros deberán presentarse en la sede del partido a dirigir ocho horas antes del inicio del mismo.

128.6 En caso de que por indisposición, lesión o cualquier otro motivo, un Árbitro o uno de sus Asistentes, no pueda seguir ejerciendo su función antes o durante el encuentro, informará inmediatamente a la SEGUNDA DIVISIÓN PROFESIONAL a través del Asesor de Árbitros y será reemplazado por el Cuarto Árbitro.

128.7 La Comisión de Árbitros llevará a cabo la designación de los Árbitros de cada jornada, la cual se hará del conocimiento de los Clubes por conducto de la SEGUNDA DIVISIÓN PROFESIONAL. 128.8 La Comisión de Árbitros suministrará a los Árbitros los uniformes oficiales y equipamiento, los

cuales se usarán sólo en los días de partidos.

128.9 El Asesor de Árbitros es el representante de la FMF designado por la Comisión de Árbitros para evaluar el trabajo del Cuerpo Arbitral.

128.10 A efecto de comprobar el peso y medida reglamentarios de los balones, los Árbitros deberán llevar consigo un medidor oficial para realizar dicha tarea.

128.11 Al finalizar cada partido, el Árbitro redactará el Informe Arbitral en el formulario oficial de la FMF y lo enviará vía electrónica a más tardar dentro de los 45 minutos siguientes, a la SEGUNDA DIVISIÓN PROFESIONAL, a la Comisión de Árbitros y a la Comisión Disciplinaria de la FMF. Los honorarios y viáticos por concepto de Arbitraje deberán ser pagados por el Club local, en forma previa al partido, recibiendo el comprobante fiscal correspondiente.

El Club que no cubra el concepto de Arbitraje, tiene tres días para cubrir el adeudo. En caso contrario se cancelará su siguiente encuentro como local, considerándolo como perdido con un marcador de 3-0, acreditando los 3 puntos correspondientes al Club contrario.

P. Comisarios

ARTÍCULO 129

A criterio del Comité Ejecutivo de la SEGUNDA DIVISIÓN PROFESIONAL se designará a un Comisario de la FMF, en aquellos partidos que así lo considere pertinente.

El Comisario es un coadyuvante en la mejora del espectáculo, así como la máxima autoridad en un partido de fútbol, por lo que será el responsable de vigilar tanto la adecuada organización, como la seguridad y el desarrollo sin contratiempos del partido, conforme al Manual del Comisario.

Son funciones del Comisario, entre otras:

129.1 Estar en el Estadio donde se jugará el partido 2 horas antes del inicio del encuentro.

129.2 Inspección del Estadio: verificar el estado del terreno de juego, marcado del campo, bancas de substitutos, banderines de esquina, pizarrón electrónico, vallas publicitarias, posiciones de las cámaras de T.V. en la zona circundante al terreno de juego, zona de periodistas, acceso de entrada al campo previa acreditación, vestidores de los Clubes y Cuerpo Arbitral, sala de control de dopaje, servicios médicos, seguridad, accesos en general, etc.

129.3 Convocar a una Reunión Técnica con un representante del Cuerpo Arbitral, así como con los representantes de los Clubes local y visitante con dos horas de anticipación a la hora del encuentro con la finalidad de verificar los uniformes de juego que utilizarán en el partido y así evitar confusión alguna.

129.4 Recepción e instalación del Cuerpo Arbitral y de los Clubes participantes.

129.5 Revisar junto con los Clubes la cuenta regresiva para el inicio del partido de conformidad con los lineamientos establecidos por la FIFA.

129.6 Vigilar junto con el Cuarto Oficial que se cumplan los lineamientos para el uso del sonido local y las pantallas de T.V. durante el desarrollo del encuentro.

129.7 Supervisar las Medidas de Seguridad establecidas por la Autoridad competente para cada uno de los encuentros de acuerdo al riesgo del mismo.

129.8 Cuando aplique, deberá estar presente durante el levantamiento de muestras para las pruebas antidopaje y dar fe de que todo se haga bajo las normas que al efecto se señalen.

129.9 Las demás que señalen las Disposiciones de Seguridad para Partidos Oficiales y el Manual del Comisario.

El Comisario deberá elaborar un Informe que contenga a detalle los incidentes del partido dentro y fuera del terreno de juego. Este Informe se entregará a la SEGUNDA DIVISIÓN PROFESIONAL en un plazo de 12 horas como máximo, después de haber terminado el partido. La SEGUNDA DIVISIÓN PROFESIONAL a su vez lo turnará a la Comisión Disciplinaria.

Dicho informe tendrá validez oficial y será enviado a los Clubes involucrados dentro de las 72 horas siguientes a la finalización del partido y podrá ser utilizado por la Comisión Disciplinaria como apoyo en los asuntos de su competencia.

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