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CAPÍTULO II ASPECTOS TÉCNICOS Y TEÓRICOS DEL CATASTRO

2.2 ASPECTOS TEÓRICOS Y CONCEPTOS BÁSICOS DEL CATASTRO

2.2.2 Conceptos Básicos

El distrito es la unidad territorial base del territorio político administrativo denominado Municipio, cuyo ámbito es una unidad geográfica con recursos humanos, económicos y financieros apta para el ejercicio de gobierno, administración y desarrollo.

b) Limite Distrital

Es la demarcación de un distrito de acuerdo a la ley de creación, con la finalidad de ordenar un sistema político administrativo y de acondicionamiento territorial para un mejor ejercicio de las funciones de los gobiernos locales.

c) Sector Catastral

Son las zonas del distrito catastral constituido por manzanas catastrales en un número máximo de 90; con las características homogéneas, como la actividad y el uso acondicionándose en lo posible al trazo urbano físico.

d) Manzana Catastral

Se define como la subdivisión física existente en los Sectores Catastrales separadas entre sí por vías de tránsito vehicular o peatonal y/o limitadas por accidentes naturales como cerros, acequias, ríos, etc. Los jardines de aislamiento se consideran dentro de la manzana.

e) Lote Catastral

Unidad de propiedad de terreno que constituye un área continúa dentro de la manzana destinada oficialmente a funcionar de manera independiente, con un determinado uso

urbano, definido por sus linderos físicos (de prioridad muros divisorios) y/o legalmente (linderos de propiedad) para terrenos sin construir.

f) Unidad Catastral

Es la mínima unidad constructiva o construible dentro de un predio, es la unidad de Inventario del Catastro; con autonomía física y/o independencia legal y/o uso diferenciado susceptible de inscripción en los Registros Públicos. Se considera unidades catastrales transitorias aquellas construcciones poco estables.

g) Componente Urbano

Son aquellos que se encuentran en las manzanas o calles y en su conjunto prestan servicio a la comunidad. Entre ellos tenemos: Líneas telefónicas, instalaciones ferroviarias, instalaciones eléctricas, instalaciones de agua y alcantarillado.

h) Mobiliario Urbano

Conjunto de elementos de uso funcional y decorativo que requieren los espacios públicos de la ciudad o centro poblado (postes de alumbrado, de teléfono, semáforos, bancas, jardineras, ornamentación).

i) Terreno urbano

Es aquel que está situado en la ciudad o centro poblado y se destina a vivienda o a cualquier otro fin urbano, así como los que tengan terminados o en proceso su habilitación urbana, saneamiento físico legal, formal o informal. No son terrenos urbanos las islas rústicas ni los terrenos rústicos ubicados en zona de expansión urbana.

j) Predio Urbano

Son los terrenos, construcciones u otras instalaciones fijas y permanentes que existen en los mismos, que además estén ubicados en la zona urbana. , que constituyen partes integrantes del mismo que no puedan ser separados sin alterar, deteriorar o destruir la edificación; son de propiedad pública y privada que se encuentran el ámbito urbano.

k) Área Urbana

Es el área comprendida dentro del límite urbano, propuesto en el Plan de Desarrollo Urbano, para ser desarrollados con usos urbanos; que mediante el documento gráfico (plano de zonificación), muestra los diferentes usos asignados al suelo urbano.

l) Predio Rural

Son los terrenos ubicados en una zona rural, que están dedicados a uso agrícola, pecuario o forestal o que sean susceptibles de aplicarse a dichos usos y que no hayan sido habilitados como urbanos; forman parte del predio tanto las tierras como las construcciones e instalaciones fijas permanentes que existan en él.

m) Bien Inmueble

Son los bienes raíces que por su tamaño o volumen no pueden ser trasladados de un lugar a otro, con excepción de las naves y aeronaves que cuentan con locomoción propia (suelo, subsuelo, sobresuelo, mar, lagos, ríos, manantiales, corrientes agua viva, minas, canteras, naves, diques, muelles, etc.).

n) Habilitación

Todo proceso que implique un cambio de uso de tierras rústicas o eriazas y que requiera la ejecución de servicios públicos.

o) Proceso de Habilitación Urbana

Es la acción legal y técnica que implica un cambio de uso de tierras de rústico o eriazo a urbanos y que requiere la ejecución de servicios públicos básicos: agua, desagüe, red general de electrificación; así también orienta y establece los planos básicos; perimétrico, lotización, red general de agua, desagüe y electrificación.

p) Proceso de Saneamiento Físico-Legal

Es la acción legal y técnica tendiente al otorgamiento de títulos individuales de propiedad a los poseedores de lotes en pueblos jóvenes (Asentamientos humanos, urbanizaciones populares de interés social - UPIS); así como también orienta y establece los planos básicos: perimétricos y trazado de lotización.

q) Impuesto predial

Grava el valor de los predios urbanos y rústicos.

r) Nomenclatura

s) Cambio del Uso de la Tierra

Lo que signifique la modificación del uso de la tierra de acuerdo a los usos autorizados en los planos de zonificación respectivos.

t) Registro Catastral

Se entiende por registro catastral la incorporación de la propiedad inmueble en el uso catastral, dentro de los procesos de levantamiento, actualización y conservación .

u) Ficha Catastral

Es el conjunto de formularios que utilizan los “Brigadistas de Campo”. En la tarea de Identificación predial ó captura de Información (física, legal y fiscal de la Unidad Catastral).

v) Zonificación

Instrumento técnico normativo del Plan de Desarrollo Urbano, que regula el uso de la propiedad predial, establece y consolida el equipamiento urbano.

w) Lindero

Término o línea que divide.

x) Linderación

Procedimiento de mediciones que se realiza en el levantamiento y/o complementación de los datos gráficos al interior de la manzana y lote catastral.

y) Avalúo catastral

Consiste en la determinación del valor de los predios, obtenidos de aplicar las disposiciones vigentes por Ley del Impuesto Predial D.L. 776.

La actualización de los valores de predios, por las municipalidades, sustituye la obligación de los contribuyentes a prestar Declaración Jurada anualmente y se entenderá como válida en caso de aquel contribuyente no la objete dentro del plazo establecido para el pago del Impuesto.

z) Arbitrios Municipales

Sistemas de Arbitrios municipales cuya actividad es recolectar los pagos que se efectúan por una contraprestación efectiva de un servicio público.

aa) Autovalúo

Sistema de Autovalúo o impuesto predial es un título de periodicidad anual que grava el valor de los predios urbanos y rústicos, valor que se determina en base a la Declaración Jurada de Autovalúo que presenta el contribuyente.

2.3 MÉTODOS CLÁSICOS PARA LA ELABORACIÓN DEL