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El desarrollo en el Municipio de Puebla se dio de forma acelerada durante la segunda mitad del siglo XX y continúa con ese ritmo hasta esta primera década del siglo XI. En este proceso se abandonó la traza y estructura de la ciudad colonial, propia del centro histórico, para ser sustituida por crecimientos lineales y polarizantes. Basados en el desarrollo de grandes vialidades como la autopista México-Puebla, pensadas más en detonar económicamente la zona que en el desarrollo armónico de la ciudad, la mancha urbana de Puebla creció desde los años 70 de manera desordenada. La aparición de vialidades primarias, circuitos interiores y exteriores, además de grandes fraccionamientos residenciales produjeron las primeras rupturas en el trazo de la ciudad. En gran medida esto se debió a la ya obsoleta ley de fraccionamientos del año 1940, que tuvo que ser remplazada en 1974, ya que de no tomarse cartas en el asunto, la aun controlable ciudad de Puebla, se enfilaba al caos absoluto.

Sin embargo, aun con los cambios de legislación, la gran presión demográfica derivada de migración y la tasa de natalidad, continuó la degradación de la ciudad. A esto habrá que añadir las prácticas de comercialización de la tierra y la aparición de instituciones gubernamentales especializadas en la creación de vivienda para aliviar la presión social. De esta manera los fraccionamientos, las unidades habitacionales, las grandes vialidades y el desorden generalizado siguieron dominando el crecimiento de la ciudad.

Para las décadas de 1980 y 1990, ya se podía vislumbrar una reacción tanto comercial como social a las condiciones políticas caóticas y de desequilibrio económico que imperaban en todo el país. El marketing la inseguridad y las fuertes diferencias de ingresos entre la población llevaron a la construcción de fraccionamientos cerrados a ser una práctica cotidiana de desarrollo urbano, aun cuando las leyes no la consideraban. Los resquicios legales y la búsqueda de utilidades fáciles llevó a los desarrolladores a perfeccionar y convertir en el producto estrella los fraccionamientos cerrados,

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que en realidad, no aportan un beneficio real. Surge una nueva práctica, el esquema del régimen de propiedad en condominio, y se vuelve común aceptar la segregación espacial del territorio urbano, esto conlleva a la privatización de espacios públicos y la obstrucción de la acción del Estado.

Ante esta nueva realidad a finales del año 2003 se crea la Ley de Fraccionamientos y Acciones Urbanísticas, incluyendo los fraccionamientos cerrados en régimen de propiedad en condominio en su regulación. En esta se consideró desde una perspectiva inadecuada el problema de este tipo de fraccionamientos. Esta ley si abarca a los fraccionamientos cerrados, pero no los prohíbe ni establece normas que los integren de manera adecuada o sustentable a la ciudad, como lo exigen ciertas leyes federales y estatales. Definitivamente se pudo considerar un avance, pero los problemas mayores de discriminación y debilitamiento de las funciones del Estado, y de desorden urbano quedaron intactos.

Las grandes constructoras e inmobiliarias continuaron aprovechando este modelo de negocios hasta su límite (que no es necesariamente adecuado para el desarrollo urbano). Al mismo tiempo que instituciones como el Infonavit y Fovissste, abandonan la construcción de unidades habitacionales para otorgar solo créditos a la vivienda, los cuales son aprovechados por el sector inmobiliario para la construcción de nuevos fraccionamientos principalmente de interés social, ocupando gran parte de los terrenos circundantes de la ciudad. Como prueba de que la legislación no fue adecuada, se aprecia la expansión descontrolada de la ciudad, el crecimiento caprichoso de la misma, la degradación de las zonas de cultivo que antes alimentaban al núcleo urbano, la metropolización y conurbación, así como la fuerte segregación socioeconómica y la aparición anárquica de vialidades.

Estos hechos repercuten directamente en las actividades y calidad de vida de los habitantes. Se ha abandonado la ciudad, para convertirse en zona de tránsito entre los espacios de trabajo y la vivienda. La pérdida de identidad y de apropiación de los espacios públicos se evidencian en el deterioro de las fachadas, los parques, las banquetas, mobiliario y espacios públicos entre otros. De igual manera, la delincuencia ocupa rápidamente el espacio que la

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ciudadanía deja por temor y por necesidad. La ocupación ineficiente del espacio por los grandes desarrollos y la segmentación de las vías públicas se traduce en la saturación de las vías principales existentes, compañera inseparable de los congestionamientos viales, la contaminación y el estrés.

En general se ha llegado a un punto preocupante donde la calidad de vida de los habitantes del Municipio de Puebla está en un nivel muy bajo. No se puede asegurar ni que la legislación es la única culpable de esta situación, ni es la única opción para su solución, pero si se debe considerar como un punto clave para comenzar el cambio. Es necesario que la legislación en principio sea congruente consigo misma y más allá de mencionar conceptos como sustentabilidad, ecología, planeación y programación de manera vacía, retomen auténticamente el contenido de las leyes y sean la base del desarrollo urbano.

Desde esta visión compleja se deben considerar a los fraccionamientos cerrados como parte integral del espacio urbano. El cual está determinado por un ámbito económico, el cual contempla el valor del suelo, el mercado inmobiliario. Las políticas públicas, tanto de desarrollo urbano como de regulación de crecimiento y, por supuesto, entre estos los fraccionamientos cerrados, los cuales no deben desestructurar el desarrollo de la ciudad. Y el ámbito ambiental, el cual a la vez que sirve de soporte al desarrollo de la ciudad es afectado por la sobreexplotación, el aumento de contaminantes, crecimiento del territorio urbanizado, generando efectos negativos a la calidad de vida de los habitantes. De esta forma el territorio urbano se transforma negativamente, se desarticula haciéndose difíciles los desplazamientos y generando estrés, abandono de sectores centrales por envejecimiento, se crean grandes baldíos urbanos, los equipamientos no se construyen en relación a las necesidades de los usuarios, las áreas verdes no son suficientes para detener la alta contaminación, los sistemas de transporte se hacen ineficientes y obsoletos. Se aumenta la vulnerabilidad ante fenómenos naturales o antrópicos.

En el caso de los fraccionamientos cerrados, es necesario sujetarlos a una legislación que apele a los conceptos ya mencionados, entendiendo que

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son parte de los problemas de inseguridad, contaminación, estrés y pérdidas económicas del municipio. Se debe regular al fraccionamiento cerrado entendiendo que las soluciones aisladas a ciertos problemas no son ni eficaces, ni eficientes. Se debe integrar su regulación a una visión compleja y completa de lo que es la ciudad y el Municipio de Puebla. La solución de la ciudad se debe dar en todos sus elementos, pero no por separado, sino entendiendo su íntima relación con todos los aspectos urbanos. El fraccionamiento cerrado no necesariamente debe ser prohibido, pero si debe entenderse como un elemento más de la ciudad, de la cual se sirve y a su vez debe servir.

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