CAPÍTULO III. DESARROLLO DE LA PROPUESTA
3.7. Conclusiones Parciales del Capítulo III
Este estudio jurídico se le ha diseñado en la presente tesis, teniendo un beneficio considerablemente a la sociedad, con esto se lograría analizar y determinar los aspectos procesales del ámbito de aplicación y efectos jurídicos para la adecuada interposición de la acción extraordinaria de protección, para el estudio y conocimiento de los profesionales del derecho, promoviendo principalmente el respeto de la Constitución de la República del Ecuador.
En definitiva, se puede decir que la falta de conocimiento de los profesionales del derecho respecto de la acción extraordinaria de protección, su admisibilidad y procedencia, en lo principal no se verifica la efectiva vulneración de un derecho Constitucional o del debido proceso, y se interpone sin haberse agotado todos los recursos del procedimiento ordinario, simplemente son en su mayoría interpuestas ante la inconformidad personal con la resolución obtenida.
Un elemento principal a considerarse es que las normas en general deben ser del conocimiento de toda la población y con más razón aun de los profesionales del
derecho, considerados conocedores de las leyes y el derecho y llamados a la asesoría jurídica y legal de las personas que necesiten reclamar la vulneración de un derecho, por lo que deben informarse, analizar y estudiar las figuras jurídicas, en especial la acción extraordinaria de protección debido a la complejidad de su proceder y el alcance de sus efectos jurídicos.
CONCLUSIONES GENERALES
La Constitución de la República del Ecuador reconoce derechos fundamentales a todos los habitantes del país, y para su efectiva vigencia determina garantías, tendientes a proteger estos derechos y evitar su vulneración, entre estas garantías se encuentran las jurisdiccionales, entre las cuales tenemos a la acción extraordinaria de protección, como una garantía especial, ulterior y cuyos efectos trascienden a la culminación de un proceso y el agotamiento de los recursos ordinarios con el único objetivo de actuar ante la vulneración efectiva de un derecho o del debido proceso.
La ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, determina los aspectos procesales de la acción extraordinaria de protección, los lineamientos principales para sus admisibilidad y procedencia, además se reconoce como el órgano competente para su conocimiento y resolución a la Corte Constitucional, con autoridad para resolver la inconstitucionalidad de las normas o las decisiones judiciales como en este caso, y defender la supremacía de la Constitución, la misma que mediante sus diferentes áreas y estructura organizacional, reciben, conocen, admiten o rechazan y de ser el caso tramitan y resuelven acerca de esta acción.
La errónea aplicación de esta importante garantía, se debe principalmente al desconocimiento que tienen los profesionales del derecho acerca de la acción extraordinaria de protección, su ámbito de aplicación y efectos jurídicos, quienes, pese a no ser los únicos legitimarios de la acción, por su conocimiento del derecho y la delicadeza de la acción son los más adecuados al momento de interponerla. La necesidad de un estudio jurídico del tema radica precisamente en el
desconocimiento de la acción extraordinaria de protección y que no se profundiza en su análisis y estudio pese a ser una garantía de delicadeza y cuidado debido a su ámbito de aplicación y al alcance de sus efectos jurídicos, considerando que puede incluso dejar sin efecto una sentencia, auto definitivo o resolución con fuerza de sentencia de encontrar una efectiva vulneración de los derechos constitucionales, un efecto que no puede ser tomado a la ligera, mucho menos con intereses personales o decisiones parcializadas.
RECOMENDACIONES
El Estado Ecuatoriano, en su legislación debe garantizar la plena vigencia de los derechos reconocidos en la Constitución, además de sus garantías, por lo que al respecto de la acción extraordinaria de protección se deben procurar preceptos básicos e ideas tendientes a su difusión y conocimiento entre aquellos que necesiten su interposición, las leyes si bien se creen de conocimiento general de la población, deben ser informadas y difundidas, de esta manera se podrá lograr su adecuada aplicación y evitar la vulneración de la Constitución de la República del Ecuador.
El órgano competente para conocer la acción, la Corte Constitucional, debe apegarse a los lineamientos establecidos en la ley para conocer, admitir, tramitar y resolver la acción extraordinaria de protección, cuidar sus decisiones ya que los efectos que acarrea esta acción son muy delicados, además debe la Corte ante todo mantener firme la imparcialidad a lo largo de los procesos de su conocimiento, únicamente de esta manera se lograra la verdadera justicia constitucional y el respeto y protección de los derechos y la supremacía de la Constitución.
A los profesionales del derecho como sujetos de investigación en el presente trabajo, y responsables directos de la adecuada interposición de la acción extraordinaria de protección, deben profundizar en el estudio extenso de las leyes y normas, en especial de los recursos, y garantías, específicamente a cerca de la acción extraordinaria de protección previo a interponerla deben considerar todos los requisitos y su idoneidad, puesto que no puede aplicársela a la ligera, mucho menos tomarla como una represalia personal ante la administración de justicia, deben apegarse al debido proceso y el orden de las normas e instancias.
En base a la importancia del estudio realizado, deben además de los profesionales del derecho, interesarse por su estudio todos aquellos relacionados al derecho y a la administración de justicia, estudiantes de derecho, docentes de la asignatura, funcionarios judiciales, y demás interesados, en su análisis y difusión de halla la clave de la adecuada interposición de la acción extraordinaria de protección y la plena vigencia de la Constitución de la República del Ecuador, me permito contribuir con el presente trabajo como herramienta de estudio y de información relevante.
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ANEXO 1. PERFIL DE TESIS
UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES
UNIANDES
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA
CARRERA DE DERECHO
PERFIL DE TESIS DE GRADO PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE
ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA
TEMA:
ÁMBITO DE APLICACIÓN Y EFECTOS JURÍDICOS DE LA ACCIÓN
EXTRAORDINARIA DE PROTECCIÓN
AUTORA: ARAGÓN ORTIZ LAURA MARIANA
ASESOR: DR. CADENA POSSO ALIPIO ABSALON
IBARRA- ECUADOR
2016
1.- TEMA
Ámbito de aplicación y efectos jurídicos de la Acción extraordinaria de protección
2.- DESARROLLO
2.1 ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN
La Constitución de la República del Ecuador, elaborada por la Asamblea Constituyente,
reconoce a la Acción extraordinaria de protección dentro de las “Garantías
Jurisdiccionales”.
La intención con la que las garantías jurisdiccionales fueron creadas y específicamente
la Acción extraordinaria de protección, es la de proteger a la población del abuso del
ejercicio del poder o de la negligencia de quienes ejercen la administración pública, por
ello, la ideología de la nueva Constitución es ser garantista y controladora de los
derechos fundamentales a través de la interposición ante la justicia ordinaria y
extraordinaria de la acción antes citada.
El tratadista Fernando Eduardo León Quinde, se refiere a la acción extraordinaria de
protección y manifiesta: “En nuestra constitución actual se encuentra considerada la
acción extraordinaria de protección, constituyendo una acción y mas no un recurso,
siendo la acción el acto por el cual se presenta un reclamo por alguna sentencia, autos
definitivos y resoluciones con fuerza de sentencia, las mismas que deben ser firmes o
ejecutoriadas, no constituyendo un recurso ya que este se lo considera como un reclamo
ante el superior jerárquico de la sentencia emitida.” (LEÓN, 2014, pág. 317)
De lo antes señalado, se aclara bajo que elementos procede la Acción extraordinaria de
protección, siendo necesaria la fuerza de sentencia, y que sean firmes o se encuentren
ejecutoriadas para que proceda de esta manera como acción posterior a todo proceso
ordinario, de su nombre precisamente como acción extraordinaria se precisa el campo y
el momento idóneo para interponerla adecuadamente, y no respecto de cuestiones de
mera legalidad, como especifica el principio de especialidad característico de esta
acción.
Es una garantía que debe ser aplicada correctamente, sin embargo, es posible ver como
se abusa de esta acción, aplicándola sin mayor control incluso en casos en los que no
debería ser admitido, debido todo esto a que no se halla actualmente controlado y
específicamente delimitado en sus condiciones y requisitos.
Su objetivo es claro, el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en nuestra
Constitución, teniendo como fin reparar el daño causado, hacerlo cesar si se está
produciendo o para prevenirlo si es que existe la presunción o indicios claros de que el
acto ilegítimo puede producirse.
2.2. SITUACIÓN PROBLÉMICA
Pese a estar contemplada en la Constitución de la Republica y la Ley Orgánica de
Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, con especificación de sus
elementos y las causales o casos en los que esta acción procede y bajo qué principios, es
común que la acción extraordinaria de protección sea interpuesta inadecuadamente por
parte de quienes la patrocinan, comúnmente teniendo como objetivo principal, la
revisión de las decisiones judiciales en el fondo de lo ya resuelto, inobservando de esta
manera el principio de especialidad, que indica que esta solo puede ser activada respecto
de la vulneración de derechos constitucionales y no proponerla respecto de cuestiones
de mera legalidad.
Urge precisar las causas principales de la inadecuada aplicación de la Acción
extraordinaria de protección, para de esta manera ubicar el origen de este problema que
genera gran impacto en la administración de justicia y por ende vulneración de la
Constitución de la República del Ecuador.
2.3. PROBLEMA CIENTÍFICO
Cómo contribuir con la correcta interposición de la acción extraordinaria de protección
ante la Corte Constitucional.
2.4. OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN Y CAMPO DE ACCIÓN
2.4.1. Objeto de la investigación
El objeto de investigación del presente trabajo es la acción extraordinaria de protección,
contemplada en el ordenamiento jurídico ecuatoriano.
2.4.2. Campo de acción
En esta investigación el campo de acción es el ámbito de aplicación y consecuencias
jurídicas de la acción extraordinaria de protección.
El presente trabajo se desarrollará en el periodo de enero a diciembre del año 2015.
2.5. IDENTIFICACIÓN DE LA LÍNEA DE INVESTIGACIÓN
Retos, perspectivas y perfeccionamiento de las ciencias Jurídicas en el Ecuador.
El ordenamiento Jurídico Ecuatoriano, presupuestos históricos, teóricos, filosóficos y
constitucionales.
2.6. OBJETIVO GENERAL
Realizar un estudio jurídico sobre el ámbito de aplicación y consecuencias jurídicas de
la acción extraordinaria de protección, para promover su adecuada interposición y evitar
la vulneración de la Constitución de la República del Ecuador.
2.7. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Fundamentar jurídicamente en las normas constitucionales, legales, tratados
internacionales y legislación conexa, la acción extraordinaria de protección.
Diagnosticar el estado actual del objeto de investigación.
Elaborar un estudio jurídico sobre el ámbito de aplicación y consecuencias
jurídicas de la acción extraordinaria de protección.
Analizar la factibilidad de la propuesta.
2.8. IDEA A DEFENDER
Con la realización del estudio jurídico, se promoverá la interposición acertada de la
acción extraordinaria de protección.
2.9. VARIABLES DE LA INVESTIGACIÓN
2.9.1. Variable independiente
La acción extraordinaria de protección, como garantía jurisdiccional y su adecuada
aplicación.
2.9.2. Variable dependiente
La inobservancia del principio de especialidad que caracteriza a la acción extraordinaria
de protección como causa principal de su errónea aplicación.
2.10. METODOLOGÍA A EMPLEAR
2.10.1. Métodos
2.10.1.1. Método Jurídico. -En el presente trabajo el método jurídico fue empleado
para la investigación dentro del derecho de las causas de la errónea aplicación de la
acción extraordinaria de protección y determinar además las consecuencias de este
problema, finalmente para la estructura del marco teórico y diseñar las estrategias de
difusión.
2.10.1.2. Métodos inductivo y deductivo
Los métodos inductivo y deductivo son de utilidad en esta investigación, por cuanto en
forma deductiva se realizará un estudio general de la acción extraordinaria de
protección, para posteriormente analizar su naturaleza, características, requisitos,
procedimiento y admisibilidad, centrándose específicamente en el ámbito de aplicación
y consecuencias jurídicas que conlleva esta garantía, de esta forma delimitar y ubicar la
causa de la inobservancia del principio de especialidad para contribuir y contrarrestar
este problema.
2.10.2. Técnicas e instrumentos
2.10.2.1. Técnicas
La observación.-
de tipo sistemática, realizada de la administración de justicia
constitucional y específicamente de la acción extraordinaria de protección interpuesta
por los profesionales del derecho, para estructurar y aplicar adecuadamente la encuesta
y la entrevista.
La encuesta.- es en el presente trabajo el instrumento más importante, por cuanto es de
aplicación directa a los ciudadanos si han optado por recurrir a esta acción. La encuesta
estará dirigida a los profesionales del derecho que puedan aportar al desarrollo del
presente trabajo.
La entrevista. - en este trabajo ayudará a conocer diferentes criterios sobre el ámbito de
aplicación y consecuencias jurídicas de la acción extraordinaria de protección; saber
cuál es su criterio y visión general respecto de la problemática y las posibles soluciones.
La entrevista estará dirigida a los operadores de justicia.
2.10.2.2. Instrumentos
El instrumento que se utiliza en la elaboración de la encuesta, es el cuestionario. La
elaboración del cuestionario en el presente trabajo es esencial, con la correcta
elaboración de las preguntas y su fácil comprensión se obtendrá información importante
con relación al tema de estudio.
El instrumento que se utiliza en la realización de la entrevista, es la guía. Los criterios
de diferentes juristas conocedores del tema de investigación son valiosos para validar el
trabajo realizado, por lo cual es importante utilizar una guía que nos permita recordar
hasta los mínimos detalles que deseamos obtener del jurista.
2.11. ESQUEMA DE CONTENIDOS
2.11.1. Ámbito y Antecedentes de la acción extraordinaria de protección
2.11.1.1. Contexto constitucional y de derecho Internacional en que se crea la acción
Extraordinaria de protección
2.11.1.2. Fundamento jurídico constitucional
2.11.1.3. La situación previa a la constitución vigente
2.11.1.4. El control de decisiones judiciales en el derecho Comparado
2.11.2. Naturaleza de la acción extraordinaria de protección
2.11.2.1. Naturaleza de la acción extraordinaria de protección en el Ecuador
2.11.2.2. Función de la acción
2.11.2.3. Especialidad del órgano competente
2.11.2.4. Caducidad de la acción
2.11.3. Aspectos procesales de la acción extraordinaria de protección
2.11.3.1. Legitimación
2.11.3.2. Requisitos de procedibilidad
2.11.3.3. Actos impugnables
2.11.3.4. Derechos protegidos
2.11.4. Análisis de casos
Sentencia Nro.0010-08-SEP-CC
Sentencia Nro.0024 -09-SEP-CC
Sentencia Nro. 170-14-SEP-CC
Sentencia Nro. 069-15-SEP-CC
2.12.- APORTE TEÓRICO, SIGNIFICACIÓN PRÁCTICA Y NOVEDAD
2.12.1. Aporte teórico
La presente investigación será de gran ayuda, para estudiantes y profesionales del
Derecho, por cuanto en relación a este tema específico no se ha hecho el análisis
correspondiente, para garantizar la debida aplicación de la acción extraordinaria de
protección.
La inobservancia de principios básicos y la errónea interpretación de la ley es lo que ha
traído como consecuencia que se aplique injustificadamente la acción extraordinaria de
protección y sin cumplir con los correspondientes requisitos para su procedibilidad, y es
además un gasto innecesario de recursos de la administración de justicia.
2.12.2. Significación práctica
Con relación a la significación práctica es importante mencionar que dicho trabajo
investigativo, será utilizado en beneficio de la ciudadanía en general en especial a las
personas que podrían necesitar de esta acción para la vigencia de sus derechos. Ya que
se identificarán las principales, causas del problema y el impacto que genera en la
administración de justicia.
2.12.3. Novedad
La novedad de este trabajo de investigación se basa en que actualmente no se ha
profundizado dentro del estudio de este tema, sobre el ámbito de aplicación y efectos
jurídicos de la acción extraordinaria de protección, por cuanto el derecho constitucional
es muy amplio y es pertinente enfatizar y minuciosamente analizar un problema y
determinar su origen y posible solución, es además de fácil comprensión y de urgente
aplicación ya que ha sido en muchas ocasiones erróneamente interpuesta la acción
extraordinaria de protección.
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zabalaegas.blogspot.com
derechoecuador.com
ANEXO 2. ENCUESTA
ENCUESTA REALIZADA A PROFESIONALES DEL DERECHO DE IBARRA UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES
“UNIANDES”
EL OBJETIVO DE LA PRESENTE ENCUESTA. - Es realizar un análisis cualitativo y cuantitativo sobre el nivel de conocimiento que existe sobre el ámbito de aplicación y efectos jurídicos de la acción extraordinaria de protección.
Marque con una X la respuesta que considere sea correcta. 1.- ¿Conoce usted que es la acción extraordinaria de protección?
SI ( ) NO ( )
2.- ¿Considera usted a la acción extraordinaria de protección, como un recurso ordinario? SI ( ) NO ( )
3.- ¿Conoce usted en qué casos se puede interponer la acción extraordinaria de protección? SI ( ) NO ( )
4.- ¿Conoce usted los requisitos para que proceda la acción extraordinaria de protección? SI ( ) NO ( )
5.- ¿Ante qué autoridad considera usted que debe interponerse la acción extraordinaria de protección? a.- Corte Provincial de Justicia ( )
b.- Consejo de la Judicatura ( )
c.- Corte Constitucional ( )
d.- Corte Nacional de Justicia ( )
6.- ¿Conoce usted cuáles son los efectos jurídicos de la acción Extraordinaria de Protección? SI ( ) NO ( )
7.- ¿Quién considera usted, que puede interponer la acción extraordinaria de