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CAPÍTULO III. VALIDACIÓN Y/O EVALUACIÓN DE RESULTADOS DE SU

3.3. Conclusiones parciales del Capítulo

- La estabilidad laboral de los servidores públicos con nombramiento, sería un logro social amparado en el derecho constitucional a permanecer en su cargo y desempeñar las funciones conforme su perfil profesional y experiencia.

- Es necesario realizar la derogatoria del Art. 47 literal c) de la Ley Orgánica del Servicio Público para garantizar la estabilidad laboral de las y los servidores, conforme se pronuncian los encuestados el tener nombramiento en la administración pública no garantiza la estabilidad laboral.

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CONCLUSIONES GENERALES:

- Con la fundamentación teórico-jurídica sobre la estabilidad laboral del servidor público con nombramiento, conforme garantiza este derecho la Constitución de la República del Ecuador del 2008, el servidor público que realiza esta prestación de servicios con nombramiento, requiere que las autoridades que manejan las directrices de la administración pública establezcan lineamientos y políticas que garanticen la estabilidad de las y los servidores públicos que laboran en estas instituciones públicas.

- La estabilidad laboral o la permanencia de las y los servidores públicos que prestan servicios en la administración pública bajo nombramiento no está garantizada en el país porque en la última década se han implementado políticas de Estado para reestructurar la administración pública y se ha aplicado el cese de funciones, sin emitir estudios técnicos conforme la realidad y necesidad de los diversos sectores de la sociedad.

- En relación a lo anterior manifestado es necesario realizar la propuesta de derogatoria del Art. 47 literal c) como una alternativa de solución a la problemática planteada y así garantizar el derecho constitucional del servidor público a la estabilidad laboral.

60 RECOMENDACIONES:

- Se recomienda, a las autoridades del Estado emitir políticas y directrices que vayan de acuerdo con la norma Constitucional, que garanticen la estabilidad del servidor público es decir que no vulneren normas o principios constitucionales y que los servidores públicos puedan permanecer en sus cargos, para que el aporte profesional que estos brinden consoliden el fortalecimiento institucional.

- La estabilidad laboral y la permanencia de las y los servidores públicos que prestan servicios en la administración pública bajo nombramiento debería fomentarse en base a estudios técnicos, políticas públicas y directrices que aprovechen el talento humano probo y capaz para consolidar tanto el desarrollo social como económico del país.

- Se encomienda a la Asamblea Nacional realizar un Planteamiento de derogatoria y reforma al literal c) del Art. 47 de la Ley Orgánica del Servicio Público por ser discordante con la Constitución, es decir que vulnera los derechos constitucionales que garantizan estabilidad laboral y el trabajo al que tienen los servidores públicos con nombramiento.

BIBLIOGRAFÍA.

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2. ACUERDO MINISTERIAL 020-12 del 25 de enero del 2012 y suscrito por la Dra. Gloria Vidal Illingworth Ministra de Educación, pág. 1.

3. ARAGON ENRIQUE OMAR, 2014, Derechos Fundamentales, Proceso Administrativo Democrático, pág.19.

4. CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR, Registro Oficial No. 449 del 20 de octubre del 2008, pág. 108.

5. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ARGENTINA, Sentencia Casación Madorrán, 2007.

6. CHÁVEZ GINA Y JUAN MONTAÑA, EQUIPO EDITORIAL – IAEN,2011, pág. 32.

7. ESTATUTO DEL RÉGIMEN JURÍDICO Y ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN EJECUTIVA, ERJAFE, Decreto Ejecutivo 2428, Registro Oficial 536 de 18- mar.-2002, Ultima modificación: 08-abr.-2015, Art. 5, pág. 3.

8. ESTUDIOS JURÍDICO - ADMINISTRATIVOS EN HOMENAJE A GERMÁN CISNEROS FARÍAS, 2011, pág. 103.

9. EL SERVIDOR PÚBLICO, ROBLES Estephanie, 2013, págs. 1, 2, 17, 29, 32.

10. GRANJA GALINDO, Nicolás: Fundamentos de Derecho Administrativo Quinta Edición. Editorial Jurídica del Ecuador. Quito, 2006. Págs. 121, 130.

11. HERNÁNDEZ GONZALO ARMIENTA, 2014, Estudios Jurídicos – Administrativos de la Universidad Autónoma de Nuevo León – Universidad de la Habana México, pág.681.

12. JARAMILLO, Hernán: Manual de Derecho Administrativo Quinta Edición. Unidad de Publicaciones del Área Jurídica Administrativa y Social de la Universidad Nacional de Loja. Loja, 2005. p. 312.

13. LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO PÚBLICO, L s/n. Registro Oficial No. 294- 2S del 06 de octubre del 2010). Quito, págs. 24, 25, 30, 31.

14. OBANDO GARRIDO JOSÉ MARÍA, Tratado de Derecho Administrativo Laboral, Ediciones Jurídicas Gustavo Ibañez, Bogotá, 2001, p.237.

15. PLAN NACIONAL DEL BUEN VIVIR, 2013-2017, pág. 17.

16. PÉREZ, Efraín: Derecho Administrativo Tomo II. Corporación de Estudios y Publicaciones. Quito, 2009. p.647.

17. REGLAMENTO DE RÉGIMEN DISCIPLINARIO DE LOS FUNCIONARIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, Real Decreto 33/1986 del 10 de enero de 1986, Madrid.

18. REGLAMENTO GENERAL A LA LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO PÚBLICO, Registro Oficial Suplemento 418 de 01-abr-2011. Quito, pág. 27.

19. SECRETARÍA NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO – SENPLADES. (2013). Plan Nacional de Desarrollo / Plan Nacional para el Buen Vivir 2013-2017, Quito. Editorial Senplades.

20. ZAVALA EGAS Jorge, 2011, pág.173. Lecciones de Derecho Administrativo, 2011

ANEXO 2 LA ENCUESTA.

Señor(a) encuestado(a) sírvase contestar el cuestionario que a continuación se detalla, el mismo que servirá como fundamento de mi tesis de grado cuyo tema es “Estabilidad laboral del servidor público con nombramiento al aplicar el artículo 47, literal c) de la Ley Orgánica del Servicio Público”

ENCUESTA Pregunta 1

¿La Constitución Ecuatoriana del 2008 garantiza el derecho a la estabilidad del servidor público?

SI ……. NO…….

Pregunta 2

¿Cree usted que el servidor público goza de estabilidad laboral en las instituciones públicas?

SI ……. NO……. Pregunta 3

¿Considera que es importante garantizar la estabilidad laboral del Servidor Público con nombramiento?

SI ……. NO…….

Pregunta 4

¿Piensa usted que es trascendental que se reconozca el derecho a la estabilidad laboral del Servidor Público con nombramiento?

SI………… NO……….

Pregunta 5

¿Cree usted que es necesaria elaborar una propuesta de Ley Derogatoria al Art. 47 literal c de la de la Ley Orgánica del Servicio Público para garantizar la estabilidad laboral del servidor público con nombramiento?

ANEXO 4 DE LA ENTREVISTA

ENTREVISTA. (Al Director del Distrito de Educación Chambo- Riobamba o al Jefe de la UATH).

1. ¿Ingeniero partiendo del derecho a la estabilidad laboral que tienen los servidores públicos de todos los sectores incluido el de educación según lo garantiza el Art. 229 de la Constitución, cree Ud. necesario una reforma en la LOSEP que garantice este derecho?

2. ¿Conoce usted de la salida de servidores públicos con supresión de partida del área de educación de la ciudad de Riobamba y del resto de provincias del país?

3. ¿Considera usted que se debería garantizar la estabilidad laboral del servidor público?

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