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Condiciones Urbanísticas:

In document MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO (página 31-40)

Ref. Expte: Nº 11651-G-2009.-

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dictado del acto administrativo que así lo haga saber;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTÍCULO 1º.- Hácese saber a Genzyme de Argentina S.A., en su carácter de propietario, ************* que podrá autorizarse la construcción de un edificio, previa demolición total del existente, con destino a local, oficinas y laboratorio de Control de Calidad, en el inmue- ble designado catastralmente como Circunscripción V, Sección A, Manzana 2, Parcela 7a, ubicado con frente a Av. Fondo de la Legua Nº 161/5, de la ciudad de Boulogne, jurisdic- ción de este Partido, según documentación de fojas 65, convenientemente corregida.

ARTÍCULO 2º.- Lo dispuesto en el artículo precedente, queda sujeto al cumplimiento de ************** las condiciones Urbanísticas, Ambientales, de Funcionamiento y Adminis- trativas, para la aprobación del proyecto definitivo, que a continuación se detallan:

E- Condiciones Urbanísticas:

A1. Los valores de FOS y FOT quedarán limitados a 0,55 y 1 respectivamente y de acuerdo a la propuesta presentada.

A2. Terreno absorbente: 25% de la superficie del predio.

A3. Altura máxima: De acuerdo a la propuesta presentada 7 m. y plano límite para sala de máquinas de 9,50 m.

La altura de los locales cumplirá con lo indicado en el Código de Edificación de San Isidro, proyectándose una altura libre para la planta baja de 3,50 m.

Se efectuará tratamiento arquitectónico de todas las instalaciones complementarias a ubicar en la azotea del edificio: tanques de agua y servicios centrales, debidamente insonorizados, según lo dispuesto en los artículos 1.1.2.3. / 1.2.2.24 y Tabla de Molestias según Anexo IV del Código de Ordenamiento Urbano.

Ref. Expte: Nº 11651-G-2009.-

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Las instalaciones complementarias no superarán los 10 m de altura y el plano límite no su- perará para tanques de agua los 12 m, según lo establecido en el Código de Ordenamiento Urbano. Deberá accederse a la sala de máquinas con una escalera de ancho mínimo y no podrán proyectarse depósitos.

La azotea será inaccesible.

A4. Estacionamiento: Verificará 4 módulos reglamentarios como mínimo para las oficinas, cumplimentando así con el Art. 1.2.2.1. Inc. 7/9 del Código de Ordenamiento Urbano y De- creto reglamentario Nº 2359/08, 1 módulo para el laboratorio de control de calidad y 1 mó- dulo para carga y descarga.

- Todos los vehículos deberán maniobrar en el interior del predio debiendo ingresar y/o egre- sar marcha adelante.

- Se preverá la colocación de protección en las medianeras.

- Se indicarán los accesos y salidas vehiculares con señal luminosa y sonora para adverten- cia de los peatones. Deberá colocarse sobre Línea Municipal alejados de los muros diviso- rios de predios.

A5. Fondo libre: Entre 11,61 m. / 10,72 m.

Deberá constituirse como terreno absorbente, parquizado y forestado en el sector sin esta- cionamiento vehicular sobre el fondo de 3 m.

A6. El edificio verificará el cumplimiento de las Ordenanzas 6631 y 8367, en cuanto a acce- sibilidad (rampas) y baños para personas discapacitadas.

F- Condiciones Ambientales:

B1. Tratamiento Urbano Externo: La implementación de vidrios en las fachadas deberá cumplimentar con la Ordenanza 8210.

- El diseño de las fachadas de frente y contrafrente será acorde a la zona. De verificarse in- convenientes con linderos, se deberán limitar las visuales; en ese caso, las aberturas que den hacia el fondo tendrán vidrios fijos opacos hasta los 1,60 m de altura, con posibilidad de apertura y transparencia a partir de dicha medida.

Ref. Expte: Nº 11651-G-2009.-

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- Las veredas se ejecutarán conforme lo reglamentado por el Código de Edificación y no perderán su continuidad en correspondencia con los accesos vehiculares, debiendo salvar los desniveles con rampas reglamentarias, señalizadas. Su diseño se adecuará a la situación exis- tente y a la forestación, debiendo plantar los árboles faltantes.

- El portón de acceso vehicular deberá retirarse un mínimo de 4 m. desde Línea Municipal a fin de que los vehículos no lleven a cabo la espera para el ingreso y/o salida sobre la acera.

B2. Residuos: Deberá contar con un lugar apto para contener los desechos del edificio, a fin de evitar que permanezcan en la vía pública hasta el horario de recolección municipal. Deberán clasificarse los mismos, diferenciando residuos orgánicos de inorgánicos. B3. Consideraciones generales para la etapa de Obra:

- Durante la etapa de demolición y construcción, se deberán adoptar todas las medidas nece- sarias a fin de mitigar los efectos que pudiesen generarse por emisión de ruidos molestos, contaminación del suelo, aire y agua. Se deberá controlar la conducta y comportamiento de los operarios y terceros contratados para la realización de la obra, en relación al cui- dado de los factores ambientales aludidos y a la convivencia con los vecinos circundan- tes.

- Se colocará cartel de obra en lugar visible, con número de expediente y datos del respon- sable de la ejecución de la misma. Se dispondrá de una copia del Permiso de Construc- ción en el lugar, para ser consultada por los agentes municipales en las inspecciones per- tinentes.

- Colocar protección perimetral o vallados a fin de aminorar ruidos y polvos.

- El horario de trabajo será de 8.00 a 17.00 hs., de lunes a viernes, y sábados de 8.00 a 14.00 hs.

- La modificación con respecto a los horarios de trabajo podrá ser considerada particular- mente, teniendo en cuenta las características de la zona. A tal efecto se realizará una soli- citud detallando los días, horarios y tipo de tarea para su evaluación.

- La utilización de maquinarias o herramientas que produzcan niveles superiores a los deci- beles autorizados para la zona, o considerados molestos por el sentido común, deberá efectuarse en horarios especiales, tratando de evitar molestias al vecindario y comuni- cando el horario y duración de los trabajos a la Municipalidad y a los vecinos afectados.

Ref. Expte: Nº 11651-G-2009.-

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- La circulación de vehículos con materiales se realizará adoptando todas las medidas nece- sarias para evitar trastornos o alteraciones en el tránsito, evitando los horarios de mayor movimiento en la zona. Se deberá señalizar el acceso vehicular para mejorar las condi- ciones de circulación. Se coordinará la asistencia de la Dirección de Tránsito dado que la Av. Fondo de la Legua cuenta con gran caudal de vehículos.

- Los obradores y contenedores serán instalados dentro del predio, con sus correspondientes instalaciones sanitarias, depósitos de materiales y escombros, sin ocupación de la vía pú- blica.

- Las veredas deberán mantenerse en buen estado de transitabilidad.

G- Condiciones de Funcionamiento:

C1. A efecto de los cálculos de los medios de salida, circulaciones, sanitarios y entre otros aspectos, se fijará una capacidad máxima de 1 persona cada 8 m2 de oficinas. En base a di- cha ocupación se proyectarán los sanitarios comunes, conforme lo establece el Art. 5.6.1.3 Código de Edificación de San Isidro.

C2. De someterse a división en Propiedad Horizontal: La asignación de estacionamiento será en forma proporcional a su superficie. Cuando del cálculo de la superficie de oficinas resul- tare una fracción, se tomará el número entero. Los módulos que pudieran ser originados por las sumatorias de las fracciones de cada unidad, se integrarán como cocheras de cortesía de uso común.

C3. El uso del estacionamiento será obligatorio, libre y gratuito, para quienes concurran al lugar, debiéndose posibilitar el ingreso a empleados, visitantes, proveedores y servicios. - Se prohíbe expresamente el estacionamiento, espera o maniobras sobre las calles perime-

trales al predio.

- La carga y descarga de mercadería se efectuará dentro del predio, con vehículos de pe- queño y mediano porte (automóviles – utilitarios). No podrán realizarse maniobras de carga y descarga en la vía publica.

Ref. Expte: Nº 11651-G-2009.-

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C4. De colocarse publicidad, la misma será la mínima necesaria para el anuncio de las acti- vidades, colocándose dentro del predio sin sobrepasar el perfil del edificio y contará con aprobación previa a su colocación.

C5. La Subsecretaría de Inspección General establecerá las demás condiciones en oportuni- dad de gestionarse la correspondiente habilitación.

H- Condiciones Administrativas:

D1. Deberá presentar Plano de Instalaciones contra Incendio, teniendo en cuenta el tipo de edificio y de acuerdo a lo previsto por el Art. 5.8.1.1. y subsiguientes del Código de Edifica- ción, firmado por un profesional responsable y matriculado, para el otorgamiento del Permi- so de Construcción. La Subsecretaría de Inspección General y la Dirección de Obras Particu- lares verificarán la propuesta de instalaciones contra incendio.

D2. Debe contar con sanitarios mínimos según Art. 5.6.1.3. del Código de Edificación, y de corresponder con las instalaciones de vestuarios conforme a la legislación vigente.

D3. Deberá verificarse en el proyecto el cumplimiento de todas la normas de aplicación, en el orden Nacional, Provincial, y las establecidas por los Códigos de Ordenamiento Urbano y Edificación, entre otros: Medios de Salida - sentido de apertura y ancho de puertas / Instala- ciones Eléctricas, según normativas vigentes, con aplicación supletoria de la normativa complementaria del Código de Edificación de la Ciudad de Buenos Aires.

D4. Se transcribirán en el Permiso de Construcción todos los condicionantes, Constructivos, Ambientales y Administrativos.

ARTÍCULO 3º.- La vigencia del presente Decreto queda condicionada a que dentro de los ************* ciento veinte (120) días de notificado el mismo, se hubiere otorgado el per- tinente Permiso de Construcción.

Ref. Expte: Nº 11651-G-2009.-

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ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-

DESPACHO Y LEGISLACION

EC

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Lic. Héctor Aníbal Prassel Sr. Secretario de Inspecciones, R. Urbanos y Tránsito Cdor. Guillermo Sánchez Landa

Ref.: Expte. N° 647-C-2010.-

SAN ISIDRO, 2 de febrero de 2010

DECRETO NUMERO:

2 8 4

VISTO el pedido de Suministro Nº 600/55, ori- ginado en la Secretaría de Obras Públicas; y

Considerando:

QUE como consecuencia de aquél, la Dirección General de Compras efectuó el llamado a Concurso de Precios Nº 14/10;

QUE la Secretaría de Obras Públicas efectuó la comparación y estudio de las ofertas presentadas por diversas empresas, aconsejando la ad- judicación a la más conveniente para la Comuna;

POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :

ARTICULO 1º.- Convalídase el llamado a Concurso de Precios Nº 14/10, para la ejecución ************* de las “REPARACIONES Y MANTENIMIENTO EN EL CAMPO DE DEPORTES Nº 1 DE BECCAR”.-

ARTICULO 2º.- Adjudícase a la firma Cointeg S.A., con domicilio en la calle Bolivar Nº ************* 1887, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la ejecución de las “REPARA- CIONES Y MANTENIMIENTO EN EL CAMPO DE DEPORTES Nº 1 DE BECCAR”, por un importe de PESOS SETENTA Y TRES MIL CIEN ($ 73.100,00).-

ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente **************decreto, se atenderá con fondos provenientes de la correspondiente Partida del Presupuesto General de Gastos vigente.-

Ref.: Expte. N° 647-C-2010.-

ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO

Y LEGISLACION

AL

Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse

Ref.: Expte. N° 9429-D-1993 – Cuerpo 6-

SAN ISIDRO, 02 de febrero de 2010

DECRETO NUMERO:

2 8 5

VISTO el contrato de prórroga de locación obrante en autos; y

Considerando:

QUE corresponde registrar el mismo, dando con

ello aprobación oficial a la gestión comprometida en el acto de que se trata; POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO

d e c r e t a :

ARTICULO 1°.- REGISTRESE el Contrato celebrado con el Señor Ricardo Manuel ************ Ceccotti, respecto de la prórroga del plazo del contrato de locación del in- mueble ubicado en la calle General Alvear Nº 507 de la Ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, por el término de un (1) año, contado a partir del 1º de enero de 2010, por lo que su vencimiento operará el día 31 de diciembre de 2010, cuyo texto pasa a formar parte del presente decreto.-

ARTICULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.- DESPACHO

Y LEGISLACION

AL

In document MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO (página 31-40)

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