2 DESARROLLO DEL PROYECTO
2.1 ANÁLISIS DE ENTORNO.
2.1.1 Análisis de entorno general Para analizar el entorno general se utilizará el modelo PESTEL Esta es una técnica de análisis estratégico para definir el
2.1.1.6 Entorno Legal A continuación se describe la normatividad vigente para el emprendimiento en Colombia 115 :
Constitución Política de 1.991: Artículo 38 Sobre la libertad de asociación; garantizando el derecho de libre asociación para el desarrollo de las distintas actividades que las personas realizan en sociedad; artículo 333 sobre la libertad económica dentro de los límites del bien común en este caso La Empresa, como base de desarrollo, tiene una función social que implica obligaciones. El Estado fortalecerá las organizaciones solidarias y estimulará el desarrollo empresarial. Ley 29 de 1.990, en la cual el Estado debe promover y orientar el adelanto científico y tecnológico y, por lo mismo, está obligado a incorporar la ciencia y la tecnología a los planes y programas de desarrollo económico y social del país y a formular planes de ciencia y tecnología tanto para el mediano como para el largo
110 MINTIC. Guía 1 Cero Papel en la administración Pública. [en línea]. <http://estrategia.gobiernoenlinea.gov.co/623/articles-8257_papel_buenaspracticas.pdf >. [Consultado 03 de Marzo de 2017].
111 Ibíd.
112 MINAMBIENTE. Resolución 668 del 28 de abril 2016.
113 EL TIEMPO. ¿Sabe el daño que causan sus bolsas de plástico al planeta? [en línea]. <http://www.eltiempo.com/estilo-de- vida/ciencia/colombia-reduccion-del-consumo-de-bolsas-plasticas/16565569 >. [Consultado el 04 de Marzo de 2017]. 114 Ibíd.
115 MINCIT. Política de emprendimiento 2.009. 5p. [en línea] <http://www.mincit.gov.co/minindustria/loader.php?lServicio=Documentos&lFuncion=verPdf&id=24353&name=PoliticaEmpre ndimiento2009.pdf&prefijo=file> [consultado el 15 de febrero de 2017].
72
plazo. Para las disposiciones del fomento de la investigación científica y el desarrollo tecnológico y se otorgan facultades extraordinarias.
Decreto 393 de 1.991, Normas sobre asociación para actividades científicas y tecnológicas, proyectos de investigación y creación de tecnologías en las modalidades de asociación.
Decreto 585 de 1.991, por el cual se crea el Concejo Nacional de Ciencia y Tecnología, la cual se transforma a Colciencias en Departamento Administrativo, se fortalece el Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología e Innovación en Colombia mediante la ley 1286 de 2.009.
Ley 344 de 1.996, reglamentada parcialmente por el decreto 1160 de 2.010. Se dictan las normas tendientes a la racionalización del gasto público. Normas correspondientes a la creación de empresas. En el artículo 16 modificado por la ley 1607 de 2.012 artículo 32 accesos a los recursos para proyectos de incubadoras asociadas al SENA.
Ley 550 de 1.999, Ley PYMES Establece el régimen que promueve y facilita la reactivación empresarial, la restauración de los entes territoriales para asegurar la función social de las empresas, lograr el desarrollo de las regiones. Posteriormente las Leyes 905 de 2.004 y la 1450 de 2.011 sobre el Plan Nacional de Desarrollo 2.011 – 2.014: Prosperidad para Todos, que se expide por medio de la presente ley, tiene como objetivo consolidar la seguridad con la meta de alcanzar la paz, dar un gran salto de progreso social, lograr dinamismo económico regional que permita el desarrollo sostenible y crecimiento sostenido, más empleo formal y menor pobreza y, en definitiva, mayor prosperidad para todos.
Ley 603 de 2.000, que modifica el artículo 47 de la ley 222 de 1.995, en la cual se obliga a las sociedades comerciales, en Colombia, a presentar informes de Gestión, expedidos por los administradores, en los cuales se describen el estado de cumplimiento de las normas sobre propiedad intelectual y derechos de autor, esto incluye declarar que los programas de software cuentan con las respectivas licencias.
Ley 789 de 2.002, Normas para apoyar el empleo y ampliar la protección social. Modifica algunos artículos del Código Sustantivo del Trabajo y en el Artículo 40 se crea el FONDO EMPRENDER como cuenta independiente y especial adscrita al SENA para financiar iniciativas empresariales.
Decreto 934 de 2.003, Se reglamenta el funcionamiento del
FONDOEMPRENDER.
Ley 905 de 2004, modifica la ley 590 de 2.000 sobre la promoción del desarrollo de la PYMES. Bajo la sentencia C-448 de 2.005, de la Corte Constitucional, por la que se procura estimular la creación y subsistencia de las mipymes.
73
Resolución 470 de 2.005, de la Superintendencia Financiera que permite el establecimiento de fondos de capital privado.
Ley 1014 de 2.006, Normas para el fomento a la cultura de emprendimiento en el país.
Decreto 4466 de 2.006, se reglamenta el artículo 22 de la ley 1014 de 2.006, sobre constitución de empresas bajo la Sentencia C-392 de 2.007, de la Corte Constitucional, respalda la creación de microempresas bajo el régimen de empresas unipersonales por ende abriendo el acceso a las empresas de sociedades por acciones simplificadas de la ley 1258 de 2.008.
Decreto 2175 de 2.007, derogado por el Decreto 2555 de 2.010 Sobre la administración y gestión de carteras colectivas, en la que se precisan algunos aspectos relativos a Fondos de Capital Privado.
Circular 8 de 2008 de la superintendencia Financiera, autoriza a las administradoras de fondos de pensiones del régimen de pensión obligatoria, para realizar inversiones en fondos de capital privado colombianos.
Ley 1286 de 2.009, modifica la ley 29 de 1.990, transforma a Colciencias en Departamento Administrativo, fortalece el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación en Colombia.
Decreto 525 de 2.009, reglamenta el artículo 43 de la ley 590 de 2.000, sobre la gradualidad de pago de parafiscales.
Decreto 1192 de 2.009, se reglamenta la ley 1014 de 2.006 sobre el fomento de la cultura del emprendimiento.
En el Código de Comercio: Título III Artículo 294, constitución de sociedades Colectivas; Título IV Artículo 323, sobre constitución de Sociedades en Comandita; Título IV Capítulo II, Artículo 337, constitución de sociedades Comandita Simple; Título IV Capítulo III, Artículo 3243, constitución de sociedades Comandita por acciones; Título V, Artículo 353, constitución de sociedades de Responsabilidad Limitada; Título VI, artículo 373, constitución de sociedades anónimas; Título VII, artículo 461, constitución de sociedades de economía mixta; Título VIII, artículo 469, constitución de sociedades extranjeras; Título X, artículo 498, constitución de sociedades mercantiles de hecho.
En el marco de referencia de gestión documental las leyes que competen de acuerdo al Ministerio de Tecnología de la Información y las Comunicaciones se presentan a continuación116.
Constitución Política de Colombia de 1.991, en los Artículos 8, en el cual el Estado está obligado a proteger riquezas culturales y naturales, Artículo 15
74
Habbeas Data, Artículo 23 Toda persona tiene derecho a presentar peticiones, Artículo 27 el Estado garantiza las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra, Artículo 70 el Estado tiene el deber de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades, por medio de la educación permanente y la enseñanza científica, técnica, artística y profesional en todas las etapas del proceso de creación de la identidad nacional, Artículo 71 La búsqueda del conocimiento y la expresión artística son libres. Los planes de desarrollo económico y social incluirán el fomento a las ciencias y, en general. A la cultura, Artículo 74 Todas las personas tienen derecho a acceder a los documentos públicos salvo los casos que establezca la ley, Artículo 94 La enunciación de los derechos y garantías contenidos en la Constitución y en los convenios internacionales vigentes, no debe entenderse como negación de otros que, siendo inherentes a la persona humano, no figuren expresamente en ellos.
Ley 80 de 1.989, reglamentada parcialmente por el Decreto 1515 de 2.013, Por la cual se genera el Archivo General de la Nación, se establece el Sistema Nacional de Archivos y se dictan otros procesos.
Ley 31 de 1.992, Artículos 54 y 55. Publicidad, reserva y conservación de documentos en el Banco de la República.
Ley 44 de 1.993, Por la cual se modifica y adiciona la Ley 23 de 1.982 y se modifica la Ley 29 de 1.944.
Ley 23 de 1.995, Artículo 37. Factura electrónica o Documento equivalente sobre estatuto tributario.
Ley 190 de 1.995, Por la cual se dictan normas tendientes a preservar la moralidad en la administración pública y se fijan disposiciones con el fin de erradicar la corrupción administrativa. Artículos 27 y 79 Faltas y delitos en archivos.
Ley 527 de 1.999, Artículos 6 al 13. Se define y reglamenta el acceso y uso de mensajes e datos, del comercio electrónico y las firmas digitales., se establecen las unidades y se dictan otras disposiciones.
Ley 594 de 2.000, Título V. Administración de archivos por medio del cual se dicta la Ley General de Archivos y protección del mismo.
Ley 951 de 2.005, Por la cual se crea el Acta de Informe de Gestión para la entrega y recepción de los asuntos y recursos públicos del Estado colombiano, establecer la obligación para que los servidores públicos en el orden nacional, departamental, distrital, municipal, metropolitano en calidad de titulares y representantes legales, así como los particulares que administren fondos o bienes del Estado presenten al separarse de sus cargos o al finalizar la administración, según el caso, un informe a quienes los sustituyan legalmente en sus funciones,
75
de los asuntos de su competencia, así como de la gestión de recursos financieros, humanos y administrativos que tuvieron asignados para el ejercicio de sus funciones.
Ley 962 de 2.005, sobre la racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o presten servicios públicos.
Decreto 1748 de 1.995, Por el cual se dictan normas para la emisión, cálculo, redención y demás condiciones de los bonos pensionales y se reglamentan los decretos Leyes 656, 1299 y 1314 de 1.994, y los artículos 115, siguientes y concordantes de la Ley 100 de 1.993. Artículo 47, archivos laborales informáticos. Decretos 1094 de 1.996, Derogado por el Decreto 1929 de 2.007 factura electrónica.
Decreto 4124 de 2.004, Derogado por el Decreto 2578 de 2.012, Por el cual se reglamenta el Sistema Nacional de Archivos, se establece la Red Nacional de Archivos, se deroga el Decreto número 4124 de 2.004 y se dictan otras disposiciones relativas a la administración de los archivos del Estado.
Circular AGN N°2 de 1.997, Parámetros a tener en cuenta para la implementación de nuevas tecnologías en los archivos públicos teniendo en cuenta la necesidad de asegurar que las entidades públicas tomen decisiones acertadas cuando pretendan implementar nuevas tecnologías para la producción, organización, conservación, reprografía, recuperación, almacenamiento y manejo de sus archivos, ha establecido los siguientes parámetros que garanticen a aquellas la adecuada administración de su documentación en cualquiera de sus fases.
El Derecho al hábeas Data, Se fundamenta desde el Artículo 15 de la Constitución Política de Colombia de 1.991, que dictamina “Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas.
En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la constitución.
La correspondencia y demás formas de comunicación privada son inviolables. Solo pueden ser interceptadas o registradas mediante orden judicial, en los casos y con las formalidades que establezca la ley.
Para efectos tributarios o judiciales y para los casos de inspección, vigilancia e intervención del Estado podrá exigirse la presentación de los libros de contabilidad y demás documentos privados, en los términos que señale la ley”117. La cual es el
76
manejo de información personal de las personas. La Corte constitucional lo definió como el derecho que otorga la facultad al titular de los datos personales de exigir de los administradores de esos datos de acceso118.
Con base a lo anterior la ley ESTATUTARIA 1266 de 2.008, ley que tiene por objeto desarrollar el derecho constitucional que tiene todas las personas a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos, y los demás derechos, libertades y garantías constitucionales relacionadas con la recolección, tratamiento y circulación de datos personales a que se refiere el artículo 15 de la Constitución Política, así como el derecho a la información establecido en el artículo 20 de la Constitución Política, particularmente en relación a la información financiera y crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países. Aunque esa ley es corta para los medios tecnológicos por ello la ley ESTAUTARIA 1581 de 2.012 reglamentada parcialmente por el Decreto 1377 de 2.013 que será aplicables a los datos personales registrados en cualquier base de datos que los haga susceptibles de tratamiento por entidades de naturaleza pública o privada119.
Acorde al análisis de entorno legal, las leyes y disposiciones aprobadas por los diferentes estamentos del Estado Colombiano, van encaminadas a proporcionar un marco que garantice la seguridad de la información y esté alineado a los derechos y deberes ciudadanos, de cara a la transición y paso a las tecnologías de información, lo que proporciona condiciones favorables para la creación de una empresa de Sistemas de gestión del Conocimiento.
2.1.2 Análisis de entorno específico. El análisis de entrono específico se realiza