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Equipamiento e Infraestructura

In document MANIFESTACIÓN DE IMPACTO (página 115-120)

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X

La instalación de cualquier tipo de infraestructura, fuera y dentro de los asentamientos humanos, además de aquella necesaria para desarrollar actividades de protección, educación ambiental, investigación y rescate arqueológico, estará sujeta a la autorización en materia de impacto ambiental. (Modificado en Febrero de 2009).

El presente estudio da cumplimiento a este punto (se requiere la elaboración y gestión de la autorización de una Manifestación de Impacto Ambiental, Modalidad Particular)

5

X

La instalación de infraestructura estará sujeta a manifestación de

impacto ambiental. El presente estudio da cumplimiento a este punto (se requiere la elaboración y gestión de la autorización de una Manifestación de Impacto Ambiental, Modalidad Particular)

7

X

Se promoverá el establecimiento de centros de acopio para el reciclaje

de basura. El proyecto no constituye un asentamiento humano por lo que no se promoverá el establecimiento de centros de acopio; sin embargo, los residuos que se generen se dispondrán en los tiraderos municipales, previo permiso de la autoridad correspondiente.

8

X

Los asentamientos humanos mayores a 2,500 habitantes deberán contar

con infraestructura para el acopio y/o manejo de desechos sólidos. El proyecto no constituye un asentamiento humano

9

X

Los asentamientos humanos menores a 2,500 habitantes deberán contar

con un programa de reducción, recolección y reciclaje de desechos sólidos.

El proyecto no constituye un asentamiento humano

11

X

La disposición final de lodos producto del dragado deberá hacerse en

sitios alejados de cuerpos de agua. El proyecto no contempla actividades de dragado

12

X

Los asentamientos humanos y desarrollos turísticos deberán contar con

un programa integral de reducción, separación y disposición final de desechos sólidos.

El proyecto no constituye un asentamiento humano ni un desarrollo turístico

13

X

Las instalaciones para la disposición final de los desechos sólidos

deberán apegarse a las especificaciones de la NOM-083-SEMARNAT- 2003. (Modificado en Febrero de 2009).

El proyecto no constituye un desarrollo de acopio de residuos; sin embargo, Los residuos que se generen como parte de la ejecución del proyecto se dispondrán en los tiraderos municipales, previo permiso de la autoridad correspondiente.

14

X

La ubicación y operación de sitios destinados a rellenos sanitarios, deberán observar las disposiciones de la NOM-083-SEMARNAT-2003. (Modificado en Febrero de 2009).

El proyecto no constituye un desarrollo de acopio de residuos; sin embargo, Los residuos que se generen como parte de la ejecución del proyecto se dispondrán en los tiraderos municipales, previo permiso de la autoridad correspondiente.

16

X

La ubicación y número de los sitios para la disposición final de desechos

sólidos estará determinado por una manifestación de impacto ambiental. El proyecto no constituye un desarrollo de acopio de residuos; sin embargo, Los residuos que se generen como parte de la ejecución del proyecto se dispondrán en los tiraderos municipales, previo permiso de la autoridad correspondiente.

17

X

No se permite la quema de desechos vegetales producto del desmonte. Los productos vegetales producto del desmonte de pondrán a disposición de los propietarios, en caso de que no haya aprovechamiento por parte de los mismos, dichos desechos vegetales se picarán y esparcirán en el terreno sobre el derecho de vía con el fin de evitar los procesos erosivos y facilitar la integración de los elementos al suelo.

propietarios, en caso de que no haya aprovechamiento por parte de los mismos, dichos desechos vegetales se picarán y esparcirán en el terreno sobre el derecho de vía con el fin de evitar los procesos erosivos y facilitar la integración de los elementos al suelo. Por los efectos del proyecto, dichas medidas se consideran más factibles que realizar un composteo.

19

X

El manejo de envases y empaques deberá cumplir lo dispuesto en el

reglamento de la LGEEPA en materia de residuos peligrosos. Los materiales y empaques que contengan residuos peligrosos se almacenarán de manera temporal para que posteriormente una empresa se encargue de su disposición final.

20

X

La disposición de baterías y acumuladores deberá cumplir lo dispuesto

en el reglamento de la LGEEPA en materia de residuos peligrosos. El mantenimiento del parque vehicular se llevará a cabo en los talleres ubicados en las poblaciones cercanas al proyecto, quienes en caso de requerirse, serán los responsables de la disposición de las baterías o acumuladores usados y en mal estado.

21

X

Se promoverá la instalación de letrinas secas y/o la instalación de infraestructura para el manejo adecuado de las excretas humanos y animales.

En la construcción del proyecto se colocarán, de ser posible, sanitarios portátiles con la finalidad de mantener un estricto control de los residuos fisiológicos y evitar las evacuaciones al aire libre, posteriormente los residuos deberán ser trasladados a los sitios donde indique la autoridad local, para lo cual deberá contratarse a una empresa especializada y autorizada para el manejo y disposición de las mismas. En caso de no existir en la región el servicio de préstamo de renta de sanitarios, se construirán letrinas temporales y se usará cal para su estabilización.

22

X

Los desarrollos turísticos deberán contar con un sistema integral de reducción de desechos biológico infecciosos asociados y ajustarse a lo establecido en la NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002. (Modificado en Febrero de 2009).

El proyecto no es de tipo turístico ni se promoverán actividades del tipo

23

X

Las descargas del drenaje en zonas naturales deberán contar con

sistemas de tratamiento. Como parte de las actividades del proyecto no se contempla la construcción de un drenaje ni las descargas del mismo

24

X

Los desarrollos turísticos deberán estar conectados al drenaje municipal

o contar con un sistema de tratamiento de agua in situ. El proyecto no es de tipo turístico ni se promoverán actividades del tipo

25

X

Las instalaciones industriales y habitacionales mayores a 2,500

habitantes deberán contar con un sistema de tratamiento de agua in situ. (Modificado en Febrero de 2009).

El proyecto es de tipo eléctrico y no contempla descargas de agua que requieran un sistema de tratamiento de agua

26

X

La recolección de residuos deberá estar separada de la canalización del drenaje pluvial y sanitario en el diseño de calles y avenidas, además de considerar el flujo y colecta de aguas pluviales.

El proyecto es de tipo eléctrico y no contempla obras urbanas

27

X

Las descargas de los asentamientos humanos mayores a 2,500

habitantes deberán dirigirse a plantas de tratamiento de aguas residuales.

El proyecto no constituye un asentamiento humano

28

X

Toda descarga de aguas residuales deberá cumplir con la NOM- SEMARNAT-001-1996 Y NOM-SEMARNAT-002-1996, la Ley de Aguas Nacionales y su reglamento. (Modificado en Febrero de 2009).

En la construcción del proyecto se colocarán, de ser posible, sanitarios portátiles con la finalidad de mantener un estricto control de los residuos fisiológicos y evitar las evacuaciones al aire libre, posteriormente los residuos deberán ser trasladados a los sitios donde indique la autoridad local, para lo cual deberá contratarse a una empresa especializada y autorizada para el manejo y disposición de las mismas. En caso de no existir en la región el servicio de préstamo de renta de sanitarios, se construirán letrinas temporales y se usará cal para su estabilización.

29

X

En los asentamientos humanos menores a 2,500 habitantes deberán

tratar las aguas grises in situ. El proyecto no constituye un asentamiento humano

30

X

Las instalaciones construidas para los fines autorizados deberán tratar

las aguas grises in situ. El proyecto no constituye un asentamiento humano

31

X

En los asentamientos humanos menores a 2,500 habitantes deberán

dirigir sus descargas hacia sistemas alternativos para el manejo de las aguas residuales, tales como letrinas y biodigestores.

un sistema integral de colecta, minimización, tratamiento y disposición de aguas residuales, de acuerdo con lo establecido en la NOM- SEMARNAT-001-1996 Y NOM-SEMARNAT-002-1996. (Modificado en Febrero de 2009).

separación de las aguas pluviales y residuales, considerando que se trata de un proyecto lineal de subtransmisón eléctrica.

33

X

Se promoverá la utilización de aguas pluviales previo tratamiento y

eliminación de grasas y aceites. El proyecto es de tipo eléctrico y no contempla obras urbanas

39

X

Los lodos activados producto del tratamiento de las aguas residuales,

deberán ser usados como mejoradores de suelos, siempre y cuando cumplan con lo establecido en la NOM-004-SEMARNAT-2002. (Modificado en Febrero de 2009).

Dentro de las actividades del proyecto no se contempla la construcción de una planta de tratamiento de aguas

40

X

No se permite la disposición de aguas residuales, descargas de drenaje sanitario y desechos sólidos en lagunas, zonas inundables o en cualquier otro tipo de cuerpo de agua natural.

El proyecto no contempla la descarga de aguas residuales a cuerpos receptores.

41

X

No se permite la disposición de aguas residuales, descargas de drenaje

sanitario y desechos sólidos en cualquier tipo de cuerpo de agua natural.

El proyecto no contempla la descarga de aguas residuales a cuerpos receptores.

42

X

Se prohíbe la apertura y/o construcción de carreteras en esta zona a

excepción de aquellas que sean autorizadas previa evaluación en materia de impacto ambiental. (Modificado en Febrero de 2009).

El proyecto no contempla la construcción de carreteras

44

X

La apertura de rutas y senderos interpretativos para investigación,

educación ambiental y turismo de observación, estará sujeta al programa de manejo.

El proyecto no se ubica dentro de un área natural protegida por lo que no existe programa de manejo

45

X

Se promoverá la instalación de transporte alternativo, tales como:

teleféricos, senderos para carretas y mulas, etc. El proyecto no contempla dentro de sus actividades el transporte público

46

X

La construcción de infraestructura vial requiere evaluación de impacto

ambiental. El proyecto no de de tipo vial

48

X

Quedan prohibidas las quemas de desechos sólidos y vegetación, la aplicación de herbicidas y defoliantes y el uso de maquinaria pesada para el desmonte de derechos de vía.

Queda prohibido tirar basura y desechos. La basura de tipo doméstico generada por los trabajadores deberá ser colectada al final de la jornada en bolsas de plástico, y la empresa contratista deberá llevar consigo contenedores para su disposición temporal, y deberá retirarlos a los sitios indicados por la autoridad municipal correspondiente.

Durante las labores de desmonte y limpieza no se permitirá el uso del fuego ni agroquímicos (herbicidas u otros productos químicos), así como tampoco se realizarán actividades de quema de ningún tipo de residuo.

El desmonte o poda se llevará a cabo básicamente por medios manuales y (hachas, machetes y motosierras) y de manera paulatina y direccional a fin de permitir que las especies de fauna silvestre presentes en el área tengan posibilidad de alejarse del sitio.

49

X

Los taludes en caminos se deberán estabilizar con vegetación nativa. El proyecto no de de tipo vial

50

X

Los caminos y terracerías existentes deberán contar con un programa de restauración que garantice en las orillas su repoblación con vegetación nativa.

El presente proyecto no incluye la construcción ni rehabilitación de caminos de acceso, lo cual se realizará por el licitante ganador de la construcción del proyecto

51

X

Los bordes de caminos rurales deberán ser protegidos con árboles y

arbustos preferentemente nativos. El presente proyecto no incluye la construcción ni rehabilitación de caminos de acceso, lo cual se realizará por el licitante ganador de la construcción del proyecto

53

X

Los caminos de acceso deberán contar con reductores de velocidad y

señalamientos de protección a la fauna. El presente proyecto no incluye la construcción ni rehabilitación de caminos de acceso, lo cual se realizará por el licitante ganador de la construcción del proyecto. Los vehículos automotores y maquinaria en general, circularán a baja velocidad (30 km/h) con la finalidad de prevenir el atropellamiento de fauna silvestre que llegara a transitar por el sitio del proyecto y aminorar el ruido que provoca el funcionamiento de los motores.

telegrafía (postes, torres, estructuras, equipamiento y antenas), deberá ser autorizada mediante la evaluación de una manifestación de impacto ambiental.

Manifestación de Impacto Ambiental, Modalidad Regional.

59

X

La instalación de infraestructura se debe hacer preferentemente sobre el

derecho de vía de los caminos. Por las condiciones topográficas de la Sierra Madre Oriental, la existencia de caminos es escasa, asimismo, por las características del proyecto la posibilidad de usar el derecho de vía de dichos caminos es inviable. lo anterior considerando que los caminos en la zona son secundarios con un ancho de corona de hasta 6 m y las bases de las torres van a tener 8 m

60

X

Se promoverá la instalación de fuentes alternativas de energía. Por tratarse de un proyecto de subtransmisión y no de generación.

66

X

No esta permitida la instalación de campos de golf. Dentro de las actividades del proyecto no se contempla la instalación de campo de golf

68

X

Se promoverá la instalación de infraestructura pública y sistemas

domésticos para la captación del agua de lluvia proveniente de pisos, terrazas, techos y pavimento.

El proyecto aunque se podría considerar como público, no requiere de sistemas para la captación de agua

70

X

Toda infraestructura nueva para abastecimiento de agua deberá

presentar una manifestación de impacto ambiental. El proyecto no es de tipo de abastecimiento de agua

71

X

La infraestructura hidráulica para abastecimiento de agua potable y de

riego ya existente, estará sujeta a la evaluación y regulación que se establezca en un programa de manejo.

El proyecto no es de tipo de abastecimiento de agua

73

X

No deben usarse productos químicos ni fuego en la reparación y

mantenimiento de derechos de vía. Para el mantenimiento del derecho de vía se utilizará herramienta manual y se prohibirá el uso de productos químicos y de fuego

76

X

Las áreas urbanas y/o turísticas deben contar con infraestructura para la

captación del agua pluvial. El proyecto no es de tipo urbano ni turístico

79

X

Los caminos, andadores y estacionamientos deberán estar revestidos

con materiales que permitan tanto la infiltración del agua pluvial al subsuelo, así como un drenaje adecuado.

Como parte del proyecto no se contempla la construcción de caminos, andadores ni estacionamiento

81

X

En la construcción de letrinas y fosas sépticas se deberán utilizar

materiales filtrantes. En la construcción del proyecto se colocarán, de ser posible, sanitarios portátiles con la finalidad de mantener un estricto control de los residuos fisiológicos y evitar las evacuaciones al aire libre. En caso de no existir en la región el servicio de préstamo de renta de sanitarios, se construirán letrinas temporales y se usará cal para su estabilización.

83

X

Las unidades médicas a establecerse deberán realizar el manejo y disposición de sus residuos biológicos e infecciosos, de acuerdo a lo establecido en la NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002. (Modificado en Febrero de 2009).

El proyecto no contempla la instalación o construcción de unidades médicas.

excavaciones o rellenos sobre la vegetación nativa. trabajadores deberá ser colectada al final de la jornada en bolsas de plástico, y la empresa contratista deberá llevar consigo contenedores para su disposición temporal, y deberá retirarlos a los sitios indicados por la autoridad municipal correspondiente.

Los residuos propios de la obra como pedacería metálica, cable, madera, etc., susceptibles de reutilizarse se enviarán al almacén de la contratista o de CFE según proceda.

El material producto de las excavaciones, siempre y cuando no se utilicen para el relleno y compactado de las estructuras, se almacenarán temporalmente en los sitios que no afecten otros componentes ambientales (vegetación, fauna, escurrimientos, etc.) y dentro de la brecha de maniobra y patrullaje, para su posterior disposición en las áreas autorizada por el municipio.

Se supervisará que el contratista no vierta los restos del cemento premezclado ni los residuos generados por el lavado de los camiones revolvedores, en ninguna de las áreas adyacentes al derecho de vía ni en el mismo derecho de vía a excepción de las áreas de hincado preestablecidas para este fin; para lo anterior, la CFE mantendrá una estricta supervisión durante el desarrollo de la obra percatándose de la disposición final de los mismos.

2

X

Deberán tomarse medidas preventivas para la eliminación de grasas, aceites, emisiones atmosféricas, hidrocarburos y ruido provenientes de la maquinaria en uso en las etapas de preparación de sitio, construcción y operación.

Se implementarás las medidas establecidas en el capítulo VI de la MIA con el fin de mitigar los efectos que podrían impactar al sistema ambiental por el uso de maquinaria y equipo en general.

3

X

La construcción de cualquier edificación residencial y de infraestructura,

estará sujeta a una evaluación del impacto ambiental. El presente estudio da cumplimiento a este punto (se requiere la elaboración y gestión de la autorización de una Manifestación de Impacto Ambiental, Modalidad Particular)

4

X

En la construcción de zonas residenciales y viviendas deberán incluirse

tecnologías ambientales tales como: plantas de tratamiento, reutilización de agua, reciclamiento de basura, aprovechamiento de energía solar, entre otras.

El proyecto es de infraestructura eléctrica y no residencial, por lo que no se vincula con este criterio

5

X

Previo a la preparación y construcción del terreno, se deberá llevar a cabo un rescate de ejemplares de flora y fauna susceptibles de ser reubicados en áreas aledañas.

Se elaborará y ejecutará previo a las actividades de construcción o paralelo a esto, un Programa de Manejo de flora silvestre, este programa se propone como una medida de mitigación al impacto que podría ocurrir en la vegetación, especialmente a las especies con estatus de riesgo de acuerdo con la NOM-059-SEMARNAT-2001.

Así mismo, se ejecutará un Programa específico de protección y conservación de flora y fauna silvestre, este programa se propone como una medida de mitigación de los impactos ambientales que durante la realización del proyecto se ocasionará sobre la fauna y flora silvestre, en especial para aquellas especies de fauna en riesgo de acuerdo con la NOM- 059-SEMARNAT-2001; con énfasis a aquellas especies de las que se tuvo evidencia durante los recorridos de campo realizados a lo largo de la trayectoria del proyecto y que se considera como de mayor vulnerabilidad de afectación como consecuencia de su hábitos y baja movilidad.

7

X

Los campamentos de construcción deberán contar con un sistema de recolección y disposición de desechos sanitarios en áreas autorizadas por el municipio.

Para la construcción del proyecto no se contempla la instalación de campamentos ya que se contratará al personal de las comunidades cercanas al proyecto.

8

X

Los campamentos de construcción deberán contar con un sistema de recolección y disposición de desechos sólidos en áreas autorizadas por el municipio.

Para la construcción del proyecto no se contempla la instalación de campamentos ya que se contratará al personal de las comunidades cercanas al proyecto.

9

X

Al finalizar la obra deberá removerse toda la infraestructura asociada al

restauración del sitio. probablemente se realizará la restitución de la misma por otra con más capacidad o mejorada.

13

X

No se permite la utilización de explosivos, sin la autorización previa de la Secretaría de la Defensa y la en materia de Impacto Ambiental, cuidando en todo momento no poner en riesgo a la población. (Modificado en Febrero de 2009).

Para la construcción del proyecto no se contempla el uso de explosivos

16

X

El almacenamiento y manejo de materiales deberá evitar la dispersión de

polvos. En caso necesario se realizarán riegos auxiliares en los patios de los almacenes para evitar o minimizar la dispersión de polvos

19

X

Los camiones transportistas de material se deberán cubrir con lonas

durante la construcción de obras. El contratista deberá utilizar lonas para cubrir los camiones que transporten material terrígeno hacia el sitio de la obra o lo saquen del mismo, y/o humedecer el material para evitar la dispersión de su contenido durante los recorridos.

Turismo

2

X

Los desarrollos turísticos sólo podrán aceptar una densidad de hasta 10 cuartos por hectárea.

El proyecto no es de tipo turístico ni promoverán actividades

In document MANIFESTACIÓN DE IMPACTO (página 115-120)