1.2. FAMILIA
1.2.3. Familia como escenario de construcción de valores
La familia es el primer contexto de aprendizaje de las reglas sociales
y por tanto, el primer agente socializador de los valores que adquieren sus miembros.
Tiene cualidades únicas que la diferencian de otros contextos, dado que el aprendizaje de valores se suele realizar en un ambiente de proximidad, comunicación, afecto y cooperación, que lo hace especialmente eficaz y duradero.
Desde la familia se le dan al niño las claves para que construya sus representaciones globales acerca del funcionamiento de la realidad social. Entre estas claves, envueltas en el clima afectivo familiar, están las propias representaciones de los padres, los modelos de interacción familiar, las expectativas y demandas sociales que pesan sobre el niño, la definición de las tareas evolutivas a las que debe enfrentar.28
1.2.3.1. Las familias pilar fundamental la evolución de los niños, en el proceso de escolarización
La familia necesariamente es pilar fundamental para el proceso o desarrollo de los hijos es la vía mediante el cual los hijos sienten la seguridad y la protección que sus padres les brindan al momento de iniciar sus estudios inicial ya que ellos de una u otra manera quieren sentirse protegidos y los encargados para brindar ese apoyo y hacerlos amados son sus padres, a través de estas funciones apunta a educar a los niños para que puedan ser autónomos, emocionalmente equilibrados, capaces de establecer vínculos afectivos satisfactorios.
1.2.3.2. De donde proviene el término familia
“Etimología. Familia proviene del latín “fames’’, en referencia “al grupo de siervos y esclavos patrimonio del jefe de la gens’’, derivado de famulus, siervo y esclavo, derivado, a su vez, de osco famel.
Famulus se vinculaba con la raíz fames, que significa hambre, por manera que la voz se refiere al grupo de personas que se alimentaban unidas en una misma casa, compartiendo el pan nuestro de cada día y a quienes el “pater familias” estaba obligado a alimentarlos.
28 Ledys Jiménez artículo "La familia escenario de construcción de valores" del 12 de octubre del 2010
Las relaciones paterno filiales son el conjunto de deberes, derechos, instituciones, obligaciones y principios que orientan la vida entre padres e hijos”.29
“La autoridad paterna tiene su fundamento en la propia naturaleza; es, pues, tan vieja como la sociedad humana. Pero el concepto sobre la manera de ejercerse, sobre los derechos y obligaciones que comporta, ha evolucionado profundamente”.30
Podremos decir que el rol principal de la familia: es Cuidar a sus integrantes protegerse los unos a los otros. Para de ese modo Satisfacer las necesidades que diariamente se presente en su núcleo familiar. Procurar el bienestar de sus miembros en especial de los hijos, Formar ciudadanos útiles a la sociedad. Conservar sus tradiciones, honor y enseñar los valores, en las normas de la sociedad.
1.2.3.3. Principio fundamental de la corresponsabilidad del estado, la sociedad y la familia
El postulado de responsabilidad tripartita se haya en el inciso primero del Art. 44 de la Constitución de la Republica que dice “El Estado, la sociedad y la familia promoverán de forma prioritaria el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, y asegurarán el ejercicio pleno de sus derechos; se atenderá al principio de su interés superior y sus derechos prevalecerán sobre los de las demás personas.31
“En virtud de corresponsabilidad del estado la sociedad y la familia responden por el bienestar y desarrollo integral del niño, niñas y adolescentes. Es una responsabilidad compartida, esta forma diferente de repartir responsabilidades cada una de ellas tiene que compartir en el campo especifico que le permite y faculta la Constitución,, los convenios internacionales y la ley. Así, el Art. 8 del código de la Niñez y Adolescencia, determina que “Es deber del Estado, la sociedad y la familia, dentro de sus respectivos ámbitos, adoptar las medidas políticas, administrativas, económicas, legislativas, sociales y jurídicas que sean necesarias para la plena vigencia, ejercicio efectivo, garantía, protección y exigibilidad de la totalidad de los derechos de niños; niñas y adolescentes.
29 Guillermo Borda, en la página 357 de su obra Manual de Derecho de Familia 30 Guillermo Borda, en la página 353 de su obra Manual de Derecho de Familia 31 Alban Escobar Fernando (2010) Derecho de la Niñez y adolescencia Pag. 22 tomo 1
El Estado y la sociedad formularán y aplicarán políticas públicas sociales y económicas; y destinarán recursos económicos suficientes, en forma estable, permanente y oportuna”.
1.2.3.4. Función básica de la familia
La ley reconoce y protege a la familia como el espacio natural y fundamental para el desarrollo integral del niño, niña y adolescente. Corresponde prioritariamente al padre y a la madre, la responsabilidad compartida del respeto, protección y cuidado de los hijos y la promoción, respeto y exigibilidad de sus derechos.32
La familia además de ser corresponsable conjuntamente con el estado y la sociedad, dentro de ella existe una denominada responsabilidad compartida, que nno es sino la obligación que tiene tanto el padre como la madre de proporcionar el respecto, protección y cuidados de sus hijos y consiguientes derechos para aquellos.
El estado tiene doble responsabilidad, ya que además de garantizar el derecho de los niños, niñas y adolescentes, tiene el deber primordial de apoyar a la familia.
1.2.3.5. Deber del Estado frente a la familia
El Código de la Niñez y Adolescencia de nuestro país manifiesta que el Estado tiene el deber prioritario de definir y ejecutar políticas, planes y programas que apoyen a la familia para cumplir con las responsabilidades especificadas establecidas en la ley 33