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Garantías financieras de pago

In document AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES (página 34-37)

Los Contratos podrán ser modificados, previo acuerdo entre las Partes, en el entendido de que dichas modificaciones en todo momento deberán ser acordes con el Marco Regulatorio y con los TCPS.

Se aclara que el Almacenista deberá presentar a la Comisión toda modificación al modelo de Contrato en un plazo de 10 Días Hábiles posteriores a su suscripción.

6. Procedimiento de recontratación del servicio

El Usuario cuyo Contrato haya terminado por cualquier causa deberá iniciar un nuevo trámite con una nueva Solicitud de Servicio en términos del numeral 5.2 anterior, sujetándose, en su caso, a que exista Capacidad Disponible en el Sistema y al orden de prelación establecido en el numeral 4.1.2 anterior.

7. Garantías financieras de pago

Todos los Usuarios deberán garantizar frente al Almacenista el total cumplimiento de sus obligaciones de pago derivadas de la prestación del servicio y del Contrato a través de alguno de los instrumentos y en términos de las condiciones que se establecen en el presente numeral.

La garantía deberá cubrir el monto equivalente de treinta (30) días de consumo del servicio de almacenamiento previstos, calculados mediante la Tarifa Base de Almacenamiento, la Tarifa por Uso de Hidrantes, etc., de conformidad con las disposiciones establecidas en los presentes TCPS.

7.1. Procedimiento de entrega de garantías

Los Usuarios deberán presentar y mantener vigente cualquiera de los instrumentos enlistados en el numeral 7.2 siguiente en favor del Almacenista, con el fin de respaldar sus obligaciones de pago de acuerdo con lo siguiente:

I. El procedimiento de cálculo del monto por el cual el Usuario se deberá constituir y mantener la garantía considerará los promedios mensuales de los pagos estimados, incluyendo el Tarifa Base de Almacenamiento, la Tarifa por Uso de Hidrantes, etc., por los consumos en metros cúbicos realizados durante los 12 (doce), 6 (seis) y 3 (tres), Meses anteriores a la fecha en que se entregue la garantía, seleccionando el monto más alto que resulte de este comparativo, el cual será multiplicado por la Tarifa vigente, en horario normal, incluyendo IVA.

II. El procedimiento de cálculo del monto por el cual se deberá constituir la garantía para los Usuarios que no cuenten con historial de consumo considerará una estimación del mismo para los siguientes 12 Meses de prestación del servicio realizada por el Almacenista considerando los Cargos descritos en la fracción II anterior según aplique.

III. Una vez determinado el monto por el cual se deberá de otorgar o actualizar la garantía, el Almacenista lo hará del conocimiento del Usuario justificando el resultado para que éste pueda manifestar lo que a su derecho convenga durante los cinco (5) Días Hábiles siguientes, o bien hacer pagadera dicha garantía en los diez (10) Días Hábiles siguientes a la notificación del monto.

7.1.1. Usuarios imposibilitados para presentar garantía

El Almacenista podrá pactar, como una Condición Especial, la exención de presentar una garantía a los Usuarios de los Gobiernos Federal, Estatales y Municipales que, por disposición jurídica, estén imposibilitados de presentar garantías para solventar sus obligaciones de pago.

7.2. Tipos de garantía

Los Usuarios podrán presentar al Almacenista la garantía bajo cualquiera de las formas que acuerden las Partes, siempre que estén dentro de los esquemas previamente autorizados al Almacenista de conformidad con el Marco Regulatorio, mismas que a continuación se enlistan:

I. Depósito en efectivo en la cuenta bancaria que para tal fin informe el Almacenista.

II. Carta de crédito stand by a favor del Almacenista, irrevocable, emitida por una institución financiera constituida y acreditada en México para tal fin.

III. Póliza de fianza a favor del Almacenista, irrevocable, emitida por una compañía afianzadora legalmente acreditada para tal fin que opere en México, por un plazo al menos anual y pagadera al primer requerimiento extrajudicial por parte del Almacenista al emisor.

7.3. Vigencia de la garantía

El Usuario deberá mantener vigente la garantía en favor del Almacenista en todo momento durante la vigencia del Contrato y hasta treinta (30) Días Hábiles posteriores a la terminación del mismo o hasta que el Almacenista informe de la liquidación de los adeudos pendientes de solventar, lo que ocurra primero.

La entrega de la garantía al Almacenista constituye una condición para que surta efecto la obligación a su cargo de prestar el servicio de Almacenamiento de Combustible al Usuario, por lo que éste, en todo momento, deberá contar con una garantía en los montos y términos establecidos en el presente apartado en el entendido que de no presentarla, le será negada o suspendida la prestación del servicio.

En caso de que el Usuario opte por presentar como garantía un depósito en efectivo y ésta no se hubiese hecho efectiva, el Almacenista devolverá al Usuario la garantía o el remanente de la misma al finalizar la vigencia del Contrato o cuando haya surtido efectos la terminación anticipada o la recisión del mismo, una vez que se hayan terminado de liquidar todos los adeudos pendientes de solventar por parte del Usuario.

El Almacenista se reserva el derecho de verificar la autenticidad de la documentación que integre la garantía, y en caso de que ésta resulte apócrifa, podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa sin perjuicio de las acciones legales que en su caso procedan.

7.4. Modificaciones a la garantía

El Almacenista realizará una revisión al cierre de cada trimestre de los consumos por el servicio de almacenamiento del Usuario de conformidad con el procedimiento establecido en el numeral 7.1 anterior, con el fin de verificar que la garantía otorgada cubre la totalidad de las obligaciones contenidas en el Contrato.

Si derivado de la revisión hubiera incrementos que modifiquen el monto de la garantía, el Usuario se obliga a presentar a solicitud del Almacenista, un ajuste en la garantía equivalente al monto diferencial. Dicha garantía deberá entregarse dentro de los plazos señalados en la fracción IV del numeral 7.1 anterior.

En caso de que el Usuario no entregue la garantía en la forma y términos solicitados de acuerdo a lo establecido en el párrafo anterior, el Almacenista podrá suspender la prestación del servicio.

7.5. Ejecución de la garantía

El Almacenista podrá ejecutar la garantía en cualquier momento para cobrar cualquier adeudo vencido del Usuario, incluyendo los intereses que en su caso se hubieren generado, incluyendo los adeudos con motivo de la terminación anticipada o la recisión del Contrato por las causas especificadas en estos TCPS. El Almacenista, a manera de requerimiento de pago, dará aviso al Usuario de la ejecución de la garantía con un plazo de por lo menos cinco (5) Días Hábiles de anticipación.

En caso de que en cualquier momento el Almacenista ejecute la garantía, el Usuario deberá renovarla para mantenerla vigente por los montos y plazos a que se encuentra obligado en términos del Contrato y de estos TCPS.

8. Seguros

Los Usuarios deberán proporcionar evidencia al Almacenista, antes del inicio de la prestación del servicio y durante todo momento, de que han contratado la totalidad de los seguros necesarios para cubrir los riesgos derivados de sus operaciones. En particular, el Usuario deberá contar con una póliza de daños a terceros y de responsabilidad civil.

Cualquier daño ocasionado al Sistema por el Usuario, su personal, agentes o invitados del Usuario que no esté cubierto por los seguros contratados o que exceda el límite cubierto por los mismos, deberá de ser reparado o en su caso sustituido en su totalidad por el Usuario.

El Usuario deberá de entregar al Almacenista a más tardar 5 Días Hábiles antes del vencimiento de la póliza del seguro respectivo, un certificado en el que conste su renovación o en su defecto, una póliza de seguro nueva.

Por su parte, el Almacenista será responsable de contar con las pólizas de seguro de conformidad con el Marco Regulatorio aplicable.

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