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EL IGV Y EL IMPUESTO A LA RENTA Impuesto a la Renta (IR)

In document 25429 p 876049220561981 (página 78-82)

Libro Diario de formato Simplificado

EL IGV Y EL IMPUESTO A LA RENTA Impuesto a la Renta (IR)

El Impuesto a la Renta grava los ingresos (rentas) generados por las ganancias del capital que se producen por una inversión o por el fruto del trabajo bajo relación de dependencia o

independencia, o por la aplicación de ambos factores. Es decir, proviene de una fuente durable y susceptible de que genere ingresos periódicos.

Los contribuyentes se clasifican en domiciliados y no domiciliados en el Perú; y en personas jurídicas y personas naturales.

Las rentas de fuente peruana, están divididos en 5 categorías:

Primera categoría: Provenientes del arrendamiento (alquiler) o sub arrendamiento de bienes

muebles e inmuebles. El pago a cuenta de este impuesto es del 5% del monto del alquiler.

Segunda categoría: Provenientes de intereses por la colocación de capitales, regalías y pago por

patentes, marcas, derecho de autor, rentas vitalicias, etc.

Tercera categoría: Provenientes de las actividades comerciales, industriales, servicios o negocios

(son las que corresponden pagar a las empresas).

Cuarta categoría: Provenientes del trabajo independiente, y obtenidas por el ejercicio habitual de cualquier profesión, arte u oficio (profesionales como abogados, médicos, contadores, directores de empresas, mandatario y otros como los conferencistas).

Quinta categoría: Provenientes del trabajo dependiente (empleados y obreros). Actualmente, se les clasifica como:

Renta Neta del Capital: A las obtenidas por la 1era. y 2da categoría del IR. Renta Neta Empresarial:A la obtenida por la 3era. categoría

Renta Neta del Trabajo: A las obtenidas por la 4ta. Y 5ta. Categoría, más la renta de fuente

extranjera de ser el caso.

A pesar de que el pago del Impuesto a la Renta es de periodo anual, la SUNAT ha visto conveniente que los contribuyentes realicen pagos a cuenta mensualmente. Para ello, tenemos dos métodos: Método del Coeficiente y el Método del 1.5% de los Ingresos Netos.

Estos sistemas no son optativos, sino de manera obligatoria y cada contribuyente debe determinar cuál método le corresponde aplicar de acuerdo con lo que establece la Ley del Impuesto a la Renta.

Los contribuyentes deberán hacer el pago a cuenta considerando el mayor valor de comparar ambos métodos:

I. Método del Coeficiente

Se determina aplicando un “coeficiente” sobre los Ingresos Netos del mes.

El coeficiente será la división del: Impuesto calculado del año anterior entre los ingresos

netos del ejercicio anterior (ingresos gravables luego de deducir las devoluciones,

bonificaciones, descuentos, etc.), redondeando el resultado a cuatro decimales.

Sólo pueden acogerse a este método quienes hayan obtenido impuesto calculado en el ejercicio anterior.

II. Método del Porcentaje del 1.5%

Sólo pueden acogerse a este método aquellos contribuyentes que inician sus actividades durante el ejercicio o que no hubieran obtenido renta imponible en el ejercicio anterior.

IGV (Impuesto General a las Ventas)

El Impuesto General a las Ventas, grava todos los ingresos en el Perú, por las ventas de bienes muebles, importación de bienes, prestación o utilización de servicios en el país, contratos de construcción y la primera venta de inmuebles que realizan los constructores.

Hay operaciones que no están gravadas con este impuesto, y entre ellas tenemos la de exportación de bienes y servicios y la transferencia de bienes con motivo de reorganización de empresas.

Este impuesto grava solamente el valor agregado en cada etapa de la producción y circulación de bienes y servicios. Se permite al contribuyente la deducción del impuesto pagado en la etapa anterior, a lo que se le llama crédito fiscal.

El impuesto se paga mensualmente, y a partir del 1ero. Marzo del 2011 la tasa del IGV es del 18% (anteriormente era del 19%)

Hay algunos conceptos que debemos tener en claro:

VALOR VENTA, o no incluye IGV significa que debemos agregarle el % del IGV

Ejemplo:

Se compra una máquina al valor de venta de S/ 1 000 (Entonces el monto a pagar sería S/ 1 000 + 18% * 1 000 = S/ 1 180).

Monto Total, o Incluido IGV significa que ya tiene el impuesto incluido.

Ejemplo:

Se compra un vehículo a un valor total de S/ 50 000 (Entonces acá sí el monto a pagar sería por un total de S/ 50 000

Valor venta: S/ 42 372.88 OJO (S/ 50 000 / 1.18) IGV : S/ 7 627.12 (S/ 42 372.88 *18%) Total : S/ 50 000.00

Cálculo del IGV a pagar:

IGV de ventas (Recordar que los tributos gravan a las ganancias/ingresos) (Menos) IGV de compras (O el IGV de los gastos/consumos)

IGV a pagar

Si el IGV Ventas es MAYOR IGV de compras y consumos, debemos pagar a la SUNAT

Si el IGV Ventas es MENOR IGV de compras y consumos, NO PAGAMOS nada y tenemos un saldo a nuestro favor para el siguiente mes)

Actividades-casos y ejercicios

IGV

1) Con las siguientes transacciones efectuadas en el mes, determinar lo siguiente: a) El Valor de Venta, IGV y el Precio de Venta

b) Establece el IGV a pagar o el Crédito Fiscal obtenido para el siguiente mes. Transacciones del Mes

1.- compra de mercaderías 1,500 Kgs.de embutidos a S/. 12.50 cada uno. No incluye el IGV 2.- Venta de mercaderías al contado: 600 Kgs. de embutidos a S/. 23.60 cada kilo incluido el IGV 3.- Cobranza de Facturas por Cobrar por S/. 3,540

4.- Pago de Prima anual de Seguros por S/. 250 mensual más el IGV

5.- Venta de mercaderías al Crédito: 500 Kgs. de embutidos a S/. 21.00 cada kilo no incluye el IGV 2) Determina el IGV a Pagar o el crédito fiscal del mes:

Compró mercaderías por S/. 5 950 incluido IGV, pagó publicidad por S/. 1 800 no incluye IGV y Vendió Mercaderías por S/. 10 710 incluido IGV. Al inicio del mes tenía un IGV a favor por S/. 600.

Impuesto a la Renta

1) Las ventas del año 2009 fueron por S/. 600 000, La Utilidad Neta del año 2009 S/. 70 000, Impuesto a la Renta de ese mismo año S/. 30 000 y Gastos de Administración S/. 80 000. Las ventas del mes de Julio del año 2010 fueron por S/. 90 000. Determina el pago a cuenta del Impuesto a la renta del mes de Julio del 2010 en base al sistema de coeficiente.

Sesiones 21, 22 y 23 Libro Diario Simplificado y Libro Diario aplicando el IGV.

EJERCICIO 1

El 1ero. de abril del 2011 se constituye la empresa “Los Angelitos de Charly SA” dedicada a la venta mayorista de ropa de mujer y accesorios. Los socios aportan en efectivo S/. 50.000, y un inmueble para la oficina administrativa valorizada en S/ 180.000.

1) El 06/04 se compra mercaderías (800 trajes) a un valor venta de S/. 16.000, de los cuáles pagó el 30% al contado y la diferencia al crédito.

2) El 15/04 se pagó por concepto de publicidad por S/.590 (incluido IGV).

3) El 20/04 se realiza la primera venta de mercaderías por un valor total de S/ 47.200 (La mercadería vendida es el 80% de la mercadería que se compró), por las cuáles cobró en efectivo el 60% y resto al crédito.

4) El banco le cargó en la cuenta S/. 50 por concepto de mantenimiento de cuenta y emisión de chequera.

5) La empresa alquiló un depósito a otra empresa por todo el mes de abril por S/ 700 más IGV y ésta fue depositada en la cuenta corriente.

6) Por abril se pagó la planilla por un monto de S/ 6.500 (20% GA y el resto GV)

7) A fin de mes llegaron los recibos de agua, y luz de la oficina por un monto total de S/ 708 Se pide:

a) Liquidar el IGV

b) Elaborar el Libro diario simplificado

c) Preparar el Estado de Resultados. Participaciones 10% e Impuesto a la renta 30%

Solución: Efect y Equiv. Efec Cuentas X Cobrar comer. Existencias Inmueble, Maquinaria y equipo Tributos x pagar IGV x pagar Remunerac. X pagar Cuentas X Pagar comerc. Cuentas X Pagar div. Capital Social Utilidad del Ejercicio 01-abr Aporte de los socios 50000 180000 230000

06-abr Compra de mercadería -5664 16000 -2880 13216 15-abr Pago de publicidad -590 -90

20-abr Venta mercadería 28320 18880 -12800 7200 30-abr Mantenimiento cuenta -50

30-abr Alquiler cochera 826 126

30-abr Pago de planilla -6500

30-abr Pago de servicios -108 708

Estado de Resultados 5467,50 2025 12757,50

TOTAL 66342 18880 3200 180000 5468 4248 2025 13216 708 230000 12758

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