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INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL.

de ellos reste validez o efectos a la misma, de las cuales se podrá entregar una copia a dichos asistentes, y al finalizar cada acto se fijará el aviso del lugar donde serán proporcionadas

13.11 INFORMACIÓN RESERVADA Y CONFIDENCIAL.

Sesión No. XXX Caso No. XXXX, de fecha XX-XXX-XXXX

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Se hace del conocimiento de las personas físicas y morales que tengan interés en participar en el proceso de licitación convocado, que en términos de lo dispuesto por los artículos 14 fracciones I y II, 18 fracciones I y II, y 19 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 38 de su Reglamento, deberán indicar si en los documentos que proporcionen a PEMEX PETROQUÍMICA se contiene información de carácter confidencial, reservada o comercial reservada, señalando los documentos o las secciones de estos que la contengan, así como el fundamento legal por el cual consideren que tengan ese carácter.

13.12 SEGUROS

El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que, conforme a la naturaleza y complejidad de los alcances del contrato, estime necesario.

13.13. FUENTES DE FINANCIAMIENTO.

NOAPLICA

El PROVEEDOR reconoce que Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios o cualquier entidad financiera y/o filial que éste designe para tal efecto, podrán hacer uso de recursos provenientes de financiamiento, con el objeto de financiar los pagos que deriven del presente contrato. El PROVEEDOR conoce y se obliga a informar oportunamente a sus proveedores y/o subcontratistas, sobre los requisitos relacionados con la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, para garantizar el cumplimiento de lo establecido en este numeral.

La “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios”, presentada con anterioridad a la firma del presente contrato, se integra al presente contrato como Documento 12, en la inteligencia de que PEMEX PETROQUÍMICA podrá solicitar al PROVEEDOR cualquier aclaración o información adicional relativa a la Cédula a que se refiere esta cláusula, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en caso de que la información contemplada en dicha Cédula llegara a modificarse durante la vigencia de este contrato, el PROVEEDOR se obliga a hacerla del conocimiento de PEMEX PETROQUÍMICA, inmediatamente después de que el PROVEEDOR tenga conocimiento de la modificación, lo que no implicará realizar una modificación al presente contrato.

El PROVEEDOR se obliga a entregar la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, la cual se deberá presentar de conformidad con los requisitos establecidos en el Documento 11 denominado “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”, siguiendo para tal efecto las instrucciones y formatos específicos vigentes que se contienen en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” que le fue entregado previo a la firma de este contrato. El Instructivo vigente, a que se refiere esta cláusula, también se encuentra disponible en la siguiente página de Internet de Pemex: (www.pemex.com/proveedores/documentacion).

El PROVEEDOR deberá presentarse, antes de cada evento de pago, en el(las) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) de PEMEX PETROQUÍMICA, con el fin de proporcionar la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, que en su caso corresponda. El área responsable (“Módulo de Financiamiento”) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o estampará el sello correspondiente, el cual formará parte de la documentación soporte que el PROVEEDOR debe anexar a cada solicitud de pago que presente al amparo de este contrato.

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PEMEX PETROQUÍMICA no estará obligado a emitir o entregar el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o el sello correspondiente cuando el PROVEEDOR injustificadamente no entregue la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que corresponda.

PEMEX PETROQUÍMICA podrá solicitar a el PROVEEDOR cualquier modificación, aclaración o información adicional relativa a la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento.

De la misma forma, el PROVEEDOR acepta que, para ciertos casos, la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento deberá ser entregada a la persona (Banco Agente, Agencia de Crédito a la Exportación, Dirección Corporativa de Finanzas, etc.) que PEMEX PETROQUÍMICA le indique oportunamente.

Toda vez que Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios o cualquier entidad financiera y/o filial, que éste designe para tal efecto, podrán hacer uso de recursos provenientes de financiamiento, con el objeto de financiar los pagos que se deriven del (de los) contrato(s) relacionado(s) con esta(s) licitación(es). El(los) licitante(s) que sea(n) adjudicado(s) con dicho(s) contrato(s), quedará(n) obligado(s) a lo siguiente: 1. Entregar al área contratante de PEMEX PETROQUÍMICA, antes de la firma del (de los) contrato(s)

adjudicado(s), la información sobre el país de procedencia de los bienes y/o servicios que se utilicen para dar cumplimiento al objeto del (de los) contrato(s) adjudicado(s), así como información sobre las personas físicas y/o morales y/o extranjeras que le suministren, directa o indirectamente, dichos bienes y/o servicios. Esta información se deberá presentar en el formato establecido como Documento 12 denominado “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios” y se adjuntará al (a los) contrato(s) que corresponda(n) para formar parte integrante del (de los) mismo(s).

2. Entregar a satisfacción de PEMEX PETROQUÍMICA o a quién éste le indique, la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, atendiendo a los requerimientos establecidos en el Documento 11 denominado “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”.

3. Presentarse, antes de cada evento de pago, en el (las) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) de PEMEX PETROQUÍMICA, con el fin de proporcionar la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, que en su caso corresponda. El área responsable (“Módulo de Financiamiento”) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o sello correspondiente, el cual formará parte de la documentación soporte que el Proveedor debe anexar a cada solicitud de pago que presente al amparo del contrato adjudicado.

4. Informar oportunamente a sus proveedores sobre los requisitos relacionados con la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento para garantizar el cumplimiento de lo establecido en el numeral 2.

5. Presentar la “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” siguiendo las instrucciones y formatos establecidos en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la

Entrega de Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” (“el Instructivo”), que le será

proporcionado oportunamente por el área contratante de PEMEX PETROQUÍMICA.

El Instructivo vigente se encuentra disponible en la página Internet de Pemex: (www.pemex.com/proveedores/documentacion).