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IV.1 ANÁLISIS DEL MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL

IV.1.4 Ordenanzas Municipales

GAD Municipal del Cantón La Joya de Los Sachas

Ordenanza que Regula la Ejecución de las Competencias de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, transferidas al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón La Joya de Los Sachas, 19 de enero de 2015.

El GAD Municipal La Joya de Los Sachas se encuentra en proceso de emisión de normas en materia del Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, referente a:

b) Emitir políticas, lineamientos y directrices locales, para el adecuado ejercicio de sus facultades y atribuciones.

c) Formular un plan de administración del tránsito, un plan operativo de tránsito, un plan maestro de transporte terrestre y un plan maestro de seguridad vial; los mismos que deberán estar articulados a la planificación nacional de tránsito, transporte terrestre y seguridad vial; así como definir un modelo de gestión para la prestación de los servicios públicos asociados a la competencia de conformidad con la ley.”

GAD Municipal de Francisco de Orellana

Ordenanza reformatoria que regula la creación de la Dirección de Tránsito, Transporte Terrestre y Seguridad vial del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal Francisco de Orellana.

Al igual que el GAD de Los Sachas, este GAD de Orellana se encuentra en proceso de emisión de normativas y planes estratégicos, tales como se citan a continuación:

Artículo 6.-

c) Planificar, organizar y controlar las actividades, ejecuciones, operaciones del transporte terrestre, tránsito y seguridad vial en el cantón Francisco de Orellana. d) Planificar, ejecutar, aprobar y fiscalizar las líneas – rutas de transporte Intra- cantonal, paradas y terminales – buses urbanos, así como los sitios de estacionamiento con las unidades de transporte público de pasajeros, comercial y de carga.”

GAD del Distrito Metropolitano de Quito

Ordenanza No. 147. Reglamentación para la Circulación de Vehículos de Transporte de Carga y Transporte de Productos Químicos Peligrosos en el Distrito Metropolitano Quito. Registro Oficial No. 63, 19 de julio de 2005. Art. 1. Objetivo (..) Establecer las rutas por las que podrán circular los vehículos de transporte de carga y de transporte de productos químicos peligrosos, que transportan mercancías y objetos varios, en el Distrito Metropolitano de Quito.

circunda la principal zona de conflictividad vehicular de la ciudad, las vías que las enlazan sin afectar significativamente el tránsito interno y las vías que sirven de ingreso y salida a su área consolidada. (..) Sobre esta red pueden movilizarse todos los vehículos de transporte de carga y transporte de productos químicos peligrosos que cumplan con las condicionantes de los Capítulos II y III, y la Segunda Disposición General de esta Ordenanza.

Anexo 1 Numeral 1. Especificación de la Red Vial. Incluye las siguientes vías de interés para el proyecto:

Panamericana Norte, hasta y desde la Av. Eloy Alfaro.;

Av. Simón Bolívar, tramo: Vía a Nayón (redondel) – Av. Morán Valverde; Autopista General Rumiñahui, hasta y desde la Av. Simón Bolívar;

Panamericana Sur – Av. Maldonado, hasta y desde la Av. Morán Valverde; Los vehículos de transporte de carga pueden circular por esta red sin restricción, durante las 24 horas del día.

GAD Municipal de Guayaquil

Ordenanza que Regula el Transporte de Mercancías por Medio de Vehículos Pesados, Extrapesados y el Transporte de Sustancias y Productos Peligrosos en la Ciudad de Guayaquil. Vigencia por publicación en diario de 17 de febrero de 2001.

4.4. El transporte de sustancias y productos peligrosos podrá realizarse usando las vías indicadas en el Art.6, de acuerdo a las disposiciones constantes en el Título II, Sección Segunda de esta Ordenanza.

Art. 6. Vías seleccionadas.- Tal como consta en el plano Anexo No.1 de esta Ordenanza, las vías en las cuales se admite la circulación de vehículos de cuatro o más ejes y de hasta cuarenta y ocho toneladas, son las siguientes:

6.1. La Vía Perimetral, en todo su recorrido, desde el puente sobre el Río Daule hasta su intersección con la A. 25 de Julio.

6.2. La autopista Guayaquil-Salinas, hasta su enlace con la A. del Bombero.

6.3. La vía a las instalaciones de generación eléctrica y depósitos de gas en El Salitral.

Art.11. Identificación de sustancias o productos peligrosos.- Las sustancias o productos peligrosos a ser transportadas se clasificarán e identificarán con los siguientes códigos, de conformidad con la norma INEN 2266:20001.

11.3. Los vehículos contarán con la documentación de embarque que consta de:

a) Guía de embarque, de acuerdo al modelo constante en el Anexo A de la Norma INEN 2266:2.000.

b) Hoja de seguridad de materiales peligrosos, de acuerdo al modelo constante en el Anexo B de la Norma INEN 2266:2000.

c) Tarjeta de emergencia, de acuerdo al modelo constante en el Anexo C de la Norma INEN 2266:2.000.

Art. 13.- Los vehículos que transportan sustancias y productos peligrosos que tengan origen y, o destino en alguna parte de la ciudad, lo harán por las vías identificadas en el Art. 6 de esta Ordenanza, pero deberán atender adicionalmente las siguientes disposiciones:

13.1. Contar con un medio de telecomunicación, radio o teléfono móvil.

Reforma de La "Ordenanza que Regula Medidas Especiales en Materia de Circulación, Carga y Descarga de Productos y Mercaderías en Zonas de Alto Impacto de Tráfico en la Ciudad de Guayaquil. Publicación en Gaceta Oficial No. 59, 20 de agosto de 2013.

Art. 2.- Refórmese el artículo 2, el cual tendrá el siguiente texto: "Art. 2.- Se prohíbe la circulación de furgones y camiones de cualquier tipo o clase, entre las 06h00 y 10h00, y entre las 17h00 y 20h00, así como la carga y descarga de productos y mercaderías en cualquier tipo de vehículo, sea en la vía pública o en predio alguno, en las siguientes vías de la ciudad de Guayaquil:

1. Av. Carlos Julio Arosemena desde el km. 4 1/2 de la Av. Martha Bucaram de Roldós (vía a Daule) hasta el distribuidor de tráfico de la ciudadela Ferroviaria.

2. Av. Juan Tanca Marengo, desde la intersección con la Av. De Las Américas hasta la intersección de la Av. Camilo Ponce Enríquez.

V DEFINICIÓN DEL ÁREA DE ESTUDIO

El Proyecto de Transporte de Desechos Peligrosos del Proyecto Amazonía Viva se centraliza en el cantón La Joya de Los Sachas, provincia de Orellana, donde se concentra la flota de transporte pesado que traslada la tierra contaminada de los diferentes Campos Petroleros hacia tres procesos para las operaciones del Proyecto Amazonía Viva: Centros de Gestión de Pasivos, Planta de Tratamiento de Crudo y la Solidificación o Estabilización.

El área de estudio está conformada por la operación central y logística del transporte localizada dentro del Complejo Industrial Sacha de PETROAMAZONAS EP en La Joya de Los Sachas, descrita en el Certificado de Intersección que No Intersecta con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SNAP), Patrimonio Forestal del Estado (PFE), Bosques y Vegetación Protectora (BVP) según Oficio Nro. MAE-SUIA-RA-DPAO-2016- 201917 firmado en Joya de Los Sachas el lunes 7 de noviembre de 2016.

De acuerdo al Catálogo de Proyectos, Obras o Actividades la actividad se enmarca en el “Transporte de Desechos Peligrosos” que corresponde a Licencia Ambiental, cuyo Código de Proyecto en el Sistema de Manejo Ambiental es MAE-RA-2016-275357, cuyo proceso de regularización se realiza en la Dirección Provincial de Orellana, localizado en la jurisdicción territorial de la provincia, por estar concentrada su flota vehicular, donde se desarrollan las actividades de logística y planificación de rutas de los vehículos.

Se prevé a futuro poder brindar el servicio de transporte de desechos contaminados producto de la operación de PETROAMAZONAS EP a nivel nacional. El transporte de los desechos peligrosos se realiza de la fuente de contaminación hacia los centros de gestión de desechos (CGP o Plantas de Tratamiento indicadas en párrafos precedentes) en todo el país, esto implica los sitios donde PETROAMAZONAS tiene injerencia en su operación y actividades hidrocarburíferas licenciadas.

La actividad de Transporte de Desechos Peligrosos, además de realizarse dentro y en los alrededores del área de maniobras del Complejo Industrial Sacha, se realiza en múltiples vías por las cuales circulan los vehículos del proyecto. Las vías a emplearse comprenden desde rutas lastradas hasta vías de primer orden, dependiendo de la localización de las fuentes de contaminación así como de las diferentes instalaciones entre las que se requiera realizar la actividad de transporte de desechos peligrosos.

Como característica general, las vías por las que se debe realizar el traslado de desechos peligrosos, comprenden vías en buen estado y seguras para la actividad de transporte. Por tal motivo, se trata de las mismas vías principales que han venido siendo usadas durante décadas para las necesidades logísticas de las operaciones hidrocarburíferas en el territorio ecuatoriano. Estas vías típicamente unen poblados y ciudades que crecieron en torno a la actividad de exploración y explotación de hidrocarburos, así como también unen a la infraestructura petrolera (plataformas, estaciones, campamentos) distribuida en una amplia región. Se trata entonces de vías existentes, y por lo tanto de un área de estudio previamente intervenida por la actividad humana, particularmente por la actividad petrolera.

Las principales rutas comprenden la red estatal de primero, segundo y tercer orden a nivel nacional, descritas en el Mapa de Rutas a Nivel Nacional (Ver Anexo 1. Mapa de Rutas a Nivel Nacional) hacia los sitios de tratamiento (CGP y Plantas de Tratamiento en Sacha y Shushufindi, esto conforme a la programación establecida en el Complejo Industrial Sacha. Las rutas presentadas en los mapas del Anexo 1, no se limitan a estas y pueden variar en función del tipo de desechos, tipo de vehículo o contingencias en las vías.

VI DIAGNÓSTICO AMBIENTAL – LÍNEA BASE