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OSCAR EDUARDO CHAMIA VICEPRESIDENTE 1° CAMARA DE DIPUTADOS EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA

7.820

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

ARTICULO 1°.- Declárase de Interés Provincial, la realización anual de la Peregrinación del Niño Jesús de Hualco, que se efectúa entre las localidades de Angulos y Famatina, del Departamento Famatina.-

ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-

Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja 120° Período Legislativo, a catorce días del mes de abril del año dos mil cinco. Proyecto presentado por el BLOQUE JUSTICIALISTA.-

L E Y N° 7.820.-

FIRMADO:

OSCAR EDUARDO CHAMIA - VICEPRESIDENTE 1° - CAMARA DE DIPUTADOS EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA

7.821

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

ARTICULO 1°.- Declárase al Año 2005 Año de la Familia Riojana.-

ARTICULO 2°.- Deberá imprimirse en la parte superior o en flanco derecho de toda la papelería empleada por los distintos Organismos Estatales la frase "2005 - Año de la Familia Riojana".-

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-

Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja 120° Período Legislativo, a catorce días del mes de abril del año dos mil cinco. Proyecto presentado por el diputado GUSTAVO ADOLFO MOLINA.-

L E Y N° 7.821.-

FIRMADO:

OSCAR EDUARDO CHAMIA - VICEPRESIDENTE 1° - CAMARA DE DIPUTADOS EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA

7.822

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

ARTICULO 1°.- Modifícase el Artículo 1° de la Ley N° 7.770, que quedará redactado de la siguiente forma:

“ARTICULO 1°.- Créase la Carrera “Tecnicatura Superior en Producción y Gestión de PyMES Agropecuarias”, con la modalidad de Ciclo Cerrado por tres (3) cohortes, que funcionará en la localidad de Pituil, como extensión del Instituto Superior de Formación Docente Continua de Famatina”.-

ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-

Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja 120° Período Legislativo, a catorce días del mes de abril del año dos mil cinco. Proyecto presentado por el diputado ADOLFO PEDRO DIAZ.-

L E Y N° 7.822.-

FIRMADO:

OSCAR EDUARDO CHAMIA – VICEPRESIDENTE 1° - CAMARA DE DIPUTADOS EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA

7.823

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

ARTICULO 1º.- Créase una Comisión de Recuperación que determinará la existencia y la localización de bienes pertenecientes al Gral. Juan Facundo Quiroga y General Angel Vicente Peñaloza, más todo bien que formó parte de los años del Federalismo Riojano, y que se hallaren en domicilio de particulares. Esta Comisión funcionará en el ámbito de la Función Legislativa.-

ARTICULO 2°.- La Comisión estará integrada por 2 (dos) miembros de la Función Legislativa, 2 (dos) representantes de la Función Ejecutiva, 1 (uno) del Archivo Histórico y 2 (dos) representantes docentes del Profesorado de Historia pertenecientes al Instituto de Formación Docente Continua “Prof. Albino Sánchez Barros”.-

ARTICULO 3°.- La Comisión tendrá plena facultades para requerir de todas las oficinas y reparticiones del Estado la información que les fuere necesaria, pudiendo requerir el auxilio de la fuerza pública para constatar los bienes existentes y que se encuentran en poder de particulares sin ningún respaldo legal.-

ARTICULO 4°.- La Comisión cumplirá su cometido en un lapso no mayor de 6 (seis) meses, y determinará su propio funcionamiento.-

ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-

Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja 120º Período Legislativo, a catorce días del mes de abril del año dos mil cinco. Proyecto presentado por el diputado MIGUEL IGNACIO MEDINA.-

L E Y Nº 7.823.-

FIRMADO:

OSCAR EDUARDO CHAMIA – VICEPRESIDENTE 1° - CAMARA DE DIPUTADOS EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA

7.824

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

ARTICULO 1°.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el siguiente inmueble ubicado en la Capital de La Rioja, el que responde a las siguientes características:

PROPIETARIO: ROMERO CHAVEZ, Armando

MEDIDAS Y LINDEROS: Norte: 137,80 m linda con calle pública. Sur: 137,98 m linda con calle pública. Este: 80,00 m linda con calle pública. Oeste: 80,00 m linda con calle pública.

SUPERFICIE: 11.031,20 m2.

PADRON N°: 1-12002.

NOMENCLATURA CATASTRAL: Circunscripción: I; Sección: H; Manzana: 127; Parcela: "a".

UBICACION: Barrio Nueva Rioja, Sector Este de la

ciudad Capital de La Rioja.

DOMINIO: N° 1.152 - Folios 2671/72 - Año 1954

en mayor extensión.

VALUACION FISCAL: $ 6.247,80.-

ARTICULO 2°.- Las medidas, linderos y superficies definitivos surgirán del plano de mensura y división que a tal efecto se confeccionará, aprobará e inscribirá en los organismos competentes.-

ARTICULO 3°.- El inmueble expropiado será transferido con carácter de donación con cargo al "Centro Vecinal del Barrio Nueva Rioja", Personería Jurídica N° 178/84, otorgada por Resolución Ministerial N° 5/07-01-85.-

ARTICULO 4°.- Cargo de la Donación: El inmueble donado será destinado a la construcción de un Polideportivo, dentro del plazo de cinco (5) años contados a partir de la sanción de la presente Ley.-

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ARTICULO 5°.- El incumplimiento del cargo de la donación, dará lugar a que la misma quede revocada de pleno derecho, quedando las mejoras realizadas en el terreno, cualquiera sea su naturaleza, en beneficio del Estado Provincial, sin compromiso de abonar suma alguna por ningún concepto.-

ARTICULO 6°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley se tomarán de Rentas generales.-

ARTICULO 7°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-

Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja 120° Período Legislativo, a catorce días del mes de abril del año dos mil cinco. Proyecto presentado por los diputados TERESITA NICOLASA QUINTELA Y PEDRO JOSE PAEZ.-

L E Y N° 7.824.-

FIRMADO:

OSCAR EDUARDO CHAMIA - VICEPRESIDENTE 1° - CAMARA DE DIPUTADOS EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA

7.825

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

ARTICULO 1°.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación un inmueble ubicado en la localidad de Pagancillo, Departamento Felipe Varela, que será destinado a la construcción de la Escuela de Pagancillo y responde a las siguientes características:

UBICACION: Localidad de Pagancillo.

SUPERFICIE: 4.755 m2.

PROPIETARIO: Agustina Narváez de Tejada.

MATRICULA CATASTRAL: 0803-1010-042; Circunscripción III;

Sección “A”; Manzana 10; Parcela 42.

COLINDANTES: Oeste: Calle 24 de Septiembre.

Este: María Eusebia Castro de Guzmán, Juan Carlos Castro, Florentino Idalberto Castro.

Norte: Isidro Páez.

Sur: Teofila Narváez de Olmos,

MEDIDAS: Oeste: 36,70 m.

Este: 68,25 m y 20,55 m. Norte: 67,00 m.

Sur: 99,50 m.

No registra datos de dominio.-

ARTICULO 2°.- Los gastos que demande la presente Ley se tomarán de Rentas Generales.

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-

Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja 120° Período Legislativo, a catorce días del mes de abril del año dos mil cinco. Proyecto presentado por el diputado OSCAR EDUARDO CHAMIA.-

L E Y Nº 7.825.-

FIRMADO:

OSCAR EDUARDO CHAMIA – VICEPRESIDENTE 1° - CAMARA DE DIPUTADOS EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA

7.826

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

ARTICULO 1°.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación un inmueble ubicado en la localidad de Pagancillo, Departamento Felipe Varela, que será destinado a la construcción de la Escuela de Pagancillo y responde a las siguientes características:

UBICACION: Localidad de Pagancillo.

SUPERFICIE: 4.875 m2.

PROPIETARIO: Teofila Narváez de Olmos.

MATRICULA CATASTRAL: 0803-1010-041; Circunscripción III;

Sección “A”; Manzana 10; Parcela 41.

COLINDANTES: Oeste: Calle 24 de Septiembre.

Este: Juan Eladio Páez.

Norte: Agustina Narváez de Tejada. Sur: Callejón.

MEDIDAS: Oeste: 38,30 m.

Este: 77,45 m. Norte: 99,50 m. Sur: 63,10 m. No registra datos de Dominio.-

ARTICULO 2°.- Los gastos que demande la presente Ley se tomarán de Rentas Generales.-

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-

Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja 120° Período Legislativo, a catorce días del mes de abril del año dos mil cinco. Proyecto presentado por el diputado OSCAR EDUARDO CHAMIA.-

L E Y Nº 7.826 .-

FIRMADO:

OSCAR EDUARDO CHAMIA - VICEPRESIDENTE 1° - CAMARA DE DIPUTADOS EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA

7.827

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

ARTICULO 1°.- Autorízase a la Función Ejecutiva, para que a través de la Secretaría de Desarrollo Social y Asuntos Municipales, realice un convenio con la Municipalidad de Sanagasta, a los efectos de realizar la obra “Construcción de Muro Perimetral y Nichos en el Cementerio de Sanagasta".-

ARTICULO 2°.- A los efectos de la financiación de la obra mencionada en el Artículo 1°, la Función Ejecutiva dispondrá por el área que corresponda la afectación de la partida necesaria para la ejecución de la obra.-

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.-

Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja 120° Período Legislativo, a cinco días del mes de mayo del año dos mil cinco. Proyecto presentado por el diputado PEDRO JOSE PAEZ.-

L E Y N° 7.827.-

FIRMADO:

OSCAR EDUARDO CHAMIA - VICEPRESIDENTE 1° - CAMARA DE DIPUTADOS EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA

JORGE ENRIQUE VILLACORTA – PROSECRETARIO LEGISLATIVO