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DE LOS PADRES DE FAMILIA ARTICULO 38 PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA.

In document MANUAL DE CONVIVENCIA ALFONSO MORA NARAN (página 38-44)

simpatía y cortesía

DE LOS PADRES DE FAMILIA ARTICULO 38 PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA.

La INSTITUCION EDUCATIVA ALFONSO MORA NARANJO necesita de una fuerte interrelación con los padres de familia, como gestores de la autorrealización de los estudiantes como meta de ese trabajo se proponen padres de familia.

Conocedores de la filosofía de la institución, con sentido de pertenencia y lealtad, comprometidos e identificados con sus objetivos y capaces de una critica constructiva y oportuna cultivando las buenas relaciones con educadores, estudiantes y con otros padres de familia.

Que propicie a su hijo un adecuado ambiente de estudio y le colabore, reconociendo sus logros y aceptando sus dificultades

ARTICULO 39IMPEDIMENTOS PARA SER ACUDIENTE O TUTOR:

1. Ser menor de edad.

2. Estar vinculado a la Institución como funcionario o estudiante.

Ningún funcionario o estudiante de la Institución puede ser acudiente de un estudiante, debido a que en algunas situaciones tendría que actuar simultáneamente como juez, fiscal, defensor y por consiguiente es contraproducente. Los casos especiales serán autorizados por la Rectoría en forma escrita.

ARTICUL 40DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA

1. Recibir información verbal o escrita sobre las actividades que programe la institución, ya sea de tipo recreativo, formativo o académico.

2. Dar sugerencias sobre la marcha general de la institución con el fin de mejorar en todos sus aspectos. 3. Ser atendido oportunamente en todas las solicitudes hechas a la autoridad competente y de acuerdo a la

filosofía de la Institución.

4. Ser tratado con cortesía y respeto por todos los miembros de la Institución. 5. Obtener información oportuna acerca del “PEI” (Proyecto Educativo Institucional).

6. Ser informado oportunamente sobre los cambios realizados al cronograma General de actividades. 7. Recibir orientación sobre el manejo adecuado de los problemas disciplinarios de los hijos.

8. Ser elegido y elegir como voceros o representante para integrar la Junta de la Asociación de Padres de Familia, o formar parte de los proyectos del “PEI”.

9. Participar en los talleres formativos de Padres de Familia. 10. Conocer oportunamente el seguimiento de sus hijos. ARTICULO 41: DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

1. Ser el primer formador de sus hijos, observando un trato culto y amable ante cualquier reclamo que tenga que hacer.

2. Colaborar amplia y decididamente en el desarrollo de las actividades escolares de los hijos dentro del plantel.

3. Rendir y recibir los informes de sus hijos y del plantel.

4. Integrar, impulsar y complementar recíprocamente la educación familiar y escolar.

5. Ejercer sobre sus hijos el control del Rendimiento Académico y ampliar los estímulos y correctivos necesarios.

6. Asistir a las reuniones convocadas por la Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia e integrarse responsablemente a la comunidad educativa.

7. Acudir oportunamente cuando sea solicitado por los directores de curso, profesores, Coordinadores o Rectora del Plantel

8. Asistir a las reuniones convocadas por la institución, tanto para informes académicos como para otros fines. A dicha reuniones debe acudir, en cuanto sea posible el Padre y la Madre, a fin de que ambos asuman la responsabilidad que les compete.

9. Suministrar los implementos necesarios a sus hijos, de tal manera que se garantice su rendimiento académico y disciplinario.

10. Colaborar con la asistencia puntual de sus hijos a las clases y actos programados por la Institución.

11. Responsabilizarse por la formación de sus hijos en concordancia con los lineamientos establecidos por la Constitución Política Art. 17 de la ley 115; Código del Menor y por el presente Manual de Convivencia. En caso de golpear y hacerle daño al hijo, se pondrá la denuncia en Bienestar Familiar.

12. Apoyar las campañas para mejorar los servicios educativos de bienestar estudiantil, salud, alimentación y consecución de materiales didácticos.

13. Promover la conformación de la Asociación de Padres de Familia, y colaborar con la cuota asignada anualmente y las actividades que ésta programe en bien de sus hijos.

14. Llevar a los estudiantes que lo requieran a las evaluaciones pedagógicas, sicológicas, neurológicas entre otras

15. Brindar al estudiante las ayudas médicas y técnicas que requiera. CAPÍTULO V DE LOS EDUCADORES

ARTICULO 42:PERFIL DEL EDUCADOR

1. Modelo en valores humanos autentico, con ellos vivifica su que hacer educativo a través de la constancia, sencillez, seriedad, sentido de pertenencia, calidad humana, sentido de progreso autenticidad y ética profesional.

2. Persona abierta, sincera y respetuosa, que acoge con amabilidad a todos los que necesitan su vivencia pedagógica que acepta espontánea e incondicionalmente a todas las personas sin discriminaciones, que comprenda y disculpe los errores de los demás.

3. Fiel a sus propios deberes, responsable de su puntualidad y orden, inquieto por actualizarse para cumplir con calidad y eficiencia su misión.

ARTICULO 43:DERECHOS Y DEBERES DE LOS EDUCADORES

Además de los deberes y derechos estipulados en el decreto 2227 de 1979 y la ley 200 de 1995, se consideran como derechos y deberes para los educadores de la institución los siguientes:

ARTICULO 44 DERECHOS

1. Al voto, la opinión y la participación activa en los diferentes eventos y en los estamentos existentes en la Institución.

2. Expresar y ser escuchado en cualquier eventualidad en la que se halle involucrado.

3. Tener acceso a los recursos pedagógicos, físicos, didácticos y tecnológicos con que cuenta la Institución.

4. Proponer y participar en la ejecución de proyectos, de acuerdo al Proyecto Educativo Institucional (PEI), con autonomía.

5. Respeto por la individualidad e intimidad de sus aspectos personales.

6. Recibir formación y actualización de acuerdo con los programas y planes de estudio institucionales.

7. Desempeñarse con autonomía dentro del aula de clase.

8. No ser discriminado bajo ninguna circunstancia.

9. Recibir un trato digno, respetuoso y cortés de sus directivos y demás miembros de la Comunidad Educativa en todas las circunstancias.

10. Recibir información oportuna y completa sobre los diferentes comunicados que llegan a la Institución.

11. Participar en las decisiones institucionales en forma personal o bajo la representación de sus compañeros a los consejos del gobierno escolar.

12. Recibir la inducción necesaria al ingreso a la institución para desempeñar eficientemente las funciones del cargo.

13. Gozar de estímulos e incentivos en el desempeño de sus funciones.

ARTICULO 45DEBERES

1. Participar en la elaboración de la planeación y programación general.

2. Programar y organizar las actividades de enseñanza aprendizaje de las asignaturas a su cargo.

3. Dirigir y orientar el proceso de enseñanza-aprendizaje de los estudiantes para lograr el desarrollo de su personalidad y darles un adecuado tratamiento, al igual que ejemplo formativo.

4. Participar en la realización de actividades complementarias de acuerdo a los proyectos pedagógicos.

5. Controlar y evaluar la ejecución de las actividades del proceso de enseñanza aprendizaje.

7. Participar en los comités que se le asignen o para los cuales fue nombrado.

8. Cumplir la jornada laboral según la ley y la asignación académica de acuerdo con lo estipulado en el PEI.

9. Cumplir los turnos de disciplina que se estipulen.

10. Acompañar el grupo en cualquier actividad colectiva, buscando la conservación de la disciplina adecuada con las actividades.

11. Participar de los actos cívicos, religiosos y culturales de la Comunidad Educativa.

12. Asistir puntualmente a las reuniones convocadas por las directivas del plantel.

13. Atender cordialmente a los padres de familia de acuerdo con el horario establecido.

14. Conocer la filosofía de la Institución, asimilarla y ser fiel a su aplicación.

15. Realizar actividades de refuerzo y recuperación a los estudiantes que lo requieran, de manera continua, para alcanzar el logro de propósitos de las planeaciones, en los horarios y fechas establecidas por el consejo académico.

16. Respetar y asumir las decisiones tomadas por los consejos del gobierno escolar, tanto académico como directivo.

17. Diligenciar adecuada y oportunamente los libros reglamentarios para el buen funcionamiento de la institución: planeaciones, proyectos, observadores, asistencia, registros, hojas de vida.

18. Acompañamiento en la realización y ejecución del proyecto personalizado de los estudiantes con necesidades educativas especiales

19. Asumir las demás funciones inherentes a su cargo.

ARTICULO 46DEBERES DE LOS DOCENTES COMO DIRECTORES DE GRUPO

1. Ayudar a los educandos a construir su personalidad y a ser gradualmente responsables de su propia formación.

2. Velar por el grupo que está bajo su responsabilidad.

3. Dar a conocer al grupo las normas que regulan el funcionamiento del plantel.

4. Plantear acuerdos de convivencia para la vida grupal e institucional.

5. Preocuparse por la decoración y la limpieza del aula de clase, conservándola ordenada y atractiva. Contar en el aula con horario, calendario, cuadro de aseo, cuadro de cumpleaños, rincón religioso, rincón patrio, informador, como elementos básicos.

6. Conocer y ayudar a cada estudiante a obtener el máximo provecho de sus experiencias escolares, orientándolas, respetando la diversidad y las cualidades particulares.

7. Informar a los padres de familia sobre el rendimiento general de sus hijos(as).

8. Observar la puntualidad y asistencia de los educandos a la institución.

9. Llevar seguimiento de estos aspectos.

10. Tomar medidas para corregir irregularidades de acuerdo con lo estipulado en este manual realizando el debido proceso.

11. Diligenciar la hoja de vida u observador del estudiante.

12. Velar por el cumplimiento del Manual de Convivencia.

13. Interesarse por la participación activa y la iniciativa de los estudiantes en los proyectos, concursos, actos cívicos, eventos culturales, actividades deportivas, entre otros.

14. Controlar la asistencia de los estudiantes a la institución, mediante la presentación de las excusas elaboradas por los acudientes en forma oportuna. De igual manera hacer un seguimiento a la asistencia de los padres de familia a las reuniones programadas por la institución.

15. Realizar acciones de carácter formativo con los estudiantes, hacerles el seguimiento teniendo en cuenta el debido proceso.

16. Orientar al alumno en la toma decisiones sobre comportamiento y aprovechamiento académico en coordinación con los servicios de bienestar.

17. En convenio con el Consejo Directivo, hacer los correctivos necesarios para el estudiante con problemas disciplinarios, de acuerdo con la gravedad de las faltas cometidas.

18. Establecer comunicación permanente con los docentes de las diferentes áreas y con los padres de familia para desarrollar adecuadamente la labor educativa.

19. Acatar y respetar sugerencias realizadas por algún miembro de la Comunidad Educativa para los estudiantes del grupo que dirige.

20. Respetar los conductos regulares en la solución de los problemas que se presenten en la cotidianidad.

21. Hacer seguir y evaluar periódicamente el proceso comportamental y académico de los alumnos que tengan contrato.

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