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Presentación: Método de la investigación y la técnica de la entrevista

ENTREVISTAS

TEMA DEL PROYECTO DE INVESTIGACION.- LA CADUCIDAD EN

LOS CONTRATOS.: CASO LA CADUCIDAD DEL CONTRATO CON LA

COMPAÑÍA OCCIDENTAL (OXY)

ENTREVISTA AL DR. ALFREDO PALACIO GONZALES EX PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR. PERIODO 2005-2007

1.- ¿DR. PALACIO CUAL ES SU OPINION EN EL CASO OXY, POR LA DECISION DE DECLARAR LA CADUCIDAD DEL CONTRATO?

En mi opinión, la Caducidad de la OXY mas allá de su connotación jurídica, tiene connotación de ética nacionalista pues conjuntamente con la caducidad en el Caso OXY , la decisión de declarar su Caducidad tuvo algunos inconvenientes Jurídicos creados desde la propia Procuraduría General del Estado por una presión en los sectores políticos y sociales para acelerar la declaratoria de Caducidad, la OXY quería manejar sus interese, en el Caso de la Empresa Petrolera Occidental OXY durante mi Gobierno este Caso lo encamine por el sendero Jurídico y en mi administración se cumplieron todas las instancias procesales.

Le solicite durante mi Administración al Ministro de Energía y Minas que no dilate este procedimiento Jurídico, como Juez de la Causa se pronuncie e informe al País la Declaratoria de Caducidad a la OXY.

2.- ¿QUE OPINA DR. PALACIO COMO EX PRESIDENTE DEL ECUADOR LUEGO DE DECLARARSE LA CADUCIDAD CON LA OXY, A NUESTRO PAIS LO DEMANDARON ANTE UN CENTRO DE ARBITRAJE INTERNACIONAL?

Durante mi Gobierno, la Declaratoria de Caducidad, dejo fuera al Arbitraje del CIADI, en mi Administración la competencia del CIADI no fue Admisible, esta Compañía OXY incumplió el Contrato de Participación celebrado con el Ecuador.

El mayor riesgo fue si el Estado Ecuatoriano nombraba su arbitro, uno de los tres que componían el Tribunal, ya que al nombrarlo se aceptaba la validez del procedimiento y comprometiéndose a aceptar su Resolución. Como Presidente de la República le envié una Carta al CIADI en el cual les informamos que no aceptábamos el Arbitraje y Jamás nombraríamos a un Árbitro, esta fue la posición de mi Gobierno.

3.- ¿QUE LO MOTIVO DR. PALACIO COMO EX PRESIDENTE DE LA REPUBLICA A APOYAR A SU MINISTRO DE ENERGIA Y MINAS ING.IVAN RODRIGUEZ EN LA DECLARATORIA DE CADUCIDAD CON LA OXY?

Si le respondo como Ex Presidente del Ecuador, que ante la Violación del Contrato Petrolero por la OXY , se dio por la Cesión de acciones fue sin autorización del Estado Ecuatoriano, respondimos en Derecho en el Caso OXY puntualmente del Contrato con Empresa Occidental no podía dejar de citarle que se llevo a cabalidad el cumplimiento del debido proceso. Hoy los Ecuatorianos tienen una nueva Ley de Hidrocarburos reformada durante mi Administración, luego de la declaratoria de la Caducidad las instalaciones del Bloque 15 en nuestra Amazonia pasaron a ser administradas por PETROAMAZONAS S.A.

Por lo que en todo momento el Ministro del Ramo, tuvo mi Aval , mi respaldo para que se declare la Caducidad del Contrato de Participación con la OXY.

4.- ¿CUAL ES SU OPINION DR. PALACIO EX PRESIDENTE DEL ECUADOR ACERCA DEL CONTRATO DE PARTICIPACION CON LA OXY EN MATERIA PETROLERA, REFERNTE AL EXCESO POR EL PAGO DEL PRECIO DEL PETROLEO POR BARRIL?

Los Contratos Petroleros en nuestro País, siempre han sido Leoninos, por estos motivos en mi Gobierno implemente una Política de Estado con el objetivo de defender nuestros Recursos Naturales. El llamado Oro Negro nuestro PETROLEO.

Por este motivo envié al Congreso Nacional el Proyecto de Ley reformatoria a la Ley de Hidrocarburos las condiciones en que se habían firmados los Contratos Petroleros eran un verdadero Atraco, como estabn dividida la Participación estaba distribuida de esta manera el 82% para las Compañías Extranjeras y el 18% mínimas ganancias para el Ecuador. El contrato de la OXY fue firmado con un precio por barril de petróleo a $15 por barril, por lo tanto $12.50 para la Compañía OXY 82%y el $2.50 para el Ecuador 18%.

5.- ¿DR . PALACIO COMO EX PRESIDENTE DEL ECUADOR NOS PODRÍA MENCIONAR QUE PROYECTOS O LEYES DURANTE EL PROCESO DE CADUCIDAD CON LA OXY, SU GOBIERNO APORTO PARA EL PROGRESO DE NUESTRO PAÍS?

En mi Gobierno hubieron cambios positivos en beneficio de los Ecuatorianos, al observar tantos excesos y abusos en los Contratos de Exploración de Hidrocarburos, declare estado de emergencia en materia petrolera, inmediatamente envié Reformas a la Ley de Hidrocarburos, y como efectos de las Reformas Petroleras ingreso a nuetsro País $213 millones de dólares. Le respondo en Derecho al revisar todos los Contratos Petroleros y observar que ingresaban mínimas ganacias para nuestro País, por lo que desde mi Gobierno decidí como Presidente Reformar la Ley 42-2006 señalando que deberían respetarse los Contratos Petroleros en cuanto a la participación del porcentaje para nuestro País, como productor petrolero en su explotación y exportación en el Ecuador.

En esta Ley se resumió que todo excedente le correspondería no menos del 50% al Estado Ecuatoriano por eso reforme la Ley de Hidrocarburos durante mi Gobierno.

Lcda. Panchana, le voy a nombrar otra histórica Reforma a la Ley de Hidrocarburos , como es LEY FEISEH, la cual envié al Congreso mediante Decreto Ejecutivo en Junio del año 2006, esta Ley consistía que los Recursos Naturales como el Petróleo provenientes de la Explotación de Hidrocarburos en el Ecuador el 27% del total de producción se destinara a este fondo para compensar lo que el País dejaba de percibir como consecuencia por la declaratoria de Caducidad del Contrato de Participación con la OXY. En el cual el 10% del presupuesto destinadas a las operaciones actividades necesarias del Bloque 15, parte de estos Fondos fueron destinados a Obras de Infraestructura Vial y Obras de Salud.

6.- ¿DR. PALACIO COMO EX PRESIDENTE DEL ECUADOR, CUAL ES SU OPINIÓN ACERCA DEL CONTRATO PETROLERO CON LA OXY Y LA DECLARATORIA DE CADUCIDAD?

Durante mi Gobierno, al revisar el Contrato de Participación y observar tantos irregularidades y violación al Contrato y a la Ley de Hidrocarburos y sus Reglamentos, al ver que no podía terminarlo unilateralmente, porque ellos solo median sus intereses como Contratista petroleros, decidí declara la Caducidad por el bien del País.

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7.- ¿DR. PALACIO QUE RECUERDA COMO ANÉCDOTA DURANTE SU PRESIDENCIA DEL ECUADOR QUE PUEDA COMPARTIR CONMIGO?

Si Lcda. Panchana, recuerdo con mucha claridad, recibiendo un Doctorado Honoris Cause en el Aula Magna de la Universidad Católica de Guayaquil cuando estaba dando mi Discurso de agradecimiento, entre el público asistente se encontraba el Dr. Vladimiro Álvarez, y le toco hablar y diriguirse al Auditorio y me nombro en forma de broma dijo en público Ya sé donde está la plata en los Contratos Petroleros!!!!!!!! Jajajajajajajaja y todo el auditorio sonrió ante tal frase y comentario jocoso…

Agradeciéndome la gestión que hice en mí Gobierno para viabilizar la frecuencia para el Canal de televisión de la Universidad.

8.- ¿DR. PALACIO DEME SU OPINIÓN, SI SE APLICARON LAS LEYES ECUATORIANAS AL DARSE LA DECLARATORIA DE CADUCIDAD DEL CONTRATO PETROLERO CON LA OXY POR PARTE SU MINISTRO DE ENERGÍA Y MINAS DEL ECUADOR DURANTE SU GOBIERNO?

Lcda. Panchana, le puedo confirmar y asegurar que en mi Gobierno si se aplico la Leyes Ecuatorianas como Presidente de la República tomamos en conjunto con el Ministro del Ramo, la decisión Soberana en defensa de los intereses todos los Ecuatorianos.

El juez en materia de Hidrocarburos era el Ministro de Energía y Minas, quien en cumplimiento de la Ley de la materia su Reglamento y las reformas a la Ley vigentes a la fecha de la declaratoria de Caducidad del Contrato de Participación aplico las disposiciones legales por las violaciones sistemáticas al Contrato así como las continuas reincidencias en la violación del Contrato y la Ley de Hidrocarburos. Como lo son haber cedido las Acciones y transferencias de Derechos a un tercero celebrando el Contrato Farmout sin previa autorización del Ministro del Ramo y además celebraron un Acuerdo de Operación Conjunto entre las Empresas Extranjeras OXY cede el 40% a Alberta Energy Company y posteriormente a la Compañía Encana en el año 2000.

Ratifico que estoy orgulloso y con mi conciencia tranquila por haber actuado como Presidente del Ecuador al haber hecho respetar la Soberanía de Nuestro País, lo que constituye un ejemplo de Dignidad y ética para las futuras generaciones de ecuatorianas y ecuatorianos.

9.- ¿DR. PALACIO CONSIDERA USTED QUE SE CUMPLIERON CON TODOS LOS PROCEDIMIENTOS LEGALES PARA LA DECLARATORIA DE CADUCIDAD DEL CONTRATO DE PARTICIPACIÓN CON LA OXY?

En mi Gobierno procedí con coherencia y si tome la decisión correcta y apegada a Derecho si se hizo respetar y aplicar la Ley de Hidrocarburos y adoptamos la decisión correcta con el Ing. Ivan Rodríguez Ministro del Ramo, esta decisión se tomo para defender los interses de los Ecuatorianos. Luego OXY llevo el Caso a Instancias Internacionales, lo cual no era materia de Arbitraje Internacional ni tenía Jurisdicción y Competencia, por lo cual sentamos precedente a nivel Internacional al hacer respetar nuestra Soberanía.

QUE REFLEXIÓN LE DARÍA A LOS ECUATORIANOS ACERCA DE LA DECLARATORIA DE CADUCIDAD DEL CONTRATO PETROLERO CON LA OXY?

Si Lcda. Panchana, le respondo como ex presidente de la República del Ecuador, me toco tomar esta decisión con patriotismo y mucha responsabilidad, al ver que se violaron nuestros Contratos Petroleros en nuestro País y se cometieron abusos Administrativos en nuestra Amazonia, por lo que me vi obligado a tomar una posición firme y como Presidente del República como una visión clara en defensa de los intereses de todos los Ecuatorianos, fue una actuación histórica, en conjunto con la Procuraduría General del Estado y un grupo de funcionarios que procedimos como un solo País una sola decisión.

Sin este respaldo no hubiese podido defender esta decisión soberana como fue la Declaratoria de Caducidad con la OXY, no fue una tarea fácil, ya que por muchos años nuestra Defensa Jurídica lucho a través del Procurador General Del Estado Dr. Diego García contra una Compañía Transnacional como es la Estadounidense OXY,

En mi Gobierno sentamos un precedente jurídico en el Caso OXY, para que en un futuro respeten al Ecuador y a sus Leyes en las negociaciones en los Contratos que se celebren en Nuestro País, siendo mi política defender nuestra Soberanía, Leyes y nuestra Jurisdicción Ecuatoriana, fue siempre el mensaje de mi Gobierno.

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ENTREVISTA:

ESTUDIO JURIDICO ARAGUNDI Y ASOCIADOS

.ABOGADO ESPECIALIZADO EN CONTRATOS PETROLEROS. AB. FERNANDO E ARAGUNDI RODRIGUEZ

FORO DE ABOGADOS MATRICULA No 09-2003-106

ENTREVISTA AL ABG. FERNANDO ARAGUNDI RODRIGUEZ

1.- CONSIDERA USTED ABG. ARAGUNDI QUE FUE ACERTADA LA DECISION DEL GOBIERNO DEL DR. ALFREDO PALACIO EN DECLARAR LA CADUCIDAD DEL CONTRATO DE PARTICIPACION QUE MANTENIA EL ESTADO ECUATORIANO CON LA EMPRESA PETROLERA OXY?

SI FUE ACERTADA LA DECISION DEL GOBIERNO DEL DR. ALFREDO PALACIO EN DECLARAR LA CADUCIDAD DEL CONTRATO DE PARTICIPACION QUE MANTENIA CON LA EMPRESA OXY.

Porque dicha empresa violo expresamente la clausula 16 del Contrato de Participación en el cual se establecía la prohibición de transferir o ceder derechos del Contrato de Participación a favor de terceros, debido a que dicha compañía transfirió el 40% de sus derechos a la Canadiense (AEC) Alberta Energía Compaña posteriormente cedió los derechos a la Compañía Encana.

2.- ¿QUE OPINA USTED AB. ARAGUNDI EL ESTADO ECUATORIANO AL

DECLARAR LA CADUCIDAD DEL CONTRATO DE PARTICIPACIÓN, LA EMPRESA OXY DEJO INOPERANTE EL SOFTWARE DEL BLOQUE 15? CONSIDERA UD. QUE EN ESTA ACCION HUBO MALA FE?

Definitivamente la Compañía Oxy actuó de Mala Fe al dejar inoperante el SOTWARE del Bloque 15 y con esta acción se paralizo la producción y explotación de la producción petrolera Ecuatoriana.

La OXY de conformidad con la clausula 20 del Contrato de Participación tenia la opción legal para que en los Casos de Controversias que surjan en la interpretación y cumplimiento de este Contrato de Participación se sometarian al Arbitraje en Derecho, esto es al Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Quito, o podía demandar ante el Tribunal de lo Contecioso Administrativo del Ecuador.

3.- ¿A SU PARECER ABG. ARAGUNDI TENÍA COMPETENCIA EL( CIADI CENTRO

INTERNACIONAL DE ARREGLOS DE DIFERENCIAS RELATIVAS A

INVERSIONES), PARA INTERVENIR EN EL CASO OXY?

Si tenía competencia de acuerdo a las clausulas vigésimas del Contrato de Participación, el cual establecía que las controversias que surjan en la interpretación, aplicación y cumplimiento del Contrato, podía Acudir a un Centro de Arbitraje Internacional CIADI que estará regido por los Tratados Convencionales, Protocolos y demás Actos de Derecho Internacional suscritos y ratificados por el Ecuador de conformidad con la Ley, pero no para el Caso que se declare la Caducidad.

4.- ¿CREE USTED ABG. ARAGUNDI QUE LA OXY COMETIÓ UNA FALTA

ADMINISTRATIVA AL NO PEDIR LA AUTORIZACIÓN AL ESTADO

ECUATORIANO PARA LA TRANSFERENCIA DE ACCIONES Y DERECHOS A OTRA COMPAÑÍA

Si cometió una Falta Administrativa la OXY al Ceder o transferir el 40% de sus acciones y derechos a la Compañía Canadiense (AEC) Alberta Energy Company quien posteriormente cedió sus derechos a la compañía ENCANA.

Estando prohibido de conformidad con la clausula 16 del Contrato de Participación con el Bloque 15 y en concordancia con el artículo 79 de la Ley de Hidrocarburos en el cual se disponía que la Transferencia de un Contrato o la Cesión de derechos a terceros sin previa autorización del Ministro del Ramo serian nulos.

5.- ¿USTED CREE ABG. ARAGUNDI QUE EN LA DECLARATORIA DE CADUCIDAD

DEL CONTRATO PETROLERO SE APLICARON LAS LEYES ECUATORIANAS POR PARTE DEL MINISTRO DE ENERGÍA Y MINAS DEL ECUADOR?

Si se aplico la Ley de acuerdo con la clausula 22 a la Ley aplicable y la Jurisdicción que las partes se sometieron fue la Legislación Ecuatoriana ya que en dicha clausula expresamente las partes se sometían exclusivamente a la Legislación Ecuatoriana y se entendían incorporadas las Leyes vigentes al tiempo de su celebración.

6.- ¿CREE USTED ABG. ARAGUNDI QUE LA DEFENSA DEL ECUADOR

REPRESENTADA POR EL PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO PROCEDIÓ CORRECTAMENTE PLANTEANDO LA NULIDAD DE LA SENTENCIA DE ARBITRAJE INTERNACIONAL?

La Defensa del Estado Ecuatoriano en el Caso OXY, a travez de su Representante Legal como lo es el Procurador General del Estado, ante el Comité de Anulación del CIADI, se fundamento en la Falta de Derecho para Demandar ante un Tribunal Arbitral como lo es el CIADI, ya que la causal de Caducidad no era motivo para demandar ante un Tribunal Internacional, sino de acuerdo al Contrato ante los Tribunales de lo Contecioso Administrativo del Ecuador. Además el Procurador argumento vicios legales del Fallo del Tribunal, porque el Tribunal Arbitral al hacer su liquidación de Indemnización considero al 100% de las acciones de OXY y el Procurador en su Defensa resalto que la OXY al haber cedido el 40% a Empresas Extranjeras solo tendría el derecho al60% de sus acciones.

7.- ¿CREE USTED ABG. ARAGUNDI QUE FUE JUSTO LA DECISIÓN DEL COMITÉ

DE ANULACIÓN DEL CIADI QUE ORDENO A PAGAR EL ESTADO ECUATORIANO, UNA INDEMNIZACIÓN POR DECLARAR LA CADUCIDAD DEL CONTRATO DE

PARTICIPACIÓN CON LA OXY?

Considero que la decisión del Comité de Anulación fue apegado a derecho, porque si bien es cierto la Compañía OXY violo el art.79 de la Ley de Hidrocarburos contenída en la clausula 16 del Contrato de Participación, la Compañía OXY, tenía la opción de demandar el acto administrativo de la caducidad, dictada por el Ministerio del Ramo ante los Tribunales de lo Contecioso Administrativo. El Estado Ecuatoriano.

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como efectos de la Caducidad se apropio indebidamente de los bienes de la compañía que servían para la explotación del Petróleo , no obstante que de acuerdo a la Constitución vigente del año 1998, en el cual prohibía expresamente la CONFISCACION de bienes y la Ley de Hidrocarburos no podía contradecir una Ley Superior como es la Constitución, así también en los Tratados Internacionales se prohíbe la Confiscación por lo que el Comité de Anulación del CIADI, castigo con un 25% del derecho de indemnización por no respetar las Leyes Ecuatorianas y a su vez condeno con el 60% del Derecho de sus acciones a pagar una indemnización al Ecuador porque la caducidad la asimilan a una Confiscación, ya que el 40% de sus acciones la OXY las había transferido con anterioridad a AEC compañía Canadiense y a la Compañía Encana.

8.- ¿EN SU OPINIÓN ABG. ARAGUNDI EL LITIGIO CASO OXY QUE HA DURADO 9 AÑOS, COMIENZA EN LA PRESIDENCIA DEL DR. ALFREDO PALACIO QUIEN DECLARO LA CADUCIDAD DEL CONTRATO DE PARTICIPACIÓN CON LA OXY? CREE USTED QUE CON ESTE FALLO CONDENATORIO DICTADO POR UN

TRIBUNAL INTERNACIONAL EL ECUADOR GANO O PERDIÓ

ECONÓMICAMENTE?

El Ecuador desde el punto de vista económico salió ganando a partir que se declaro la caducidad, porque paso a explotar directamente el Bloque 15 a través de PETROAMAZONAS S. A. nuestro País el Ecuador ha tenido un ingreso por la venta de crudo un total de ingresos de $22.500 millones de dólares durante los 9 años de litigio. Sin contabilizar el año 2015. Y lo que vamos a pagar incluidos interese a la OXY por indemnización son $1.400 millones de dólares los mismos que se pagaran en forma escalonada.

9.- ¿LE PARECE INJUSTO ABG. ARAGUNDI QUE LA OXY HAYA DEMANDADO AL ESTADO ECUATORIANO ANTE EL CIADI?

De acuerdo al Contrato de Participación la OXY estaba facultada en los casos de controversias, interpretación, aplicación y cumplimiento a demandar ante un Centro de Arbitraje Internacional.

10.- ¿CUAL ES SU OPINIÓN ABG. ARAGUNDI RESPECTO A LA DEFENSA DEL

ECUADOR ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL INTERNACIONAL AL NO

COMPARECER Y NO NOMINAR AL ÁRBITRO ANTE EL TRIBUNAL

INTERNACIONAL?

Inicialmente la estrategia jurídica del Ecuador a través del Procurador General del Estado fue equivocada al no comparecer ante el Tribunal Internacional alegando falta de Jurisdicción y competencia, ya que sostenía que la Jurisdicción y competencia estaba en territorio Ecuatoriano, por lo que se perdió la oportunidad de nominar a un Árbitro a su elección de los que componen el CIADI, para integrar al Tribunal Arbitral el cual fue designado, el cual se lo dieron designando, ante la negativa de comparecer el Ecuador, designando a la Profesora Brigitte Sterd como árbitro designado por el CIADI por cuenta del Ecuador. Lo que obligo al Estado Ecuatoriano a comparecer contra su voluntad y presentar la Defensa en base a la Soberanía del País para resolver el Caso OXY dentro de la Legislación Ecuatoriana. En esta instancia el Fallo fue adverso al Ecuador y la defensa del Ecuador bien hizo en apelar el Fallo , y solicitar la Nulidad del Fallo Arbitral Internacional, el cual acepto parcialmente los alegatos del Ecuador, reconociendo el CIADI en el Fallo que la OXY violo las Leyes Ecutorianas al no pedir autorización para las transferencias de sus acciones a otras compañías extranjeras, por lo que fue castigado con el 25% a la OXY del monto del Fallo Arbitral.

ENTREVISTA:

ENTREVISTA AL ING. IVAN RODRIGUEZ EX MINISTRO DE ENERGIA Y MINAS DEL ECUADOR.

1.- ¿ING. RODRIGUEZ QUE MOTIVOS TUVO EN SU CALIDAD DE EX MINISTRO DE ENERGIA Y MINAS EN EL AÑO 2006 PARA DECLARAR LA CADUCIDAD DEL CONTRATO CON LA OXY?

La empresa OXY cedió sin el consentimiento del Estado Ecuatoriano no obstante de estarle prohibido cedió el 40% de sus acciones celebrando un Contrato Farmout en el cual la Empresa Alberta Energía Compañía sin consultar al régimen y posteriormente a la Compañía Encana además firmo un Acuerdo de Operación Conjunta, que debería haber tenido una autorización

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