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Prevención y atención de desastres

21:00 PERIODO NOCTURNO: 21:01 –

4 Decreto 2811/7 Capítulo II, Artículo 185.

8.4 Prevención y atención de desastres

Los desastres son causados por el impacto de un evento natural (inundación, deslizamientos, sismos y huracanes, entre otros) o por el empleo de tecnologías peligrosas (minas, explosiones de gas, derrames de combustibles, entre otras); el impacto causado por el evento depende de la naturaleza del mismo y de la vulnerabilidad de los elementos expuestos. Entre los elementos expuestos están: la población, el medio ambiente, el equipamiento urbano (escuelas, hospitales y vías, entre otros) y la infraestructura de servicios (alcantarillado, electricidad, gas y acueducto, entre otros). Los efectos causados por los desastres pueden ser directos o indirectos, dependiendo de si son causados por el evento mismo o son derivados a partir de él.

El departamento del Cesar en sus directrices de Ordenamiento Territorial establece seis aspectos para al prevención de desastres como son:

1. La creación de planes de contingencia para la atención y prevención de desastres en los municipios donde la responsabilidad es del Alcalde o su delegado.

2. Definir y tratar adecuadamente las zonas de Amenaza en los municipios.

3. Formación de Comités Locales de Emergencia, siendo el representante legal, el alcalde. En estos proyectos deberán participar las instituciones del municipio, los hospitales, la Cruz roja, la defensa civil, la comunidad y los gremios.

4. Creación del Comité de Atención a personas desplazadas por la violencia, conformado por el Alcalde, representantes de la salud, de los desplazados, de la Iglesia y el personero. 5. Fortalecimiento de Organizaciones comunitarias a través de talleres, programas, charlas de

capacitación y sensibilización a la comunidad para involucrarlas en actividades de gestión, planificación, y control de situaciones de emergencia.

8.4.1 Actividades predesastres. Dentro de estas medidas se encuentra la elaboración de estudios y análisis científico - técnicos que permitan realizar evaluaciones sobre las amenazas a las que se encuentra expuesto el Municipio. En estos estudios se aplica la premisa de que “una región que ha sido afectada por una amenaza natural determinada en el pasado, estará expuesta a sufrir las consecuencias de la misma en el futuro”. Con anticipación, las autoridades municipales, organismos de socorro y entidades nacionales, deben llevar a cabo un plan de mitigación de riesgo y de protección civil que tenga como tarea la definición de las áreas de riesgo con base en la estimación de la magnitud de desastre en término de daños y funcionalidad de las áreas poco afectadas, incluida la evaluación de la amenaza por inundación, la identificación de los elementos expuestos y el análisis de vulnerabilidad de dichos elementos que permitan definir los diferentes niveles de riesgo.

Debe ocuparse de cuantificar los datos para la planificación urbana y preparación de planes de emergencia y contingencia que definan con anterioridad la coordinación de los diferentes organismos de operación y apoyo necesarios para garantizar la máxima eficiencia en las operaciones de búsqueda y rescate, atención médica, suministros, alojamiento y en general la asistencia a la zona afectada. Debe también elaborar programas educativos de información pública para la comunidad expuesta, acerca del fenómeno, recomendaciones generales y alarmas que permitan mitigar los efectos sobre la población, sus bienes y enseres. Por último se debe encargar de realizar estimativos sobre las pérdidas económicas directas e indirectas y los respectivos planes de rehabilitación y asistencia para la reconstrucción y desarrollo de la región.

Centro de Estudios Regionales CER-UIS

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El plan de mitigación de riesgos y protección civil debe incluir actividades como el análisis de foto – interpretación de diferentes años de la región, con el objeto de establecer cambios sucedidos con fenómenos erosivos y de remoción en masa, así como cambios en el curso de los ríos y localización de fallas activas; elaboración del mapa de amenazas y riesgos para el municipio a una escala detallada (1:2000), mapas de uso actual del suelo y morfológicos que permitan determinar las áreas de mayor vulnerabilidad; publicación de folletos informativos, con el fin de realizar campañas públicas tendientes a orientar el comportamiento de los ciudadanos durante y después de la ocurrencia de un evento catastrófico; preparación de grupos operativos y de planes de emergencia y capacitación de personal médico y paramédico para la atención de la población en caso de presentarse un evento catastrófico; además deberá encargarse de elaborar códigos urbanísticos, en los que se determinen zonas no aptas para asentamientos humanos, definidos en el uso actual del suelo.

8.4.2 Acciones del municipio. El municipio cuenta con un Comité local de prevención y atención de desastres, el cual esta constituido por el señor alcalde, quien lo preside, la secretaria de gobierno, la gerencia de planeación como secretaria general del comité, directores de hospitales, Policía Nacional, cuerpos de socorro como la Defensa Civil, Bomberos y Cruz Roja; y las diferentes entidades invitadas como educación, personería, etc. Seria útil crear la Oficina para el funcionamiento del Comité de Prevención y Atención de Desastres de Aguachica, dándole capacidad de operación con el personal necesario y los dispositivos logísticos como bodega de almacenamiento de recursos para las ayudas humanitarias, equipo de comunicación como radio de comunicación, línea telefónica, vehículos para desplazamiento. Estos elementos le permitirán estar preparada para enfrentar emergencias locales y regionales al igual que para asumir tareas de prevención a corto, mediano y largo plazo, que implican programas y estudios técnicos – científicos. Los estudios de amenazas en el POT del municipio tienen como fin brindar orientación general sobre las amenazas existentes y sus posibles áreas de afectación; Sin embargo, en ningún caso sustituyen los estudios específicos que deben ser adelantados por el municipio o por las instituciones especializadas para evaluar las amenazas naturales, la vulnerabilidad y el riesgo potencial de cada uno de los fenómenos amenazantes y las zonas expuestas.