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JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 29 - SECRETARÍA NRO. 58

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 29 a cargo de la Dra. María Del Milagro Paz Posse, Secretaría N° 58, a cargo de la Dra. Claudia T. Giaquinto, sito en Montevideo 546, 5° piso, de Capital Federal, comunica por 5 días en autos “PISO CERO S.A. s/QUIEBRA s/INCIDENTE N° 2 – s/INCIDENTE DE VENTA DE RODADOS” Expte. N° 6029/2017, el llamado a mejora de oferta dispuesto en la resolución de fecha 21 de Diciembre de 2020, conforme las siguientes condiciones que se transcriben a continuación: “(…) 2. CONDICIONES: a) BASE: se tomará la suma de $ 115.000 ofrecida por el Sr. Sergio Ernesto Miranda, como punto de partida de las ofertas a realizarse. b) PRESENTACION DE OFERTAS: Las ofertas podrán presentarse en formato digital hasta el 29.03.2021, las que se mantendrán reservadas hasta el acto de apertura. Debe depositarse como garantía de oferta el 10% del valor ofrecido, debiendo oportunamente integrarse el saldo de precio si la oferta fuera finalmente admitida, o se devolverá caso contrario, una vez firme la adjudicación a petición del interesado. La presentación deberá contener nombre de la persona de existencia ideal o visible oferente, precio ofrecido, domicilio real, legal constituido en el radio del juzgado y electrónico. Será liminar e irrecurriblemente desestimada la oferta no garantizada según lo dispuesto supra. Vencido el plazo para la presentación de las ofertas, el Tribunal procederá a incorporar las mismas al sistema para transparencia del acto, procediendo a labrar el acta correspondiente informando los oferentes, el valor ofrecido y el adjudicatario. La adjudicación recaerá sobre la oferta más alta. No se dispondrá audiencia, en razón de las medidas sanitarias y protocolos dispuestos por la CSJN. d) INTEGRACIÓN DEL PRECIO: El saldo de precio deberá depositarse en la cuenta abierta de las presentes actuaciones, dentro de los cinco días de notificado el auto de adjudicación y el IVA sobre el valor del bien, sin necesidad de interpelación, mediante depósito judicial en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires –sucursal tribunales-, en la cuenta de autos y a la orden del juzgado, bajo apercibimiento de declararse postor remiso (art. 584 C.Proc) y de pérdida de garantía a favor de la quiebra, debiendo acreditarlo en autos en idéntico plazo mediante la correspondiente boleta de depósito.- La adjudicación

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final se otorgará una vez integrado el saldo de precio más la comisión del martillero, que se fija en un 10%, y el IVA respectivo. Los gastos que se devenguen en concepto de honorarios, sellados y otros que tengan directa vinculación con la transferencia y los gastos que se devenguen con motivo de la venta cuya modalidad aquí se dispone serán soportados por el que resulte adquirente. Asimismo, se hace saber que será inoponible cualquier incidente por parte de eventuales adquirentes sin previo pago -depósito- oportuno de la integridad del precio de venta del bien sometido a realización. De no integrarse en tiempo y forma el precio de compra, será declarado postor remiso (cpr584). En tal caso, resultará adjudicatario quien haya efectuado la mejor oferta inmediata inferior, sin perjuicio de aplicarle también igual apercibimiento en caso de no integrar el precio que ofertó dentro del 5to. día de notificado. e) OTRAS CONDICIONES: Deberá estarse a lo dispuesto en lo demás en el auto de subasta del 22.05.2019 puntos 6, 8 y 10. f) TERMINO Y APELACIONES: La resolución de adjudicación se dictará, por vía digital en el plazo de 24 hs. de vencido el plazo de presentación de ofertas (19.02.2021), la cual será inapelable. Todas las notificaciones, excepto las específicamente determinadas, se producirán “ministerio legis”. La presentación de oferta implicará para el oferente el conocimiento y aceptación de las condiciones de la venta aquí dispuesta y de la situación fáctico-jurídica del bien. g) PLAZOS: Todos los plazos se considerarán días hábiles judiciales. 3. Notifíquese al martillero, al síndico y a los oferentes por Secretaría. 4. Regístrese. /(…) MARIA DEL MILAGRO PAZ POSSE. JUEZ” – EXHIBICION DEL RODADO: Asimismo, se informa que se dispuso el día viernes 19 de Marzo de 10:30 hs. a 12:30 hs. la exhibición del rodado a los interesados en el playón policial de la calle Tilcara 2731 de la Cdad. Auton. De Bs. As., según el proveído de fecha 04 de febrero de 2021 que dice: “(…) Téngase presente la fecha, hora y lugar de subasta y de exhibición indicados y hágase saber. (…) ” Fdo. Claudia Giaquinto. Secretaria. La resolución de fecha 17 de febrero de2021 de Fs. 256 que dispone: “(…) Buenos Aires, febrero de 2021. MSG. Atento la proximidad de la fecha indicada en la resolución del 21.12.2020 y en tanto no se efectuó la publicación de los edictos en término, modifíquese la misma haciéndose saber que los interesados podrán presentar sus ofertas en formato digital hasta el 29.03.2021. Notifíquese. (…) ” Fdo. María del Milagro Paz Posse. Y el Proveído de fecha 19 de febrero de 2021 que dice: “(…) Téngase presente la fecha, hora y lugar de subasta y de exhibición indicados y hágase saber. (…) ” Fdo. Claudia Giaquinto.

Secretaria.- MARÍA DEL MILAGRO PAZ POSSE Juez - CLAUDIA GIAQUINTO SECRETARIA

e. 02/03/2021 N° 11021/21 v. 08/03/2021

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 16 - SECRETARÍA NRO. 31

El Juzg. Nac. de 1ra. Inst. en lo Comercial N° 16, Sec. N° 31, sito en Av. Callao 635, PB, C.A.B.A., avisa por 3 días en el Boletín Oficial en el Expte. 28042/1999/2 “THE AMERICAN AQUILA SERVICES  S.A. S/QUIEBRA S/INC. DE VENTA N° 2 DE UNIDADES 2 A 135 DE AV TTE B MATIENZO 1530/36/42 “ el llamado a mejorar la oferta de Ebano Inmobiliaria S.A. por $ 26.500.000 respecto de las 17 UF “en block” ubicadas en Tte. Benjamín Matienzo N° 1530/36/42 CABA, a saber: En el Piso 1° las Unidades 6, 7, 8, 9, 11, 12, 17, 30, 45 y 49. En el piso 2° Unidades 74, 83, 87, 123, 127, 131 y 132. Según constatación del 04/12/20 se encontraban desocupadas. (datos catastrales y fotos en autos). CONDICIONES DE VENTA En las condiciones que se encuentran, sin admitirse reclamo alguno sobre su estado. Es base del llamado, la oferta de Ebano Inmobiliaria S.A., quien adelantará los gastos de publicidad de los edictos. Sobre quien recaiga la adjudicación del acto de mejora de oferta, será quien en definitiva solvente los mismos. Por ello deberá depositar juntamente con el saldo de precio y en idéntico plazo los gastos de publicidad acreditados. Los gastos, impuestos, tasas y contribuciones posteriores a la toma de posesión, o vencimiento del plazo para integrar el saldo de precio y los gastos de escrituración serán a cargo del comprador. Las deudas que registre el inmueble por tasas municipales y servicios, hágasele saber a las reparticiones respectivas que las eventuales acreencias que posean a su favor contra la quebrada y que sean anteriores a la declaración de quiebra, deberán presentarse a iniciar el correspondiente incidente de verificación de créditos. En cuanto a las posteriores a tal fecha y hasta la toma de posesión de quien resulte adquirente, deberán comparecer acompañando la documentación pertinente que acredite su acreencia, la que se pagará previa comprobación de sus importes por parte del síndico, en forma inmediata a la liquidación del bien. EXHIBICION, comunicarse con el Martillero Miguel A. León cel. 1544467136 mail martilleroleon@ar.inter.net, para concertar día y hora, a partir de la última publicación de edictos en Boletin Oficial. Las ofertas contendrán: nombre, apellido o denominación del oferente, documento de identidad, domicilios real y constituído, adjuntando en su caso copia del poder o copias del contrato social o estatuto y las actas correspondientes que acrediten la representación. No se admitirán ofertas que invoquen calidad de comisionistas o gestores de negocios. Deberá adjuntarse garantía de mantenimiento de oferta equivalente al 35% de la misma, mediante boleta de depósito o constancia de transferencia del/al Banco de la Ciudad de Bs As., en la cuenta de autos y a la orden del Tribunal. El precio será consignado en letras y números, en pesos, debiendo integrarse el saldo dentro del quinto día de notificada la resolución que adjudica el bien. Las resoluciones que se dicten por el llamado a mejorar oferta, serán irrecurribles y las notificaciones se efectuarán por nota – art. 133 del CPr.- No se admitirá plazo de gracia y no se aceptarán ofertas con posterioridad al dia 19/03/21. Las ofertas serán digitales, se recibirán y serán reservadas y archivadas por el Juzgado hasta el día que se fije para la apertura de las ofertas. La apertura de las ofertas se efectuará el día y horario a determinarse luego del cierre de la fecha fijada

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para la presentación en el punto antecedente, en función de las restricciones derivadas de la emergencia sanitaria, oportunidad en donde el juzgado fijará las medidas protocolares indispensables. Tal fecha, hora y lugar se hará saber en la causa, notificándose a todos los interesados por nota. En la audiencia a continuación de la apertura de sobres, todos los oferentes tendrán derecho a mejorar sus ofertas, inclusive el oferente cuya propuesta se adopta como base para disponer el procedimiento aunque no presentare sobre mejorando su oferta inicial. Se asentarán las mejoras que se fueran expresando, en forma ilimitada, poniéndose como única condición que c/u se incremente un 5% con relación a la anterior. La adjudicación recaerá sobre la oferta más alta y en la hipótesis de que quien la hubiere formulado, no integrase el saldo del precio, será declarado postor remiso en los términos del art. 584 del cpr y perderá su derecho de reclamar la devolución de las sumas abonadas. En dicho supuesto, este magistrado podrá adjudicar el bien a quien le asigne el segundo lugar, y así sucesivamente, en caso de reiterarse los incumplimientos. Los fondos abonados en concepto de garantías, respectivas, serán devueltos a los oferentes, a petición del interesado, una vez firme el decreto de adjudicación e integrado el saldo de precio. La sola presentación de oferta implica por parte de los oferentes el pleno conocimiento del procedimiento aquí fijado, y la aceptación de este. Comisión del Martillero a cargo del adquirente 3%. Dado sellado y firmado en la sala de mi público despacho el 02 de marzo de 2021.-

FDO. PABLO JAVIER IBARZABAL. Secretario. JAVIER JORGE COSENTINO Juez - PABLO JAVIER IBARZABAL SECRETARIO

e. 04/03/2021 N° 11685/21 v. 08/03/2021

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