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Con arreglo a lo dispuesto en los artículos 42.1 b) del TRLA y 22 del RPH el plan hidrológico de cuenca recoge las reservas naturales fluviales declaradas por las administraciones competentes de la demarcación o por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente.

La definición de las reservas naturales fluviales se encuentra en el art. 22 Reservas

naturales fluviales del Reglamento de Planificación Hidrológica (RD 907/2007, de 6 de

1) Con el objetivo de preservar aquellos ecosistemas acuáticos fluviales que presentan un alto grado de naturalidad, el plan hidrológico recogerá las reservas naturales fluviales declaradas por las administraciones competentes de la demarcación o por el Ministerio de Medio Ambiente. Estas reservas corresponderán a masas de agua de la categoría río con escasa o nula intervención humana. Dichas masas se incorporarán al registro de zonas protegidas.

2) Para identificar dichas masas de agua se tendrá en cuenta la naturalidad de su cuenca, la existencia de actividades humanas que puedan influir en sus características fisicoquímicas e hidrológicas, el estado ecológico, la incidencia de la regulación del flujo de agua y la presencia de alteraciones morfológicas.

3) El estado ecológico de dichas reservas será muy bueno, por lo que podrán considerarse como sitios de referencia.

4) Cualquier actividad humana que pueda suponer una presión significativa sobre las masas de agua definidas como reservas naturales fluviales deberá ser sometida a un análisis específico de presiones e impactos, pudiendo la administración competente conceder la autorización correspondiente en caso de que los efectos negativos no sean significativos ni supongan un riesgo a largo plazo. Los criterios para determinar dichas presiones significativas se establecerán en el plan hidrológico.

5) En el resumen de los programas de medidas del plan hidrológico se incluirán las medidas de protección adoptadas por las autoridades competentes de la demarcación hidrográfica en las reservas naturales fluviales.

En la demarcación hidrográfica del Segura no existen actualmente reservas naturales fluviales declaradas por las administraciones competentes.

No obstante, de acuerdo con los artículos 42 del TRLA y 22 del RPH, tendrán carácter normativo aquellas reservas naturales fluviales que se designen con posterioridad al plan hidrológico de cuenca.

En el PHDS 2009/15 se seleccionó una masa de agua (ES0701010101, Río Segura desde cabecera hasta Embalse de Anchuricas) con potencial para poder ser declarada reserva natural fluvial, por presentar un muy buen estado ecológico, con tramos fluviales de excelente nivel de conservación y sin presiones antrópicas significativas. Estos tramos fluviales son fundamentalmente el río Segura aguas arriba

Tabla 20. Masa de agua identificada en el PHDS 2009/15 con potencial para poder ser declarada como reservas naturales fluviales en la DHS

CÓD. MASA NOMBRE MASA TIPO DENOMINACIÓN TIPO LONG.

(km)

ES0701010101 Río Segura desde cabecera hasta

Embalse de Anchuricas R-T12

Ríos de montaña

mediterránea calcárea 47,8

Adicionalmente a esta masa de agua, en este ciclo de planificación hidrológica 2015/21, se identifican nuevos tramos fluviales candidatos a poder ser declarados Reservas Naturales Fluviales. Estos tramos fluviales son los propuestos por Ecologistas en Acción con el apoyo del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente a través de la Fundación Biodiversidad, dentro del proyecto “Propuesta de creación de nuevas

Reservas Naturales Fluviales en algunas demarcaciones y fomento de las mismas”, de

diciembre de 2014.

El documento “Propuesta de creación de nuevas reservas naturales fluviales en la

demarcación Hidrográfica del Segura” puede consultarse en el Anexo III al presente

documento.

La siguiente tabla muestra los tramos identificados por Ecologistas en Acción para su consideración como Reserva Natural Fluvial y su correspondencia con las masas de agua de la demarcación y el estado de las mismas.

Tabla 21. Nuevos tramos fluviales identificados por Ecologistas en Acción para su catalogación como Reservas Naturales Fluviales.

TRAMO PROPUESTO RESERVA NATURAL FLUVIAL Long. tramo propuesto (Km) Long. tramo propuesto en Masa de agua (Km)

Masa de agua coincidente con el tramo

propuesto Evaluación

Estado Global PHDS

2015/21 Cod. Masa Nombre Masa

Long. Masa (Km)

S-1 Río Tus (hasta el

balneario de Tus) 38,20 23,34 ES0701010701

Río Tus aguas arriba del

Balneario de Tus 23,34 Muy Bueno S-2 Arroyo de Los

Collados/Escudero 9,50 3,99 ES0701010801 Arroyo Collados 3,99 Muy Bueno S-3 Río Zumeta (hasta la

cola del embalse de La Novia)

38,19 36,06 ES0701010401

Río Zumeta desde su cabecera hasta confluencia con río Segura

68,12 Muy Bueno

S-4 Arroyo de Los Endrinales y de Las Hoyas-subsidiarios del río

Bogarra (hasta Los Batanes del Puerto)

22,61 13,22 ES0701011401

Río Bogarra hasta confluencia con el río

Mundo

46,82 Muy Bueno

S-5 Arroyo de La Espinea 10,15 6,58 ES0701010601 Arroyo de la Espinea 6,58 Muy Bueno

S-6 Arroyo del Puerto/

Bravo 8,75 4,32 ES0701010702

Río Tus desde Balneario de Tus hasta embalse de

la Fuensanta

TRAMO PROPUESTO RESERVA NATURAL FLUVIAL Long. tramo propuesto (Km) Long. tramo propuesto en Masa de agua (Km)

Masa de agua coincidente con el tramo

propuesto Evaluación

Estado Global PHDS

2015/21 Cod. Masa Nombre Masa

Long. Masa (Km)

S-7 Río Chícamo (hasta la extracción de recursos

hacia El Partidor)

9,37 5,05 ES0701012601 Río Chícamo aguas arriba

del partidor 6,53 Bueno

Por tanto son un total de ocho los tramos fluviales propuestos para su declaración como reservas naturales fluviales en la DHS.

Tabla 22. Tramos fluviales propuestos para su declaración como reservas naturales fluviales en la DHS

Cod. Zona

Protegida Nombre Reserva Natural Fluvial

Long. (Km)

0709100001 Río Segura desde cabecera hasta Embalse de Anchuricas 47,8 0709100002 Río Tus (hasta el balneario de Tus) 38,20 0709100003 Arroyo de Los Collados/Escudero 9,50 0709100004 Río Zumeta (hasta la cola del embalse de La Novia) 38,19 0709100005 Arroyo de Los Endrinales y de Las Hoyas-subsidiarios del río Bogarra

(hasta Los Batanes del Puerto) 22,61

0709100006 Arroyo de La Espinea 10,15

0709100007 Arroyo del Puerto/ Bravo 8,75

0709100008 Río Chícamo (hasta la extracción de recursos hacia El Partidor) 9,37

En la siguiente figura se identifica la masa de agua propuesta en el PHDS 2009/15 para su declaración como Reserva Natural Fluvial así como los nuevos tramos fluviales identificados en este nuevo ciclo de planificación.

Figura 13. Tramos fluviales propuestos para su declaración como reservas naturales fluviales en la DHS