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RESOLUCION MINISTERIAL Nº 159-2010 VIVIENDA

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Sistema Peruano de Información Jurídica Máquina Collaretera (Cabezal,

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 159-2010 VIVIENDA

Lima, 23 de setiembre de 2010.

VISTOS:

El Informe Nº 53-2010/VIVIENDA-OGA-PRA de la Oficina General de Administración; el Informe Técnico Legal Nº 044-2010/VIVIENDA-OGA-UA-PAT del Área de Control Patrimonial; el Memorándum Nº 653-2010 -VIVIENDA -VMCS-DNC de la Dirección Nacional de Construcción; y, los Oficios Nºs. 284 y 294-2009-MDEA de la Municipalidad Distrital de El Algarrobal, y;

CONSIDERANDO:

Que, en virtud del Decreto de Urgencia Nº 111-96, el Ministerio de la Presidencia adquirió diversas maquinarias para la industria del calzado, de confección y de tejido, con la finalidad de lograr el mejoramiento económico de la población otorgándole los instrumentos y equipos que permitan la creación y transferencia de tecnología apropiada para contribuir al mejoramiento de sus niveles de ingreso, con el objeto de erradicar la pobreza y la situación de marginación;

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 012-99-PRES, se aprobó el Programa de Equipamiento Básico Municipal, en adelante PREBAM, con el objeto de establecer los mecanismos de financiamiento y posibilitar al Ministerio de la Presidencia la compra masiva de maquinaria pesada, así como la venta a plazos de los mismos a favor de las Municipalidades Provinciales y

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Distritales del país, en especial de las que se encuentran en condición de pobreza y en zonas de frontera;

Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se transfirieron diversos órganos del Ministerio de la Presidencia, entre ellos, el PREBAM al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;

Que, mediante la Resolución de Secretaría General Nº 016-2003-VIVIENDA/SG, se aprobó la “Directiva para el procedimiento administrativo respecto de los actos de disposición de bienes muebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para ser transferidos”, en adelante la Directiva, la cual tiene por objeto establecer los procedimientos y lineamientos necesarios, que permitan efectuar la transferencia de los bienes muebles no patrimoniales, asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a través de la asunción de los activos del Ministerio de la Presidencia o mediante normas especiales, con la finalidad de transferirlos a las entidades públicas o privadas, en aplicación de las normas que dispusieron su adquisición y en concordancia con los objetivos de este Ministerio;

Que, con Decreto Supremo Nº 026-2005-VIVIENDA, se dispuso que el PREBAM se encuentre dentro el ámbito de la Dirección Nacional de Construcción del Viceministerio de Construcción y Saneamiento. Asimismo, se estableció en el artículo 4 del referido Decreto Supremo, que el PREBAM continuará con la evaluación de las solicitudes de donación de equipos que se realice al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para la formación de maquicentros en las Municipalidades, Centros Educativos y demás Organizaciones Sociales;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 056-2007-EF se aprobó la fusión por absorción del PREBAM a cargo de la función de adquisición de maquinaria y equipo, con el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, teniendo este último la calidad de ente incorporante, disponiéndose que las actividades y funciones que no resulten específicamente transferidas del PREBAM al CONSUCODE, se mantienen transitoriamente a cargo del Viceministerio de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;

Que, con los Oficios Nº 284 y 294-2009-MDEA, la Municipalidad Distrital de El Algarrobal, de la Provincia de Ilo, del Departamento de Moquegua, solicitó la transferencia a título gratuito de las maquinarias para los módulos de confecciones y de calzado, valorizadas en S/. 17 721.76 (Diecisiete Mil Setecientos Veintiuno y 76/100 Nuevos Soles), que le fueron entregadas por el Ministerio de la Presidencia, mediante el Acta de Entrega - Recepción Nº 014-2002 de fecha 18 de mayo de 2002;

Que, mediante el Memorándum Nº 653-2010-VIVIENDA-VMCS -DNC, la Dirección Nacional de Construcción manifiesta que, la Municipalidad Distrital de El Algarrobal cumple con la documentación señalada en el artículo 12 de la Directiva, consistente entre otros, en: i) Solicitud de transferencia de bienes muebles a título gratuito; ii) Acta de entrega de recepción Nº 014-2002 de fecha 18 de mayo de 2002; iii) Autorización de entrega Nº 015 del 17 de mayo de 2002; por lo cual recomienda continuar con el trámite de regularización de la donación solicitada;

Que, el artículo 4 de la Directiva, señala que los bienes muebles asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en mérito a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 017-2002 -PRES, y disposiciones legales concordantes cuyo destino sea la transferencia a otras entidades públicas o privadas tienen la calidad de bienes no patrimoniales, por lo cual no son objeto de incorporación en su registro patrimonial;

Que, mediante el Informe Técnico Legal Nº 044-2010/VIVIENDA-OGA-UA-PAT del 23 de agosto de 2010, el Área de Control Patrimonial, manifiesta que de conformidad con lo indicado en el Memorándum Nº 653-2010-VIVIENDA-VMCS-DNC, concordante con lo dispuesto en el artículo

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13 de la Directiva, resulta procedente aprobar la donación solicitada mediante Resolución Ministerial;

Que, de conformidad con lo establecido en la Disposición Final de la Directiva, la presente Resolución deberá ser notificada según los términos establecidos por Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;

Que, atendiendo a lo expuesto, resulta procedente aprobar la Transferencia bajo la modalidad de Donación de las Maquinarias para Confección Textil y para la Industria de Cuero, que se detalla en el Anexo de la presente Resolución, por un valor ascendente a S/. 17 721.76 (Diecisiete Mil Setecientos Veintiuno y 76/100 Nuevos Soles) a favor de la Municipalidad Distrital de El Algarrobal;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Transferencia bajo la modalidad de Donación, de los bienes

muebles cuyas características se detallan en el Anexo que forma parte de la presente Resolución, valorizados en S/. 17 721.76 (Diecisiete Mil Setecientos Veintiuno y 76/100 Nuevos Soles), a favor de la Municipalidad Distrital de El Algarrobal, de la Provincia de Ilo, del Departamento de Moquegua.

Artículo 2.- La Dirección Nacional de Construcción será el órgano responsable de

supervisar las acciones de instalación de las maquinarias, materia de la donación a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución.

Artículo 3.- Notificar la presente Resolución Ministerial a la Superintendencia Nacional de

Bienes Estatales y a la Contraloría General de la República.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN SARMIENTO SOTO

Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

ANEXO 1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL EL ALGARROBAL-ILO-MOQUEGUA

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