• No se han encontrado resultados

Responsabilidades del Estado para la educación superior.

U NIVERSIDAD Y S OCIEDAD C IVIL.

5.2. Universidad en el campo de la acción estatal

5.2.1. Responsabilidades del Estado para la educación superior.

Siguiendo a Brunner, y a Lemaitre, en la tabla 19 se pueden identificar los principales problemas del Estado que parecen afectar la interacción de este con las instituciones de educación superior y que dentro de una generalidad, se listan como sigue:

 Creciente confusión en cuanto al rol del Estado y de las instituciones de educación superior que tienen baja capacidad de ajuste a los nuevos escenarios políticos y contextos de cambios estructurales.

 Dificultades para entender las diversas modalidades de gobernabilidad del sistema de educación superior, especialmente en lo que se refiere a las formas de coordinación y regulación.

 Desajustes de las modalidades de políticas e instrumentos de financiamiento a las instituciones, que muchas veces ponen de relieve incentivos perversos cuando se producen efectos disfuncionales y no anticipados de dichas políticas e instrumentos.

 Asimetrías y carencias de información sistémica que impiden la compatibilización de las lógicas de competencia y cooperación entre las instituciones de educación superior.

 Tensión política entre una cierta nostalgia por el pasado y una paralización, no siempre explícita, frente a los riesgos del futuro (Brunner, 2010).

Tabla 19

Responsabilidades del Estado con la educación superior.

Motivos de la responsabilidad del Estado para la educación superior

Bien Público Tiene un fuerte componente público en cuanto a que sus beneficios son apropiados para la sociedad o para terceros.

En las distintas actividades de educación superior hay beneficios públicos y privados, pero cada vez se hace ineludible reconocer el componente público.

El discurso preminente a partir de los años ochenta privilegia los beneficios privados pero tienen a su vez impacto público.

Las actividades como la asistencia técnica, consultoría, capacitación a empresas o personas tienen más características de bienes privados pero comprometen la credibilidad hacia la sociedad y eso los hace públicos.

Bien Meritorio Estos son bienes que la sociedad privilegia, como la promoción y desarrollo artístico, creaciones culturales a manera de museos, orquestas, exposiciones.

Estos valoran y refuerzan los valores asociados a la antropología y a la cultura a la nación. Bien retributivo

y equidad

Promueven la igualdad de oportunidades, asegurando que ningún estudiante quede fuera de esa oportunidad.

Aquí hay un rol central que le compete al Estado que debe asumirlo a manera de apoyos, becas, programas, aun cuando el beneficio directo de primera mano sea el estudiante, también será la sociedad, esto no invalida lo que las instituciones privadas hacen al respecto, sólo que para ellas es una opción mientras que para el Estado es una obligación. Regulador del

Sector

La educación superior es un lugar donde las asimetrías de información son particularmente significativas. Corresponde al Estado, mediante diversas medidas, reducirlas y promover el acceso a estudiantes y sus familias y el medio en general a la información pertinente.

La regulación de los programas curriculares y las equivalencias entre las instituciones. La regulación de recursos para que las instituciones financien programas, actividades, investigaciones y congresos.

Fuente: Elaboración propia con información de Lemaitre y Duran (2013: 60).

La universidad también debe su existencia al mundo político con funciones propias de una institución autónoma para con la sociedad que la acoge, en la que predomina la voluntad fundamental de que, en ésta, se busque la evolución del conocimiento hasta sus últimas consecuencias y alcances. En un ideal marcado por Jaspers, dice que en la universidad “deben vivir personas sin ninguna responsabilidad política diaria, pues tienen la responsabilidad única e ilimitada de hacerse de la verdad. Es un espacio fuera del mundo de la acción pero penetrado por las realidades de ese mundo, allí la cercanía con la realidad no

es a través del obrar, sino del conocer” (Jaspers, 2013 [1943]: 191-192). Exigencia o ideal que lleva a considerar la razón detrás de ello, donde se supone que, sin la responsabilidad política, al menos en sus gestores, no habría o disminuirían considerablemente los conflictos de interés, en donde no se descuidarían en esencia los motivos que conllevan a que el Estado no se desmarque de las responsabilidades para con la educación superior señaladas por Lemaitre y Duran.

Por la parte del derecho, en la esfera pública se ha instalado la idea de la educación como un derecho social fundamental, lo que implicaría dejar de tratar a la educación como bien de consumo, como ese bien que se encuentra en el mercado y que solo está disponible para los que pueden pagarlo. Un derecho es algo a lo que se accede por la mera condición de ser ciudadano -miembro de una comunidad política-. Llevar a cabo el principio del derecho exige un fortalecimiento en los roles del Estado como protagonista en la provisión de servicios educativos, en el financiamiento y en la estricta fiscalización del sistema (León, 2014: 111), por lo que la educación pública -la estatal- debería fijar los estándares de calidad y tener presencia relevante en la matrícula del sistema. Esto es lo que como mínimo el sistema educativo debería de estar en condiciones de realizar. Bajo principios de igualdad y equidad, debe promover la integración e inclusión social en todos los niveles. Las universidades estatales por lo regular, son instituciones públicas regidas por estatutos orgánicos y administrativos que permean todo el sector público. Pueden fijar reglamentos particulares dentro de las normas que se enmarquen en las reglas generales que se aplican a todo sector público, a diferencia de las universidades privadas que pueden operar en un contexto de flexibilidad. Las universidades públicas están regidas por leyes del sector público que dependen, por lo regular, de la supervisión de una contraloría general (Zolezzi y de los Ríos 2008: 387).

Outline

Documento similar