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SENTENCIA MUERTE PRESUNTA

MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL, AL PUBLICO EN GENERAL PARA EFECTOS DE LEY.

AVISA: Que en las DILIGENCIAS DE MUERTE PRESUNTA, del DOCTOR RENE POMPILIO VASQUEZ GIL, promovidas inicialmente por la señora DORA EDITH ESCOTO, en calidad de Representante Legal de la menor RENATA MERCEDES VASQUEZ ESCOTO, como hija natural del Doctor RENE POMPILLO VASQUEZ GIL, continuadas por el Abogado GILBERTO LEONEL CASTILLO, como Apoderado de la señora ROSA MARIA ANTONIETA VASQUEZ GIL DE CHAVEZ, conocida por MARIA ANTONIETA VASQUEZ DE CHAVEZ, a fi n de que se le conceda la posesión defi nitiva de los bienes del Doctor VASQUEZ GIL por ser heredera Instituida, y que según fallo de la Sentencia pro-nunciada a las doce horas del día veintidós de abril del presente año, se ha declarado que el Doctor RENE POMPILIO VASQUEZ GIL murió presuntivamente el día dieciocho de enero de mil novecientos ochenta y cuatro, siendo su último domicilio la Ciudad de San Salvador, por medio de la cual se ha concedido, la posesión Defi nitiva de sus bienes a la señora ROSA MARIA ANTONIETA VASQUEZ GIL DE CHAVEZ, conocida por MARIA ANTONIETA VASQUEZ DE CHAVEZ, en concepto de Heredera Testamentaria.

Publíquese por tres veces consecutivas esta Sentencia en el Diario Ofi cial.

Librado en el Juzgado Primero de lo Civil; San Salvador, a las nueve horas y treinta minutos del día diez de Junio del año dos mil cinco. MARIO AGUILAR MOLINA, JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL. Licda. CONCEPCION PALMA CRUZ, SECRETARIA.

3 v. c. No. R001292-1

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DE SEGUNDA PUBLICACIÓN

ACEPTACION DE HERENCIA

EL INFRASCRITO JUEZ, Al público, para los efectos de Ley HACE SABER: Que por resolución de las doce horas y veintidós minutos del día treinta y uno de mayo del corriente año, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario en la herencia intestada que dejó al fallecer el señor GUILLERMO ELIAS AGUILAR o GUILLERMO ELIAS AGUILAR VELASCO, el día veintisiete de enero del año dos mil cuatro en Barrio San José de la Villa de San Agustín, lugar de su último domicilio, de parte de la señora SANTOS ZELAYA GONZALEZ o SANTOS ZELAYA GONZALEZ DE AGUILAR, en calidad de esposa sobreviviente del causante.

Confi éresele a la aceptante la administración y representación interina de la sucesión intestada con las facultades y restricciones de Ley.

Fíjese y publíquese los edictos correspondientes, citando a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término que ordena la Ley.-

Librado en el Juzgado de Primera Instancia; Jiquilisco, a los dos días del mes de junio del año dos mil cinco.- Lic. MANUEL DE JESUS SANTOS, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA. Licda. SILVIA YANETH MEJIA HERNANDEZ, SRIA.

3 v. alt. No. F009551-2

DR. JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL DE ESTE DIS-TRITO JUDICIAL

HACE SABER: Que por resolución de las once horas del día treinta de marzo del corriente año; se ha tenido por aceptada expresamente con benefi cio de inventario la herencia intestada que a su defunción ocurrida a las cuatro horas del día quince de mayo de mil novecientos noventa y nueve, en el Cantón El Durazno, jurisdicción de San Pedro Puxtla, su último domicilio, dejó el señor ANGEL FERNANDO MELGAR RUA-NO; de parte de los señores MARCEDONIA GONZALEZ VIUDA DE MELGAR, ANGEL MELGAR GONZALEZ, JULIO CESAR MELGAR GONZALEZ , MARTA MELGAR DE ARGUMEDO, ROSA ELVIRA MELGAR GONZALEZ, ELSA LILIAN MELGAR DE AGUILAR y ROSENDO MELGAR GONZALEZ ; y de los menores MEDARDO AN-TONIO MELGAR GONZALEZ, ROXANA MARGARITA MELGAR GONZALEZ Y DAVID EDIBERTO MELGAR GONZALEZ; la primera en su calidad de cónyuge sobreviviente y los demás como hijos del causante; y a quienes se han nombrado interinamente representantes y administradores de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente, la que ejercerán los menores aceptantes por medio de su representante legal señora MARCEDONIA GONZALEZ VIUDA DE MELGAR.

Lo que se pone en conocimiento del público, para los fi nes de Ley.

Juzgado de lo Civil: Ahuachapán, a las nueve horas del día veintisiete de mayo del año dos mil cuatro. Dr. JULIO CESAR FLORES, JUEZ DE LO CIVIL. INOCENTE GRANILLO CASTELLON, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F009679-2

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL DEL DISTRITO JUDICIAL DE SAN SALVADOR.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las nueve horas treinta minutos del día dieciséis de junio de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte del señor PEDRO MARTINEZ PEREZ, la Herencia Intestada que a su defunción defi rió el causante HIPOLITO MARTINEZ RAMIREZ, quien falleció en jurisdicción de Panchimalco departamento de San Salvador, el día veinte de marzo de mil novecientos setenta y cinco, siendo éste último domicilio, en concepto de hijo del de cujus.

Confi érase al aceptante la administración y representación interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones legales. Y CITA: a los que se crean con mejor derecho a la herencia referida para que se presenten en el término de Ley, a hacer uso de sus derechos en la sucesión.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las diez horas cinco minutos del día treinta de junio de dos mil cinco. Dr. DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL. Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F009713-2

Licenciado JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, Juez Segun-do de Primera Instancia de este Distrito Judicial. Al público para los efectos de ley

HACE SABER: Que por resolución dictada a las doce horas y cincuenta minutos del día veintiocho de Junio del dos mil cinco. SE HA TENIDO POR ACEPTADA EXPRESAMENTE Y CON BENEFICIO DE INVENTARIO, LA HERENCIA INTESTADA que a su defunción dejó el señor TOMAS PEREZ, conocido por TOMAS PEREZ SÁNCHEZ y por TOMAS SÁNCHEZ PEREZ; de parte de las señoras MARIA RICARDA SÁNCHEZ, MARIA PAULA SÁNCHEZ conocida por ANTONIA SÁNCHEZ conocida por ANTONIA SANCHEZ y MA-RIA PAULA SANCHEZ HOY DE RUIZ.- El señor TOMAS PEREZ, conocido por TOMAS PEREZ SÁNCHEZ y por TOMAS SÁNCHEZ PEREZ, a la fecha de su fallecimiento era de setenta y dos años de edad, jornalero, originario de Yoloaiquín, hijo de Paula Pérez, de nacionalidad Salvadoreña; FALLECIO el día nueve de Julio de mil novecientos no-venta y tres, en la población de Yoloaiquín, siendo este lugar su último domicilio. Se les Confi rió a las aceptantes antes mencionadas y en la forma establecida LA ADMINISTRACION Y REPRESENTACION INTERINA de la sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia Yacente.

Se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este aviso.

Librado en el Juzgado Segundo de Primera Instancia; San Fran-cisco Gotera, a las nueve horas del día treinta de junio del dos mil cin-co. Lic. JORGE ALBERTO GUZMAN URQUILLA, JUEZ 2º DE 1ª INSTANCIA. Licda. ROSA ERMELINDA GUTIERREZ SANCHEZ, SECRETARIA. 3 v. alt. No. F009715-2

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DIARIO OFICIAL. - San Salvador, 13 de Julio de 2005.

JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL DE MEJI-CANOS, AL PÚBLICO PARA LOS EFECTOS DE LEY

HACE SABER: Que por resolución de las nueve horas y veinte minutos del día diecinueve de abril del presente año, se tuvo por acep-tada expresamente la herencia Intesacep-tada y con benefi cio de inventario de los bienes que a su defunción dejó la causante señora ASUNCION SANTOS conocida por SILVESTRE SANTOS y por ASUNCION SANTOS GARCIA, quien falleció a las tres horas y treinta minutos del día treinta y uno de mayo de dos mil tres, en Reparto San Ramón, pasaje diecinueve, casa número veintiuno, Soyapango, siendo Mejicanos su último domicilio, de parte de la señora FILOMENA SANTOS DE PALACIOS, en su concepto de hija de la causante.-

Se confi rió además a la aceptante en el carácter antes indicado la Administración y Representación interina de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente.-

Y CITA: A todas las personas que se crean con derecho a la referida herencia, para que se presenten a este Juzgado a deducirlo dentro del término de quince días contados a partir de la última publicación del presente Edicto.-

Librado en el Juzgado de lo Civil: Mejicanos, a las once horas y diez minutos del día diecinueve de abril dos mil cinco.-Lic. JOSE HUGO ESCALANTE NUÑEZ, JUEZ DE LO CIVIL.- Lic. JORGE ALBERTO GONZALEZ MENDEZ, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F009720-2

DARIO VILLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Que por resolución pronunciada a las nueve horas del día veintiocho de junio de dos mil cinco, se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario de parte de los señores ANA MARICEL DE JESUS GUERRERO GARAY y ALAN RICARDO GUE-RRERO GARAY, la herencia TESTAMENTARIA que a su defunción ocurrida el día uno de febrero de dos mil cinco, en esta ciudad, siendo esta ciudad su último domicilio, dejó la causante señora ANA MARIZEL AYALA GARAY conocida por ANA MARIZEL AYALA GARAY DE GUERRERO, ANA MARICEL GARAY AYALA y por ANA MARI-ZEL GARAY AYALA, en calidad de herederos testamentarios de la causante. Confi érase a los aceptantes la administración y representación interina de los bienes de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Y CITA: A los que se crean con

derecho a la expresada herencia, para que se presenten a deducirlo en el término de quince días contados a partir del siguiente al de la tercera publicación de este Edicto.

Librado en el Juzgado Cuarto de lo Civil: San Salvador, a las doce horas del día treinta de junio de dos mil cinco. Dr. DARIO VILLLALTA BALDOVINOS, JUEZ CUARTO DE LO CIVIL.- Lic. VICTORINO ALEXANDER PERAZA, SECRETARIO.

3 v. alt. No. F009740-2

JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL DEL DIS-TRITO JUDICIAL DE METAPAN,

HACE SABER: Que por resolución proveída por este Juzgado a las quince horas con diez minutos del día diecisiete de junio del dos mil cinco; se ha tenido por aceptada expresamente y con benefi cio de inven-tario la herencia intestada dejada por el causante MANUEL ANTONIO MARTINEZ, quien fue de cincuenta y dos años de edad, agricultor, falle-cido el día dos de marzo de mil novecientos setenta y ocho, siendo esta ciudad su último domicilio; por parte del señor ROBERTO MARTINEZ MARTINEZ, en calidad de hijo sobreviviente del referido causante; en consecuencia se le ha conferido a dicho aceptante la administración y representación INTERINA de la sucesión con las facultades y restric-ciones que la Ley confi ere a los curadores de la herencia yacente. Se cita a las personas que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Juzgado a deducirlo en el término de Quince días contados desde el siguiente a la tercera publicación de este edicto.- Librado en el Juzgado de lo Civil: Metapán, a las ocho horas con veinte minutos del día treinta de junio del dos mil cinco.- Lic. JOSE HERNAN PALACIOS LIMA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARIA LETICIA FIGUEROA FIGUEROA,

SECRETARIO.-3 v. alt. No. F009782-2

LIC. ANGEL ALBINO ALVARENGA; Juez de lo Civil de este Distrito Judicial, al público para los efectos de Ley,

HACE SABER: Que por resolución de este Juzgado, a las nueve horas del día veintitrés de Junio de dos mil cinco. Se tuvo por aceptada expresamente y con benefi cio de inventario la herencia intestada que al fallecer el día veintiocho de Marzo de mil novecientos ochenta y cuatro,

DIARIO

OFICIAL

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PARA

CONSULTA

NO

TIENE

VALIDEZ

LEGAL

siendo el Barrio Nuevo de la Villa de Polorós de este Distrito, Departamento de La Unión, su último domicilio dejó la causante MAXIMA GARCIA, conocida por MAXIMINA GARCIA, y por MAXIMA GARCIA DE ZAVALA, de parte de la señora Santiaga García de Zavala, conocida por Santiaga García Zavala, por María Santiago Zavala García, por Santiaga García y por Santiaga García Zavala de Zavala, en concepto de hija de la referida causante, de conformidad con el Artículo 988 numeral Primero del Código Civil. Se le confi ere a la aceptante en el carácter dicho la administración y representación INTERINA de los bienes de la indicada Sucesión, con las facultades y restricciones de los curadores de la herencia yacente. Extiéndase para sus publicaciones los edictos respectivos.

Librado en el Juzgado de lo Civil; Santa Rosa de Lima, a los veinti-cuatro de Junio de dos mil cinco.- Lic. ANGEL ALBINO ALVARENGA, JUEZ DE LO CIVIL.- Licda. MARINA CONCEPCION MARTINEZ,

SECRETARIA.-3 v. alt. No. R0012SECRETARIA.-31-2

JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL DE ESTE DISTRITO JUDICIAL.

HACE SABER: Al público para efectos de ley, que por resolución de este Juzgado a las ocho horas del día tres de Junio de dos mil cinco. Se ha tenido por aceptada expresamente y con Benefi cio de Inventario de parte de la menor ANDREINA BARRIENTOS SALAZAR la herencia intestada que a su defunción dejó la causante señora ROSA IRMA SALAZAR DE BARRIENTOS, quien falleció en esta ciudad, el día dieciocho de septiembre de dos mil dos, siendo esta ciudad su último domicilio, aceptación que hace en su calidad de nieta de la referida causante. Y se ha conferido a la heredera declarada la administración y representación interinas de la sucesión con las facultades y restricciones de los curadores de la Herencia yacente.

Por lo anterior se cita a los que se crean con derecho a la herencia para que se presenten a este Tribunal a deducirlo en el término de quince días contados a partir desde el siguiente a la tercera publicación del presente edicto.

LIBRADO EN EL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL: SAN SALVADOR, a las diez horas del día siete de junio de dos mil cinco. Lic. JOSE MARIA ESTRADA ALVAREZ, JUEZ SEGUNDO DE LO CIVIL.- Lic. TATIANA VILMA MERCEDES CACERES DE ALAS,

SECRETARIA.-3 v. alt. No. R001246-2

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