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SERVICIO DE VIGILANCIA DE LA CONDUCTA DE LOS SERVIDORES

4. FICHAS DE SERVICIOS DE LAS AREAS MISIONALES DE LA PERSONERIA

4.6. SERVICIO DE VIGILANCIA DE LA CONDUCTA DE LOS SERVIDORES

4.6.1. Proceso: Gestión De Vigilancia A La Conducta Oficial 4.6.2. Área: Área De Vigilancia A La Conducta Oficial

4.6.3. Dependencia: Personería Delegada en Vigilancia

Administrativa

4.6.4. Nombre del servicio: Vigilancia de la conducta de los servidores públicos

Objeto: Determinar las actividades que deben cumplirse y sus responsables con el fin de garantizar una adecuada respuesta y gestión a las solicitudes de servicios de De Vigilancia A La Conducta Oficial en asuntos relacionados con vigilancia administrativa en los servidores públicos.

Alcance: El procedimiento inicia con la radicación de la solicitud, por parte del interesado y relacionada al área de Vigilancia A La Conducta Oficial, continuando con el estudio, recolección de información, revisión de normatividad, elaboración de respuesta, revisión por parte del personero delegado en Vigilancia Administrativa; finalizando con la notificación del mismo.

4.6.5. Actividades:

Esta área es la Encargada de Iniciar e instruir los procesos disciplinarios correspondientes en el Distrito de Cartagena cuando se presuma la comisión de una infracción al régimen único disciplinario.

También Da estricto cumplimiento a los términos y procedimientos que exige la ley disciplinaria.

Vigilar para que la celebración de los contratos administrativos se realice dentro de las reglas y principios que rigen la administración pública.

la cual prestará los siguientes servicios:

• Iniciar e instruir los procesos disciplinarios correspondientes en el Distrito de Cartagena cuando se presuma la comisión de una infracción al régimen único disciplinario.

• Practicar visitas ordinarias y extraordinarias en las diferentes oficinas del orden distrital, sobre las cuales se ejerce vigilancia.

• Dar estricto cumplimiento a los términos y procedimientos que exige la ley disciplinaria.

• Vigilar para que la celebración de los contratos administrativos se realice dentro de las reglas y principios que rigen la administración pública.

• Responder los derechos de petición, solicitud de información, consulta, quejas delegadas por el Personero(a) Distrital.

• Revisar el cumplimiento de las normas de contratación, cuando se produzcan fenómenos que alteren el equilibrio económico y financiero del contrato en las entidades estatales.

4.6.6. Oficina donde se realiza el trámite o servicio.

Oficina de personería Delegada en vigilancia administrativa

4.6.7. Dirección donde se realiza el

trámite o servicio: Centro Calle del Candilejo No. 33-35 Teléfono: 6642231- Ext 105

Disponible en línea: No Si x

Horario de atención:

De lunes a viernes desde las 7:00 a.m. hasta las 4:00 p.m.

4.6.8. Requisitos:

Dependiendo del trámite, se deberá Solicitar el servicio requerido en las Oficinas correspondientes de la Personería Distrital de Cartagena de Indias

-Verbal personal, llamada telefónica, medio magnético, solicitud escrita.

4.6.9. Documentos que obtienen al final

del trámite o servicio: Documento Jurídico o acto administrativo correspondiente.

4.6.10. Tiempo de respuesta: Quince (15) días hábiles.

4.6.11. Costo: No x ¿Cuánto? Servicio Gratuito.

4.6.12. Vigencia: No aplica

4.6.13. Pasos del servicio:

1. Se atiende la solicitud Verbal, escrita o en línea por medio de la página de la personería en la pestaña Tramítelo usted mismo.

2. dependiendo del trámite se remitirá al funcionario correspondiente que llevará el proceso. 3. se realizarán las acciones legales correspondientes, según lo establezca la norma legal vigente.

4. se hará acompañamiento y asistencia hasta la finalización del proceso, dentro de las competencias de la personería distrital.

5. se emitirá el acto administrativo correspondiente, el cual se deberá notificar al interesado dando por concluido el proceso.

6. cerrado el proceso, se archivará.

Nota: en caso que el trámite lo amerite, se establecerán fechas y acciones de seguimiento, lo que quedará consignado en el acto administrativo final.

4.6.14. Funciones:

Vigilar, controlar y sancionar las actuaciones de los servidores públicos (Ley 734 de 2002 y Ley 1474 de 2011) en las entidades públicas del orden municipal y entidades descentralizadas del distrito de Cartagena.

Realizar las actuaciones disciplinarias que requieran las entidades a nivel nacional, departamental, municipal por subcomisión del Personero del distrito de Cartagena.

Verificar que las entidades del orden distrital cumplan las disposiciones legales y/o reglamentarias sobre contratación estatal y los manuales de la contratación.

Verificar que las oficinas de Control Interno Disciplinario del orden municipal y de las entidades descentralizadas estén cumpliendo con lo dispuesto para el efecto, en la Ley 734 de 2002 y la Ley 1474 de 2001.

Iniciar e impulsar los procesos disciplinarios de competencia de la Personería Distrital.

Asegurar la eficiencia administrativa, la moralidad, la imparcialidad, y la legalidad de las actuaciones de los servidores públicos del orden municipal, dando aplicación a la ley 734 de 2002, Código único Disciplinario, cuando a ello hubiere lugar consecuencia de haber incurrido en falta disciplinaria.

4.7. SERVICIO DE PREVENCIÓN Y CONTROL A LA GESTIÓN PÚBLICA

4.7.1. Proceso: Gestión De Promoción Y Protección A Los Derechos Humanos

4.7.2. Área: Área De Derechos Humanos

4.7.3. Dependencia: Personería Delegada De Derechos Humanos 4.7.4. Nombre del servicio: Prevención y Control a la Gestión Pública

Objeto: Determinar las actividades que deben cumplirse y sus responsables con el fin de garantizar una adecuada respuesta y gestión a las solicitudes de servicios Prevención y Control a la Gestión Pública en asuntos relacionados con vigilancia de Derechos Humanos. Alcance: El procedimiento inicia con la radicación de la solicitud, por parte del interesado y relacionada al área de Derechos Humanos, continuando con el estudio, recolección de información, revisión de normatividad, elaboración de respuesta, revisión por parte del personero delegado en Derechos Humanos; finalizando con la notificación del mismo.

4.7.5. Actividades:

Esta área es la Encargada de Iniciar e instruir los procesos disciplinarios correspondientes en el Distrito de Cartagena cuando se presuma la comisión de una infracción al régimen único disciplinario o violación de los derechos humanos.

También Da estricto cumplimiento a los términos y procedimientos que exige la ley disciplinaria.

la cual prestará los siguientes servicios:

• Formular las Políticas y planes para el ejercicio de los temas propios de cada una de las Delegadas adscritas a su Despacho.

• Establecer las directrices para el correcto procedimiento en los asuntos de su competencia en cada una de las Delegadas.

• Vigilar que las Personerías Delegadas adscritas a su Despacho realicen los procedimientos establecidos para el ejercicio de sus funciones con la finalidad de dar cumplimiento a las metas institucionales.

• Dirigir la elaboración de los diferentes informes que se deben presentar interna y externamente sobre los temas que conoce cada Delegada.

4.7.6. Oficina donde se realiza el

trámite o servicio. Oficina de personería Delegada en vigilancia administrativa 4.7.7. Dirección donde se realiza el

trámite o servicio: Centro Calle del Candilejo No. 33-35

Teléfono: 6642231- Ext 105

Página Web: www.personeriacartagena.gov.co

Disponible en línea: No Si x

Horario de atención:

De lunes a viernes desde las 7:00 a.m. hasta las 4:00 p.m.

4.7.8. Requisitos:

Dependiendo del trámite, se deberá Solicitar el servicio requerido en las Oficinas correspondientes de la Personería Distrital de Cartagena de Indias

-Verbal personal, llamada telefónica, medio magnético, solicitud escrita.

4.7.9. Documentos que obtienen al final del trámite o servicio:

Documento Jurídico o acto administrativo correspondiente.

4.7.10. Tiempo de respuesta: Quince (15) días hábiles.

4.7.11. Costo: No x ¿Cuánto? Servicio Gratuito. 4.7.12. Vigencia: No aplica

4.7.13. Pasos del servicio:

1. Se atiende la solicitud Verbal, escrita o en línea por medio de la página de la personería en la pestaña Tramítelo usted mismo.

2. dependiendo del trámite se remitirá al funcionario correspondiente que llevará el proceso. 3. se realizarán las acciones legales correspondientes, según lo establezca la norma legal vigente.

4. se hará acompañamiento y asistencia hasta la finalización del proceso, dentro de las competencias de la personería distrital.

5. se emitirá el acto administrativo correspondiente, el cual se deberá notificar al interesado dando por concluido el proceso.

6. cerrado el proceso, se archivará.

Nota: en caso que el trámite lo amerite, se establecerán fechas y acciones de seguimiento, lo que quedará consignado en el acto administrativo final.

4.7.14. Funciones:

 Recibir las quejas y reclamos que cualquier persona o institución formule, referente a la violación de derechos humanos por parte de funcionarios del estado, o por particulares que realicen funciones públicas.

 Solicitar a los funcionarios de la rama judicial los informes necesarios, sobre los hechos investigados que se relacionen con la violación de los derechos humanos que se hubieren cometido en el distrito de Cartagena.

 Poner en conocimiento de las autoridades competentes los hechos, que a su juicio, implican situaciones irregulares, a fin de que sean corregidas o sancionadas por la administración.

 Responder los derechos de petición, solicitud de información, consulta, quejas delegadas por el Personero(a) Distrital.

 Brindarle atención y orientación a la población en situación de desplazamiento

 Coordinar con el Personero Delegado en lo Penal la verificación de la situación personal y jurídica de los internos en los establecimientos carcelarios Distritales, solicitando si es el caso a las autoridades competentes, las investigaciones a que haya lugar.

5. TRÁMITES DE LAS AREAS MISIONALES DE LA PERSONERIA DISTRITAL

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