• No se han encontrado resultados

SITUACIONES TIPO II.

In document MANUAL DE CONVIVENCIA IE ALFONSO MORA N (página 87-90)

RUTA DE ATENCIÓN INTEGRAL PARA LA CONVIVENCIA ESCOLAR

Artículo 87: SITUACIONES TIPO II.

Corresponden a este tipo las situaciones de agresión escolar, acoso escolar y ciberacoso que no revistan las características de la comisión de un delito o que causan daños al cuerpo o a la salud sin generar incapacidad alguna para cualquiera de los involucrados.

1. AGRESIÓN FÍSICA: toda acción que tenga como finalidad causar daño al cuerpo o a la salud de otra persona. Incluye puñetazos, patadas, empujones, cachetadas, mordiscos, rasguños, pellizcos, jalón de pelo, entre otras.

2. AGRESIÓN VERBAL: toda acción que busque con las palabras degradar, humillar, atemorizar, descalificar a otros. Incluye insultos, apodos ofensivos, burlas y amenazas.

3. AGRESIÓN GESTUAL: toda acción que busque con los gestos degradar, humillar, atemorizar o descalificar a otros.

4. AGRESIÓN RELACIONAL: toda acción que busque afectar negativamente las relaciones que otros tienen. Incluye excluir de grupos, aislar deliberadamente y difundir rumores o secretos buscando afectar negativamente el estatus o imagen que tiene la persona frente a otros.

5. AGRESIÓN ELECTRÓNICA: toda acción que busque afectar negativamente a otros a través de medios electrónicos. Incluye la divulgación de fotos o videos íntimos o humillantes en Internet, realizar comentarios insultantes u ofensivos sobre otros a través de redes sociales y enviar correos electrónicos o mensajes de texto insultantes u ofensivos, tanto de manera anónima como cuando se revela la identidad de quien los envía.

6. No Comunicar oportunamente a sus padres o acudientes la necesidad de presentarse a la institución por citación de educadores o directivos docentes.

7. Incumplir con las obligaciones estudiantiles e irse a otros sitios diferentes. 8. Ausentase o permanecer en el plantel sin autorización previa de las directivas. 9. Ingresar o salir de la institución por espacios diferentes a las puertas.

10. Alterar o falsificar boletines de calificaciones, registro de asistencia, certificados de estudios, fichas de seguimiento, firmas. etc., así como realizar fraudes en evaluaciones, trabajos, o dar falsos testimonios.

11. Negarse a participar o asistir a actividades comunitarias organizadas por el plantel.

12. Consumir, traficar, poseer y distribuir drogas, estupefacientes o yerbas con efectos alucinógenos, bebidas embriagantes, fumar o cualquier otra sustancia dañina para la vida humana o presentarse bajo los efectos de los mismos dentro de la institución.

13. Portar, mostrar o distribuir revistas, libros, películas, objetos audiovisuales, láminas pornográficas y objetos bélicos, música u objetos que contengan mensajes subliminales dentro de la Institución.

14. Realizar, promover o participar dentro de la institución en juegos de azar, dados, cartas, prácticas satánicas, rifas o negocios y la venta de boletas de cualquier tipo con los miembros de la comunidad educativa sin autorización previa de la rectoría.

15. Ejercer o propiciar cualquier género de violencia o irrespeto contra las personas o enseres de la institución dentro y a los alrededores de ella.

16. Sustraer o retener elementos que no sean de su propiedad. 17. Crear falsas alarmas que provoquen el pánico colectivo.

Artículo 88: PROTOCOLO DEL DEBIDO PROCESO PARA LA ATENCION DE SITUACIONES TIPO II

El director de grupo será el encargado de la atención en primera instancia de la situación de TIPO II que se presente.

1. Informar de manera inmediata a los padres, madres o acudientes de todos los estudiantes involucrados actuación de la cual se dejará constancia.

2. En casos de daño al cuerpo o a la salud, garantizar la atención inmediata en salud física y mental de los involucrados, mediante la remisión a las entidades competentes, actuación de la cual se dejará constancia.

3. Adoptar las medidas para proteger a los involucrados en la situación de posibles acciones en su contra, actuación de la cual se dejará constancia.

4. Generar espacios en los que las partes involucradas y los padres, madres o acudientes de los estudiantes, puedan exponer y precisar lo acontecido de forma escrita preservando en cualquier caso, el derecho a la intimidad, confidencialidad y demás derechos con el director de grupo.

5. Determinar las acciones restaurativas que busquen la reparación de los daños causados, el· restablecimiento de los derechos y la reconciliación dentro de un clima de relaciones constructivas en el establecimiento educativo; así como las consecuencias aplicables a quienes han promovido, contribuido o participado en la situación reportada queda constancia escrita.

6. Compromiso escrito por parte de cada uno de los involucrados, padres, madres y acudientes ante el director de grupo. O del estudiante adulto mayor de edad

7. Seguimiento a los compromisos por parte del director de grupo en un tiempo establecido. 8. Estas situaciones deben ser reportadas al comité escolar de convivencia por el director de

grupo con el debido proceso realizado para verificar si la solución fue efectiva.

9. Si reincide en la misma situación será remitido al comité escolar de convivencia por el director de grupo.

10. El presidente del comité escolar de convivencia informará a los demás integrantes de este comité, sobre la situación ocurrida y las medidas adoptadas.

11. El comité realizará el análisis y seguimiento, a fin de verificar si la solución fue efectiva o si se requiere acudir al protocolo tipo III.

12. El comité escolar de convivencia dejará constancia en acta de todo lo ocurrido y de las decisiones adoptadas, la cual será suscrita por todos los integrantes e intervinientes. .

13. El presidente del comité escolar de convivencia reportará la información del caso al aplicativo que para el efecto se haya implementado en el Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar.

14. .Cuando el comité escolar de convivencia adopte como acciones o medidas la remisión de la situación al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar para el restablecimiento de derechos, o al Sistema de Seguridad Social para la atención en salud integral, estas entidades cumplirán con lo dispuesto en el presente Decreto.1965 de 2013

15. PARAGRAFO: Estudiante con Diagnóstico que afecte su emocionalidad no se exime de responsabilidad de la falta de SITUACIONES TIPOII, porque con el se han tenido unas estrategias de apoyo de las cuales existe evidencia del proceso.

In document MANUAL DE CONVIVENCIA IE ALFONSO MORA N (página 87-90)

Documento similar