• No se han encontrado resultados

STATUS DE LAS OCUPACIONES PENAL Y JUDICIAL

V. ATRIBUCIONES PROFESIONALES Y CONTEXTO SOCIOPOLITICO Y JURIDICO.

5. STATUS DE LAS OCUPACIONES PENAL Y JUDICIAL

Para la definición del status de la ocupación judicial es evidente que los magistrados de las altas cortes constituyen un grupo de referencia, con el que se busca identificación. Entre las “personalidades” que preferirían los jueves

para que les impartieran capacitación están los magistrados con un apoyo del 90%, eso denota una identidad corporativa elevada.

En la sistematización de la teoría de los grupos de referencia, Merton anota

que “cuanto menor es la oportunidad de ascenso que ofrece una rama, más favorable tiende a ser la opinión sobre la oportunidad de ascenso”, lo cual actúa

incrementando la valoración de la posición y reduciendo la frustración cuando no se obtiene el logro. Todo eso implica un aprecio relevante por la pertenencia al grupo, así sea en un puesto inferior, eso solo se comprende entendiendo que esa situación es común a los demás integrantes de la judicatura de la misma o parecida ubicación burocrática, por lo que el grupo de referencia es el mismo al que se pertenece.

La definición de status se apoya en datos adicionales, los cuales además expresan una alta valoración de la profesión legal y dentro de ella, de la ocupación judicial.

La especialidad ocupacional del derecho penal posee características propias, tanto en la práctica como en lo atinente al status. Entre los ciudadanos comunes la especialidad penal es la más conocida12. Los operadores de esta

rama fueron identificados con las categorías de percepción de: sagacidad, defensor de mafiosos, es mafioso, egoísta e hipócrita.

El tema de la violencia contra los penalistas, en particular jueces y fiscales, debe examinarse con detenimiento. Aunque esa violencia podría interpretarse como reconocimiento social del sacrificio personal de muchos funcionarios públicos, como prueba fehaciente de su resistencia a la corrupción, esa no parece ser la tendencia, por injusto que parezca. Frente a la opinión pública deriva en atributos negativos, al interior de la profesión sólo la hace ver como una ocupación muy riesgosa y se dice que quienes pertenecen a esta rama tienen vocación de mártires, y entre ellos cunde la desmoralización y frustración, tan peligrosa es que a los que instigan casos de mayor riesgo como

narcotráfico o magnicidios, eran estimulados con beneficios salariales excepcionales. La violencia, aunque ha disminuido, no ha desaparecido.

Se ha indicado que el prestigio de las autoridades judiciales parece depender de los mecanismos de selección, formación y promoción dentro de la organización judicial. En Colombia se impuso, finalmente, un sistema de ingreso y ascenso a la estructura judicial por concurso de méritos. En todo caso la gran mayoría de los jueces actuales se vincularon a la administración de conformidad con sistemas de elección diferentes donde poco valían las virtudes; la opinión pública identifica a la administración de justicia con las cabezas de las altas cortes, donde definitivamente los criterios “objetivos” de

selección son mucho más tenues o inexistentes.

Hace muy poco algunas universidades y organizaciones no gubernamentales

instituyeron una “veeduría ciudadana”, para hacer seguimiento a la elección de

magistrados de las altas cortes, en un interesante ejercicio de participación ciudadana, aunque de ciertos grupos específicos. Su efecto fue la disminución del status de estos magistrados al poner en cuestión el proceso de selección del Consejo Superior de la Judicatura. Empero la situación más grave se verificó frente a las denuncias públicas que amenazaban la renovación de las cúpulas judiciales en el 2000, a través de costosos regalos, lo que generó un gran escándalo.

De allí que fuera desastrosa la imagen de los abogados, la de la justicia sea también pésima. En el 98 el 73% de la opinión pensaba que en Colombia no reinaba la justicia, el 94% que era muy lenta, el 80% que no castigaba a los delincuentes, el 90% que sancionaba a inocentes, y el 87% que no tocaba a poderosos. Debe acotarse que en la mayoría de países la imagen de la justicia suele ser baja.

Hay que recordar que ese imaginario social generalmente no corresponde a la realidad mesurable, y debe ser desmontada esa imagen.

Para el contexto estudiado, Toharia encuentra que la iconografía de la justicia inmersa en la cultura común de la población obedece a un entendimiento sobre la justicia que la cree subordinada al poder ejecutivo, y por tanto imposibilitada para defender a los ciudadanos frente al poder del Estado. Así mismo es difícil que las decisiones de la justicia puedan ser valoradas, cuando para el 50% de la gente que cree tener derecho, son adversas, y para el otro 50% a quienes les son favorables, no son cuestión de agradecimiento, pues finalmente tenían el derecho y la justicia solo ha hecho lo que le correspondía, aun cuando de manera lenta, con molestias y gastos.

El nivel de ingresos económicos de los operadores también afecta su status. La proliferación de facultades de derecho y aumento de numero de abogados hace pensar que habrá un descalabro en los ingresos de algunos segmentos de la profesión supeditados a leyes de oferta y demanda, aunque en realidad siempre han logrado mantener su nivel de vida y status.

El examen del sistema de status de la profesión indica una intensa estratificación y fragmentación profesional, que incide sobre las distribuciones de poder y prestigio, así como sobre la práctica del derecho.

SOCIOLOGIA. CAPITULO 8

 ANOTACIONES TEORICAS SOBRE LA PROFESION LEGAL

En este capítulo, Silva va a presentar la teoría estructural-funcionalista y le va a agregar unas críticas por diversos autores. Después añadirá puntos de vista desde una perspectiva integracionista de las teorías macrosociologicas (concentradas en el estudio de las estructuras sociales) y microsociologicas (especializadas en el examen de las acciones sociales).

Documento similar