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SISTEMA TRIBUTARIO EN ARGENTINA

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(1)

SISTEMA TRIBUTARIO EN

(2)

La recaudación tributaria como contracara del Gasto

Gasto

público

Distribución del

ingreso

Fallas de

mercado

Estabilización

económica

Financiamiento del Estado

Emisión

monetaria

Endeudamiento

Recursos

tributarios

Venta de

bienes y

servicios

(3)

Características deseables (y contradictorias) del sistema

tributarias

Eficiencia

Equidad

(4)

Determinantes de la recaudación tributaria

Legislación

tributaria

(objeto

del

gravamen;

hecho

imponible;

base

imponible; alícuotas; exenciones )

Normas de liquidación e ingreso de los

tributos

(procedimientos para el ingreso,

los medios de pago y los plazos de los

impuestos dictadas por la AT).

Incumplimiento

en el pago de las

obligaciones(en el período corriente)

o

Mora: obligaciones reconocidas en las

declaraciones juradas pero no abonadas en los

plazos establecidos

o

Evasión: ocultamiento total o parcial de los

conceptos económicos gravados

Factores diversos

(a corto plazo, planes

de facilidades de pago, correcciones en la

imputación, etc.)

Necesidades de la política fiscal

Preferencias de los funcionarios públicos

(ideológicas, políticas)

Variables económicas

(ciclo económico,

contexto internacional),

Variables

del

mercado

de

crédito

(influyen en la situación financiera de los

contribuyentes e impactan en la mora y

la evasión)

Evaluación de

costos-beneficios de la

evasión

Costos:

probabilidad

de

ser

detectados,

penalidades

Beneficios:

mayor

rentabilidad,

mayores

ingresos, subsistencia de la actividad

(5)

Fuente: Dirección Nacional de Análisis Fiscal

20.6% 20.8% 21.3% 22.5% 23.7% 24.7% 24.9% 25.0% 26.0% 25.9% 25.9%

26.6% 26.0% 3.7% 3.8% 3.8% 3.8% 4.0%

4.2% 4.1% 4.3% 4.6% 5.2% 5.3% 5.4% 5.2%

24.3% 24.5% 25.1% 26.4%

27.6% 28.9% 29.1% 29.3%

30.6% 31.2% 31.1% 32.0% 31.3%

2,004 2,005 2,006 2,007 2,008 2,009 2,010 2,011 2,012 2,013 2,014 2,015 2,016

Recaudación nacional

Recaudación provincial

Total

Recaudación tributaria nacional. En porcentaje del PBI (%)

Nación 83.2% Provincias

16.8%

Recaudación según nivel de gobierno

Prom. 2013-2016

Recaudación tributaria en Argentina

Recaudación total 2016: $ 2.519.367 Millones (31,3% PBI)

(6)

¿Qué se recauda? I - Estado Nacional

0.2%

0.4%

0.7%

0.4%

5.6%

5.6%

15.2%

12.6%

7.2%

6.2%

18.6%

21.5%

20.0%

24.5%

20.7%

21.3%

14.2%

24.9%

26.5%

26.3%

52.8%

46.5%

40.7%

40.1%

40.4%

1998

2003

2011

2015

2016

Propiedad Otros

Comercio exterior Ingresos, utilidade y ganancias de capital

Contribuciones sociales Consumo

Recaudación tributaria nacional. Composición (%)

Fuente: Dirección Nacional de Análisis Fiscal

Reimplantación

de los Derechos de Exportación

(2002)

Aumento de la recaudación a valores reales

(exceptuando 2009 y 2014)

Impuestos sobre los dividendos

(10% sobre el

monto distribuido)

Eliminación total de los derechos de exportación

y

eliminación progresiva sobre la soja (Objetivo: DEX

0% en 2019)

Disminución del

Impuesto a los Bienes Personales:

(0,75% a 0,25% a partir de 2018)

Derogación de impuesto sobre dividendos

2018: reforma fiscal

(7)

Fuente: Ministerio de Hacienda

Ingresos Brutos

76%

Automotor

5%

Inmobiliario

7%

Sellos

9%

Otros

3%

Recaudación tributaria provincial.

Composición (%)

¿Qué se recauda? II - Provincias

Post convertibilidad:

progresivo aumento de la

imposición sobre los consumos

(en desmedro de la imposición

sobre la propiedad)

Ingresos brutos es un

impuesto multifásico

(8)

Fuente: Dirección Nacional de Análisis Fiscal y OCDE

Presión tributaria a nivel internacional (% PBI). Año 2015

46.6% 45.… 34.3% 31.3% 26.4% 20.7% 17.4% 0.0% 5.0% 10.0% 15.0% 20.0% 25.0% 30.0% 35.0% 40.0% 45.0% 50.0% D in ama rca Fra n cia B elgica Fin lan d ia A us tria It alia Su ec ia H u n gría N o ru eg a H ola n d a Is lan d ia Lu xembur go Alem an ia Grecia Eslo ven ia Po rt u gal OEC D Esp añ a Est on ia Rep ú b lic a C h eca N u eva Zela n d a Rein o Un id o Eslo vaq u ia Po lon ia Jap ón C an ad á Is rae l Arge n tin a Turq u ía Lat via Su iz a Au st

ralia EEUU

(9)

Fuente: Dirección Nacional de Análisis Fiscal y OCDE

Sistema tributario argentino en perspectiva

T/PBI

Ingresos

Bienes y

servicios

Seguridad

social

Propiedad Salarios

Otros

Dinamarca

46,6%

63%

32%

0%

4%

1%

0%

EEUU

26,4%

48%

18%

24%

11%

0%

0%

Canadá

31,9%

48%

23%

15%

12%

2%

0%

Noruega

38,1%

44%

28%

25%

3%

0%

0%

México

17,4%

39%

33%

20%

2%

2%

2%

Chile

20,7%

36%

53%

7%

4%

0%

0%

Suecia

43,3%

35%

29%

23%

2%

11%

0%

OCDE

34,3%

34%

32%

29%

5%

1%

1%

Alemania

36,9%

31%

28%

38%

3%

0%

0%

España

33,8%

29%

28%

35%

7%

0%

1%

Francia

45,5%

24%

24%

37%

9%

3%

2%

Grecia

36,8%

23%

41%

30%

6%

0%

2%

Argentina*

31,3%

22%

49%

26%

1%

0%

2%

Composición de la recaudación. Promedio 2013-2015

DEX explican 5,4 p.p

(10)

Impuestos sobre los consumos

Hecho imponible:

consumo/venta de bienes o servicios

Estructuras de imposición a los consumos

:

Cobertura:

o

General

o

Específicos

Alícuotas:

o

Uniformes

o

Diferenciales

Aplicación:

Monofásica

Multi-fásica

o

Acumulativa

(11)

Impuestos sobre los Consumos

40,5% de la recaudación nacional

10,5% sobre el PBI

IVA

68.9%

Internos

unificados

4.9%

Combustibles

líquidos

8.9%

Créditos y

débitos

15.7%

Otros

1.5%

Tabaco; bebidas alcohólicas;

automotores y motores gasoleros;

seguros; champañas; objetos

suntuarios; Telefonía; entre otros.

Fondo Nacional del Tabaco; Cine;

Servicios audiovisuales; GNC;

apuestas; entre otros.

(12)

Impuesto sobre el Valor Agregado

Decil

Participación por decil

Presión

Recaudación

IVA

Ingreso per

cápita familiar

1

3,2%

1,9%

1,71

2

4,4%

3,2%

1,38

3

5,6%

4,3%

1,32

4

6,4%

5,5%

1,16

5

7,6%

6,9%

1,12

6

8,6%

8,3%

1,03

7

10,7%

9,9%

1,08

8

11,9%

12,5%

0,96

9

15,7%

16,7%

0,94

10

26,0%

30,9%

0,84

Total

100%

100%

1,00

Fuente: FIEL (2015)

Impuesto multifásico

con una

cobertura que tiende a ser general

y con

alícuotas

que tienden a ser uniformes.

Alícuota es generalizada y alta en relación a lo que se observa en el resto de América

Latina y está en los niveles de Países desarrollados.

Alícuota diferencial (10,5%) para bienes y servicios (medicina prepaga, carne, harinas ,

frutas, legumbres y hortalizas, entre otros).

Pocas exenciones

pero, en algunos gastos, con peso importante en la canasta de consumo.

Devolución

de

IVA

focalizada

(2016):

Reintegro de 15 pp de IVA para pagos con

tarjeta de débito (con tope mensual de $300

por mes) para jubilados y pensionados y

beneficiarios AUH.

(13)

Los

créditos y débitos efectuados en cuentas

-cualquiera sea su naturaleza- abiertas en las

entidades regidas por la Ley de Entidades Financieras (están exentas las transferencias

electrónicas, cuentas sueldo, entre otros)

Alícuota : 0,6

sobre el monto de los débitos y créditos

(hay alícuotas específicas para

distintos sectores. Ej: 0,0075% para corredores de granos, droguerías y farmacias)

Fácil de cobrar (simplicidad)

Eficiencia:

desalienta los pagos bancarios

(“abarata”

el efectivo) y

genera efecto cascada

.

No distingue a los contribuyentes

según su capacidad contributiva

Impuestos sobre los débitos y créditos bancarios (“impuesto al cheque”)

Impuestos sobre los combustibles líquidos

“Combustibles” y “Débitos y créditos bancarios”

Concepto Alícuotas Monto mínimo Nafta sin plomo hasta 92 RON 63% 0,538

Nafta sin plomo más de 92 RON 55,8% 0,538

Nafta con plomo hasta 92 RON 63% 0,538

Nafta sin plomo más de 92 RON 55,8% 0,538

Nafta virgen 62% 0,538

Gasolina virgen 62% 0,538

Solvente 62% 0,538

Aguarras 62% 0,538

Gas-oil 17,1% 0,150

Diesel-oil 19% 0,150

Kerosene 19% 0,150

Impuesto monofásico sobre las ventas

.

Base imponible: precio neto de venta.

(14)

Impuestos internos

Tábacos

a) Cigarillos 75%

b) Cigarrillos, cigarrillos rabillos, etc 16% c) Tábacos consumidos en hoja, picados 20%

Bebidas alcohólicos

a) Whisky

b) Coñac, brandy, pisco, gin, vodka, ron, ginebra, etc 20% c) Resto, en función de la graduación

De 10° hasta 29° y fracción 20%

30° y más 20%

Cervezas 8%

Objetos suntuarios 20%

Vehículos automoviles y motores

Precio mayor a $ 380.000 y hasta $ 800.000 10% Precio mayor a $ 800.000 20% Motovehículos

Precio superior a $ 70.000 10%

Embarcaciones de recreo o deporte

Precio de venta mayor a $ 430.000 10%

Aeronaves, aviones, hidroaviones, planeadores y helicopteros

Precio superior a $ 240.000 10% Productos electrónicos 17%

4,9% de la recaudación por impuestos sobre los consumos

Impuesto monofásico al nivel de fabricante final e importador.

(15)

Otros impuestos sobre los consumos

Consumo de energía eléctrica

: 0,0054686 $/KWh

Adicional de Emergencia sobre Cigarrillos

: 7% sobre el precio de venta final

se destina

ANSES

Fondo Especial del Tabaco:

7% sobre el precio de venta final sin IVA y sin impuesto de

emergencia para transferir a provincias y productores + 1% para transferir a

comercializadores + 0,035% para la obra social del Tabaco

Entradas de Espectáculos Cinematográficos

: 10% sobre las entradas de cine

Video gramas Grabados

: 10% sobre el precio de venta

Servicios de Comunicación Audiovisual

: 2% al 5% sobre facturación por publicidad

Gas Oil y el Gas Licuado para uso Automotor (Ley 26.181) :

Fondo de obras hídricas

Naftas y Gas Natural destinado a GNC (Ley N° 26.028):

Fideicomiso Infraestructura del

Transporte (SIT)

Recargo al Gas Natural :

Monto fijo por M3. Subsidio al consumo de gas en Patagonia

Abono de Telefonía Celular:

1% sobre el abono sin IVA. Financia el ENARD.

Específico sobre la realización de apuestas :

0,95% sobre las apuestas realizadas en

tragamonedas

Impuesto indirecto sobre apuestas on-line:

2% sobre el valor bruto de las apuestas

Fondo de

Fomento Cine

(16)

22,3% de la recaudación nacional

5,9% sobre el PBI

Fuente: Dirección Nacional de Análisis Fiscal

Impuesto a las Ganancias explica (casi) la totalidad de la recaudación sobre ingresos

Otros impuestos

sobre los ingresos existentes:

Premios de determinados juegos de azar y deportivos:

o

alícuota del 31%

sobre premios que superan los $ 1.200.

o

La base imponible es el 90% de la ganancia (recaudó $ 762 millones en 2016, el

0,04% del total recaudado por

Nación

).

Ganancia mínima presunta:

o

Grava los activos que posee una sociedad

al cierre del ejercicio. Alícuota del 1% sobre el valor de los activos.

o

Se paga a cuenta de Ganancias

.

(17)

Aplicación del impuesto a la renta:

Personal

A las sociedades

A los fines del análisis de los efectos de la imposición a la renta en

el sistema económico deben determinarse diversos aspectos que

hacen al impacto del tributo:

Definición de la base imponible

Fuentes de ingreso gravadas

Alivios fiscales

Estructura de tasas y tramos de imposición

Elección de la unidad contributiva

(18)

Hecho imponible:

Obtención de ganancias por

personas de existencia visible o ideal y sucesiones indivisas

.

Concepto de renta:

Personas físicas y sucesiones indivisas residentes:

Rendimientos, enriquecimientos y rentas

- susceptibles de una

periodicidad

que implique la

permanencia de la fuente

y su habilitación.

- originados por la

enajenación de bienes muebles amortizables

.

Sociedades:

Rendimientos, enriquecimientos y rentas

susceptibles o no de periodicidad o de permanencia de la fuente

.

Excensiones:

De carácter subjetivo:

instituciones religiosas, entidades de beneficio público, remuneraciones de

diplomáticos extranjeros, derechos de autor hasta determinado monto, entre otros.

De carácter objetivo

: (i) las rentas y resultados derivados de títulos públicos y obligaciones negociables,

(ii) los intereses por depósitos bancarios

Impuesto a las Ganancias

Base imponible:

Personas físicas y sucesiones indivisas:

ingresos netos luego de efectuar las deducciones permitidas

Sociedades:

ganancia bruta real -sin computar los dividendos recibidos a raíz de distribuciones

(19)

Determinación del Impuesto a las Ganancias (4° Categoría)

Concepto Monto

anual

Mensual estimado

Ganancia no imponible 51.967 3.997

Cónyugue 48.447 3.727

Hijo menor de 18 años 24.432 1.879

Deducción especial autónomos 51.967 3.997

Deducción especial empleados en

relación de dependencia y jubilados 249.441 19.188

Ganancia bruta

(sueldo, aguinaldo, vacaciones, horas extras, gratificaciones,

∑ ingresos anuales brutos

entre otros)

Deducciones obligatorias

Jubilación, obra social y PAMI

(17% sobre salario bruto)

Descuento permitidos

Seguro de vida, empleada doméstica ($ 249.441 por año),

honorarios médicos, intereses hipotecarios por vivienda

hasta $ 20.000 anuales, 40% de los alquileres destinados a

vivienda, entre otros

Ganancia neta acumulada

Deducciones personales,

especial y MNI

Ingreso imponible

Alícuotas por tramos

de ingreso

Impuesto

determinado

Alivios

fis

cal

(20)

Determinación del impuesto a las Ganancias (4° Categoría)

Estructura de tramos de ingreso y alícuotas

Impuesto sobre sociedades

Alícuota general : 35% sobre ganancia neta sujeta a impuesto

(21)

Impacto del impuesto a las Ganancias

8.0% 7.8% 9.1% 9.3% 10.0%

11.7% 10.6%

8.6% 9.2% 10.1%

14.2% 17.0%

26.5%

10.5% 11.3% 11.8% 13.7%

3.4% 3.2% 3.6% 3.5% 3.8% 4.7% 4.5% 3.9% 4.4% 4.9%

7.0% 8.6%

13.2%

5.3%

8.0%

2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016*

% Empleados registrados

% Total ocupados

Trabajadores alcanzados por el Impuesto a las Ganancias

Fuente: CIFRA

Salario de bolsillo

Soltero sin hijos

23.185

Casado con 2 hijos

30.639

3,5

veces el

salario mínimo

($ 8.060)

(22)

8 % de la recaudación nacional

1,6% sobre el PBI

Fuente: Dirección Nacional de Análisis Fiscal

Derechos de exportación :

Base imponible

: valor FOB de exportación (descontado CIF de insumos importados), en algunos casos e

considera precios determinados por organismos públicos.

Hoy solo gravan a la soja y sus derivados.

Alícuota: escala decreciente

en función del nivel de industrialización (arranca en 30% en soja)

Derechos de importación:

Ad valoren:

porcentaje sobre el valor de la mercadería

Específicos:

monto fijo por unidad de mercadería

Combinación entre ambos

Arancel máximo consolidado: 35%

Tasa estadística:

Alícuota del 0,5% sobre el valor en aduana de la mercadería

combinado con una escala de montos máximos

por tramos de base imponible (de ambos el que resulte menor)

(23)

Impuestos al comercio exterior : efectos económicos

Derechos de exportación

Impacta negativamente

en los precios internos

Objetivos

:

Recaudatorio

: representó el 2% del PBI entre 2004-2012 y 9,5% de la recaudación entre 2002

y 2015

Macro:

desacopla precios internos de externos

Sectoriales

tipo de cambio diferenciado

: opera sobre las rentabilidades relativas

Derechos de importación

Encarece los productos importados

Eficiencia:

altera los precios relativos entre productos de origen nacional e importado

Equidad:

depende del bien alcanzado

21%

21%

29%

26%

31%

43%

78%

78%

69%

73%

67%

55%

2,011 2,012 2,013 2,014 2,015 2,016

Derechos de Importación Estadistica de Importación Derechos de Exportación Otros

Impuestos al comercio exterior. Participación por tipo de impuesto

(24)

Reforma tributaria 2018: principales medidas

Medida Características

Reducción en el impuesto a las ganancias corporativas no distribuidas

Reducción de las alícuotas para las ganancias corporativas (hoy: 35%)

Objetivo 2022: Ganancias : 25% / Dividendos distribuidos: 10%

Reducción de cargas patronales

Aumento de la alícuota y en simultaneo MNI

Objetivo 2022 : MNI de $ 12.000 (ajustado por IPC) con alícuota del 19,5%

Deducción anticipada de saldo de IVA

por inversiones realizadas Disminuye el costo financiero de la inversión

Pago a cuenta de Impuesto al Cheque a

cuenta de Ganancias Disminuye el costo asociado al impuesto y el efecto cascada

Disminución de las alícuotas de ingresos brutos

Disminuir las alícuotas a la mitad (0%-4%) Depende de la negociación con las Provincias

Renta financiera Gravar en un 15% los instrumentos en dólares o y 5% para renta

fija en pesos

Eliminación del ITI y reemplazo por Impuesto a las Ganancias de Capital

Hoy : 15‰ sobre valorde la transferencia

Propuesta: 15% sobre ganancia de capital. Vivienda única queda exenta

Impuesto a los Combustibles

Reemplazar el impuesto actual (alícuota) por montos fijos en función de emisión CO2.

Objetivo: suavizar el movimiento de precios

(25)

La

anomalía

argentina (Gaggero, 2008)

Década del 30´ (contexto de crisis internacional y riesgo de default) primera gran reforma tributaria

se instaura impuesto sobre la renta, se refuerza la imposición sobre las ventas y se define el

sistema federal de responsabilidades fiscales y un sistema de transferencias entre niveles

1945-1955: se fortalece y extiende el impuesto sobre la renta

y

se refuerza la distribución

secundaria

a partir del gasto del Estado

1940-1960:

Presión tributaria de Estado Nacional ronda el 15% del PIB

(incluyendo los fondos de la

redistribución federal que eran transferidos a las provincias) y la

consolidada oscilaba alrededor del

18% del PIB (nivel más alto de AL)

Imposición sobre las rentas recaudaba cerca de 5 puntos del PIB

en Argentina, bastante más que en

el resto de AL

El

sistema impositivo progresivo comienza a desarmarse a partir del

75

. La combinación de alta

inflación, regímenes promocionales y emergencias económicas terminaron erosionando la

progresividad del sistema tributario

(26)

La evolución de la relaciones fiscales

Fuente: elaboración propia en base a Centrangolo y Gatto (2002) e ITE –FGA (2017)

1970

1980

1990

2000

2010

Ley N° 22.221 de Coparticipación

Descentralización: Educación inicial y

primaria Hospitales nacionales

1972 1978 1988 1991

Descentralización: Secundarias y formación docente Hospitales 1993 Ley Federal Educativa 1998

-15% de la Copa para Anses

-Fondo del Conurbano (10% Ganancias) -Ley Nacional Educativa -Paritaria Nacional Docente 2005 2008 Rescate de deudas provinciales 2002 2015 Inconstitucionalidad 15% de Copa Ley N° 23.548

Régimen transitorio (todavía vigente) Fondo de Incentivo Docente Fondo Federal Solidario (30% DEX a complejo sojero)

Endeudamiento provincial y crisis

Programa de Asistencia Financiera Programa Federal de Desendeudamiento

Gas

to

Ingr

e

so

s

End

eud

ami

en

to

1992

Nueva Ley de Responsabilidad

Fiscal ¿Fondo del Conurbano?

(27)

Federalismo fiscal en Argentina

Fuente: Ministerio de Hacienda

Provincias

36%

Municipios

8%

Nación

56%

Nación

83.2%

Provincias

16.8%

Recaudación según nivel de gobierno.

Prom. 2013-2016

(28)

Relaciones entre niveles de gobierno

Fuente: Iñiguez, F y Otero, A (2016)

Transferencias nacionales / Recursos totales (%)

10,4% 32,1% 34,9% 37,0% 41,8% 46,6% 48,3% 50,1% 52,2% 54,7% 61,2% 63,7% 63,8% 71,7% 71,8% 72,2% 72,8% 75,5% 76,4% 77,9% 81,5% 82,9% 88,7% 88,8% 89,9%

0% 10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80% 90% 100%

(29)

Ley de Coparticipación (N° 23.548)

Es

periódica y automática

(Nación recauda y transfiere a las Provincias

periódicamente),y

sin condicionalidades en su uso

.

Está conformada por todos los recursos producidos por los impuestos

nacionales existentes

o a crear

con excepción

de (Artículo N°3 de la Ley

N°23.548):

o

Derechos de importación y exportación

o

Aquellos cuya distribución, entre la Nación y las provincias, esté prevista o

se prevea en otros sistemas o regímenes especiales de coparticipación.

o

Los impuestos y contribuciones nacionales con afectación específica.

No obstante como resultado de distintos acuerdos entre la Nación y las

Provincias,

la masa coparticipable no comprende a la totalidad de los

impuestos mencionados.

Existen otros mecanismos (en general no automáticos) de transferencia a las

provincias

como Fondos de asignación específica(Fonavi), transferencias

(30)

Ley de Coparticipación (N° 23.548)

IVA

89%

89%

Ganancias

30%

Débitos y

créditos

100%

Internos

100%

Otros

Masa coparticipable bruta

Fondo Compensador (570 M)

Nación

42,4%

Provincias

52,6%

ATN

1%

Otros

2%

Masa coparticipable neta

Distribución secundaria

DISTRIBUCIÓN

PRIMARIA

Anses (15%)

(31)

Ley de Coparticipación (N° 23.548)

Año Coparticip. Otros Recursos

Federal de de Origen SUBTOTAL Corrientes de Capital SUBTOTAL Impuestos (*) Nacional (**) (***)

1993 2,9% 1,7% 4,5% 0,2% 0,0% 0,2% 4,8%

1994 2,9% 1,5% 4,4% 0,3% 0,1% 0,4% 4,8%

1995 2,6% 1,6% 4,2% 0,1% 0,3% 0,5% 4,7%

1996 2,7% 1,6% 4,4% 0,1% 0,4% 0,5% 4,9%

1997 2,9% 1,6% 4,5% 0,2% 0,4% 0,6% 5,0%

1998 3,0% 1,6% 4,6% 0,1% 0,4% 0,5% 5,1%

1999 3,1% 1,6% 4,7% 0,2% 0,3% 0,6% 5,3%

2000 3,1% 1,6% 4,8% 0,2% 0,3% 0,5% 5,3%

2001 2,9% 1,5% 4,5% 0,2% 0,3% 0,5% 5,0%

2002 2,3% 1,2% 3,5% 0,7% 0,2% 0,9% 4,4%

2003 2,9% 1,5% 4,3% 0,5% 0,2% 0,7% 5,0%

2004 3,8% 1,5% 5,3% 0,6% 0,3% 0,9% 6,2%

2005 3,9% 1,4% 5,3% 0,7% 0,6% 1,3% 6,6%

2006 4,0% 1,3% 5,2% 0,5% 0,8% 1,3% 6,5%

2007 4,2% 1,2% 5,4% 0,6% 0,7% 1,3% 6,7%

2008 4,2% 1,2% 5,4% 0,6% 0,6% 1,2% 6,6%

2009 4,2% 1,2% 5,4% 0,8% 1,1% 1,9% 7,2%

2010 4,4% 1,2% 5,6% 0,7% 1,2% 1,8% 7,4%

2011 4,6% 1,2% 5,8% 0,5% 1,0% 1,5% 7,3%

2012 4,9% 1,3% 6,2% 0,4% 0,9% 1,3% 7,5%

2013 5,2% 1,3% 6,5% 0,4% 1,1% 1,5% 8,0%

2014 5,5% 1,5% 7,0% 0,4% 1,2% 1,6% 8,6%

Recursos de Origen Nacional de Distribución

Automática Transf. Presupuestarias a Gob. Provinciales

TOTAL

(*) Incluye Ley de Financiamiento Educativo desde 2006.

(**) Incluye regímenes de asignación específica, entre otros. Necesidades Básicas Insatisfechas, Excedente de Obras de Carácter Social a la Prov. de Buenos Aires, Fonavi, Prov. de Buenos Aires, Fonavi, Vialidad y Obras de Infraestructura.

(***) Incluye el Programa Fondo Federal Solidario desde abril 2009.

Fuente: Elaboración propia, según datos de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.

Recursos de Origen Nacional y Transferencias Presupuestarias a Provincias y CABA. En % del PBI

(32)

El financiamiento de las Provincias

(33)

Proyecto de nueva Ley de Responsabilidad fiscal

Fuente: ITE -GA

Alcance Ley 25.917 Proyecto de Ley

Regla Si ∆ PBI ≥ 0 ; ∆ G ≤ ∆ PBI

Si ∆ PBI < 0 ; ∆ G ≤ ∆ PBI ∆ G ≤ ∆ IPC

Cobertura

Gasto primario excluido:

-Aquellos financiados por créditos internacionales -Gastos de capital destinados a infraestructura social básica

-Gastos financiados con aportes no automáticos transferidos al Gobierno Nacional que tengan afectación específica (modificación posterior).

Gasto corriente primario excluido:

-Financiados con prestamos de OOII -Transferencias de copa a Municipios

-Gastos financiados con aportes no automáticos transferidos al Gobierno Nacional que tengan afectación específica.

-Gasto destinado al cumplimiento de políticas públicas nacionales que sean definidas como políticas de Estado por leyes nacionales.

Alternativa -Si el incremento de los recursos supera al del PBI, la

regla solo rige para el gasto corriente primario.

✓ Si Rdo. Financiero del año previo fue positivo se pueden excluir gastos operativos asociados a nuevas inversiones en

infraestructura de educación, salud y seguridad.

✓ Si el resultado corriente primario del año previo fue deficitario, se incorpora a la regla el gasto de capital que no este financiado con recursos afectados ni se destine al cumplimiento de políticas de Estado.

✓ Si a partir de 2020 se logra resultado financiero no deficitario, se puede incumplir la regla siempre y cuando:

Si ∆ PBI ≥ 0 ; ∆ G ≤ ∆ PBI Si ∆ PBI < 0 ; ∆ G ≤ ∆ IPC

Deuda

-Fija limitaciones al destino de la deuda (no puede financiar gasto corriente).

-Las provincias que incumplen la Ley no pueden endeudarse.

-No hay limites ni para el monto ni para el destino de la deuda. -No incentiva la reducción del ratio deuda/PBG

-No se establecen prohibiciones para provincias que incumplan la Ley.

Intereses de deuda

No puede superar el 15% de recursos corrientes netos de transferencias a los municipios*

(34)

Anexo I: Impuestos al comercio exterior : efectos económicos

Índice Var FOB Trigo, Maíz, Soja 1993 - 2017, base ene 1993 = 100

(35)

Anexo II: Impuestos al comercio exterior : efectos económicos

Nota: Los datos corresponden a la zona núcleo de cada actividad. Fuente: Elaboración en base a Revista Márgenes Agropecuarios.

Márgenes Brutos en USD por ha, 2003-2013

Durante todo el periodo la

soja es que la da mayor margen bruto

(36)

Anexo III: Eliminación de los derechos de exportación 2016

Efecto de la eliminación de los derechos de exportación. En millones pesos

Fuente: CEPA

Eliminación de los derechos de exportación para todas las mercancías exceptuando la

soja y sus derivados

(Decretos 133/2015,160/2015 y 349/2016)

En el caso de la cadena de valor sojera los derechos de exportación se reducen en 5

p.p

(la alícuota máxima queda en 30 p.p).

Referencias

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