Aspectos ambientales presentes en la normatividad colombiana relacionada con las cabalgatas (2010 2018)
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(2) TABLA DE CONTENIDO. Dedicatoria ...................................................................................................................................... 7 Agradecimientos ............................................................................................................................. 7 Resumen .......................................................................................................................................... 8 Palabras clave ................................................................................................................................. 8 Abstract ........................................................................................................................................... 9 Keywords......................................................................................................................................... 9 1.. Descripción de la propuesta ............................................................................................... 10 1.1. Problema de investigación .................................................................................................. 10 1.2. Pregunta de investigación .................................................................................................... 11. 2. Contexto .................................................................................................................................... 12 2.1. Alcance ................................................................................................................................ 12 2.2. Beneficiarios ....................................................................................................................... 13 3. Objetivos ................................................................................................................................... 13 3.1. Objetivo general................................................................................................................... 13 3.2. Objetivos específicos .......................................................................................................... 13 4. Marco de referencia teórica .................................................................................................... 14 4.1. Elementos biofísicos ............................................................................................................ 15 4.2. Bienestar animal ................................................................................................................. 15 4.3. Perspectiva de género .......................................................................................................... 16 4.4. Generación de empleo ........................................................................................................ 16 4.5. Consumo cultural ................................................................................................................ 16 5. Metodología............................................................................................................................... 18 6. Resultados ................................................................................................................................. 21.
(3) 6.1. Recopilación de información ............................................................................................... 21 6.1.1. Identificación de sistemas de información ............................................................... 21 6.1.2. Levantamiento de información ................................................................................. 21 6.1.3. Registro de información ........................................................................................... 21 6.2. Análisis y sistematización de información .......................................................................... 25 6.2.1. Selección de documentos ......................................................................................... 25 6.2.2. Códigos de análisis ................................................................................................... 32 6.2.3. Fichas de trabajo ....................................................................................................... 32 6.3. Integración y redacción de información .............................................................................. 46 6.3.1. Organización del fichero .......................................................................................... 46 6.3.2. Redacción del documento......................................................................................... 48 6.3.2.1. Alteración del suelo ................................................................................... 48 6.3.2.2. Residuos biodegradables y residuos sólidos ordinarios............................. 49 6.3.2.3. Emisión de ruido ........................................................................................ 50 6.3.2.4. Bienestar animal ........................................................................................ 51 6.3.2.5. Perspectiva de género ................................................................................ 52 6.3.2.6. Estigmas ..................................................................................................... 54 6.3.2.7. Consumo de licor ....................................................................................... 54 7. Conclusiones ............................................................................................................................. 55 8. Recomendaciones ..................................................................................................................... 57 9. Anexos ....................................................................................................................................... 60 10. Referencias .............................................................................................................................. 62.
(4) ÍNDICE DE TABLAS. Tabla # 1 ......................................................................................................................................... 17 Tabla # 2 ......................................................................................................................................... 20 Tabla # 3 ........................................................................................................................................ 24 Tabla # 4 ......................................................................................................................................... 32 Tabla # 5 ......................................................................................................................................... 33 Tabla # 6 ........................................................................................................................................ 34 Tabla # 7 ......................................................................................................................................... 35 Tabla # 8 ......................................................................................................................................... 36 Tabla # 9 ........................................................................................................................................ 37 Tabla # 10 ....................................................................................................................................... 38 Tabla # 11 ....................................................................................................................................... 39 Tabla # 12 ...................................................................................................................................... 40 Tabla # 13 ...................................................................................................................................... 41 Tabla # 14 ....................................................................................................................................... 42 Tabla # 15 ....................................................................................................................................... 43 Tabla # 16 ...................................................................................................................................... 44 Tabla # 17 ....................................................................................................................................... 45 Tabla # 18 ....................................................................................................................................... 46.
(5) ÍNDICE DE IMÁGENES. Imagen # 1 ...................................................................................................................................... 12 Imagen # 2 ...................................................................................................................................... 14 Imagen # 3 ..................................................................................................................................... 14 Imagen # 4 ...................................................................................................................................... 23 Imagen # 5 ...................................................................................................................................... 35 Imagen # 6 ..................................................................................................................................... 36 Imagen # 7 ...................................................................................................................................... 38 Imagen # 8 ...................................................................................................................................... 40 Imagen # 9 ..................................................................................................................................... 41 Imagen # 10 .................................................................................................................................... 42 Imagen # 11 .................................................................................................................................... 43 Imagen # 12 ................................................................................................................................... 44 Imagen # 13 ................................................................................................................................... 48 Imagen # 14 .................................................................................................................................... 49 Imagen # 15 .................................................................................................................................... 50 Imagen # 16 ................................................................................................................................... 51 Imagen # 17 .................................................................................................................................... 52 Imagen # 18 .................................................................................................................................... 53 Imagen # 19 ................................................................................................................................... 56 Imagen # 20 ................................................................................................................................... 59.
(6) ÍNDICE DE GRÁFICOS. Gráfico # 1 ...................................................................................................................................... 12 Gráfico # 2 ...................................................................................................................................... 18 Gráfico # 3 ..................................................................................................................................... 19 Gráfico # 4 ...................................................................................................................................... 33 Gráfico # 5 ...................................................................................................................................... 47.
(7) DEDICATORIA. A mi abuela Alba Sabogal de Rincón quien falleció el 31 de enero, quien me acompañó en cada uno de mis logros y siempre estuvo muy orgullosa de mí, “Este trabajo es para ti porque sé que estarías contándole a todos con una enorme sonrisa y esa ternura de siempre que seré especialista y aunque hayas partido antes de terminar este proceso siempre estarás conmigo en cada paso. Te Amo y Te Extraño”. A Perseo Valentino, nuestro perro quien murió el 17 de mayo, “Agradezco tu compañía en este proceso, no sé cómo hubiera hecho aquellos días si no hubieras estado a mi lado.”. AGRADECIMIENTOS. Primeramente a Dios, al universo y a la vida, a mis padres, hermanos, abuelos, a mi sobrina, tíos, primos y amigos, Por estar no solo en este momento sino a lo largo de toda mi vida enseñándome y apoyándome.. A la Universidad Distrital Francisco José de Caldas por darme la oportunidad de realizar mi reto personal en esta especialización.. A esa persona que estuvo durante este camino, me dio la confianza y la certeza de poder realizar este trabajo, independientemente de las circunstancias solo puedo agradecerle por ser pieza fundamental en esta decisión y en mi vida.. A todos aquellos quienes no solo me vieron volar sino que se quedaron a pesar de todo y me ayudaron a emprender el vuelo..
(8) RESUMEN. Esta investigación trata sobre los aspectos ambientales inmersos en la normatividad colombiana expedida del 2010 al 2018 en relación con las cabalgatas, se desarrolla bajo un enfoque cualitativo con el método de la revisión documental. El desconocimiento, la poca articulación entre entidades e instituciones y el mal comportamiento por parte de los participantes hacen que las cabalgatas se cancelen en diferentes lugares del territorio nacional perdiendo una parte importante la tradición caballista, por otra parte debido a la falta de información e interés por parte de las entidades, a la falta de un criterio preciso de ambiente y de los aspectos ambientales bajo una visión sistémica ya que es entrante desde el reduccionismo como la relación del ser humano con su entorno natural, en el presente trabajo se pretenden otros factores importantes en la dinámica entre las interacciones sociales y los sistemas naturales determinados en cinco categorías como aspectos ambientales para ser analizados: Aspectos biofísicos, Bienestar animal, perspectiva de género, generación de empleo y consumo cultural. En la normatividad seleccionada se evidencian algunas de las categorías específicas, sin embargo no se observan de manera integral como parte del sistema complejo llamado ambiente sino como elementos separados que no interactúan entre sí.. PALABRAS CLAVE Aspectos ambientales, Cabalgatas, Normatividad,.
(9) ABSTRACT. This research is about the environmental aspects immersed in the Colombian regulations issued from 2010 to 2018 in relation to horseback riding, it is developed under a qualitative approach with the method of document review. Ignorance, poor articulation between entities and institutions and poor behavior by participants cause the horseback rides to be canceled in different parts of the national territory, losing an important part of the horseman tradition, on the other hand due to the lack of information and interest on the part of the entities, to the lack of a precise criterion of environment and of the environmental aspects under a systemic vision since it is incoming from the reductionism as the relation of the human being with its natural environment, in the present work other important factors in the dynamics between social interactions and natural systems determined in five categories as environmental aspects to be analyzed: Biophysical aspects, Animal welfare, gender perspective, employment generation and cultural consumption. In the selected regulations some of the specific categories are evidenced, however they are not observed in an integral way as part of the complex system called environment but as separate elements that do not interact with each other.. KEYWORDS Environmental aspects, horseback riding, normativity,.
(10) 1. DESCRIPCIÓN DE LA PROPUESTA. 1.1.Problema de la Investigación. El caballo ha sido un animal fundamental en la historia de la evolución de la humanidad, desde hace millones de años el caballo y el ser humano formaron un estrecho vínculo que se afianzo más cuando el ser humano pudo además de domesticarlo, montarlo. En la actualidad el caballo es visto como símbolo social de elegancia, belleza y nobleza, por su alto temperamento y docilidad puede prestar múltiples servicios como trabajo, transporte, recreación, deporte, terapias y compañía. Según el censo equino realizado por el Instituto Colombiano Agropecuario en 2016 2017 Colombia cuenta con reconocimiento internacional por sus especies caballar, mular y asnal, sumando una población de 1´446.664 ejemplares situados principalmente en los departamentos de Antioquia (11,42 %), Tolima (8,19%), Cundinamarca (7,53%), Córdoba (7,50%), Casanare (6,85%) y Cauca (5,70 %) es en estas regiones en donde se concentra el 47,19% del censo equino nacional, sin embargo no hay una aclaración del número de equinos que presten cada uno de los servicios antes mencionados (ICA, 2018).i Las cabalgatas son actividades de recreación que están muy arraigadas a nuestra cultura, tienen dos perspectivas, primero como sinónimo de familia, compartir, tradición, y segundo como sinónimo de dinero, ostentosidad, licor, narcotráfico. Las personas realizan este tipo de actividades para salir de lo habitual, como técnica de relajación, sin embargo en los últimos años en el país se han cancelado las cabalgatas en varias ciudades debido al desconocimiento y al mal comportamiento de los jinetes, que en distintos casos ha causado tanto la muerte de personas como de animales (¿Por qué se están acabando las cabalgatas en las ferias del país?, 2018)ii. En el país existe la Norma Técnica Sectorial GT011 dónde se presentan las medidas que se deben tener en cuenta para las cabalgatas enfocadas al turismo de aventura, en este caso se conocen algunas empresas como con compromiso social y ambiental, asumiendo políticas de sostenibilidad para el desarrollo de sus actividades (A caballo por Colombia)iii. Por otro lado, los programas de buenas prácticas están dirigidos en su mayoría a aspectos relacionados con la.
(11) producción de alimentos, sanidad animal, bioseguridad, trazabilidad, manejo de insumos y medicamentos veterinarios. Actualmente ha surgido una nueva forma de percibir a los animales, no como objetos sino como seres que sienten, el comportamiento durante el desarrollo de las cabalgatas como prácticas sociales crea la necesidad de establecer normas que regulen dichas actitudes para mantener un equilibrio entre la sociedad y el medio ambiente visto desde una perspectiva sistémica dónde convergen diferentes elementos. A partir de la situación descrita, ¿Cuáles son los aspectos ambientales que se pueden encontrar en la normatividad colombiana expedida entre el 2010 y el 2018 relacionada con las cabalgatas?. Imagen #1. Archivo Familiar. En la fotografía Pablo Vidal Rincón Bobadilla, Choachí Cundinamarca 1978. iv.
(12) 2. CONTEXTO. 2.1 Alcance El presente proyecto no va destinado a un lugar específico del país, sino a todo el territorio nacional donde se concentren equinos y se desarrollen estas prácticas.. Grafico # 1. Censo equino 2016 - 2017. Fuente: ICAv.
(13) 2.2 Beneficiarios Autoridades ambientales: Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Corporaciones Autónomas Regionales, Secretarias de Ambiente; Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural (MADR); Gremio caballista en general, desde Federaciones regionales hasta propietarios y apasionados.. 3. OBJETIVOS. 3.1 Objetivo general Identificar los aspectos ambientales de las cabalgatas que se encuentren establecidos en la normatividad Colombiana expedida entre el 2010 y el 2018. 3.2 Objetivos específicos . Dar a conocer mediante la publicación de este trabajo la actualidad de la normatividad colombiana relacionada con las cabalgatas.. . Conocer la perspectiva de ambiente en la normatividad que involucra a las cabalgatas.. . Percibir la importancia de la articulación entre las entidades e instituciones y la práctica con la sociedad.. Imagen # 2. Fotografía: Oscar Emilio Yepes. “Cabalgata por Montefrío Anorí Antioquia 1950” Tomada de Twitter, @colombia_histvi.
(14) 4. MARCO DE REFERENCIA TEÓRICA Cuando hablamos de normatividad nos referimos a la recopilación de las disposiciones legales que son aplicables a un área determinada, regulan la conducta del ser humano en la sociedad y sus actividades. Por otra parte cuando nos referimos a las cabalgatas hablamos de una actividad que consiste en realizar un recorrido principalmente por lugares naturales, o por las calles de pueblos o ciudades usando como medio un caballo, también llamado binomio (équido y jinete), son realizadas para conmemorar alguna festividad o simplemente como una actividad diferente a lo habitual. Para el presente trabajo teniendo en cuenta lo anterior, se considerarán como normas: Constitución Política de Colombia, Leyes, Sentencias, Decretos, Ordenanzas, Resoluciones y Acuerdos, y tendremos en cuenta los denominados “caballistas urbanos”, dónde su nombre no excluye la realización de dicha actividad en territorio rural sino que su interés se centra en resaltar al caballo para realizar actividades recreativas y no como sinónimo de aventura, transporte o trabajo. (Zuluaga, 2018).. Imagen # 3. Fotografía: “Cabalgata en Sogamoso 1952” tomada de Twitter, @colombia_hist, compartida por @javi_1016vii.
(15) Por otro parte, el ambiente a través de los años ha tenido múltiples significados y percepciones, ha sido visto únicamente como la relación entre el ser humano y su entorno natural y por lo tanto las medidas que se han tomado han sido dirigidas casi que exclusivamente a la protección de los ecosistemas, sin embargo, si se hace una reflexión acerca de lo que realmente significa y se ve bajo una visión sistémica, se deben tener en cuenta otros factores importantes en la dinámica entre las interacciones sociales y los sistemas naturales, como aspectos culturales, económicos, éticos, tecnológicos y demás elementos que hagan parte de dicho sistema (Política Nacional de Educación Ambiental SINA)viii. Por lo mencionado anteriormente, y teniendo en cuenta que los cambios sufridos en el ambiente se deben a instrumentos sociales y simbólicos, ya que estos son los que motivan los intereses particulares de los seres humanos para hacer uso del ecosistema (Gamboa et al. citando a Augusto Ángel Maya, 2015)ix, la presente investigación no busca abordar todos los aspectos de la dinámica entre las interacciones que se pueden dar entre el ser humano y los ecosistemas sino que se realizará teniendo en cuenta parte del conocimiento práctico del autor, cinco cuestiones centrales inmersas en dichas dinámicas: elementos biofísicos, bienestar animal, perspectiva de género, generación de empleo y consumo cultural. 4.1. Elementos biofísicos Tendremos en cuenta en esta categoría los “aspectos ambientales” a los que hace referencia la ISO 14001, como elementos de las actividades humanas que interactúan con el medio ambiente físico y biológico (ISO 14001, 2015)x Para el presente trabajo adoptaremos en esta sección, la emisión de ruido, de olores, la generación de residuos biodegradables y residuos sólidos ordinarios (Metodología para la evaluación de aspectos ambientales de la Universidad Nacional de Colombia )xi, y la alteración del suelo (Guasp, 2005).xii 4.2. Bienestar Animal Hace referencia al estado físico y mental de acuerdo a las condiciones en las que este vive o muere, y aunque se tienen normas claras de bienestar animal para la sanidad y la inocuidad alimentaria basados en resultados científicos, estas excluyen a équidos que sean usados para deporte o recreación, por lo tanto para el presente trabajo únicamente se tendrán en cuenta las cinco libertades que deben tener los animales que se encuentran bajo el manejo del ser humano (OIE) xiii.
(16) 4.3. Perspectiva de género Se entiende por perspectiva de género la definición representada en el artículo 12 del Código Nacional de Infancia y Adolescencia al “reconocimiento de las diferencias sociales, biológicas y psicológicas en las relaciones entre las personas según el sexo, la edad, la etnia y el rol que desempeñan en la familia y en el grupo social” (Código de la Infancia y la Adolescencia).xiv 4.4. Generación de empleo Empleo se entiende como actividades productivas realizadas para producir bienes, servicios o satisfacer las necesidades de una comunidad a cambio de un pago justo, además se establece que para lograr la creación de nuevas oportunidades laborales es necesario poder contar con un entorno que fomente la inversión, el crecimiento y la capacidad empresarial (Fernández, 2013)xv. Según Fedequinas el sector equino genera más de 130.000 empleos directos, a través de 3 dimensiones: la parte de la crianza, el espectáculo y la comercialización de equinos y de material genético (Gama, 2018).xvi 4.5. Consumo cultural El consumo cultural es considerado como una práctica social de expresión, construcción de identidad, y de relaciones sociales, de carácter simbólico que busca no solo la satisfacción de necesidades sino de emociones y deseos. Algunos autores hablan acerca del uso de símbolos (ropa, objetos, gestos) como una estrategia de diferenciación para la distinción e identificación de categorías sociales, así el consumo forma la base de dónde nacen los estilos de vida de los grupos sociales (Porro, 2014).xvii En este caso tendremos en cuenta los segmentos que diferencian y estigmatizan al gremio caballista como el porte de armas y las ostentosidades relacionados con el narcotráfico (Ortiz, 2016)xviii, y el consumo de bebidas alcohólicas y sustancias psicoactivas..
(17) Aspectos ambientales Categoria. Sub Categoria. Descripción. Alteración del suelo. Presión sobre el suelo que ejercen los cascos de los caballos por el peso del caballo y su montador.. residuos biodegradables residuos solidos ordinarios Elementos biofisicos. emisión de ruido. emisión de olores. Bienestar Animal. Perspectiva de Genero. Generación de empleo. deposición de materia fecal en las vías o caminos públicos resultado de actividades que genera la liberación al medio de materiales sólidos sin que estos puedan presentar una amenaza en su manipulación emisiones de sonidos no deseados por el receptor, emitidos en radios, parlantes, burrotecas y demás elementos usados para ambientar estas actividades olores generados por actividades que puedan producir fastidio aunque no necesariamente causen daño a la salud humana. principalmente olores derivados de las heces de los equinos Se tienen en cuenta los principios de la OIE sobre bienestar animal donde mencionan las 5 libertades de los animales que estén bajo el control del ser humano, propuestas por el Comité Brambell en 1965 1. Libre de hambre y sed. 2. Libre de incomodidad. 3. Libre de dolor e incomodidad. 4. Libre de miedo y estrés. 5. Libre de mostrar su comportamiento natural. Los diferentes puntos de vista sobre la mujer y los menores de edad caballistas, ya que tradicionalmente ser caballista ha sido considerado principalmente por la fuerza como un simbolo de masculinidad Entre los empleos directos encontramos: palafreneros, veterinarios, chalan, herrero. en los indirectos encontramos: fabricantes alimentos e insumos entre otros. Estigmas. Desde hace muchos años se ha creado la idea de un vinculo entre caballos y el narcotrafico, sin embargo también se trata de un tema cultural y no necesariamente la persona que tiene caballos está vinculada con temas ilegales.. Consumo de Licor. el consumo de bebidas alcoholicas en este tipo de eventos puede generar conflictos en la comunidad como discusiones y riñas. Consumo Cultural. Tabla # 1. Elaboración propia.
(18) 5. METODOLOGÍA El presente proyecto está basado bajo el enfoque de una investigación cualitativa inductiva, donde se desarrollan conceptos y comprensiones partiendo de datos, y no mediante la recolección de datos para evaluar modelos, hipótesis o teorías preconcebidos. En este tipo de estudios, se sigue un diseño de investigación flexible (Taylor y Bogdan 1987).xix Además es una investigación reflexiva puesto que desafía las ideas de objetividad y habla de la conexión del autor con la situación y el contexto de la investigación, el proceso de reflexión está presente en todas las fases desde la pregunta de investigación, el análisis de los datos hasta la elaboración del informe final, por lo tanto los procedimientos que se lleven a cabo durante la investigación son producto de las decisiones e interacciones del autor a lo largo de su estudio. (De la Cuesta, 2011)xx. El método utilizado en este trabajo es la revisión documental, el cual se caracteriza por ordenada y general al informar sus resultados. Este método está dividido en tres fases: recopilación, análisis y sistematización, integración y redacción (Chong, 2007)xxi. Grafico # 2. Toma y adaptada de “Métodos y técnicas de la investigación documental” Chong (2007) xxii.
(19) Gráfico # 3. Elaboración propia.
(20) FASES Fase 1. Recopilación de información Actividad. Desarrollo. Identificar sistemas de información. Identificar los lugares dónde se encuentran los documentos que se necesitan para al realización del proyecto.. Levantamiento de información. Registro de Información. • Búsqueda en internet, bases de datos, Artículos científicos, revistas, normatividad • Visita a las diferentes entidades e instituciones para pedir información mas detallada acerca de las cabalgatas. El registro de información se realiza a través de fichas documentales. Fase 2. Análisis y sistematización de información Se desarrollan criterios de selección • Pertinencia Selección de documentos • Vigencia • Fecha de expedición Se establecen códigos para el análisis, que serán identificados Códigos de análisis mediante colores. Después de la seleccionar los documentos pertinentes para la investigación se realizan fichas de trabajo con el siguiente contenido Fichas de trabajo • Tipo de Documento • Fecha de publicación (2010-2018) • Apartados de los códigos de análisis Fase 3. Integración y redacción de información Organización del fichero Redacción de documento. Se construye una tabla y un mapa mental para identificar la relación entre códigos Se describen los resultados, posteriormente la discusión y las medidas o propuestas. Tabla # 2. Elaboración propia.
(21) 6. RESULTADOS. 6.1. Recopilación de la información. 6.1.1. Identificación de sistemas de Información En la primera etapa de esta fase se identifica como sistema de obtención de información primeramente el internet, luego para terminar de recopilar la información se procede a visitar a entidades encargadas de regular las actividades equinas en el país.. 6.1.2. Levantamiento de Información Se empieza la búsqueda en internet, en páginas como: el Instituto Colombiano Agropecuario, la Alcaldía de Bogotá, Legis, la Secretaria del Senado e incluso a través de artículos que llevaron a la búsqueda de más normatividad; no se lleva un orden aparente, solo se realiza la recopilación indiscriminadamente. Para la visita de entidades, en el caso de FEDEQUINAS, al momento de pedir una cita, sugieren que se pida la información por correo electrónico a esta y a las demás entidades, por razón de practicidad y optimización de tiempo se establece que no se realizaran las visitas a las entidades sino que se solicitará la información por vía internet.. 6.1.3. Registro de la información Posteriormente se realiza el registro de la información como se muestra a continuación a través de una ficha documental dónde se ubican los documentos encontrados según su importancia normativa..
(22) FICHA DOCUMENTAL Declaración universal de los derechos de los animales Constitución Política de Colombia Ley 84 de 1989. "Por la cual se adopta el Estatuto Nacional de Protección de los Animales y se crean unas contravenciones y se regula lo referente a su procedimiento y competencia". Ley 99 de 1993. "Por la cual se crea el Ministerio de ambiente, se reordena el sector público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el SINA y se dictan otras disposiciones". Ley 427 de 1998. "Por la cual se reglamentan los títulos genealógicos, exhibiciones y espectáculos para semovientes de razas puras del sector equino y bovino y se crean mecanismos para su protección y propagación". Ley 1257 del 2008. "Por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres, se reforman los códigos penal, de procedimiento penal, la ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones". Leyes Ley 1551 del 2012 Ley 1659 del 2013. Sentencias. "Por la cual se dictan normas para modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios" "Por la cual se crea el Sistema Nacional de Identificación, Información y Trazabilidad Animal". Ley 1774 del 2016. "Por medio de la cual se modifican el código civil, la ley 84 de 1989, el código penal, el código de procedimiento penal y se dictan otras disposiciones". Ley 1801 del 2016. "Por la cual se expide el código Nacional de Policía y Convivencia". Ley 1842 del 2017. Por medio de la cual se declara como patrimonio genético nacional la raza autóctona del caballo de paso fino colombiano y se dictan otras disposiciones.. Sentencia c- 666 del 2010. "La presente resuelve la demanda interpuesta por el señor Andrés Echeverri contra el artículo 7º de la Ley 84 de 1989. La disposición acusada exime de las sanciones administrativas previstas en el mismo cuerpo normativo a quienes participen u organicen corridas de toros, coleo, becerradas, rejoneos, riñas de gallos, novilladas, corralejas y tientas. Se trata de una excepción al régimen general de prohibición de actividades crueles para con los animales fijado por el artículo 6º de la misma ley, en esa medida se reitera que la adecuada comprensión del precepto demandado requiere tener en cuenta la primera disposición, en la cual se describen las acciones que se entienden como maltrato animal".
(23) Sentencias. Decretos. Sentencia N. 146 del 2007. “Exhortar al señor Alcalde del Municipio de Cali, a los representantes legales de CORFECALI, Policía Nacional y del ICA, para que en forma coordinada con los demás organismos bajo su dependencia y en la medida de sus competencias; diseñen y ejecuten estrategias y refuercen las medidas de control tendientes a lograr mayor efectividad en la defensa y protección de los derechos colectivos al goce de un ambiente sano, a la seguridad y salubridad pública y la prevención de desastres antes, durante y después del evento denominado cabalgata de la feria de Cali”. Decreto 2811 de 1974. "Por el cual se dicta el Código Nacional de recursos naturales renovables y protección del medio Ambiente". Decreto 2820 del 2010. "Por el cual se reglamenta el Titulo VIII de la Ley 99 de 1993 sobre licencias ambientales". Decreto 2113 del 2017. "Por el cual se adiciona un capítulo al Titulo 3 de la Parte 13 del Libro 2 del Decreto 1071 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pequero y de Desarrollo Rural". Resolución 1026 de 1999 Resolución 1022 de 1999 Resolución 2602 de 2003. "Por la cual se dictan medidas para la prevención y control de rabia silvestre". Resolución 1096 del 2005. "Por la cual se establecen medidas sanitarias para la prevención y control de la anemia infecciosa equina en la republica de Colombia". Resolución 1403 del 2015. "Por la cual se establecen los requisitos para reconocer el pasaporte equino expedido por la Federación Ecuestre de Colombia (FEC) como documento sanitario de movilización dentro del territorio nacional". Resolución 627 del 2006. "Por la cual se establece la norma nacional de emisión de ruido y ruido ambiental". Resolución 1634 del 2010. "Por medio de la cual se establecen los requisitos para la expedición de licencias zoosanitarias de funcionamiento que autorizan las concentraciones de animales y se señalan los requisitos sanitarios para los animales que participen en ellas". Resolución 3860 del 2015. "Por la cual se reglamenta el cumplimiento de las Normas Técnicas Sectoriales expedidas por las Unidades Sectoriales de Normalización para las actividades del denominado Turismo de aventura y la Sostenibilidad Turística". Resolución 10522 de 2016. "Por medio de la cual se modifican unos artículos de la Resolución 1634 del 19 de mayo de 2010". Resolución 7953 del 2017. "Por la cual se establecen los requisitos sanitarios y de bienestar animal para obtener la Certificación en Buenas Prácticas Ganaderas – BGP en la producción primaria de équidos, con destino a la recreación, trabajo y deporte". Ordenanza 507 de 2002. "Por la cual se expide el código de policía y convivencia ciudadana del departamento del Meta". Ordenanza 18 del 2002. "Por el cual se expide el código de convivencia ciudadana para el Departamento de Antioquia". Ordenanza 015 del 2006. "Por el cual se expide el reglamento policivo y de convivencia ciudadana para el Departamento de Casanare". Resoluciones. Ordenanzas. "Por la cual se establecen medidas sanitarias para la prevención y control de la encefalitis equina venezolana" "Por la cual se establecen medidas sanitarias para la prevención y control de la influenza equina y de anemia infecciosa equina".
(24) Decreto 411.020.0868 del 2010 Santiago de Cali Valle del Cauca. "Por medio del cual se disponen unas medidas transitorias con el fin de garantizar el orden público en el Municipio de Santiago de Cali". Decreto 595 de 2013 Bogotá D.C.. "Por medio del cual se culmina el programa de sustitución de vehículos de tracción animal y se prohíbe definitivamente su circulación en el Distrito Capital y se adoptan otras medidas". Decreto 242 del 2015 Bogotá D.C.. Decreto Municipal. "Por la cual se adopta la política pública Distrital de protección y bienestar animal 2014 - 2038 y se dictan otras disposiciones" "Por medio del cual se adoptan medidas para la reglamentación de las Decreto 017 del 2017 Caicedonia cabalgatas en la Jurisdicción del Municipio de Caicedonia Valle y se derogan Valle del Cauca las normas expedidas con anterioridad a la presente" Decreto 263 del 2017 Pitalito "Por medio del cual se establecen medidas especiales para la realización de las Huila cabalgatas en el Municipio de Pitalito" Decreto 046 del 2017 Santander "Por medio del cual se adoptan medidas para la reglamentación de las de Quilichao Cauca cabalgatas o desfile a caballo en el Municipio de Santander de Quilichao" "Por medio del cual se reglamenta el transito de animales (equinos) y la Decreto 96 del 2017 Tenjo realización de paseos o cabalgatas diurnas y nocturnas por las vías urbanas y Cundinamarca rurales del Municipio de Tenjo Cundinamarca" Decreto 115 del 2018 El santuario "Por medio del cual se regula en toda la jurisdicción del Municipio de El Antioquia Santuario las cabalgatas" Decreto 004 del 2019 Duitama "Por el cual se adoptan algunas disposiciones administrativas y policivas para el Boyacá desarrollo de la cabalgata en el marco de las ferias y fiestas 2019". Acuerdos Municipales. Acuerdo 104 del 2013 Medellín Antioquia. "Por medio del cual se reglamentan los desfiles con animales que se realicen en la zona urbana de la Ciudad de Medellín". Acuerdo 250 del 2014 Villavicencio Meta. "Por medio del cual se expide el reglamento para la realización de cabalgatas en el Municipio de Villavicencio". proyecto de Acuerdo 053 del 2016 Manizales Caldas (negado). "Por el cual se regula la realización de desfiles a caballo en el Municipio de Manizales y se dictan otras disposiciones.". Acuerdo 03 del 2017 Ubaté Cundinamarca. "Por medio de la cual se reglamenta en el Municipio de Ubaté, Cundinamarca, los desfiles y demás eventos recreativos que se realicen en la zona urbana en los que sean utilizados animales". Acuerdo 079 del 2017 Armenia Quindío. "Por el cual se reglamenta la realización de las cabalgatas en el Municipio de Armenia y se dictan otras disposiciones.". Proyecto de Acuerdo 114 del 2018 Cartagena de Indias Bolívar. "Por medio del cual se institucionaliza la realización de las cabalgatas de la virgen de la candelaria y de las velitas en honor a la sagrada inmaculada concepción en el Distrito de Cartagena y se dictan otras disposiciones". Tabla # 3. Elaboración propia.
(25) 6.2. Análisis y sistematización de información. 6.2.1. Selección de documentos En esta etapa se inicia con la selección y reducción de la información obtenida teniendo como punto de partida tres criterios de selección: la fecha de expedición entre el 2010 y el 2018, la pertinencia con el tema y la vigencia. A continuación se presenta la lista de las normas que fueron descartadas y su respectiva causa de justificación: . Declaración universal de los derechos de los animales: (Descartada por año) Aclara que todos los animales tienen derecho a la existencia, al respeto y a la protección por parte del ser humano; Señala que todo animal que trabaje tiene derecho a un tiempo e intensidad razonable de trabajo y que ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre, por lo tanto se consideran indignas las exhibiciones y espectáculos con animales.. . Constitución Política de Colombia: (Descartada por año) Señala la diversidad cultural, el respeto a la intimidad y al buen hombre, al libre desarrollo de la personalidad, y a la libre conciencia; Menciona que todas las personas ya sea hombre o mujer son iguales ante la ley y tienen iguales derechos y oportunidades, y la mujer no puede ser sometida ante ningún tipo de discriminación; Dice también que es deber del estado proteger la integridad del ambiente y fomentar la educación para su conservación, así mismo se deben prevenir los factores que deterioran el ambiente.. . Ley 84 de 1989: (Descartada por año) Hace referencia a la protección de los animales causada directa o indirectamente por el hombre, involucrando la prevención de dolor y sufrimiento, la promoción de la salud y el bienestar animal, la erradicación del maltrato, el desarrollo de programas educativos que promuevan el respeto por los animales; Habla de los deberes que tiene el propietario de un animal como mantenerlo en condiciones apropiadas de aseo e higiene y además que eviten riesgos de daño o lesión, suministrarle bebida y alimento suficientes, y las medicinas necesarias para asegurar su salud. Adicionalmente considera como actos de crueldad para los animales: causar lesiones por golpes, quemaduras o cortadas, mutilar cualquier miembro u órgano; convertir en espectáculo la tortura de un animal; utilizar para espectáculo animales ciegos, heridos, enfermos o desherrados en vía pavimentada; la privación de aire, luz, alimento, higiene; recargar de trabajo a un animal que supere su capacidad física; abandonar a un animal por.
(26) su vejez, o enfermedad; finalmente habla acerca de las penas de multa que se impondrán teniendo en cuenta la gravedad de la infracción. . Ley 99 de 1993: (Descartada por fecha) Habla de la protección del paisaje como patrimonio común, adicionalmente nos dice que corresponde al Ministerio de Medio Ambiente regular el uso, aprovechamiento restauración de los recursos naturales con el fin de prevenir o mitigar el impacto generado por las actividades humanas al patrimonio natural; además de contratar la elaboración de estudios de procesos ecológicos.. . Ley 427 de 1998: (Descartada por fecha y pertinencia) Define los lineamientos de los registros y libros genealógicos de razas puras del sector equino; Además hace referencia a caballos de la raza Pura Sangre Inglesa (PSI) que son comúnmente utilizados para deporte, específicamente para carreras; También permite las exposiciones regionales o nacionales por parte de asociaciones de criaderos; A su vez señala que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural junto con FEDEQUINAS diseñaran planes sanitarios para la erradicación de enfermedades que afectan a este sector.. . Ley 1257 del 2008: (Descartada por fecha) Resalta que se entiende por violencia contra la mujer cualquier acción que le cause la muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico o económico por el hecho de ser mujer, haciendo referencia a que el daño psicológico son las acciones destinadas a la degradación de comportamientos, creencias o decisiones por medio de la intimidación, la humillación o cualquier conducta que perjudique el desarrollo personal. Además también hace énfasis en que el Estado reconoce la independencia de las mujeres para tomar sus propias decisiones y que se promueve el ingreso de mujeres a espacios productivos no tradicionales para mujeres.. . Ley 1659 del 2013: (Descartada por pertinencia) Habla de un sistema de identificación, información y trazabilidad animal para especies pecuarias de interés económico.. . Ley 1842 del 2017: (Descartada por pertinencia) Declara a la raza del Caballo Paso Fino Colombiano como raza oficial y patrimonio genético de la Nación, y la nombrar ñas entidades que contribuirán para a su fomento, protección, investigación, financiación y conservación de los valores genéticos y culturales alrededor del caballo de paso fino colombiano.. . Sentencia c- 666 del 2010: (Descartada por pertinencia) Esta sentencia está orientada a actividades taurinas, coleo, corralejas y peleas de gallos..
(27) . Sentencia N. 146 del 2007: (Descartada por fecha) Resalta que se ordenó 14 medidas mínimos a cumplir en la cabalgata Feria de Cali, entre los cuales están: la reducción de participantes en la cabalgata, reducción del recorrido, cumplimiento de hora de la culminación del evento, la prohibición de burrotecas, el decomiso de armas cortopunzantes y de fuego, la instalación de puntos de hidratación y de herrería durante el recorrido, el consumo de bebidas embriagantes y alucinógenas durante el recorrido de la cabalgata, la disposición de veterinarios para asistir el evento.. . Decreto 2811 de 1974: (Descartado por fecha): Habla sobre el ambiente como patrimonio común, su preservación y restauración, uso racional de los recursos naturales renovables; regular la conducta humana individual y colectiva respecto al ambiente; regula también elementos y factores que influyen en el ambiente como: los residuos, desechos y ruido; entiende como contaminación la alteración del ambiente la cual puede ser física, química o biológica como la degradación del suelo, la alteración de la topografía, la introducción de especies animales, la disposición inadecuada de residuos; dentro de las competencias del gobierno en la educación se encuentra la preservación ambiental, y el fomento del desarrollo de estudios interdisciplinarios; menciona que las personas que realicen actividades pecuarias que puedan afectar los suelos están obligadas a realizar prácticas de conservación y recuperación de este.. . Decreto 2820 del 2010: (Descartado por pertinencia) Este decreto no contempla a las cabalgatas como actividad sujeta a licencia ambiental.. . Decreto 2113 del 2017: (Descartado por pertinencia) Este decreto aunque habla de los principios básicos del bienestar animal basados en las cinco libertades, está dirigido a especies destinadas a la producción comercial que incluye: reproducción, cría, levante y engorde.. . Resolución 1026 de 1999: (Descartada por fecha) Teniendo en cuenta la importancia de la Encefalitis Equina Venezolana por ser una zoonosis de alto impacto social y económico esta resolución habla sobre medidas encaminadas a la prevención y control de dicha enfermedad encabezadas por el ICA y el Ministerio de Salud como la vacunación obligatoria de caballares en áreas por debajo de los 1.200 m.s.n.m., para la movilización y concentración de équidos se debe demostrar la vacunación o periodo de inmunidad por medio de la guía de movilización otorgada por el ICA..
(28) . Resolución 1022 de 1999: (Descartada por fecha) Habla de la importancia de la prevención de Influenza Equina, y que se exigirá la vacunación vigente contra dicho virus, además de presentar resultados negativos de laboratorio a Anemia Infecciosa Equina.. . Resolución 2602 de 2003: (Descartada por fecha) Teniendo en cuenta que la rabia es una enfermedad zoonotica que afecta a los animales, a la economía y a la salud pública, esta resolución nos habla sobre las medidas para la prevención y control de esta enfermedad que es de declaración obligatoria en todo el territorio nacional.. . Resolución 1096 del 2005: (Descartada por fecha) Teniendo en cuenta la importancia de controlar y evitar la diseminación de la Anemia Infecciosa Equina (AIE) los reactores positivos a esta enfermedad deben ser identificados por un médico veterinario avalado por alguna asociación y supervisado por un médico veterinario del ICA, además todos los équidos del predio en donde se encuentre un reactor positivo deben ser examinados para descartar la enfermedad, y finalmente para la movilización, todos los équidos mayores de 12 meses deben presentar resultados vigentes a la prueba diagnóstica contra AIE.. . Resolución 1403 del 2015: (Descartada por pertinencia) Esta resolución habla de un pasaporte equino para animales cuya finalidad son las competencias deportivas y deben estar registrados ante la Federación Ecuestre Colombiana (FEC). . Resolución 627 del 2006: (Descartada por fecha) En esta resolución nos muestra una tabla que permite identificar los estándares máximos permisibles de emisión de ruido en el día y en la noche según el sector y subsector, además señala que corresponde a las autoridades ambientales la realización de mapas de ruido en Municipios con poblaciones mayores a 100.000 habitantes.. . Resolución 1634 del 2010: (Descartada por pertinencia y vigencia) Define las cabalgatas como la movilización de équidos y sus jinetes con fines recreativos, y las excluye del cumplimiento de los requisitos sanitarios para la concentración de animales.. . Resolución 3860 del 2015: (Descartada por pertinencia) Hace referencia a las Normas Técnicas Sectoriales (NTS) relacionadas con el turismo de aventura como la conducción de grupos en recorridos de cabalgata, la cual va dirigida a guías de turismo.. . Resolución 10522 de 2016: (Descartada por pertinencia) Esta resolución excluye las cabalgatas del cumplimiento de la resolución 1634 del 2010..
(29) . Resolución 7953 del 2017: (Descartada por pertinencia): Habla de los predios dedicados a la producción primaria de équidos que prestan sus servicios a actividades recreativas y deportivas; especifican requisitos para las instalaciones, programas de saneamiento documentados y avalados por un médico veterinario, registros de bioseguridad, de insumos, buenas prácticas para el uso de medicamentos veterinarios, alimentación, identificación y trazabilidad, bienestar animal.. . Ordenanza 507 de 2002: (Descartada por Fecha) Esta Ordenanza del Departamento del Meta hace referencia a: niveles admisibles de ruido y horarios permitidos teniendo en cuenta la salud de la población. No participar en riñas o escándalos; No portar armas ni tampoco intimidar a las personas con objetos peligrosos. No se puede transitar por el espacio público bajo el efecto de bebidas alcohólicas o psicoactivas. No emitir olores molestos cualquiera que sea su origen; Mantener y transportar los animales de tal manera que se les garantice el bienestar animal; no dejarlos abandonados en espacio público. Además se debe presentar un documento a la Alcaldía dónde se exprese el recorrido con puntos de descanso, de hidratación, y garantía de servicios médicos veterinarios. Solo se puede cabalgar por las vías autorizadas previamente. No se pueden arrojar desechos al espacio público y el organizador de la cabalgata debe presentar a la Alcaldía el contrato con una entidad prestadora de servicios de aseo la cual se hará responsable de la conservación y limpieza de los lugares dónde transcurra la cabalgata.. . Ordenanza 18 del 2002: (Descartada por fecha) Esta ordenanza del Departamento de Antioquia nos habla primeramente de la dignidad humana. Luego habla de la aplicación de medidas correctivas en caso de riñas a quien perturbe la tranquilidad durante espectáculos públicos; Queda prohibido el consumo de licor o bebidas en envase de vidrio, el porte de armas de fuego. En caso de alto grado de embriaguez del caballista, las autoridades pueden retirar los aperos hasta que el caballista se encuentre sobria y de ser necesario se llevará el caballo al coso Municipal. Para la realización de la cabalgata se debe tener autorización junto con: recorrido de la cabalgata, puntos de entrada y salida, puntos de descanso, hidratación, herrería y garantía de servicios veterinarios. Se debe adjuntar a la Alcaldía copia del contrato con la entidad prestadora de servicios de aseo, la cual se hará responsable de la limpieza durante el recorrido; Se prohíbe arrojar desechos de cualquier naturaleza en los andenes, antejardines, lechos de ríos o vías dónde puedan.
(30) ocasionar contaminación o daño a terceros. Queda prohibido cabalgar por antejardines y demás vías que no hayan sido autorizadas. Queda prohibido el uso de artículos pirotécnicos. . Ordenanza 015 del 2006: (Descartada por fecha) Esta ordenanza del Departamento de Casanare indica como principio orientador la dignidad humana e igualdad; Posteriormente habla de: la protección y el cuidado de los animales, manteniéndolos y transportándolos en lugares o vehículos que garanticen las condiciones mínimas de bienestar animal. Para la realización de una cabalgata se requiere una solicitud a la Alcaldía que contiene: número de participantes, recorrido de la cabalgata, punto de salida y llegada, embarque y desembarque, servicio de herrería, descanso e hidratación, garantía de servicios médicos veterinarios. Copia del contrato con entidad prestadora de servicios de aseo dónde se hace responsable de la limpieza y conservación del lugar der recorrido de la cabalgata. Queda prohibido cabalgar por jardines, parques y vías no autorizadas; el consumo de licor o bebidas en envases de vidrio; portar armas de fuego. En caso de embriaguez por parte del caballista, las autoridades de policía pueden retener los aperos y conducir al semoviente al coso municipal.. . Decreto 411.020.0868 del 2010 Santiago de Cali Valle del Cauca: (Descartado por vigencia) La vigencia de este decreto es del 25 de Diciembre del 2010 hasta el 31 de diciembre del 2010. Prohíbe el consumo de bebidas embriagantes y sustancias psicotóxicas en la vía pública y 200 metros alrededor del recorrido de la cabalgata; Prohíbe la circulación de equinos por fuera del circuito de la cabalgata; Prohíbe el porte de armas.. . Decreto 595 de 2013 Bogotá D.C. (Descartado por pertinencia) Este decreto nos habla del programa Distrital de sustitución de vehículos de tracción animal dónde se restringe la circulación de estos por las vías del área urbana de la ciudad.. . Decreto 004 del 2019 Duitama Boyacá: (Descartado por fecha) Se prohíbe transitar por antejardines, parques y vías que no hayan sido determinadas en el recorrido oficial. Solo se permite la participación de menores de edad con acompañante y bajo la responsabilidad de un adulto responsable. Se prohíbe el porte de armas de cualquier tipo. Se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas en envases de vidrio..
(31) . Proyecto de Acuerdo 053 del 2016 Manizales - Caldas:(Descartado por no ser denegado) Planteaba que los desfile a caballo debían estar autorizados por la Alcaldía, se deben cumplir algunas condiciones para la realización de las cabalgatas como: recorridos, horarios, plan de manejo y bienestar animal, número de animales; se debe garantizar las medidas sanitarias, de salud y bienestar de cada animal. Se debe contar durante el recorrido con inspección veterinaria cada dos Kilómetros. Se realizarán pruebas de alcoholemia al azar durante el recorrido. Se prohíben vehículos de tracción animal, consumo de alcohol, equipos de sonido llevados por los équidos, la participación de machos enteros y hembras con más de dos meses de gestación.. . Proyecto de Acuerdo 114 del 2018 Cartagena – Bolívar: (Descartado por no estar vigente) Plantea la preservación del patrimonio ecológico y cultural con la toma de medidas preventivas para conservar la integridad de los caballos, peatones y jinetes tales como: Prohibir el consumo de licor y sustancias psicoactivas, limitar la participación de équidos machos enteros y con problemas en su comportamiento; La duración del evento no debe superar las 6 horas. Se prohíbe transportar más de dos personas sobre un équido, o cualquier carga diferente al jinete. Se prohíbe el uso de látigos, zurriagas o espuelas de castigo. Se busca también disponer de puntos de chequeo veterinarios, hidratación y decomiso para propender cumplir las cinco libertades del bienestar animal. También se propone un control riguroso en la guía sanitaria de movilización. Después de la selección dispuesta anteriormente, la tabla documental con las normas que usaremos para el presente trabajo queda de la siguiente manera:.
(32) FICHA DOCUMENTAL Ley 1551 del 2012 Leyes. Ley 1774 del 2016 Ley 1801 del 2016. "Por la cual se dictan normas para modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios" "Por medio de la cual se modifican el código civil, la ley 84 de 1989, el código penal, el código de procedimiento penal y se dictan otras disposiciones" "Por la cual se expide el código Nacional de Policía y Convivencia". "Por la cual se adopta la política pública Distrital de protección y bienestar animal 2014 - 2038 y se dictan otras disposiciones" "Por medio del cual se adoptan medidas para la reglamentación de las cabalgatas en Decreto 017 del 2017 Caicedonia la Jurisdicción del Municipio de Caicedonia Valle y se derogan las normas expedidas Valle del Cauca con anterioridad a la presente" "Por medio del cual se establecen medidas especiales para la realización de las Decreto 263 del 2017 Pitalito cabalgatas en el Municipio de Pitalito" Huila Decreto 046 del 2017 Santander "Por medio del cual se adoptan medidas para la reglamentación de las cabalgatas o desfile a caballo en el Municipio de Santander de Quilichao" de Quilichao Cauca Decreto 242 del 2015 Bogota D.C.. Decretos Municipales. Decreto 96 del 2017 Tenjo Cundinamarca. "Por medio del cual se reglamenta el transito de animales (equinos) y la realización de paseos o cabalgatas diurnas y nocturnas por las vías urbanas y rurales del Municipio de Tenjo Cundinamarca". Decreto 115 del 2018 El santuario "Por medio del cual se regula en toda la jurisdicción del Municipio de El Santuario las cabalgatas" Antioquia. Acuerdos Municipales. Acuerdo 104 del 2013 Medellin Antioquia. "Por medio del cual se reglamentan los desfiles con animales que se realicen en la zona urbana de la Ciudad de Medellin". Acuerdo 250 del 2014 Villavicencio Meta. "Por medio del cual se expde el reglamento para la realización de cabalgatas en el Municipio de Villavicencio". Acuerdo 03 del 2017 Ubaté Cundinamarca. "Por medio de la cual se reglamenta en el Municipio de Ubaté, Cundinamarca, los desfiles y demás eventos recreativos que se realicen en la zona urbana en los que sean utilizados animales". Acuerdo 079 del 2017 Armenia Quindio. Por el cual se reglamenta la realización de las cabalgatas en el Municipio de Armenia y se dictan otras disposiciones Tabla # 4. Elaboración propia. 6.2.2. Códigos de análisis Los códigos de análisis serán usados como estrategia para describir el objeto de estudio, una de las características de las categorías o códigos de análisis es que surgen a partir del marco teórico y aunque se sugiere que no sean más de cinco (Rivas , 2015)xxiii, para el presente trabajo es importante que los códigos estén basados en las subcategorías mencionadas en los aspectos ambientales del marco teórico y serán identificados mediante colores de la siguiente forma:.
(33) CÓDIGOS DE ANÁLISIS. Grafico # 4. “Códigos de análisis” Elaboración propia. 6.2.3. Fichas de Trabajo La elaboración de fichas se realiza con el siguiente contenido, Tipo de Norma, Fecha de publicación, Entidad encargada, y apartados de los códigos de análisis, de la siguiente manera.. Ley 1551 de 2012 Tipo. Ley. Fecha. Julio 6 del 2012. Entidad. Congreso de Colombia. Alteración del suelo Consumo de licor. Art. 3. Corresponde al Municipio velar por el adecuado manejo de los recursos naturales Art. 91. conservar el orden público con medidas como la restricción o prohibición del consumo de bebidas embriagantes Tabla # 5. Elaboración propia.
(34) Ley 1774 del 2016 Tipo. Ley. Fecha. 6 enero del 2016. Entidad. Congreso de Colombia Art. 2. Se reconoce la calidad de seres sintientes a los animales. Bienestar Animal. Art. 3. Se asegura la protección animal bajo el respeto, la compasión; se asegura el bienestar animal como mínimo bajo las 5 libertades de los animales Art. 8. Aprehensión de material preventiva, cuando se tenga conocimiento de alguna conducta de maltrato animal o que vulnere su bienestar, las autoridades policivas pueden aprehender el animal de forma inmediata. Tabla # 6. Elaboración propia. Imagen # 4. Talabartería San Fermín. Antioquiaxxiv.
(35) Ley 1801 de 2016 Tipo. Ley. Fecha. Julio 29 del 2016. Entidad. Congreso de la República. Estigmas. Art. 2. los objetivos específicos son: promover el respeto, la dignidad y los deberes y derechos de los seres humanos Art. 7. uno de los fines de este código es el respeto por las diferencias y la aceptación de ellas, junto con la prevalencia de valores sociales como la tolerancia, la fraternidad y la prudencia Art. 27. no incurrir en comportamientos violentos que puedan resultar en agresiones físicas. Art. 7. uno de los fines de este código es la prevalencia de valores sociales como la justicia, la igualdad y el respeto. Perspectiva de género. Art. 31. derecho a la tranquilidad y a las relaciones respetuosas como esencia de la convivencia. Art.38. uno de los comportamientos que afectan la integridad de niños, niñas y adolescentes es la participación en actividades dónde haya consumo de licor. Art. 40. Uno de los comportamientos que afectan a los grupos sociales de especial protección es permitir o inducir el maltrato físico, verbal, psicológico o sexual. Art. 100. Uno de los comportamientos contrarios a la preservación del agua es arrojar residuos a Residuos cuerpos de agua sólidos Art. 111. Uno de los comportamientos contrario a la limpieza y recolección de residuos es arrojar ordinarios residuos sólidos en sitios de uso público o privado Residuos Art. 124. Uno de los comportamientos que pone en riesgo la convivencia por la tenencia de animales es biodegradables omitir la recogida de los excrementos de los animales. Tabla # 7. Elaboración propia. Imagen # 5. Talabartería San Fermín. Antioquiaxxv.
(36) Decreto 242 de 2015 Bogotá D.C. Tipo. Decreto. Fecha. Junio 22 de 2015. Entidad. Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. Art. 3. La Política Pública distrital tiene como finalidad mejorar las condiciones de vida de los animales que habitan el territorio distrital, a partir de una cultura ciudadana comprometida con la protección, el bienestar animal y la tenencia responsable.. Art. 5. El trato con los animales debe basarse en la ética, compasión y la justicia, Integrar acciones normativas, educativas y judiciales para el mejoramiento de la calidad de vida de los animales. Reconocer Bienestar Animal el valor de la vida. Art. 7. El objetivo de la política pública distrital es transformar la relación entre humanos y no humanos hacia una cultura de respeto y buen trato hacia los animales reconociéndolos como animales sintientes. Art. 9. Fomentar la formación de valores éticos en relación con los animales, desarrollando estrategias pedagógicas formales y no formales orientados a sensibilización Tabla # 8. Elaboración propia. Imagen # 6. Talabartería San Fermín. Antioquiaxxvi.
(37) Decreto 017 del 2017 Caicedonia - Valle del Cauca Tipo. Decreto Municipal. Fecha. 16 de Febrero del 2017. Entidad. La Alcaldesa Municipal de Caicedonia. Alteración del suelo. Art. 6. Solo se puede cabalgar por las calles previamente autorizadas, respetando antejardines y demás áreas contiguas. Art. 7. Queda prohibido el uso de sonido y su amplificación.. Emisión de ruido Art. 12. No se admite el uso de burrotecas o cualquier otro instrumento de amplificación de sonido Art. 8. se debe mostrar respeto con los animales, se deben tener sitios para pastura antes y después de la cabalgata. Art. 9. no se permite la participación de animales que no cuenten con certificado de vacunación vigente. Bienestar Animal. Art. 11. La organización del evento debe contar con médicos veterinarios y herreros de acuerdo a la cantidad de participantes Art. 12. No se admite el uso de carretas o vehículos de tracción animal, ni el uso de elementos que puedan causar lesiones a los animales Art. 13. Queda prohibido utilizar yeguas preñadas, animales agresivos, y solo se permite un jinete por caballo Art. 14. El recorrido por vía pavimentada no puede superar los 10 Kilómetros Art. 15. Queda prohibido realizar carreras o galopes durante el evento Art. 17. Se prohíbe la participación de animales lastimados, hembras en celo o en gestación, animales menores de 3 años.. Residuos biodegradables Consumo de Licor. Estigmas. Perspectiva de género. Art. 8. Se deben contratar el número de personas conveniente para que recoja las heces de los caballos Art. 10. Queda prohibido el consumo de sustancias alucinógenas Art. 16. Queda prohibido realizar piruetas sobre los equinos que pongan en riesgo la integridad del animal, del mismo jinete y de los demás participantes Art. 20. Queda prohibido el porte y uso de armas que pongan en riesgo la integridad física de los participantes Art. 19 La participación de niños y menores de edad debe ser autorizada por el representante legal; No se permite la participación de mujeres en estado de embarazo Tabla # 9. Elaboración propia.
(38) Decreto 263 de 2017 Pitalito - Huila Tipo. Decreto Municipal. Fecha. 9 de Junio del 2017. Entidad. Alcalde Municipal de Pitalito. Consumo de Licor. Art. 2. Parágrafo. Se permite el consumo controlado y responsable de bebidas alcohólicas y se prohíbe el uso de sustancias psicoactivas Art. 5. algunas de las causales de retiro de la cabalgata son: manejar el animal en alto grado de alicoramiento; provocar o participar en riñas. Art. 5. los ejemplares deben cumplir con los requisitos sanitarios establecidos por el ICA; no se permite el uso de elementos que afecten a los equinos; solo un jinete por caballo; no inferir en el maltrato equino. Algunas de las causales de retiro de la cabalgata son: participar con carrozas o carruajes. Bienestar Animal Art. 5. Parágrafo. No se permite la participación de animales en mal estado nutricional o de salud y yeguas en el último tercio de gestación Art. 7. Queda prohibido el uso de elementos que puedan causar daño a los caballos Emisión de ruido. Perspectiva de género. Art. 5. No se permite el uso de equipos de sonido sobre los equinos Art. 5. algunas de las causales de retiro de la cabalgata son: el uso de niños, niñas o adolescentes como palafreneros; la participación de menores de 14 años sin el acompañamiento de un adulto responsable Art. 6. Queda prohibido el uso de niños, niñas y adolescentes para actividades que impliquen riesgos para la integridad física Tabla # 10. Elaboración propia. Imagen #7. Talabartería San Fermín. Antioquiaxxvii.
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