Carta de Presentación Directora de la Carrera
Bogotá, agosto de 2015
Señores
BIBLIOTECA GENERAL
Pontificia Universidad Javeriana Ciudad
Bogotá
Respetados Señores,
Me permito presentar el trabajo de grado titulado “Retos del estado colombiano para afrontar el fenómeno del tráfico ilícito de Migrantes en la " Nueva Ola Migratoria", elaborado por el estudiante Angie Kamila Pérez Cardona, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 1016040858, para que se incluya en el catálogo de consulta.
Cordialmente,
CARTA DE AUTORIZACIÓN DE LOS AUTORES (Licencia de uso)
Bogotá, D.C., 6 de agosto 2015
Señores
Biblioteca Alfonso Borrero Cabal S.J. Pontificia Universidad Javeriana Ciudad Bogota
Los suscritos:
Angie Kamila Pérez Cardona , con C.C. No 1016040858 En mí (nuestra) calidad de autor (es) exclusivo (s) de la obra titulada:
“Retos del estado colombiano para afrontar el fenómeno del tráfico ilícito de Migrantes en La “Nueva Ola Migratoria”
(por favor señale con una “x” las opciones que apliquen) Tesis doctoral Trabajo de grado x Premio o distinción: Si No x cual:
presentado y aprobado en el año 2014 , por medio del presente escrito autorizo (autorizamos) a la Pontificia Universidad Javeriana para que, en desarrollo de la presente licencia de uso parcial, pueda ejercer sobre mi (nuestra) obra las atribuciones que se indican a continuación, teniendo en cuenta que en cualquier caso, la finalidad perseguida será facilitar, difundir y promover el aprendizaje, la enseñanza y la investigación.
En consecuencia, las atribuciones de usos temporales y parciales que por virtud de la presente licencia se autorizan a la Pontificia Universidad Javeriana, a los usuarios de la Biblioteca Alfonso Borrero Cabal S.J., así como a los usuarios de las redes, bases de datos y demás sitios web con los que la Universidad tenga perfeccionado un convenio, son:
AUTORIZO (AUTORIZAMOS) SI NO
1. La conservación de los ejemplares necesarios en la sala de tesis y
trabajos de grado de la Biblioteca. x
2. La consulta física o electrónica según corresponda x 3. La reproducción por cualquier formato conocido o por conocer x 4. La comunicación pública por cualquier procedimiento o medio físico o
electrónico, así como su puesta a disposición en Internet x 5. La inclusión en bases de datos y en sitios web sean éstos onerosos o
gratuitos, existiendo con ellos previo convenio perfeccionado con la Pontificia Universidad Javeriana para efectos de satisfacer los fines previstos. En este evento, tales sitios y sus usuarios tendrán las mismas facultades que las aquí concedidas con las mismas limitaciones y condiciones
x
6. La inclusión en la Biblioteca Digital PUJ (Sólo para la totalidad de las Tesis Doctorales y de Maestría y para aquellos trabajos de grado que hayan sido laureados o tengan mención de honor.) x
lapso mi (nuestra) obra sea explotada en las condiciones aquí estipuladas y para los fines indicados, respetando siempre la titularidad de los derechos patrimoniales y morales correspondientes, de acuerdo con los usos honrados, de manera proporcional y justificada a la finalidad perseguida, sin ánimo de lucro ni de comercialización.
De manera complementaria, garantizo (garantizamos) en mi (nuestra) calidad de estudiante (s) y por ende autor (es) exclusivo (s), que la Tesis o Trabajo de Grado en cuestión, es producto de mi (nuestra) plena autoría, de mi (nuestro) esfuerzo personal intelectual, como consecuencia de mi (nuestra) creación original particular y, por tanto, soy (somos) el (los) único (s) titular (es) de la misma. Además, aseguro (aseguramos) que no contiene citas, ni transcripciones de otras obras protegidas, por fuera de los límites autorizados por la ley, según los usos honrados, y en proporción a los fines previstos; ni tampoco contempla declaraciones difamatorias contra terceros; respetando el derecho a la imagen, intimidad, buen nombre y demás derechos constitucionales. Adicionalmente, manifiesto (manifestamos) que no se incluyeron expresiones contrarias al orden público ni a las buenas costumbres. En consecuencia, la responsabilidad directa en la elaboración, presentación, investigación y, en general, contenidos de la Tesis o Trabajo de Grado es de mí (nuestro) competencia exclusiva, eximiendo de toda responsabilidad a la Pontifica Universidad Javeriana por tales aspectos.
Sin perjuicio de los usos y atribuciones otorgadas en virtud de este documento, continuaré (continuaremos) conservando los correspondientes derechos patrimoniales sin modificación o restricción alguna, puesto que de acuerdo con la legislación colombiana aplicable, el presente es un acuerdo jurídico que en ningún caso conlleva la enajenación de los derechos patrimoniales derivados del régimen del Derecho de Autor.
De conformidad con lo establecido en el artículo 30 de la Ley 23 de 1982 y el artículo 11 de la Decisión Andina 351 de 1993, “Los derechos morales sobre el trabajo son propiedad de los autores”, los cuales son irrenunciables, imprescriptibles, inembargables e inalienables. En consecuencia, la Pontificia Universidad Javeriana está en la obligación de RESPETARLOS Y HACERLOS RESPETAR, para lo cual tomará las medidas correspondientes para garantizar su observancia.
NOTA: Información Confidencial:
Esta Tesis o Trabajo de Grado contiene información privilegiada, estratégica, secreta, confidencial y demás similar, o hace parte de una investigación que se adelanta y cuyos resultados finales no se han publicado. Si No X
En caso afirmativo expresamente indicaré (indicaremos), en carta adjunta, tal situación con el fin de que se mantenga la restricción de acceso.
NOMBRE COMPLETO documento de No. del
identidad FIRMA
Angie Kamila Pérez Cardona cc.1016040858 Angie Kamila Pérez
BIBLIOTECA ALFONSO BORRERO CABAL, S.J.
DESCRIPCIÓN DE LA TESIS DOCTORAL O DEL TRABAJO DE GRADO FORMULARIO
TÍTULO COMPLETO DE LA TESIS DOCTORAL O TRABAJO DE GRADO
“Retos del estado colombiano para afrontar el fenómeno del tráfico ilícito de Migrantes en la " Nueva Ola Migratoria"
SUBTÍTULO, SI LO TIENE
AUTOR O AUTORES
Apellidos Completos Nombres Completos
Pérez Cardona Angie Kamila
DIRECTOR (ES) TESIS DOCTORAL O DEL TRABAJO DE GRADO
Apellidos Completos Nombres Completos
Suárez Rivero Neftali David
FACULTAD
Ciencia política y relaciones internacionales PROGRAMA ACADÉMICO
Tipo de programa ( seleccione con “x” )
Pregrado Especialización Maestría Doctorado
x
Nombre del programa académico Ciencia política
Nombres y apellidos del director del programa académico Sebastian Lípez de Castro
TRABAJO PARA OPTAR AL TÍTULO DE: Politóloga
PREMIO O DISTINCIÓN (En caso de ser LAUREADAS o tener una mención especial):
CIUDAD AÑO DE PRESENTACIÓN DE LA
TESIS O DEL TRABAJO DE GRADO
NÚMERO DE PÁGINAS
Bogotá 2014 49
TIPO DE ILUSTRACIONES ( seleccione con “x” )
Dibujos Pinturas Tablas, gráficos y diagramas Planos Mapas Fotografías Partituras
licenciado por la Universidad a través de la Biblioteca (previa consulta al estudiante), el texto de la Tesis o Trabajo de Grado quedará solamente en formato PDF.
MATERIAL ACOMPAÑANTE
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DESCRIPTORES O PALABRAS CLAVE EN ESPAÑOL E INGLÉS
Son los términos que definen los temas que identifican el contenido. (En caso de duda para designar estos descriptores, se recomienda consultar con la Sección de Desarrollo de Colecciones de la Biblioteca Alfonso Borrero Cabal S.J en el correo [email protected], donde se les orientará).
ESPAÑOL INGLÉS
Tráfico ilícito de migrantes. Migrant smuggling Leyes internacionales. International law. Trata de personas. Human trafficking. Migración colombiana. Colombian migration. Protocolo de Palermo. Palermo Protocol.
RESUMEN DEL CONTENIDO EN ESPAÑOL E INGLÉS (Máximo 250 palabras - 1530 caracteres)
responder apropiadamente a estas obligaciones. El logro de estos dos objetivos se realiza a través de un análisis crítico no sólo de la institucionalidad colombiana y su eficacia en términos de coordinación inter-estatal para prevenir el fenómeno, sino igualmente del alcance de la misma normativa internacional para que los estados que, como el colombiano, padecen sus consecuencias, puedan hacer frente a la magnitud y características con que éste se presenta en la realidad actual.
RETOS DEL ESTADO COLOMBIANO EN EL FENÓMENO DEL TRAFICO ILICITO DE MIGRANTES EN LA “NUEVA OLA INMIGRATORIA”.
PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA
FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES CARRERA DE CIENCIA POLÍTICA BOGOTÁ D.C.
RETOS DEL ESTADO COLOMBIANO EN EL FENÓMENO DEL TRÁFICO ILÍCITO DE MIGRANTES EN LA “NUEVA OLA INMIGRATORIA”.
ANGIE KAMILA PÉREZ CARDONA
PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA
FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES CARRERA DE CIENCIA POLÍTICA BOGOTÁ D.C.
RETOS DEL ESTADO COLOMBIANO EN EL FENÓMENO DEL TRÁFICO ILÍCITO DE MIGRANTES EN LA “NUEVA OLA INMIGRATORIA”.
ANGIE KAMILA PÉREZ CARDONA
DIRECTOR DEL TRABAJO DE GRADO NEFTALI DAVID SUAREZ RIVERO
PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA
FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES CARRERA DE CIENCIA POLÍTICA BOGOTÁ D.C.
2014
Agradecimientos.
Quiero aprovechar este espacio para expresar mi profundo agradecimiento a las dos personas que me dieron la vida y a mi abuelita, quienes me han visto crecer y han compartido conmigo este largo camino lleno de esfuerzo y dedicación, han llenado mi vida de amor y alegría. A mi mami hermosa, quiero dedicarle especialmente este trabajo, porque ha sido la gestora de mis sueños, la dueña de cada uno de mis pensamientos y quien ha dedicado su vida por cuidar de mí con sus palabras, gestos, acciones y caricias (sin ti este camino no habría sido posible). A mi papito lindo, quien refleja la disciplina, empeño y dedicación en todas mis cosas, quiero agradecerle por tantos sacrificios y dejar sus sueños por hacer realidad los míos, nuestros corazones siempre estarán unidos hasta en la más corta distancia. A mi maravillosa abuelita y ejemplo de vida, quiero dedicarle mi vida entera, porque cada uno de mis logros están basados en los valores que me han inculcado desde pequeña. Sin olvidarme de mi angelito de la guarda que siempre está acompañándome desde el cielo.
Quiero agradecer a tres personas en especial, que son quienes me han aportado a mi formación como profesional y personal. Uno de ellos es mi director de trabajo de grado por cada una de las palabras de aliento cada miércoles y hacer de este trabajo un logro más para culminar mi carrera. A Gustavo Spinel quiero agradecer por cada una de las palabras y enseñanzas dentro de mi proceso como líder porque me ha permitido salir de mi “zona de confort” para emprender el camino en busca de mi “principio y fundamento”. A mi tío, quien ha sido nuestra mano derecha en los sueños cumplidos, le agradezco por ser incondicional en cada uno de los momentos de mi vida.
Me siento afortunada de haber compartido cada segundo de mi vida universitaria con profesores, compañeros y amigos maravillosos. Le doy gracias a la vida y a Diosito por ayudarme a tomar el camino correcto y por dotarme de sentidos para poder disfrutar de cada segundo de vida que tengo.
Tabla de contenido
Introducción………...1
Capítulo 1 1.1. Explotación conceptual: relación y diferencia entre el tráfico ilícito de personas y la trata de personas……….…....5
1.2. Conceptos y diferencias sustanciales del tráfico ilícito de migrantes y la trata de personas……….6
1.3. Una perspectiva humana para abordar el tema………..10
Capítulo 2 2.1. El tráfico ilícito de migrantes a luz de las medidas del estado colombiano y procedimientos internacionales………..14
2.2. “Nueva ola de inmigrantes”……….…15
2.3. Medidas legales del Estado colombiano………...18
2.4. Estado colombiano y la Convención de Palermo………...20
2.5. Restricciones de los flujos migratorios –Condición de refugiado………26
2.6. Controles en la zona fronteriza. Ecuador……….28
Capítulo 3 3.1 Líneas de mejoramiento………..32
3.2. Recomendaciones a nivel internacional y nacional………...33
3.3. Recomendaciones legales………...36
4. Conclusiones………..40
Introducción
Uno de los problemas que más preocupación despierta actualmente a escala mundial es el fenómeno de la trata de personas. Se trata de un fenómeno que, de acuerdo con los informes de los organismos internacionales, va en aumento (véase Ngozi Ezeilo, 2014). Frente a este delito, considerado de carácter transnacional, no sólo se han dispuesto nuevos instrumentos internacionales orientados a su persecución, sino se han producido numerosos pronunciamientos de denuncia y de análisis tanto por organizaciones de la sociedad civil (Maleno Garzón, Helena. 2013) como de la academia (Véase Tagle y Gómez, 2004). La trata de personas es, sin duda, uno de los rostros alarmantes de la actual globalización. Está vinculado a dos fenómenos también preocupantes: la migración irregular y el crimen transnacional. La estrecha relación que guardan estos tres fenómenos es por sí evidente en la adopción por Naciones Unidas de la Convención para combatir el crimen transnacional y de dos protocolos complementarios a dicho tratado: uno de los cuales procura prevenir la trata de personas y el otro controlar el tráfico ilícito de migrantes.1
Aunque la trata de personas y su tráfico ilícito son fenómenos relacionados, las personas que son objeto de uno u otro hecho (la persona tratada y la persona traficada) no son considerados de igual forma por las instituciones legales y las encargadas de reprimir el delito: una persona tratada es considerada una víctima de derechos humanos, mientras que una persona traficada, la cual cae bajo la categoría de migrante irregular, es considerada un delincuente.
1
Es importante destacar, sin embargo, que en muchos de los casos, las personas inmersas en el tráfico de personas terminan siendo víctimas de trata de personas, lo cual no sólo hace más complejo el fenómeno, sino que permite que nos planteemos la cuestión de si este tratamiento diferenciado de unos y otros sujetos no está contribuyendo al incremento de la trata y favoreciendo a los criminales que se lucran de ella.
En la protección internacional de los derechos de los migrantes irregulares, entre los cuales figuran muchos que son potenciales víctimas de la trata de personas, se advierte un desbalance entre las disposiciones orientadas a la persecución de los responsables del crimen y los derechos y garantías de los cuales debe gozar el migrante irregular que es sujeto del tráfico ilícito, a fin de que no termine siendo víctima de la trata. Es deber del Estado desarrollar políticas públicas y una normativa más garantista, que permitan tener un mejor control del tráfico ilícito e impedir, con ello, que muchos de los migrantes irregulares terminen siendo víctimas de las redes de trata de personas. Colombia se ha caracterizado por sus altos flujos de emigrantes pero con pocos flujos de inmigrantes con objetivos de permanencia. Durante los últimos años se ha presentado una gran cantidad de inmigrantes que pasan por el país solo por objetivos transitorios, sea de manera regular o irregular. Lo cual significa un gran desafío para el Estado colombiano, ya que implica el diseño y ejecución de políticas en materia de control del tránsito ilegal de migrantes y de su protección como eventuales víctimas de la trata.
personas y el tráfico ilegal, la llamada "nueva ola de migrantes" es muy reciente y se ha incrementado desde el 2008 con la llegada de inmigrantes irregulares provenientes de Asia y África (Véase Cano y Ramírez, 2013). Por este motivo, se pretende abordar aquí el tratamiento del tráfico de inmigrantes irregulares como potenciales víctimas de la trata de personas, a la luz del caso colombiano como país de tránsito. Aunque Colombia ha ratificado algunos de los instrumentos internacionales, a saber: la Convención contra el delito transnacional y el Protocolo contra la trata, las medidas destinadas a combatir el delito y a proteger a las víctimas no han sido suficientes pues, como se intentará demostrar en este trabajo, la causa principal de esta insuficiencia radica en el trato ambiguo que desde un punto de vista jurídico se les prodiga a los migrantes irregulares: como delincuentes y víctimas al mismo tiempo. En consecuencia, esta investigación procura, con base en el análisis del tráfico ilícito de personas en Colombia como país de tránsito, demostrar la necesidad de que se les reconozcan derechos a los migrantes irregulares y se creen las garantías apropiadas para que estos derechos se hagan valer y respetar, de manera que puedan operar como un componente esencial en su protección y poder, prevenir en alguna medida, que el migrante irregular se convierta en víctima de las redes de tratantes.
La idea central que intenta justificar este trabajo es que, en materia migratoria, lo que debe primar es la creación de nuevas políticas consistentes con la promoción, protección y garantía de derechos humanos de los migrantes irregulares en situación de tráfico ilícito y eventual trata de personas.
debate alrededor del status que se le otorga a la persona que es traficada: por un
lado, es considerada víctima y, por otro, un delincuente. Sin embargo, es importante considerar las razones que lo impulsan a la migración irregular y las condiciones que estimulan su dependencia de las redes de traficantes, o “coyotes”, en su recorrido ilícito. En este trabajo se parte de la preocupación que ha despertado en Colombia durante los últimos años el tráfico ilícito de migrantes, ya que es un país que los migrantes irregulares no eligen como destino sino como tránsito, especialmente hacia EEUU o Canadá. El trayecto a través de las redes ilegales establecidas por los traficantes no es sólo riesgoso para los migrantes irregulares en términos de riegos para su salud e integridad personal, sino que por las condiciones de ilegalidad y de sustracción a todas las garantías de protección que brinda la justicia los hace vulnerables frente al accionar de las diferentes modalidades del crimen organizado, como las redes de trata de personas e, incluso, si se piensa en Colombia, podría hablarse de riesgos de cara al conflicto armado. Por esta razón es fundamental que el Estado colombiano desarrolle medidas de control más garantistas en el caso de los migrantes irregulares que atraviesan el territorio colombiano.2
El análisis se desarrollará mediante tres capítulos: el primero examina las diferencias y similitudes presentes en los fenómenos de la trata y el tráfico de personas, tanto con respecto a las disposiciones jurídicas orientadas a su tratamiento y prevención, como a las causas sociales que motivan ambos fenómenos. El segundo capítulo intenta develar la correspondencia entre las obligaciones contraídas por el Estado colombiano a la luz de los instrumentos internacionales ratificados en esta materia y sus esfuerzos institucionales para cumplirlas. De forma específica, se analiza la eficacia del Estado para controlar y reprimir el fenómeno del tráfico ilícito de migrantes y su consistencia con la obligación fundamental de proteger a la persona humana. Este análisis se hace
2
En el capítulo 2, se justifica en detalle esta idea, que aquí sólo puedo exponer de manera muy
acompañar de una descripción de las diversas y complejas dinámicas que se presentan en el tráfico ilícito de migrantes. En el último capítulo se sugieren algunas líneas de política para que Colombia pueda lograr un mejor seguimiento del fenómeno explorado en el estudio, que implique la protección de los derechos humanos de los migrantes irregulares.
Capítulo 1
1.1. Explicación conceptual: relación y diferencia entre el trafica ilícito de personas y la trata de personas.
tradicionales en buena cantidad de países y la desigualdad económica a escala mundial, todo ello unido al fortalecimiento del delito transnacional. Así mismo la Interpol, luego de definir el tráfico de personas como una actividad ilícita en la cual “se procura a una persona, ya por medio de recursos financieros o materiales, la entrada ilegal a un estado del cual ésta no es ciudadano ni residente permanente”, reconoce el estrecho vínculo que el aumento de la migración irregular y, dentro de ella, el tráfico ilícito guardan con las tendencias y rasgos de la globalización:
La migración humana no es un fenómeno nuevo. Por siglos, las gentes han abandonado sus hogares en busca de una vida mejor donde quiera. En la última década, el proceso de globalización ha ocasionado un incremento sin precedentes de migración proveniente de los países menos desarrollados de Asia, África, América Latina y Europa oriental hacia Europa occidental, Australia y Norteamérica. La actual inestabilidad económica parece ser la causa principal del flujo de
migración ilegal a través del planeta… (Interpol [S.F.])
1.2. Conceptos y diferencias sustanciales del tráfico ilícito de migrantes y la trata de personas.
aspectos que nombraré más adelante) de los cuales son objeto por parte de los Estados.
Partiendo de los conceptos base establecidos en los Protocolos, la trata de personas es definida como:
La captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos (Art.3)
En lo que respecta al tráfico ilícito de migrantes, el Protocolo orientado a su prevención, lo define este delito como “la facilitación de la entrada ilegal de una persona en un Estado Parte del cual dicha persona no sea nacional o residente permanente con el fin de obtener, directa o indirectamente, un beneficio financiero u otro beneficio de orden material" (Art.3)
En resumen, en la trata de personas el sujeto que es tratado es considerado una víctima, debido al uso de la fuerza y el engaño con objetivos de explotación, mientras que el sujeto que está siendo traficado es considerado, desde su definición, como un criminal, debido a su entrada por medios ilícitos al territorio, del cual no es nacional. Este tratamiento opuesto victima vs. criminal nos muestra la complejidad de estos dos fenómenos y las consecuencias que pueden derivar de su clasificación, pues implica una relación distinta: protección en un caso y persecución en el otro.
• El uso de documentos falsos. • El cruce de fronteras.
• Un consentimiento real (o mediante engaño). • Es un delito contra el Estado.
En cuanto a la trata de personas, se caracteriza:
• Por no implicar necesariamente el cruce de fronteras nacionales (es un delito tanto doméstico como internacional).
• Puede implicar explotación sexual, laboral, extracción de órganos entre otros.
• No es necesario el uso de documentos falsos. • Restricción de movimiento
• El modo de operar es mediante el engaño y coerción (es decir, es involuntario o, en términos más precisos, hay vicio de consentimiento). Resulta importante resaltar que a pesar que el migrante irregular es considerado un criminal, este sujeto es vulnerable ante cualquier situación de explotación y ante las organizaciones de contrabando y trata de personas. Los flujos de migración normalmente se realizan utilizando rutas comunes y los mismos medios de transporte. Por lo cual refugiados, migrantes y victimas de trata de personas se mezclan en el camino formando lo que se conoce como “movimientos migratorios mixtos”.
redes de trata de personas para ser explotados en condiciones inhumanas. (UNODC, 2013). De acuerdo a estas prácticas, el crimen de tráfico ilícito de migrantes se convierte en un fenómeno más complejo, ya que no solo el migrante irregular está atascado en un país desconocido, sino también está siendo explotado.
De acuerdo con el artículo de CEPAL del 2006, sobre migración internacional, derechos humanos y desarrollo, los traficados en ocasiones deciden someterse a esta explotación debido a que consideran que la denuncia no es sinónimo de “rescate” sino de “captura”, por cuanto volver a sus países de origen implicaría volver a la misma calidad de vida de la cual están huyendo.
El desarrollo desigual a nivel mundial es el fruto de los constantes flujos migratorios; en el caso específico de los países sub-desarrollados, la pobreza, el desempleo, la guerra, el conflicto político y la discriminación que estas personas viven en sus países de origen, son sus principales motivaciones para salir del país. Mientras que la trata de personas es un delito contra las personas, que puede darse de manera interna o transnacional, el tráfico ilícito es considerado un crimen de orden público, esto es un delito contra el Estado, y siempre tendrá una naturaleza transnacional. Por lo general, al migrante irregular, cuando es descubierto por las autoridades estatales, se le deporta o se le ofrece, excepcionalmente, refugio, mientras que a la victima de trata se le otorgan por lo general status de asilo, refugio, asistencia financiera, legal, medicinal, psicológica,
soporte y protección. (Batsyukova, 2012)
1.3. Una perspectiva humana para abordar el tema.
Una vez esclarecida la distinción, es fundamental indicar que el migrante irregular, al igual que la víctima de trata afrontan como personas grandes cambios en sus vidas, que implican sacrificios: la adaptación a una nueva cultura, lenguaje y costumbres, todo ello para obtener una mejor vida para él/ella y sus familias. Esto significa que, a pesar que el migrante irregular está cometiendo un delito por entrar sin la debida documentación a un Estado diferente al de su origen, ello no implica que, debido a la persecución de la cual es acreedora su conducta, se le tengan que violar sus derechos. El elemento principal de distinción sigue siendo la presencia de coerción:
vulnerabilidad”. Pobreza, hambre, enfermedad, falta de educación y desplazamiento podrían, en teoría, constituir circunstancias coercitivas que inducen a una posición de vulnerabilidad, habría que ver si las cortes estatales interpretarán el abuso de una “situación de vulnerabilidad” tan ampliamente (Bhabha y Monette, 2006, p.2)
La trata de personas se da bajo muchas características entre ellas el engaño, abuso o coacción pero puede darse dentro o fuera del país sin necesidad de un cruce de fronteras. Básicamente funciona así:
Una vez que la víctima es engañada con promesas de trabajos bien remunerados o bien, amenazada o coaccionada, se le somete para desarrollar actividades (trabajo sexual, doméstico u otros) que permitan su explotación... requisan sus documentos...De esta forma crean una deuda y la consiguiente relación de dependencia, ya que las víctimas nunca podrán llegar a ganar lo suficiente como para pagar la deuda a los captores. Ello, aunado a abusos, golpes, violaciones, chantajes y amenazas se convierte en una explotación dolorosa y prolongada. (INMUJERES. 2006. P.23)
El concepto de migrante, que incluye múltiples categorías y situaciones, se trabajará aquí de forma restringida como "el ejercicio del derecho individual a buscar oportunidades en el exterior, lo cual da lugar a una intensa actividad transnacional que enriquece las experiencias y favorece el intercambio cultural". (CEPAL, 2006, p.304). Esta definición permite entender al migrante como un ser humano que busca lograr una mejor calidad de vida con la garantía de sus derechos humanos. Aunque en algunos documentos se define la migración como "un proceso que implica desplazamiento a cambio de residencia a cierta distancia (significativa) y con carácter de relativa permanencia o con cierta voluntad de permanencia" (Micolta León, 2007),este texto, con la idea de identificar las falencias de los Estados (especialmente el colombiano) pretende entender al migrante como un sujeto que, además de salir de su país de origen de manera irregular, es una persona que tiene motivaciones de tener una mejor calidad de vida, ya que en su país de origen no le resulta posible.
El migrante irregular, a pesar de tener múltiples facetas, es una figura que no está acompañada por ninguna institución internacional, por lo cual no cuentan con ningún mecanismo de protección efectivo. En algunas ocasiones, se presentan actos de discriminación hacia los migrantes documentados, lo cual permite intuir que la discriminación y vulnerabilidad al migrante irregular es aún peor. Sin embargo, como lo expresa un informe de CEPAL (2006), “en ocasiones, el trabajador migratorio prefiere las condiciones de explotación de un país rico que su “empobrecida” libertad en el país de origen” (p.280).
posible para los estados asegurar una mayor protección a los migrantes y aportar por esta vía a la posible disminución y erradicación de la trata de personas.
Es importante aclarar que el término correcto para referirse a un inmigrante indocumentado es “migrante irregular”, más no “migrante ilegal”, ya que un sujeto sin documentación, o no autorizado, no es sinónimo de ilegal puesto que se considera ilegal un acto criminal, más no a la persona. Podemos encontrar que la libre movilidad es un derecho universal y así como se encuentra establecido en el artículo 13 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos “toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado”, a lo que añade: “Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país”. Por esta razón declarar a un migrante como ilegal es incurrir en una clasificación incorrecta que acarrea una criminalización injusta con consecuencias discriminatorias.
conocedora de la región, que los condujera por caminos alternativos para poder llegar a su destino sin ser detectados. Esto provocó que una gran red de traficantes se fortaleciera y se convirtiera en un delito más rentable. La red de traficantes tiene como objetivo burlarse de las autoridades fronterizas de las diferentes regiones y, ante la existencia de mayores restricciones, mayor será el fortalecimiento de la red de traficantes. (García y Guajardo, 2007)
En este capítulo, mediante la definición de los conceptos base, se identificó la situación de vulnerabilidad a la cual es sometida tanto el sujeto víctima de trata de personas, como el migrante irregular que incurre en tráfico ilícito. Fueron utilizadas las definiciones establecidas en los dos Protocolos para evidenciar que este marco jurídico propicia un estereotipo con respecto al traficado, ya que, desde su definición se está considerando al sujeto como criminal, lo cual influye en las leyes o políticas a la hora de implementar medidas para mitigar o erradicar tanto la trata de personas como el tráfico ilícito de migrantes.
Capítulo 2
2.1. El tráfico ilícito de migrantes a la luz de las medidas del Estado colombiano y los procedimientos internacionales.
entre los derechos de los nacionales y de los extranjeros, lo cual crea una condición de vulnerabilidad a los migrantes internacionales. Sin embargo cada Estado es autónomo de implementar medidas que respalden los ordenamientos a nivel internacional y a su realidad política, económica y social.
En esta postura, los flujos migrarios más constantes en Colombia son de adentro hacia afuera, es decir, es un país principalmente de origen de migrantes internacionales. A pesar de que los flujos migratorios de afuera hacia adentro han sido muy pocos en la historia del país, en los últimos años se ha presentado un cambio importante. Los flujos de migrantes han sido fundamentalmente de nacionalidad española, alemana, italiana y francesa, además de población de países vecinos, con un total de 110.300 para el 2011 de inmigrantes. Actualmente hay población de los países vecinos, Ecuador y Venezuela, que migra a Colombia por motivos laborales. Dentro de los países más frecuentes se encuentra Venezuela con un 33.9%, Estados Unidos con un 13,7, Ecuador con un 10.3% (Mendoza, 2013).
2.2. “Nueva ola de inmigrantes”
Estos nuevos flujos migratorios se empiezan a notar en Colombia en el 2007, pero a partir del 2008 hasta el 2010 la presencia de extranjeros provenientes de China, India, Irak, Bangladesh, Nepal, Sri Lanka, Somalia, evidenció aún más el fenómeno. Este incremento de flujos migratorios de afuera hacia adentro se debió a las autoridades colombianas, ya que durante ese periodo de tiempo inhabilitaron la visa como un requisito obligatorio para entrar y circular por el territorio libremente. Este fenómeno se evidenció principalmente en los departamentos de Nariño con el 36% de los casos detectados a nivel nacional. El 2010 ha sido el año en el cual una gran cantidad de migrantes irregulares (provenientes de África, Asia, Haití y Cuba) cruzaron el territorio Colombiano. En el 2011 se detectó una disminución del fenómeno, lo cual se asocia con los controles de visado que impuso el gobierno ecuatoriano para países como Afganistán, Bangladesh, Eritrea, Etiopía, Kenia, Nepal, Nigeria, Pakistán y Somalia; sin embargo la presencia de migrantes irregulares cubanos continuaba con mayor escala hasta el 2012. (UNODC, 2013)
Esta nueva ola de migrantes, con intensión de transitar por Colombia y llegar a su destino: Estados Unidos o Canadá, por lo general solicitan asilo, esto es, solicitan la evaluación de su situación para obtener la condición de "refugiado" y así poder transitar por el territorio colombiano sin ninguna restricción. Los migrantes irregulares conocen, por lo general, que el Estado colombiano le brinda protección y permite una libre circulación a quien llega al territorio solicitando asilo, mientras que el gobierno recolecta pruebas y se abren investigaciones para poder rectificar que el sujeto es o no refugiado. Normalmente este proceso dura largo tiempo, tiempo que le da al sujeto para recorrer parte del país para pasar al siguiente país de tránsito, que en los más de los casos es Panamá.
En su mayoría cuando las autoridades se encuentran con un caso de inmigrante irregular, el sujeto es devuelto al último país del cual transitó, generando así un problema que demanda solución de carácter regional, pues su tratamiento implica trabajar conjuntamente con políticas bilaterales o información transnacional para que puedan tomarse decisiones en conjunto con respecto a este inconveniente. La devolución del migrante irregular como respuesta hace que los sujetos lleguen al país con el afán de obtener el status de refugiado, y así disponer de un tiempo de libre circulación y seguir con su recorrido de inmigrante irregular. A pesar de este tipo de falencias que no son propias del país, sino de la región, el Estado colombiano ha realizado una buena labor; sin embargo, es cuestionable su eficacia, debido a que el fenómeno se sigue presentando.
Resulta relevante aclarar que Colombia como país de origen de migrantes internacionales ha presenciado casos de tráfico ilícito con motivos de salir del país de manera irregular, pero con la presencia de la “nueva ola migratoria” se han presentado nuevos casos de tráfico ilícito para entrar y salir del país. Para afrontar esta situación, el país ha ratificado algunos instrumentos internacionales que sugieren una coordinación con la comunidad internacional, entre ellas: el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la trata de personas (dirigido especialmente para mujeres y niños) y la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familias, aunque conviene mencionar que de mucho tiempo atrás Colombia es Estado Parte de la Convención sobre los Refugiados de 1951, de manera que permite el ingreso a su país de toda persona que solicite y efectivamente requiera protección internacional.
El Protocolo sobre la trata de personas, que proviene de la Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transnacional, está acompañado del Protocolo Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire. A pesar que Colombia es Estado parte del primer Protocolo, el segundo no ha sido ratificado hasta el momento.
2.3. Medidas legales del Estado colombiano.
Dentro de otras medias se encuentra la Constitución Política de Colombia, la ley 1974 de 1996, la Ley 131 de 1994, ley 152 de 1994, ley 951 de 2005, ley 985 de 2005, ley 1098 de 2006,ley 1257 de 2008, el decreto 1137 de 1999 en el cual el gobierno Colombiano establece que: El que capte, traslade, acoja o reciba a una persona, dentro del territorio nacional o hacia el exterior, con fines de explotación, incurrirá en prisión de trece (13) a veintitrés (23) años y una multa de ochocientos (800) a mil quinientos (1.500) salarios mínimos legales mensuales vigentes". En la ley 985 del 2005, se "adoptan medidas de prevención, protección y asistencia necesarias para garantizar el respeto de los derechos humanos de las víctimas y posibles víctimas de la trata de personas, tanto las residentes o trasladadas en el territorio nacional, como los colombianos en el exterior, y para fortalecer la acción del Estado frente a este delito" (Art.1). A pesar que “la nueva ola de inmigrantes” no tenía (aún) gran importancia en el contexto colombiano, combatir la trata de personas ha estado presente como una prioridad del Estado colombiano en cuanto a políticas migratorias.
Dentro del marco de estrategia del Gobierno Nacional, se establece que la coordinación para combatir la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes se llevará a cabo mediante el Ministerio del Interior y de Justicia, y las instituciones que estarán bajo la Organización del Comité Interinstitucional para la Lucha Contra la Trata de Personas. Este Comité fue establecido por el decreto 1974 de 1996 y tenía como nombre "Comité Interinstitucional para la Lucha contra el Tráfico de Mujeres, niñas y niños". Este Comité interinstitucional es el ente coordinador de las acciones que desarrolla Colombia por medio de la Estrategia Nacional para la Lucha contra la Trata de Personas, y trabaja con el apoyo del Sistema Nacional de Información con objetivo de recolección, procesamiento y análisis sobre la trata interna y externa en Colombia. (Ley 985, Art 13)
siguientes necesidades: “Retorno de las víctimas a su lugar de origen si estas lo solicitan; seguridad; alojamiento adecuado; asistencia médica, psicológica y material, e información y asesoría jurídica respecto a los derechos y procedimientos legales a seguir. Estas prestaciones serán objeto de la debida reglamentación." (Ley 985, Art 14)
Dentro del decreto 4786 de 2008 en el cual se establece la Estrategia Nacional Integral de Lucha contra la Trata de Personas 2007-2012 se establecen cuatro principios los cuales están compuestos por el Enfoque de Derechos, género, protección integral y territorial. A diferencia del Protocolo del tráfico ilícito y la trata de personas, el gobierno colombiano reconoce y responde en la dinámica social sobre la inequidad existente entre género. A pesar que en este decreto se establecen los parámetros que se tendrán en cuanta para proteger a la víctima, no se ofrecen mecanismos, sistemas o programas reales que permitan al gobierno prevenir, controlar o mitigar el fenómeno de la trata de personas.
A pesar que Colombia es considerado como uno de los países que trabaja constantemente para la erradicación de la trata de personas, tiene grandes falencias como lo menciona Abadía (2010) .De acuerdo con la modificación legislativa del Código Penal de Colombia realizada en el 2002 sobre la trata de personas, Abadia realiza una crítica a esta reforma ya que antes la trata de personas era considerada como un acto que vulneraba la libertad sexual, pero con la reforma la trata empezó a verse como un acto que vulnera la autonomía personal y la libertad individual. Según la autora esto amplio la conducta criminal ya que la prostitución forzada y la explotación sexual empezó a verse como un acto legal. De acuerdo con el análisis, esta modificación dio paso a percibir la explotación de la prostitución en el comercio sexual como un acto que contiene voluntariedad absoluta de la persona.
Es evidente que Colombia ha implementado numerosos instrumentos para el seguimiento sobre el tráfico ilícito y la trata de personas, pero al no ratificar el Protocolo contra el Tráfico Ilícito de migrantes (que es la base de una gran mayoría de Estados para combatir coordinadamente este flagelo) lo deja por fuera de numerosas ventajas para trabajar regionalmente contra el crimen. Países vecinos como Venezuela, Brasil y Ecuador lo han ratificado, lo cual demuestra compromiso por parte de estos países para combatir el tráfico ilicito.
tal razón repatriar al migrante no garantiza su protección, puesto que en su país de origen tendrán medidas que castiguen el acto y volvería a la situación por la cual estaba saliendo de su país. En segundo lugar, la repatriación no garantiza el acto de “no repetición”. Aunque parte del Protocolo busca brindar protección, se está ignorando las necesidades del migrante y de alguna manera se consideraría discriminación expulsar al migrante del país, porque no se está permitiendo otro tipo de camino posible como: la integración local en el país de acogida, la reubicación en un tercer país, o la repatriación voluntaria al país de origen o lugar de residencia habitual. Por lo cual se puede decir que este protocolo no está enfocado en la protección de la vida y la dignidad de estas personas. El Protocolo sobre el tráfico ilícito aclara que cada país es libre de proceder de acuerdo a sus políticas internas, pero ignora las diversas razones del migrante para salir de su país de origen y por lo tanto no busca brindar la protección de los derechos humanos del sujeto.
Siguiendo por este camino, tanto el tráfico ilícito como la trata de personas son fenómenos que involucran tanto a mujeres, hombres, niños y adolescentes, es decir, afectan poblaciones de cualquier edad, género y raza, además de tener diversas modalidades. Sin embargo este Protocolo toma particularmente “en cuenta las necesidades especiales de las mujeres y los niños”, olvidando parcialmente las necesidades de los hombres como posibles víctimas de este flagelo. De acuerdo con la OIM, los hombres ocupan un índice muy alto en el tráfico ilícito de migrantes y por lo general sus edades oscilan entre 30 y 40 años (considerada laboralmente población activa) que cuentan con un núcleo familiar donde él es el responsable del sostenimiento. Por esto, se debe considerar que el hombre también es vulnerable, igual que la mujer, en este flagelo, por lo cual se debe tener en cuenta en las medidas legales.
de personas mediante la cooperación entre Estados. En este protocolo, el artículo 3 considera las acciones de explotación como: la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos pero también en el apartado B se puede encontrar que: “El consentimiento dado por la víctima de la trata de personas a toda forma de explotación intencional no se tendrá en cuenta cuando se haya recurrido a cualquiera de los medios enunciados”.
La prostitución es considerada como un empleo de prestación sexual y demás servicios, sin embargo en algunas ocasiones se puede presenciar explotación, mal trato, amenazas a los trabajadores, o en algunos casos, se presentan trabajos mal remunerados. En algunos casos los trabajadores están sometidos a estos tratos pero debido a las necesidades básicas a las cuales se enfrentan cotidianamente se ven obligados a seguir con sus trabajos, y sin admitirlo son parte de la población víctima de trata de personas, a pesar que existe un consentimiento por parte de la víctima, el mal trato no es aceptable por lo cual hace parte de lo que se considera la trata de personas.
El tráfico y la trata son delitos que han logrado un gran debate a nivel mundial sobre la preservación de los derechos humanos junto con la preservación en la seguridad del Estado. Boumpabre (2009) desarrolla su explicación sobre el tráfico ilícito intentando responder a la pregunta de si no estaríamos fomentando el tráfico ilegal de personas al imponer mayores restricciones al movimiento internacional fronterizo. Aunque es muy debatible, también nos plantea que la globalización tiene algún tipo de relación con la situación actual de los fenómenos fronterizos ya que la unión entre población pobre huyendo de aquella situación, con la unión de países ricos con fuertes controles fronterizos ha permitido que las mafias tengan mucha más rentabilidad. Recordemos que los fenómenos tratados aquí no son nuevos para la sociedad y se han ido transformando con el tiempo. La globalización ha permitido la expansión de la trata de personas y el tráfico ilícito en áreas antes no pensadas por la facilidad de comunicación y el acceso a la información. Pero también las dificultades socio-económicas como el desempleo y carencia de oportunidad de educación permiten la vulnerabilidad de los sujetos, según el Instituto INMUJERES. Existe una gran distancia entre las estadísticas encontradas dentro de los diferentes estudios y la realidad que vive Colombia. Esto hace referencia a que muchas víctimas de trata no se reconocen como tal, mientras quienes reconocen su status de víctima, no saben a dónde dirigirse o por
temor no acuden a otras personas o instituciones. Debido a la clandestinidad del fenómeno es complejo e imposible obtener cifras exactas. Es relevante resaltar que el conflicto armado y actividades ilícitas como el narcotráfico agudizan el fenómeno.
conforme a la Declaración Universal de los Derechos Humanos y a través de la ratificación o el acceso a numerosos instrumentos internacionales y nacionales. La restitución de un derecho violado, comprende más que la sanción hacia el que infringe la ley o comete el delito, la toma de medidas correctivas y de protección, que la mayoría de las veces son temporales y transitorias, debe ir más allá del aspecto correctivo, sancionatorio y de solución temporal hacia la persona objeto de trata [y tráfico], deben crearse programas que garanticen la continuidad de la correcta atención integral de la persona incluyendo aspectos importantes como la autoestima, su salud, sus valores, y todo lo que atañe y es necesario para la formación de un individuo honesto, sano y productivo para sí mismo y la sociedad (Bernal, 2006, p.5)
Bernal propone que debe existir un mecanismo que permita la continuidad de los programas y proyectos que se planeen para combatir la trata de personas. Uno de los mecanismos es a través de políticas públicas ya que de no ser así se cometerán los mismos errores. Sin embargo una política pública no garantizaría que las personas que han caído en el tráfico ilícito y trata de personas lleven a cabo un proceso de restitución hacia sus derechos humanos.
2.5. Restricciones de los flujos migratorios – Condición de refugiado
Dentro de los flujos migratorios internacionales originarios de África se presentan casos de personas que huyen de sus países a causa de la persecución por motivos políticos, raciales, religiosos o de pertenencia a un grupo social, lo que los convierte en solicitantes de asilo a la luz de la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados.
opiniones políticas, se encuentra fuera del país de su nacionalidad y no pueda o, a causa de dichos temores, no quiera acogerse a la protección de tal país".
Sin embargo de acuerdo con el estudio realizado por González (2010) en el consultorio jurídico de la Pontificia Universidad Javeriana, muchos migrantes africanos que solicitaron condición de refugiado tenían fuertes razones para salir de sus países. En primer lugar África tiene inestabilidad política y económica muy compleja: corrupción, dificultades de la población para tener un libre pensamiento y en algunos de sus casos cuenta con escasa ayuda humanitaria.
Debido a esta inestabilidad los migrantes consideran la posibilidad de salir del país para encontrar una mejor calidad de vida, alejándose de esta gran inestabilidad que azota a la comunidad. Dentro de los argumentos encontrados por la autora, los migrantes salen de su país porque la guerra llego a la puerta de sus casos alejándolos de sus pertenencias y de familiares, en otros casos se presenta la violencia como un motivo que no les ha permitido prosperar en sus empleos y obtener mejor salario, otros porque han tenido choques ideológicos con otras comunidades. (González, 2010)
Es importante decir que en algunos casos no se presenta el tipo de razones que la Convención internacional de 1951 y el decreto ya citado reconocen como forzosas. Se trata sin embargo de razones de subsistencia (económica y social) que no les permiten a la persona continuar en su país de origen. Sin embargo la aceptación o negación del status de refugiado depende de los argumentos o de las narración [o
otros países, argumentos que justifiquen el dinero invertido para transportarse. (González, 2010) Esto nos indica que:
El Ministerio de Relaciones Exteriores es meticuloso con la descripción que debe hacer el solicitante y se limita a determinar si la razón es en ciento por ciento forzada. Es decir, no cabe la posibilidad que el solicitante de refugio haya huido de su país de origen por la situación generalizada de violencia que no cabe duda de que existe. Así el refugiado tiene que ser el que tiene el temor fundado de persecución radicado exclusivamente en él y este es el único que debe ser objeto de la persecución (González, 2010, p. 46)
El Estado colombiano ha establecido restricciones muy fuertes que indican su voluntad por garantizar un control sobre los constantes flujos migratorios en el territorio. Realmente el tráfico ilícito de migrantes en Colombia es un delito en toda su dimensión tanto para el traficante, como para el traficado, por lo cual al migrante sin documentación en forma se considera un delincuente, sin tener en cuenta las razones que lo movieron a huir del país. Esto, en palabras de González (2010), propicia el delito:
Así, el estado colombiano termina por bloquear cualquier opción que pueda o quiera tener un migrante en territorio colombiano, dejándole imposible el acceso a los medios legales, a contrario sensu lo “obliga” a someterse a redes de tráfico que facilitan su movilidad (,p.44)
El mundo actual está muy lejos de una equidad en cuanto a la calidad de vida de sus habitantes y esto hace que los flujos migratorios sean constantes. Imponer más restricciones provoca el efecto contrario y permite que el migrante irregular tome el asilo o el refugio como una alternativa legal para migrar, además de requerir de la ayuda de un traficante que lo transporte y facilite el viaje (Bhabha y Zard, 2006)
Parte de la explicación para justificar la presencia de migrantes en Colombia, se debe a que el país en el 2007 eximió de visa a los ciudadanos de China a condición de que permanecieran en el territorio por un período no mayor a 90 días en calidad de turista. Tres meses después es impuesta la visa de nuevo debido a los altos flujos de migración irregular (con documentos falsos) presenciados en zonas fronterizas de Brasil. Sin embargo en el 2008 Ecuador exime de visa a todo el mundo, lo que permitió que una gran cantidad de africanos y asiáticos, especialmente de China, se presentaran desde Ecuador a la frontera con Colombia como solicitantes de asilo. (Cano, 2013)
Por lo general las organizaciones como los Consulados, ONGs como (Pastoral Social de Ipiales y Tulcán), la Oficina de Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los refugiados (ACNUR), ayudan informalmente a los migrantes irregulares para que puedan trabajar en el sector o seguir en su camino de irregularidad hasta el país receptor. En este sentido se apoya también a aquellos trabajadores en la frontera (como los mineros) que requieren de legalización de documentos. (OIM, 2007). Lo cual demuestra el poco trabajo conjunto entre las organizaciones gubernamentales, como las no gubernamentales para combatir el delito.
Dentro de este estudio se encontraron 30 instituciones que tienen conocimiento del tema pero realmente no cuentan con mecanismos regulares para brindar asistencia y protección a las víctimas, sin contar con la poco o nula coordinación entre instituciones. A pesar que el Estado colombiano mediante el Comité Interinstitucional de Lucha contra la Trata de Personas es el encargado de regular estos fenómenos en el país, la situación en las fronteras en algunos departamentos (donde realmente es el lugar al cual entran y salen todo tipo de personas y objetos) es incontrolable y no consta de ningún tipo de control gubernamental que proteja a la población nacional y a los migrante. Es importante que estas instituciones se fortalezcan para brindar protección, asesoría, apoyo tanto a los tratantes como traficados, ya que, estas personas suelen recurrir más a este tipo de instituciones que a la policía por miedo a ser reportado o judicializado. (OIM, 2007)
destino. Las limitaciones impuestas por el Estado colombiano (como se verá más adelante) propician que el inmigrante irregular caiga fácilmente a un estado de vulneración y "escape" o transite del territorio Colombiano por medios ilegales, que muchas veces implican condiciones o consecuencias inhumanas.
Los puestos de control migratorio son muy importantes, ya que nos indican el nivel de control con el que se cuenta. En cuanto a los puestos de control terrestre, Colombia cuenta con el puesto Arauca, en Arauca, Puente Simón Bolívar en Cúcuta, Paraguachon, en Malcao, , Puente San Miguel, en San Miguel, , Rumichaca en Ipiales. En cuanto a los puestos de control migratorio aéreo, se tienen: en Bogotá el aeropuerto El Dorado; en Medellín el José María Córdoba, en Barranquilla Ernesto Cortizzos, en Cartagena Rafael Nuñez, en Pereira el aeropuerto Matecaña, en Leticia Alfredo Vasquez Cobo, en Cali Alfonso Bonilla, en San Andres Gustavo Rojas Pinilla, en Bucaramanga Palonegro, en Armenia en aeropuerto El Eden, en Cúcuta Camilo Daza, en Rioacha Almirante Padilla. En cuanto a los puestos de control marítimo: Providencia, San Andrés, Capurgana, Turbo, Coveñas, Cartagena, Barranquilla, Santa Marta, Riohacha, Bahía Solano, Buenaventura, Tumaco. Otro dato muy curioso es el único puesto de control fronterizo fluvial en Colombia ubicado en Vichada - Puerto Carreño. (Tomado del puesto de migración de Puerto Carreño)
Es evidente que las migraciones irregulares son un reto para el ejercicio de soberanía del Estado colombiano, y en especial si está enlazado con corrupción y crimen organizado. Establecer medidas migratorias restrictivas en cuanto a la obtención de visa y la inversión en recursos capaces de cubrir los gastos de detención y repatriación del migrante, no ha sido una herramienta que desestimule la migración irregular. El Estado colombiano, al negar una gran cantidad de solicitudes de refugio, está incentivando que los migrantes entren al país de manera irregular. De este modo, un control fronterizo desprovisto de una protección apropiada en materia de derechos humanos hacia las víctimas y la población, no contribuye eficazmente a la solución de este problema.
Capítulo 3
3.1. Líneas de mejoramiento.
es una medida que garantiza el acto de no repetición y segundo no se le protege la vida al sujeto, ya que el Estado de tránsito y/o receptor se desentiende del tratamiento al cual podría ser sometido el migrante una vez devuelto a su país de origen. La migración internacional es un fenómeno constante y que tendrá cabida por mucho tiempo debido a la desigualdad de desarrollo entre los países, por lo cual dentro de las medidas viables que se deben tener en cuenta, tanto derivadas de los Protocolos, como de los procedimientos internos de cada Estado, es aceptar la existencia del fenómeno y comprender (para poder plasmarlo en las leyes) que el traficado, acompañado de su invisibilidad, fomenta la participación de actividades ilícitas que perjudican tanto a la soberanía del Estado, como a la población nacional y migratoria. Las medidas legales hacia el traficado y el tratado toman diferentes rumbos, pero es necesario el entendimiento de la comunidad internacional sobre las diversas dinámicas que se presentan en estos dos actos. El traficante, mediante las leyes es un criminal, pero realmente el propósito de este sujeto es luchar y trabajar fuertemente para una mejor calidad de vida para su núcleo familiar.
Oriental cuentan con un número significativo de investigaciones sobre la trata, mientras que América Latina y África, países que proporcionan una enorme población víctima de este delito, cuentan con poca información autóctona. Los estudios se han enfocado, en el caso de estas regiones, más en la migración de la mujer (como un aspecto económico) que en la trata (como un aspecto de violencia). (Órganos de las Naciones Unidas. 2000)
Una de las fallas a nivel regional se encuentra en la poca coordinación entre las instituciones tanto gubernamentales como no gubernamentales, además de tener un procedimiento informativo no muy fiable que toma medidas legales sin tener en cuenta si el sujeto inmigrante indocumentado entró al territorio de forma ilícita o siendo víctima de trata de persona.
3.2. Recomendaciones a nivel internacional y nacional.
acuerdos bilaterales y multilaterales a nivel regional que permita crear una coordinación viable.
Dentro de las líneas de mejoramiento que se deben tener en cuenta para lograr medidas más aptas para reprimir y combatir el tráfico ilícito y la trata de personas, se deben también incentivar métodos a nivel nacional para lograrlo.
En cuanto a las disposiciones a nivel nacional que se deben tener en cuenta para las líneas de mejoramiento, es fundamental considerar las medidas que se han impuesto para limitan la entrada legal de los migrantes y de igual manera las desventajas que han tenido los migrantes, ya que no están al mismo nivel de beneficencia que la población nacional. Si son consideradas medidas más incluyentes basadas en el respeto al migrante, la posibilidad de migración ilegal e incluso el sometimiento a la trata de personas se reduciría enormemente. En las políticas se debe considerar el hecho que tanto el tráfico ilícito de migrantes, como la trata de personas, son un negocio de violencia, coerción y explotación y que implica tanto a la economía formal como a la informal, y así mismo a los inmigrantes legales como a los ilegales (Véase Bhabha y Zard, 2006, p.2) pero indudablemente teniendo en cuenta un control sobre quien entra y sale del país con medidas inclusivas, más no excluyentes, permitiría que los campos de la ilegalidad no ocupen un amplio espacio.
salió de su país de origen. De igual manera, la coordinación entre los programas gubernamentales y no gubernamentales es indispensable para que exista un trabajo conjunto. Y dentro de este trabajo conjunto y coordinado, el enfoque se deberá focalizar en los derechos humanos.
En el caso colombiano, la historia de las víctimas se tiene muy en cuenta para categorizar qué tipo de protección se le debe brindar; sin embargo esta medida es excluyente y desigual, esto sucede ya que automáticamente cuando se enlaza a los inmigrantes con tema de seguridad se formula una peligrosa premisa de potencial peligro y actividad delictiva. "Para facilitar la integración de los inmigrantes no hay que basarse en una concepción de éstos como personas que requieren transformaciones civilizadoras, ni “normalizadoras”, sino en dotarles de herramientas y capacidades que permitan su autonomía individual y su participación en la sociedad". (Wagman, [N.F], p.4)
De acuerdo con lo dicho anteriormente, un modelo debe lograr: 1. Además de lograr un buen diseño de la ley, se debe hacer énfasis en la implementación 2. Una solución viable y permanente que involucre a los migrantes internacionales 3. Mejorar la cooperación internacional para lograr medidas en conjunto. (Haynes, 2004)
3.3. Recomendaciones legales.
desigualdad, ya que la trata y el tráfico son resultado de este flagelo y es fundamental combatir primero esto. (Iñiguez, 2008)
Crear medidas creativas que permitan tener como prioridad el control y seguridad del país y los derechos de protección a los migrantes contiene un largo camino. Por eso es fundamental que los gobiernos formulen vías o políticas migratorias legales que permitan tener acceso a los migrantes de manera igualitaria en cuanto al acceso de oportunidades. La migración es un fenómeno inevitable, e implantar medidas muy rígidas permite a los traficantes o tratantes crear nuevas formas de quebrantarlas, en cambio a esto, se deben tomar medidas que fomenten o promuevan la migración legal (sea de manera transitoria). Pensar en las posibles vías, pensando como migrante y no como agente de migración, permitiría lograr medidas más amplias y viables para las partes. La creación de datos migratorios más completos y confiables permitiría lograr un gran nivel de protección tanto al país, como a los migrantes, para lograr control en la entrada y salida de los migrantes para evitar filtros sobre el crimen transnacional (especialmente en la trata de personas y tráfico ilícito).
Por otro lado es importante que exista cooperación entre las comunidades de migrantes, las organizaciones no gubernamentales, las organizaciones gubernamentales y el sector empresarial en cuanto a las medidas tomadas para lograr una mejor coordinación con respecto a las acciones que se deban tomar. Los instrumentos internacionales deberían tener un mayor reconocimiento sobre los derechos humanos para lograr vías coherentes, es decir, lograr medidas que comprendan y no juzguen a los migrantes para que los países puedan tomar estas medidas como base de acción. Esto permitiría que todos los países lograran una verdadera cooperación, partiendo de una buena base.
por parte de los funcionarios de migración o agentes encargados para que puedan brindar mejor servicio a los migrantes y puedan tomar las medidas necesarias. Los protocolos encontrados dan mayor énfasis a las mujeres y niños, a pesar que en los últimos años la feminización migratoria ha incrementado, es importante resaltar la gran cantidad de hombres que son víctimas tanto de tráfico como de trata, y en algunos casos sus derechos son violentados. Por tal razón la protección no debe estar focalizada en una sola parte de la población, sino para todos y todas, migrantes o nacionales. Como hemos visto durante el trabajo cualquier persona con vulnerabilidad económica, social o política puede caer en estos flagelos por ello es fundamental alertar y formular medidas para toda la población. Al preparar a los funcionarios con mayor énfasis en mujeres y niños permitiría que a la hora de realizar las inspecciones presten mayor búsqueda e intereses en encontrar mujeres o niños víctimas, pasando por alto hombres que pueden ser explorados tanto sexual, como laboralmente.
Dentro de los procedimientos correspondientes se debe evitar la deportación o detención, ya que esto produciría el efecto contrario. El migrante que sea víctima de tráfico o trata debe ser escuchado porque siendo un acto voluntario o no voluntario está actuando de acuerdo a sus necesidades y dificultades. Por tal razón es importante: 1) reconocer que una deportación lo pondría en riesgo en su país de origen y 2) es una medida que no detiene el problema ya que la persona que se encuentre vulnerada por algún factor volverá a intentar cruzar las fronteras de manera irregular.