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Adecuacion del incidente de daños y perjuicios derivado del incidente de suspension del acto reclamado en materia civil, a la realidad

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Academic year: 2017

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(1)UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MÉXICO. -------------FACULTAD DE DERECHO. ADECUACIÓN DEL INCIDENTE DE DAÑOS Y PERJUICIOS DERIVADO DEL INCIDENTE DE SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO EN MATERIA CIVIL, A LA REALIDAD. T. s. E. s. 1. QUE PARA OBTENER EL TITULO DE. LICENCIADO EN DERECHO. P 1. R. E. S. E. N. T. A. .JORGE ALBERTO SANTOYO CASTRO. TESIS CON FALLA ~;;. OiJG1H J 9 9 ""r° .., CD. UNIVERSITARIA. D. F.. ,;7 tj.

(2) UNAM – Dirección General de Bibliotecas Tesis Digitales Restricciones de uso DERECHOS RESERVADOS © PROHIBIDA SU REPRODUCCIÓN TOTAL O PARCIAL Todo el material contenido en esta tesis esta protegido por la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA) de los Estados Unidos Mexicanos (México). El uso de imágenes, fragmentos de videos, y demás material que sea objeto de protección de los derechos de autor, será exclusivamente para fines educativos e informativos y deberá citar la fuente donde la obtuvo mencionando el autor o autores. Cualquier uso distinto como el lucro, reproducción, edición o modificación, será perseguido y sancionado por el respectivo titular de los Derechos de Autor..

(3) D .---. F/\CULTJ\D DE DERECHO r>EMIN1\nro DE DF.nE<:HO CONST!TUCION/\L Y flE /\MPllRO.. --1'loQlaNAI. Muoc,o ~R.. INC::.. C.:1 rrtF.RREZ. LEorOLDO s Tt ,V7\. nIRECTOR GENER/\L DF. J.J\ J\DMINISTRJ'.CION l./\ Lf.N.J'..M.. ESCOL/\R DF:. P R E S E N T E.. El cC"'mpanfa:r"'.'I $Pnlini'."Jl'"io rll?!'. JORGE. ~u. ,.¡..,h'='r"''1o. AJ...RP.:R:TO. Det•,,..,:.ho TP-f"iF;. SJ\NTOYO y. ("onRt'.it.11l"'.""it"')t1i'l P1·rof~Airo11nl. <'"J\STRC'l d'!°. Ampoi-n. in~it11l~dn. inacri t o a. mi. C''!.rgo.. "ADECUACXON. '!'!l ha DEL. INCIDENTE DE DllAOS Y PERJUICIOS DERIVADO DEL INCIDENTE DE SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO EN MATERIA CIVIL JO. LA REALIDAD., lv•jo. li"'. l'lir,...r.-ciñn. porl"I.. o~t-. ... ~n'"!'r. F.1 ,..1. t.ir.. Li..c.. nmh~s. ("'}. '''"'. tft.11\(1. t ..ir~1t1·i . .,J,...... dr•. Alheort-•:- ti_,. .. ) r:-.·int.i]Jr;. ~r1 D"•rF"r:h0.. dPJ Caot·.j 1 ,,., d••l \f¿'\11•-!' ""fl of'il"'."i~-. tl, .. f'iJ.'."rh•'\ 30 do ,los_.. 1<. f"'odill..,. m"!'di.,nt:4!'." dir.i:nrnen d'=' 11. de. d~l. pt·~serlt~. ~nn.. de:J. Vall~. l.ir.~nr.inñn. mAA. m~r1ifiP~tnn. r:tr.-tubr,.,.. y. novi~mhr~. 11~b~r. aprobado y r~vis~do 1·.-ar:tpectivnment".P. lai 1-~feri'1n t:er:ria: pnr lo rpt€'. ron apoyo ~n lna a1·t1~11ln~ 10. 1.9. ~n. ~6 y 2R vigPnt~ RcglamPnto de ~x~mer1e~ r,,.,f.,.~ir:inl'lleq suplirr:o n 'l~t-d ord'?n·,,lo r~olizo!!c:lón t1E" los t:1·dmi t r " t"?ntl j ""t··~~\t ,, 1 '" c,,;o J Phl .. ,,r.j (\11 1..1*"' 1 Exnmf"n ProfP:!"ionn 1 del ct:"'mpf'IOP.rf'> d~ refe1-~nei"l.. FVT/~lov.. ----.~,.

(4) SR.. DR.. FRANCISCO VENEGAS TREJO.. 01rector. oel. Sem1nario de Derecho • ~moaro. de la. Cons~1:uc10~~~. ~~cult~~. =. r. e~·~. ~. ~. ce ~. ~. ~~r~c~o ~. •. ~.. ~o~~-·=. ~:. como~M~··=. ~a. ~•. DEL :~s. c•·=~es.=n&l. .::a-. mé•· :-:..:·.. -i:.-=-~·.ni.naoc. -.a. ·::'2-•"'jO.. ~~~;·. -=-•"'=·. ·•. l:a. Q1re=ci.On. titulo. es. aeJWM~c. a:. ~u. ~~~0~1m1~~~~. 1nscr1~0. ~. cel. suscrito.. ADECUACION. EN MATERIA CIVIL A LA REALIDAD •s~a. oesc& el ~unt~ oe v i s t a del. in~1scens~~ies. s~ts~en~~n--::e. o~ra. 1n:=1~r·. las. e:. -3'l~ccra.c1.0n. RECLAMADO. recu1s1~os. o~rm1t1r·. UN~M.. V PERJUICIOS DERIVADO DEL INCIDENTE DE. OA~OS. ACTO. ¡¡e~~r. ":.~~:s. "':.r:..t:i~~=. El. DENTE DE. 1a. ~~ :~e~~n~~ es o~,-~ n~c~r de JORGE ALBERTO SANTOVO CASTRO.. =::.:;-::.. 5~mi.:-• .¿¡r·::.·~. ~r~=•;~. ce. •. DEL. INCI-. SUSPENSXON. le suscr1tc. v. na.go. QLl&. re~ne. ser aorooada v. en su caso. tr~m1tes cara su ~1tulac10n.. comoal"1erc SANTOYO en •u t e s i s . t~nto en ~arma te~r1~~c~m= e··~=~-=~. ~~~~~ •~ ~or·ec1~ ~~ ¡~ lectura C•l t r • c • ~~ ··~c~oc1~~~-· e. : ... ~ :;;:~ s~~--::2n~~ ~~ a1v~~·sas tesis oe Jur1soru:e~c1~ie:: . @~ .a ::~.:=or~~j~ =3s1c~ r~l~=1ona~a con el c~o1tu­ :~~o. =··cc~-~~ncc ~c-~:1=~~~ ~ :a =roclem~c1c~ oue ~¡ sus~•ni=a @n :...C·. CASTRO. :ar.ter:..01·. ~~e~. ~~or-~B~~o. ~::;::.,..;. ;.•·'. ~·~. ·-=. -~. :i.c. so:i=enco. e5~~~:c. 5~1·:..a. =~··~~~~res. =~··-.F.. "="'n. oe cue el. ~em~. del. oroou~sto. ~ismo. ;~;;~:=.::~.:-~~ ~:~---~~,t:~:.,,~~1~--~n ~~~et~::1.5S ~=:·:: ¿. _. --: • -.:::. ~·a:On. soor·e el. =r··~o1os. ·'="...:;::.--..... -e. "POI': MI RA. ALBERTO. ::: •. :::. ~=--=··-:.·-..:;-.--:-:-s-. ·= 1¡ 1--:: c.. ...... _ ... s .. ,.. :-. .::;.-:.. .:: :.. ce. .. =-.

(5) Mésico, D.F.• 11 de Noviembre de 1996. DR. FRANCISCO VENEGAS TREJO. Director del Seminario de Derecho Constitucional y de Amparo de la Facultad de Derecho de 1• UNAM. P~·esente.. Distinguido Señor Director. Conforme a la tesis profesional que tiene elaborada el pasante .JORGE ALBERTO SANTOYO CASTRO para optar al titulo de LiceÓciado en Derecho y a cuya revisión me fue sometida, me es grato manifestarle que me parece un trabajo bien elaborado. Tesis con el titulo siguiente: ..ADECUACIÓN DEL INCIDENTE DE DAJ'flOS Y PERJUICIOS. DERIVADO. DEL. INCIDENTE. DE. SUSPENSIÓN. DEL· ACTO. RECLAMADO EN MATERIA CIVIL, A LA REALIDAD". La exposición de las ideas es congruente. con puntos de vista novedosos, a pesar de tratarse de un tema especializado dentro de una disciplina de alto contenido técnico como Jo es el Juicio de Amparo. La bibliografia es suficiente por debidamente escogida. Las conclusiones escuetas, pero con buen sentido y las citas, aunque reducidas, oportunas.. .\~~ 1 , .. ATE N\T A M. _uc.. J"~-. ~~-;;. N. ._. . .. ".

(6) A mis padres :. Sra. Arcenia Raquel Castro de Santoyo y Sr. Francisco Santoyo Santoyo. Por su cariño y apoyo que siempre me brindaron en la realización de mi más grande anhelo. Por ello se los brindo con mi más grande amor.. A mis hermanos :. Lourdes, Francisco, Patricia, Osear, Arcenia, Eisa, Alejandro y Rosaura. Por la amistad y carii'lo que siempre nos ha unido y que ha sido un pilar en el presente trabajo, deseando nunca termine y que al contrario aumente y nos una más.. Al Sr. Lic. Alberto del Castillo del Valle :. Por el respaldo brindado en la elaboración del presente trabajo.. A mis amigos :. Por el apoyo y amistad que siempre me brindaron para lograr una meta más en mi vida, gracias..

(7) ÍNDICE. INTRODUCCIÓN. CAPiTULO 1 IDEAS GENERALES SOBRE EL .JUICIO DE AMPARO. Objeto del juicio de amparo.. 5. 1.- BASES CONSTITUCIONALES DEL AMPARO.. a) Articulo 103.. 9. b) Artículo 107.. 12. 2.- PARTES EN EL JUICIO DE AMPARO.. 33. a) El agraviado o agraviados.. 36. b) Autoridad o autoridades responsables.. 41. e) Tercero o terceros perjudicados.. 45. d) Ministerio Público Federal.. 50. 3.- TEORÍA DEL ACTO RECLAMADO.. 58. a) Idea de acto de autoridad.. 59. b) Acto reclamado.. 60. e) Clasificación de los actos reclamados.. 64. 4.- PROCEDENCIA DEL AMPARO.. 86. a) Del Amparo directo.. 86. b) Del Amparo indirecto.. 90.

(8) CAPiTULOll LA SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO 1.- CONCEPTO DE SUSPENSIÓN.. 98. 2.- CLASES DE SUSPENSIÓN.. 100. 3.- REQUISITOS DE PROCEDENCIA DE LA SUSPENSIÓN.. 112. 4.- REQUISITOS DE EFECTIVIDAD DE LA SUSPENSIÓN.. 117. a) Garantía concepto.. 120. b) Contragarantia concepto.. 122. 5.- EFECTOS DE LA SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO.. 126. CAPiTULODI INCIDENTE DE REPARACIÓN DE LOS DAÑOS V PEIUUICIOS OCASIONADOS POR EL OTORGAMIENTO DE LA SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO AL QUEJOSO. 1.- CONCEPTO DE INCIDENTE.. 131. a).- Del incidente en general.. 131. b).- Del incidente de reparación.. 133. 2.- CONCEPTO DE DAÑOS EN MATERIA CIVIL. 135. 3.- CONCEPTO DE PERJUICIO EN MATERIA CIVIL.. I38. 4.- MOTIVACIÓN SUBJETIVA QUE DA ORIGEN AL INCIDENTE.. 140.

(9) 5.- PROCEDENCIA.. 146. 6.- TÉRMINO.. 149. 7.- COMPETENCIA PARA CONOCER DEL INCIDENTE.. 153. CAPÍTULO IV CRITERIOS QUE SE TlENEN PARA LA RESOLUCIÓN DEL INCIDENTE DE REPARACIÓN. 1.- CRITERIOS EN BASE A JUICIOS ORDINARIOS CIVILES.. 157. 2.- CRITERIOS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN.. 170. 3.- ADECUACIÓN DEL INCIDENTE DE DANOS Y PERJUICIOS DERIVADO DEL INCIDENTE DE SUSPENSIÓN DEL ACTO RECLAMADO EN MATERIA CIVIL. A LA REALIDAD. 175. CONCLUSIONES.. 181. BIBLIOGRAFÍA.. 186.

(10) INTRODUCCIÓN.

(11) Introducción. INTROOUCCION.. Si bien es cierto que el juicio a. los. gobernados. garantías esta. de. actos. individuales.. institución. También. jurídica. de amparo sirve para proteger. de. llega. autoridad. lo. a. es. que. ocasionar. tercero perjudicado es decir al. violatorios. el. abuso. daños. y. que vence en juicio,. de. sus. excesivo. de. perjuicios. al. ya. sea civil,. administrativo o laboral, quien también es un gobernado.. En. efecto,. presente. el. trabajo. propone. eliminar. el. procedimiento que tiene que seguir el tercero perjudicado para así obtener la garantía que tuvo que otorgar el quejoso, a. fin de que. surtiera. solicitada,. efectos. procedimiento perjudicial,. la. que. tanto. suspensión desde. mi. para. del. acto. punto. nuestro. de. reclamado. vista. máximo. es. innecesario. medio. de. y. control. constitucional (el juicio de amparo) así como para todo gobernado poseedor de sus derechos.. Lo anterior lo hago valer en atención a que en todo juicio en materia. civil,. y. REIVINDICATORIA tesis,. en. de. el. un. caso. concreto. inmueble,. estudio. de. de. ACCION. presente. es necesario que el quejoso solicite la suspensión del acto. reclamado en el momento de interponer el juicio que así. todo. LA. mi. se. le. ordene. procedimiento. a. que. la. tenga. autoridad. como. de amparo, para. responsable interrumpa. finalidad. llegar. hasta. las. últimas consecuencias del acto reclamado.. Al momento de decretarse Ja suspensión del acto reclamado, la. autoridad. competente. le. condiciona. al. quejoso. para. el.

(12) lnuoducción. INTROOUCCION.. Si bien es cierto que el juicio a. los. gobernados. garantías esta. de. actos. individuales.. institución. de. También. jurídica. llega. lo. a. tercero perjudicado es decir al. de amparo sirve para proteger autoridad es. que. ocasionar que. viofatodos. el. abuso. daños. y. vence en juicio,. de. sus. excesivo. de. perjuicios. al. ya. sea civil,. administrativo o laboral, quien también es un gobernado.. En. efecto,. presente. el. trabajo. propone. eliminar. el. procedimiento que tiene que seguir el tercero perjudicado para así obtener Ja garantía que tuvo que otorgar el quejoso, surtiera. efectos. procedimiento perjudicial,. la. que. tanto. suspensión desde. mi. para. del. punto. acto de. nuestro. a. reclamado. vista. máximo. es. fin de que solicitada,. innecesario. medio. de. y. control. constitucional (el juicio de amparo) así como para todo gobernado poseedor de sus derechos.. Lo anterior Jo hago valer en atención a que en todo juicio en materia. civil,. y. REIVINDICATORIA. en de. el un. caso. concreto. inmueble,. estudio. de de. LA mi. ACCION presente. tesis, es necesario que el quejoso solicite Ja suspensión del acto reclamado en el momento de interponer el juicio que así todo. se. le. ordene. procedimiento. a. que. la. tenga. autoridad como. de amparo, para. responsable interrumpa. finalidad. llegar. hasta. las. últimas consecuencias del acto reclamado. Al momento de decretarse la suspensión del acto reclamado, Ja. autoridad. competente. le. condiciona. al. quejoso. para. el.

(13) 2. surtimiento. de. efectos. de. la. Introducción. suspensión,. la. obligación. de. que. otorgue una garantía bastante a fin de que surta sus efectos dicha La garantía que. suspensión. como. finalidad. que. en. el. tiene que otorgar el. caso. de. que. el. juicio. quejoso, de. tiene. amparo. sea. sobreseido o. de no encontrarse violada las garantías del quejoso. por parte. la. de. autoridad. responsable,. el. resarcir. al. tercero perjudicada o vencedor en el juicio. y. perjuicios. que. suspendido. el. perjudicado. no. se. acto. le de. pudo. ocasionaron autoridad,. solicitar. a. la. y. en por. supuestamente. principal, los daf'los virtud lo. autoridad. de. tanto. haberse. el. tercero. responsable. que. ejecutará dicho acto que obviamente le beneficiaba, consistente en tomar posesión de su inmueble.. Es. hasta. presente. este. trabajo, garantía. momento. cuando. valer. la. basta. la petición de éste.. procedimiento perjuicio. que. que. el. otorgó. tenga. el. motivo. tercero al. de. la. elaboración. perjudicado. quejoso,. y. se. trata. de. encuentra. que. sino que es necesario iniciar un como. finalidad. el. probar. los. del hacer no. nuevo. daños. y. que se le ocasionaron por motivo de dicha suspensión.. El nuevo procedimiento que se tiene que seguir lo considero injusto. e. innecesario,. daños. y. perjuicios,. perjudicado. para. la. ya. y. que. si. no. bastará. obtención. se. con de. la. tuviesen. la. que. petición. garantía,. probar. del el. los. tercero. quejoso. al. momento de interponer el juicio de amparo tendría que considerar que. la. garantía. que. otorgue. para. la. suspensión. del. acto. reclamado, la podría perder automáticamente si el juicio de amparo es sobreseido o negado..

(14) Introducción. Por lo tanto, al considerar el quejoso tal situación, dejaría de abusar. de. nuestro. máximo. orden. constitucional,. y. si. pretendiera. abusar de él, no le causaría agravio alguno al tercero perjudicado, ya que éste sólo tendría que esperar un tiempo determinado para que se resuelva el juicio de amparo y,. al. momento de obtener la. respectiva sentencia de amparo en contra del quejoso, bastaría la petición. de. la. garantfa. mencionado. lo. considero. garantía.. y. no. el. procedimiento. innecesario para. la. que. como. obtención. de. lo. he. dicha.

(15) ¡. !j l. IDEAS GENERALES SOBRE EL .JUICIO DE AMPARO.

(16) s. Ideas generales del juicio de amparo. CAPITULO. IDEAS GENERALES DEL JUICIO. DE AMPARO. Toda vez que el presente trabajo consiste en el estudio de un incidente. que. se. deriva. del. juicio. de. amparo,. quejoso la suspensión del acto reclamado,. por. mencionar como primer punto la finalidad del juicio. "El juicio orden contra. gobernado. acto. y. el. deduce. amparo la. institución,. lo. ejercita imparte. juicio. afecte. al. gobernado,. a de. inseparable con. de. o. de amparo.. amparo. agravie. impulso. el objeto natural. preservar,. Ley Suprema del País y. el. que. exclusivamente. finalidad. saber:. tanto. autoridad. por ende,. doble a. por. de. se. Constitución es, que. al. mismo tiempo. fundamento primordial. no. sólo porque. ella. cuya que. de. éste.. aseveración. persigue. simultaneidad. Ja. La se. nuestra. inextricable,. la. 1. objeto tutelar del juicio. fuente. de su. existencia. y. su. Y se dice que es la fuente de su existencia consigna. su. expresamente en diversos preceptos, principios que le. procede cualquier. la esfera jurídica de dicho sujeto que en. Pues bien, siendo la Constitución el es. a. y propio de Ja tutela. ella se sustenta, contra todo acto del poder público".. de amparo,. el. de amparo es un medio de control o protección del. constitucional; todo. solicitar. considero conveniente. informan y. de su. sino. procedencia. y. también porque. lo crea de los. situación jerarquice-normativa. deriva nuestra institución su razón de ser. 1 Ignacio Burgoa O. El juicio de amparo. lrigésima edición. editorial Pornia .p. 143.

(17) 6. fdeas generales del jukio de amparo. Ahora bien la ley de amparo nos señala en su artículo 1o. el objeto que persigue nuestro juicio. constitucional, y que a. la letra. dice:. "Art.. 1o.- "El juicio. de amparo tiene por objeto. resolver toda controversia que se suscite:. "l.-. Por leyes. o. actos. de autoridad. que. violen. las garantías individuales. "11.- Por leyes o actos de autoridad federal que. vulneren o restrinjan la Soberanía de los Estados.. "111.éstos. Por. leyes. que. o. invadan. actos la. de. las. esfera. autoridades. de. la. de. autoridad. federal".. Es. consagra. en. éste. el. primer artículo de la ley de amparo,. cual. las mismas hipótesis de procedencia del amparo que las. previstas por el estudiaremos. articulo. con. 103 Constitucional,. detenimiento,. procedencia del juicio. donde. se. y. que más dan. las. adelante. bases. de. de garantías.. Ahora bien el articulo 80 de la ley de amparo hace referencia al objeto que. tienen las sentencias al conceder el amparo,. dice: "Ar!. 80.- "La sentencia que concede el amparo tendrá por objeto restituir al agraviado en el pleno. goce. de. la. garantía. individual. violada,. y nos.

(18) Ideas generales del juicio de amparo. restableciendo las cosas al estado que guardaban antes. de. la. violación,. cuando. el. acto. reclamado. sea de carácter positivo; y cuando sea de carácter. negativo,. el. efecto. del. amparo. será. obligar. a. la. autoridad responsable a que obre en el sentido de respetar la garantía de que se trate. y. a. cumplir,. por su parte, lo que la misma garantía exija".. Por. lo. tanto. es. de. concluirse. que. el. objeto. del. juicio. de. amparo es :. a).- Restituir al agraviado en el pleno goce de sus garantías individuales violadas.. b).- Regresar las cosas al estado que guardaban antes de la violación.. c).- Ordenar a cuando. la autoridad responsable que deje de. actuar,. legalmente deba realizar la conducta, para así cumplir sus. funciones y prestar sus servicios.. d).- Obligar a. la autoridad responsable ha obrar con respeto. ante los gobernados, en el sentido de salvaguardar sus garantías..

(19) BASES CONSTITUCIONALES DEL AMPARO.

(20) 9. Bases constilucionales del amparo. 1.- BASES CONSTITUCIONALES DEL AMPARO.. El. articulo. 103. Unidos Mexicanos,. de. la. Constitución. consagra. Política. de. los. Estados. la procedencia del juicio de amparo,. el cual en su texto nos dice:. a.- ARTICULO 103.. "Los tribunales de la federación resolverán toda. controversia que se suscite: "l.- Por leyes o. actos de la autoridad que viole. las garantías individuales; "11.que. Por. leyes. vulneren. estados. o. la. o. o. actos. de. restrinjan. esfera. de. la la. autoridad soberanía. competencia. del. federal de. los. Distrito. Federal, y "111.- Por leyes o actos de las autoridades de los. estados. o. del. Distrito. Federal. que. invadan. la. esfera de competencia de la autoridad federa.1". Como amparo. se. ve,. la. procedencia. constitucional. del. se encuentra establecida en éste precepto,. relacionado Constitución, disposiciones. directamente donde acerca. con. se del. el. articulo. encuentran. juicio. de. 107. de. establecidas. amparo. y. que. juicio. de. que debe ser la. misma. diversas. contienen. principios fundamentales de este proceso constitucional.. los.

(21) 10. La. denominación. que. se. Bases constitucionales del amparo. ha. dado. al. medio. de. control. constitucional mexicano· tiene un doble origen, uno gramatical y el otro netamente histórico; el. la. palabra AMPARAR,. tutelar,. salvaguardar. conjuntamente,. de. primero. que o. como. se. resguardado. las. garantías. deriva. sabe, de. la fuerza. individuales. lográndose de esa manera el imperio de la sobre todos. los demás. cuerpos. del. significado. quiere decir o. de. proteger,. constitucional y del. gobernado,. Carta Magna Nacional. normativos y. sobre. cualesquiera. actos de autoridad que surjan en México. Por lo que se refiere al. segundo. aspecto,. es. decir,. el. origen. histórico del. nombre. Institución Protectora denominada juicio de garantias, que a. través. garantías. de él,. se. individuales. pretende o. del. conseguir. gobernado. Magna Nacional dentro de todos. la. observancia. que. de la. esto es de. estatuye. la. de las Carta. los actos que emanan de alguna. autoridad estatal.. Mediante orillar a. la. implantación. del. las autoridades estatales a. juicio. de. amparo. se. busca. que respeten el contenido de. las garantías individuales o del gobernado que están debidamente consagradas. por. la. Constitución. en. varios. de. sus. preceptos,. obteniéndose tal situación únicamente cuando el gobernado que ha visto. violada. su. esfera. de. derechos. por. autoridad interpone la demanda de amparo. parte. de. respectiva. alguna para. que. el acto contraventor de los derechos púb1icos subjetivos de que es titular. sea. declarado. nulo. o. invalidado. por. federales competentes para conocer del juicio. las. autoridades. de amparo.. Con relación a la primera fracción del articulo en comento, se. debe indicar que la generalidad del juicio. de amparo planteados.

(22) 11. se basa en ella. alguna. En esta fracción se establece como requisito que. autoridad ·estatal. conculcador autoridad. Bases conslitucionales del amparo. de. haya. garantías. estatal. la. que. emitido. un. individuales,. sin. provenga. acto. el. acto. de. importar de. autoridad. la. clase. de. referencia.. El. requisito indispensable para que nazca el amparo la existencia de un. acto. acto. de. autoridad,. proveniente. características coersitividad.. el. de. propias Si. no. que. un. a. puede. órgano. la. ser. de. identificado. unilateralidad,. existe. dicho. y. Estado. acto,. la. que. como. aquel. tiene. como. y. imperatividad. entonces. el. amparo. Ja es. improcedente, tal situación se hace patente cuando el acto que se. reclama en el juicio Jos. cuales. es. de amparo es emitido por un particular. contra. procedente. otra. clase. de. acciones. más. nunca. la. derivada del articulo 1 03 constitucional.. Así pues, sea. el amparo sólo procede contra actos de autoridad,. ésta federal,. estatal o. municipal,. sin importar. una autoridad legislativa, ejecutiva o judicial. puede. enderezarse. administrativos considerados que. todos. y. contra. actos. o. sentencias. contrarios al. ley. o. de. se trata de. legislativos,. resoluciones. texto. si. Entonces el amparo judiciales. nuestra. Carta. actos. que. sean. Magna,. ya. ellos son actos de autoridad independientemente de la. autoridad que Jos haya creado o de la que hayan emanado. Con lo que respecta a del. artículo. jurídico. del. manifiesta. 1 03 Lic. ''que. la existencia de las fracciones 11 y. Constitucional ALBERTO las. dos. DEL. evoco. el. CASTILLO. fracciones. a. razonamiento DEL que. VALLE se. 111. logicoel. cual. aluden. son. innecesarias y provoca ciertos equívocos por su redacción, debido a. que algunos juristas consideran que el amparo que se promueve. con fundamento en cualquiera de estas dos fracciones, es un juicio de garantías que hace valer o. la autoridad estatal,. la. autoridad.

(23) 12. Bases constitucionales del amparo. federal o el jefe del Distrito Federal, ya sea que el acto reclamado haya sido ejecutado o emitido por autoridades federales o según corresponda.. locales,. Al respecto, es de mencionarse que el amparo. no es un medio de impugnación en favor de la federación, estados. o. del. Jefe. del. Distrito. Federal. para. de los. defender. sus. respectivas esferas competenciales, sino que se trata de un juicio en. favor de. cualquier gobernado que es. lesionado. con. cualquier. acto de autoridad, según sostiene el articulo 107 de la propia Ley Suprema del País", 2 como en el transcurso del presente trabajo se estudiará.. El. artículo. 1 07. de. nuestra. principios fundamentales y de. amparo,. y. siendo. que. Carta. las bases en este. articulo. Magna,. que se es de. consagra. gran. trascendencia. para el presente trabajo me permito transcribirlo en su totalidad.. b.- ARTICULO 107.. "Todas artículo. las 103 se. controversias sujetaran. a. de los. que. habla. procedimientos. et y. formas del orden jurídico que determine la ley, de acuerdo con las bases siguientes:. 1.- El. juicio. de. amparo. se. seguirá. siempre. a. instancia de parte agraviada;. 11.- La sentencia será siempre tal, ocupe. de. individuos. particulares,. que solo. limitándose. se a. ampararlos y protejerlos en el caso especial sobre : Alberto del Castillo del Valle. Ley de Amparo comenta~ Editorial Duero. p. S. los. sostiene el juicio.

(24) 13. el. que. verse. Ja queja,. Bases conslitucionalcs del amparo. sin hacer una. declaración. general respecto de la ley o acto que la motivare. En. el. juicio. deficiencia. de. de. la. amparo. queja. deberá. de. suplirse. acuerdo. con. Jo. la. que. disponga la ley reglamentaria de los artículos 1 03. y 107 de esta Constitución. Cuando se reclamen actos que tengan o. puedan. tener como consecuencia privar de la propiedad o de. la. posesión. y. pastos. y. montes. disfrute. a. población que de hecho o estado. comunal,. comuneros. las. sus. a. que. individuos. diligencias. precisar. tierras,. Jos. a. Jos. recabarse. pruebas o. sus. o. que. se. de. ejidatarios. de. puedan. oficio. o. todas. beneficiar a. y. mencionados estimen. derechos. aguas,. núcleos. por derecho guardan el. o. deberán. aquellas entidades. de. los ejidos. necesarias. agrarios,. Jas. acordarse. así. para. como. la. naturaleza y efectos de los actos reclamados. En. los. anterior. juicios no. núcleos ejidales o o comuneros, procesal uno. y. ni se. el. de sea. refiere perjuicio. el. párrafo. de. los. de los ejidatarios. sobreseimiento. podrán. colectivos. procederán primero. el. se en. comunales o. decretarse. reclamen. derechos. expreso. que. por inactividad. la caducidad de Ja instancia, paro. otro si. Cuando. a. procederán,. actos. del. desistimiento. los. propios. acordado. por. el segundo emane de ésta.. en. que. beneficio.. afecten. ni. el. Jos. tampoco. núcleo. consentimiento. actos, la. su. salvo. asamblea. que. general. el y.

(25) Bases constitucionales del amparo. 111.-. Cuando. se. reclamen. actos. de. tribunales. judiciales, administrativos o del trabajo, el amparo sólo procederá en los casos siguientes: a).-. Contra. sentencias. definitivas. o. laudos. y. resoluciones que pongan fin al juicio, respecto de las. cuales. no. proceda. ningún. recurso. por el que puedan ser modificados o. ordinario. reformados,. ya sea que la violación se cometa en ellos o cometida. durante. el. procedimiento,. afecte. que, a. las. defensas del quejoso, transcendiendo al resultado del. fallo;. siempre que en materia civil. impugnada. la. violación. procedimiento. mediante. en el. el. haya. curso. recurso. sido del. ordinario. establecido por la ley e invocada como agravio en Ja segunda instancia, si se cometió en la primera. Estos requisitos no serán. exigibles. en. el. amparo. contra sentencias dictadas en controversias sobre acciones del estado civil o que afecten al orden y a Ja estabilidad de Ja familia; b).- Contra actos en juicio. cuya ejecución sea. de imposible reparación, fuera de juicio de concluido,. después. una vez agotados Jos recursos que. en su caso procedan, y c).-. Contra. actos. que. afecten. a. personas. extrañas al juicio; IV.-. En. materia. administrativa. el. amparo. procede, además, contra resoluciones que causen agravio juicio. no o. reparable medio. de. mediante defensa. algún. legal.. recurso, No. será.

(26) IS agota~. necesario establezca. exija,. éstos para. Bases constitucionales del amparo. cuando. otorgar. la. la. que. Jos. suspensión. ley. del. acto reclamado mayores requisitos que los que la ley. reglamentaria. del juicio. de amparo. requiere. como condición para decretar esa suspensión. V.-. El. laudos. sea. amparo. y. que. la. promoverá. sentencias. que. violación. procedimiento. que. contra. resoluciones o. ante. en. el. corresponda,. se Ja. Judicial. cometa. tribunal. colegiado. conforme. de. la. fin. sentencia. competencias que establezca Poder. definitivas. pongan. a. la. al. durante. el. misma,. se. de. circuito. distribución. la Ley. federación,. o. juicio,. de. Orgánica del en. los. casos. siguientes: a).-. En. materia. penal,. contra. resoluciones. definitivas dictadas por tribunales judiciales sean éstos federales, del orden común o militares; b).-. En. materia. administrativa,. cuando. se. reclamen por particulares sentencias definitivas y resoluciones que ponen fin al juicio tribunales reparables. administrativos por. algún. o. recurso,. dictadas por. judiciales o. juicio. no. medio. ordinario de defensa legal, c).-. En. sentencias. materia. civil,. definitivas. cuando. dictadas. se. en. orden federal o en juicios mercantiles,. reclamen. juicios. del. sea federal. o local la autoridad que dicte el fallo, o en juicios del orden común..

(27) 16. En. los. juicios. civiles. Bases constitucionales del amparo. del. orden. sentencias· podrán ser reclamadas en cualquiera. de. Federación,. las. en. partes,. defensa. federal. las. amparo. por. incluso de. por. sus. la. intereses. patrimoniales, y. se. reclamen. laudos dictadas por las juntas locales o. d).-. En. materia. la federal. y. de conciliación federal. de. laboral,. cuando. arbitraje,. o. y. conciliación. por. el tribunal. de. arbitraje. los. trabajadores al servicio del Estado. La. Suprema. petición. Corte. fundada. de. del. Justicia. de. oficio. correspondiente. colegiada de circuito o. del procurador general. la. conocer. república,. podrán. de. a. tribunal. tos. de. amparos. directos que por su interés y trascendencia así lo ameriten. VI.-. En. los. casos. a. que. se. refiere. la. fracción. ·anterior, la ley reglamentaria de los artículos 103. y 1 07 de esta Constitución señalarán los. términos. a. que. deberán. el trámite y. someterse. los. tribunales colegiados de circuito y, en su caso, la Suprema. Corte. de. Justicia,. para. dictar. sus. respectivas resoluciones; VII.- El amparo contra actos en juicio juicio. o. después de concluido,. personas contra. extrañas. actos. interpondrá jurisdicción. de. ante. al. juicio,. autoridades. al. juez. de. se encuentre el. o. fuera. que. de. afecten a. contra. leyes. administrativas. Distrito. lugar en. bajo que. el. o se. cuya acto.

(28) 17. reclamado. se. ejecute. tramitación se a. una. o. Bases constitucionales del amparo. y. trate de ejecutarse,. su. limitará al informe de la autoridad,. audiencia. para. la. que. se. citará. en. el. mismo auto en el que se mande pedir el informe y se. recibirén. interesadas. las. pruebas. ofrezcan. pronunciándose. y. en. la. que. oirán. las los. misma. partes. alegatos,. audiencia. la. pronuncien. el. sentencia; VIII.-. Contra. amparo. los. unitarios. de. las. sentencias. jueces. del. circuito. que. Distrito. procede. o. los. tribunales. revisión.. De. ella. conocerá la Suprema Corte de Justicia:. a).-. Cuando. habiéndose. demanda de amparo,. en. impugnado. la. por estimarlos directamente. violatorios de esta Constitución Leyes Federales o Locales,. tratados. expedidos. por. el. internacionales,. Presidente. acuerdo con la fracción. y. Constitución. de. reglamentos. la. República. reglamentos. de. leyes. expedidos por los gobernadores de los por. el. jefe. del. de. 1 del articulo 89 de esta. Distrito. Federal,. locales. estados. subsista. en. o el. recurso el problema de constitucionalidad; b).- Cuando se trate de los casos comprendidos. en las fracciones. 11 y. 111 del articulo 103 de esta. Constitución. La. Suprema. petición. Corte. fundada. de. del. colegiado de circuito, o la. república,. podrá. Justicia,. de. oficio. correspondiente. o. a. tribunal. del procurador general de. conocer. de. los. amparos. en.

(29) 18. Bases constirucionaJcs del a1npa.ro. revisión, que por su interés y trascendencia así Jo. ameriten_ En. Jos. casos. no. previstos. en. Jos. incisos. anteriores, conocerán de la revisión Jos tribunales colegiados. de. y. circuito. sus. sentencias. no. admitirán recurso alguno;. IX.- Las resoluciones que en materia de amparo directo. pronuncien. Jos. circuito no admiten. tribunales. recurso. colegiados. alguno,. a. menos. de que. decidan sobre la inconstitucionalidad de una ley o establezcan. precepto. la. de. recusables. interpretación. la. Constitución,. ante. la. directa. caso. Suprema. en. Corte. de. que de. un. serán. Justicia. limitándose Ja materia del recurso exclusivamente a. decisión. la. de. cuestiones. las. propiamente. constitucionales; X.-. Los actos. suspensión. reclamados. en. los. podrán ser objeto. y. casos. mediante. de las. condiciones y garantías que determine la ley, para Jo cual se tomará. en. violación. la. los. alegada,. daños. y. cuenta la naturaleza de la dificultad. perjuicios. que. de reparación pueda. sufrir. de el. agraviado con su ejecución, los que Ja suspensión origine. a. terceros. perjudicados. y. el. interés. público. Dicha suspensión deberá otorgarse respecto las. sentencias. comunicarse materia. civil,. Ja. definitivas. en. interposición. mediante. fianza. materia. penal. del. amparo,. que. de. el. y. de al en. quejoso.

(30) 19. Bases constitucionales del amparo. y. para responder de los daños. perjuicios que tal. suspensión ocasionare, la cual quedará sin efecto. si. la. otra. parte da. reposición. contrafianza. para. asegurar. Ja. de las cosas al estado que guardaban. si se concediese el amparo, y a pagar Jos daf\os y perjuicios consiguientes: XI.-. La. suspensión. responsable cuando. promovidos. ante. se. pedirá. ante. la. autoridad. se trate de amparos directos. Jos. tribunales. colegiados. de. circuito y la propia Autoridad responsable decidirá. al. respecto;. presentar. en. la. todo. autoridad. propia. caso. demanda. el. de. agraviado amparo. las. demás partes en. el juicio, incluyendo al Ministerio el. para. En. expediente.. y. conocerá. resolverá. juzgados de. Distrito. los. sobre. o. los. la. acompañando. responsable,. copias de Ja demanda para. deberá. ante. la. Público demás. y. una. casos,. suspensión. tribunales unitarios. los de. circuito. XII.-. La. artículos. violación. 16,. en. de. las. materia. reclamarán. ante. el. superior. cometa,. ante. el. juez. o. de. unitario. de circuito. recurrir,. en uno y otro caso,. se. pronuncien,. en. garantías. penal, del. tribunal. distrito. que corresponda,. los. y. 19. o. de. 20 qÚe. los. se la. tribunal. pudiéndose. las resoluciones que. términos. prescritos. por. la. fracción VIII; Si. el. juez. de. Distrito. o. el. tribunal. unitario. de. circuito no residiere en el mismo lugar que reside. la. autoridad. responsable,. la. ley. determinará. el.

(31) 20. juez o. a~te. tribunal. escrito. de. que se ha de presentar el. el. amparo,. Bases constitucionales del amparo. el. que. podrá. suspender. provisionalmente el acto reclamado, en Jos casos. y términos que la misma ley establezca; XIII.-. Cuando. circuito juicios. los. sustenten de. amparo. ministros. de. la. procurador. mencionados. de. su. Suprema. Jos. de. sustentadas,. de. la. o. juicios. de. en. los. competencia,. Corte. tribunales. en. colegiados. contradictorias. general. intervinieron. fueron. tribunales. tesis. el. república,. las. en. los. Justicia,. que. los. partes. que. dichas. tesis. denunciar. podrán. la. contradicción ante la Suprema Corte de Justicia fin. de. que. pleno. el. o. la. sala. respectiva,. a. según. corresponda decidan la tesis que debe prevalecer como jurisprudencia. Cuando Justicia juicios. las. salas. sustenten de. cualquiera. amparo. materia salas,. juicios. esas. en. sustentadas, ante. la. o. las. que. podrán. en. Suprema. de el. partes tales. Corte. Pleno. Corte. su. en. de. los. competencia,. procurador. general. que intervinieron en tesis. denunciar. Suprema. funcionando. la. contradictorias. de. de la república los. de. tesis. de. decidirá. hubieran. la. sido. contradicción Justicia,. que. cual. tesis. debe. fas. salas. o. prevalecer. La. resolución. que. pronuncien. pleno de la Suprema Corte en los casos a refieren. los. dos párrafos anteriores. el. que se. sólo tendrán. el efecto de fijar la jurisprudencia y no afectar las.

(32) 21. situaciones. jurídicas. Bases conslitucionaJes del amparo. concretas. derivadas. de. las. sentencias· en los juicios en que hubiese ocurrido la contradicción; XIV.la. Salvo lo dispuesto en el párrafo final. fracción. 11. de. éste. articulo,. sobreseimiento. del. instancia. inactividad. por. amparo. o. la. decretará. caducidad. del. quejoso. respectivamente,. recurrente,. se. cuando. de. o. de el la. del. acto. el. reclamado sea del orden civil o administrativo, en. los. casos. y. términos. reglamentaria.. La. que. señale. caducidad. de. la. la. ley. instancia. dejará firme la sentencia recurrida; XV.- El procurador general de la república o agente. del. efecto de. Ministerio. designare. amparo;. será. pero. Público parte. podrá. Federal. en. todos. abstenerse. en dichos juicios cuando el. que. los. de. el al. juicios. intervenir. caso de que se trate. .carezca, a su juicio, de interés publico. concedido. el. responsable. XVI.-. Si. insistiere. en. reclamado. tratará. o. y. autoridad federal,. estima dicha. que. de su cargo que. es. autoridad. Suprema otorgará. sentencia.. autoridad. del. sentencia. acto de. la. la Suprema Corte de Justicia. inexcusable. el. incumplimiento,. inmediatamente. separada. y consignada ante el juez de Distrito de. Corte un. la. repetición. de eludir la. será. corresponda.. declaración. amparo. la. Si. fuere. incumplimiento requerirá. plazo. a. prudente. la. excusable o. previa. repetición,. para. que. la. y. le. ejecute. la. responsable. Si la autoridad no ejecuta la sentencia.

(33) 22. en. el. término. Justicia. Bases constitucionales del an1paro. concedido,. procederá. en. Ja. los. Suprema. términos. Corte. de. primeramente. señalados. Cuando. la. naturaleza. del. acto. lo. permita,. la. Suprema Corte de Justicia, una vez que hubieran determinado acto. el. incumplimiento. reclamado,. cumplimiento. podrá. sustituto. o. repetición. disponer de. de. las. del. oficio. sentencias. el de. amparo, cuando su ejecución afecte gravemente a la sociedad o. a. terceros en mayor proporción que. los beneficios económicos que pudiera obtener el quejoso de. Ja. Igualmente, sentencia. el. de. incumplimiento. amparo,. sustituto. siempre. que. Ja. naturaleza del acto lo permitan.. La. inactividad. procedimientos fas. procesal. de. promoción. tendientes. sentencias. caducjdad. en. de los. o. la. falla. de. en. los. cumplimiento. de. interesada,. parte. al. amparo,. producirá. términos. de. la. su Ley. reglamentaria.. La. XVII.-. responsable. autoridad. será. consignada a la autoridad correspondiente cuando no suspenda el acto reclamado debiendo hacerlo,. y. cuando. admita. insuficiente, solidaria con. el. la que. fianza. siendo. en. que. estos. responsabilidad ofreciere. presentare; y. XVIII.- (Derogada).. Ja. resulte dos. civil fianza. ilusoria. últimos de. y. la el. o. casos,. autoridad que. Ja.

(34) 23. Bases cons1itucionales del amparo. En este precepto constitucional se regula el procedimiento a través del cual debe tramitarse el juicio. de amparo y. señala sus. lineamientos. de. de. especifica. básicos. Jos. cuales. través. de. analizar. a. separándolas conforme a. trataré las. destacar. disposiciones. manera. esenciales. los principios fundamentales del amparo. que en ellas se consagran.. a).- La primera fracción se refiere al principio de que el juicio. de amparo sólo puede promoverse por la parte agraviada, esto es que. el. amparo. popular, según. no. se. puede. sino únicamente. el. articulo. perjudique. la. 4. de. ley,. el. intentar. por. el. nuestra tratado. a. través. afectado, ley. de. de. una. acción. entendiéndose por tal. amparo,. internacional,. aquél. el. cualquier otro acto que reclame de manera inmediata y decir no procede si se trata de agravio indirecto o. a. quién. reglamento directa,. o es. si se reclaman. actos futuros que no sean inminentes.. b).-. La. principios sentencia. JI. fracción. básicos:. El. del. articulo. primero. se. en. comento. refiere. a. Jos. contiene efectos. de. dos. la. y el segundo; al principio que se denomina "Suplencia. de deficiencia de Ja queja". El. primer. párrafo. sentencias. dictadas. sólo. esfera. en. acción,. la es. decir,. en. de. jurídica sólo. la. citada. el juicio del. de. fracción amparo. gobernado. beneficiará. el. 11. nos. dice. surtirán. que. haya. que. las. efectos. tan. intentado. cumplimiento. de. la. dicha. sentencia a aquella que impugno el acto de autoridad determinado..

(35) Bases constitucionales del amparo. Antes de entrar al estudio del segundo párrafo de la fracción en. comento,. principio. cabe. destacar. de estricto. que. derecho,. hace al juez federal. la. doctrina. esto. es. ha no entrar en. el. en. general. impedimento. alude. que. se. al le. estudio de aspectos que no. fueron considerados por el quejoso en la demanda de amparo, por lo tanto no pueden resolver más allá de lo que planteo el quejoso. Ahora. bien,. la. suplencia. de. deficiencia. alude el segundo párrafo de la fracción. de. la. queja. a. que. 11 del artículo en comento. es una excepción al principio mencionado en el párrafo anterior, y dicha suplencia tiene su finalidad como Jo establece nuestra Carta Magna,. es. el. otorgar. defectos. en. que. mismas,. por. su. cultural,. no. facultades. hubiese falta. pueden. de. a. los. incurrido recursos. tener. un. la. jueces. parte. económicos adecuado. para. quejosa, o. de. corregir. los. cuando. las. preparación. asesoramiento. para. impugnar el acto de autoridad, así también establece la suplencia de. la. queja. en. beneficio. de. los. ejidatarios. o. y. comuneros. sus. respectivos núcleos de población, dándoles además el beneficio de improcedencia del sobreseimiento por inactividad procesal y caducidad. de. la. instancia,. pero. haciendo. notar. que. la no. dichas. instituciones jurídicas si podrán decretarse en su beneficio.. c).-. Las fracciones. lineamientos. esenciales. tramita. legislación. en y. una la. inciso. "a" V,. juicio. de. VI. y. amparo. IX. establecen. contra. los. sentencias. y resoluciones que ponen fin al proceso, el que. definitivas, laudos se. 111; del. sola. instancia,. jurisprudencia. la. que. también. denominación. recibe de. en. la. "amparo. directo".. En amparo. los. citados. contra. preceptos. sentencias. se. dispone. definitivas,. laudos. que. y. el. juicio. de. resoluciones.

(36) 25. pongan. que. judiciales,. al. fin. juicio,. administrativos y. del. Bases constitucionales del amparo. pronunciadas trabajo. por. Jos. sólo pueden. tribunales. interponerse. si tienen el carácter de definitivo, es decir que contra las mismas no. proceda. ningún. recurso. ordinario. por. el. cual. puedan. ser. modificadas o revocadas.. Por otra parte el definitivas,. laudos. y. citado juicio resoluciones. de amparo contra sentencias que. pongan. fin. al. juicio. es. admisible tanto contra violaciones cometidas en el fondo, como por las infracciones efectuadas en la secuela del procedimiento.. Por. su. parte. la. fracción. IX. dispone. que. las. resoluciones. dictadas en amparo directo pronuncie los tribunales colegiados de circuito, no admiten recurso alguno, salvo los casos en Jos cuales decidan. sobre. la. constitucionalidad. de. una. interpretación directa de un precepto de Ja. ley. o. establezcan. Constitución,. la. pues en. estos dos supuestos pueden impugnarse ante la Suprema Corte de Justicia a. través del recurso de revisión, que debe limitarse a. las. cuestiones puramente constitucionales.. La suspensión de Ja ejecución Jaudos. o. impugnadas. resoluciones en. el. de las sentencias definitivas,. ponen. amparo. solicitarse ante el juez o sobre. que. fin. directo. o. a. un. procedimiento,. uni-instancial. deberán. tribunal que dictó el fallo quién resolverá. la misma con criterios. similares. a. los. establecidos. medida cautelar en el amparo de doble instancia.. para. la.

(37) 26. 111 incisos "b" y. d).- Las fracciones las. bases. de. la. fo·rma. Bases consthucionales del amparo. procesal. que. "c'',. puede. amparo. que es la de doble instancia o. y VIII contienen. VII. adoptar. el. juicio. de. también llamados amparos. indirectos, y es aquel que se interpone en contra de resoluciones judiciales. que. no. tienen. el. carácter. de. sentencias. definitivas,. un procedimiento, y que se. laudos ni resoluciones que ponen fin a. dictan ya sea en el juicio , fuera del juicio , después de concluido o. afecten. que. resoluciones. personas. a. extrañas,. efectos. tengan. disposiciones de carácter legislativo, o. que. no. en. que. el. estas. proceso. y también cuando se impugnen en forma directa. correspondiente;. pública. siempre. decisivos. puedan. combatirse. actos de la administración. ante. tribunales. judiciales. o. ad mi ni strativos.. Son. llamadas. de. doble. instancia. en. virtud. de. que. las. sentencias dictadas en primer grado por los jueces de distrito o los. tribunales agraviad~. unitarios. de. circuito. pueden. impugnarse. ante la Suprema Corte de Justicia o. por. la. parte. ante los tribunales. colegiados de circuito por medio del recurso de revisión.. Por Suprema. hace. ultimo. la. fracción. VIII. nos. señala. la. competencia. mención. de. la. llamada. "Facultad. de. de. de revisión y. Corte para conocer del citado recurso. atracción". esto. la. nos. quiere. decir que de oficio o a petición del tribunal colegiado de circuito, o del. procurador. conocerá. de. general. los. de. amparos. la. en. república,. revisión,. que. la. Suprema. por. su. Corte. interés. y. transcendencia así lo ameriten. Cabe set"talar que no existe una definición aún. en. jurisprudencia,. del. interés. o. o. interpretación,. trascendencia. que. deben.

(38) 27. Bases constitucionales del amparo. tener los juicios para que se ejercite la facultad de atracción, mayor abundamiento. me permito. transcribir. la. y. a. jurisprudencia que. respecto a la facultad de atracción a resuelto la Suprema Corte de Justicia:. Instancia: Tercera Sala Fuente : Semanario Judicial de la Federación Epoca : 8A Tomo: VIII Noviembre Tesis : J/3a. 43/91 Página : 62 RUBRO: ATRACCION, FACUL TAO DE. SU EJERCICIO POR LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA ES DISCRECIONAL. TEXTO: El. ejercicio. de. la. facultad. de. atracción. por. parte de la Suprema Corte de Justicia, previsto en el. articulo. 107. último párrafo,. de. la. Constitución,. fracciones. para los amparos directos,. para los amparos en revisión,. y. V,. VIII,. procede cuando el. propio órgano jurisdiccional estime que un asunto reviste. características. ameriten,. especiales. debiéndose. consideración. es. vez que. Constitución. ni. Amparo. la. de. carácter. establecen. que. regla. así. que. entender. discrecional,. Federal. ni. alguna. la. lo esa. toda. Ley. sobre. de el. particular.. PRECEDENTES: Amparo. en. revisión. 321 /91.. Banco. Nacional. de. Crédito Rural, S.N.C. y otro. B de julio de 1991. Cinco.

(39) 28. votos.. Ponente:. José. Bases conslitucionalcs del amparo. Llanos. Antonio. Ouarte.. Secretario: Abraham S. Marcos Valdés. Amparo en revisión 978/91. Gamesa, S.A. de C. V. 9 de septiembre Trinidad. de. 1991.. Lanz. García.. Amparo. Briones.. 23. de. votos.. cuatro. Cinco. Cárdenas. directo. votos.. Ponente:. Secretario: 1011191.. septiembre. de. Ricardo. 1991.. Mariano. Ponente:. José. Sabino. Pérez. Sagarena. Unanimidad. Azuela. de. Güitrón.. Secretaria: Lourdes Ferrar Mac Gregor Poisot. Amparo. directo 1013/91. Carlos López Arias. 23 de septiembre de. 1991.. Unanimidad. Salvador Rocha Gutiérrez.. Ramírez.. Diaz.. de. votos.. directo. Ausente:. Sergio Hugo Chapitel. Francisco. Secretario:. Amparo. cuatro. Ponente:. 1006/91.. Javier Ana. Cárdenas. Calina. !barra. de Valenzuela. 14 de octubre de 1991. Unanimidad de cuatro. Ponente:. votos.. Gutiérrez.. Secretario:. Sergio. Hugo. Francisco. Ramirez. Tesis de Jurisprudencia 43/91 Ja. Tercera. privada votos. de. celebrada. novecientos de. Hugo. Sala. el. noventa. los. este. cuatro. en. sesión. noviembre. Unanimidad. ministros:. Gutiérrez,. Cárdenas. aprobada por. Tribunal. de. uno.. y. señores. Chapital. alto. Chapitel. Javier. de. de. mil. cuatro. Presidente. Sergio. Mariano. Azuela. Güitrón,. José Trinidad Lanz Cárdenas e Ignacio M. Cal y Mayor Gutiérrez. Como se. puede aprecíar en. es facultad discrecional tanto. Procurador. General. Justicia.. ejercer. el. concluirse. que. el. de la. la. República. facultad. quejoso,. la jurísprudencia. del Tribunal. de. y. la. atracción,. tercero. que antecede.. Colegiado. de Circuito,. Suprema por. perjudicado. lo o. Corte. tanto la. es. de de. Autoridad.

(40) 29. Bases consti1ucionalcs del amparo. responsable, no están leg_itimados para solicitar al alto Tribunal el. ejercer la referida facultad. e).- Las fracciones X y XI regulan las bases de la providencia precautoria,. que. se. conoce. como. "suspensión. del. acto. reclamado".. Esta. medida. cautelar. en. el. amparo. tramita en primer grado ante el juez. de. de. doble. instancia. y. distrito. en. ante. el tribunal colegiado de circuito que corresponda,. para. decidir. cuenta. la. sobre. la. naturaleza. providencia de. la. violación. reparación del daño y perjuicio tercero. perjudicado. interés público.. surtirá. con. efectos. f).-. La. XII. tos. En la. directamente. confiere ante. la. tomar. en. dificultad. de. suspensión; que. de. así. como. el. la medida sólo. la. garantía. o. el. regula. los. y. principios los. esenciales. jueces. locales. de en. la et. de amparo.. primer lugar se que. o. establece. otorgamiento. tribunales. conocimiento del juicio. decir,. alegada,. se obsequien.. fracción de. ejecución el. los cuales. deben. que pueda sufrir el agraviado o el. precepto. mediante. contragarantias que. participación. su. El mismo. respectiva. se. segundo. regula al. juez. la "Jurisdicción. promovente de. distrito. la o. concurrente",. alternativa el. tribunal. de. es. acudir. unitario. de. circuito o bien dirigirse at superior del tribunal a quién se atribuye ta violación de las garantías de los articulo 16, en materia penal, 19 y 20 también en materia penal, es decir, respecto de la orden de aprehensión y del auto de formal prisión o sujeción al proceso..

(41) 30. Cabe aclarar que en este. Bases constilucionaJcs del amparo. supuesto,. la autoridad. que. conoce. del. juicio de amparo, tramitará éste en todas sus partes.. La segunda institución que contempla Ja fracción en comento se. ha denominado "jurisdicción. urgencia. de. ejecutan o juez. de. petición. de. auxiliar" y. amparo. cuando. distrito.. procedimiento el. Los. actos. que. se. en. los. lugar. casos. en. que. de se. judicial,. colectivos. jurisdicción. auxiliar,. reclaman. destierro y. deportación,. agrarios. en. caso. aquellos. que. Jos. prohibidos. cuando dichos actos afecten. Cuando. este. son. la libertad personal fuera de. articulo 22 Constitucional, o. derechos. el. tratan de ejecutarse los actos violatorios no reside un. pongan en peligro Ja vida. ataques a por. opera en. no. se. acude. se. tramitará. a. este el. tipo. de. juicio. de. amparo en todas sus partes ante este Tribunal, pero si se tomarán las. medidas necesarias a. fin. de que. no se. llegue a. consumar el. acto reclamado.. g).- La fracción XIII trata de los casos en que los tribunales colegiados de circuito sustenten tesis contradictorias en los juicios. de amparo, y les otorga la facultad a Corte,. al. procurador general. tribunales. o. las. partes. dichas. tesis. fueron. fin. que. la. de. respectiva contradicción situaciones. Suprema La tiene. jurídicas. la. Corte. sea. que. tesis. que. en. mencionados. juicios. en. que. la contradicción. pleno. o. en. la. prevalecer. dicte. derivadas. los. los. debe se. obligatorio,. concretas. a. en. de denunciar ya. resolución carácter. ros ministros de la Suprema. la república,. intervinieron. sustentadas,. decida. jurisprudencia.. que. de. pero de. en. el. a. sala como. caso. de. no. afecta. las. las. sentencias.

(42) 31. Bases constitucionales del amparo. dictadas en los juicios de amparo,. en los cuales hubiese ocurrido. la propia contradicción.. La. h).-. fracción. denominadas. XIV. refiere. se. sobreseimiento. por. sean del orden final. cuando. se. civil o. de. la. administrativos,. fracción. reclamen. actos. 11. del. que. las. instituciones. procesal,. o. de. y cuando los actos reclamados. caducidad de la instancia siempre. párrafo. a. inactividad. y. salvo. articulo. afecten. en. los. lo dispuesto en comento,. derechos. es. el. decir. colectivos.. (ejidos o comunidades agrarias).. i).-. La. fracción. XV. regula. general de la república o del que. designare. como. parte. la. intervención. del. procurador. agente del ministerio público federal. en. todos. las. juicios. de. amparo,. pero. éste puede abstenerse de intervenir en ellos cuando en los casos de que se trate carezca, a su juicio. j).- Las fracciones XVI y rebeldía tratar. de. de. la. eludir. autoridad la. al. sentencia. protección es concedido al cuando ésta. no. de interés publico.. XVII se refieren a las hipótesis de la querer de. repetir. autoridad. quejoso, y. suspenda el. acto. el. acto. cuando. la rebeldia. reclamado. reclamado. o. el. y. de la. debiendo. cuando admita fianza que resulta ilusoria o insuficiente.. amparo. autoridad hacerlo.. y.

(43) PARTES EN EL JUICIO DEL AMPARO.

(44) 33. :z.-. PARTES EN EL JUICIO. La parte ha que reclama para si o. Partes en el juicio de amparo. DE AMPARO.. se refiere. este. apartado. es "el. sujeto" que. para otro una decisión jurisdiccional respecto a. la pretensión que en el proceso se debate.. En. efecto. la. ley. de. amparo. en. su. artículo. 4. nos. señala. la. intervención de la parte en el juicio de amparo, que a la letra dice:. "Art.. 4.- El juicio. de. amparo únicamente puede. promoverse por I• parte a. quien perjudica la ley,. el tratado internacional, el reglamento o. cualquier. otro acto que se reclame .... Como quien. se. también. puede. apreciar en. podemos. este. precepto. llamar "sujeto",. es. legal,. aquella. la parte. que. a. pretende. obtener una decisión jurisdiccional federal para su beneficio.. Ahora. juicio. de. que. jurisdiccional, inicia. con. ya. amparo, la. se. sabemos. cabe. encuentra. presentación. que. hacer la de. se. entiende. notar. relación la. que. como. en. parte. éste. jurídico procesal.. demanda.. cuando. una. en. el. proceso que. se. persona. (gobernado), mediante el ejercicio del derecho de acción pone en movimiento la actividad de las autoridades jurisdiccionales..

(45) 34. ejercicio. El. del. constitucional como. para. solicitar. la. Panes en cJ juicio de amparo. acción. de. derecho. derecho subjetivo público. prestación. jurisdiccional,. caracter. tiene. de todo. según. lo. gobernado. establece. el. articulo 17 constitucional, que a la letra dice.. "Art. 17.- ... Toda administre. persona. tiene. justicia. por. derecho tribunales. a. que. que. se. le. estarán. expeditos para impartirla en los plazos y. términos. que fijen las leyes ... ". La persona que presenta la demanda de amparo (quejoso en la. generalidad. jurisdiccionales. de. los. federales. casos), a. obliga. conocer. de. a. las. sus. autoridades. pretensiones,. a. estudiarlas y, por último, a resolver sobre ellas.. En. materia. la. perfecciona,. cuando. de se. amparo requiere. responsables para que rindan. la a. mencionada. la. el informe. autoridad. relación o. con justificación,. que basta el mandato del juez que las obligue a. se. autoridades por lo. rendirlo para que. ya exista la relación jurídica procesa#, sin que sea necesario que se rinda el informe.. El perfeccionamiento de la relación jurídico procesal produce,. entre otras,. Jas consecuencias de fijar Jos sujetos concretos de Ja.

(46) 35. Panes en el juicio de amparo. relación y determinar las cuestiones sometidas al pronunciamiento del juez.. Ahora. bien. en. éste. apartado. se. señalarán. sujetos que pueden intervenir en un juicio. cuales. son. los. de amparo y en favor o. en contra de quién se va a decir el derecho, o sea, en cuya esfera jurídica va a de un. para. surtir. efectos. Ja. de garantías.. juicio. sentencia. que. se. dicte dentro. Toda persona que tenga legitimación. intervenir en un juicio de amparo para defender un derecho. propio. así. como. constitucional,. sus. intereses,. es. parte. dentro. del. proceso. tal y como ha sostenido la doctrina al definir a. las. partes procesales "in genere" como aquel sujeto que interviene en. y contra de quién o. un juicio. a. favor. del. cual. se. va. a. decir el. derecho.. En. todo. defendiendo propiamente. juicio sus. dichas. intervienen. derechos en. ese. e. distintas. intereses,. negocio. jurídico;. a los peritos y, principalmente, al juez. perjuicio. alguno. la. intervenido en el desarrollo y son. partes. apartado.. procesales. otras. las son. Unas partes. llamadas. y entre ellos encontramos a los testigos,. terceros dentro del juicio parar. personas.. siendo. y. a. A estos sujetos no les va a. sentencia. no. obstante. haber. tramitación del juicio, por lo que no ellos. no. nos. referiremos. en. éste.

(47) 36. La. ley de amparo. partes en el juicio. Panes en el juicio de amparo. establece. en. su. artículo. So.. quiénes. son. de garantías; de acuerdo a ese numeral, tienen. la calidad de parte procesal en el amparo los siguientes sujetos:. "Art. 5.- Son partes en el juicio. de amparo:. 1.- EL AGRAVIADO O AGRAVIADOS;. 11.-. LA. o. AUTORIDAD. AUTORIDADES. RESPONSABLES;. EL. 111. -. o. TERCERO. TERCEROS. PERJUDICADOS;. IV.- EL MINISTERIO PUBLICO FEDERAL.. a.- EL AGRAVIADO O AGRAVIADOS •. .. En el juicio es. el. quejoso,. denominaciones un. estado. de amparo la primera de las partes. llamado son. procesal. por. válidas.. y. la. ley. aunque. posterior al. como. procesales. ºagraviado.... técnicamente el. agraviado;. el. Ambas. quejoso es. agraviado. es. el.

(48) 37. Panes en el juicio de amparo. gobernado afectado en su esfera jurídica por un acto de autoridad. y. que. en. esas. condiciones. promueve. la. demanda. de. amparo,. convirtiéndose entonces en quejoso". 3. Ahora bien el profesor IGNACIO BURGOA nos da una idea de quejoso o. titular de la acción de amparo, el cual resuelve en estos. tres conceptos,. formulados en razón de cada una de las hipótesis. de. del. procedencia. medio. de control,. consagradas. en. el. artículo. 103 constitucional.. "l.-. El. autoridad. gobernado. estatal. personal. y. violando. para. (elemento. (elemento. directo. ello. (elemento. una. personal),. autoridad). consecuente. garantía. a. quién. ocasiona o. individual. de. cualquier. un. agravio. consecuencia). (elemento. teológico. legal de la contravención), bien por medio acto en sentido estricto. o de una ley (acto reclamado).. "11.-. El. gobernado. autoridad. federal. personal. y. contraviniendo competencia. (Hipótesis de la fracción primera)".. (elemento. (elemento. directo (elemento para. ello. respecto. la. de. personal),. autoridad). consecuente. órbita las. a. quien. cualquier. un. agravio. ocasiona. o. de. constitucional. autoridades. consecuencia) o. legal. locales. de. su. (elemento. teológico-normativo de la violación). bien sea mediante un acto en sentido estricto o. de una ley (acto. fracción segunda)". 3. Op. Cit .Alberto del Castillo del Valle. p.p. 37 y 38.. reclamado).. (Hipótesis de. la.

(49) 38. "111.-. El. gobernado. Partes en el juicio de amparo. (elemento. personal),. a. quién. cualquier. autoridad local (elemento autoridad) origina un agravio personal y directo para. (elemento. ella. referente. consecuente. la. órbita. a. las. o. de. constitucional. autoridades. consecuencia), o. legal. federales. de. in.fringiendo. su. competencia. (elemento. teológico-. normativo de la contravención), bien sea por medio de un acto de sentido. estricto. o. de una ley (acto. fracción tercera)". El. esta. elemento. constituido. equivale. a. reclamado).. (Hipótesis. de. la. 4. personal. que. por cualquier. la del. integra. el. concepto. gobernado.. La. idea. de. de. sujeto cuya esfera jurídica puede. quejoso,. gobernado. ser materia y. objeto de algún acto de autoridad, total o parcialmente. Por esfera. lo tanto. puede. autoridad,. como. como. (sociedades). y. gobernados,. afectada. pueden. (individuos) social. ser. total. ostentarse las. y. de. es decir,. como. parcialmente tanto. personas. asociaciones. (sindicatos. o. las. morales diferente. comunidades. de. sujetos cuya. por. un. acto. personas derecho. especie;. de. agrarias);. de. f[sicas privado derecho. organismos. descentralizados y personas morales de derecho público, llamadas también personas morales oficiales. La ésta. condición de quejoso que puede tener toda persona,. fisica. o. moral,. se. deriva. de la titularidad que tiene. garantias individuales consagradas en la ley fundamental,. sea. de y. las. dada. su condición de "gobernado", ya que como se comentó al estudiar el artículo 107 constitucional en su fracción l, el juicio. "Op. Cit. Ignacio Burgoa O. p. 330. de amparo.

(50) 39. siempre. se. seguirá. a. instancia. Panes en el juicio de amparo. de. parte. agraviada,. es. decir. a. instancia de un gobernado que ha sido lesionado en sus derechos. o. intereses jurídicos. juicio. de. derechos. amparo. por un. va. a. consagrados. individuales),. teniendo. auto. proteger. en. de. y. la. como. autoridad.. Por. salvaguardar. ley. objeto. la. lo. fundamental. invalidar. o. tanto. el. y. titularidad. (garantías. anular. los. actos. contrarios a la Constitución, tal y como lo señala en articulo 80 de. la ley de amparo que con anterioridad estudié someramente. 5 El maestro ALFONSO NORIEGA nos confirma que el juicio amparo. debe. agraviada. por. un. a. tal. particular,. Así pues, en. De. iniciarse,. virtud. mediante. el el. juicio. a. petición. de. de. parte. de amparo debe suscitarse. ejercicio. de. la. acción. de. amparo.. lógica y jurídicamente nos define como parte agraviada,. aquella que ésta su. necesariamente,. carácter. de. legitimada para agraviado,. de. ejercitar la acuerdo. con. acción los. de amparo. términos. que. utiliza la fracción 1 del artículo 107 de nuestra Carta Magna. 6 Parte agraviada. es. aquel. a. quien. perjudica. el. acto. que. se. reclama sufriendo una ofensa o daño en sus derechos o intereses.. Esos. Corte-. derechos. legítimamente. o. intereses. amparados,. deben. lo. estar. que. -dice. significa. la. Suprema. que. en. las. normas objetivas del derecho (preceptos de la legislación) deben estar. consagrados,. para. que. puedan. ser. exigidos. preceptos legales.. s Op. Cit. Ignacio Burgoa O. p. 333 Alfonso Noricga. Lecciones de Amparo, Tomo U. Editorial Ponúa. Tercera Edición, p. 324. 6. invocando.

(51) "'º La parte agraviada, reclamado,. de. los. Partes en el juicio de amparo. debe acreditar la afectación. derechos. que. invoca,. para. por el. que. acto. proceda. la. acción constitucional.. Bajo este orden de ideas y en la doctrina se ha creado uno de. Jos principios fundamentales del amparo,. y esa institución se ha. denominado "existencia de un agravio personal y directo", es decir el. agravia que. se. ocasione. a. un. gobernado por parte. de. alguna. autoridad, debe tener las características de ser personal y directo, o. sea,. que ese perjuicio. o. aceptación que reciente una persona,. sea impugnada precisamente por ella o por su apoderado mediante la acción constitucional, inmediatamente. de. la. demostrándose que la violación proviene. realización. o. abstención. de. un. acto. de. autoridad.. Por. ultimo,. PIMENTEL. quién. agraviada,. se. causa. requiere. molestia. posesión. o. nos puede. define ser ser. consistente. propiedad.. El. la la en. el. profesor. parte. persona la. perjuicio. GENARO. agraviada, a. quién. privación o. de. GONGORA. "para. ser. algún. afectación. de. se. derecho.. un. interés. jurídico, se identifica, para la ley de amparo, con el agravio".. 1. parte. directamente. 7. Genaro Gongora Pimcntcl. Introducción al Estudio del Juicio de Amparo. EdiloriaJ Porrúa. 3ª Edición p. 43.

(52) 41. Panes en el juicio de amparo. En lo personal nos adherimos a la definición sostenida por el profesor ALBERTO. DEL. CASTILLO. DEL. VALLE,. que "el agraviado es el gobernado afectado en por un acto de autoridad y. el su. cual. nos. dice. esfera jurídica. que bajo esas condiciones promueve la. demanda de amparo, convirtiéndose entonces en quejoso". 8. b.- AUTORIDAD O AUTORIDADES RESPONSABLES.. En el juicio. de. amparo,. mediante. el. ejercicio. de. la. acción. respectiva se crea la relación procesal y se inicia el planteamiento de. la. litis.. justicia. perjuicio,. el. en. derivado. demandar. que. Efectivamente,. federal,. la. el. virtud. de. una. protección. quejoso. precise. inconstitucionalidad. quejoso. de. que. ley de. la. o la. ley. demanda. y,. o. demanda considera. acto. de. el. federal,. el. que. acto. Je. le. de. la. causa. un. Pero. al. autoridad.. justicia. como. amparo. se. es necesario. afecta. consecuencia. y. cuya. lógica. debe. señalar también la autoridad de quién emana dicha ley o acto.. En los términos del. derecho procesal,. asimismo en. el juicio. de amparo, al crearse la relación jurídico-procesal y plantearse la litis,. surge. amparo-. y. necesariamente, el. demandado. -la. reclamado-.. • Op. Cit. Alberto del Castillo del Valle. p. 38. las figuras autoridad. del. actor. de. quién. -quejoso emana. el. en. el. acto.

(53) Partes en el juicio de amparo. Pero. en. el. de. juicio. amparo. en. verdad. no. jurídicamente aceptar que exista una parte demandada. el juicio. se. puede. En efecto.. de amparo tiene un caréicter específico que le confirieron. sus creadores,. que es. la de proteger a. los gobernados en contra. de leyes o actos de las autoridades que violen en su perjuicio garantía. individual. soberanías,. el. o. trastornen. en. virtud. equilibrio fundamental. del. de. una. invasión. Estado Federal. una de. en. sus. En consecuencia el litigio constitucional propio del juicio. de. relaciones con las entidades federativas.. amparo, se desenvuelve necesariamente, entre el particular que se considera perjudicado por una ley o acto de autoridad, es decir. el. quejoso,. el. acto. la. y. que. exige. autoridad la cual. se. reclama. ninguna. cumplimiento controversia. como. prestación de. emana. ninguna. constitucional. otras. palabras,. la. autoridad. obligación, para. declaren. la. que ejecuta. inconstitucional.. de. federación resuelvan si conceden o en. o. si. que. sino los. ni. El quejoso no demanda. el. plantea. la. que. tribunales. de. la. no el amparo que se solicita; existe. o. no. fa. violación. constitucional, en su caso, que anulen o invaliden ese acto.. Tomando ALFONSO. en. NORIEGA. de amparo no existe. consideración nos. dice. que. lo. anterior. el. -ni puede existir- en frente del quejoso, la. figura política que la doctrina ha denominado contraparte•. 9. Op. Cit. Alfonso Noriega , p. 339. Maestro. •es evidente que en el juicio 9.

(54) Panes en el juicio de amparo. Ahora. bien. el. Doctor. autoridad. responsable. verdadera. contraparte. controversia federal. sí del. constitucional. le otorgue. su. IGNACIO ostenta. BURGOA. en. el. quejoso. el. Y. nos. quejoso. protección. nos. amparo. la. "que. calidad. señala. pretende. mediante. die.e la. que. que. la. declaración. en. la. justicia de. los actos reclamados violan Ja Const;tución en su detrimento. declaración y. la de. que Esta. la impartición del amparo. implican esencialmente la. restauración de las cosas al estado en. que se encontraban antes. de la violación, garantía. que. obligación a las. restituyendo al agraviado en el pleno. tales. actos. hubiesen. contravenido,. las autoridades responsables. goce de la. por. ende,. consiste en. la. restaurar. cosas al estado en que se encontraban con anterioridad a. la. emisión de dichos actos. Fécilmente se advierte Ja pretensión que persigue el quejoso". "La. autoridad. declaración. responsable,. judicial. y. Constitución invaliden. 10. ni. consecuencias. se. de. que,. que. hayan. apreciar la pretensión de ve,. es. completamente. contrario,. el. actos. no. las. situaciones,. producido.. Es. opuesta. a. la. 10. Op. Cit. Ignacio Burgoa O .. p. 420 Idcm .• p. 421. la. de. la. actos. no. los. efectos. o. donde. quejoso 11. por. tales. aquí. del. pugna. violatorios. la autoridad responsable. implicando una autentica contraprestación".. 11. son. consiguientemente,. destruyan. que. por. sus. se. que,. o. se las. puede. como se. agraviado,.

(55) Panes en el juicio de amparo. Por mi el. parte, me inc.lino fuertemente a. Doctor IGNACIO BURGOA,. agraviado. si. tribunales. pretende. federales. la opinión emitida par. ya que considero. obtener. una. consistente. prestación. en. que. el. por. parte. declarar. quejoso o de. violatorio. los. de. la. Constitución al acto de autoridad que se impugna. y por otra parte considero que la autoridad responsable también pretende obtener una. contraprestación. razonamientos. ésta. y. lógicos. la. jurídicos. obtiene. a. plasmados. través en. su. de. sus. informe. justificado, del cual pretende en la declaración judicial de que sus actos emitidos al hoy quejoso fueran hechos conforme a derecho.. Ahora bien, el profesor ALBERTO DEL CASTILLO DEL VALLE nos dice .. que por autoridad responsable debe entenderse como tal al. órgano. de Estado. del cual. reclamado por el quejoso".. emana o. pretende. ejecutar el. acto. 12. El profesor GENARO GONGORA PIMENTEL nos dice "que es autoridad responsable, aquella que por su especial intervención en el. acto. reclamado,. constitucionalidad ante. los. cuestión".. del. tribunales. de. está mismo, la. 13. i.: Op. Cit. Albcno Castillo del Valle, p. 38 Op. Cit. Genero Gongora Pimental, p. 29.a. 13. obligada en. la. a. responder. controversia. federación,. para. que. resolver. se. de. la. plantea. sobre. dicha.

(56) Panes en el juicio de amparo. Por lo. que respecta. a. este tema,. considero. como. autoridad. responsable, aquel· órgano del Estado que ordena y pretende llevar a. cabo. una. acción. u. omisión. que. tiene. como. consecuencia. la. afectación de la esfera jurídica del gobernado.. c.- EL TERCERO O TERCEROS PERJUDICADOS.. "La posición que el tercero perjudicado ocupa como parte en el. proceso. responsable,. de. amparo,. puesto. finalidades. y propugnan. la. de. negativa. juicio. la. es. que. similar. a. la. ambos sujetos. idénticas. En. efecto,. el. o. tercero perjudicado,. pretende. que. a. la. pretensiones,. protección federal. en. por alguna causa de improcedencia'".. responsable,. de. través. autoridad. persiguen el 1. al. las mismas. consistentes en. sobreseimiento. del. ". igual. del. que. la. juicio. autoridad. de. amparo. interpuesto por el quejoso, el juez federal resuelva que el acto de autoridad impugnado haya sido dictado conforme a la Carta Magna. y. a. la. legislación ordinaria. y. de tal. virtud. persiguen. además. Ja. subsistencia de dicho acto reclamado.. El tercero perjudicado, nos dice el Doctor IGNACIO BURGOA, "'es el sujeto que tiene interés jurídico en la subsistencia del acto reclamado, interés que se revela en que no se conceda al quejoso 1. •. Op. Cit. Ignacio Burgoa O .• p. 343.

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