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La subsanación del derecho de la edificación, como requisito previo para interponer la acción reivindicatoria

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Academic year: 2020

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(1)Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO. re. ch. o. FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS. “LA SUBSANACIÓN DEL DERECHO DE LA. De. EDIFICACIÓN, COMO REQUISITO PREVIO PARA INTERPONER LA ACCIÓN. de. REIVINDICATORIA”. ca. AUTORES: BACHILLER. OSCAR MARTINEZ FLORIANO. bli ot e. BACHILLER. SEGUNDO SANTIAGO PEREDA QUIÑONES.. ASESOR : Dr. CESAR AUGUSTO QUEVEDO PAREDES.. Bi. TESIS PARA OPTAR EL TITULO DE ABOGADO. TRUJILLO, PERÚ 2016. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(2) de. De. re. ch. o. Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. Dedicatoria. Alvarado. nuestras. madres,. Quienes. Incondicionalmente nos han apoyado a lo largo de nuestra carrera universitaria.. Bi. bli. ot ec. a. A Elsa Quiñones Zuñiga y Sabina Floriano. I Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(3) De. re. ch. o. Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. de. Agradecimiento A nuestro maestro Cesar Augusto Quevedo. en su hogar, así como guiarnos y asesorarnos en la elaboración del presente trabajo.. Bi. bli. ot ec. a. Paredes, por acogernos muy amablemente. II Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(4) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. PRESENTACIÓN Señores miembros del Jurado: En cumplimiento a lo dispuesto por el reglamento de grados y títulos de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, Escuela Académico Profesional de Derecho de la. o. Universidad Nacional de Trujillo, con la finalidad de obtener el Título Profesional de. ch. Abogados, nos es honroso someter a vuestra consideración el presente trabajo de. re. investigación Titulado: “LA SUBSANACION DEL DERECHO DE LA EDIFICACIÓN. De. COMO REQUISITO PREVIO PARA INTERPONER LA ACCIÓN REIVINDICATORIA”. El presente trabajo de investigación es el resultado de nuestro sacrificio, esfuerzo y dedicación, en donde hemos plasmado los conocimientos y experiencias adquiridas a lo. de. largo de nuestra formación profesional y esperamos contribuir a la comunidad jurídica en la solución de los conflictos que se plantean en el presente trabajo.. ot ec. a. Dejamos a vuestro criterio el presente trabajo, a fin de que sea objeto de evaluación y se. Trujillo, 01 de Agosto del 2016. Bi. bli. emita el dictamen respectivo.. SEGUNDO SANTIAGO PEREDA QUIÑONES DNI N° 46481458. OSCAR MARTINEZ FLORIANO DNI N° 45827213. III Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(5) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. INFORME DEL PROFESOR ASESOR De vuestra consideración. El Reglamento para la Elaboración y Evaluación de la tesis para obtener el Título Profesional de Abogado, en el inciso c) de su artículo 12 establece que: “El Graduando presentará solicitud dirigida al Decano adjuntando cuatro ejemplares de la tesis, observando. ch. o. las siguientes características: (…) se incluirá en los preliminares el informe del profesor sobre cumplimiento del plan de trabajo y de las limitaciones confrontadas durante el. re. desarrollo de su asesoría (….).” Por tanto, en cumplimiento de lo prescrito en dicho texto. De. normativo, es que dispongo; emitir el presente informe respecto de la elaboración de la tesis titulada “LA SUBSANACION DEL DERECHO DE LA EDIFICACIÓN COMO. de. REQUISITO PREVIO PARA INTERPONER LA ACCION REIVINDICATORIA”, presentada por los Bachilleres Martínez Floriano Oscar y Pereda Quiñones Segundo. a. Santiago, con el fin de obtener el Título de Abogado, tesis que ha sido elaborada bajo mi. ot ec. asesoría de conformidad con lo prescrito en el artículo 11 del Texto normativo anotado anteriormente; precisando que 1) en el proyecto de investigación correspondiente a la. bli. presente tesis se planteó el problema base de la investigación con su respectiva hipótesis, variables, objetivos y marco teórico. 2) para la elaboración de la presente tesis se ha. Bi. procedido al acopio de información, procesamiento e interpretación conforme a la metodología y técnicas de investigación científica aplicables sobre la materia. 3) debo señalar que la elaboración de la presente tesis es el resultado del esfuerzo y dedicación de los tesistas, quienes con su paciente trabajo de investigación otorga la posibilidad para determinar que al demandar la acción reivindicatoria de un terreno en el que ha construido un tercero de mala fe, el mismo que aún no ha acreditado la propiedad de lo construido, el. IV Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(6) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. demandante deberá peticionar como pretensión principal la reivindicación del terreno y como pretensión accesoria la accesión de la edificación de mala fe. Posteriormente al haber sido declarada fundada su demanda, podrá de regularizar la fábrica o edificación ante la municipalidad competente, mediante el Proceso Administrativo. o. de Regularización establecido en la ley 29090 y su reglamento 024-2008-vivienda.. ch. De esta manera, y por lo mencionado anteriormente, informo que la presente tesis ha sido. re. elaborada en estricto cumplimiento de los requisitos que exige la investigación científica,. De. en la que se evidencia que se ha alcanzado los objetivos planteados en la presente tesis, por lo tanto, estimo que la presente tesis se encuentra expedita para ser sustentada, salvo mejor. Trujillo, 01 de Agosto del 2016. ot ec. a. de. parecer.. Bi. bli. Ms. CÉSAR AUGUSTO QUEVEDO PAREDES ASESOR. V Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(7) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. RESUMEN En la actualidad para interponer la acción reivindicatoria, la doctrina exige una serie de requisitos tales como: a) que el demandante sea el propietario del bien, b) que el demandado este en posesión del bien, c) que el bien sea identificable y pueda ser. o. individualizado. Es por eso que en la actualidad cuando se interpone la acción. ch. reivindicatoria encontramos gran cantidad de ejecutorias supremas que no resuelven en forma uniforme, respecto al supuesto cuando el demandante es propietario del terreno pero. re. no de la construcción de mala fe; por lo que ante este supuesto, las salas supremas. De. resuelven declarar improcedente la demanda de reivindicación, sin embargo este criterio no es uniforme en la corte suprema, ya que también se pronunciado respecto a que cuando el. de. propietario del terreno demanda reivindicación y no puede acreditar la propiedad de la edificación, en el que por accesión se declara fundada la demanda de reivindicación. es determinar que al demandar la acción. ot ec. a. El objetivo de la presente investigación. reivindicatoria de un terreno en el que ha construido un tercero, el mismo que no puede acreditar la propiedad de lo construido de mala fe, el demandante deberá accionar como. bli. pretensión principal la reivindicación del terreno y como pretensión accesoria la accesión. Bi. de la edificación de mala fe.. Asimismo luego de analizada la doctrina y jurisprudencia en el presente trabajo se va a demostrar que no es posible peticionar la restitución del terreno y de la edificación mediante la acción reivindicatoria, si solo se ha acreditado el derecho de propiedad del terreno, por lo que al ser uno de los atributos de la propiedad previsto en el artículo 923 del Código Civil, solo puede ser ejercida sobre lo que se acredita que es propio.. VI Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(8) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. Es por ello que frente a este problema nosotros consideramos que al momento de interponer la demanda se debe peticionar como pretensión principal la reivindicación del terreno y como pretensión accesoria la edificación de mala fe, posteriormente. al obtener una. sentencia favorable, el demandante podrá regularizar la Fábrica o edificación ante la. Bi. bli. ot ec. a. de. De. re. ch. 29090 y su Reglamento el decreto supremo 024-2008-vivienda.. o. Municipalidad competente, mediante el proceso de regularización establecido en la Ley. VII Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(9) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. ABSTRACT Today to bring the action claiming the doctrine requires a series of requirements such as: a) the claimant is the owner of the property, b) the defendant is in possession of the property, c) that the good is identifiable and can It is individualized. That's why today when the. o. action for repossession found lots of supreme executory that do not meet evenly , about the. ch. alleged stands where the applicant owns the land but not the construction of bad faith ; so that in this case, the supreme meeting resolved to declare inadmissible the request for claim. re. , however this approach is not uniform in the supreme court , as it was also ruled on that. De. when the owner of demand land claim and can not prove the ownership of the building in. de. which it is declared by accession demand founded claim .. The aim of this research is to determine that by demanding action claiming ownership of. a. land where he has built a third, the same can not prove the ownership of the buildings in. ot ec. bad faith, the applicant must operate primarily seeks to claim the ground and as ancillary to. bli. the accession of the building in bad faith.. Also after analyzing the doctrine and jurisprudence in this paper is to show that it is not. Bi. possible to petition the restitution of land and building by action claiming, if only has accredited the right to the land, so to being one of the attributes of the property under Article 923 of the Civil Code, it can only be exercised is credited what is proper.. That is why we address this problem we consider that at the time of filing the claim must petition as principal claim claim the land and as ancillary to the building in bad faith, then VIII Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(10) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. to obtain a favorable ruling, the plaintiff may regularize Factory or building with the competent Municipality, through the regularization process established by Law 29090 and. Bi. bli. ot ec. a. de. De. re. ch. o. its Regulations supreme decree 024-2008 - house.. IX Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(11) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. INTRODUCCIÓN Lo que nos motivó a realizar la presente tesis es la existencia de fallos contradictorios de los jueces de las diferentes instancias, cuando el demandante acciona Reivindicación del terreno sin poder acreditar el derecho de propiedad de la edificación de mala fe, en vista a. o. que quien edifico fue un tercero. Ante este supuesto la corte suprema tiene fallos. ch. contradictorios, declarando muchas veces improcedente la demanda, sustentándose en que. re. el demandante no acreditado la propiedad de la construcción.. De. El objetivo de la presente investigación es determinar que para demandar la acción reivindicatoria del terreno, en donde ha edificado un tercero de mala fe, si solo se ha acreditado el derecho de propiedad del terreno, el demandante deberá accionar como. de. pretensión principal la reivindicación del terreno y como pretensión accesoria la accesión. ot ec. En el presente trabajo:. a. de la edificación.. Se empezará por hacer mención al plan de investigación: el que consta de la realidad. bli. problemática, justificación, problema, hipótesis, objetivos generales y específicos, métodos. Bi. y técnicas utilizadas.. E por el capítulo I trataremos sobre el derecho de propiedad, su evolución histórica, concepto de derecho de propiedad, las diferencias entre dominio y propiedad entre otros. En el capítulo II analizaremos las partes integrantes y accesorios, haciendo mención a sus características más relevantes y los efectos que estas tienen.. X Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(12) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. En el capítulo III. trataremos sobre los modos de adquirir la propiedad: enfocándonos. principalmente en la Apropiación, el Hallazgo y la Caza, el Tesoro, asimismo la relación que existe entre estos; La Accesión, sus clases, centrándonos sobre todo en la accesión artificial dentro de la cual se encuentra a) Edificación de buena fe en terreno ajeno b). o. edificación de mala fe en terreno ajeno.. ch. En el capítulo IV estudiaremos la acción reivindicatoria, analizando la doctrina respecto a la definición, requisitos, efectos, y el tema controvertido de la Reivindicación y la. De. re. Prescripción Adquisitiva de Dominio.. En el capítulo V trataremos sobre la facultad de edificar: en primer término nos remitiremos a la Licencia de Edificación, Efectos de la Licencia de Edificación, los distintos. de. procedimiento que establece la Ley 29990 respecto a la Licencia de Edificación, La Pre – Declaratoria de Fabrica, la Conformidad de Obra, La Declaratoria de Edificación, asimismo. ot ec. a. se hará mención a las principales modificaciones que han tenido las leyes y sus reglamentos respecto a esta materia.. En el capítulo VI trataremos sobre el caso práctico, en donde haremos un análisis y critica. bli. dando una solución a la controversia planteada.. Bi. En el capítulo VII trataremos sobre los Resultados de la presente investigación, luego de haber analizado y procesado la doctrina y la jurisprudencia. En el capítulo VIII trataremos sobre la Discusión de los Resultados obtenidos en la presente investigación; en el En el capítulo IX expondremos nuestras Conclusiones y finalmente en el capítulo X daremos algunas Recomendaciones.. XI Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(13) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. ÍNDICE DEDICATORIA………………………………………………………………….……..I AGRADECIMIENTO………………………………………………………………....II PRESENTACION…………………………………………………………………….III INFORME DEL ASESOR…………………………………………………..……….IV RESUMEN………………………………………………………………………….…VI ABSTRACT……………………………………………………………………..….VIII PLAN DE INVESTIGACIÓN.................................................................... 5. ch. A.. o. INTRODUCCION………………………………………………………….……...… X REALIDAD PROBLEMÁTICA ................................................................... 5. I.. ANTECEDENTES .................................................................................... 7. III.. JUSTIFICACIÓN ..................................................................................... 7. IV.. ENUNCIADO DEL PROBLEMA.............................................................. 8. V.. HIPOTESIS .............................................................................................. 8. VI.. OBJETIVOS ............................................................................................. 9. de. De. re. II.. General ..................................................................................................................................... 9 Específicos ................................................................................................................................ 9. ca. VII. MÉTODOS Y TÉCNICAS ........................................................................ 9 Métodos:................................................................................................................................... 9. bli ot e. Técnicas:................................................................................................................................. 10. MARCO TEÓRICO.......................................................................................... 11 CAPÍTULO I .................................................................................................... 11 EL DERECHO DE LA PROPIEDAD................................................................ 11 EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL DERECHO DE PROPIEDAD ............. 11. Bi. 1.1.. a. ROMA ....................................................................................................... 11 a.1. Período arcaico ............................................................................................................... 11 a.2. Período clásico ................................................................................................................ 12 a.3. Bajo imperio ................................................................................................................... 12. b.. EDAD MEDIA ........................................................................................... 12. c.. EDAD CONTEMPORÁNEA ...................................................................... 13. 1.2.. CONCEPTO DE DERECHO DE PROPIEDAD. ..................................... 16. 1.3.. DIFERENCIAS CONCEPTUALES ENTRE DOMINIO Y PROPIEDAD. 16. 1.4.. OBJETO DE LA PROPIEDAD. .............................................................. 17 1. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(14) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. 1.5.. CARACTERÍSTICAS ............................................................................. 17. 1.6.. ÁMBITO DE LA PROPIEDAD PREDIAL .............................................. 19. CAPITULO II................................................................................................... 22 PARTES INTEGRANTES Y ACCESORIOS .................................................... 22 2.1.. PARTES INTEGRANTES ...................................................................... 22. 2.2.. ACCESORIOS. ....................................................................................... 23. 2.3.. EFECTOS JURÍDICOS DE LA ACCESORIEDAD................................. 26. CAPÍTULO III ................................................................................................. 29. o. MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD....................................................... 29 TOMA DE POSESIÓN: ACTO MATERIAL Y VOLUNTARIO .......... 32. 3.1.3.. ANIMUS DOMINI............................................................................... 33. ch. 3.1.2. LAS HIPÓTESIS DE CAZA Y PESCA ................................................... 33. a). LA CAZA ....................................................................................................................... 34. b). LA PEZCA..................................................................................................................... 35. 3.3.. HALLAZGO ........................................................................................... 36. 3.4.. TESORO ................................................................................................ 40. de. De. re. 3.2.. 3.5. EL HILO CONDUCTOR ENTRE LA APROPIACIÓN, EL HALLAZGO Y EL TESORO: LA TEORÍA GENERAL DE LA OCUPACIÓN ......................... 44 ACCESIÓN............................................................................................. 44. ca. 3.6.. DEFINICIÓN Y FUNDAMENTO ........................................................ 45. 3.6.2.. CLASES DE ACCESIÓN..................................................................... 46. 3.6.2.1.. bli ot e. 3.6.1.. ACCESIÓN NATURAL ................................................................................... 46. a). ALUVIÓN ...................................................................................................................... 47. a). AVULSIÓN.................................................................................................................... 49 ACCESIÓN ARTIFICIAL ............................................................................... 51. b.. Bi. 3.6.2.2.. c.. MALA FE DEL PROPIETARIO DEL SUELO ........................................................ 56. a.. EDIFICACIÓN DE BUENA FE EN TERRENO AJENO ........................................ 51 EDIFICACIÓN DE MALA FE EN TERRENO AJENO .......................................... 54. CAPÍTULO IV ............................................................................................... 59 LA ACCIÓN REIVINDICATORIA .................................................................. 59 INTRODUCCIÓN: ........................................................................................... 59 4.1.. DEFINICIÓN.......................................................................................... 60. 4.2.. REQUISITOS ......................................................................................... 61. 4.3.. EFECTOS............................................................................................... 66 2. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(15) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. 4.4. REIVINDICACIÓN Y LA PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO ........................................................................................................ 66 CAPITULO V ................................................................................................... 69 LA FACULTAD DE EDIFICAR ....................................................................... 69 5.1.. IUS AEDIFICANDI (FACULTAD DE EDIFICAR). ................................ 69. 5.2.. LICENCIA DE EDIFICACIÓN .............................................................. 70 Naturaleza Jurídica. ............................................................................. 70. 5.2.2.. Competencia Municipal........................................................................ 71. 5.2.3.. Excepciones a la obligatoriedad de la licencia de edificación.................. 71. 5.2.4.. Ámbito objetivo de la licencia: ¿Sobre qué predios se aplica? ................ 72. 5.2.5.. Ámbito subjetivo de la licencia ¿Qué titulares pueden solicitarla? ......... 73. 5.2.6.. Vigencia temporal de la licencia............................................................ 73. re. ch. o. 5.2.1.. Modalidades de la licencia en cuanto a su contenido:................................ 74. 5.4.. EFECTOS DE LA LICENCIA: ............................................................... 75. De. 5.3.. Seguridad Jurídica para ejecutar la edificación. ................................... 75. 5.4.2.. La licencia beneficia al predio, y no al solicitante. ................................. 76. de. 5.4.1.. 5.5. INSCRIPCIÓN REGISTRAL DE LOS DOCUMENTOS PREVIOS A LA LICENCIA DE EDIFICACIÓN. ....................................................................... 76. PROCEDIMIENTO DE LICENCIA DE EDIFICACION ........................ 77. bli ot e. 5.7.. ca. 5.6. SIMPLIFICACION DOCUMENTAL: EL FORMULARIO UNICO DE EDIFICACIONES (FUE) .................................................................................. 77 5.7.1.. Procedimiento bajo modalidad A.......................................................... 77. 5.7.2.. Procedimiento bajo modalidad B. ......................................................... 79. 5.7.3.. Procedimiento bajo modalidad C.......................................................... 80. 5.7.4.. Procedimiento bajo modalidad D.......................................................... 82. 5.9.. FASE DE IMPUGNACION..................................................................... 83. Bi. 5.8.. VERIFICACION ADMINISTRATIVA Y TECNICA .............................. 84. 5.10 . PRE-DECLARATORIA DE FÁBRICA ................................................ 84 5.10.1.. ANTECEDENTES Y CONCEPTO. .................................................. 85. 5.11.. CAUSALES DE EXTINCION: ............................................................ 85. 5.12.. CONFORMIDAD DE OBRA ............................................................... 86. 5.12.1.. Trámite cuando no hay variaciones con respecto a la licencia............. 87. 5.12.2.. Trámite cuando hay variaciones con respecto a la licencia. ................ 87. 5.13.. DECLARATORIA DE EDIFICACIÓN: .............................................. 90 3. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(16) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. Concepto y utilidad. .......................................................................... 90. 5.13.2.. La construcción como título adquisitivo de la propiedad. ................... 90. 5.13.3.. Necesidad del control administrativo de las edificaciones. .................. 91. 5.13.4.. Obtención de la declaratoria de edificación........................................ 92. 5.13.5.. Calificación del registrador en las declaraciones de edificación. ......... 92. 5.13.6.. Defensa de la legalidad urbanística desde el registro. ......................... 92. 5.13.7.. Defensa del patrimonio cultural desde el registro. .............................. 93. 5.13.8.. Regulación de licencia o declaratoria de edificación. .......................... 94. 5.13.9.. Verificación de la edificación.-........................................................... 94. o. 5.13.1.. ch. CAPÍTULO VI ................................................................................................. 96 ANÁLISIS DEL CASO PRÁCTICO. ................................................................ 96. re. CAPÍTULO VII .............................................................................................. 100. De. RESULTADOS ............................................................................................... 100 CAPÍTULO VIII............................................................................................. 101 DISCUSIÓN DE RESULTADOS .................................................................... 101. de. CAPÍTULO IX ............................................................................................... 103 CONCLUSIONES........................................................................................... 103 CAPÍTULO X ................................................................................................. 104. ca. RECOMENDACIONES.................................................................................. 104 BIBLIOGRAFIA ............................................................................................ 105. Bi. bli ot e. ANEXOS ........................................................................................................ 107. 4 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(17) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. A. PLAN DE INVESTIGACIÓN I.. REALIDAD PROBLEMÁTICA En el siglo XXI, en pleno desarrollo de las construcciones, a la luz de los derechos reales, especialmente los de propiedad, se han venido registrando diferentes conflictos en los que las personas adquieren un lote de terreno y que. o. por circunstancias ajenas a su voluntad estos son invadidos por terceros, los. ch. mismos que pueden ser hijos, conyugue, conviviente, hermanos, etc. Y estos en. re. su actuar de buena fe o de mala fe, llegan a construir en predios ajenos, creando conflictos en la realidad que deben ser dilucidados por el derecho. Es así que en. De. algunos casos el propietario del terreno, en su afán de buscar justicia, solo logra acreditar la propiedad del terreno, más no de la construcción. Por otro lado quién. de. edifico no puede acreditar lo que construyó. Es así que al no poder acreditar lo. ca. construido se debe dilucidar si éste lo hizo de buena fe o de mala fe. Por ello que en este proyecto de investigación analizamos el supuesto de cuándo. bli ot e. procede interponer la acción reivindicatoria en el caso que no tenga el derecho de propiedad un mismo propietario del terreno y la edificación de mala fe, y se interponga la demanda de acción reivindicatoria por parte del propietario solo. Bi. del terreno, y no logra acreditar este mismo la propiedad de lo construido. Al respecto es de señalar que la doctrina y la jurisprudencia da una serie de soluciones al tema que no son uniformes, tales como por ejemplo: la casación Nº 1184-2004-Arequipa, señala “ result a fí sica y jurí dicamente imposi ble el pretender la restitución solo del terreno o también de la edificación ajena calificándola de accesoria: toda vez que en el primer caso, no puede separarse de este la construcción de material noble levantada sobre el mismo; y en la 5 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(18) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. segunda, a quién se entregue el terreno implícitamente se está haciendo entrega también de la construcción, lo que no resulta ajustado a derecho si solo se ha acreditado el derecho de propiedad sobre el terreno. Asimismo, la casación Nº 43-2007-Tacna, en la que se indicó “ por el amparo de la demanda de reivindicación se requiere acreditar no solamente la. o. propiedad sobre el terreno o el suelo, sino también la propiedad de la. ch. construcción, por cuanto, en caso de existir discusión respecto de estas, ello. re. requiere, además, determinar previo o acumulativamente el derecho de propiedad del sobresuelo, mediante la pretensión de accesión, a fin de. De. establecer si dichas construcciones han sido efectuadas de buena fe o mala fe a efectos de aplicar las consecuencias legales que prevén los artículos 941 y. de. siguientes del Código Civil.. En la casación Nº 1783-2005-Ica, se estableció que el artículo 938 del Código. ca. Civil determina que “el propietario de un bien adquiere por accesión lo que se. bli ot e. une o adhiere materialmente a él”, de modo tal que la edificación en terreno ajeno impone la necesidad de consolidar la propiedad, es decir, reunir en un solo titular el dominio tanto del terreno como de la construcción.. Bi. Por otro lado también tenemos la casación Nº 2391-2005 Lambayeque que. señaló “los supuestos de hecho previstos en los artículos 941 y 943 del Código Civil, recogen ya la facultad de reivindicación del suelo y de las construcciones unidas o adheridas a él, las que por accesión pasan a formar una unidad. También cabe mencionar lo establecido por el Pleno Jurisdiccional Nacional Civil del año 2010, en donde luego de ardua discusión se llegó a la conclusión “Que se debe declarar fundada la demanda de reivindicación, atendiendo a que 6. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(19) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. la acreditación de la propiedad del terreno por parte del demandante, implica también que se le repute propietario de lo levantado sobre él, ello en virtud de la accesión, más aún si la parte demandada no ha alegado la propiedad de la construcción. II.. ANTECEDENTES. o. De la revisión de la bibliografía se ha podido verificar que existen. ch. investigaciones relacionadas al tema que nos ocupa dentro de las cuales encontramos por ejemplo:. re. ALCANTARA SANTIESTEBAN Andrés y BUCHELLI DULCE Violeta, “La. De. prescripción adquisitiva como excepción sustantiva frente a la acción reivindicatoria”[Tesis],Trujillo, Universidad Cesar Vallejo, 2012.. de. Asimismo, en la tesis desarrollada por los Bachilleres ACOSTA RODRIGUEZ. de Trujillo. 2009.. ca. Mishella y LEGOAS Katty M., “El mejorUniversidad derecho deNacional propiedad dentro de un proceso deLOZADA reivindicación”[Tesis], Trujillo,. bli ot e. Del mismo modo encontramos antecedentes de nuestro trabajo en la investigación realizado por BARREDA FLORES Cesar, et al. “La declaración judicial previa de la prescripción adquisitiva y su implicancia para la defensa del. Bi. demandado en la pretensión reivindicatoria”[Tesis doctoral],Lima. Universidad San Martín de Porres. 2011.. III.. JUSTIFICACIÓN La elaboración del presente proyecto se justifica en la medida que prima la necesidad de uniformizar criterios jurisprudenciales para que no existan ejecutorias supremas contradictorias en cuanto a la resolución de conflictos al. 7 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(20) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. resolver la pretensión de la acción reivindicatoria cuando el demandante es solamente propietario del terreno y no de lo edificado de mala fe, pues al demandar solamente la reivindicación del terreno y no acumular como pretensión accesoria la accesión de la edificación, no existirá predictibilidad en las sentencias que pueda expedir el juez, ya que algunos optarían por declarar fundada la demanda, ello en virtud de que “el propietario de un bien adquiere. ch. o. por accesión lo que se une o adhiere materialmente a él”, o también podría declarar improcedente ello en virtud de que por el amparo de la demanda. re. reivindicatoria se requiere acreditar no solamente la propiedad sobre el terreno,. De. sino también la propiedad de las construcciones, puesto que a la luz de la doctrina1 nos señala que los requisitos para interponer la acción reivindicatoria. IV.. de. seria que este identificado el demandante, el demandado y el objeto litigioso. ENUNCIADO DEL PROBLEMA. ca. ¿Es factible peticionar la reivindicación del terreno y la accesión de la. bli ot e. edificación de mala fe, si solo se ha acreditado el derecho de propiedad del terreno? V.. HIPOTESIS. del terreno y la accesión de la. Bi. Si es factible peticionar la reivindicación. edificación de mala fe, si solo se ha acreditado el derecho de propiedad del terreno, demandando como pretensión principal la reivindicación del terreno y como pretensión accesoria la accesión de la edificación.. 1. GONZALES BARRON, Gunter. Requisitos de la acción reivindicatoria, nos dice que uno de dichos requisitos seria que estén identificados el demandante, demandado y el objeto litigioso. Pág. 591.. 8 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(21) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. VI.. OBJETIVOS General  Determinar que para demandar la acción reivindicatoria del terreno, en donde ha edificado un tercero de mala fe, si solo se ha acreditado el derecho de propiedad del terreno, el demandante deberá accionar como pretensión principal la reivindicación del terreno y como pretensión accesoria la. ch. o. accesión de la edificación. Específicos. re.  Analizar la doctrina nacional referente a la acción reivindicatoria y derecho. De. urbanístico..  Analizar las Sentencias y jurisprudencia (nacionales) referente a la acción. de. reivindicatoria..  Realizar un análisis y crítica del pleno jurisdiccional Nacional Civil del año. ajeno.. ca. 2010, referente a procesos donde se ha construido edificaciones en terreno. bli ot e.  Demostrar, en el plano práctico que la falta de uniformidad de las decisiones para la resolución de conflictos sobre materia de la presente investigación. VII.. Bi. dilata arbitrariamente la solución al problema jurídico. MÉTODOS Y TÉCNICAS. Métodos:  Método Inductivo–Deductivo: Este método no permitirá conocer nuestra realidad problemática, para tener los fundamentos necesarios y poder demostrar de manera lógica, jurídica y sistemática nuestra hipótesis.. 9 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(22) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación.  Método Hermenéutico-Jurídico: Será usado en la interpretación de los textos legales, con la finalidad de esclarecer el significado de las normas jurídicas.  Método Analítico-Sintético: Este método nos permitirá efectuar un análisis de toda la documentación recopilada sobre la acción reivindicatoria, la accesión y las edificaciones.. ch. o.  Método Comparativo: Se aplicará este método para comparar la doctrina y actual legislación relativa a los diversos criterios de resoluciones de fallos. re. judiciales expedidas por las diversas cortes superiores y suprema de justicia. De. en cuanto a la problemática existente en el proceso de reivindicación donde se hayan construido edificaciones en terreno ajeno.. . de. Técnicas:. Técnica de Acopio Documental: Se aplicará la obtención de la información. . ca. doctrinaria y legislativa.. Técnica de Fichaje: Será utilizada para la recopilación de la bibliografía. bli ot e. existente en el tema de investigación, empleando fichas bibliográficas, hemerográficas, textuales, resumen, etc. . Técnica de la Interpretación Normativa: Se aplicará en el análisis e. Bi. interpretación de las normas jurídicas, principios y garantías relativos al tema materia de investigación. 10 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(23) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. MARCO TEÓRICO CAPÍTULO I EL DERECHO DE LA PROPIEDAD 1.1. EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL DERECHO DE PROPIEDAD. o. En primer lugar realizaremos una breve descripción del derecho de propiedad en. ch. las culturas occidentales, para luego centrar nuestro estudio del derecho de. re. propiedad en nuestra realidad peruana. a. ROMA. De. Para un mejor estudio, esta época lo podemos dividir por periodos. a.1. Período arcaico. de. En este período es la Familia o Gens la que tenía la titularidad sobre un primitivo derecho sobre el suelo, teniendo al frente de ella la Pater familias, quien era el. ca. que tenía la potestad, la plenitud de sus derechos civiles sui iuris. Por lo tanto,. bli ot e. hubo una propiedad colectiva, pero privada y no pública, en el primer caso y una propiedad individual en el segundo.2 Desde el principio de la República, Roma ve crecer sus dominios merced a las. Bi. conquistas, lo cual le permitiría confiscar las tierras y dársela a particulares, contra el pago de una tasa anual. Esta situación de hecho, se denomina possesio,. poco a poco atribuye un verdadero derecho a quien consigue la ocupación, de forma que cada vez más el derecho de propiedad del Estado se dibuja como un. señorío teórico, un dominio eminente.3. 2. VASQUEZ RIOS, Alberto. Derechos Reales. Tomo II. Editorial San Marcos E.I.R.L. Lima. 2011. Pág. 29. 3 VASQUEZ RIOS, Alberto.Op. Cit. Pág. 29.. 11 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(24) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. a.2. Período clásico En este periodo podemos señalar en primer lugar, la denominada “Propiedad Quiritaria” o plena propiedad romana, donde los únicos que la ejercían eran los ciudadanos romanos. En segundo lugar, podemos señalar la aparición de las denominadas propiedad provincial, pretoria o peregrina. El pretor considera que existían propiedades que no se hallaban bajo la propiedad quiritaria y debían ser. ch. o. protegidas; las condiciones de su protección son fijadas por el magistrado, gracias a éste las relaciones de hecho producen consecuencias jurídicas cada vez. re. más importantes.4. De. Por lo tanto en este periodo los únicos que ejercían los derechos inherentes a la propiedad eran los ciudadanos nacidos en Roma, excluyéndose a los extranjeros. a.3. Bajo imperio. de. quienes no gozaban de esta facultad.. ca. En este periodo, la única propiedad existente es la reconocida por el derecho civil romano, pues la propiedad pretoria, peregrina y provincial son solo un. bli ot e. recuerdo.5. En esta época la posesión adquiere su mayor evolución, al señalarse que la posesión por excelencia es el possesio civiles o posesión del propietario o del. Bi. que cree serlo, en virtud, de un justo título de adquisición, para lo cual debía demostrar buena fe, justo título y duración 6.. b. EDAD MEDIA Después de la caída del imperio, la autoridad de los grandes propietarios se convierte en más de hecho que de derecho, la crisis del Estado convierte al gran. 4. Ibíd., Pág. 29. Ibíd., Pág. 30. 6 Ibíd., Pág. 30. 5. 12 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(25) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. propietario en un dueño todopoderoso y hace de su propiedad una “dominación”. Un carácter esencial de la época es la confusión entre los vínculos personales y los vínculos reales. Las relaciones jurídicas son relaciones de fuerza: “Tener" una cosa no significa ser su propietario, es muy difícil hablar de propiedad y propietario, sería mejor poner de relieve el hecho de que sobre. ch. o. una misma tierra se superponen distintos derechos reales.7. c. EDAD CONTEMPORÁNEA. re. Es durante el siglo XIX, como señalamos anteriormente que surge la tesis de la. De. propiedad como función social, tesis que rompería con el carácter “sagrado e imprescriptible” que pretendió darle el Liberalismo a la propiedad.8. de. Como base de esta tesis, podemos señalar en primer lugar, la crítica al carácter individualista de la propiedad; En segundo lugar podemos señalar la creciente. ca. intervención por parte del Estado en la economía, punto que se reflejaría con mayor énfasis después de las guerras mundiales.9. bli ot e. Asimismo la Constitución de alemana Weimar de 1919 sancionada el 11 de Noviembre de 1919 constituye uno de los primeros antecedentes respecto a la función social de la propiedad tal como prescribe en su artículo 153 “La. Bi. propiedad será amparada por la Constitución. Su contenido y límites son fijadas por las Leyes. La propiedad obliga. Su uso debe estar a la vez al servicio del bien común". Es decir, a partir de este momento el derecho sirve como freno a las facultades del propietario.. 7. VASQUEZ RIOS, Alberto.Op.Cit Pág.30. Ibíd., Pág. 31. 9 Ibíd., Págs. 31- 32.. 8. 13 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(26) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. En lo que respecta a nuestro país la constitución establece en su Artículo 70 “Que la propiedad obliga a usar los bienes en armonía con el interés social” o en armonía con el bien común. En resumen como bien lo afirma el maestro JORGE EUGENIO CASTAÑEDA “La propiedad no es en nuestros días una relación de poder, sino una relación económica, que se apoya en la utilidad social. La propiedad es ahora un derecho. o. social por excelencia.10. ch. El maestro ALBERTO VASQUEZ RIOS 11 al referirse sobre La propiedad en el. re. Perú, nos dice que hasta la conquista, se desenvolvió en el Perú una economía. De. que brotaba espontánea y libremente del suelo y la gente. Los conquistadores españoles destruyeron, sin poder naturalmente remplazarla, está formidable. de. maquinaria de producción.. El virreinato señala el comienzo del difícil y complejo proceso de formación de. ca. la nueva economía. Los españoles empezaron a cultivar el suelo y a explotar las minas de oro y plata. Sobre las ruinas y o los residuos de una economía. bli ot e. socialista, echaron las bases de una economía feudal, ya que los colonizadores no se bastaban así mismos para crear una economía sólida y orgánica. Refiere el maestro, que apenas estas naciones fueron independientes refiriéndose. Bi. a las latinoamericanas, buscaron el tráfico con el capital y la industria de occidente. El Perú se encontraba a una enorme distancia de Europa por su posición geográfica el Perú resultaba más vecino y más cercano a oriente. La costa peruana recibió un contingente de inmigrantes chinos.. 10. EUGENIO CASTAÑEDA, Jorge. “Los Derechos Reales”. Cuarta Edición. Tomo I. Editorial Copyright. Lima 1973. P. 201 11 VASQUEZ RIOS, Alberto. Derechos Reales. Tomo I. 4ta Edición. Editorial San Marcos E.I.R.L. Lima. 2011. Págs. 258 -266.. 14 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(27) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. Durante la década de los cincuenta, encontramos que la distribución de la tierra en el Perú, es muestra significativa de la desigualdad social existente en él. El 1.4 % de los agricultores formados por grandes propietarios y arrendatarios controlaban el 62% de la superficie cultivada o sea 1 522 750 hectáreas, el 94.5 % formado por pequeños propietarios y arrendatarios controlaba el 25,4 % o sea 614 756 hectáreas, y por último los medianos agricultores tiene el 11,8% de las. ch. o. tierras lo que significa 285 700 hectáreas.. Esta injusta distribución de la tierra, que caía en los extremos del latifundio y del. re. minifundio, constituía una traba para el desarrollo económico, por lo cual la. De. reforma agraria debía considerarse como una sociedad histórica para dar acceso a la propiedad de la tierra a millares de campesinos.. de. Con el Decreto Ley N° 17716, nace una nueva era. Su principio fundamental fue “la tierra es para quien la trabaja”, este principio nos define la posesión agraria “. ca. como el derecho real consiste en la relación física, directa, existencial, económicamente provechosa y socialmente útil para el hombre (atineo), lo que. bli ot e. indicaría como requisito indispensable, la presencia del poseedor en el predio o en lugar cercano que le permita ejercer la actividad agraria, lo que nos demuestra que la posesión es un requisito permanente para la existencia del derecho de. Bi. propiedad.. Debemos enfocar como último escalafón, en el desarrollo de la propiedad. agraria en el Perú, la dación de los Derechos Legislativos N° 653 y 667, decretos que han cambiado profundamente el marco jurídico de ella. En primer lugar el Decreto Legislativo N° 653, establece que los derechos reales sobre predios rústicos se rigen por el código civil, asimismo el Decreto Legislativo N° 667. 15 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(28) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. crea el registro de Predios Rurales. En el artículo 1°, se señala “crease el registro de predios rurales” el que forma parte del registro predial 1.2. CONCEPTO DE DERECHO DE PROPIEDAD. A lo largo de la historia de la humanidad el Derecho de propiedad ha ido evolucionando, por lo que es necesario resaltar que los principales caracteres. o. que conocemos de la propiedad surgieron en roma, sin embargo como es sabido. ch. en Roma no existió una definición del derecho de propiedad.. La propiedad es, en primer lugar, un poder jurídico. El poder adopta. re. muchas formas. Así, hay el poder de la fuerza, el poder político, el poder bélico.. De. En este caso es un poder que nace del Derecho. Recae sobre un bien o sobre un conjunto de bienes, ya sean corporales (cosas) o incorporales (derechos). Cuatro. reivindicar.12. de. atributos o derechos confiere la propiedad a su titular: usar, disfrutar, disponer y. ca. La doctrina moderna considera, al derecho de propiedad (como a todo derecho. bli ot e. subjetivo), como el poder unitario más amplio sobre la cosa, como un señorío global, donde las llamadas facultades o derechos del propietario no son una serie de sumados cuya adición constituya la propiedad, sino que son solo aspectos parciales del señorío total que esta es.13. Bi. 1.3. DIFERENCIAS CONCEPTUALES ENTRE DOMINIO Y PROPIEDAD. En opinión de PUIG BRUTAU citado por ALBERTO VASQUEZ RIOS14 menciona que el término propiedad indicaba toda relación de pertenencia o titularidad, y así resulta posible hablar, por ejemplo, de propiedad intelectual e. 12. CODIGO CIVIL COMENTADO, Derechos Reales, Tomo V, Editorial Gaceta Jurídica. Lima. 2003. Pág. 172. 13 VASQUEZ RIOS, Alberto. Op. Cit. Pág. 269. 14 VASQUEZ RIOS, Alberto. Pág. 266.. 16 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(29) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. industrial. En cambio el dominio hace referencia a la titularidad sobre un objeto corporal. Propiedad = Cuestión Económica. Dominio = Cuestión Jurídica. Por otro lado el maestro JORGE EUGENIO CASTAÑEDA15 se pronuncia respecto a este tema señalando que el término “propiedad”; tiene una. ch. o. significación más amplia; comprende también los derechos, no solo las cosas. En cambio el vocablo “dominio” se reserva para las cosas muebles e. 1.4. OBJETO DE LA PROPIEDAD.. De. re. inmuebles”. de. En opinión de DIEGO ESPIN citado por ALBERTO VASQUEZ RIOS16 considera que el derecho de propiedad recae sobre cosas corporales, y a estas se. ca. limita originariamente, pero el Derecho Moderno habla también de propiedad. bli ot e. intelectual e industrial, por lo que él prefiere hablar de derechos sobre bienes inmateriales, como categoría de derechos patrimoniales, de naturaleza análoga a las reales, por lo que deben ser consideradas como derecho de propiedad especiales.. Bi. 1.5. CARACTERÍSTICAS. Siguiendo al doctor ALBERTO VASQUEZ RIOS 17 divide las características en clásicos y moderno:. . CLASICOS. 15. CASTAÑEDA, Jorge Eugenio. “Op. Cit. Págs. 219-220. VASQUEZ RIOS, Alberto. Op. Cit. Pág. 47. 17 VASQUEZ RIOS, Alberto. Op. Cit. 271 - 272.. 16. 17 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(30) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación.  Legal.- En la época anterior, las situaciones de hecho (posesión del AgerPublicus) son dominantes. En la época clásica son normalizados y rectificados por el derecho. Es verdad que la ocupación figura entre los modos clásicos de adquisición de la propiedad, pero respecto a la adquisición de bienes inmuebles, la ocupación es un mero ejemplo escolar. Se regula la ocupación de los bienes abandonados, o de los bienes que nadie. ch. o. hereda, que son muy raros y de poco valor, una vez que se reconocieron derechos sucesorios al Estado, y optó solamente respecto a las cosas muebles. re. (el tesoro).. De.  Perpetua: Se define aquí que el derecho de propiedad no desaparece más que con la destrucción de la cosa, salvo voluntad contraria del propietario.. de. Con respecto a este punto debemos señalar que el Código Civil Argentino en su artículo 2510 otorga a la perpetuidad una doble acepción. En primer. ca. lugar, señala que “El dominio es perpetuo”; lo que significa que es ilimitado en el tiempo, subsistiendo tanto como dura la cosa que constituye su objeto.. bli ot e.  Absoluta y exclusiva. Cuando nos referimos a que la propiedad es absoluta, no nos referimos a la oponibilidaderga omnes propia de todo derecho real, sino en el sentido de que la propiedad absoluta, confiere el derecho de. Bi. destruir la cosa, según sea su voluntad. La propiedad es absoluta porque abarca el summun de las facultades reconocidas al individuo sobre una cosa, a tal extremo que se termina identificando el derecho con el objeto mismo.. . MODERNOS:. 18 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(31) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. Según el maestro ALBERTO VASQUEZ RIOS 18 la doctrina moderna sustituye los anteriores caracteres de la propiedad, susceptible de abarcar todas las utilidades de la cosa.  Generalidad. Expresa la aptitud del poder que se confiere a la propiedad, susceptible de abarcar todas las utilidades de la cosa.. ch. o.  Independencia.. Indica que es un poder autónomo que existe sin apoyarse en ingun otro. re. derecho.. De.  Abstracción.. Es decir, que existe con independencia de las facultades que comprende.. de.  Elasticidad.. Significa que puede comprimirse, al separar algunas de sus facultades, pero. ca. que apenas se extinguen esos derechos limitativos de la propiedad, se. bli ot e. reintegran al mismo dichas facultades con la fuerza de atracción que tiene. 1.6. ÁMBITO DE LA PROPIEDAD PREDIAL  Con Referencia al Suelo El confín de la propiedad en el plano horizontal es dado por la línea que. Bi. señale mediante elementos materiales ese confín (hitos, mojones, etc.); como dice Barbero, “El confín del objeto de cada propiedad se delimita por. la adyacencia de una porción del suelo de propiedad de algún otro o de pertenencia del dominio público” siendo además que estos mismos límites. 18. VASQUEZ RIOS, Alberto. Op. Cit. Págs. 51 – 53.. 19 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(32) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. pueden hallarse sujetos a “límites” impuestos por Ley, como el caso de las relaciones de buena vecindad.19  El Subsuelo. El código civil peruano en su artículo 954 parte infine refiere que la propiedad del sub suelo no comprende los recursos naturales, los yacimientos y restos arqueológicos, ni otros bienes regidos por leyes. ch. o. especiales.. Al respecto el maestro ALBERTO VASQUEZ RIOS20, explica que en cuyo. re. caso el propietario es el Estado, quedando el derecho del propietario. De. enervado frente al mayor derecho del Estado.. A la vez es necesario mencionar que el propietario podrá utilizar el sub. mencionadas.. de. suelo hasta donde le sea útil, con las salvedades y limitaciones antes. ca.  Con referencia al sobresuelo. Para delimitar los alcances del derecho que se extiende al sobresuelo,. bli ot e. debemos de partir por marcar la diferencia conceptual entre el aire y el espacio aéreo; el primero es un elemento gaseoso, móvil, renovable y en consecuencia inapropiable; pertenece a la categoría de las cosas que los. Bi. romanos denominaban res communisonmium, es decir, que todas las personas podían utilizar libremente. El espacio aéreo en cambio es el ámbito en el cual se halla contenido el aire; es fijo, definible, perfectamente limitado. El origen de esta definición la encontramos en las dos categorías de aire distinguidas por los exegetas: el aery el coelum (la propiedad del espacio aéreo), la primera común a todos los hombres y que constituye un. 19 20. VASQUEZ RIOS, Alberto. Op. Cit.Pág. 71. Ibíd. Pág. 72.. 20 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(33) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. principio de vida y la segunda susceptible de derechos particulares; queda entendido entonces que para efecto del tema nos referimos al espacio aéreo21. En este tema, igual que en el subsuelo, de lo que se trataría es de utilización (hasta donde le sea útil), que hace el propietario de él. Es claro que toda propiedad usa de alguna manera el “espacio atmosférico” (Ejm. las minas. ch. o. tienen en la superficie, casas para los trabajadores), lo que la norma nos daría a entender en base a una interpretación contrario sensu es que el. re. propietario no puede utilizar su espacio atmosférico en desmedro del. Bi. bli ot e. ca. de. De. derecho de terceros.22. 21. CODIGO CIVIL COMENTADO, Derechos Reales, Tomo V, Editorial Gaceta Jurídica. Lima. 2003. Pág. 327. 22 VASQUEZ RIOS, Alberto. Op. Cit. Pág. 73.. 21 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(34) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. CAPITULO II PARTES INTEGRANTES Y ACCESORIOS 2.1.PARTES INTEGRANTES El código civil nos da una noción de lo que vendría a ser partes integrantes en su artículo 887 “Es parte integrante lo que no puede ser separado sin destruir,. o. deteriorar o alterar el bien. Las partes integrantes no pueden ser objeto de. ch. derechos singulares”.. re. Haciendo una interpretación a contrario sensu, se entiende que todo aquello que. De. pueda ser separado sin que destruya, deteriore o altere el bien no será parte integrante, así por ejemplo si mesclamos arena con piedras, se puede fácilmente. de. separar y por tanto no será parte integrante.. Las partes integrantes son bienes que se han integrado de tal forma a otro bien,. ca. que su separación ocasionaría la destrucción, deterioro o alteración del bien principal, del bien integrado, o de los dos bienes. La importancia de las partes. bli ot e. integrantes radica en que siguen la condición jurídica del bien al que se integran. Así, serán inmuebles, si lo es el bien principal23. De la noción de parte integrante que prescribe el código civil, nos da la idea de. Bi. que dos o más bienes se han incorporado para formar otro, entonces cabe preguntarse cómo se da esa incorporación en los bienes, teniendo en cuenta su clasificación entre bienes muebles e inmuebles. Así podemos mencionar que la accesoriedad se puede dar perfectamente entre bienes muebles, por ejemplo el cajón y la mesa, el espejo y el marco, etc. Asimismo la incorporación de un bien mueble a un bien inmueble también es posible, como por ejemplo una puerta y la casa, una madera y un terreno, etc. En 23. AVENDAÑO ARANA, Francisco. La Extensión de la Hipoteca. Editorial Themis. Pág. 85.. 22 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(35) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. cambio la incorporación de un inmueble a un mueble no sería posible por su misma naturaleza de dichos bienes. El artículo 887 del código Civil señala “Es parte integrante lo que no puede ser separado sin destruir, deteriorar o alterar el bien. En opinión del doctor Vásquez Ríos24 se trata de todos aquellos bienes que están adheridos a otros con algún material cuya textura y solidez haga presumir que. ch. o. están adheridos a perpetuidad y cuya des adherencia no llegue a destruir la naturaleza del bien, (espejos empotrados, guardacantones, las partes no. re. esenciales de una maquinaria y otro artefacto o armazón cibernético; piñones,. De. tuercas, alambres, etc.). Sin embargo precisa que los ejemplos aquí puestos no deben de ninguna manera ser considerados, inamovibles, tienen una dinámica. de. permanente. (…), si se trata por ejemplo de un televisor que se maneja a control remoto y sólo de esta manera entonces el pulsor del control será una parte. ca. integrante, pero si ocurre que también se maniobra su funcionamiento en el propio aparato, resulta el pulsor de control un accesorio afectado a un fin. bli ot e. económico o meramente ornamental. 2.2.ACCESORIOS.. El código civil nos da una noción de lo que vendría a ser partes accesorias de un. Bi. bien, “son accesorios los bienes que, sin perder su individualidad, están permanentemente afectados a un fin económico u ornamental con respecto a. otro bien. La afectación solo puede realizarla el propietario del bien principal o quien tenga derecho a disponer de él, respetándose los derechos adquiridos por terceros. Los accesorios pueden ser materia de derechos singulares. El aprovechamiento pasajero de un bien para la finalidad económica de otro no le. 24. VASQUEZ RIOS, Alberto, Los Derechos Reales-Los Bienes. Tomo I. Pág. 115.. 23 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(36) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. otorga la calidad de accesorio. La separación provisional del accesorio para servir a la finalidad económica de otro bien, no le suprime su calidad”. Guillermo Cabanellas25 considera que accesoria es la cosa unida o en íntima relación con otra, respecto a la cual se presenta como subordinada o absorbida. La diferencia sustancial entre los bienes integrantes y los bienes accesorios está en que los primeros se configuran por la unión física, en tanto que los accesorios. o. surgen por la afectación jurídica que realiza el propietario, lo cual implica que. ch. conservan su individualidad física26. re. Por su parte Gunther Gonzales Barrón considera que en el caso de la parte. De. integrante, ésta se incorpora de tal manera con el todo, que pierde su propia individualidad. En cambio, el accesorio conserva su autonomía jurídica, aunque. de. sobre él nace una vinculación económica con respecto al bien principal. Esa vinculación entre los dos bienes (principal y accesorio) se denomina en doctrina. ca. “relación de servicio”, e implica que el segundo, permanentemente afectado a la función del primero, potencia su uso y aprovechamiento. Es el caso típico de los. bli ot e. botes salvavidas en el buque mercante, las redes de pesca en la embarcación pesquera o los instrumentos de labranza respecto del fundo rural 27. Entre las características que se desprenden de la lectura del artículo 888 del. Bi. código civil tenemos que:. a) Los bienes accesorios están permanentemente afectados a un fin económico u ornamental con respecto a otro bien. a diferencia de las partes integrantes que se encuentran físicamente unidas entre sí formando una entidad distinta. 25. CABANELLAS DE TORRES, Guillermo. Diccionario Jurídico Elemental. http://www.pensamientopenal.com.ar/system/files/2015/01/doctrina34261.pdf consulta 5 de febrero de 2016 26 CODIGO CIVIL COMENTADO, Op. Cit. Pág. 39. 27 GONZALES BARRON Gunther. PROPUESTA DE REFORMA PARCIAL DE LOS LIBROS V (DERECHOS REALES) Y IX (REGISTROS PÚBLICOS) DEL CÓDIGO CIVIL. http://www.derechoycambiosocial.com/revista023/modificacion_codigo_civ il_(reales_registral).pdf. Consulta 09 de febrero de 2016.. 24 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(37) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. y cuya separación acarreará su destrucción, deterioro o alteración, las partes accesorias no pierden su individualidad en la medida en que la vinculación con el bien principal no ocasionará un nuevo bien sino que tendrá fundamento en la afectación jurídica para satisfacer un interés económico u ornamental28 b) Afectación por el propietario o quien tenga derecho de disponer del bien.. ch. o. Esta característica nos lleva a preguntarnos si se debe entender en un sentido amplio en el que por ejemplo el arrendador tendría derecho a disponer la. re. afectación del bien o en un sentido restringido en el que solo dispondría la. De. afectación el propietario del bien. Al respecto el doctor Alberto Vásquez Ríos, citando el Art. 817 del C.C. Italiano que prescribe: “el destino se puede. de. efectuar por el propietario de la cosa principal o por quien tenga derecho real sobre ella misma”.es de la opinión que el espíritu del Art. 888 debe estar no. ca. más allá de la postura italiana, puesto que de lo que se trata es que la afectación tenga prolongada permanencia y que no esté sujeta a los ligeros. bli ot e. devaneos de la contratación no real29. Al respecto el doctor Silva Villajuán Fredy30, nos dice que la norma no establece expresamente que el propietario del bien principal también sea. Bi. propietario del bien accesorio; sin embargo, dicha condición es necesaria en atención a las consecuencias que se derivan de la afectación, cual es que las. partes accesorias siguen la suerte del bien principal. Así, la transmisión de del bien principal conllevará la transmisión de dominio del accesorio, salvo que por ley o contrato se permita su diferenciación o separación.. 28. CODIGO CIVIL COMENTADO,Op. Cit. Pág.40. VASQUEZ RIOS, Alberto, Op. Cit. Pág. 117. 30 CODIGO CIVIL COMENTADO, Op. Cit. Pág.41.. 29. 25 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

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