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Solicitudes de recursos para comedores y transporte estudiantil.rar

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2 Contenido

1. Procedimiento ... 4

Paso 1 – Selección de Beneficiarios: ... 4

Paso 2 – Llenado de formularios: ... 7

A) Formulario DTE-01-2016 ... 7

B) Listado de Postulantes 2016 ... 15

C) Certificación de Transparencia 2016 ... 18

Paso 3 – Remisión de formularios al Supervisor (a) de circuito correspondiente ... 18

2. Fechas de recepción de trámites en el Departamento de Transporte Estudiantil: ... 19

3. Consideraciones Finales ... 20

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3 La presente guía tiene por objetivo orientar a los Directores de Centros Educativos involucrados en el proceso de solicitud de transporte estudiantil, ya sea que cuenten actualmente con rutas subsidiadas o que quieran solicitar el beneficio por primera vez, para el llenado de los formularios con las necesidades que requieran solicitar al Departamento de Transporte Estudiantil: solicitud de nuevos subsidios, incremento de estudiantes, disminución de estudiantes, ampliación de recorridos, separación de recorridos, unificación de recorridos y aumento del monto del subsidio.

El Programa de Transporte Estudiantil brinda beneficios económicos a favor de los estudiantes que requieran ayuda para trasladarse al Centro Educativo en el que cursan sus estudios, siendo que se les dificulta su traslado por su condición socioeconómica, distancia al centro educativo público y acceso de las comunidades a los medios de transporte público. El beneficio es brindado a solicitud del Centro Educativo como un mecanismo para garantizar el derecho fundamental a la educación, en el marco del PRINCIPIO DEL INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE, mediante instrumentos de equidad que permitan avanzar hacia una cobertura universal de acceso y permanencia a un sistema educativo público de calidad.

Consiste en un programa social de tipo selectivo (no es universal), es decir, el programa se brinda únicamente a estudiantes que realicen la solicitud y cumplan con los requisitos establecidos en el Artículo 3 del Reglamento del Programa de Transporte Estudiantil.

En la actualidad el programa de transporte estudiantil está siendo manejando únicamente bajo tres modalidades:

Ruta Adjudicada: contratación administrativa en donde existe un contrato suscrito entre el MEP y el transportista (Art del 6 al 18 y 34 del Reglamento de Transporte Estudiantil).

Subsidio: transferencia de dineros (ayuda económica: subsidio) que realiza el Ministerio de Educación Pública a la Junta Administrativa del centro educativo y que ésta posteriormente entrega a los estudiantes beneficiarios para que cubran sus necesidades de transporte a la institución educativa (Art 5, 19 y 33 del Reglamento de Transporte Estudiantil).

Para la liquidación de los montos depositados, la Junta Administrativa debe seguir los lineamientos establecidos al efecto por el Departamento de Supervisión y Control de la Dirección de Programas de Equidad.

Becas individualizadas para estudiantes con necesidades educativas especiales: subvenciones económicas individualizadas para estudiantes con necesidades educativas especiales (Art 24, 25 y 26 Reglamento de Transporte Estudiantil).

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4 Estudiantil por lo que nos encontramos en un proceso de transición para atenderlas por medio de subsidio.

1. Procedimiento

El centro educativo para poder realizar una solicitud de trámites de transporte estudiantil de seguir 4 pasos generales:

Paso 1 – Selección de Beneficiarios:

En primer lugar el director del centro educativo deberá verificar que el estudiante para poder ser incluido en Listados de Postulantes, cumpla con los cuatro requisitos que lo califican como posible beneficiario del programa de transporte estudiantil, los cuales se encuentran establecidos en el artículo 3 del decreto Nº 35675-MEP, Reglamento de Transporte Estudiantil para Centros Educativos Públicos y la normativa aplicable.

Artículo 3º—Únicamente podrán ser beneficiarios del Programa de Transporte Estudiantil, los estudiantes que cumplan con los siguientes requisitos:

a) Estar matriculado en el sistema educativo formal y público en sus diferentes modalidades y especialidades, o en Educación Diversificada.

b) Presentar una condición socioeconómica de pobreza, vulnerabilidad o exclusión social. Para la determinación de lo anterior se deberá aplicar el instrumento para la valoración de la situación socioeconómica del estudiante, designado por el Departamento de Transporte Estudiantil y el cual se encuentra disponible en los centros educativos.

c) Vivir a una distancia no menor de 3 Kilómetros del lugar de residencia al centro educativo en donde cursará sus estudios. En casos excepcionales el Departamento de Transporte Estudiantil podrá autorizar por razones de seguridad e integridad de los estudiantes el otorgamiento de los beneficios a aquellos que residan a una distancia menor de 3 Kilómetros, en este caso se deberá rendir un informe técnico el cual se deberá elaborar dentro del plazo de 2 meses después de la presentación de la gestión por parte del centro educativo.

d) Asistir a la institución educativa más cercana a su lugar de residencia o al centro educativo que por las circunstancias de accesibilidad sea más idóneo de conformidad con el criterio técnico del Departamento de Transporte Estudiantil.

Para la constatación de los requisitos supra citados se debe realizar la aplicación del formulario de solicitud del beneficio de transporte estudiantil (Ficha Socioeconómica), el cual deberá ser entregado a los padres de familia de aquellos estudiantes que requieren el beneficio, con tiempo suficiente para que estos lo completen y entreguen al centro educativo para su debido análisis, se recomienda realizar dicho proceso durante el periodo de pre matricula o matricula del próximo curso lectivo.

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5 semana del curso lectivo. La ficha debe indicar la fecha en que se completa y toda la información que se solicita. Esta debe ser actualizada año con año.

Se recuerda que el formulario de ficha socioeconómica se encuentra en formato PDF en la página electrónica http://www.mep.go.cr/programas-y-proyectos/programa-de-transporte-estudiantil

El director(a) deberá primero revisar, firmar y sellar las fichas socioeconómicas entregadas por los padres de familia e indicar en el punto 10 de la misma, si el estudiante cumple con la condición socioeconómica (POBREZA EXTREMA-POBREZA-VULNERBABILIDAD) que lo faculta como postulante al beneficio.

En cuanto a los incisos c) y d) se dispone de las circulares DVM-A-01-2014 y DVM-A-02-2014, las cuales permiten realizar excepcionalidades a estos últimos dos requisitos, siempre y cuando se disponga de la justificación correspondiente y se presente la documentación que indican las mismas, ante este Departamento.

El monto de ingreso per cápita del estudiante debe calcularlo el Centro Educativo con la información de la ficha socioeconómica según se indica en el apartado 8 de dicho formulario (ingreso total / número de personas que viven bajo el mismo techo que el estudiante). Este dato permitirá posicionar al estudiante en una condición de pobreza extrema, pobreza, vulnerabilidad o no pobre. Deben tomar en consideración si la zona donde se encuentra ubicado el centro educativo es rural o urbana debido a que el máximo permitido varía según esta zona.

Es importante aclarar que aquellos estudiantes que sean catalogados en condición NO POBRE, no podrán incluidos en Listados de Postulantes, ya que no serán tomados en cuenta como postulantes del programa.

Para lo anterior, es necesario que el centro educativo se base en el cuadro de medición de la Línea de Pobreza 2015, que se encuentra dentro de la Ficha Socioeconómica y que contiene los siguientes datos:

Pobreza extrema

Urbana: Ingreso per cápita menor a ¢49.737 Rural: Ingreso per cápita menor a ¢41.312

Pobreza Urbana: Ingreso per cápita mayor a ¢49.737 y menor o igual a ¢107.920 Rural: Ingreso per cápita mayor a ¢41.312 y menor o igual a ¢83.026 Vulnerable Urbana: Ingreso per cápita mayor a ¢107.920 y menor o igual a ¢151.088

Rural: Ingreso per cápita mayor a ¢83.026 y menor o igual a ¢116.236 No pobre Urbana: Ingreso per cápita mayor a ¢151.088

Rural: Ingreso per cápita mayor a ¢116.236

Fuente: FONABE, 2015

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Nota: La información anterior corresponde al período 2015, el cuadro de medición de la línea de pobreza para el 2016 se estará publicando aproximadamente en el mes de febrero 2016, por lo tanto se recomienda estar pendientes de cualquier actualización. Sin embargo de momento deben tomar en cuenta los parámetros referenciales del cuadro supra indicado.

Expediente Administrativo que debe resguardar el centro educativo:

El centro educativo deberá elaborar y custodiar un expediente físico de cada beneficiario que solicite el beneficio de transporte estudiantil el cual debe contener:

 Ficha Socioeconómica-Formulario de Solicitud del Beneficio de Transporte Estudiantil.

 Fotocopias legibles de cédula de identidad, ambos lados de solicitante si es mayor de edad. Si es menor de edad copia de la tarjeta de menor y copia de la cédula de identidad del padre, madre o persona encargada.

 Constancia de salario o “Declaración Jurada por Cuenta Propia” que consigne el ingreso BRUTO y NETO de cada uno de los miembros del grupo familiar que sean asalariados o perciban ingresos.

 Constancia de ingresos por concepto de pensiones del Estado tales como orfandad, viudez, invalidez, vejez, jubilación entre otros.

 En caso de no vivir con alguno de los padres y estar legalmente reconocido presentar constancia de recibir pensión alimentaria judicial.

 En caso de contar con una pensión voluntaria adjuntar carta indicando el monto recibido mensualmente.

 En caso de desempleo reciente de un miembro del grupo familiar presentar constancia de liquidación.

 Constancia de beca de los miembros del grupo familiar que sean estudiantes y cuenten con alguna beca, emitida por la institución educativa. Debe indicar tipo de beca y en caso de recibir ayuda económica debe indicar el monto mensual.

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7  En caso de que el solicitante o la fuente de ingresos presente alguna discapacidad o

enfermedad crónica severa, aportar certificado médico que así lo indique.

 Documentos que den información relevante acerca de situaciones particulares vividas actualmente por el grupo familiar como: medidas de protección por violencia intrafamiliar, resguardo de un menor de edad, trámites de pensión alimentaria, actas de defunción entre otros.

Las fichas socioeconómicas deben ser actualizadas año con año, indicando si el beneficio fue aprobado o no, la fecha y firma del Director(a). Lo anterior debido a que el beneficio es anual y las condiciones que provocaron la aprobación para el beneficio pueden variar de un año a otro (por ejemplo cambio de residencia o mejor ingreso en el trabajo, deserción o conclusión de estudios).

Los expedientes de los postulantes deberán permanecer en resguardo del centro educativo y deberán presentarse ante al Departamento de Transporte Estudiantil, únicamente cuando así este lo considere pertinente mediante solicitud escrita.

Además, de lo indicado se debe aplicar el procedimiento establecido en el Artículo 4 del Reglamento del Programa de Transporte Estudiantil en los Centros Educativos Públicos.

Paso 2 – Llenado de formularios:

Una vez realizada la verificación del cumplimiento de requisitos de los estudiantes y contar con un expediente para cada uno, se deberán llenar los siguientes formularios y presentarlos para revisión ante el Supervisor (a) de Circuito:

A) Formulario DTE-01-2016

Este formulario consta de 7 partes que se detallan a continuación:

1. Información del centro educativo:

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b. Debe anotar la información general del centro educativo:

2. Tipo de Trámite: Se deberá marcar con una “X” el tipo de modalidad que se está tramitandoya sea subsidio, subsidio para estudiantes con necesidades educativas especiales, o ambas, y dependiendo del trámite que el centro educativo necesita realizar se deberá marcar con una “X” la casilla según corresponda:

A continuación se describen los posibles trámites a realizar:

1. Solicitud Subsidio Nuevo: cuando el centro educativo cuenta con la necesidad de otorgar el beneficio de transporte estudiantil a estudiantes que cumplen requisitos y que a la fecha no cuentan con el beneficio (la totalidad de estudiantes solicitarían por primera vez el beneficio). Los cuales deberán esperar a ser considerados como beneficiarios hasta que exista una autorización formal y escrita por parte del Departamento de Transporte Estudiantil.

En caso de Solicitud de Subsidio Nuevo, el centro educativo debe convocar a los padres de familia de los posibles beneficiarios a una reunión y levantar un acta que debe permanecer en el Centro Educativo en caso de que sea requerido por el Dpto. Transporte Estudiantil donde se expongan los siguientes puntos:

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9  Indicarles que los encargados legales o estudiantes mayores de edad deberán

definir el posible medio de transporte que se utilizaría para el traslado de los estudiantes, ya sea contratado por los padres de familia, transporte público u otro tipo de transporte.

Si el centro educativo lo considera pertinente, se podrá invitar a varios transportistas de la comunidad a la reunión para que ofrezcan sus servicios (la elección del transportista es una decisión única y exclusiva del padre de familia) y para que en caso de que se realice la contratación de un transportista, tengan los datos que deben completar en el DTE-01-2016: placa, capacidad y año de las unidades que se van a utilizar y el nombre de la empresa o transportista. Se recuerda que toda unidad debe cumplir con lo establecido en la normativa estipulada por el MOPT. (Permisos al día: marchamo, RITEVE, póliza del INS)

 Los asistentes deberán firmar el acta y la misma quedará en resguardo del centro educativo, junto con la demás documentación que indica el programa. Además deberá cumplirse con los requisitos establecidos en el Artículo 27 del Reglamento del Programa de Transporte Estudiantil.

Se aclara que dicha acta no debe verse como un contrato o compromiso de pago, ya que la solicitud de un nuevo subsidio no implica que el beneficio ha sido otorgado, debido a que el otorgamiento del beneficio queda sujeto a disponibilidad presupuestaria y aprobación del Departamento de Transporte Estudiantil.

 Esto no debe considerarse como un concurso público (licitación) para elegir transportistas, es una simple recomendación para efectos de orden, son los padres de familia quienes deben elegir y contratar anualmente al transportista de su preferencia.

2. Incremento de Estudiantes: Se realiza cuando el centro educativo dispone de subsidios aprobados pero requiere aumento en la cantidad de beneficiarios actuales. Para este tipo de trámite el centro educativo deberá presentar 2 listados de postulantes dentro del mismo trámite (con el mismo DTE-01-2016):

o Uno con los estudiantes previamente autorizados (registro ordinario)

o Otro con los estudiantes a incrementar (estudiantes nuevos para incremento).

Es importante aclarar que si sustituyen estudiantes no deben marcar “incremento de estudiantes” en el punto 3 del DTE-01-2015:

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10 estudiantes, solo una sustitución en los cupos, por lo que deberán remitir el registro ordinario por los 30 previamente autorizados.

3. Ampliación de recorrido o kilómetros: se refiere a la ampliación del recorrido que debe ser autorizado por el Departamento de Transporte Estudiantil. Permite que se incluyan nuevas comunidades al recorrido previamente autorizado, lo que puede implicar un aumento en la cantidad de kilómetros por recorrer, siempre y cuando los estudiantes de dichas comunidades cumplan con el requisito de ser el Centro Educativo más cercano (inciso d. artículo 3).

4. Disminución de recorrido o kilómetros: se refiere a la disminución del recorrido autorizado por el Departamento de Transporte Estudiantil. Lo que genera que se excluyan una o más comunidades al recorrido previamente autorizado, lo que puede implicar una disminución en la cantidad de kilómetros por recorrer.

5. Aumento del monto del subsidio: se refiere a la solicitud de revisión del monto del subsidio diario a pagar por estudiante, esto no asegura que se vaya a aprobar el incremento, ya que dependerá de un conjunto de variables que se incluyen en un sistema con el que cuenta el Departamento de Transporte Estudiantil, el cual indica si procede o no el aumento solicitado.

6. Separación de Recorridos: se utiliza para dividir el recorrido ya autorizado en diferentes sectores a criterio del centro educativo, para lo cual se deberá agrupar los poblados por zona. En estos casos deben presentar dos juegos o más de documentos según la cantidad de subsidios en que se separa el subsidio existente (Formulario DTE-01-2016, Listado de Postulantes y Certificación de Transparencia).

Ejemplo. Existe la ruta 6215 con 30 estudiantes, 7 kilómetros y 5 poblados (A, B, C, D, E), pero 2 poblados quedan en dirección norte del centro educativo y 3 quedan en forma opuesta en dirección sur. Los dos grupos de documentos deben presentarse con el mismo número de subsidio (6215) pero con las nuevas características del mismo según se solicite en cada formulario:

Subsidio: 6215

Tipo de trámite: Separación Recorrido Cantidad Estudiantes Existentes: 12 Cantidad kms: 3

Poblados: A y B

Subsidio: 6215

Tipo de trámite: Separación Recorrido Cantidad Estudiantes Existentes: 18 Cantidad kms: 4

Poblados: C, D y E

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7. Disminución de Estudiantes: se efectúa cuando se da una disminución en la cantidad de beneficiarios autorizados y no tiene más estudiantes que puedan sustituirlos. En este caso deben indicar en cantidad de estudiantes que mantendrían el beneficio, misma cantidad que debe venir en los listados de postulantes. Importante tomar en cuenta que una disminución de estudiantes generará una disminución en el presupuesto asignado por lo que deben revisar con cuidado la documentación antes de entregarla.

8. Unificación de recorridos: se utiliza cuando se necesita unir o agrupar los recorridos de dos o más sectores. En este caso se debe llenar solamente un juego de formularios de solicitud.

Ejemplo: Existen los subsidios 6215 (20 estudiantes, 6 kilómetros, poblados A y B) y 6216 (15 estudiantes, 4 kilómetros, poblados C y D). Para unificarlos deben indica en el formulario DTE-01-2016 lo siguiente:

Subsidio: 6215 y 6216

Tipo de trámite: Unificación Recorrido Cantidad Estudiantes Existentes: 35 Cantidad kms: 10

Poblados: A, B, C Y D

Y los listados de postulantes deben venir en orden alfabético con los 35 beneficiarios.

9. Registro ordinario: se refiere a la actualización de los estudiantes beneficiarios de acuerdo a la cantidad de cupos que tienen autorizados en ese momento. Si no marcan otra opción, consideramos que por el curso lectivo 2016 no requerirán ninguno de los otros trámites.

La presentación de los registros ordinarios es de carácter OBLIGATORIO y deben realizarlo a inicio de cada curso lectivo, independientemente de que requiera realizar o no algún otro tipo de trámite.

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3. Información General:

a. Es necesario se anote el Número del Subsidio asignado por el Departamento de Transporte Estudiantil, esto en caso de Subsidio Existente, en caso de Subsidio Nuevo deberá dejarse el espacio en blanco.

b. Debe anotar el recorrido: el nombre de todos los poblados de donde provienen los estudiantes.

*Solo deben incluir los poblados que cumplan con el requisito de ser el más cercano al Centro Educativo. Si en años anteriores tenían poblados autorizados, pero son conscientes que en la actualidad ya no son el Centro Educativo más cercano al mismo, deben indicarlo por escrito al Departamento de Transporte Estudiantil y no otorgar el subsidio a los estudiantes de dichos poblados por incumplimiento del inciso c. artículo 3.

Se aclara que los estudiantes pueden asistir al Centro Educativo de su preferencia, pero el programa de transporte estudiantil NO es Universal por lo que se requiere estricto cumplimiento de requisitos.

c. Debe indicar la cantidad de kilómetros en un solo sentido que compone el recorrido descrito (información que corresponde a la medición de distancia que debe realizar el centro educativo en un solo sentido).

4. Información de los beneficiarios:

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a. La cantidad de estudiantes beneficiarios actualmente autorizados (registro ordinario), es decir la cantidad de cupos autorizados por el Departamento de Transporte Estudiantil.

b. La cantidad de estudiantes por incrementar o de nuevo ingreso, es decir aquellos estudiantes que sobre pasan la cantidad autorizada o la cantidad de estudiantes en un nuevo subsidio, lo que implica que se necesita un aumento en la asignación presupuestaria de dicho subsidio.

Nota: Siempre que exista un incremento de estudiantes se deberá indicar primero la cantidad de beneficiarios actuales autorizados (registro ordinario).

5. Tipo de Transporte:

Se deberá marcar con una “X” el tipo de transporte a utilizar.

a. En caso de marcarse la opción a. Transporte Público, se deberá anotar en el espacio en blanco el costo diario del servicio ida y regreso y

b. En caso de marcar la opción b. Autobús o Microbús contratada por los padres de familia, se deberá llenar el siguiente cuadro con la información solicitada sobre las unidades que prestan o prestarán el servicio:

6. Necesidades Educativas Especiales:

Este tipo de casos podrán tramitarse ante el Departamento de Transporte Estudiantil de dos formas distintas:

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14 nuevo, en el cual se incorporen la totalidad de estudiantes a solicitar, y se deberá adjuntar el dictamen médico o epicrisis donde se determina el padecimiento de cada uno de los estudiantes.

Para este tipo de trámite se deberá marcar en el apartado 2. del Formulario DTE-01-2016, subsidio para estudiante con necesidades educativas especiales.

LOS SUBSIDIOS NUEVOS QUE SE SOLICITAN DE ESTA FORMA SERAN AUTORIZADOS UNICAMENTE PARA ESTUDIANTES CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES.

2. En caso de que se dispongan estudiantes con necesidades educativas especiales pero que puedan trasladarse en las rutas de subsidio existentes (esta opción únicamente para centros educativos que dispongan de subsidios autorizados) el centro educativo podrá incorporarlos en los respectivos Listados de Postulantes, como un trámite de registro ordinario (en caso de que sean sustituidos con estudiantes que se hayan ido) o bien solicitarlos como un trámite de incremento de estudiantes (en esta opción deberán esperar la debida aprobación del Departamento).

Junto al trámite se deberá adjuntar un oficio emitido por el Director del centro educativo en donde se expliquen los casos de necesidades educativas especiales.

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15 Se deberá marcar con una “X” el tipo de Emergencia que se presenta de acuerdo a su origen:

a. OrigenTecnológico: Incendio, explosión, derrames de productos químicos, escape de gas.

b. Origen Natural: Inundación, Tormentas, Huracanes, Ciclón, Terremoto, Peligro por erupción volcánica, Deslizamiento de tierra.

c. Origen Social: Robo, Vandalismo, Disturbios Civiles

Junto al trámite se deberá adjuntar un oficio emitido por el Director del centro educativo en donde se explique ampliamente cual es la situación de emergencia.

8. Firma de los Responsables:

Este formulario deberá ser firmado por el Director del Centro Educativo y al Supervisor de Circuito, certificando así que conocen la información suministrada y que la misma es veraz y fidedigna.

B) Listado de Postulantes 2016

Este formulario consta de 4 partes que se detallan a continuación:

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* Y la Zona urbana o rural de donde se encuentra ubicada la institución.

2. Datos del subsidio:

a. Acá debe indicarse el número del Subsidio asignado por el Departamento de Transporte Estudiantil, en caso de Subsidio Nuevo deberá dejarse el espacio en blanco.

b. Sobre la cantidad de estudiantes: debe indicar la cantidad de estudiantes que remiten ya sean previamente autorizados por el Departamento de Transporte Estudiantil o que sean de nuevo ingreso. En caso de registro ordinario e incremento deberá indicarse la totalidad por registro ordinario y por incremento de estudiantes.

3. Información de los solicitantes o postulantes:

En este punto es necesario anotar los datos de los estudiantes que cumplen requisitos y que por ende califican como postulantes al programa de transporte estudiantil:

 Cédula de Identidad o Pasaporte del estudiante, debe tener 9 dígitos como mínimo y con guiones, ejemplo 1-1299-0034, en caso de cédula de residente o pasaporte de debe anotar todas las letras y números que tengan asignadas. Cuando el estudiante sea extranjero y se encuentre indocumentado en el número de cédula debe indicar “indocumentado” (de cumplir requisitos podrá igualmente ser tomado en cuenta, sin embargo el centro educativo deberá instar a los estudiantes a que tengan su condición migratoria al día).

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17  Segundo Apellido: Anotar el segundo apellido del estudiante.

 Nombre del Estudiante Beneficiario o Solicitante: Anotar el nombre completo del estudiante ya sea beneficiario (cupos de registro ordinario) o bien como postulante de nuevo ingreso (incrementos o subsidios nuevos).

 Anotar la Distancia en kilómetros en un solo sentido que existe entre el lugar de residencia del estudiante al centro educativo.

 Anotar el Distrito del que proviene el estudiante, debe estar autorizado en el recorrido del subsidio.

 Grado académico: Se deberá indicar el grado académico que cursa el estudiante ejemplo: Kinder, 1° grado, 2° grado si es Escuela o 7° año, 8°año, 9°año, si es Colegio.  Especialidad: Esta casilla deberá ser llenada únicamente en el caso de Colegios Técnicos

Profesionales, IV Ciclo (10°, 11° y 12°), se deberá llenar la columna referente a especialidad, con la finalidad de realizar una diferenciación de las distintas especialidades en las que se encuentra matriculado el estudiante. No indicar talleres exploratorios.

 Ingreso per cápita: En la última casilla es necesario se anote el MONTO ¢ de ingreso per cápita de cada uno de los estudiantes, calculado por el centro educativo obtenido de la Ficha Socioeconómica (Formulario de Solicitud del Beneficio de Transporte) y solo incluir los estudiantes que se encuentra dentro de los parámetros de calificación (pobreza extrema, pobreza y vulnerabilidad).

Nota: Es importante indicar que este formulario consta de un total de 25 filas las cuales NO deben ser alteradas. Esto debido al orden que debe llevar los listados, por lo tanto se solicita que cada 25 estudiantes se firme y selle cada una de la hojas que conformaran el listado total, no pueden incluir más de 25 estudiantes por hoja.

4. Firma de los Responsables:

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Deberán también verificar que todo estudiante incluido en los Listados de Postulantes a Transporte Estudiantil vaya en orden alfabético de acuerdo al primer apellido (se aclara que debe ser por la totalidad de estudiantes de cada subsidio, NO por página).

C) Certificación de Transparencia 2016

Este documento debe llenarlo el Centro Educativo con la información tanto del Director (a) del Centro Educativo, Supervisor (a) de Circuito y Director (a) Regional de Educación. El mismo deberá ser firmado por cada uno de los actores, haciendo constar que revisaron la información remitida por el centro Educativo y que cada uno de los estudiantes remitidos en los listados de postulantes cumplen con los requisitos establecidos en el Artículo 3 del Reglamento de Transporte Estudiantil.

Paso 3 – Remisión de formularios al Supervisor (a) de circuito correspondiente

Deberán remitir para revisión del Supervisor (a) de circuito y visto bueno del Director (a) Regional de Educación:

a. Los 3 formularios completos con las respectivas firmas y sellos: DTE-01-2016, Listados de postulantes y Certificación de Transparencia

b. Copia de los permisos de transporte estudiantil emitidos por el Consejo de Transporte Público del MOPT para los subsidios existentes.

c. Copia del acta de reunión de los padres de familia o estudiantes mayores de edad para la solicitud de nuevos subsidios.

d. Oficio de justificación en caso de incorporar o solicitar estudiantes con necesidades educativas especiales así como dictamen médico (formulario especial para necesidades educativas especiales).

e. Documentos de respaldo en caso de que apliquen excepcionalidades a requisitos del artículo 3, inciso c y d según las circulares DVM-A-01-2014 y DVM-A-02-2014.

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19 2. Fechas de recepción de trámites en el Departamento de Transporte Estudiantil:

1-Del 08 al 26 de febrero 2016, únicamente se estarán recibiendo en el Departamento de Transporte Estudiantil: trámites y demás solicitudes de los Centros Educativos indicados en la circular DPE-792-2015 suscrita por la Señora Rosa Adolio Cascante, Directora Dirección Programas de Equidad, MEP.

2- A partir del 4 de abril y hasta el 8 de abril del 2016 se recibirán únicamente registros ordinarios y disminución de estudiantes de los centros educativos con subsidios existentes, los cuales deberán ser remitidos a las Direcciones Regionales de Educación y estas a su vez presentarlas ante el Departamento de Transporte Estudiantil de acuerdo al siguiente orden:

Fecha Propuesta Dirección Regional de Educación

Analista a cargo de la recepción y analista que

asiste

Hora de la cita

Lunes 04 Abril, 2016

Alajuela Melissa Jiménez 8:30 a.m.

Sarapiquí Ma. Fernanda Durán 9:00 a.m.

Cañas Ma. Fernanda Durán 12:30 a.m.

San Carlos Floribeth Picado 9:00 a.m.

Los Santos Laura Gómez 10:00 a.m.

Martes 05 Abril, 2016

Occidente Melissa Jiménez 8:30 a.m.

Puntarenas Ma. Fernanda Durán 9:00 a.m.

Liberia Ma. Fernanda Durán 12:30 a.m.

Guápiles Floribeth Picado 9:00 a.m.

Limón Laura Gómez 10:00 am

Miércoles 06 Abril, 2016

Puriscal Melissa Jiménez 8:30 a.m.

Santa Cruz Ma. Fernanda Durán 12:30 a.m.

Turrialba Floribeth Picado 9:00 a.m.

Grande de Térraba Laura Gómez 10:00 a.m.

Jueves 07 Abril, 2016

Desamparados Melissa Jiménez 8:30 a.m.

Norte Norte Ma. Fernanda Durán 1:00 p.m.

Heredia Floribeth Picado 8:30 a.m.

Sulá Floribeth Picado 9:30 a.m.

Cartago Floribeth Picado 11:00 a.m.

Coto Laura Gómez 10:00 a.m.

Viernes 08 de Abril, 2016

San José Central Melissa Jiménez 8:30 a.m.

San José Norte Melissa Jiménez 10:00 a.m.

San José Oeste Melissa Jiménez 1:00 p.m.

Nicoya Ma. Fernanda Durán 12:30 a.m.

Aguirre Floribeth Picado 9:00 a.m.

Peninsular Floribeth Picado 10:30 a.m.

Perez Zeledón Laura Gómez 10:00 a.m.

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20 3. Consideraciones Finales

Todos los formularios del programa podrán encontrarse en la página web

http://www.mep.go.cr/programas-y-proyectos/programa-de-transporte-estudiantil.

Las fechas supra citadas estarán comunicándose mediante circulares a las distintas direcciones regionales, por medio de la Dirección Prensa y serán publicadas en la página de internet oficial del programa de transporte estudiantil.

Los trámites serán recibidos únicamente en las fechas establecidas en las distintas circulares y deberán ser remitidos al Departamento de Transporte Estudiantil únicamente a través de la Dirección Regional de Educación correspondiente.

La Supervisión de Circuito o la Dirección Regional de Educación podrán solicitar al centro educativo cualquier documentación adicional que considere pertinente (siempre y cuando sea atinente al trámite) para poder emitir el Visto Bueno al trámite. Así como establecer las fechas que consideren necesarias para la presentación de la documentación, con la finalidad de entregarla en el plazo establecido por este Departamento.

4. Contactos Departamento de Transporte Estudiantil

Jefatura

Lic. William Salazar Sánchez. Correo electrónico: william.salazar.sanchez@mep.go.cr

Funcionarios(as)

Luis Alberto Bolaños A. Ext: 4012. Correo electrónico: alberto.bolanos.arce@mep.go.cr

(Recepción de Facturas de Rutas Adjudicadas)

Jacqueline Montero Guillen. Ext: 4007. Correo electrónico: jacqueline.montero.guillen@mep.go.cr

(Secretaría)

Analistas

Licda. Floribeth Picado Arias. Ext: 4011. Correo electrónico: floribeth.picado.arias@mep.go.cr

Licda. Melissa Jiménez Retana. Ext: 4010. Correo electrónico: melissa.jimenez.retana@mep.go.cr

Licda. María Fernanda Durán López. Ext: 4008. Correo electrónico: fernanda.duran.lopez@mep.go.cr

Bach. Laura Gómez J. Ext: 4009 Correo electrónico: laura.gomez.jimenez@mep.go.cr

Telefax: (506): 2233-6027

Dirección: Calle 1, Avenidas 5 y 7. Edificio Numar, 8º Piso. San José

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CUADRO DE MEDICIÓN DE LA LINEA DE POBREZA – INGRESO PER CÁPITA

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