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"Proceso inmediato y el principio de imparcialidad del juez de juzgamiento en la provincia de Moyobamba 2017"

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(1)Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO ESCUELA DE POSGRADO. RA. DO. -U. NT. UNIDA DE POSGRADO EN DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS. PO SG. “Proceso inmediato y el principio de imparcialidad del juez de juzgamiento en la provincia. DE. de Moyobamba 2017”. TE CA. TESIS PARA OPTAR EL GRADO ACADEMICO DE:. MAESTRO EN DERECHO MENCION. Asesor:. Br. López Gómez, Alexander. BI. Autor:. BL IO. DERECHO PENAL Y PROCESAL PENAL. Dr. Navarro Vega, Edwin. Trujillo – Perú 2019 Reg…….………….. i. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(2) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. JURADO EVALUADOR. RA. DO. -U. NT. Ms. Carlos Antonio Honores Yglesias PRESIDENTE. Dr. Hermes Rubiños Yzaguirre. TE CA. DE. PO SG. SECRETARIO. A S E SO R. BI. BL IO. Dr. Edwin Navarro Vega. ii. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(3) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. DEDICATORIA.. A Dios por guiar mis pasos en la vida, por velar. DO. -U. llegado hasta aquí.. NT. por el bien de mi familia y por permitir que haya. RA. A mí querida familia por su apoyo incondicional. PO SG. y su infinita comprensión en todo momento.. A Edison y Elmira en forma especial, por. DE. haberme brindado su cuidado y amor como. BI. BL IO. TE CA. sólo lo hace un padre y una madre por su hijo. iii Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(4) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. AGRADECIMIENTO:. A mis padres ya que sin ellos todo esto no. NT. sería posible.. A mis hermanos, por todo lo que hicieron y. DO. -U. hacen hasta ahora por mí.. RA. A mi sobrino Franck Emanuel Mestas López. PO SG. quien con su nacimiento me inspiró a seguir adelante.. DE. Al doctor. Edwin Navarro Vega por su apoyo,. BI. BL IO. TE CA. en la elaboración de esta tésis.. iv Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(5) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. ÍNDICE GENERAL. RA. DO. -U. NT. DEDICATORIA…………………………………………………………………….. AGRADECIMIENTO.……………………………………………………………… INDICE……………………………………………………………………………… RESUMEN.…………………………………………………………………………. ABASTRACT.……………………………………………………………………… CAPITULO I : INTRODUCCIÓN…………………………………………………. ANTECEDENTES Y JUSTIFICACION DEL PROBLEMA…………………….. 1.1 ANTECEDENTES: …………………………………………………………….. 1.2 JUSTIFICACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN………………………………… 1.3. ENUNCIADO DEL PROBLEMA……………………………………………… CAPITULO II: MARCO CONCEPTUAL TEÓRICO ……………………………. 2.1 EL PROCESO PENAL PERUANO………………………………………….. 2.2 LOS PROCESOS ESPECIALES EN LA DOCTINA NACIONAL…………. 2.3 LOS PROCESOS ESPECIALES EN LA DOCTINA COMPRADA..……… 2.4 EL PROCESO INMEDIATO Y PRINCIPIO DE IMPARCIALIDAD………... 1 4 4 5 5 8 15 22 31 31 31 33 33 33 33 34 35 37 38. CAPITULO IV. : RESULTADOS.…………………………………………….. 40. BI. BL IO. TE CA. DE. PO SG. 2.5 HIPOTESIS………………………………………..…………………………… 2.6 VARIABLES……………………………………………………………………. 2.7 OBJETIVOS……………………………………………………………………. CAPITULO III : MATERIAL Y METODOS………………………………… 3.1 OBJETO DE ESTUDIO……………………………………………………….. 3.2 MATERIAL DE ESTUDIO…………………………………………………….. 3.3 POBLACIÓN.…………………………………………………………………... 3.4 MUESTRA.……………………………………………………………………... 3.6 METODOS Y TECNICAS.……………………………………………………. 3.7 TECNICAS E INSTRUMENTO………………………………………………. 3.8 CONFIABILIDAD DEL INSTRUMENTO……………………………………... iii iv v vii viii viii. CAPITULO V. : DISCUSIÓN.………………………………………………... 73. CAPITULO V. : CONCLUSIONES.…………………………………………. 75. CAPITULO VII. : RECOMENDACIONES.………………………………….... 76. CAPITULO VII. : REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS.……………………. 77. ANEXOS. : ……………………………………………………………….. 80. v Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(6) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. RESUMEN: La presente investigación lleva por título “Proceso Inmediato y el Principio de Imparcialidad del Juez de Juzgamiento en la Provincia de Moyobamba 2017” y tiene. como objeto general conocer de qué manera se afecta el principio de imparcialidad del juez de juzgamiento en la audiencia de control de acusación del. NT. proceso inmediato llevado a cabo en el Primer Juzgado Penal Unipersonal de la. -U. Provincia de Moyobamba durante el año 2017. Para lo cual se aplicó una encuesta a una muestra representativa de 39 personas especialistas en derecho. DO. penal entre jueces, fiscales y abogados especialistas en derecho procesal penal. RA. con el propósito de conocer sus opiniones respecto al problema planteado.. PO SG. Adicionalmente se realizó el análisis a una muestra de 85 expedientes de procesos inmediatos concluidos, tramitados ante el Primer Juzgado Penal comprendido. DE. Unipersonal de la Provincia de Moyobamba durante el periodo desde el 01 de enero al 31 de diciembre del año 2017.. TE CA. Se utilizó el método Descriptivo-Explicativo, donde se obtuvo como principal resultado que aproximadamente el 70% de los encuestados consideran que se. BL IO. afecta de manera significativa el principio de imparcialidad de los jueces para la emisión su decisión final, dado que la misma regulación permite y establece que. BI. el juez de juzgamiento conozca y lleve a cabo la audiencia de control de acusación conociendo inevitablemente los hechos y medios de prueba. Palabras claves: Proceso Inmediato. Juicio Inmediato. Juez Imparcial.. vi Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(7) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. ABSTRACT:. The present investigation is titled "Immediate Process and the Principle of Impartiality of the Judge of Judgment in the Province of Moyobamba 2017" and its general purpose is to know how the principle of impartiality of the trial judge is. NT. affected in the control hearing of accusation of the immediate process carried out. -U. in the First Unipersonal Criminal Court of the Province of Moyobamba during the year 2017. For which a survey was applied to a representative sample of 39. DO. people specialized in criminal law among judges, prosecutors and lawyers. RA. specialized in law criminal procedure in order to know their opinions on the. PO SG. problem. Additionally, the analysis was made to a sample of 85 files of immediate processes concluded, processed before the First Unipersonal Criminal Court of. DE. the Province of Moyobamba during the period from January 1 to December 31 of the year 2017.. TE CA. The descriptive-explanatory method was used, where the main result was obtained that approximately 70% of the respondents consider that the principle of. BL IO. impartiality of the judges is affected in a significant manner for the issuance of their final decision, given that the same regulation allows and it establishes that the. BI. judge of judgment knows and carries out the hearing of control of accusation knowing inevitably the facts and means of proof. Keywords: special process, flagrancy.. vii Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(8) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. CAPITULO I INTRODUCCIÓN. 1. ANTECEDENTES Y JUSTIFICACION DEL PROBLEMA 1.1 ANTECEDENTES: Los procesos judiciales penales, en nuestro país, se caracteriza por la. NT. lentitud y el prolongado tiempo en la resolución de casos; muchas veces originados por la recargada carga procesal, tanto a nivel fiscal como a. -U. nivel judicial. En el campo fiscal debido a que en la etapa de. DO. investigación no se cuenta con la logística ni con el personal suficiente para realizar las acciones que lleve a una pronta realización de la. RA. acusación o archivamiento fiscal. Por el lado del sistema judicial, nos encontramos con la realización de una cadena de audiencias que. PO SG. lamentablemente nos lleva a prolongar la etapa de juzgamiento. Frente a ello, se ha buscado infructuosamente formas de acelerar el proceso penal, tal es así que a través del Decreto. Legislativo. N° 957 de. DE. fecha 29 de julio del 2004 se ha cambiado el sistema procesal penal peruano con uno de los objetivos de permitir el aceleramiento; es decir de. TE CA. un sistema persecutorio a uno de mayor garantía y aceleramiento del desarrollo procesal y sobre todo respetando los derechos fundamentales del imputado, del procesado y del sentenciado.. BL IO. Una de esas formas es el Proceso Inmediato, que ha sido diseñado para lograr mayor celeridad y simplificación del proceso en la medida que se presentan cualquiera de los siguientes supuestos: que exista flagrancia;. BI. que el imputado haya confesado la comisión de delito o cuando los elementos de convicción acumulados durante las diligencias preliminares y previo interrogatorio del imputado sean evidentes; asimismo mediante el Decreto Legislativo N°1194, también se incorporó los delitos de omisión a la asistencia familiar y los de conducción en estado de ebriedad o drogadicción; si cualquiera de estos supuestos se demuestran entonces el Fiscal ya no realiza la Investigación Preparatoria, así. aparentemente. estarían. dadas. las. condiciones. para. ingresar 1. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(9) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. directamente a juicio; a ello se suma la posibilidad que el. imputado. solicite el proceso de terminación anticipada. A pesar de las ventajas aparentes del proceso inmediato, se puede observar que entre la presentación del requerimiento al Juez hasta que se concluye el caso, puede demorar hasta tres meses, con el riesgo de vulnerar el debido proceso y el derecho a la defensa, ya que este proceso omite la etapa de la investigación y pasa directamente a la. NT. acusación, restando la posibilidad al imputado a través de su defensa de. -U. participar activamente durante la investigación y poder presentar los elementos de descargo que posibilite un sobreseimiento de la causa.. DO. El problema de mayor importancia es la afectación al principio de imparcialidad del juez de juzgamiento, ya que al ser el mismo juez el que. RA. analizará las pruebas ofrecidas, y el que con base en esas pruebas. PO SG. emitirá su decisión.. Chunga Hidalgo, L. en un artículo titulado: El derecho al juez imparcial y el conocimiento previo del tema decidendi como causal de inhibición dijo: “para el caso del nuevo modelo procesal penal- en las figuras procesales. DE. de la inhibición y la recusación que aparecen a partir del art. 53 del Código Procesal Penal del 2004. Si el derecho al juez imparcial en el. TE CA. proceso penal garantiza que se juzgue al acusado sin contaminación procesal. es decir,. sin. consideraciones. personales,. sentimientos,. pasiones, prejuicios o valoraciones previas que ponga en riesgos la. BL IO. serenidad del juicio, la objetividad y neutralidad, corresponde que el propio derecho señale cuales son las condiciones para el apartamiento. BI. de quien no las garantiza”. (Chunga Hidalgo, 2014: p. 5. párr. 3) Asimismo Aguiló Regla, J. en un artículo titulado: Imparcialidad y Concepciones del Derecho dijo “Los destinatarios últimos (beneficiarios) de los principios jurídicos de. independencia y de imparcialidad de los. jueces no son los jueces mismos, sino los ciudadanos y los justiciables. En consecuencia, la independencia y la. imparcialidad se configuran. principalmente como deberes de los jueces”. (Aguiló Regla, 2009: 28) Por su parte Huaylla Marin, J. en un artículo titulado: El Proceso inmediato: a propósito de su modificación por el Decreto Legislativo N° 2. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(10) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. 1194 dijo “Debemos agregar también que en el proceso inmediato se cuestiona la imparcialidad del juez de juzgamiento al ser el mismo juez el que analizará las pruebas ofrecidas, y el que con base en esas pruebas emita su decisión final. Es por ello que la Corte Suprema ha precisado que el juez de juzgamiento realizará el control de los medios de prueba ofrecidos al inicio del juicio, sin que ello afecte el principio de imparcialidad, toda vez que la regla con base en la cual el ofrecimiento y. NT. admisión probatoria deben realizarse en la etapa intermedia no puede. -U. ser entendida como absoluta y menos aún en el contexto de un proceso especial que se rige por pautas propias”. (Huaylla, 2015: 219). DO. Finalmente Jauchen, E. en su libro titulado Estrategias de Litigación Penal Oral (Sistema Acusatorio Adversarial. Teoría y Práctica), nos dice:. RA. Otorgarle al tribunal que habrá que juzgar la causa en el juicio oral la. PO SG. competencia para decidir previamente, también todas esas cuestiones es contaminarlo de prejuicios que vician definitivamente la imparcialidad con la que deben llegar al momento de dictar sentencia, siendo tales sistemas. DE. resabios del más puro esquema inquisitivo. (Jauchen, 2014: 21). Por tal razón, de conocer el juez de juzgamiento los hechos y medios de. TE CA. prueba en la realización de la audiencia de control de acusación, estaríamos vulnerando el principio de imparcialidad del juez y por lo tanto generando una situación de afectación de los derechos a la que tiene el. BL IO. procesado para ser tratado con justicia; y por ende a una posible lucha contra la inseguridad en forma abusiva y con un exceso de ejercicio de. BI. poder estatal, restando la posibilidad de un proceso justo, vulnerando de. este modo la construcción de una sociedad de derecho constitucional.. En todo caso nos preguntamos si el proceso inmediato ¿necesita ser modificado en el procedimiento relacionado al juez de garantías y al juez del juzgamiento? ¿Estamos en una sociedad que lo único que busca es sancionar y sancionar? ¿Acaso el reducir procedimientos debe ser la única forma de establecer procesos inmediatos? ¿Existe otras formas de. 3. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(11) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. procesos inmediatos que evite la afectación del principio de imparcialidad del magistrado llamado a realizar un juicio justo? 1.2 JUSTIFICACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN. 1.2.1 Desde el Punto de Vista Metodológico. La investigación y sus resultados sirven de base para. otros. trabajos académicos. -U. conocimiento de administración de justicia.. NT. relacionados con el tema de estudio, para así profundizar el 1.2.2 Desde el Punto de Vista Teórico. Porque el conocimiento. DO. obtenido producto de la presente investigación, permitirá una mejor explicación del principio de imparcialidad y su eventual. PO SG. necesarias en el sistema.. RA. afectación, proponiendo de ser el caso algunas reformas 1.2.3 Desde el Punto de Vista Socio Jurídico. Si bien es cierto que el Estado tiene la obligación de velar por una sociedad segura y a la vez sancionar a quien quebranta y atente contra la misma; sin. DE. embargo el derecho a respetar los principios del derecho procesal penal deben ser los que guían una sociedad justa en especial la. TE CA. del señor juez, quien debe contar en todo momento con la. imparcialidad necesaria para emitir juicios de valor y emitir una. resolución ajustada a ley respetando los derechos fundamentales. BL IO. de los involucrados en el proceso.. BI. 1.3 PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA En el presente trabajo se ha formulado el planteamiento del problema en la forma siguiente: ¿Cómo se afecta el principio de imparcialidad del juez de juzgamiento en el proceso inmediato en la provincia de Moyobamba, 2017?. 4. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(12) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. CAPITULO II 2. MARCO CONCEPTUAL TEÓRICO 2.3 EL PROCESO PENAL PERUANO 2.3.1 EL PROCESO PENAL El Proceso Penal, es el medio de hacer prevalecer el derecho como garantía de cada individuo, buscando tutelar el derecho, y. NT. en razón de ello, para imponer cualquier sanción penal, se requiere la actividad propia del estado encomendada a establecer. -U. el delito y a determinar quién viene a ser el autor, desarrollándose el proceso mediante una serie de actos que están sujetos a. DO. determinadas reglas, es por ello entonces que veremos que el. RA. proceso constituye todo un fenómeno integrado por una secuencia de actos regulados y establecidos en la ley y que son llevados por. PO SG. magistrados competentes y dentro de un plazo determinado.. Siendo así, el proceso consistirá en una ordenada sucesión de. DE. actos en los que intervienen los autores del hecho, las autoridades competentes y los demás sujetos procesales, y todo ello dentro de. TE CA. un tiempo pre-fijado y de tal manera que se garantiza una absoluta imparcialidad. Entonces, todo este conjunto de actos. BL IO. que se desarrollan en etapas es lo que se llama proceso.. Entonces el proceso penal se constituye en el conjunto de actos o. BI. diligencias que se cumplen para la investigación y juzgamiento de una persona, siendo un medio adecuado y procedimental para resolver un conflicto, estableciéndose un orden en cuanto a los actos procesales para que la actividad jurisdiccional se desarrolle dentro de un correcto y adecuado cauce legal. Es de entender que el proceso lleva consigo una serie de actos que se llevaran en forma ordenada y adecuada por el órgano jurisdiccional, pero que se entiende se encuentra pre establecidos en la ley, y tiene su origen cuando acontece un hecho de apariencia delictiva, hasta llegar a una sentencia o un auto de sobreseimiento. 5. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(13) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. 2.3.2 Naturaleza Jurídica.. En el sentido de la teoría del proceso, es importante precisar que es una relación jurídica procesal que nace una vez que el órgano jurisdiccional recibe una consignación por parte del Ministerio Público. Cuando se considera que se ha cometido un hecho delictuoso. NT. nace una relación jurídica entre el estado encargado de la. -U. persecución de los delitos y el probable responsable. Esta puede convertirse en una relación jurídico-procesal hasta el momento. DO. que el ministerio público ejercite la acción penal o procesal penal, como señalan algunos autores, y que se refiere a los derechos y. PO SG. defensa y de decisión.. RA. obligaciones que nacen entre el órgano de la acusación, de la. 2.3.3 Objeto del Proceso Penal. DE. Podemos decir que el objeto es todo aquello ala cual se dirige el acto consiente de un sujeto; es una facultad, una duradera actitud. TE CA. anímica o habito e incluso a donde se dirige una ciencia; y si esto genéricamente es así, específicamente el objeto del proceso penal es el de investigar un acto cometido el cual necesariamente tiene. BL IO. que ser cotejado con los tipos establecidos en la ley penal y además conseguir el complemento de las medidas cautelares y. BI. reales como el embargo y del mismo modo la reparación de daño causado con la consiguiente indemnización de los demás perjuicios.. Se recalcara que el proceso penal es el medio de hacer prevalecer el derecho como garantía de cada individuo siendo su finalidad el de tutelar el derecho; y para imponer cualquier sanción penal, se ha de requerir de la actividad propia del estado encaminada a establecer el delito y a determinar quien viene a ser 6. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(14) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. su autor, desarrollándose mediante una serie de actos y con sujeción a determinadas reglas y de esta manera el proceso se convertirá en todo un fenómeno, integrado por una secuencia de actos regulados y establecidos en la ley y que son llevados por un magistrado competente y dentro de un plazo determinado.. El delito ha de expresarse objetivamente en un resultado cierto y. NT. con una serie de hechos que permitan inducir su existencia. Esta. -U. manifestación externa del delito tiene que estar vinculado por una relación de causalidad con un autor que lo produzca en. DO. cualquiera de sus grados, en una forma única o participada, tanto en la preparación, realización o contribución a su realización. Todo. RA. esto ha de ser esclarecido a plenitud durante todo el proceso. PO SG. penal, y es ahí donde ha de incidir el objeto del proceso. (De la Cruz, 2007: 89-93). 2.3.4 ETAPAS DEL PROCESO PENAL. DE. En el Código Procesal Penal del 2004 se regula un. proceso. común (arts.321 a 445), en el cual se pueden distinguir. TE CA. principalmente las siguientes etapas: 1.3.1.1 Etapa de Investigación Preparatoria:. BI. BL IO. A cargo del Fiscal de la Investigación Preparatoria, el cual realizará. una. testimoniales,. serie pericias,. de. actuaciones careos,. (declaraciones. inspección. judicial,. reconstrucción de hechos, etc.), con la finalidad de obtener elementos suficientes y convincentes que le permitan llevar su caso a juicio oral, pues de lo contrario, de no obtenerlos, deberá pedir el sobreseimiento en la etapa intermedia.. 1.3.1.2 Etapa Intermedia: A cargo del Juez de la Investigación Preparatoria, que ejercerá un control de la acusación fiscal, haciendo una especie de saneamiento de la misma. En esta etapa el imputado podrá cuestionar la acusación fiscal, ya sea en 7. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(15) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. aspectos de forma o de fondo, podrá plantear medios de defensa técnica. También podrá delimitarse las pruebas que se actuaran en el juicio oral. 1.3.1.3 Etapa de Juicio Oral: A cargo de Jueces de Juzgamiento (Juzgados Penales Unipersonales o Colegiados), diferentes al Juez de la Investigación Preparatoria. En esta etapa hay un juicio oral,. NT. público, contradictorio, adversarial, entre el Fiscal y. -U. abogado(s), se enfrentarán profesionalmente. El primero buscando convencer al Juez de la responsabilidad penal. persuadir. al. y el (los) segundo(s),. DO. del procesado,. Juzgador. de. la. pretendiendo. inocencia. de. su(s). RA. patrocinado(s), o de la existencia de una circunstancia de. PO SG. exoneración o atenuación de responsabilidad. Para tal efecto, se hace necesario conocer las técnicas de litigación. DE. en juicio oral. (Nakasaki, 2010: 22-28). 2.4 LOS PROCESOS ESPECIALES EN LA DOCTRINA NACIONAL. TE CA. 2.4.1 PROCESOS ESPECIALES EN LA DOCTRINA NACIONAL 2.4.1.1 PROCESO INMEDIATO. BI. BL IO. Se encuentra regulado en el artículo 446º y siguiente del. Código Procesal Penal y se presenta cuando el imputado. es sorprendido y detenido en la comisión del hecho delictivo, es decir en flagrancia, o este confiesa la comisión del delito o sino cuando los elementos probatorios reunidos durante las diligencias preliminares y previo interrogatorio del imputado sean evidentes, asimismo mediante la dación del decreto legislativo N°1194, también se incorporó los delitos de omisión a la asistencia familiar y los de conducción en estado de ebriedad o drogadicción.. 8. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(16) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. Este tipo de proceso se caracteriza además porque se efectuar previo requerimiento del fiscal, sin perjuicio de solicitar las medidas de coerción, en cual será luego de culminar las diligencias preliminares o en su defecto antes de los 30 días de formalizada la resolución de apertura de investigación preparatoria. Debemos entender que aquel requerimiento viene a ser una forma de acusación en. NT. donde se indicara la pena y el monto de la reparación civil.. -U. Indudablemente este requerimiento, de ninguna manera obliga al juez que previno, quien puedo aceptarlo o. RA. DO. rechazarlo.. PO SG. 2.4.1.2 PROCESO POR RAZON DE LA FUNCION PÚBLICA Dentro de este se consideran como procesos por razón de la función pública tres supuestos, los cuales están basados en que la comisión de éstos sean en la investidura de la o ilícitos. DE. función. comunes,. y. si. son. altos. funcionarios, congresistas u otros funcionarios públicos:. TE CA.  El Proceso por delitos de función atribuidos a Altos Funcionarios Públicos. Este tipo de proceso se da en. BI. BL IO. aquellos delitos que atentan gravemente la constitución y por todo delito que se cometa en ejercicio de sus funciones por parte del Presidente de la Republica como los Congresistas como Ministros de Estado, Miembros del Tribunal Constitucional, del Consejo Nacional de la. Magistratura, Vocales Y Fiscales de la Corte Suprema, el Defensor del Pueblo y el contralor General de la Republica; pudiéndose haber cometido el delito en pleno ejercicio de su cargo y hasta cinco años después de haber cesado en el cargo. El trámite se encuentra descrito del artículo 449 a 451 del Código Procesal. 9. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(17) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. Penal. Acá la resolución acusatoria del Congreso es vinculatorio al Ministerio público y ala Poder Judicial.  El Proceso por delitos comunes atribuidos a Congresistas y Altos Funcionarios Públicos. A diferencia del anterior inciso acá se ventilaran los delitos pero. Congresistas,. que. el. solo. Defensor. son del. atribuidos Pueblo. NT. comunes,. y. a. los. a. los. -U. Magistrados del Tribunal Constitucional. Esta puede darse desde que son elegidos hasta un mes después de. DO. haber cesado en el cargo, para ello es necesario que el Congreso o el Tribunal Constitucional lo autoricen si el funcionario. RA. expresamente;. fue. detenido. en. PO SG. flagrancia deberá ser puesto dentro de las 24 horas a disposición del Congreso o Tribunal Constitucional, a fin de que autoricen o no la privación de la libertad y el enjuiciamiento. Su trámite esta previsto en el artículo. DE. 452 y 453 de la norma procesal.. TE CA.  El Proceso por delitos de función atribuidos a otros Funcionarios Públicos. Se encuentra previsto en los. BI. BL IO. artículos 454 y 455 del Código Adjetivo. Regula la forma de investigar a los Vocales y a los Fiscales Superiores, a los miembros del Consejo Supremo de Justicia Militar, ala Procurador Público y a todo los Magistrados del Poder Judicial y del Ministerito Público. Se requiere que al concluir una investigación preliminar por parte del Fiscal de la Nación, emita una resolución en las que disponen el ejercicio de la acción penal y ordena al fiscal respectivo la formalización de la investigación preparatoria correspondiente.. 10. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(18) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. Esta resolución o disposición de la Fiscalía de la Nación, no. será. necesaria. cuando. el. funcionario. ha. sido. sorprendido en flagrante delito, en tal razón, el plazo de 24 horas será conducido al despacho del Fiscal Supremo o del Fiscal Superior correspondiente, según sea el caso, para la Resolución de apertura de la investigación. NT. preparatoria.. -U. 2.4.1.3 PROCESO DE SEGURIDAD. Esta forma de proceso se da cuando el juez considera que. DO. existe fundada razón para considerar el estado de inimputabilidad del procesado al momento de los hechos y dispuso. se. practique. RA. se. examen. por. el. perito. PO SG. especializado, el cual, al ser recibido, el juez estime que hay indicios suficientes que acrediten el estado de inimputabilidad del investigado, o cuando al culminar la investigación preparatoria el fiscal considera que solo. DE. corresponde al imputado una medida de seguridad y que son aplicables las disposiciones del título IV del libro. TE CA. primero del Código penal, y según el estado de la causa. realizara las actuaciones de investigación imprescindibles. BI. BL IO. o si estima que estas han cumplido su objeto, requerirá la. apertura del Juicio Oral con el requerimiento de la. imposición de la medida de seguridad.. Si como consecuencia del Juicio Oral y del debate llevado a cabo, el juez advierte que no es de aplicación el proceso por seguridad y que es posible aplicar una pena al imputado, el juez dictara la resolución de transformación del proceso avisando al imputado de la modificación de su situación jurídica. Esta forma de proceso lo encontramos en el artículo 456 al 458.. 11. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(19) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. 2.4.1.4 PROCESO POR DELITO DE EJERCICIO PRIVADO DE LA ACCIÓN PENAL (QUERELLA) Este tipo de delitos sólo se da inicio mediante el empleo de la querella, que constituye el ejercicio de la acción penal de parte, que tiene la formalidad de ser escrito y solemne y cuyo objetivo es poner en marcha un proceso pero tan solo a iniciativa. del ofendido o de su. NT. representante siendo una característica saltante la no. -U. intervención del representante del Ministerio Público.. DO. Es por ello que la querella se viene a constituir como un requisito o carácter esencial de ejercicio privado de la. PO SG. RA. acción, constituyéndose un presupuesto procesal.. De lo dicho aparece que en este tipo de procedimiento no se investiga hechos o acciones a que alteren o vulneren bienes jurídicos de orden público, sino que. DE. ellas se han lesiona bienes tutelados de naturaleza privada, íntimos, inherentes a lo personal, y que. TE CA. solamente. pueden. ser. materia. de. denuncia. o. investigación en cuanto al agraviado lo repute como. BI. BL IO. ofensivos o dañosos a su integridad física o moral. Este tipo de proceso se circunscribe a limitados y escasos. delito entre los cuales podemos citar a los delitos contra el honor, llamase difamación, injuria y. calumnia,. lesiones culposas leves, violación sexual de mayor de edad. sin. agravantes,. seducción, violación de. la. intimidad y ofensa al pudor público. Se encuentra descrito en el artículo 459 a 467 de la norma procesal.. 2.4.1.5 PROCESO DE TERMINACION ANTICIPADA Esta institución procesal es nueva en nuestra legislación procesal, y recién es incorporada en el proyecto del 12. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(20) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. Código de 1995 teniendo sus antecedentes en la legislación Alemana, Anglosajona, Colombiana y el pattegamiento Italiano siendo innovadoras, buscando aunque en forma y modo diferente una oportuna y eficaz administración de justicia. Se da a iniciativa del fiscal. o. del. inculpado,. siempre. y. cuando. el. representante del Ministerio Público haya aperturado. NT. investigación y hasta antes de formularse acusación. Se. -U. presenta por una sola vez y se ha de formar cuaderno aparte. Acá se parte de un acuerdo sobre la pena y la. DO. reparación civil. Su descripción aparece en los artículos. RA. 468 al 471 del Código Procesal Penal.. PO SG. 2.4.1.6 PROCESO POR COLABORACION EFICAZ Esta también es incorporada en el Código Procesal Penal y en ella se otorga cierto privilegio a la confesión convenida, o aquella que haya sido convenientemente. DE. conducida otorgando primas excepcionales a todo aquel que con su colaboración permita la desarticulación de. TE CA. organizaciones criminales. Su antecedente más cercano es le Ley Colombiana N°1 del 02 de noviembre de 1993,. BI. BL IO. que da como fundamento el reconocer en ciertos casos la prevalencia del interés estatal. Con esta figura lo que se trata de además de dicha desarticulación, es el esclarecimiento de delitos funcionales, perpetrados por una pluralidad de personas.. Acá se le otorga al fiscal una amplia capacidad de acción en la que se procura que este lleve a cabo un acta. de. acuerdo. con. el. colaborador,. la. que. posteriormente es remitido al juez, para su aprobación, dentro de esta capacidad de acción, está la autorización ala fiscal a celebrar entrevistas privadas o reservadas 13. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(21) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. con el colaborador o su abogado y disponer los actos de investigación que crea conveniente. Si el acuerdo fuera conforme. a. resolución. ley. el. juez. aprobatoria. dictara. previa. correspondiente. celebración. de. una. audiencia privada. El que antecede a ese beneficio estará sujeto a varias obligaciones así como al pago de una caución y en caso que no las cumpla ello dará. -U. NT. origen a la revocatoria de dicho beneficio.. 2.4.1.7 PROCESO POR FALTAS. escasa. DO. Este tipo de procesos encuentran su justificación en la relevancia. social, su ámbito delincuencial. RA. restringido por la poca severidad en cuando a su. PO SG. sanción, lo que hace que sea pertinente el aplicarse un proceso rápido y sencillo. La particularidad de este tipo de. proceso. es. que. su. conocimiento. y. trámite. corresponde a los Jueces de Paz Letrados y No. DE. Letrados,. entendiéndose. que. la. etapa. de. la. investigación puede haber sido hecha por la policía; o. TE CA. sino. el. Juez. tiene. la. potestad. de. recibir. la. BI. BL IO. correspondiente denuncia por escrito o mediante acta.. Si es. que la denuncia es. admitida, se dicta el. correspondiente auto de citación a juicio, efectuándose las citaciones del caso y notificándose a las partes para la pertinente diligencia de audiencia, en donde se llevará a cabo la actuación probatoria; cabiendo la aplicación del principio de oportunidad, así como la deducción de las cuestiones previas, prejudiciales y excepcionales. La sentencia se dicta al finalizar la audiencia o en el término perentorio de tres días. (De la Cruz, 2007: 115-118). 14. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(22) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. 2.5 LOS PROCESOS ESPECIALES EN LA DOCTRINA COMPARADA 2.5.1 PROCESO ESPECIALES EN LA DOCTRINA ESPAÑOLA 2.5.1.1 PROCESO. PENAL. CONTRA. DIPUTADOS. Y. SENADORES Ámbito de aplicación La. regulación. de. este. procedimiento. se. encuentra. fundamentada en el artículo 71 CE, en los artículos 750 y. NT. ss. LECrim y en la ley 9 de febrero de 1912 sobre. -U. competencia para conocer estas causas, cuya vigencia es. DO. discutida tanto en la doctrina como en la jurisprudencia.. El art. 71 CE, dispone que los Diputados y Senadores. RA. gozarán de inviolabilidad por las opiniones manifestadas. PO SG. en el ejercicio de sus cargos (71.1). Gozarán de inmunidad durante el período de su mandato y sólo podrán ser detenidos en caso de flagrante delito. No podrán ser inculpados ni procesados sin previa autorización de la. DE. cámara respectiva (71.2). Será competente para conocer las causas contra Diputados y Senadores la Sala 2da del. TE CA. Tribunal Supremo (71.3). El procedimiento se regula en la LECrim separa dos. BI. BL IO. supuestos:  Descubierto in fraganti, podrá ser detenido y procesado sin. la. autorización de. la. Cámara, pero deberá. comunicarse a esta la detención y procesamiento en un plazo de 24 horas (art.751).  En los demás casos, es preciso pedir autorización respectiva en forma de suplicatorio al Congreso y al Senado con el testimonio de los cargos que resulten contra el Senador o Diputados, dictamen del Ministerio Fiscal y de las partes. Se deniega el suplicatorio se procede a sobreseer la causa respecto del sanador o Diputado. 15. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(23) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. 2.5.1.2 PROCESO PENAL CONTRA EL PRESIDENTE Y DEMAS MIEMBROS DEL GOBIERNO Ámbito de aplicación El art. 102 de la Constitución establece un aforamiento absoluto, esto es, en relación con cualquier infracción penal cometida, sea o no en el ejercicio de su cargo,. NT. respecto del presidente y demás miembros del gobierno,. -U. pudiendo conocer la Sala 2da del Tribunal Supremo. Ahora bien, a de tenerse en cuenta el artículo 102.2 CE, pues,. DO. conforme al mismo si la acusación fuere por traición o por cualquier delito contra la seguridad del estado en el. RA. ejercicio de sus funciones, solo podrá ser planteada por. PO SG. iniciativa de la cuarta parte de los miembros del Congreso, y con aprobación de la mayoría absoluta del mismo. El que la acusación por traición o por cualquier otro delito contra la seguridad del estado solo puede ser planteada. DE. por iniciativa y con aprobación del Congreso no altera la Sala competente para el conocimiento de esta acusación.. TE CA. Sigue siendo la Sala 2da del Tribunal Supremo. Lo único que se establece respecto de este delito es una condición. BI. BL IO. de procedibilidad residenciada en la necesidad de que la. iniciativa y. la aprobación para el ejercicio de la acción. penal procedan del Congreso de los Diputados.. 2.5.1.3 PROCESO PENAL CONTRA JUECES Y MAGISTRADOS (Y MINISTERIO FISCAL) Ámbito de aplicación La LO 5/1995 de 22 de mayo en su disposición adicional primera derogó este procedimiento que se llamaba el “ante juicio”.. 16. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(24) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. No obstante, la LO 19/2003 de 23 de diciembre, de modificación de la LOPJ, dio nueva redacción (que estaba sin contenido por la LO 5/1995 de 22 de mayo) al art. 410 LOPJ, el cual establece que “en el caso de que alguna de las partes en un proceso, o persona que tuviera interés en el, formulasen querella contra el juez o magistrado que deba resolver en dicho proceso, con carácter previo a la. NT. admisión de esta el órgano competente para. su. -U. instrucción podrá recabar los antecedentes que considere oportunos a fin de determinar su propia competencia así. DO. como la relevancia penal de los hechos objeto de la misma. POR. DELITOS. DE. INJURIA. Y. PO SG. 2.5.1.4 PROCEDIMIENTO. RA. o la verosimilitud de la imputación”.. CALUMNIA CONTRA PARTICULARES. Ámbito de aplicación. La regulación se fundamenta en los arts. 205 y ss. Del. DE. Código Penal, y en los arts. 804 y ss. LECrim. Como presupuesto de admisibilidad se requiere acreditar el. TE CA. previo intento de conciliación (804) o la licencia del Tribunal donde hubiesen sido vertidas las injurias o. BI. BL IO. calumnias (805). Se establecer diferencias entre aquellos supuestos en los que se han vertidos las injurias o calumnias por escrito, el cual se incorporará al sumario aquellos otros supuestos en los que las injurias o calumnias sean verbales, que exigen una convocatoria a juicio verbal. Exceptuándose estos trámites cuando se dirijan contra un funcionario público y el acusado manifieste querer probar antes del juicio oral la certeza de la imputación injuriosa o el hecho criminal que hubiese imputado (810). La ausencia del querellado no suspenderá la celebración. del juicio oral, siempre que se halla citado en forma (814). 17. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(25) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. Los arts. 215.3 y 103.4 del Código penal permiten que el perdón del ofendido extinga las acciones penales. 2.5.1.5 PROCEDIMIENTO POR DELITOS COMETIDOS POR MEDIO DE LA IMPRENTA, EL GRABADO U OTRO MEDIO MECANICO DE PUBLICACION Ámbito de aplicación. NT. La LECrim en sus artículos. 816 y ss., regula este tipo de. -U. procedimientos, que está previsto para la persecución de delitos cometidos por medio de la imprenta, el gravado u. DO. otro medio mecánico de publicación, así como respecto a los delitos cometidos a través de medios sonoros o por escrito, radio, televisión,. RA. fotográficos, difundidos. PO SG. cinematógrafo u otros similares. Los jueces, al iniciar el procedimiento, podrán acordar, según los casos, el secuestro de la publicación o la prohibición de difundir o proyectar el medio a través del. DE. cual se produjo la actividad delictiva. Contra dicha resolución podrá imponerse directamente recurso de. TE CA. apelación, que deberá ser resuelto en el plazo de cinco. días.. BI. BL IO. Conviene indicar que conforme al art. 816 LECrim. inmediatamente que se de principio a un sumario por algún delito de esta clases “se procederá a secuestrar los ejemplares del impreso o de la estampada”. Por el contrario, el art. 823 bis LECrim (incluido dentro del mismo título de la ley), señala que al iniciar el procedimiento los jueces “podrán acordar, según los casos, el secuestro de la publicación”. De manera que. el art. 816 ordena. el. secuestro impreso, mientras que el art. 823 bis considera que el secuestro es una facultad que se llevará a cabo según los casos. A mi juicio, debe prevalecer lo dispuesto en el art. 823 bis que fue introducido en la LECrim por la 18. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(26) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. LO 8/2002, de 24 de octubre; además, este precepto es bastante más lógico, pues, abandona el automatismo y se inclina por la ponderación racional de las circunstancias. 2.5.1.6 PROCEDIMIENTO DE HABEAS CORPUS Ámbito de aplicación Mediante el procedimiento de habeas corpus, como señala. NT. el art. 1 de la LO 6/1984, de 24 de mayo, se podrá obtener. -U. la inmediata puesta a disposición de la autoridad judicial competente, de cualquier persona detenida ilegalmente.. DO. A los efectos de la ley de habeas corpus se consideran personas ilegalmente detenidas:. funcionario. público. o. particular,. sin. que. PO SG. misma,. RA. a) Las que lo fueren por una autoridad, agente de la. concurran los supuestos legales, o sin haberse cumplido las formalidades prevenidas y requisitos exigidos por la ley.. DE. b) La que estén ilícitamente. internadas en. cualquier. establecimiento o lugar.. TE CA. c) Las que estuvieran por plazo superior al señalado en las leyes si, transcurrido el mismo, no fuesen puestas en. BI. BL IO. libertad o entregadas al juez más próximo al lugar de la detención.. d) Las privativas de libertad a quienes no les sean respetados los derechos que la constitución y las leyes procesales garantizan a toda persona detenida. Se plantea ante los jueces de instrucción donde se encuentre la persona privada de libertad y, en su defecto, el de su detención y, en su defecto, donde se hayan tenido las últimas noticias sobre el paradero. del detenido.. También. Centrales de. pueden conocer los Jueces. Instrucción, o el Juez togado o militar de instrucción.. 19. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(27) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. La legitimación le corresponde al privado de libertad, su cónyuge o persona unida por análoga relación de afectividad, descendientes, ascendientes, hermanos, y en su caso los representantes legales, así como el Ministerio Fiscal y el Defensor del Pueblo. Asimismo, podrá iniciar de oficio el procedimiento el juez competente. El juez deducirá testimonio de los particulares pertinentes. NT. para la persecución y castigo de los delitos que hayan la. -U. podido cometerse por quienes hubieran ordenado. detención, o tenido bajo custodia a la persona privada de. DO. libertad. (López Barja de Quiroga, 2009: 604-608). PO SG. RA. 2.5.2 PROCESO ESPECIALES EN LA DOCTRINA ALEMANA. 2.5.2.1 EL PROCEDIMIENTO DE SEGURIDAD Ámbito de aplicación. La doble vía de nuestro derecho procesal penal material-. DE. que además de la pena represiva también posee las medidas preventivas de seguridad y corrección, como. TE CA. consecuencia. jurídica. de un. hecho antijurídico- ha. conducido, en el ámbito procesal, a que en la StPO, junto. BI. BL IO. al procedimiento penal propiamente dicho, esté regulado un procedimiento especial llamado procedimiento de. seguridad. Mientras anteriormente en este procedimiento sólo se podía disponer la internación del imputado en un sanatorio o en un establecimiento de asistencia, según la nueva regulación legal se puede imponer todas las medidas cuya orden independiente está permitida por el, StGB, esto es, la internación en un sanatorio psiquiátrico o establecimiento. de. desintoxicación,. la. en un. privación. del. permiso para conducir y la inhabilitación para ejercer una profesión. La apertura del procedimiento penal debido a la 20. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(28) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. inimputabilidad o a la incapacidad procesal del autor y, según el resultado de las investigaciones, es posible esperar que sean ordenadas medidas de seguridad. 2.5.2.2 EL PROCEDIMIENTO POR CONFISCACION ESPECIAL, DECOMISO Y SECUESTRO DEL PATRIMONIO Ámbito de aplicación. NT. Sobre confiscación especial, decomiso, destrucción e. -U. inutilización se debe decidir, por regla general, en la sentencia, por lo tanto, en una sentencia penal que impone. procedimiento subjetivo).. DO. una pena a una persona determinada (esto es, en un. ser. impuestas,. bajo. ciertas. circunstancias,. PO SG. puedan. RA. Sin embargo, en el StGB, está previsto que estas medidas. independientemente, es decir, sin que se lleve a cabo un proceso penal contra una persona determinada. Es condición para ello que la condena de una determinada. DE. persona no sea factible. Así por ejemplo, el dinero falsificado. puede ser. decomisado. aun cuando. el. TE CA. falsificador este prófugo o sea desconocido. El procedimiento de decomiso es u n procedimiento penal. BI. BL IO. dirigido a una persona determinada. Pero es especialmente significativo que los terceros, que. quizá tienen una pretensión jurídica referida al objeto del decomiso (los llamados interesados en el decomiso), deben ser oídos cuanto antes en el procedimiento preliminar. y. deben. intervenir. en. el. procedimiento. intermedio y en el procedimiento principal. A través de la orden judicial de intervención ellos son constituidos en “intervinientes por decomiso” y, en principio, tienen las mismas facultades que le corresponde al acusado. Por consiguiente, ellos pueden interponer excepciones contra. 21. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(29) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. el decomiso, pueden comparecer al juicio oral, formular requerimientos de prueba e interponer recursos. 2.5.2.3 EL PROCEDIMIENTO POR MANDATO PENAL Ámbito de aplicación Del principio de la StPO según el cual una penal criminal solo puede ser impuesta sobre la base de un juicio oral, en. NT. el que el imputado es oído por el tribunal que decide sobre. -U. la base del juicio oral, en el cual el imputado es oído por el tribunal que decide en la causa y tiene oportunidad de. DO. defenderse, hay una excepción muy significativa en la práctica, que consiste en el procedimiento por mandato. RA. penal. En este procedimiento, a pedido de la fiscalía y a. PO SG. través de un mandato penal escrito, se puede imponer penas de multa y privativas de la libertad de hasta un año, pero también consecuencias jurídicas importantes como la inhabilitación para conducir y la privación del permiso para. DE. conducir hasta por dos años. El mandato. penal. se. ha. procedimiento. convertido. en. a. clase. por de. TE CA. procedimiento más importante para la punición de la pequeña. y. mediana. criminalidad,. prácticamente. BI. BL IO. encapsulada en él. Introducido por la StrVAG 1987, torna posible ahora, en caso de incomparecencia del acusado, la. transformación al procedimiento por mandato penal aun después, de la apertura del procedimiento principal y, dado el caso, incluso permite imponer una pena privativa de libertad. (Roxin, 2010: 546-550). 2.6 EL PROCESO INMEDIATO Y PRINCIPIO DE IMPARCIALIDAD En esta parte de nuestro trabajo abordaremos lo concerniente al desarrollo del proceso Inmediato en. relación. con el principio de. imparcialidad en nuestro país.. 22. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(30) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. 2.6.1 EL PROCESO INMEDIATO El proceso inmediato nace en el legislación Europea en los juicios directísimos, regulado en los artículos 449 a 452 del Código de Procedimientos Penales Italiano de 1988, está previsto para los supuestos de arresto flagrante y posterior convalidación por el juez, o no convalidación siempre y cuando existiere acuerdo entre el Ministerio Público y el imputado; y para el caso de confesión de. NT. este. Lo que se pretende a través de este procedimiento, cuya. -U. iniciativa corresponde al Fiscal, es una celebración anticipada del juicio oral.. DO. Consiste en la directa presencia del imputado ante el juez enjuiciador sin pasar por el filtro de la audiencia preliminar, esto se. RA. justifica en la superfluidad de tal fase y examen de la acusación. el enjuiciamiento, la. instrucción. PO SG. Sirviendo como base para. probatoria con los testigos citados o directamente presentes por las partes.. El fiscal dará a conocer por escrito al imputado la acusación, antes. DE. de la vista, pudiéndose solicitar al inicio del juicio la suspensión para preparar correctamente su defensa por un máximo de diez. TE CA. días. Si el juez rechaza esta vía procedimental cabe la posibilidad de su transformación en un procedimiento abreviato o en un. pattegiamento, si ambas partes se ponen de acuerdo.. BL IO. El juicio inmediato se dirige igualmente a eliminar la vista. preliminar para anticipar la del juicio. La utilización del juicio. BI. inmediato regulado en los artículos 453 a 458 del mismo código. Queda fijada para el supuesto de que se esté ante una prueba. suficientemente evidente. Este procedimiento al igual que el anterior, pretende obviar la fase intermedia, pero la iniciativa puede corresponder al Ministerio Público o al imputado, debiendo de pronunciarse al respecto el órgano jurisdiccional (giudice per le indagini preliminari), que no podrá oponerse si la petición parte del imputado. Además, este va a poder solicitar el paso al procedimiento abreviado, siendo 23. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(31) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. exigible para que sea viable la necesaria aceptación del fiscal. El Ministerio Fiscal puede pedir unilateralmente al juez de la investigación preliminar que tenga lugar el juicio inmediato, siempre que el acusado haya sido interrogado sobre hechos cuya prueba es evidente después de la investigación preliminar. Otro antecedente lo tenemos en España con el enjuiciamiento rápido de delitos, pues como señala su exposición de motivos, su. NT. finalidad es lograr la inmediatez y la aceleración en la respuesta. como que. -U. estatal ante la delincuencia, con la finalidad de evitar fenómenos los. imputados aprovechen los retrasos en la. DO. sustanciación para ponerse fuera del alcance de la autoridad judicial, y sobre todo reiterar conductas delictivas, lo que genera impresión generalizada de aparente impunidad. RA. una. y de. PO SG. indefensión de la ciudadanía ante cierto tipo de delitos. Este procedimiento se aplicará a la instrucción y al enjuiciamiento de delitos castigados con pena privativa de libertad que no exceda de cinco años, o con cualesquiera otras penas, bien sean únicas,. DE. conjuntas o alternativas, cuya duración no exceda no exceda de diez años, cualquiera que sea su cuantía.. TE CA. Siempre que el proceso penal se incoe en virtud de un atestado policial y que la policía judicial haya detenido a una persona y la. haya puesto a disposición del juzgado de guardia o que, aun sin. BL IO. detenerla, la haya citado para comparecer ante el juzgado de guardia por tener la calidad de denunciado en el atestado policial. BI. y, además, concurra cualquiera de la circunstancias siguientes:. Que se trate de delitos flagrantes y que se trate de un hecho punible cuya instrucción sea presumibles que será sencilla en los siguientes delitos: 1. Delitos de lesiones, coacciones, amenazas o violencia física o psíquica habitual. 2. Delitos de hurto. 3. Delitos de robo. 24. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(32) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. 4. Delitos de hurto y robo de uso de vehículos. 5. Delitos contra la seguridad del tráfico. 6. Delitos de daños. 7. Delitos contra la salud pública. 8. Delitos flagrantes relativos a la propiedad intelectual e industrial.. NT. En lo que respecta a nuestra legislación, los antecedentes del. -U. proceso inmediato lo encontramos en la Ley N° 28122 del año 2003, la misma que regula sobre la conclusión anticipada de la. DO. instrucción para ciertos delitos. Dicha ley establece la realización de una instrucción judicial breve, similar a la instrucción de los. RA. juicios rápidos del sistema procesal español. Sin embargo, se. PO SG. diferencia en que el proceso inmediato del Nuevo Código Procesal no hay ni siquiera una breve investigación formal, simplemente de lo actuado preliminarmente el fiscal formula su requerimiento para juicio, el juicio inmediato tiene como fuente a los juicios directísimo o. confesión),. DE. (flagrancia. e. inmediato. en. el código. de. procedimiento penal italiano de 1988. (Sánchez Córdova, 2011:. TE CA. 23-24). BL IO. 2.6.2 EL PRINCIPIO DE IMPARCIALIDAD. BI. 2.6.2.1 El contenido constitucional del derecho a un. juez. imparcial: La imparcialidad del juzgador se sostiene sobre la principal idea de "encomendar a un tercero desinteresado y ajeno a la contienda la resolución de una controversia surgida entre. dos. intereses. particulares. ". y. atendida. esa. perspectiva se le exige al juzgador a) una posición: no ser parte. de. la. procesalmente. contienda, (el juez no puede funciones. de. parte. ni. puede. asumir tener. relaciones jurídicas o fácticas con las partes que 25. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(33) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. vislumbren su voluntad por alguna de ellas) b) una actitud: dejar al margen las condiciones subjetivas en el ejercicio de la función. Condiciones que garantizan "la confianza que los tribunales deben inspirar a los ciudadanos en una sociedad. democrática”,. que. a. su. vez. exige. dos. condiciones, una para el juez, la otra para la ciudadanía: la. NT. apariencia de imparcialidad y la convicción de justiciable.. finalidad. -U. La apariencia de imparcialidad, tiene como. asegurar la confianza social y, desde esa perspectiva, se. DO. requiere que el juez guarde las apariencias. No solo se trata de la obligación de actuar imparcialmente sino que. RA. además esa imparcialidad debe exponerse "hacia afuera",. PO SG. de modo tal que es también obligación del juez evitar toda conducta que ponga en riesgo el cumplimiento de su obligación. Así, en caso de que el juez no pueda asegurar dicha apariencia entonces deberá abstenerse o, en su. DE. defecto, el ciudadano puede recusarlo, siempre que las sospechas o dudas no sólo surjan de la mente del. TE CA. justiciable sino que es necesario asegurar objetiva y legítimamente una materialidad que justifique la petición. vez exige dos condiciones, una para el juez; la otra, para la. ciudadanía: la apariencia de imparcialidad y la convicción del justiciable.. BI. BL IO. los ciudadanos en una sociedad democrática'', que a su. La convicción del justiciable nos remite al caso concreto, pues no sólo se trata de una variable subjetiva, en la que el ciudadano duda por la simple posibilidad psicológica de dudar, sino que requiere unas determinadas condiciones, con el ánimo de evitar la arbitrariedad de aquel. Así aparecen las dos dimensiones, subjetiva y objetiva que conforman el derecho. 26. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(34) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. Dice el Tribunal Constitucional que, la imparcialidad subjetiva "se refiere a cualquier tipo de compromiso que pudiera tener el juez con las partes procesales o en el resultado del proceso", mientras que la objetiva "esta referida a la influencia negativa que puede tener en el juez la estructura del sistema, restándole imparcialidad, es decir, si el sistema no ofrece suficientes garantías para. NT. desterrar cualquier duda razonable". La primera dimensión. -U. también supone la exclusión del fuero interno del juez de "cualquier prejuicio indebidamente adquirido", mientras que. DO. la segunda intenta asegurar la ausencia de dudas respecto de la imparcialidad del juez. Una condición material que. RA. pone en riesgo la vertiente objetiva es la del conocimiento. PO SG. previo del "thema decidendi".. Atendidas las definiciones dadas, el tema es asegurar cuándo. el. justiciable. puede. de. modo. objetivo. y. justificadamente cuestionar la imparcialidad del juez, o. DE. mejor cuando estamos ante sospechas objetivamente justificadas. En la esfera subjetiva es muy difícil de probar,. TE CA. pues supone una intromisión en el fuero interno del juzgador, al punto que queda resguardada baje la. BI. BL IO. presunción de que el juez es subjetivamente imparcial "hasta que se pruebe lo contrario". El asunto es cómo probar lo que por sí mismo es difícil de acceder por competir de modo único al juzgador. En el ámbito objetivo, la doctrina jurisprudencial sostiene que "ha de atenderse al. caso. concreto". Montero Aroca, citado por Nataren. Nandayapa, sostiene, la imparcialidad. es. siempre. subjetiva, le pertenece a la convicción intima del juez, con lo que lo objetivo, deberá relacionarse con las causales "establecidas por la ley". Verificada alguna de ellas, entonces la sospecha queda justificada objetivamente.. 27. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(35) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. La atención a cada caso concreto reconocidas por la jurisprudencia nos remite a los casos Piersack contra Bélgica y De Cubber contra Bélgica, propios del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en donde se cuestiona la imparcialidad por el hecho de que el juez que expide sentencia es también aquel que investiga el caso; circunstancias en la que dicho Tribunal consideró que. NT. bastaba la posibilidad de dudar para atentar contra el. -U. derecho a un juez imparcial. No obstante, es menester indicar que, el citado tribunal en los casos Hauschildt y. DO. Castillo Algar dispuso una doctrina distinta: que un juez haya tomado decisiones antes en un proceso no justifica. RA. las aprensiones a su imparcialidad sino que debe importar. contra. PO SG. el alcance y naturaleza de las decisiones. En el caso Bulul Austria,. dispuso. no. existía. afectación. a. la. imparcialidad -cuando el juez conoce previamente- puesto que su decisión previa "no llevaba consigo ninguna. DE. apreciación de elementos presentados (en el juicio) ni exigía de dicho magistrado ninguna conclusión en cuanto. TE CA. al papel del demandante". En otras palabras si ya existe una valoración de medios probatorios en juicio, entonces. BL IO. se ha afectado el derecho en cuestión. (Chunga Hidalgo, 2009: 3-5). BI. 2.6.2.2 La imparcialidad de los Jueces: Los deberes de Independencia e Imparcialidad de los Jueces ¿En qué consisten los referidos deberes de los jueces? En mi opinión, conforman la peculiar forma de cumplimiento del Derecho que el Derecho exige a los jueces.. Independiente e imparcial es el juez que aplica el Derecho (actúa conforme al deber, en correspondencia con el 28. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(36) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. deber, su conducta se adapta a lo prescrito) y que lo hace por las razones que el Derecho le suministra (motivado, movido por el deber). Por decirlo de manera breve, en el ideal del Estado de Derecho de un juez independiente e imparcial hay algo muy parecido a la exigencia kantiana para la conducta moral, pero referido al marco institucional del Derecho: que la explicación y la justificación de la. NT. conducta coincidan. El ideal de un juez independiente e. -U. imparcial designa a un juez que no tiene más motivos para. DO. decidir que el cumplimiento del deber.. El cumplimiento del deber es tanto la explicación como la. RA. justificación de las decisiones que toma. O dicho de otra. PO SG. forma, en el ideal de un juez independiente e imparcial los motivos por los que el juez decide (la explicación de la decisión) coinciden con la motivación (la justificación) de la. DE. decisión.. 2.6.2.3 El sentido. de los. deberes de. independencia. e. TE CA. Imparcialidad de los jueces. BI. BL IO. Así entendidos, como generadores de deberes para los jueces, los principios de independencia y de imparcialidad de los jueces tratan de proteger dos cosas diferentes. Por un lado, el derecho de los ciudadanos a ser juzgados desde el Derecho y sólo desde el Derecho (la legalidad de la decisión). Los deberes de independencia e imparcialidad son, en este sentido, los correlatos del derecho de los ciudadanos a ser juzgados desde el Derecho (y sólo desde. el Derecho). Pero, por otro lado, tratan de proteger también la credibilidad de las decisiones y de las razones jurídicas (la credibilidad de la decisión). Las limitaciones al derecho de. asociación. de. los. jueces,. los. regímenes. de 29. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

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