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DECLARATORIA DE IMPACTO AMBIENTAL DEL PROYECTO: “OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y CIERRE DE LA CLÍNICA NATALY”

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DECLARATORIA DE

IMPACTO AMBIENTAL DEL

PROYECTO: “OPERACIÓN,

MANTENIMIENTO Y CIERRE

DE LA CLÍNICA NATALY”

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ADEPLAN CIA. LTDA DIRECCION CIUDAD DE LOJA CALLE LOURDES Y 24 DE MAYO ESQUINA TELF: 2550125

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CONTENIDOS

1. DECLARACIÓN JURAMENTADA ... 4

2. INFORMACIÓN GENERAL DEL PROYECTO ... 5

2.1NOMBRE DEL PROYECTO, OBRA O ACTIVIDAD. ... 5

2.2INFORMACIÓN DEL PROMOTOR DEL PROYECTO, OBRA O ACTIVIDAD. ... 5

2.3INFORMACIÓN DEL EQUIPO TÉCNICO DEL PROYECTO, OBRA O ACTIVIDAD. ... 5

2.4OBJETIVOS. ... 6

ESPECÍFICOS ... 6

2.5SUPERFICIE COMPRENDIDA. ... 6

2.6MONTO DE INVERSIÓN. ... 6

2.7JUSTIFICACIÓN DE LA LOCALIZACIÓN. ... 6

3. MARCO LEGAL ... 7

3.1NORMATIVA APLICABLE ... 7

CONVENIOS INTERNACIONALES ... 7

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR (R.O. Nª 449 – 20 DE OCTUBRE DE 2008) ... 7

LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL (R.O. Nº 245 DE 30 DE JULIO DE 1999) ... 7

LEY DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN, CON SUS RESPECTIVOS REGLAMENTOS (REGISTRO OFICIAL NO. 418 DEL 10 DE SEPTIEMBRE DE 2004) ... 7

LEY REFORMATORIA DEL CÓDIGO PENAL (REGISTRO OFICIAL NO.2 DEL 25 DE ENERO DEL 2000) ... 8

LEY FORESTAL Y DE CONSERVACIÓN DE ÁREAS NATURALES Y VIDA SILVESTRE ... 8

LA LEY ORGÁNICA DE SALUD (REGISTRO OFICIAL Nº 423 DEL 22 DE DICIEMBRE DEL 2006). ... 8

LEY DE RÉGIMEN MUNICIPAL (REGISTRO OFICIAL SUPLEMENTO 159 DEL 5 DE DICIEMBRE DE 2005) ... 8

LEY ORGÁNICA DE RÉGIMEN PROVINCIAL (REGISTRO OFICIAL SUPLEMENTO 149 DE 5 DE NOVIEMBRE DEL 2005) ... 9

TEXTO UNIFICADO DE LA LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE ... 9

REGLAMENTO SOBRE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONSULTA PREVIA. DECRETO EJECUTIVO 1040, DE MAYO DEL 2008, QUE DEFINE LOS PROCEDIMIENTOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL DE LA LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL Y EL INSTRUCTIVO CORRESPONDIENTE DE APLICACIÓN. ... 9

REGLAMENTO PROVINCIAL DE APLICACIÓN DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL ESTABLECIDOS EN LA LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL. ... 10

REGLAMENTO A LA LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL, PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL (RLGAPCCA) ... 10

REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES Y MEJORAMIENTO DEL MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO. (DECRETO EJECUTIVO 2393 PUBLICADO EN EL R.O. 565 DEL 17 DE NOVIEMBRE DE 1986.) ... 10

REGLAMENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE DE TRABAJO, RESOLUCIÓN Nº 172, DEL CONCEJO SUPERIOR DEL IESS. ... 11

REGLAMENTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO PARA EL MANEJO ADECUADO DE LOS DESECHOS INFECCIOSOS GENERADOS EN LAS INSTITUCIONES DE SALUD EN EL ECUADOR. ... 11

REGLAMENTO DE PREVENCIÓN, MITIGACIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS, 2009 ... 11

ACUERDO MINISTERIAL Nº 066, PUBLICADO EN EL REGISTRO OFICIAL Nº 36 DEL LUNES 15 DE JULIO DE 2013, QUE EXPIDE EL INSTRUCTIVO AL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL ESTABLECIDOS EN EL DECRETO EJECUTIVO Nº 1040. ... 12

ACUERDO MINISTERIAL Nº 068 ... 12

ACUERDO MINISTERIAL N° 161 QUE REFORMA LOS TÍTULOS V Y VI DEL TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE “REGLAMENTO PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN POR SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS, DESECHOS PELIGROSOS Y ESPECIALES” ... 12

ACUERDO MINISTERIAL 026, MEDIANTE EL CUAL ES EXPIDE LOS PROCEDIMIENTOS PARA EL REGISTRO DE GENERADORES DE DESECHOS PELIGROSOS, GESTIÓN DE DESECHOS PELIGROSOS PREVIO AL LICENCIAMIENTO AMBIENTAL, Y PARA EL TRANSPORTE DE MATERIALES PELIGROSOS. ... 12

ORDENANZA SUSTITUTIVA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES GENERADOS POR OBRAS, ACTIVIDADES O PROYECTOS EN LA PROVINCIA DE LOJA. ... 13

CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN, (REGISTRO OFICIAL N° 303, DE MARTES 19 DE OCTUBRE DEL 2010). ... 13

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CÓDIGO DE LA SALUD ... 14

RÉGIMEN NACIONAL PARA LA GESTIÓN DE PRODUCTOS QUÍMICOS PELIGROSOS, (REGISTRO OFICIAL 47, DEL 15 DE OCTUBRE DE 1998). ... 14

NORMA INEN 2266:2000, SOBRE MANEJO Y ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS QUÍMICOS PELIGROSOS. ... 14

NORMA INEN 439-39 ... 14

NORMA INEN 440 ... 15

3.2PERTINENCIA DE LA PRESENTACIÓN DEL PROYECTO, OBRA O ACTIVIDAD EN FORMA DE DECLARATORIA DE IMPACTO AMBIENTAL ... 15

4. LINEA BASE ... 16

4.1CRITERIOS METODOLÓGICOS ... 16

ANÁLISIS DE INTEGRACIÓN CON EL SISTEMA DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICO (SIG) ... 16

MEDIO FISICO ... 16

MEDIO BIOLÓGICO ... 19

MEDIO SOCIAL... 19

4.2ANÁLISIS DETALLADOS ... 21

UBICACIÓN GEOGRAFICA ... 21

MEDIO FÍSICO ... 21

MEDIO BIOLÓGICO ... 24

MEDIO SOCIOECONÓMICO ... 26

5. DESCRIPCIÓN DE LA CLINICA NATALY ... 30

5.1DESCRIPCIÓN DE LA OBRA CIVIL ... 30

UBICACIÓN ... 30

LINDEROS Y ÁREA ... 30

FASES DEL PROYECTO ... 31

DESCRIPCIÓN DE LA EDIFICACIÓN ... 31

5.2COMPOSICIÓN DE PROFESIONALES Y TRABAJADORES ... 32

5.3DESCRIPCIÓN DE LAS OPERACIONES DE LA CLÍNICA ... 32

SERVICIOS GENERALES ... 32

NEONATOLOGÍA ... 34

SERVICIOS TÉCNICOS COMPLEMENTARIOS ... 34

FARMACIA INTERNA ... 35

SERVICIOS ADMINISTRATIVOS ... 35

5.4EQUIPOS E INSUMOS ... 36

5.5GESTION INTERNA DE LOS DESECHOS HOSPITALARIOS ... 39

ETAPAS EN EL MANEJO DE DESECHOS HOSPITALARIOS ... 39

6. PRINCIPALES IMPACTOS ... 41

6.1IDENTIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES ... 41

MATRIZ... 41

RESULTADOS OBTENIDOS ... 45

CONCLUSIONES... 47

6.2DETERMINACIÓN DE HALLAZGOS DE CONFOMIDADES Y NO CONFORMIDADES ... 48

CALIFICACIÓN ... 48

INDICADORES DE CUMPLIMIENTO E INCUMPLIMIENTO DE LAS REGULACIONES AMBIENTALES VIGENTES ... 49

MATRIZ DE EVALUACIÓN DE CONFORMIDADES ... 50

SINTESIS DE LOS RESULTADOS ... 84

7. PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ... 86

7.1OBJETIVO GENERAL ... 86

7.2ALCANCE ... 86

7.3PLAN DE RELACIONES COMUNITARIAS ... 86

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7.5PLAN DE MANEJO DE DESECHOS ... 88

7.6PLAN DE COMUNICACIÓN, CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN AMBIENTAL ... 92

7.7PLAN DE CONTINGENCIAS ... 93

7.8PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ... 94

7.9PLAN DE MONITOREO Y SEGUIMIENTO ... 96

7.10PLAN DE CIERRE, ABANDONO Y ENTREGA DEL ÁREA ... 98

7.11CRONOGRAMA VALORADO DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL ... 98

8. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ... 101

9. FIRMA DE RESPONSABILIDAD ... 102

10. ANEXOS ... 103

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1.

DECLARACIÓN JURAMENTADA

Yo, Edgar Enrique Ríos Montalván, portador de la cédula de ciudadanía número: 1102616198, ecuatoriano, declaro bajo el rigor del juramento que el Proyecto: Operación, Mantenimiento y Cierre de la Clínica Nataly se encuentra enmarcado en la Categoría III; y que la Evaluación de Impactos ha sido realizada de acuerdo a métodos científicamente válidos y que los impactos negativos serán controlados en base a la Normativa Ambiental

vigente.

Es todo cuanto puedo declarar bajo el rigor del JURAMENTO y en honor a la verdad.

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2.

INFORMACIÓN GENERAL DEL PROYECTO

2.1 NOMBRE DEL PROYECTO, OBRA O ACTIVIDAD.

Operación, Mantenimiento y Cierre de la Clínica Nataly

2.2 INFORMACIÓN DEL PROMOTOR DEL PROYECTO, OBRA O ACTIVIDAD.  Nombre: Edgar Enrique Ríos Montalván (Anexo 1)

 Dirección: Av. 8 de Diciembre, frente al Zoológico Municipal

 Teléfonos: (07) 2542020

2.3 INFORMACIÓN DEL EQUIPO TÉCNICO DEL PROYECTO, OBRA O ACTIVIDAD. Datos de la Consultora Ambiental

Ambiente Desarrollo y Planificación Cía. Ltda. (Anexo 2)

Dirección: Calle Lourdes entre Av. 24 de Mayo y Macará

Teléfono: 072570125

Email:[email protected]

Registro del MAE: MAE-015-CC

EQUIPO CONSULTOR*

NOMBRE CONTACTO PROFESIÓN COMPONENTE

Andrea Patiño

(07) 2550-125 Conservación del Medio Ingeniero en Manejo y Ambiente

Consultor principal Plan de Manejo

Ambiental

Manolo Abarca

(07) 2550-125

Ingeniero de Minas. Master en Evaluación y Auditoria

Ambiental

Geología y Mecánica de suelos

Galo Guerrero

(07) 2550-125 Ingeniera en Gestión Ambiental

Medio Físico Componente

Florístico

Diana Santos

(07) 2550-125 Ingeniera en Gestión Ambiental

Medio Físico Componente

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Galo Guerrero

(07) 2550-125 Ingeniera en Gestión Ambiental Medio Social

Edgar Ríos

(07) 2550-125

Doctor en Medicina y Cirugía Especialista en Ginecología y

Obstetricia

Descripción del proyecto

*Anexo 17

2.4 OBJETIVOS.

Realizar la correspondiente Declaración de Impacto Ambiental, basándose en las normas y técnicas establecidas en los Términos de Referencia, para el proyecto “OPERACIÓN, MANTENIMIENTO Y CIERRE DE LA CLÍNICA NATALY” e implementar su respectivo Plan de Manejo Ambiental (PMA).

ESPECÍFICOS

 Diagnosticar el entorno en el cual se encuentra funcionando la Clínica Nataly, así como la situación actual bajo la cual opera la misma.

 Identificar las afectaciones e impactos ambientales que ocasiona o puede ocasionar el funcionamiento de la Clínica, sobre la salud de sus trabajadores y el ambiente.

 Plantear las medidas y acciones necesarias para la mitigación, control y reducción de los impactos ambientales identificados durante la evaluación, mediante el Plan de Manejo Ambiental.

 Cumplir con la normativa ambiental nacional.

2.5 SUPERFICIE COMPRENDIDA.

La superficie de la clínica abarca 900m2.

2.6 MONTO DE INVERSIÓN.

El monto necesario para la operación de actividades en funcionamiento de la Clínica Nataly es de 204.900 dólares.

2.7 JUSTIFICACIÓN DE LA LOCALIZACIÓN.

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3.

MARCO LEGAL

3.1 NORMATIVA APLICABLE

CONVENIOS INTERNACIONALES

Convenio sobre la Diversidad Biológica, según consta en los Registros Oficiales No. 109 del 18 de enero de 1993 y el 146 del 16 de marzo de 1993. El cual regula la conservación y utilización sustentable de la biodiversidad y sus componentes, y establece la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos genéticos asociados, reconociendo el derecho soberano que ejercen los Estados sobre sus recursos biológicos.

Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (14 de junio de 1992). Aprobada por Resolución 1 durante la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo. Proclama 27 principios referentes al medio ambiente y al desarrollo.

Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación. Adoptada el 22 de marzo de 1989. Establece normas para el transporte y la disposición internacional de desechos peligrosos (radiactivos y tóxicos).

El Convenio de Estocolmo sobre COP´s de 2001, entró en vigencia en el 2004.

Protocolo de Kyoto. Es un acuerdo internacional para disminuir las emisiones de gases que causan el efecto invernadero y así detener el avance del cambio climático y calentamiento global de la tierra.

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR (R.O. Nª 449 – 20 DE OCTUBRE DE 2008)

La Constitución de la República del Ecuador, Capítulo 5 De los derechos colectivos, Sección Segunda Del Medio Ambiente, en los Artículos del 86 hasta el 91, considera el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice un desarrollo sustentable; en especial que garantice la preservación del medio ambiente, la prevención de la contaminación y la explotación sustentable de los recursos. Establece la obligatoriedad en cuanto a la aplicación de los reglamentos existentes, sobre la conservación de los recursos como el aire, agua y suelo.

LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL (R.O. Nº 245 DE 30 DE JULIO DE 1999)

Se estable en esta ley que las actividades que supongan riesgos ambientales, deben contar con su respectiva licencia ambiental, previa la presentación y aprobación por parte de las autoridades competentes, de los estudios de impacto ambiental y planes de manejo.

La licencia ambiental es otorgada por el Ministerio del Medio Ambiente al peticionario, que ha realizado un proyecto, el mismo que debe estar dentro de un marco de regulación ambiental, que condiciona y obliga al peticionario o beneficiario de la licencia ambiental, para que cumpla con el control, prevención, mitigación, corrija y compense los daños ambientales negativos, de igual manera demuestre los impactos positivos por la ejecución del proyecto propuesto.

La Licencia Ambiental contendrá las obligaciones provenientes de los procedimientos de participación ciudadana y demás de naturaleza ambiental que el promotor debe cumplir.

LEY DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN, CON SUS RESPECTIVOS REGLAMENTOS (REGISTRO OFICIAL NO. 418 DEL 10 DE SEPTIEMBRE DE 2004)

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Estos reglamentos forman parte de aplicación de la Ley de Gestión Ambiental y se encuentran inmersos en el Texto unificado de Gestión Ambiental; y son los siguientes:

 Reglamento para la Prevención de la Contaminación Ambiental en lo relativo al Recurso Agua (R. O. No. 204 del 5/VI/89);

 Reglamento para la Prevención de la Contaminación Ambiental en lo concerniente a la emisión de ruidos (R.O. No. 560 del 12/XI/90);

 Reglamento sobre normas de la calidad del aire y sus métodos de medición (R.O. No. 726 del 15/VII/91);

 Reglamento para Prevención de la Contaminación Ambiental en lo referente al recurso Suelo (R.O. No. 989 del 30/VII/92).

LEY REFORMATORIA DEL CÓDIGO PENAL (REGISTRO OFICIAL NO.2 DEL 25 DE ENERO DEL 2000)

Las reformas al Código Penal, instauradas en Enero 24 del 2000 tipifican los delitos contra el Patrimonio Cultural, contra el Medio Ambiente y las Contravenciones Ambientales – que incluyen sus respectivas sanciones- , todo esto en la forma de varios artículos que se incluyen al Libro II del Código Penal.

LEY FORESTAL Y DE CONSERVACIÓN DE ÁREAS NATURALES Y VIDA SILVESTRE

Registro Oficial No. 64 de 24 de agosto de 1981, Reforma a la Ley, publicada en el Registro Oficial No. 495 de 7 de agosto 1990. Reformada por Ley 91 publicada en el Registro Oficial No. 495 de 7 de agosto de 1990.

Esta Ley regula y arbitra las actividades forestales de las personas naturales y jurídicas; establece criterios específicos en relación a las características ecológicas propias del país, su alta biodiversidad y su conservación y manejo, observando sus condiciones de banco genético, alta calidad económica, complejidad socioeconómica e importancia ambiental en el conjunto del planeta.

La ley es ejecutada por el Ministerio del Ambiente, y tiene el propósito básico de proteger y establecer zonas de protección de áreas silvestres (TITULO II, Áreas naturales y de la flora y fauna silvestres).

LA LEY ORGÁNICA DE SALUD (REGISTRO OFICIAL Nº 423 DEL 22 DE DICIEMBRE DEL 2006).

En el Capítulo III, de los Derechos y deberes de las personas y del estado en relación con la salud establece:

Art. 7 literal c) toda persona, sin discriminación…… tiene derecho a vivir en un ambiente sano, ecológicamente equilibrado y libre de contaminación.

Art. 95, del libro segundo de Salud y seguridad ambiental, establece que el Estado a través de los organismos competentes y el sector privado está obligado a proporcionar a la población, información adecuada y veraz respecto del impacto ambiental y sus consecuencias para la salud individual y colectiva.

LEY DE RÉGIMEN MUNICIPAL (REGISTRO OFICIAL SUPLEMENTO 159 DEL 5 DE DICIEMBRE DE 2005)

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LEY ORGÁNICA DE RÉGIMEN PROVINCIAL (REGISTRO OFICIAL SUPLEMENTO 149 DE 5 DE NOVIEMBRE DEL 2005)

Esta ley da ciertas responsabilidades, obligaciones y deberes a los Consejos Provinciales del país, entre los más importantes están:

Prestar servicios públicos de interés provincial directamente o en colaboración con los organismos del Estado o de las municipalidades;

Coordinar la acción de las municipalidades de la provincia, para fines de progreso común;

Atender y vigilar el estado sanitario de la provincia y propender a su mejoramiento, a través de una acción conjunta con los organismos estatales, con los concejos municipales, y con las juntas parroquiales de su jurisdicción;

Los consejos provinciales efectuarán su planificación siguiendo los principios de conservación, desarrollo y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales

TEXTO UNIFICADO DE LA LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE

El TULSMA es una recopilación, ordenamiento y enlace de varias leyes ambientales en un solo cuerpo legal, determina o señala que la autoridad ambiental en el país es el Ministerio del Ambiente, que es el organismo encargado de dirigir la gestión ambiental a través de políticas, normas e instrumentos de fomento y control y con ello asegurar el derecho de los ecuatorianos a vivir en un ambiente sano ecológicamente equilibrado y libre de contaminación. Por otro lado señala que el Ministerio del Ambiente será el organismo que liderara el Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental (SNDGA).

El Libro I trata sobre la Autoridad Ambiental, y el Libro II sobre la Gestión Ambiental y el Sistema Descentralizado Nacional de la Gestión Ambiental. Especial importancia para el Estudio de Impacto Ambiental de la Empresa Eléctrica tiene el Libro VI que trata sobre la Calidad Ambiental en donde se encuentran los Reglamentos a la Ley de Gestión Ambiental y los reglamentos para gestión de residuos, prevención y control de la contaminación, la prevención y control de desechos peligrosos.

REGLAMENTO SOBRE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONSULTA PREVIA. DECRETO EJECUTIVO 1040, DE MAYO DEL 2008, QUE DEFINE LOS PROCEDIMIENTOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL DE LA LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL Y EL INSTRUCTIVO CORRESPONDIENTE DE APLICACIÓN.

Que en el Artículo 8, de los Mecanismos de participación social en la gestión ambiental, se reconocen: audiencias, presentaciones públicas, reuniones informativas, asambleas, mesas ampliadas y foros públicos de diálogo; talleres de información, capacitación y socialización ambiental; campañas de difusión y sensibilización ambiental a través de medios de comunicación; comisiones ciudadanas asesoras y de veedurías de la gestión ambiental; participación a través de entidades sociales y territoriales reconocidas; todos los medios que permitan el acceso de la comunidad a la información disponible sobre actividades, obras, proyectos que puedan afectar al medio ambiente; mecanismos de información pública; reparto de documentación sobre el proyecto; página web; centros de información pública.

La participación social se la define como el elemento transversal y transcendental de la gestión ambiental, que debe integrarse principalmente durante las fases de toda actividad o proyecto propuesto, especialmente lo relacionado con la revisión y evaluación de impacto ambiental.

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viable, para que las actividades o proyectos que puedan causar impactos ambientales se desarrollen de manera adecuada, minimizando y/o compensando estos impactos a fin de mejorar las condiciones ambientales.

Se efectuará, de manera obligatoria para la autoridad ambiental de aplicación, en coordinación con el promotor del proyecto o actividad, de manera previa a la aprobación del EIA.

REGLAMENTO PROVINCIAL DE APLICACIÓN DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL ESTABLECIDOS EN LA LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL.

Este reglamento trata sobre el ámbito de las competencias en las que se pueden incorporar particularidades.

Título III: Mecanismos de Participación Social

Artículo 22.- Mecanismos de Participación Social.-Serán todos los determinados en el Artículo 8 del Decreto Ejecutivo 1040 y todos aquellos que determine la Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable en función de la naturaleza y condiciones socio ambientales del proyecto, obra o actividad sujeta a licenciamiento ambiental. Cualquiera que sea el mecanismo de participación social seleccionado, el facilitador incluirá como parte de su informe la respectiva justificación técnica para la aplicación de dicho mecanismo.

REGLAMENTO A LA LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL, PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN AMBIENTAL (RLGAPCCA)

El presente título establece: Las normas generales nacionales aplicables a la prevención y control de la contaminación ambiental y de los impactos ambientales negativos de las actividades definidas por la Clasificación Ampliada de las Actividades Económicas de la versión vigente de la Clasificación Internacional Industrial Uniforme (CIIU), adoptada por el Instituto Nacional de Estadística y Censo; Las normas técnicas nacionales que fijan los límites permisibles de emisión, descargas y vertidos al ambiente; y los criterios de calidad de los recursos agua, aire y suelo, a nivel nacional.

El Art. 45 establece que toda acción relacionada a la gestión ambiental deberá planificarse y ejecutarse sobre la base de los principios de: sustentabilidad, equidad, consentimiento informado previo, representatividad validada, coordinación, precaución, prevención, mitigación y remediación de impactos negativos, solidaridad, corresponsabilidad, cooperación, reciclaje y reutilización de desechos, conservación de recursos en general, minimización de desechos, uso de tecnologías más limpias, tecnologías alternativas ambientalmente responsables y respeto a las culturas y prácticas tradicionales y posesiones ancestrales.

REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES Y MEJORAMIENTO DEL MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO. (DECRETO EJECUTIVO 2393 PUBLICADO EN EL R.O. 565 DEL 17 DE NOVIEMBRE DE 1986.)

En cuanto al ámbito de aplicación, el Artículo 1 establece que las disposiciones del presente Reglamento se aplicarán a toda actividad laboral y en todo centro de trabajo, teniendo como objetivo la prevención, disminución o eliminación de los riesgos del trabajo y el mejoramiento del medio ambiente de trabajo.

Además de las que se señalen en los respectivos Reglamentos Internos de Seguridad e Higiene de cada empresa, son obligaciones generales del personal directivo de la empresa las siguientes:

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b.- Prohibir o paralizar los trabajos en los que se advierta riesgos inminentes de accidentes, cuando no sea posible el empleo de los medios adecuados para evitarlos.

Tomada tal iniciativa, la comunicarán a su superior jerárquico, quien asumirá la responsabilidad de la decisión que en definitiva se adopte.

REGLAMENTO DE SEGURIDAD E HIGIENE DE TRABAJO, RESOLUCIÓN Nº 172, DEL CONCEJO SUPERIOR DEL IESS.

Este reglamento es un guía para que los empleadores elaboren sus normas internas dentro de aspectos como la higiene industrial, protección personal, seguridad en el uso de maquinaria, equipos e instalaciones, dentro de la que se establezcan también obligaciones tanto de los empleados como de los empleadores con la finalidad de prevenir riesgos laborales y/o enfermedades profesionales

REGLAMENTO SUSTITUTIVO AL REGLAMENTO PARA EL MANEJO ADECUADO DE LOS DESECHOS INFECCIOSOS GENERADOS EN LAS INSTITUCIONES DE SALUD EN EL ECUADOR.

El reglamento contiene disposiciones sobre:

Las responsabilidades de los establecimientos de salud públicos y privados, en relación al manejo de los desechos comunes, infecciosos y especiales;

Establece lineamientos para el correcto manejo interno y externo de los desechos comunes, infecciosos y especiales;

Establece el funcionamiento de los comités de manejo de desechos de los establecimientos de salud, a nivel provincial, cantonal e institucional; y,

Establece la permanente coordinación interinstitucional con entidades involucradas en la gestión de los desechos en los establecimientos de salud.

En cuanto al Alcance del Reglamento, el Art. 1 señala que se aplicará en todos los establecimientos del sector salud en todo el país como: hospitales clínicas, centros de salud, subcentros de salud, puestos de salud, policlínicos, unidades móviles, consultorios médicos y odontológicos, laboratorios clínicos, de patología y de experimentación, locales que trabajan con radiaciones ionizantes, morgue, clínicas veterinarias, centros de estética y cualquier actividad que genere desechos infecciosos, cortopunzantes y especiales.

REGLAMENTO DE PREVENCIÓN, MITIGACIÓN Y PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS, 2009

El presente reglamento del Ministerio de Inclusión Económica y Social fue publicado en abril de 2009 en el Registro Oficial Nº 114. Será aplicado en todo el territorio nacional, para los proyectos arquitectónicos y de ingeniería, en edificaciones a construirse, así como Estudio de Impacto Ambiental la modificación, ampliación, remodelación de las ya existentes, sean públicas, privadas o mixtas, y que su actividad sea de comercio, prestación de servicios, educativas, hospitalarias, alojamiento, concentración de público, industrias, transportes, almacenamiento y expendio de combustibles, explosivos, manejo de productos químicos peligrosos y de toda actividad que represente riesgo de siniestro.

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ACUERDO MINISTERIAL Nº 066, PUBLICADO EN EL REGISTRO OFICIAL Nº 36 DEL LUNES 15 DE JULIO DE 2013, QUE EXPIDE EL INSTRUCTIVO AL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DE LOS MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN SOCIAL ESTABLECIDOS EN EL DECRETO EJECUTIVO Nº 1040.

El Instructivo contiene los procedimientos de Participación Social (PPS), que deberán realizarse en todos los proyectos o actividades que requieran de Licencia Ambiental tipo II, III y IV.

El Ministerio del Ambiente (MAE), se encargará del control y administración institucional de los Procesos de Participación Social (PPS), en aquellos proyectos o actividades en los que interviene como autoridad competente. De existir Autoridades Ambientales de Aplicación Responsable debidamente acreditadas, éstas serán las encargadas de aplicar el presente instructivo.

Aquellos proyectos en ejecución que no hayan iniciado el PPS a la firma del presente Acuerdo Ministerial, deberán sujetarse a lo establecido en el presente Instructivo.

Los PPS que hayan iniciado antes del presente Acuerdo Ministerial se acogerán a lo dispuesto al procedimiento anterior hasta su culminación.

La inclusión de nuevas actividades en Licencias existentes, reevaluaciones, alcances, modificaciones sustanciales del proyecto, Auditorías Ambientales de Cumplimiento, siempre y cuando sean base para obtener la Licencia Ambiental, deberán sujetarse a lo establecido en el presente Instructivo.

ACUERDO MINISTERIAL Nº 068

El presente Acuerdo reforma el Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente del Libro VI, Título I del Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA)

ACUERDO MINISTERIAL N° 161 QUE REFORMA LOS TÍTULOS V Y VI DEL TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACIÓN SECUNDARIA DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE “REGLAMENTO PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN POR SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS, DESECHOS PELIGROSOS Y ESPECIALES”

El Ministerio del Ambiente emitió el 31 de agosto de 2011 el Acuerdo Ministerial N° 161 el cual entró en vigencia a partir su suscripción sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial con el que reforma parte del Libro VI (Título V) de la Legislación Ambiental Secundaria del Ministerio del Ambiente expedida por Decreto Ejecutivo No. 3399 mediante Registro Oficial No. 725 del 16 de Diciembre del 2002.

El mismo que regula las fases de gestión y los mecanismos de prevención y control de la contaminación por sustancias químicas peligrosas, desechos peligrosos y especiales en el territorio nacional al tenor de los procedimientos y nomas técnicas previstas en las leyes de Gestión Ambiental y de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental, en sus respectivos reglamentos y en los convenios internacionales relacionados con esta materia, suscritos y ratificados por el Estado.

ACUERDO MINISTERIAL 026, MEDIANTE EL CUAL ES EXPIDE LOS PROCEDIMIENTOS PARA EL REGISTRO DE GENERADORES DE DESECHOS PELIGROSOS, GESTIÓN DE DESECHOS PELIGROSOS PREVIO AL LICENCIAMIENTO AMBIENTAL, Y PARA EL TRANSPORTE DE MATERIALES PELIGROSOS.

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En el Art. 3 dispone que toda persona natural o jurídica, pública o privada, nacional o extranjera que preste los servicios de transporte de materiales peligrosos, deba cumplir con el procedimiento previo al licenciamiento ambiental, y los requisitos descritos en el Anexo C del citado Acuerdo Ministerial.

ORDENANZA SUSTITUTIVA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES GENERADOS POR OBRAS, ACTIVIDADES O PROYECTOS EN LA PROVINCIA DE LOJA.

Con la finalidad de regular y controlar las actividades, obras o proyectos que pueden generar impactos ambientales en el territorio de la provincia de Loja, con el fin de contribuir con el desarrollo sustentable de la población y cumpliendo con las normas de protección ambiental el Honorable Consejo Provincial de Loja ha formulado esta ordenanza; instrumento legal que le ha servido para transferir ciertas competencias ambientales desde el ministerio del Ambiente hasta su jurisdicción, especialmente las relacionadas con Calidad Ambiental y por ende es la Autoridad Ambiental de Aplicación Responsable en la provincia.

CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN, (REGISTRO OFICIAL N° 303, DE MARTES 19 DE OCTUBRE DEL 2010).

En lo relacionado con las competencias de gestión ambiental, el Artículo 136 del COOTAD indica que el ejercicio de la tutela estatal sobre el ambiente y la corresponsabilidad de la ciudadanía en su preservación, se articulará a través de un sistema nacional descentralizado de gestión ambiental, que tendrá a su cargo la defensoría del ambiente y la naturaleza a través de la gestión concurrente y subsidiaria de las competencias de este sector, con sujeción a las políticas, regulaciones técnicas y control de la autoridad ambiental nacional, de conformidad con lo dispuesto en la ley.

Para otorgar licencias ambientales, los gobiernos autónomos descentralizados municipales podrán calificarse como autoridades ambientales de aplicación responsable en su cantón. En los cantones en los que el gobierno autónomo descentralizado municipal no se haya calificado, esta facultad le corresponderá al gobierno provincial.

Los gobiernos autónomos descentralizados municipales establecerán, en forma progresiva, sistemas de gestión integral de desechos, a fin de eliminar los vertidos contaminantes en ríos, lagos, lagunas, quebradas, esteros o mar, aguas residuales provenientes de redes de alcantarillado, público o privado, así como eliminar el vertido en redes de alcantarillado.

En el caso de proyectos de carácter estratégico la emisión de la licencia ambiental será responsabilidad de la autoridad nacional ambiental. Cuando un municipio ejecute por administración directa obras que requieran de licencia ambiental, no podrá ejercer como entidad ambiental de control sobre esa obra; el gobierno autónomo descentralizado provincial.

CÓDIGO DE TRABAJO

El presente reglamento determina las disposiciones que se aplicarán a toda actividad laboral y en todo centro de trabajo, teniendo como objetivo la prevención, disminución o eliminación de los riesgos del trabajo y el mejoramiento del medio ambiente de trabajo. Dentro de esto se hace referencia a las instituciones responsables de vigilar las condiciones en las que se realizan las actividades laborales, así como sancionar a los responsables por la infracción a alguna de las normas previstas en este reglamento.

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riesgos por tóxicos, riegos biológicos, vertidos, desechos y contaminación ambiental que en este casos serán regulados por la leyes ambientales existentes en el Ecuador.

CÓDIGO DE LA SALUD

Art. 1.- La salud es el completo estado de bienestar físico, mental y social, y no solo la ausencia de enfermedad o invalidez.

Art. 2.- Toda materia o acción de salud pública, o privada, será regulada por las disposiciones contenidas en el presente Código, en las Leyes Especiales y en los Reglamentos.

En aquellas materias de salud vinculadas con la calidad del ambiente, regirá como norma supletoria de este Código, la Ley del Medio Ambiente.

Art. 3.- El Código de la Salud rige de manera específica y prevalente los derechos, obligaciones y normas relativos a protección, fomento, reparación y rehabilitación de salud individual y colectiva.

Art. 4.- Los términos técnicos que se utilizan en este Código se entenderán de conformidad con las disposiciones dadas por el legislador, y en caso de obscuridad o duda, se interpretarán de acuerdo con las leyes especiales, o con las definiciones adoptadas por la Organización Mundial de la Salud.

RÉGIMEN NACIONAL PARA LA GESTIÓN DE PRODUCTOS QUÍMICOS PELIGROSOS, (REGISTRO OFICIAL 47, DEL 15 DE OCTUBRE DE 1998).

Art. 1.- El presente Régimen regula la Gestión de los Productos Químicos Peligrosos, el mismo que está integrado por las siguientes fases:

Abastecimiento, que comprende: importación, formulación y fabricación; Transporte;

Almacenamiento; Comercialización; Utilización; Disposición final

Art. 22.- De la eliminación de residuos. Todas las personas que intervengan en cualquiera de las fases de la gestión de productos químicos peligrosos, están obligadas a minimizar la producción de residuos y a responsabilizarse por el manejo adecuado de éstos, de tal forma que no contaminen el ambiente. Los envases vacíos serán considerados como residuos y deberán ser manejados técnicamente. En caso probado de no existir mecanismos ambientalmente adecuados para la eliminación final de residuos, éstos deberán ser devueltos a los proveedores y podrán ser reexportados de acuerdo con las normas internacionales aplicables

NORMA INEN 2266:2000, SOBRE MANEJO Y ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS QUÍMICOS PELIGROSOS.

La presente Norma Técnica del Instituto Ecuatoriano de Normalización establece los requisitos que se deben cumplir para el transporte, almacenamiento y manejo de materiales peligrosos que se aplicarán en todos los proyectos o actividades que requieran licenciamiento ambiental.

NORMA INEN 439-39

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NORMA INEN 440

La presente Norma Técnica del Instituto Ecuatoriano de Normalización define los colores, su significado y aplicación, que debe usarse para identificar tubería que transportan fluido, que se aplicarán en todos los proyectos o actividades que requieran licenciamiento ambiental.

3.2 PERTINENCIA DE LA PRESENTACIÓN DEL PROYECTO, OBRA O ACTIVIDAD EN FORMA DE DECLARATORIA DE IMPACTO AMBIENTAL

El proyecto “Operación, Mantenimiento y Cierre de la Clínica Nataly” con código de Catálogo Ambiental Nacional (CCAN) 62.3.4.; es un proyecto considerado de mediano impacto ambiental basándose en los impactos determinados durante el proceso de evaluación ambiental

Para el caso de este proyecto se realizó una Declaratoria Ambiental y su respectivo plan de manejo ambiental, estos documentos se realizaron con toda la información actual.

Este documento fue realizado de forma real, por esta razón documentos como el plan de manejo será llevado a la práctica de la forma como se plantó, utilizando la metodología propuesta y revisando siempre los resultados, sin embargo siempre se tiene que tener en cuenta que el Plan de Manejo Ambiental es un documento flexible, el cual puede variar con el paso del tiempo y las necesidades pero siempre cumpliendo los estándares mínimos de calidad para cada uno de los programas o planes del documento

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4.

LINEA BASE

4.1 CRITERIOS METODOLÓGICOS

La metodología a emplearse para la elaboración de la Declaratoria de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental del proyecto, permitirá conocer profundamente el grado de incidencia ambiental de cada una de las actividades que realiza, y a su vez caracterizar ambientalmente la zona de influencia, detectando e identificando los impactos ambientales para luego mitigar sus efectos mediante la adopción de medidas correctoras oportunas adaptándose al marco legal vigente. Las técnicas y métodos a emplear ayudarán a:

 Identificar las posibles alteraciones ambientales.

 Evitar deterioros ambientales de grave incidencia.

 Conseguir una disminución de los efectos negativos que las actividades ocasionen sobre el entorno natural.

ANÁLISIS DE INTEGRACIÓN CON EL SISTEMA DE INFORMACIÓN GEOGRÁFICO (SIG)

Sobre la base de la cartografía IGM de carácter digital e impreso se procederá a incorporar información de campo generada para el estudio obteniéndose como resultado los mapas base de campo a utilizarse en los recorridos y muestreos correspondientes, a partir de los cuales y sobre la base corregida se obtendrá los mapas temáticos correspondientes.

Toda la información será ingresada al sistema de información geográfica ArcView 9.

El equipo de toma de datos está constituido por tres GPS Garmin, modelo SUMÍX ETREX para tomar los puntos de muestreo de campo. Para todo tipo de levantamiento topográfico y cartográfico se utilizarán coordenadas planas UTM, WGS 84.

El estudio comprenderá un conjunto de mapas temáticos que sustenten la información plasmada en los documentos la temática de mapas se basara en:

 Mapa Base.

 Masa de Isotermas,

 Mapa de Isoyetas

 Mapa de Suelos

 Mapa de riesgos

 Mapa Hidrológico

 Mapa de uso actual de suelo y uso potencial

 Mapa geológico

 Mapa de áreas de influencia

La información geográfica será levantada, manejada y representada en base a la normativa cartográfica del Ecuador, a la reglamentación ambiental vigente nacional y sectorial, y a las especificaciones técnicas de acuerdo al nivel de detalle del proyecto.

MEDIO FISICO

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CARACTERIZACIÓN CLIMÁTICA

En la determinación de las variables climáticas en el área del proyecto se utilizara la información generada a partir de las estaciones climatológicas y pluviométricas ubicadas en la Provincia de Loja.

Para la caracterización del tipo de clima y zonas de vida existentes, sobre la base de las series de valores continuos registrados en las estaciones, se realizará cálculos estadísticos para homogeneizar la información complementándose los datos faltantes, la extensión de series y las pruebas de consistencia.

Los elementos climáticos básicos considerados son:

Temperatura.La cual se determinara sobre labase a la información recopilada en el área del proyecto y de mapas cantones y provinciales de isotermas, llegándose a obtener la temperatura media así como variables mínimas y máximas, así como las isotermas del área de implantación del proyecto.

Precipitación. A partir de la información generada de la estación basese establecerá la media anual para el área de estudio, así como las mínimas y máximas en el mismo periodo, para a posteriori determinar el mapa de Isoyetas.

Velocidad del Viento.Sobre los registros de viento y del contraste de los mismos con datos de campo se procederá a la estimación de la velocidad y orientación del viento en el área de estudio, los meses más ventosos del año y el patrón de circulación de los vientos.

ESTACIONES METEOROLÓGICAS CONSIDERADAS

Los datos serán definidos, tomando en consideración algunos factores y elementos tales como: características orográficas, régimen pluviométrico, influencia sobre el área, período de registro y confiabilidad de la información meteorológica existente, mismos que son determinantes en la caracterización del clima de la zona.

Para la distribución de la precipitación atmosférica de la zona de influencia del proyecto se utilizará datos de estaciones meteorológicas tales como: (La Argelia).

Los datos de temperatura del proyecto, tanto mensuales como el valor medio anual, serán generados mediante la utilización de la ecuación térmica regional. Como estación representativa del área, fue seleccionada la estación meteorológica la Estación La Argelia – M033 (INAMHI)

RELLENO DE DATOS FALTANTES, EXTENSIONES DE SERIES Y PRUEBAS DE CONSISTENCIA.

Debido a que todas las estaciones meteorológicas y pluviométricas presentan valores faltantes e incompatibilidad en las series de datos, será necesario rellenarlos y extender la serie, con la finalidad de homogeneizar la información, así como realizar las pruebas de consistencia con el fin de poder extender los datos analizados, utilizando el registro de datos completo para el procesamiento de estos espacios.

Con este fin se empleara los métodos simples de:

 Correlación lineal entre estaciones

 Valor normal

 Interpolación lineal y

 Jansa Guardiola

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En la cual:

Y = Estación a rellenar (variable dependiente) X = Estación base (variable independiente)

a, b = Constantes de la ecuación (particular para cada caso)

Las pruebas homogenización serán empleadas con el objetivo de verificar la consistencia de los datos completados de la información pluviométrica.

GEOLOGÍA Y GEOMORFOLOGÍA

La metodología planteada para el desarrollo del componente geológico ambiental se ha desarrollado de conformidad a la siguiente secuencia:

 Investigación de campo: (Geología).

 Análisis e interpretación de resultados.

 Informe del equipo multidisciplinario.

 Informe final y Digitalización de mapas.

La base Geología está definida por las cartas geológicas regionales así como levantamientos geológico locales la cual está considerada como información primaria, realizándose además un levantamiento de campo para posteriormente realizar una correlación de información la cual está orientada a la visualización de las principales estructuras geológicas ubicadas en el sector así como de las condiciones morfológicas y geodinámicas del área de estudio.

PAISAJE Y ANÁLISIS PERCEPTUAL

Los paisajes identificados se estructurarán en función de la relación entre la geomorfología y cobertura vegetal y se confirmarán en el área de influencia del proyecto, se realizará el respectivo análisis perceptual del entorno por las actividades de funcionamiento del proyecto.

AMBIENTE SONORO

Con un sistema de geoposicionamiento (GPS) y un sonómetro de mano equipado con un micrófono omnidireccional tipo condensador se determinará los niveles de ruido en el área del proyecto.

El equipo a utilizarse cubrirá un rango desde los 40 a los 130 dB, siendo capaz de medir los niveles de ruido en los niveles de ponderación más comunes como son el A, B, y C.

La ponderación de frecuencias más común en la actualidad es la ponderación A, que se aproxima a la respuesta del oído humano y que proporciona resultados expresados como dB(A).

Con el objeto de comparar y tener una mejor idea de los niveles sonoros en el área la campaña de medición se la realizará en dos días, un día laborable y un día del fin de semana.

Se ubicarán dos puntos exteriores y 3 puntos internos, uno por cada piso de la clínica, puntos que conformarán una malla la cual cubrirá toda el área del proyecto y se medirán las coordenadas UTM (WGS 84) de los puntos, la altitud, la dirección del viento, y la velocidad en m/s.

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Normativa ecuatoriana: Texto Unificado de Legislación Secundaria del ministerio del ambiente (TULSMA-Decreto Ejecutivo Nº 3516, 31 de marzo del 2003). Límites Permisibles de Niveles de Ruido Ambiente para Fuentes Fijas y Fuentes Móviles, y para Vibraciones, TABLA 1 - Anexo 5 del LIBRO VI.

SUELO

No se realizará muestreo de suelo

RECURSO AGUA

La calidad del recurso agua se basa en una etapa de campo en donde se recolectara una muestra del punto de descarga del agua del Hospital, esta muestra será tomada siguiendo protocolos de muestreo de agua (Anexo 3); previo a su georeferenciación, para su posterior envío y análisis de laboratorio y consecutivamente la interpretación de resultados en oficina en función de la normativa ambiental ecuatoriana vigente.

La muestra colectada será enviada al Laboratorio de Análisis Ambiental e Inspección LAB-CESTTA, Centro de Servicios Técnicos y Transferencia Tecnológica Ambiental, Facultad de Ciencias, Escuela Politécnica del Chimborazo, ESPOCH. Acreditado ante la OAE bajo Certificado de acreditación No: OAE LE 2C 06-00

Los análisis de laboratorio solicitados serán de pH, Turbidez, Sólidos Suspendidos, Sólidos Sedimentables, Demanda Biológica de Oxígeno, Demanda Química de Oxigeno y Materia Orgánica.

La interpretación de resultados se basará en la normativa ambiental ecuatoriana vigente.

Normativa ecuatoriana: Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente (TULSMA-Decreto Ejecutivo Nº 3516, 31 de marzo del 2003). Criterios de Calidad admisibles para la preservación de la flora y fauna en aguas dulces, frías o cálidas, y en aguas marinas y de estuario, TABLA 11 del Anexo 1 del LIBRO VI.

MEDIO BIOLÓGICO

El entorno circundante a la Clínica Nataly, corresponde a un sector netamente residencial y comercial, de tal manera que no existen áreas naturales en un radio de 4 – 6 Km que sea relevante señalar o que se vean afectadas por las operaciones, emisiones y vertidos de la misma.

MEDIO SOCIAL

La metodología a emplearse para la descripción del factor socioeconómico es la Rapid Assesment Program (RAP), la cual está diseñada para obtener información de muestras representativas de un conglomerado social en situaciones en las cuales se requiere la información en poco tiempo y en proyectos con orientación específica hacia la medición de las condiciones de una comunidad. Este método incluye la realización de visitas a la comunidad con el fin de desarrollar procesos de observación participante y realizar tanto encuestas como entrevistas.

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TÉCNICAS Y RECOLECCIÓN DE LA INFORMACIÓN 4.1.4.1.1 Investigación Cualitativa

La investigación cualitativa se basa en la recolección y análisis de información relacionada con las percepciones, conocimientos y valores de las personas o grupos sociales en relación con su entorno social y ambiental. La investigación de las percepciones, conocimientos y valores de las personas o grupos humanos permite conocer y comprender su mentalidad, comportamiento y necesidades. La investigación cualitativa es complementaria a la investigación cuantitativa y constituye un valioso enfoque para el análisis y comprensión de la realidad social.

Las técnicas de investigación y recolección de datos cualitativas fueron:

Observación de comunidad.- Es una técnica que nos permite la descripción de grupos sociales y sus actividades culturales mediante la vivencia de las experiencias de la población estudiada como grupo. El objetivo es poder entender la manera en que conciben su entorno social.

Entrevista en Profundidad.- Llamada también semi-estructurada. es una interacción principalmente verbal entre dos personas, con el propósito de clarificar aspectos referidos a las normas, valores, significados, motivaciones, intenciones, sentimientos, gustos, percepciones, etc. Esta conversación gira en torno a una guía de entrevista en la que, a manera de preguntas o guías temáticas, se indican los aspectos que deben ser cubiertos durante esta conversación según los objetivos planteados previamente. El manejo de la guía de entrevistas es flexible en el orden, fraseo de las preguntas y en la incorporación de temas nuevos, según el desarrollo de la conversación. Estas se utilizaron al momento de levantar la información principalmente de los actores que viven y son colindantes del proyecto

4.1.4.1.2 Investigación Cuantitativa

Según los objetivos planteados para la presente línea base, a fin de recoger los indicadores cuantitativos considerados para estimar potenciales impactos se requiere del acopio de información estadística primaria y secundaria. La información primaria permitió describir, usando datos actualizados recogidos en campo, así como las características cuantitativas y cualitativas de la población. Utilizando la información primaria cuantitativa se han descrito las características de la población que habita en el área de influencia del proyecto, las técnicas empleadas para la investigación cuantitativa fueron:

La Encuesta.- Es un instrumento de recolección de información primaria que se utilizó principalmente para recoger información cuantitativa vigente. La aplicación de la encuesta para esta investigación es de tipo personal, aplicada directamente al jefe de hogar objeto de estudio. El cuestionario se elaboró según los objetivos y variables de estudio y con un plan de tabulación previo.

En cuanto al tratamiento estadístico, las encuestas se realizaron en base a un muestreo en donde se buscó lograr que la muestra sea representativa del universo poblacional de donde esta provino.

GENERACIÓN DE CARTOGRAFICA Y DESCRIPCIÓN POBLACIONAL

La información del medio social se complementa con la, generación, descripción la Cartografía del censo poblacional 2010 publicad por el INEC, la cual está diseñada para obtener información de muestras representativas de un conglomerado social en situaciones en las cuales se requiere la información en poco tiempo y en proyectos con orientación específica hacia la medición de las condiciones de una comunidad.

ARQUEOLOGÍA

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intervenida de consolidación urbana, se realizará una descripción bibliográfica de la arqueología del sector.

4.2 ANÁLISIS DETALLADOS

UBICACIÓN GEOGRAFICA

La Clínica Nataly se encuentra en la provincia y cantón Loja. Pertenece al barrio La Banda en la parroquia El Valle, en el sector suroccidental de la ciudad de Loja, frente al Zoológico Municipal. Las coordenadas del lugar se encuentran detalladas en la siguiente Tabla de la presente Declaratoria (Mapa 2).

Tabla 1. Coordenadas de ubicación

Coordenadas de ubicación

Punto X Y

1 698240 9561763

2 698224 9561750

3 698211 9561768

4 698228 9561781

5 698240 9561763

MEDIO FÍSICO CLIMA1

Para el análisis del clima, se emplearon los Anuarios Meteorológicos del año 2010, del Instituto Nacional de Meteorología e Hidrología, INAMHI, correspondientes a la Estación “La Argelia - Loja M033”, que es la más cercana a la zona del proyecto. De acuerdo al mapa climático realizado según la clasificación de Köppen, en Loja se puede diferenciar seis tipos climáticos: dos correspondientes a la zona geográficoclimática Tropical Lluviosa, uno a la Tropical Seca, dos a la Mesotérmica y uno a la Templada Fría.

4.2.2.1.1 TEMPERATURA

La temperatura más alta de la zona se registra en los meses de abril y octubre con alrededor de 23 ºC, mientras el nivel más bajo ocurre en el mes de noviembre con 10,2 ºC, el promedio en el sector se mantiene en el rango de 22.2 – 12.1 ºC. (Mapa 2)

4.2.2.1.2 PRECIPITACIÓN

Por su parte, los meses de mayor precipitación son febrero y diciembre, siendo febrero el más alto con 109,6 mm. El mes con menor cantidad de precipitación es julio con 31.1 mm. El valor anual de precipitación promedio registrado para el año de estudio es de 752.7 mm. (Mapa 3)

4.2.2.1.3 HUMEDAD

En cuanto a humedad relativa, la media anual es 75%.

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4.2.2.1.4 VIENTO

Los vientos más fuertes registrados se producen en el mes de agosto con 2.9 km/h. El mes en que sopla menos viento es diciembre con 1,6 km/h.

4.2.2.1.5 NUBOSIDAD

La nubosidad en el sector está entre 4 y 6 octas, la media obtenida en el análisis del año 2010 es 5 octas por lo que se concluye que el cielo en el sector se mantiene nuboso la mayor parte del año.

4.2.2.1.6 HUMEDAD RELATIVA

La humedad relativa media del aire de la ciudad de Loja es de 75 %, con fluctuaciones extremas entre 78 % y 69 %La.

CLASIFICACIÓN CLIMÁTICA Y ZONA DE VIDA

De acuerdo con la clasificación de Holdridge (1978), el área se ubica en la formación ecológica de bosque seco Montano Bajo (bs - MB).

RUIDO

La Clínica se encuentra ubicada en un área poblada por lo que el ruido predominante en el lugar será el causado por el medio en el que ésta se encuentra, circulación de vehículos y actividades humanas como educación, trabajo, etc.

La Clínica Nataly se sitúa en una zona residencial y comercial, por lo cual se consideraron los límites permisibles como Zona Residencial Mixta de la tabla Nº 1 del Anexo 5 del TULSMA, donde establece el límite diurno de 55 dbA.

Para las mediciones se empleó un sonómetro debidamente calibrado, en ponderación A dB(A), en respuesta slow.

4.2.2.3.1 MONITOREO

En la siguiente tabla se presenta el detalle del monitoreo de ruido realizado en la visita de levantamiento de línea base:

Tabla 2. Resultados del monitoreo de ruido

PUNTO Lugar Día laboral (dBA) Día fin de semana (dBA)

Promedio (dBA)

1 Primer piso 54.0 53.9 53.95

2 Laboratorio Clínico 55.2 53.1 54.15

3 Segundo Piso 48.3 52.7 50.50

4 Tercer Piso 49.6 52.8 51.20

5 Cuarto Piso 54.1 49.2 49.95

6 Quinto Piso 51.1 45.8 48.45

7 Lavandería 55.8 50.1 52.95

8 Exteriores 73.5 64.5 69.00

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A continuación se presenta una tabla en la que se compara con los límites permisibles establecidos por el Texto Unificado de la Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, en lo referente a zona Comercial Mixta (TULSMA):

Tabla 3. Niveles máximos de ruido permisibles según uso del suelo

Zona Residencial

Mixta

Campañas Valores Registrados

TULSMA (límites Permisibles)

De 06H00 A 20H00 De 20H00 A 06H00

Día laboral 55.2 dB 55 dB 45 dB

Día fin de semana 46.1 dB 55 dB 45 dB

Fuente: TULAS Elabora: ADEPLAN CIA. LTDA.

Los valores de ruido ambiental en el lugar de ubicación, NO superan los límites establecidos por el TULSMA.

GEOLOGÍA y GEOMORFOLOGÍA

La provincia de Loja se encuentra atravesada por dos fallas geológicas que la atraviesan de este a oeste, las cuales pudieran actuar como fuentes sismogénicas y por lo tanto provocar sismos de consideración, presenta una topografía de vertiente con pendientes generalmente suaves hasta fuertes.

El aspecto físico natural del área de estudio favorece el desarrollo de una fuerte erosión, la cual se manifiesta en la ocurrencia de movimientos en masa y en una acción de denudación por escurrimiento difuso y concentrado. La geomorfología general del sitio se encuentra representada por la presencia de colinas bajas.

La provincia de Loja está conformada de: a) rocas metamórficas, localizadas al Noroeste y al Este, constituyendo el basamento rocoso; a estas rocas las han datado de edad Paleozoica; b) rocas de edad Cretácica de origen magmático, efusivas y tipo Flysch; c) rocas de origen sedimentario, de edad Terciaria que han rellenado las depresiones de Loja y Malacatos, al este de la provincia; d) rocas volcanosedimentarias de edad Cuaternaria, localizadas al noreste de la provincia; y, e) rocas de origen magmático intrusivas (granitos, granodioritas) que se localizan en toda la provincia y que han intruido a las rocas paleozoicas, cretácicas y terciarias.

SUELO

Los suelos en la provincia de Loja son derivados de materiales volcánicos principalmente de cenizas, productos de la desintegración y meteorización de la cangahua y ocupan aproximadamente unas 40.800 ha. Las tierras son aptas para cultivos como: hortalizas, maíz, fréjol, arroz, yuca, maní, sandía, frutas tropicales, pastos, etc.

Las tierras potencialmente regables, sin limitaciones o con limitaciones ligeras poseen un relieve menor al 16% y ocupan un área de 64.000 ha que equivale al 6% de la provincia. Se caracterizan por incluir a suelos generalmente profundos, de textura mediana, con ligeras limitaciones especialmente por la presencia de gravas finas y expuestas a riesgos de inundaciones ocasionales producidas por las crecientes excepcionales de los ríos.

HIDROGRAFÍA

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4.2.2.6.1 MONITOREO

Dentro de las actividades desarrolladas se identificó una descarga líquida, la cual va directamente al sistema de alcantarillado público, de esta descarga se tomó una muestra de agua considerada como la más representativa por su caudal. Los resultados se presentan a continuación:

PARAMETRO UNIDAD RESULTADO (Límite Máximo Permisible) TULSMA OBSERVACIÓN

Sólidos sedimentables mg/l < 1 20 CUMPLE

Sólidos suspendidos mg/l 48 220 CUMPLE

Sólidos Totales mg/l 990 1600 CUMPLE

Ph - 5.52 - -

Turbidez NTU 41.2 - -

Aceites y Grasas mg/l 56.0 100 CUMPLE

DBO5 mg/l 220 250 CUMPLE

Coliformes totales NMP/100ml 34 - -

Coliformes fecales NMP/100ml 21 - -

Echerichia Coli NMP/100ml <1.8 - -

Cloroformo Materia orgánica cloro

Los valores del monitoreo de agua ambiental, NO superan los límites establecidos en el Texto Unificado de Legislación Ambiental (TULAS), LIBRO VI, TABLA 11. LÍMITES DESCARGA AL SISTEMA DE ALCANTARILLADO PÚBLICO sobre límites de descarga al alcantarillado.

PAISAJE

El paisaje se considera al conjunto del medio, contemplando a éste, como indicador y síntesis de las interrelaciones entre los elementos inertes como rocas, agua, aire; y los elementos vivos como plantas, animales y hombre. (Conesa, 1995).

El sitio del proyecto y sus áreas de influencia directa e indirecta, se encuentran en una zona en donde los procesos de consolidación urbanística y agricultura intensiva han reemplazado al paisaje natural, razón por la cual al paisaje actual se integran una escasa vegetación secundaria, donde han desaparecido en gran parte las especies arbóreas nativas para dar paso al establecimiento de especies que han modificado considerablemente al paisaje.

MEDIO BIOLÓGICO2

FLORA

En lo que se refiere a la cobertura florísticas del sector, se identificó las siguientes estratos mediante visitas de campo, observaciones y entrevistas a personas que se encuentran dentro del área de influencia directa del proyecto, realizando inventarios e identificación de la vegetación en cada uno de sus estratos.

Tabla 4. Especies florísticas encontradas en la zona de influencia directa

Nombre Común Nombre Científico Árboles

Eucalipto Eucaliptus spp

Faique Acacia macracantha

Arbusto

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Chilca Baacharis latifolia Ruiz &Pav

Hierbas

Diente de León Taraxacum denslioni

Cosa cosa Sida rhombifilia L.

Kikuyo Pennisetum clandestinum

Amor seco Bidens pilosa (Bl.) Sherff

Ray Grass Lolium spp

Llantén Plantago lanceolata L.

FAUNA

Según Albuja, el área de estudio se halla ubicada en el piso zoogeográfico Templado, ubicado en las estribaciones y valles andinos, comprendido entre la altitud de 1800 a 2000 y 2800 a 3000 msnm.

4.2.3.2.1 INVENTARIO FAUNÍSTICO

Para la descripción de la fauna, se utilizó la entrevista como medio de información, a más de observaciones de campo a lo largo de toda la franja del proyecto. En lo que se refiere a la diversidad faunística dentro del sector señalamos que no se encuentra ningún indicador biológico importante de especies en peligro de extinción o endémica, por tratarse de una zona totalmente intervenida.

Las especies que se observan mayormente son aves, insectos (grillos, moscas, mariposas), animales domésticos en su mayoría y animales menores que no requieren del cuidado humano para cumplir su ciclo biológico.

Tabla 5. Especies faunística del lugar

Nombre Común Nombre Científico

Amazilia ventrirrufa Amazilia amazilia

Gallinazo negro Coragyps atratus

Gavilán Buteo sp.

Hornero del pacífico” o “chilalo” Furnarius cinnamomeu

Mirlo negro Turdus fuscater, Turdus sp.

Paloma Columba fasciata, Columba sp.

Garrapatero Crotophaga

Tordos Turdus fuscater

Lagartijas Podarcis sp.

4.2.3.2.2 ECOSISTEMAS ESPECIALES Y ESPECIES RARAS

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ADEPLAN CIA. LTDA DIRECCION CIUDAD DE LOJA CALLE LOURDES Y 24 DE MAYO ESQUINA TELF: 2550125

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MEDIO SOCIOECONÓMICO

Para el análisis de la situación social de la parroquia El Valle, donde se ubica el proyecto, se ha tomado como principales fuentes de información el Censo realizado en el país por el INEC (Instituto Nacional de Estadística y Censos) en el año 2010.

En función a los actuales cambios y variaciones sobre la planificación y ordenamiento territorial del cantón, esta parroquia no se encuentra registrada aún tanto en las cartas topográficas del Sistema de Información Geográfica de la herramienta ArcGis 9.2, como en los programas de Indicadores sociales del Ecuador como el SIISE 2010. Además se investigó en las páginas web correspondientes al INEC, de la cual no se obtuvo información puntual sobre el medio social de la parroquia El Valle, lugar donde se ubica la Clínica. Debido a que no existe información puntual del medio social disponible de la parroquia El Valle, se hace una descripción breve de la situación social de la parroquia Loja y del Cantón Loja, donde se ubica la Clínica según la información de los programas antes mencionados.

La Clínica Nataly, se ubica en la ciudad principal del Cantón Loja, la cual tiene una superficie de 285 km², ocupa el 15,1 (%) por ciento del territorio cantonal, siendo la capital provincial conformada por 4 parroquias urbanas: San Sebastián, Sagrario, El Valle y Sucre. Las instalaciones objeto de estudio se ubican en el barrio La Banda perteneciente a la parroquia El Valle.

DEMOGRAFÍA

La provincia de Loja cuenta con una población de 448.966 habitantes de los cuales 220.794 son hombres y 228.172 son mujeres, con una tasa de crecimiento poblacional anual del 2.3 % para la provincia.

La ciudad de Loja cuenta con una población de 214.855 habitantes de los cuales 103.470 son hombres y 111.385 son mujeres, 170.280 residen en el sector urbano.

Tabla 6. Población Existente en la ciudad de Loja.

ÁREAS TOTAL %

Total 214.855 100.00

Urbana 170.280 79.25

Rural 44.575 20.75

POBLACIÓN ECONÓMICAMENTE ACTIVA (PEA) E INCIDENCIA DE LA POBREZA

Parte del análisis del sistema productivo, son los grupos de población que intervienen en la dinámica de la economía de la provincia y cantón Loja respectivamente, tomando como base los indicadores del SIISE. La PET representa el 80% y 31 % de la población total, mientras la PEA equivale al 39% y 15% para la provincia y cantón Loja respectivamente; cerca de la mitad de la PEA de la provincia se concentra en el cantón y con seguridad, la mayoría corresponde a la población residente en la ciudad de Loja.

Tabla 7. Población económicamente productiva de la ciudad de Loja.

Indicadores No. P E T %PET/Pob.Tot. Nro. PEA % PEA/Pob. Tot.

Provincia Loja 357.012 79,5 176.423 39.2

Cantón Loja 127.853 31,6 32.228 15,3

Fuente: SIISE - 2010

ECONOMÍA LOCAL Y REGIONAL

La mayoría de la población desempeña una actividad económica de baja rentabilidad y compleja competencia para generar ingresos (comercio, artesanía, Q. Domésticos), y que corresponden

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Tabla 1. Coordenadas de ubicación
Tabla 2. Resultados del monitoreo de ruido  PUNTO  Lugar  Día laboral  (dBA)  Día fin de semana
Tabla 4. Especies florísticas encontradas en la zona de influencia directa
Tabla 5. Especies faunística del lugar
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Referencias

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