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Javier Gafo Fernández

10 palabras clave

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Bioetica

Eutanasia

EDITORIAL VERBO DIVINO Avda. de Pamplona, 41 31200 ESTELLA (Navarra)

1993

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Eutanasia

1. La ambigüedad del término «eutanasia»

Con bastante frecuencia, los medios de comunicación presentan resultados de encuestas con las opiniones de la población sobre el tema de la eutanasia. Dan porcentajes más o menos elevados de personas favorables a la eutanasia, o a que se admita legalmente; son muy frecuentes especialmente las opiniones de los que son contrarios a que se les prolongue inútilmente su vida con medidas extraordinarias, los que expresan su rechazo a una muerte intubada en las tristes UVIs, en esos am-bientes totalmente deshumanizados, aunque el moribundo esté rodeado de sofisticados y costosísimos aparatos.

En los últimos años se ha usado la palabra eutanasia en relación con una serie de casos. Se ha hablado de eutanasia en torno a Karen A. Quinlan, la joven estadounidense en estado de vida vegetativo, cuyos padres consiguieron, después de un largo proceso jurídico, que se le pudiese desconectar el respirador y se la permititiese morir en paz (aunque, una vez desconectado el aparato, continuó viviendo casi 10 años). La palabra eutanasia ha estado asociada con ciertos nombres famosos: Franco, Tito, Hirohito... Se habló de eutanasia cuando el escritor Arthur Koestler decidió quitarse la vida ante el diagnóstico de una leucemia, o cuando los familiares de Paul Brophy consiguieron una sentencia judicial por la que se le podía suspender la alimentación artificial. La palabra eutanasia fue asociada al caso de Baby Doe, un recién nacido con el síndrome de Down y al que se le negó una intervención quirúrgica, que se le habría realizado si hubiese sido «normal», y ha vuelto a una dramática actualidad en los casos de la enfermera Michaela Roeder, el «ángel de la muerte», o las auxiliares de enfermería del hospital Lainz de Viena, que la aplicaron a personas enfermas o ancianas que no la habían pedido. Se han citado bastantes casos de eutanasia en Alemania y sobre todo en Holanda, en donde se administra a pacientes próximos a la muerte una sobredosis de morfina o una solución de cianuro.

Todos estos casos han sido etiquetados de eutanasia, porque tienen un fondo común, aunque también importantes diferencias.

Ante todo hay que decir que la palabra eutanasia es ambigua. Cuando una encuesta nos afirma que un determinado porcentaje de personas es favorable a la eutanasia, ¿qué significa esa afirmación? ¿Quiere decir que se oponen a que se les apliquen medidas extraordinarias, a que se les ponga en situación de encarnizamiento terapéutico? ¿Significa que son partidarias de que se les desconecte el respirador que les ayuda a poder respirar, si están en una situación irreversible, como en el caso de Karen Quinlan? ¿Aceptarían también que se les dejase de alimentar, cortando las sondas y tubos por los que se les nutre artificialmente?

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Dando un paso más adelante, ¿aceptarían también que un médico les administrase una sobredosis de morfina -o una cápsula de cianuro- para que pusiesen fin a su vida?

En todos los casos que acabamos de describir, se habla de eutanasia, pero es claro que son situaciones distintas. Esto nos lleva a la necesidad de definir mejor qué entendemos por eutanasia y cuáles son los tipos o formas de eutanasia existentes.

Como se sabe, la palabra eutanasia procede del griego. El prefijo eu significa «buena» y thanatos significa «muerte». Sin embargo, desde F. Bacon, la palabra eutanasia pierde, al menos en parte, su sentido etimológico y comienza a significar la acción médica por la que se acelera el proceso de muerte de un enfermo terminal o se le quita la vida. Hay un aspecto característico de lo que se entiende por eutanasia: el que el enfermo se encuentre próximo a su muerte. Esta proximidad a la muerte es lo que distinguiría la eutanasia del homicidio o del suicidio. En cualquier caso, hay situaciones de difícil delimitación: cuando el escritor Arthur Koestler -que se había distinguido por su lucha en favor de la eutanasia- se quitó la vida al serle diagnosticada una leucemia, su acción ¿era una eutanasia o un suicidio? No es fácil dar una respuesta, ya que previsiblemente le podía quedar aún bastante tiempo de vida. La realidad humana, los casos que se pueden presentar, son más complejos y más ricos que los conceptos con los que pretendemos delimitar esa realidad. No se puede zanjar este debate, pero nos basta ahora con subrayar que la práctica de la eutanasia, tal como se entiende este término, se refiere a personas aquejadas de una enfermedad física, próxima a la muerte. No hablamos, por ejemplo, de eutanasia, sino de suicidio, si se quita la vida una persona que padece una grave depresión psíquica.

2. Eutanasia activa y pasiva

Desde los siglos XVI-XVII, se comienza a distinguir entre eutanasia activa y pasiva. En el primer caso, se trata de la puesta en práctica de una acción médica positiva con la que se acelera la muerte de un enfermo o se pone término a su vida. Por el contrario, en el caso de la eutanasia negativa no se pone una acción positiva, sino que no se aplica una terapia o una acción que podría prolongar la vida del enfermo. Lo característico de la eutanasia pasiva o negativa sería la omisión, la no-aplicación de una terapia disponible y que podría prolongar la vida del paciente.

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calificado de eutanasia activa indirecta, en relación con el principio moral del doble efecto. En efecto, es activa porque el médico pone una acción positiva que pued e abreviar la vida del enfermo, pero al mismo tiempo es indirecta, ya que el médico no pretende directamente tal acortamiento, sino que el enfermo deje de sufrir.

Por tanto, estaríamos fundamentalmente ante tres formas de eutanasia. Acabamos de poner un ejemplo de la activa indirecta. Una situación de eutanasia activa directa existiría al administrar a un enfermo una solución de cianuro o una sobredosis de morfina, ya que es una acción médica que pretende centralmente poner término a su vida. Finalmente, estaríamos ante un ejemplo de eutanasia pasiva en el caso de Karen Quinlan y la polémica sobre si se le podía o no desconectar el respirador.

Sin embargo, también en el caso de la eutanasia pasiva se dan diversas situaciones. Por ejemplo, ¿es equiparable el caso de Karen Quinlan y los que se comienzan a plantear en USA de enfermos que solicitan -o lo hacen sus familiares- que se les deje de alimentar «artificialmente», por ejemplo por suero en la vena o mediante una sonda por la que se les introduce la alimentación a través de la nariz? En principio habría que calificar la supresión de esta forma de alimentación como una eutanasia pasiva, ya que se omite un tratamiento médico que podría prolongar su vida.

Esto nos lleva a decir también una palabra sobre otra pareja de conceptos muy importantes en toda la discusión sobre la eutanasia: el de los medios ordinarios y extraordinarios. Esta distinción es antigua en la teología moral católica y ya la recogían Báñez y el cardenal Lugo. La aplicación de esta pareja de conceptos a la discusión de la eutanasia llevaba a afirmar que la omisión de la aplicación de los medios extraordinarios en un enfermo próximo a la muerte podría calificarse como una admisible eutanasia pasiva. Por el contrario, si lo que se omitía eran los medios ordinarios, estaríamos -según la misma moral católica -ante algo éticamente inaceptable, ya que se le negaría al paciente algo de lo que no se le puede privar.

La distinción entre medios ordinarios y extraordinarios es, a primera vista, clarificadora. Pero es una distinción que puede quedarse en un mero nombre, ya que suscita inmediatamente una segunda pregunta: ¿Qué es ordinario y qué es extraordinario? Hace veinte años, un respirador podría ser un medio extraordinario en España, pero no es tan claro que en nuestra actual situación sanitaria siga manteniendo ese carácter extraordinario. Por otra parte, en determinados países, un respirador es hoy sin ningún género de dudas una terapia claramente extraordinaria.

En los ambientes médicos es frecuente la utilización de esa distinción entre medios ordinarios y extraordinarios. Se suele calificar una terapia como ordinaria o extraordinaria en torno a las siguientes características:

1) Se trata de una terapia «abundante», es decir, disponible en un número importante de casos. Por el contrario, cuando una terapia es escasa la tendencia es a considerarla extraordinaria.

2) Se trata de una terapia «barata», de costes económicos reducidos; mientras que, si es costosa, se tiende a incluirla dentro de los medios extraordinarios.

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suele incluir dentro del capítulo de lo extraordinario.

4) La distinción entre ordinario y extraordinario se utiliza también para distinguir entre tecnologías habituales o «altas» (sofisticadas, high Technologies);

entre las que tienen un carácter intrusivo, agresivo y las que no lo tienen.

5) También se usa esta distinción para diferenciar terapias cuya aplicación es permanente y las que tienen un carácter solamente temporal, durante un plazo limitado de tiempo.

6) Finalmente, la distinción entre ordinario y extraordinario se relaciona con terapias cuya utilización es éticamente obligatoria o, por el contrario, son extraordinarias si son opcionales.

Todas estas distinciones están presentes, de forma explícita o implícita, cuando, tanto en ambientes médicos como entre la opinión pública, se distingue entre medios o terapias ordinarias y extraordinarias. Las cuatro características primeras que hemos mencionado se centran, primordial o exclusivamente, en los rasgos que rodean a una determinada terapia. Llevaría a la conclusión de que una determinada terapia, dentro de la situación sanitaria de un determinado país, sería ordinaria o extraordinaria de acuerdo con su abundancia, sus costes, su carácter experimental, su sofisticación. En los puntos 5) y 6) se hacía una referencia a la situación del enfermo. Se afirmaba que es ordinario lo que se usa temporalmente, mientras que sería una terapia extraordinaria la terapia que ha de usarse de forma estable y continuada; también se calificaba como ordinario lo que debe usarse obligatoriamente, mientras que sería extraordinaria la terapia de libre disposición. Ambos puntos parecen indicar que en la ponderación del carácter ordinario o extraordinario de una terapia hay que tener en cuenta la situación del paciente a quien se le van a aplicar y al conjunto de circunstancias que rodean cada caso. Desde una forma de entender la relación entre el personal sanitario y el enfermo, en que se reconoce a éste su autonomía, su capacidad de decisión, no debe bastar con considerar el carácter ordinario o extraordinario de una terapia, medido por las características que aquélla posee. Hay que ponderar también la situación del paciente, la posición social, las posibilidades del sistema sanitario, los recursos económicos de la familia, etc...

Todo ello lleva a la conclusión de que la distinción entre medios ordinarios y extraordinarios, que sigue manteniendo su vigencia y su papel clarificador, debe afrontarse desde una perspectiva más amplia. No sólo debe tener en cuenta las características en sí de la terapia utilizada, sino que además debe referirse a la situación del enfermo, a las implicaciones sociales y familiares que están presentes en tales casos. Por estas razones, hay autores que prefieren hablar de otros binomios distintos: «proporcionado / desproporcionado», «razonable / irrazonable»... Sobre este tema volveremos más adelante.

3. Una nueva terminología

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fácilmente cosas diferentes cuando se oye la palabra «eutanasia» o se discute sobre ella.

Además, la palabra eutanasia sigue asociada con su brutal práctica en la época nazi. Aunque estamos ya a 50 años de las disposiciones legales del III Reich, y la voz eutanasia ha perdido bastante de su dureza, sin embargo sigue teniendo resonancias afectivas, inseparables de lo que significó esa práctica nazi. Tienen razón los actuales defensores de la eutanasia cuando afirman que lo que ellos pretenden es algo muy distinto al exterminio masivo de los deficientes realizado por los médicos nazis.

Es verdad que los calificativos de activa / pasiva, directa / indirecta sirven para diferenciar distintas situaciones en relación con la eutanasia, pero a muchos no nos parece acertado que todas estas situaciones queden englobadas dentro del término común de eutanasia. Cuesta aplicar la palabra eutanasia al caso de Karen Quinlan o al del General Franco. Parece más correcto en estos casos evitar la palabra eutanasia y hablar más bien del reconocimiento del derecho a morir en paz sin que resuene en estos casos la estigmatización aún existente respecto de la palabra eutanasia, por mucho que se añada inmediatamente que se trata de una «eutanasia pasiva».

En un intento de clarificar los términos, ha surgido un neologismo, una palabra nueva, tomada también del griego: distanasia. El prefijo griego dis tendría el sentido de «deformación del proceso de muerte», de prolongación, de dificultación. Por tanto, la palabra distanasia significaría la prolongación exagerada del proceso de muerte de un paciente y sería próxima a la de encarnizamiento terapéutico, porque crea una muerte cruel al enfermo. También se ha hablado de adistanasia, en la que el prefijo a tiene un sentido privativo, negativo. La adistanasia sería la no-prolongación irrazonable del proceso de muerte de un paciente. Se ha acuñado otro nuevo término, el de ortotanasia, que ha sido utilizado por la misma Iglesia católica. El prefijo griego orto daría el sentido de «muerte correcta». Ortotanasia tiene el sentido de la muerte «a su tiempo», sin abreviaciones tajantes y sin prolongaciones desproporcionadas del proceso de morir. Tal ortotanasia se diferenciaría de la eutanasia -en la nueva terminología que proponemos- en el sentido de que no pretende poner término a la vida de un paciente. El médico no tiene la intención de acabar rápidamente con la vida del enfermo, aunque determinados calmantes pudiesen tener también la consecuencia de una abreviación de su existencia. Al mismo tiempo, la ortotanasia es sensible a algo que debe estar muy presente en la actuación del médico ante un paciente terminal: el interés por humanizar su proceso de muerte, por aliviar sus dolores, por no incurrir en abusivas prolongaciones de su existencia por la aplicación de medios extraordinarios o, mejor, desproporcionados.

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poner fin a la vida del enfermo? Sobre este punto volveremos más adelante. Pero en cualquier caso, es relevante desde el punto de vista humano y ético la distinción basada en la intención del médico. Aunque el efecto pudiese ser el mismo en ambos casos -el fin de la vida del paciente-, no es la misma la intención del que pretende poner término a la vida y la del que busca básicamente aliviar los dolores del enfermo.

Finalmente, y para referirse a los casos de Michaela Roeder o de las auxiliares de enfermería del hospital vienés de Lainz, se puede proponer el término de

cacotanasia, en que el prefijo griego kakós daría al termino el significado de «mala muerte». El nombre no es muy eufónico, pero podría tener el valor de separar estos casos en que la muerte del enfermo se realiza sin contar con su voluntad, de la auténtica eutanasia, tal como la defienden las asociaciones en favor de esta práctica, que únicamente la legitiman cuando se cuenta con el deseo del propio enfermo.

Aun a sabiendas de que las terminologías utilizadas comúnmente no coinciden con las aquí presentadas, sin embargo en las páginas siguientes haré referencia a las que he delimitado.

4. La Iglesia católica ante la eutanasia

4.1. Desarrollo de la doctrina católica sobre la eutanasia

El cristianismo ha considerado la eutanasia irreconciliable con la ética que surge del mensaje de Jesús. El concepto y la realidad de la eutanasia eran extrañas al contenido de la Biblia. Cuando el cristianismo comienza a difundirse y expandirse en el mundo grecorromano, entra en una cultura en la que una corriente de pensamiento tan importante como el estoicismo sí admitía tal práctica. La ética del estoicismo va a ser asumida de forma importante por el cristianismo en su esfuerzo de «inculturación», de traducir su mensaje en una cultura distinta. Varias de las exhortaciones morales de san Pablo a los primeros cristianos están claramente inspiradas en las «tablas» o listas de virtudes morales del estoicismo. Las formas de pensar estoicas sobre la ética sexual o sobre el significado reproductor de la sexualidad van a influir mucho en la ética sexual cristiana.

Sin embargo, en el tema concreto de la eutanasia, la ética cristiana se distancia de la estoica. La concepción cristiana de Dios como el único señor de la vida y de la muerte va a llevar a la naciente Iglesia a oponerse a esa práctica aceptada por la cultura grecorromana. Uno de los primeros escritores cristianos, Lactancio, afirmará de los enfermos terminales: «Son inútiles para los hombres, pero son útiles para Dios, que les conserva la vida, que les da el espíritu y les concede la luz».

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la eutanasia queda relegada. No existe polémica sobre ella. Aparece como una acción obviamente irreconciliable con el mensaje cristiano.

Es paradójico que un santo canonizado de la Iglesia católica, santo Tomás Moro, sea uno de los primeros representantes de la incipiente discusión sobre la eutanasia en nuestra cultura occidental. Sin embargo, las ideas del que había sido Canciller de Inglaterra no ejercen prácticamente ningún influjo en el pensamiento cristiano posterior. La teología moral católica, a partir de los siglos XVI-XVII, se refiere al tema de la eutanasia basándose en la distinción entre los medios ordinarios / extraordinarios, a los que antes hicimos referencia.

Pío XII dedicó muchos discursos a temas de moral médica y se refirió al tema de la eutanasia, puesto dramáticamente de actualidad como consecuencia de su aceptación legal por el III Reich. Hay dos textos especialmente relevantes del papa Pacelli:

- «No basta con que el corazón sea bueno, sensible, generoso; debe ser también sabio y fuerte... Una de estas falsas piedades es la que pretende justificar la eutanasia y sustraer al hombre del sufrimiento purificador y meritorio, no por medio de un consuelo laudable y caritativo, sino con la muerte, como se hace con un animal sin razón y sin inmortalidad» (12 septiembre 1947). Este texto significa un rechazo general de la eutanasia entendida como «muerte piadosa».

- «Si entre la narcosis y el acortamiento de la vida no existe nexo causal alguno directo, puesto por la voluntad de los interesados o por la naturaleza de las cosas... y, si por el contrario, la administración de narcóticos produjese por sí misma dos efectos distintos: por una parte, el alivio de los dolores y, por otra, la abreviación de la vida, entonces es lícita» (24 febrero 1957). Pío XII acepta la llamada clásicamente eutanasia activa indirecta, es decir, la administración de calmantes que pudiesen también, de forma indirecta, acelerar la muerte.

Hay además un tercer texto del tiempo de Pío XII, publicado por el Santo Oficio y en el que se alude a la eutanasia nazi: «No es lícito matar directamente, por orden de la autoridad pública, a aquellos que, sin haber cometido delito ninguno que merezca la muerte, por el hecho de que no estén en condiciones, a causa de sus deficiencias físicas o psíquicas, de ser útiles a la nación y son considerados más bien como carga y obstáculo para su progreso y desarrollo» (22 febrero 1941). Hay una indiscutible alusión al concepto nazi de «vidas sin valor vital» y una también implícita afirmación de la legitimidad de la pena de muerte.

Finalmente, hay que hacer referencia al único pasaje del Vaticano II en que se cita la eutanasia, junto al aborto y el suicidio. En un tono muy duro se afirma que estos homicidios «son en sí mismos infamantes, degradan la civilización humana, deshonran más a sus autores que a sus víctimas y son totalmente contrarios al honor debido al creador» (GS 27).

4.2. La declaración de la Congregación para la Doctrina de la fe

El 5 de mayo de 1980, la Congregación para la Doctrina de la Fe publicaba una importante toma de postura de la Iglesia católica sobre el tema de la eutanasia. Los puntos más importantes de esta declaración sobre la eutanasia son los siguientes:

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«Nadie puede atentar contra la vida de un hombre inocente... sin violar un derecho fundamental, irrenunciable e inalienable». No se acepta la eutanasia «con el fin de eliminar radicalmente los últimos sufrimientos o de evitar a los niños subnormales, a los enfermos mentales o a los incurables la prolongación de una vida desdichada, quizá por muchos años, que podría imponer cargas demasiado pesadas a las familias o a la sociedad». «Nadie además puede pedir este gesto homicida para sí mismo o para otros confiados a su responsabilidad, ni puede consentirlo explícita o implícitamente. Ninguna autoridad puede legítimamente imponerlo ni permitirlo».

- Subraya el valor cristiano del dolor y la posibilidad de que el creyente pueda asumirlo voluntariamente. Pero añade: «No sería sin embargo prudente imponer como norma general un comportamiento heroico determinado. Al contrario, la pru-dencia humana y cristiana sugiere para la mayor parte de los enfermos el uso de las medicinas que sean adecuadas para aliviar o suprimir el dolor». Se reafirma la doctrina clásica eclesial de la legitimidad del uso de calmantes que pudiesen abreviar indirectamente la vida.

- La declaración condena el encarnizamiento terapéutico: «Es muy importante hoy día proteger, en el momento de la muerte, la dignidad de la persona humana y la concepción cristiana de la vida contra un tecnicismo que corre el riesgo de hacerse abusivo».

- Acepta el «derecho a morir», que la declaración lo entiende como «el derecho a morir con toda serenidad, con dignidad humana y cristiana». Si fue histórica la sentencia del Tribunal de N. Jersey, al reconocer el derecho de Karen Quinlan a morir en paz y con dignidad, lo mismo habría que decir de esta formulación oficial de la Iglesia católica. Insiste en que este «derecho a morir» «no designa el derecho a procurarse o hacerse procurar la muerte como se quiere».

- La declaración supera la terminología de medios ordinarios / extraordinarios y utiliza, en su lugar, una nueva pareja de términos que ya estaba presente en las discusiones de la teología moral católica, la de medios proporcionados / desproporcionados. Considera que este cambio debe realizarse «tanto por la imprecisión del término (ordinario) como por los rápidos progresos de la terapia». Para evaluar el carácter proporcionado o no de un medio terapéutico habrá que tener en cuenta: «el tipo de terapia, el grado de dificultad y riesgo que comporta, los gastos necesarios y las posibilidades de aplicación con el resultado que se puede esperar de todo ello, teniendo en cuenta las condiciones del enfermo y sus fuerzas físicas y morales». Esta nueva terminología es importante y no es meramente un cambio de nombre: significa no centrarse en las características de las terapias médicas usadas, sino tener también muy en cuenta el conjunto de circunstancias que rodean al propio enfermo.

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- Se afirma claramente la legitimidad del dejar morir en paz: «Es siempre lícito contentarse con los medios normales que la medicina puede ofrecer». El no recurrir a una terapia costosa o arriesgada «no equivale al suicidio». Ante la inminencia de una muerte inevitable, a pesar de los medios empleados, «es lícito en conciencia tomar la decisión de renunciar a unos tratamientos que procurarían únicamente una prolongación precaria y penosa de la existencia, sin interrumpir, sin embargo, las curas normales debidas al enfermo en casos similares». Se vuelve a rechazar, por tanto, el encarnizamiento terapéutico. En estos casos, «el médico no tiene motivo de angustia, como si no hubiese prestado asistencia a una persona en peligro». La obligatoriedad de las «curas normales» ¿excluye totalmente el cese de la alimentación «artificial»? Nos parece que este punto no queda claro en la declaración.

- Finalmente hay un punto, marginalmente expresado por la declaración, que se refiere al significado de la petición de eutanasia por el enfermo: «Las súplicas de los enfermos muy graves que alguna vez invocan la muerte no deben ser entendidas como expresión de una verdadera voluntad de eutanasia; éstas en efecto son casi siempre peticiones angustiadas de asistencia y de afecto. Además de los cuidados médicos, lo que necesita el enfermo es el amor, el calor humano y sobrenatural, con el que pueden y deben rodearlo todos aquellos que están cercanos, padres e hijos, médicos y enfermeros».

La Comisión Episcopal Española para la Doctrina de la Fe publicaba el 15 de abril de 1986 una «Nota sobre la eutanasia». Lógicamente es un documento que empalma con el anteriormente reseñado, pero del que sin embargo nos parece importante resaltar los siguientes puntos:

- Se alude a la ambigüedad de la petición de eutanasia que pueda formular el enfermo, y se hace una especial referencia a la dificultad del hombre y de la cultura de nuestro tiempo en asumir la muerte y saber ayudar al paciente terminal: Sobre la muerte «pesa un importante tabú, y nuestra sociedad la margina y la oculta. Se escribe mucho sobre la dificultad del hombre de nuestro tiempo para integrar el hecho de la muerte. La perspectiva de la muerte crea en muchos de nuestros contemporáneos una inmensa angustia, que dificulta extraordinariamente nuestra relación con el enfermo grave: no sabemos acercarnos a él, acompañarle en sus temores y esperanzas, proporcionarle el apoyo y calor humano que tanto necesita».

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- Finalmente, esta nota subraya mucho la coloración específicamente cristiana y creyente al abordar el tema ético de la eutanasia. «Para Jesús..., la vida biológica y temporal del hombre, aun siendo un valor fundamental, no es el valor absoluto y supremo» . Insiste en esa ética de Jesús por la que «el que pierde su vida, la gana», por la que «nadie tiene más amor que el que da la vida por sus amigos». Para el creyente en Jesús, su forma de asumir la muerte es un modelo a seguir por el cristiano, ya que «en la vida y en la muerte somos del Señor». Nos parece importante que esta nota no asuma una forma de argumentar presente con cierta frecuencia en los escritores católicos al hablar de la vida humana: el afirmar que es un valor absoluto. Esto no es verdad para el mensaje de Jesús. Para la ética de Jesús, la vida es un valor fundamental, pero no constituye un absoluto; el único absoluto para Jesús es la causa del reino de Dios. Así lo afirma también el Catecismo de la Iglesia católica (n. 2276-2279; cf. n. 2280-2283).

4.3. Otras religiones

El tema es muy amplio y complejo para abordarlo ahora con detalle. Sin embargo, una reciente publicación recoge pormenorizadamente cómo se han pronunciado las distintas religiones (judaísmo, islamismo, budismo, hinduismo, otras Iglesias cristianas) ante este tema. La conclusión que surge del estudio de esta amplia información es que existe una importante coincidencia en todas las religiones en relación con la eutanasia. Con la excepción de algunas pocas Iglesias protestantes estadounidenses, no se acepta una última disposición sobre la vida del hombre, tanto si la toma el propio interesado, como si lo hace una tercera persona, a petición del enfermo. Pero, al mismo tiempo, se insiste en que no existe una exigencia ética de hacer todo lo posible por prolongar la vida del enfermo y se subraya la exigencia ética de humanizar el proceso de muerte.

5. Los movimientos en favor de la eutanasia

El movimiento en favor de la eutanasia ha recibido un gran impulso en los últimos decenios, más exactamente en el último siglo, especialmente por la creación de asociaciones que se califican a sí mismas como propugnadoras de la práctica de la eutanasia.

En 1935 se crea en Gran Bretaña la primera asociación que defiende el derecho a morir con dignidad. Su nombre es The Voluntary Euthanasia Society (V.E.S. «Asociación de la eutanasia voluntaria»). En esta asociación se han inspirado las distintas asociaciones que han ido surgiendo posteriormente en otros países. Fue apoyada por conocidas personalidades, como J. Huxley, G. B. Shaw y H. G. Wells. Durante algunos años, esta asociación utilizó el significativo título de Exit

(«salida»).

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se crean asociaciones similares; en el caso español, debe citarse D. M. D., Derecho a Morir Dignamente.

Nos parece que los planteamientos de estas asociaciones están resumidos en un documento aparecido en la revista «The Humanist» en 1974.En el número de los meses julio / agosto publicaba un Plea for Beneficent Euthanasia («Manifiesto en favor de la eutanasia bienhechora»). Tres Premios Nóbeles: Linus Pauling, George Thomson y Jacques Monod encabezaban una lista de 40 firmantes.

Es un documento importante en todo el ulterior debate sobre la eutanasia, en el que se contienen los siguientes puntos:

- «Nosotros, los abajo firmantes, declaramos nuestro apoyo, basándonos en motivos éticos, en favor de una eutanasia bienhechora. Creemos que la reflexión de la conciencia ética ha llegado a un punto que hace posible que las sociedades elaboren una política humana en relación con la muerte y el morir. Apelamos a la opinión pública ilustrada para que supere los tabúes tradicionales y para que se mueva en la dirección de una visión compasiva hacia el sufrimiento innecesario en el proceso de morir».

- «Nos declaramos, por razones éticas, en favor de la eutanasia». «Mantenemos que es inmoral tolerar, aceptar e imponer sufrimientos innecesarios». «Creemos en el valor y en la dignidad del individuo. Ello exige que sea tratado con respeto y, consecuentemente, que se le deje la libertad de decidir razonablemente sobre su propia muerte». «Ninguna moral racional puede prohibir categóricamente la terminación de la vida si ha sido ensombrecida por alguna enfermedad horrible para la que son inútiles todos los remedios y medidas disponibles».

- «Es cruel y bárbaro exigir que una persona sea mantenida en vida en contra de su voluntad, rehusándole la liberación que desea, cuando su vida ha perdido toda dignidad, belleza, significado y perspectiva de porvenir. El sufrimiento inútil es un mal que debería evitarse en las sociedades civilizadas».

- «Desde el punto de vista ético, la muerte debería ser considerada como parte integrante de la vida. Puesto que todo individuo tiene el derecho a vivir con dignidad... tiene también el derecho a morir con dignidad».

- «Recomendamos que aquellos que comparten nuestra opinión firmen sus "últimas voluntades de vida" preferentemente cuando gozan de buena salud, declarando sin equívocos que tratan de hacer que se respete su derecho a morir dignamente. Una copia de tal documento debería entregarse al médico y a los familiares».

- También se defiende la eutanasia para aquellos enfermos que no hayan suscrito previamente ese testamento, pero que reclaman la eutanasia al haber sido alcanzados por una enfermedad incurable.

- El manifiesto refleja la distinción entre eutanasia activa y pasiva, tal como la expresamos anteriormente. Insiste en que en la administración creciente de dosis de calmantes derivados de la morfina puede llegarse a dosis letales que induzcan la muerte del enfermo. «La aceptación de ambas formas de eutanasia nos parece que está implicada en el respeto adecuado al derecho a vivir y morir con dignidad».

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llamarse a otro que se haga cargo del caso».

- «La práctica de la eutanasia voluntaria humanitaria, pedida por el enfermo, mejorará la condición general de los seres humanos y, una vez que se establezcan las medidas de protección legal, animará a los seres humanos a actuar en ese sentido por bondad y en función de lo que es justo. Creemos que la sociedad no tiene ni interés, ni necesidad verdaderas en hacer sobrevivir a un enfermo condenado en contra de su voluntad, y que el derecho a la eutanasia bienhechora, mediante adecuados procedimientos de salvaguarda, puede ser protegido de los abusos».

Nos parece importante hacer una comparación final entre las tomas de postura de la Iglesia, antes mencionadas, y los contenidos del manifiesto y de las asociaciones en favor de la eutanasia. Creemos que existen muchos y muy importantes puntos de contacto entre esa ética humanista y la ética católica al abordar el tema de la eutanasia. Las principales coincidencias son, en nuestra opinión, las siguientes:

- En ambas tomas de postura se insiste en la necesidad de humanizar el proceso de morir y de evitar innecesarias e irrazonables prolongaciones de tal proceso. Afirman inequívocamente no sólo la legitimidad, sino el valor ético de la ortotanasia y rechazan el encarnizamiento terapéutico.

- Los dos planteamientos dan protagonismo al propio enfermo. Hay, sin embargo, una importante diferencia de matiz. Para la «ética humanista» se pone un mayor relieve en la decisión del propio enfermo. La «ética católica», sin negar lo anterior, resalta más el derecho del enfermo a ser ayudado y a que se le creen condiciones que le posibiliten asumir más humanamente su situación.

- En el tema del dolor hay coincidencias y una cierta discrepancia. Para el manifiesto de «The Humanist», el dolor es un absoluto sin-sentido, incluso un disvalor ético. La postura católica coincide en su afirmación de que, en general, debe lucharse en contra del dolor, pero afirma que el dolor asumido tiene un significado positivo desde las coordenadas del evangelio.

- Hay también coincidencia en la afirmación del «derecho a morir en paz». Ambas éticas subrayan la importancia de humanizar el proceso de muerte y de no empeñarse en la utilización de medidas terapéuticas carentes de sentido. Sin embargo hay aquí también una discrepancia que reflejaremos en el punto siguiente.

- Los firmantes del manifiesto parecen abogar por la admisión ética de la auténtica eutanasia, subrayando la dificultad de distinguir entre las dosis crecientes de calmantes y la dosis letal. Los documentos católicos que hemos citado no aceptan la acción médica que pretenda, en primer plano, poner término a la vida del paciente, aunque sí admiten la administración de calmantes que pudiesen indirectamente abreviar la vida del paciente.

6. Reflexión ética sobre la eutanasia

6.1. El valor ético de las actitudes ortotanásicas

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éticamente reprobable.

Nos parece que la actuación de los profesionales médicos, en relación con pacientes irreversibles y terminales, debe inscribirse dentro de un triple eje de coordenadas. El primer punto o eje de referencia vendría marcado por el compromiso de tales profesionales en ejercer su actividad en favor de la prolongación de la vida del enfermo y de la recuperación de su salud. Este compromiso y esta misión son centrales en el ejercicio de la profesión médica o de enfermería. Cuando nos ponemos en manos de tales profesionales, hay al menos una especie de «contrato» implícito de que van a poner su ciencia y su atención al servicio de la prolongación de nuestra vida o de la recuperación de la salud. El médico y la enfermera han sido formados precisamente en esta dirección, y es socialmente positivo que su tendencia natural vaya en la dirección del esfuerzo por salvar las vidas humanas amenazadas. El progreso de la medicina ha tenido mucho que ver con ese esfuerzo médico por no renunciar a luchar en favor de la vida del enfermo, a pesar de la existencia de situaciones desesperadas.

Sin embargo, esta tendencia a luchar en favor de la prolongación de la vida no puede maximalizarse, ya que corre el riesgo de incurrir en el criticado encarnizamiento terapéutico, que hoy puede ser dramático como consecuencia del gran desarrollo de la medicina y sus posibilidades cuasi ilimitadas de prolongación del proceso de muerte. Por eso hay que subrayar la importancia de un segundo eje de coordenadas, que vendría definido por la exigencia que tienen los profesionales de la salud de humanizar la situación de los enfermos próximos a la muerte. No pueden incurrir en planteamientos «vitalistas», quizá además condicionados por su mala integración del hecho de la muerte y por su tendencia a concebirla como un fracaso profesional.

En la formación de los profesionales de la salud existe una desproporción entre los conocimientos técnicos recibidos y su preparación en los aspectos humanistas de su profesión. Esta misma desproporción repercute posteriormente en la atención a los enfermos, que viene además agudizada por la masificación de las grandes instituciones hospitalarias y por la importante crisis e incluso quiebra de los sistemas sanitarios sociales. Si debe subrayarse el esfuerzo médico o de la enfermería en favor de la vida del enfermo, no debe ponerse un énfasis menor en la necesidad de humanizar la situación de los enfermos terminales e irreversibles. Nunca pueden decir que «no hay nada que hacer». Puede ser verdad que no haya ya tratamiento terapéutico, que no existan ya posibilidades de acción en el campo del «curar» (cure), pero sí siguen existiendo en el terreno de la atención y el cuidado

(care), que se le deben seguir prestando al enfermo terminal.

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terminal. La masificación de los grandes hospitales y su tendencia a convertir al ser humano enfermo en el número de su cama o la enfermedad que sufre no deberían ser obstáculo para un tratamiento personalizado. Habría que adquirir una conciencia mucho más intensa de que no sólo es muy importante que las instituciones hospitalarias puedan contar con los nuevos adelantos técnicos, sino que también se creen cauces que posibiliten una aproximación personal al enfermo próximo a la muerte.

Habría finalmente un tercer eje de coordenadas: se trata de la propia opción del mismo enfermo. En un tema en que está en juego su propia vida, el paciente próximo a la muerte no puede convertirse en un mero comparsa sobre el que se toman decisiones sin apenas contar con su propia decisión. No se puede negar la complejidad del tema de la información al paciente sobre su situación, pero hay que afirmar que, en principio, debería reconocérsele su carácter adulto y su capacidad de decisión acerca de las medidas que puedan prolongar su propia vida. Puede haber situaciones, por ejemplo ciertos tumores cerebrales, en que el propio enfermo opte por negarse a una intervención neuroquirúrgica que conllevaría un aumento de cantidad de vida, pero con importantes deficiencias psicológicas; se trataría de una opción por la calidad de vida y no por su cantidad.

Indiscutiblemente existen situaciones en que la afirmación de la autonomía del enfermo puede quedar limitada o incluso no existir, por encontrarse en un estado de inconsciencia. Pero, con las excepciones que sea necesario admitir, no puede cuestionarse el protagonismo que en principio tiene el paciente sobre unas decisiones que a nadie afectan más que a él mismo.

6.2. La eutanasia impuesta al enfermo («cacotanasia»)

Los casos de Michaela Roeder o de las auxiliares de enfermería del hospital Lainz de Viena serían el ejemplo actual más significativo de la eutanasia impuesta al paciente terminal sin contar con su propia opción.

Sobre estas formas de eutanasia existe un unánime rechazo ético en la sociedad, que ha quedado especialmente patente en las reacciones que se han desencadenado ante el comportamiento de las cuatro auxiliares del hospital vienés. Desde los planteamientos éticos existentes en nuestra sociedad, la vida no será considerada un valor absoluto, pero sí tiene este carácter la libertad personal del enfermo a decidir por sí mismo y a que no se le imponga una decisión final sobre su propia existencia. Las asociaciones en favor de la eutanasia han expresado su condena ante tal comportamiento y han subrayado que su opción en favor de tal práctica se basa en la explícita y continuada petición del paciente de que se ponga término a su vida, circunstancia que no se ha dado en los casos de Michaela Roeder o del hospital Lainz.

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de lo que podamos añadir más adelante, la propia vida es un valor tan básico y tan personal del propio paciente que la acción de quitar la vida a un enfermo incons-ciente no puede ser éticamente aceptable si se realiza al margen de su petición, al menos previamente expresada. Nos parece, por las razones que luego indicaremos, que no es lo mismo «dejar morir» que «quitar la vida»: en el primer caso, no negamos que los familiares puedan tomar opciones ante un enfermo que signifiquen la no-prolongación de su proceso terminal y que, por tanto, se le deje morir; sin embargo, la acción positiva de quitarle la vida, al margen de su voluntad, constituye un acto positivo de disposición de la vida ajena que no nos parece éticamente aceptable ni justificable.

6.3. La eutanasia libremente elegida

Es éste el tipo de eutanasia también defendido por las asociaciones en favor de la eutanasia y el gran punto de fricción en todo el debate actual sobre esta problemática. ¿Es admisible éticamente que, en determinadas circunstancias bien delimitadas, se pueda administrar al enfermo terminal, que así lo pide, una sobredosis de morfina o una solución de cianuro, con el único fin de poner término definitivamente a su vida?

Indiscutiblemente, y tal como lo hacen tales asociaciones, deben buscarse garantías para evaluar la auténtica voluntad del paciente. Hay que tener en cuenta lo subrayado por E. Kübler-Ross -a lo que aludiremos en el próximo capítulo- sobre las diferentes fases por las que atraviesa el enfermo terminal y que, más en concreto, es posible que en las fases de ira o de depresión pida la eutanasia sin que ésta petición sea su auténtica y definitiva voluntad. También deberá tenerse en cuenta el verdadero significado de la petición de la eutanasia y que, en no pocos casos, puede equivaler a una forma de solicitar la ayuda que nuestra sociedad no sabe prestar a los pacientes próximos a la muerte. Son bastantes los autores que subrayan que detrás de la petición «quiero morir» hay un trasfondo que significa «quiero vivir -o morir de otra forma». Igualmente debe tenerse en cuenta que, en bastantes casos, la petición de eutanasia surge como consecuencia de los dolores insoportables que padece el enfermo, y que tal demanda desaparece cuando se le proporciona un alivio eficaz.

Sin embargo, aun teniendo en cuenta todas las precisiones citadas en el párrafo precedente, no puede negarse que existen situaciones en que el interesado solicita de forma libre, continuada y responsable que se le ponga fin a su vida, y que tal petición constituye su verdadera opción personal. ¿Se puede descalificar éticamente el que una persona, en situaciones como las descritas, opte por poner término a su vida?

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sustituyendo a Dios como horizonte final de las decisiones humanas. Desde un planteamiento ético, cuyo horizonte referencial se centra en la libertad humana, no es fácil argüir en contra de la legitimidad del suicidio. Ciertamente, la libertad humana se deberá conciliar con las responsabilidades personales y sociales que cada individuo tiene que asumir éticamente, pero en nuestro caso concreto las relaciones del enfermo con su familia y su entorno pueden no existir o incluso quedar afectadas negativamente por la continuación de la existencia de aquél.

Desde el horizonte de valores éticos vigentes en una persona para quien no existe una vida después de la muerte ni una creencia en un Dios de quien se ha recibido la vida y que es el que últimamente la puede valorar, la muerte y el sufrimiento físico o psíquico que la acompañan se convierten en un sin-sentido que no tienen por qué ser asumidos. Desde esa comprensión de la vida y del sentido del hombre no es fácil argumentar que no se pueda disponer activa y positivamente del final de la existencia. Se podrá decir que es bella la actitud de las personas que asumen la vida en su integridad y que no vuelven la cara ante el hecho de la enfer-medad y el dolor, sino que los saben asumir, pero desde una comprensión inmanentista de la vida y desde la afirmación de la libertad como supremo valor humano no es fácil negar al ser humano esta última capacidad de poder decidir activamente sobre el final de su existencia.

¿Puede éticamente el médico u otra persona ejercitar el acto eutanásico solicitado de forma libre, responsable y continua por el mismo enfermo terminal? Son bastantes los médicos que se van a negar a realizar tal tipo de práctica eutanásica y cuya objeción de conciencia será previsiblemente tenida en cuenta, si algún día la legislación admite esta auténtica eutanasia. Algunos afirman que, si tal práctica fuese admitida, el cometido del médico sería hacer accesible el procedimiento eutanásico para que sea el propio enfermo el que lo utilice.

Desde nuestro punto de vista, la discusión ética sobre la auténtica eutanasia recibe una coloración distinta desde una concepción religiosa de la vida: la perspectiva religiosa cristiana da una valoración distinta del hecho de la vida, de la enfermedad y de la muerte. El cristiano tiene una experiencia de la vida como un don gratuito de Dios, como una bendición que refleja ese amor de Dios que experi-menta en su vivencia creyente, aunque haya momentos en que no pueda comprender sus caminos. Para una visión cristiana de la vida, el dolor y la muerte no son un absoluto sin sentido, sino un camino de participación en el misterio del Dios escondido, manifestado en Jesús. El dolor y la muerte siguen siendo un mal; deben ser evitados, cuando ello es posible, sin convertir el camino cristiano en un camino de dolorismo. Pero como decía san Pablo, la muerte «ha perdido su aguijón»; ya no es el sin sentido absoluto, sino que contiene en sí una promesa de vida, como la que está presente en el grano de trigo que se pudre en la tierra para así poder dar fruto.

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Cristo de Velázquez-, sino un final lleno de dramatismo y que se aproximaría al Crucificado desgarradoramente sufriente de Matthias Grünewald o muchas obras de nuestra imaginería. No fue equiparable a la muerte de Sócrates, tal como la describe su discípulo Platón en El Fedón, en un clima de serenidad y de paz, sino el morir angustiado del que había pedido, con gritos y con lágrimas, ser librado de la muerte v que pasase de él este cáliz, pero que finalmente asume su muerte como acto final de entrega confiada en las manos de su Padre, cuya voluntad había cumplido.

Este modelo de la vida y del morir de Cristo configura la actitud del cristiano ante la muerte. Paul Claudel afirmaba que Jesús «no ha venido a suprimir el sufrimiento. Ni siquiera a explicarlo. Ha venido a llenarlo de su presencia». Desde su fe religiosa, el cristiano no debe vivir su vida centrado en el sufrimiento o en la muerte, pero puede percibir que en el fondo de esas realidades inseparables del destino y la condición humana hay una presencia de Cristo y una promesa de vida y

de fecundidad.

6.4. ¿Existe una diferencia ética entre la ortotanasia y la eutanasia?

En las discusiones éticas sobre la eutanasia hay autores que subrayan que los límites entre las distintas formas de «muerte dulce» se diluyen y que, por tanto, no existe fundamento para darles una valoración ética distinta.

En primer lugar, se ha cuestionado si existe una diferencia ética relevante entre no-aplicar una terapia que podría prolongar la vida del paciente terminal y, por otra parte, el dejar de aplicarla una vez que se ha comenzado el tratamiento. Por ejemplo, y refiriéndonos al caso de Karen A. Quinlan, ¿existe diferencia ética relevante entre la conexión y la desconexión del respirador, una vez que se ha aplicado? La opinión claramente dominante es que no existe diferencia ética entre ambas acciones y que el hecho de haber comenzado a aplicar una determinada terapia no significa que no pueda dejar de utilizarse si se llega a la convicción de que se ha convertido en irracional y desproporcionada. Compartimos el planteamiento frecuente en la literatura estadounidense de que no existe fundamento para distinguir entre no-aplicar (withhold) y retirar un tratamiento (withdraw).

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fundamental y que, sin embargo, no se ponen objeciones éticas a la desconexión del respirador.

Hay una cuestión adicional: ¿existe realmente una distinción ética relevante entre el «dejar morir» y el «matar» o «quitar la vida» (entre allowing to die y el

killing)? ¿Existe distinción moral entre no reanimar -dejar morir- y aplicar la verdadera eutanasia, dado que en ambos casos la consecuencia es la misma, la muerte del enfermo terminal?

Nos parece que es trascendente la distinción entre el objetivo de nuestras acciones y sus resultados; si no hacemos esta distinción, habría que equiparar la autoinmolación de una persona para salvar a otros -por ejemplo el que cede su puesto en la lancha salvavidas durante un naufragio- y el que se quita la vida por tedio ante la misma. En ambos casos, la consecuencia es idéntica, pero la valoración ética es claramente distinta en razón de los motivos pretendidos. Si un enfermo terminal deja de respirar y no se le reanima, porque esto parece ser lo correcto, pero posteriormente sigue respirando espontáneamente, no quiere decir que anteriormente le podíamos haber asfixiado.

Como ya indicamos con anterioridad, la ética católica ha aceptado la administración de calmantes, aunque éstos puedan abreviar la vida del enfermo. La realidad de esta situación es hoy discutible; el Dr. J. L. Madrid nos afirmaba personalmente que existen medios para controlar la depresión respiratoria, subsiguiente a la administración de tales calmantes, y que no se puede sin más seguir afirmando que tales fármacos conlleven necesariamente una aceleración de la muerte, además de que la falta de dolores puede actuar en el sentido contrario de prolongación de la vida. Algún autor insiste en que la administración de dosis crecientes de tales calmantes puede llevar a situaciones difícilmente diferenciables de la administración de sobredosis letales. Sin embargo, aunque las consecuencias sean equiparables, la intencionalidad existente lleva a afirmar que tales acciones son distintas. Hay que repetir que no es lo mismo asfixiar a un recién nacido que no aplicarle medidas de reanimación porque se considera que es la decisión más correcta. La consecuencia final o el fin pretendido no lleva a una equiparación de los medios utilizados. Aun reconociendo que existen situaciones oscuras, en donde la distinción entre ambas situaciones pueda no ser clara, sin embargo consideramos que los medios utilizados y las intencionalidades existentes dan una diferente coloración ética a las opciones asumidas. Nos parece, por tanto, que existe una diferencia éticamente relevante entre el «dejar morir» y el « quitar la vida», entre el

allowing to die yel killing.

7. El problema legal de la eutanasia

7.1. La aceptación legal de la ortotanasia

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decisión de que no se les apliquen o se les retiren las medidas que mantienen su vida en casos de una situación terminal». La misma ley afirma que «la tecnología médica moderna ha hecho posible la prolongación de la vida humana más allá de los límites naturales».

La ley considera que «tal prolongación de la vida en personas en una situación terminal puede causar la pérdida de la dignidad personal, dolor y sufrimiento innecesarios y una irracional carga emocional y económica sobre la familia del paciente, al mismo tiempo que no proporciona nada médicamente necesario o beneficioso para la paciente». La conclusión es que: «las leyes del Estado de California reconocerán el derecho de una persona adulta a hacer unas directrices por escrito dando instrucciones a su médico sobre la no aplicación o la retirada de procedimientos que pueden mantener su vida en el caso de una situación terminal».

Esta ley del Estado de California refleja la famosa sentencia del Tribunal de New Jersey sobre la retirada del respirador en el caso de Karen A. Quinlan. Con el paso de los años, en 32 Estados de USA, además del Distrito de Columbia, se ha llegado a una situación similar, de tal forma que se reconoce validez jurídica a los llamados testamentos vitales.

Ya antes hemos aludido a la Carta de los Derechos de los Enfermos de los hospitales estadounidenses. Esta carta reconoce que «el paciente tiene derecho a rechazar el tratamiento en la extensión permitida por la ley y a ser informado de las consecuencias médicas de su acción» (n. 3). Esta misma línea va a ser seguida por una Recomendación del Consejo de Europa de 1976: «El progreso de las ciencias médicas ha prolongado la duración de la existencia sin impedir siempre, sin embargo, la degradación de las funciones orgánicas. Por otra parte, la prolongación de una vida sin esperanza alguna puede corresponder a un gran sufrimiento no sólo para el mismo enfermo, sino también para quien le está cercano. En el caso en el que el diagnóstico haya sido médicamente establecido, ¿es necesario, entonces, continuar una vida sin esperanza alguna, o es preciso conceder al enfermo el derecho, si está en grado de expresarse, de ser aliviado inmediatamente y sin sufrimiento?» (n. 6).

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puedan prolongar irrazonablemente su vida, evitando situaciones de encarnizamiento terapéutico. Durante estos últimos años, esta exigencia ética se ha ido imponiendo en la praxis médica y en la opinión pública.

7.2. La aceptación legal de la auténtica eutanasia

A comienzos del siglo actual hubo intentos de legalización de la eutanasia. En concreto, los Estados de Ohio y Iowa estudiaron en 1906 y 1907 sendos proyectos de ley que admitían esa práctica, sin que tuviesen éxito. Un intento similar se dio también en 1912 en el Estado de Nueva York. En 1922, el Código Penal de la República de Rusia despenalizaba el homicidio por compasión, aunque esta ley era abrogada seis meses más tarde. El III Reich promulgó en 1939 una ley de higiene racial, por la que se admitía la práctica de la eutanasia en personas con minusvalías. Esta ley, que posteriormente fue ampliada en su aplicación, llevó a la muerte a más de 100.000 personas. Por otra parte, la Asociación británica en favor de la eutanasia presentaba dos proyectos de ley en los años 1936 y 1947, que en ambos casos fueron rechazados por la Cámara de los Lores.

Las crueldades cometidas en la época nazi influyeron indiscutiblemente en la Asociación Médica Mundial. En su Primera Asamblea General se promulgaba la Declaración de Ginebra (1948), en que se actualizaba el juramento de Hipócrates afirmando que «mantendré el mayor respeto hacia la vida humana desde el momento de la concepción; incluso bajo amenaza no usaré mi ciencia médica en contra de las leyes de la humanidad». Un año más tarde, la misma Asociación Médica Mundial promulgaba el Código internacional de etica médica, en que se urgía de nuevo la obligación de preservar la vida humana. En la reunión de la asociación, que tuvo lugar en Madrid en 1988, se afirmaba: «La eutanasia, es decir, la interrupción de la vida de un enfermo deliberadamente -tanto si es por iniciativa suya, como si se hace a petición de sus familiares- es contraria a la ética. Esto no impide al médico respetar la voluntad del paciente de dejar el proceso natural de la enfermedad seguir su curso, en la última fase de la enfermedad».

En sentido contrario, ya en 1950, fue enviado un documento a las Naciones Unidas solicitando una enmienda en la Declaración de los Derechos del Hombre que incluyese el derecho a la eutanasia voluntaria para aquellos enfermos que se encuen-tren en una situación incurable. Esta solicitud ha sido repetida en los años 1968 y 1970. En USA ha habido varias decisiones judiciales admitiendo la interrupción de la alimentación artificial a pacientes terminales.

Holanda es el único país que ha llegado a una despenalización de la eutanasia. Ya se había impuesto en los Países Bajos una jurisprudencia que, en la práctica, despenalizaba la auténtica eutanasia cuando se dan las siguientes condiciones:

- Que el paciente encuentre insoportable su sufrimiento físico o mental. - Que el sufrimiento sea insoportable y el deseo de morir sea firme. - Que la decisión sea personal y libre, sin presiones sociales.

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- El médico que aplica la eutanasia debe comunicarlo a las autoridades judiciales y preparar un informe sobre las circunstancias en que se ha tomado la decisión terminal y el método que ha empleado. Las cifras oficiales sobre el número de eutanasias realizadas en Holanda se sitúan en torno a los 3.000 casos anuales; sin embargo, el profesor Van der Sluis, de la Universidad de Amsterdam, considera que la cifra real puede situarse entre 6-18.000, con un incremento importante de casos de eutanasia en pacientes que se encuentran en estado de inconsciencia. Se afirma que el 2% de las muertes en Holanda se realiza mediante la eutanasia. Ahora, la eutanasia sigue presente en el Código Penal holandés, pero no se persigue si se dan las condiciones antes expuestas.

Otro país donde la polémica sobre la eutanasia es intensa es Alemania Federal. En este país no sólo no está despenalizado el suicidio, sino también la ayuda al mismo. El Tribunal Supremo de Munich dictaminó en 1984 que «el derecho a la propia decisión del paciente informado y capaz, y el deseo de una persona que quiere poner voluntariamente fin a su vida, deben ser considerados como equivalentes. Los médicos están obligados a respetar la voluntad del paciente, incluso si está inconsciente en el transcurso de una enfermedad mental». Esta sentencia, que ha sido después confirmada por el Tribunal Supremo Federal, se dictó en el proceso contra Julius Hackethal y Henning Atrott, acusados de haber posibilitado que un paciente se suicidase entregándole una cápsula de cianuro. La sentencia no distingue entre el médico y otra persona cualquiera que proporcione la sustancia letal, si el enfermo lo solicita libremente. Estas sentencias significan que se da un status legal similar al suicidio y a la petición de eutanasia.

7.3. El caso español

La regulación jurídica española, aplicable al tema de la eutanasia, está contenida en el artículo 409 de nuestro Código Penal. En él se afirma que «el que prestare auxilio o induzca a otro para que se suicide será castigado con la pena de prisión mayor; si se lo prestare hasta el punto de ejecutar él mismo la muerte, será castigado con la pena de reclusión menor». Nuestro Código Penal no contempla explícitamente el tema de la eutanasia, que debe, por tanto, ser abordado desde lo que aquél afirma en relación con el homicidio y el suicidio.

En el derecho español, el suicidio, es decir, «la muerte propia querida y ejecutada por persona capaz» no constituye delito. Esta falta de castigo penal al suicidio, tradicional en nuestro derecho, se debe, según algunos autores, a motivos de política criminal; otros lo fundamentan en la falta de coacción de la pena, ya que no se puede conminar con pena de prisión a quien está dispuesto a quitarse la propia vida.

Sin embargo nuestro derecho sí contempla el auxilio al suicidio: este auxilio incluye todos los comportamientos, necesarios o no, para el acto suicida, con tal de que éstos últimos tengan una mínima eficacia causal. Hay sentencias del Tribunal Supremo por las que se penaliza la no facilitación de la ayuda médica. También está contemplada la inducción al suicidio, es decir, la influencia directa y eficaz sobre una persona con la finalidad de que se suicide.

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autores consideran que no debe ser penalizada, ya que la intervención médica pretende paliar los dolores, aunque se siga de ella un acortamiento de la vida; lo mismo habría que decir respecto de la no aplicación de tratamientos extraordinarios cuya finalidad sea el alargamiento artificial de la vida cuando el pronóstico es infausto. Si el enfermo está consciente, debe ser él mismo quien determine la asistencia deseada.

El Anteproyecto de Nuevo Código Penal de 1992 atenúa las penas en los casos de eutanasia activa, es decir, cuando se «causare o cooperare activamente con actos necesarios a la muerte de otro, por petición expresa o seria de éste, en el caso de que la víctima sufriera una enfermedad grave que hubiera conducido necesariamente a su muerte, o que produjera graves padecimientos permanentes y difíciles de soportar» (art. 174,4).

7.4. Pros y contras de una legalización de la eutanasia

Ante todo hay que decir que no pueden ponerse reparos en el caso de la ortotanasia. Nos parece que no puede discutirse, por ejemplo, la ley del Estado de California ni las que se han inspirado en ella. Un punto, sin embargo, polémico es el de si la renuncia a las medidas extraordinarias o desproporcionadas debe incluir también el de la retirada de la alimentación artificial. En este caso convergen dos características que hacen de esta situación una difícil alternativa. No se puede discutir su carácter artificial y, en ese sentido, tiene fuerza el argumento que considera que tan artificial es el respirador como la alimentación por vena o por una sonda nasogástrica. Sin embargo, la segunda característica hace referencia a su carácter «ordinario», con toda la ambigüedad que este término posee. En cualquier caso, son medidas de alimentación tan sencillas y triviales en la actual praxis sanitaria que deben situarse en un plano muy distinto al de la conexión al respirador. Nos parece, en resumen, que esta situación es extraordinariamente compleja y que debe abrirse un debate sobre este tema, antes de que se plasme en una legislación.

El verdadero problema es el de la legalización de la auténtica eutanasia o, en la terminología clásica, la eutanasia positiva directa. A lo largo de las páginas precedentes han ido apareciendo las principales razones que se citan en favor o en contra de esta legalización o despenalización.

Desde nuestro punto de vista, las principales razones a favor son las siguientes: - El riesgo de encarnizamiento terapéutico inherente al progreso de la medicina, que está haciendo que la muerte haya perdido la naturalidad y espontaneidad que tenía en un pasado aún no remoto.

- La gravísima situación de la eufemísticamente llamada tercera edad, en la que la muerte física está siendo precedida por una no menos grave muerte social. El número de ancianos que viven solos, física y afectivamente, es cada vez más alto. No es de extrañar que el debate sobre la eutanasia sea especialmente álgido en aquellos países donde los problemas de la tercera edad son más graves y - donde los vínculos familiares son especialmente lábiles.

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anteriormente, la vivencia religiosa da una coloración distinta a las actitudes ante el morir y el sufrimiento.

- El argumento más importante, que guarda relación con el anterior, es la exigencia de que el ser humano pueda tener no sólo un derecho a la vida, sino también a la muerte. Este derecho sería una consecuencia fundamental de la libertad del ser humano, de su autonomía, de su derecho a una dignidad personal y a que no se le someta a tortura o tratos inhumanos. Anteriormente, al exponer los movimientos favorables a la eutanasia, esta línea de argumentación aparecía claramente marcada en varios de sus representantes. El exsenador Rodríguez-Aguilera, autor de un borrador de proyecto de ley sobre eutanasia, que no ha prosperado, subraya que los valores superiores proclamados por la Constitución Española -libertad, justicia, igualdad y pluralismo político- apoyan su regulación de la eutanasia. Insiste en que nuestra Constitución no contempló el tema de la eutanasia, pero que su afirmación del derecho humano a no ser sometido a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes (art. 15) constituye un cauce para una regulación legal.

Por el contrario, los argumentos de los que rechazan una despenalización de la eutanasia subrayan los siguientes aspectos:

- La existencia de otras alternativas en el tema de la eutanasia. Aquí debe hacerse referencia a lo que diremos en el próximo capítulo sobre el tratamiento del dolor y los hospicios.

- No sólo es ambigua, como hemos subrayado repetidas veces, la palabra «eutanasia», sino que también lo es la petición de eutanasia. ¿Cuál es el trasfondo real de esa petición? Varios autores insisten en que frecuentemente detrás de esa petición lo que existe realmente es la búsqueda de una atención y calor humano que tan difícil es de proporcionar al enfermo terminal por parte del hombre y la cultura de nuestro tiempo. ¿Cómo dilucidar el verdadero trasfondo de tal petición? Por otra parte, la obra de Kübler-Ross insiste en que el paciente terminal atraviesa por dos fases características, las de ira y depresión, en las que aquél puede ser especialmente proclive a solicitar una terminación de su vida: ¿cómo saber si su petición responde a su auténtico deseo, o no es, más bien, una consecuencia transitoria de su situación anímica en esas dos fases? Finalmente hay que aludir también a la dificultad en hacer un pronóstico médico: la medicina no es una ciencia exacta y tiene que reconocer que sus pronósticos fatales en no raras ocasiones no siguen el curso previsto; ¿en cuántos casos un diagnóstico que parece totalmente irreversible entra después por cauces inesperados?

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- Se han dado bastantes casos de familiares que pidieron retirar a sus familiares del hospital Lainz de Viena como consecuencia de las brutales prácticas eutanásicas que allí tuvieron lugar. Indiscutiblemente, los defensores de la legalización de la auténtica eutanasia condenan totalmente lo realizado en aquel hospital; no es ésta, de ninguna manera, la eutanasia que ellos aceptan. Sin embargo considero que en este punto hay un planteamiento que debe ser tenido en cuenta: me refiero a la imagen social que deben tener los profesionales de la salud. Durante siglos se ha ensalzado a estas profesiones por su servicio a la salud y a la vida del enfermo. La existencia de un clima de confianza entre los profesionales de la salud y el enfermo es fundamental en el proceso terapéutico, en que cada vez más se insiste, con toda razón, en la relevancia de los aspectos personales e interrelacionales. Hoy en día, cuando la imagen social del médico puede estar seriamente deteriorada, especialmente como consecuencia de la masificación en el funcionamiento de los sistemas sanitarios, ¿cómo repercutiría en aquella imagen el hecho de que el médico sea la persona que, en determinadas condiciones, pueda ser también el agente de muerte, por muy justificados que puedan ser estos casos? ¿Cuál sería la actitud de un enfermo ante un profesional de la salud que también es capaz de quitar la vida a un enfermo que lo solicita o al que se encuentre inconsciente?

- Suelo afirmar que no creo en el llamado «argumento Auschwitz», es decir, en determinadas argumentaciones, en éste y otros temas, que subrayan el peligro inmediato de incurrir en las brutalidades de los campos de concentración nazis. Pero sí creo que hay que ser conscientes de las consecuencias que pueden seguirse de las opciones legales que hoy se tomen. Los médicos alemanes de la República de Weimar creyeron que era posible quedarse en una «pequeña» eutanasia (un little killing, un «pequeño matar») totalmente controlada, sin pasar a una gran eutanasia (un more Killing, un «matar más») absolutamente descontrolada. Es dramático que la obra de Jost, Binding y Hoche -en el entorno de la que fue calificada como la «medicina más humanista que nunca ha existido» preparase el terreno, en alguna manera, al «gran matar» de la época nazi.

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