ACCESO A VIVIENDA O SUBSIDIO DE VIVIENDA FAMILIAR A LOS TRABAJADORES INFORMALES.
GIOVANNY ALEXANDER LOPEZ CELIS
UNIVERDIAD SANTO TOMAS FACULTAD DE DERECHO
ESPECIALIZACION DERECHO ADMINISTRATIVO VILLAVICENCIO META
ACCESO A VIVIENDA O SUBSIDIO DE VIVIENDA FAMILIAR A LOS TRABAJADORES INFORMALES.
GIOVANNY ALEXANDER LOPEZ CELIS
Informe final presentado como requisito para optar a Título de Especialista en Derecho Administrativo
Asesor
PhD. SONIA PATRICIA CORTES ZAMBRANO PhD © en Derecho
UNIVERSIDAD SANTO TOMAS FACULTAD DE DERECHO
ESPECIALIZACION DERECHO ADMINISTRATIVO VILLAVICENCIO
Autoridades académicas
P. JUAN UBALDO LÓPEZ SALAMANCA, O.P.
Rector general
P. ERICO JUAN MACCHI CÉSPEDES, O.P.
Vicerrector Académico General
P. JOSÉ ARTURO RESTREPO RESTREPO, O.P.
Rector Sede Villavicencio
P. FERNANDO CAJICA GAMBOA, O.P.
Vicerrector académico Sede Villavicencio
Adm. JULIETH ANDREA SIERRA TOBÓN
Secretaria de División Sede Villavicencio
Phd©. SONIA PATRICIA CORTES ZAMBRANO
Nota de Aceptación
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SONIA PATRICIA CORTES ZAMBRANO
Decana de Facultad Derecho
MAYRA ALEJANDRA GOMEZ FUENTES
Coordinador Especialización en Derecho Administrativo
SONIA PATRICIA CORTES ZAMBRANO
Director Trabajo de Grado
Contenido
Pág.
Glosario ... 7
Resumen ... 8
Introducción ... 10
Problema ... 12
Hipótesis ... 13
Justificación ... 14
Objetivos ... 15
Objetivos Generales ... 15
Objetivos Específicos ... 15
Marco Teórico ... 16
¿Quiénes otorgan subsidios familiares de vivienda de interés social? ... 17
Hogar objeto del subsidio familiar de vivienda. ... 17
Postulantes. ... 17
Requisitos generales del hogar. ... 17
Las modalidades de ahorro son las siguientes: ... 18
No están obligados a realizar ahorro: ... 19
Valor del subsidio familiar de vivienda urbana. ... 19
Convocatorias. ... 21
Trámite del subsidio que otorga Fonvivienda. ... 21
Lista de tablas
Pág.
Glosario
Vivienda: es el lugar cerrado y cubierto que se construye para que sea habitado por personas. Disponible en (Definición.DE, 2008)
Subsidio de Vivienda: El Subsidio Familiar de Vivienda es un aporte en dinero o en especie que se otorga por una sola vez al beneficiario, sin que tenga que ser restituido por parte de éste; constituye un complemento de su ahorro para facilitarle la adquisición o construcción de una solución de vivienda de interés social o el mejoramiento de la misma. Disponible en (Superintendencia de Subsidio Familiar, 2016)
Estado: se refiere a una forma de organización social, económica, política, soberana y coercitiva, formada por un conjunto de individuos. (Wikipedia, 2016)
Familia: es el elemento natural, universal y fundamental de la sociedad. (Organización de las Naciones Unidas, 2015)
Trabajador Informal: Como empleo informal se denomina la actividad laboral de quienes trabajan y perciben ingresos al margen del control tributario del Estado y de las disposiciones legales en materia laboral. (Significados.com, 2016)
Resumen
El trabajo analiza las características del mercado de vivienda y el impacto que han tenido las estrategias de viviendas de interés social. Aunque el sistema de subsidios es progresivo, el monto de los mismos es insuficiente para las familias con ingresos inferiores a dos salarios mínimos. Por otra parte, se diseñó una política de tierras mediante la cual se obliga a los municipios a elaborar planes de ordenamiento territorial y se los dotó de instrumentos a fin de impedir que los incrementos de precio de los terrenos excluyan del mercado a la población más pobre. El trabajo también analiza las características de la oferta de vivienda, principalmente su estructura de costos. Varias organizaciones han hecho importantes esfuerzos por reducir los costos de construcción mejorando los procesos y aprovechando economías de escala. Finalmente se presentan conclusiones y recomendaciones.
Estas apuntan principalmente a ampliar la cobertura de vivienda para los grupos más pobres mediante el incremento en el valor unitario de los subsidios.
Este trabajo analiza el marco jurídico que legaliza y reglamenta los procedimientos para la obtención del subsidio de vivienda, considerando que se debería realizar una modificación ya que se vulnera el principio de igualdad a aquella persona que ejerce su actividad comercial como independiente o trabajador informal, ya que lo excluye de este beneficio dejándolo en desigualdad ya que solo le ofrece una opción por medio del Fondo Nacional del Ahorro quien solo ofrece facilidad para acceder a créditos de vivienda con un bajo monto que para el mercado inmobiliario resulta insuficiente.
Abstract
The work analyzes the characteristics of the market of housing and the impact that there have had the strategies of housings of social interest. Though the system of subsidies is progressive, the amount of the same ones is insufficient for the families with income lower than two minimum wages. On the other hand, there was designed a politics of lands by means of which it binds to the municipalities to elaborate plans of territorial classification and they were provided with instruments in order to prevent that the increases of price of the areas exclude from the market the poorest population. The work also analyzes the characteristics of the offer of housing, principally his structure of costs. Several organizations have done important efforts for reducing the costs of construction improving the processes and taking advantage of economies on a large scale. Finally they present conclusions and recommendations.
These point to extend principally the coverage of housing for the poorest groups by means of the increase in the unitary value of the subsidies.
This paper analyzes the legal framework that legalizes and regulates the procedures for obtaining housing allowance, considering that there should be a change since the principle of equality is violated that person who exercises his trade as an independent activity or casual worker, and which excludes it from leaving this benefit in inequality since only gives you an option through the National Savings Fund who only offers ease of access to housing loans with low amount for the property market is insufficient.
Introducción
La experiencia institucional colombiana en materia de vivienda de interés social data de 1939 cuando se creó el Instituto de Crédito Territorial (ICT), entidad que hasta 1991, fue la encargada de construir y otorgar crédito a la compra de vivienda para las clases menos favorecidas. Mediante este sistema el Gobierno subsidiaba las tasas de interés de los créditos y el precio de las viviendas las cuales construía directamente o por contrato con urbanizadores privados. El ICT se financiaba fundamentalmente con recursos del presupuesto nacional, con inversiones forzosas del sistema financiero, con la recuperación de su cartera y en ocasiones recibió créditos externos en condiciones blandas.
Con el tiempo el ICT agregó a sus funciones el apoyo al desarrollo urbano, rehabilitación de áreas subnormales, dotación de servicios comunitarios, mejoramiento de vivienda y atención de desastres. Históricamente el ritmo de actividad del ICT dependió de las asignaciones del presupuesto nacional y de la importancia que se diera a la vivienda de interés social en las estrategias de desarrollo. Los períodos de mayor actividad se concentraron a principios de la década de los sesenta, cuando recibió recursos de programas de la Alianza para el Progreso y en la primera mitad de los 80 cuando se realizó un programa intensivo de construcción de VIS.
Hacia finales de los ochenta, en un proceso de reflexión sobre la vivienda de interés social, se planteaban soluciones al problema de tierras y se cuestionaba el esquema financiero del ICT, al tiempo que se expresaba preocupación por la eficiencia administrativa de la entidad. La política de vivienda de interés social en Colombia en los noventa 8 Esta discusión derivó en la Ley 3ª de 1991, con la cual se reorientó la política, de acuerdo con las tendencias internacionales, hacia un esquema de subsidios basado en mecanismos de mercado.
Problema
Hipótesis
El Estado Colombiano ha tratado durante un largo tiempo de suplir la necesidad de tener una vivienda digna y gratuita a sus habitantes que tengan conformado un núcleo familiar, pero a la fecha hay una gran cantidad de familias las que a un les toca habitar en viviendas donde deben pagar un arriendo, el estado creo fondos para subsidiar a estas familias para que pudieran adquirir su vivienda propia, al inicio los requisitos para adquirir dicho beneficio eran muy mínimos, hoy en día son más los requisitos y el acceso a este beneficio se torna difícil; en consecuencia al conflicto armado que siempre ha existido en el país, se crearon programas para ayudar a las familias damnificadas por este conflicto, lo cual conllevo a que muchas familias que no estaban con un trabajo formal y sin ninguna forma de conseguir uno se hiciera pasar por desplazados o damnificados de conflicto armado para poder adquirir una vivienda digna, como nos podemos dar cuenta el estado no ha tenido en cuenta a los trabajadores no formales, que por las pocas posibilidades de conseguir un trabajo y al no pertenecer a estos grupos de desplazados, no pueden obtener una vivienda digna, para lo cual el gobierno debería crear un programa de vivienda para los trabajadores no formales o pequeños comerciantes como se les podría denominar.
Es un aporte estatal en dinero o en especie entregado por una sola vez al hogar beneficiario, que no se restituye y que constituye un complemento para facilitar la adquisición de vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento de vivienda.
De manera excepcional, se permite que las familias de poblaciones vulnerables como desplazados, víctimas de actos terroristas y afectados por situaciones de desastre o calamidad pública, apliquen este subsidio para la compra de vivienda usada, igualmente
Justificación
Objetivos
Objetivos Generales
Identificar el proceso legislativo y administrativo para la adjudicación de los subsidios de vivienda a trabajadores informales.
Objetivos Específicos
Realizar un análisis al marco jurídico que encierre estos programas y el otorgamiento de los subsidios de vivienda, para analizar si se podría realizar alguna modificación que logre acoger a los trabajadores informales.
Realizar un estudio a los procedimientos establecidos en los programas creados por el gobierno con el fin de buscar una modificación que logre acomodar dentro del procedimiento a los trabajadores informales.
Analizar detalladamente los requisitos exigidos en cada uno de los programas creados por el estado, con el fin de verificar si son inalcanzables para los trabajadores informales.
Realizar un estudio a escala de la población vulnerable que realizan trabajos informales para el sustento de él y su familia, con el fin de obtener como información si alguna vez han poseído vivienda.
Marco Teórico
Ley 3ra de 1991
Esta fue la primera ley referente al subsidio de vivienda en Colombia donde sus principales aspectos a trabajar fueron la hipoteca, el patrimonio familiar y el enajenamiento.
Decreto 975 de 2004
Realizo un ajuste al marco constitucional y a las políticas diseñadas por el estado en materia habitacional.
Decreto 2190 de 2009
Este decreto busca una eficaz ejecución de las políticas de vivienda, debe haber un compromiso institucional directo de las autoridades departamentales y municipales, para garantizar una debida implementación de los recursos del subsidio de vivienda para la culminación de proyectos de vivienda, con el fin de solventar el déficit cuantitativo y cualitativo habitacional.
Ley 1537 de 2012
Esta le reglamento dos programas los cuales fueron el VIPA y el de Vivienda Gratuita, el VIPA trata sobre las personas que realizan un ahorro en programas creados para acceder a una vivienda y los cuales tendrán un subsidio, y el de Vivienda Gratuita se trata de un programa donde la alcaldía o el departamento ponen un lote con obras de urbanismo para algún proyecto de vivienda, el ministerio de vivienda pone el aporte en dinero para la ejecución y el oferente quien es el que ejecuta la obra, sumado a esto las notarías y oficinas de registro no deberán cobrar por los procedimientos que se realicen allí sobre estas viviendas.
Ley 1151 de 2007
¿Quiénes otorgan subsidios familiares de vivienda de interés social?
Las Cajas de Compensación Familiar otorgan el Subsidio Familiar de Vivienda a sus afiliados. Por su parte, el Fondo Nacional de Vivienda, es otorgante del Subsidio de Vivienda Urbana para quienes no tienen afiliación a una Caja de Compensación Familiar, de la misma forma, los subsidios para viviendas ubicadas en zona rural son asignados por el Banco Agrario de Colombia S.A.
Hogar objeto del subsidio familiar de vivienda.
Se entiende por hogar el conformado por los cónyuges, las uniones maritales, incluyendo las parejas del mismo sexo, y/o el grupo de personas unidas por vínculos de parentesco hasta tercer grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil, que compartan un mismo espacio habitacional.
Postulantes.
Podrán solicitar la asignación del Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social los hogares que carecen de recursos suficientes para adquirir, construir o mejorar una única solución de vivienda de interés social, cuyos ingresos totales mensuales no sean superiores al equivalente a cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales vigentes y que cumplan con los requisitos que señalan las leyes y normativa vigentes.
Requisitos generales del hogar.
Los requisitos principales, de acuerdo a la normativa vigente (Decreto 2190 de 2009), que debe cumplir el hogar para poder acceder al Subsidio Familiar de Vivienda son los siguientes:
Los ingresos mensuales del hogar no deben ser superiores a cuatro salarios mínimos
legales mensuales vigentes (4 SMLMV).
No haber sido beneficiario de subsidios familiares de vivienda. Lo anterior cobija los
En el caso de adquisición o construcción en sitio propio, ninguno de los miembros del
hogar debe ser propietario o poseedor de una vivienda a la fecha de postular.
En el caso de mejoramiento, la vivienda no debe estar localizada en desarrollos ilegales
o zonas de riesgo y ninguno de los miembros del hogar debe ser poseedor o propietario de otra vivienda a la fecha de postular.
En el caso de planes de construcción en sitio propio, la solución de vivienda no debe
estar localizada en desarrollos ilegales o zonas de riesgo y alguno de los miembros del hogar debe ser propietario del terreno que se pretende construir.
Si algún miembro del hogar está afiliado a Caja de Compensación Familiar, debe
solicitar el subsidio en dicha Caja.
Los aspirantes al Subsidio Familiar de Vivienda deberán realizar aportes representados en ahorro, con el fin de reunir los recursos necesarios para la adquisición, construcción o mejoramiento, de una vivienda de interés social, con excepción de aquellos cuyos ingresos mensuales sean inferiores a dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes, para quienes este aporte será voluntario. El ahorro previo será calificado y otorgará puntaje al proceso de calificación para la obtención de este subsidio.
Las modalidades de ahorro son las siguientes:
Cuentas de Ahorro programado para la vivienda.
Cuentas de ahorro programado contractual para vivienda con evaluación crediticia
favorable
Aportes periódicos de ahorro.
Cuota inicial.
Cesantías.
Lote de terreno.
Cuando el ahorro previo esté representado en un lote de terreno, éste se estimará en un diez por ciento del valor final de la vivienda nueva, de la construcción en sitio propio, o de la autoconstrucción. En los planes de mejoramiento, el terreno no podrá considerarse como ahorro previo, aun cuando deba certificarse la propiedad del mismo en cabeza del hogar postulante.
El ahorro podrá conformarse con una o varias de las modalidades aquí establecidas. El monto del ahorro previo dependerá de los recursos complementarios y del valor del subsidio de vivienda de interés social, que sumados a aquel resulten suficientes para acceder a la solución de vivienda a adquirir o permitan sufragar el presupuesto de construcción.
No están obligados a realizar ahorro:
Los hogares con ingresos menores a dos (2) smlmv.
Los hogares que se postulen en la Bolsa de Desastres Naturales, Bolsa Especial para
población desplazada, los de víctimas de actos terroristas.
Las familias reubicadas en el continente como solución del problema de población
del departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
No obstante lo anterior, es importante aclarar que para efectos de la calificación, los hogares que cuenten con el ahorro programado certificado podrán obtener un mayor puntaje, además de tener en cuenta que para adquirir una solución de vivienda deben contar con los recursos complementarios al Subsidio Familiar de Vivienda con el fin de realizar el pago total.
Valor del subsidio familiar de vivienda urbana.
las Cajas de Compensación Familiar, corresponderá, como máximo, al valor que se indica en la siguiente tabla:
Tabla 1. Subsidio de vivienda según salario y puntaje
Cajas de compensación familiar FONVIVIENDA Valor SFV
(SMLMV)
Valor SFV Año 2016 $)
Rango de Ingresos (SMLMV) Puntaje SISBEN urbano
Desde Hasta Desde Hasta
>0,00 1,00 0,00 10,88 22 15.167.988
>1,00 1,50 >10,88 14,81 21,5 14.823.261
>1,50 2,00 >14,81 18,75 21 14.478.534
>2,00 2,25 >18,75 20,72 19 13.099.626
>2,25 2,50 >20,72 22,69 17 11.720.718
>2,50 2,75 >22,69 24,66 15 10.341.810
>2,75 3,00 >24,66 26,63 13 8.962.902
>3,00 3,50 >26,63 30,56 9 6.205.086
>3,50 4,00 >30,56 34,50 4 2.757.816
Fuente: Dirección de Inversiones en Vivienda de Interés Social
Para la modalidad de construcción en sitio propio, el monto del Subsidio Familiar de Vivienda urbana que otorga el Fondo Nacional de Vivienda, con cargo a los recursos del Presupuesto Nacional y las Cajas de Compensación Familiar con cargo a los recursos parafiscales, será hasta de dieciocho (18) salarios mínimos legales mensuales vigentes. En el caso de mejoramiento de vivienda, el monto será hasta de once y medio salarios mínimos legales mensuales vigentes (11.5 SMLMV).
En el caso de la denominada “Bolsa para Postulaciones de Ahorro Programado Contractual con Evaluación Crediticia Favorable”, el monto del Subsidio Familiar de Vivienda que otorga el Fondo
Nacional de Vivienda será, como mínimo, equivalente al 65% del valor del Subsidio Familiar de Vivienda para adquisición de vivienda nueva, que correspondería al hogar conforme al nivel de ingresos de éste, definido en la siguiente tabla y certificado por la entidad financiera correspondiente, y hasta por el valor total del mismo subsidio.
urbana conforme a la normativa definida.
El Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social Urbano otorgado por el Fondo Nacional de Vivienda con cargo a los recursos del Presupuesto Nacional, sólo podrá aplicarse en soluciones de vivienda de interés social prioritario. La anterior limitación no se aplicará en el caso de inversiones en macroproyectos de interés social nacional, en programas de Subsidio Familiar de Vivienda urbana en especie y en proyectos de vivienda de interés social en zonas con tratamiento de renovación urbana, de conformidad con lo señalado en el Artículo 86 de la Ley 1151 de 2007.
Convocatorias.
El Gobierno Nacional, brinda atención a los hogares de la población de menores recursos, durante las fechas que se divulgan oportunamente a través de las Cajas de Compensación Familiar u oficinas del FNA de todo el país, quienes informan lo pertinente sobre procedimientos, condiciones y demás inquietudes del Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social urbana.
Trámite del subsidio que otorga Fonvivienda.
La operación previa a la asignación del subsidio, es realizada por parte de las Cajas de Compensación Familiar, constituidas en una unión temporal, denominada CAVIS–UT y por el FNA. El proceso de elegibilidad que garantice la viabilidad técnica, legal y financiera de los proyectos a ser desarrollados con recursos del subsidio es realizado por parte de la Financiera de Desarrollo Territorial S. A. - FINDETER y la supervisión de la ejecución de tales proyectos, es realizado por el Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo - FONADE.
Una vez cerrada la etapa de la convocatoria, las Cajas de Compensación Familiar o el FNA, realizan la consolidación de la información entregada por los hogares y capturada por estas entidades en un software de captura que previamente el Fondo Nacional de Vivienda ha diseñado y les ha entregado. Con posterioridad la información que es capturada y consolidada por la CAVIS-UT o el FNA y es entregada al Fondo Nacional de Vivienda.
El Fondo Nacional de Vivienda recibe la información consolidada y realiza la validación y cruce de los hogares postulados de acuerdo a los números de cédula de ciudadanía de los miembros de hogar, garantizando que cumplan con los requisitos de postulación, validando esta información a través de cruces de cédulas con las entidades externas necesarias para cumplir con esta actividad. Una vez surtido el proceso de verificación de la información, se procede a calificar en forma automatizada cada una de las postulaciones aceptables, esto es, aquellas que no se hubieren rechazado por inconsistencias o falsedad de la información. La determinación de los puntajes de calificación, se realiza ponderando las variables de condiciones socioeconómicas y especiales de los hogares postulantes, tal y como lo establece la Ley 3ª de 1991 y con base en la fórmula señalada
en el Decreto No. 2190 de 2009.
Una vez calificadas cada una de las postulaciones aceptables, la entidad otorgante o el operador autorizado, si fuere el caso, las ordenará de manera automática y en forma secuencial descendente, para conformar un listado de postulantes calificados hasta completar un número de hogares equivalente al total de los recursos disponibles. Los hogares postulantes que no alcanzaren a quedar incorporados en el listado resultante serán excluidos de la correspondiente asignación. Este listado se incluye en el respectivo acto administrativo que expide FONVIVIENDA, asignando los Subsidios Familiares de Vivienda.
El Fondo Nacional de Vivienda emite las cartas de asignación del subsidio a los hogares beneficiados, para que sea la Caja de Compensación Familiar en donde los hogares se postularon la que le entregue la misma y puedan solicitar el cobro del subsidio y su aplicación en la solución de vivienda.
Es importante anotar que cada uno de los procesos previos a la asignación son revisados y certificados por una firma de auditoría externa, conforme lo dispuesto en el artículo 54 del Decreto 2190 de 2009.
Conclusiones
El gobierno central y regional deberían otorgar un subsidio para la obtención de un lugar digno para vivir con sus familias, ya que la única ayuda por parte del gobierno es el llamado Fondo del Ahorro quien solo brinda facilidad para la obtención de créditos para la compra de vivienda, créditos que conllevan un procedimiento para lograr acceder a ellos y que por lo tanto en algunos casos no ayudan muchos a estas personas ya que tienen que hacer un ahorro voluntario durante un (1) año y posterior a estos debe esperar el respectivo estudio al crédito, quien determina el valor del crédito que se asignara al trabajador independiente, sin tener en cuenta los valores que se manejan en el mercado de la inmobiliaria.
Se debería crear un fondo que subsidie a estos trabajadores independientes una parte del valor de la vivienda que desean comprar, como lo que si sucede con los trabajadores formales y las personas que han sufrido el conflicto de la guerra y violencia que hay actualmente en nuestro país.
Referencias Bibliográficas
Colombia, Congreso de la república. Articulo 86 Ley 1151. (24, Julio de 2007). Obtenido de: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=25932
Colombia, Congreso de la república. Ley 1573. (2, Agosto de 2012). Obtenido de: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=47971
Colombia, Congreso de la república. Ley 3ra. (De 1991). Obtenido de: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1164#HojaVida
Colombia, Presidencia de la república. Decreto 2190. (12, Junio de 2009). Obtenido de: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36468
Colombia, Presidencia de la república. Decreto 975. (31, Marzo de 2004). Obtenido de: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=12839
Definición.DE. (2008), Concepto de Vivienda. definición.de. Obtenido de: http://definicion.de/vivienda/
Naciones Unidas (2015), concepto de Familia. .un.org. Obtenido de: http://www.un.org/es/documents/udhr/index_print.shtml
Significados. (2016), concepto de Empleo Informal. significados.com. obtenido de: http://www.significados.com/empleo-informal/