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Influencia del Drawback, Saldo a Favor del Exportador en Situación Financiera y Económica empresa Agroexportadora Villaverde SAC Trujillo, 2014

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(1)Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO ESCUELA DE POSGRADO. I. D DA. NACI ONAL D E. TR. DO. -U. NT. UNIV. I LLO UJ. ER S. UNIDAD DE POSGRADO EN CIENCIAS ECONÓMICAS. RA. Influencia del Drawback, Saldo a Favor del Exportador en Situación. PO SG. Financiera y Económica empresa Agroexportadora Villaverde SAC Trujillo, 2014. DE. TESIS PARA OPTAR EL GRADO DE. BL IO. TE CA. MAESTRO EN CIENCIAS ECONÓMICAS MENCIÓN EN. FINANZAS. : Br. Sanchez Huaman, William Ricardo. Asesor. : Dr. Cholán Calderón, Antonio. BI. Autor. TRUJILLO - PERÚ 2019. Registro Nº ……………… i Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(2) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. JURADO DICTAMINADOR. PO SG. RA. DO. -U. NT. ------------------------------------------------------------Dr. Carlos Alberto Franco Cornelio Presidente. BI. BL IO. TE CA. DE. ------------------------------------------------------------Dr. José Manuel Castañeda Meléndez Secretario. ----------------------------------------------------------Dr. Antonio Cholán Calderón Asesor. ii Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(3) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. DATOS PERSONALES. : WILLIAM RICARDO SANCHEZ HUAMAN. GRADO. : CPC. ESTADO CIVIL. : CASADO. DOMICILIO. : SAN MARTIN Nº 579 MIRAMAR-MOCHE. CORREO ELECTRÓNICO. : wily15_6@hotmail.com. TELÉFONO. : 989 590 086. BI. BL IO. TE CA. DE. PO SG. RA. DO. -U. NT. NOMBRES Y APELLIDOS. iii Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(4) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. DEDICATORIAS. A Dios por siempre guiar mi camino. RA. DO. -U. NT. y bendecirme con su gracia eterna. PO SG. A mis padres Juan y Yolanda, quienes son mi orgullo primordial, por siempre brindarme su apoyo. DE. incondicional y haberme forjado con valores para. BI. BL IO. TE CA. ser una gran persona. A mi esposa Tatiana y mi hijo Álvaro, quienes son la razón de mi existencia. iv Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(5) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. -U. NT. AGRADECIMIENTO. A mis maestros quienes han sido parte fundamental en mi formación profesional quienes con. DO. sus conocimientos lograron orientar mis horizontes con el objetivo de ser competitivo en el mundo actual, y a mi alma máter “Universidad Nacional de Trujillo” el cual ha sido el lugar de. BI. BL IO. TE CA. DE. PO SG. RA. mi esencial aprendizaje, que me abrió sus puertas a un mundo de oportunidades y retos.. v Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(6) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. INDICE DEDICATORIAS……………..……………………………………………………………………….….… iv AGRADECIMIENTO…………………………………………………………………………...….…..………v INDICE……………………………………………………………………………………………….…….… vi RESUMEN…………………………………………………………………………………………..……..… vii ABSTRACT……………………………………………………………..………………………………….. viii I.. INTRODUCCIÓN………………………………………………………………..…………………....… 1. NT. 1.1. REALIDAD PROBLEMÁTICA………………………………………….……………………….…. 1. -U. 1.2. ANTECEDENTES……………………………………………………………………………..……. 4 1.3. JUSTIFICACIÓN……………………………………………………....................…..…….……. 10. DO. 1.4. FORMULACIÓN DEL PROBLEMA………………………………………………….……..……. 11 1.5. OBJETIVOS……………………………………………………………..………………….……… 11 OBJETIVO GENERAL……………………………………………..……………………..…… 11. RA. 1.5.1. PO SG. 1.5.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS…………………………………………….……….……. 11 1.6. MARCO TEORÍCO………………………………………………………………….…..……...… 12 1.6.1. DRAWBACK Y SALDO A FAVOR DEL EXPORTADOR………….…….………..… 12. DE. 1.6.2. SITUACIÓN FINANCIERA Y ECONÓMICA…………………………………….……. 26 1.6.3. EMPRESA AGROEXPORTADORA VILLAVERDE S.A.C…………..……………… 29. TE CA. 1.7. MARCO CONCEPTUAL……………………………………………………………………….…. 34 1.8. HIPÓTESIS……………………………………………………………………..………………….. 37 II.. MATERIAL Y MÉTODOS……………………………………………………………………...………..….….. 38. BL IO. 2.1 MATERIAL DE ESTUDIO……………………………………………………………………………….…. 38 2.1.1. POBLACIÓN………………………………………………………………………………..……..…. 38 2.1.2. MUESTRA……………………………………………………………………………………………..39. BI. 2.2 MÉTODO, TECNICAS E INSTRUMENTOS DE RECOLECCIÓN DE DATOS……………..……….. 39. 2.3 DISEÑO DE INVESTIGACIÓN…………………………………………………..………………. 39 III. RESULTADOS…………………………………………………………………………….………….. 42 3.1. DESARROLLO DEL SALDO A FAVOR DEL EXPORTADOR……………………..…………………. 55. 3.2. CONTABILIZACIÓN……………………………………………………………………..………... 58 3.3. DESARROLLO DEL DRAWBACK…………………………………………………………........ 59 IV. DISCUSIÓN…………………………………………………………………………………..……..…. 65 V.. CONCLUSIONES…………………………………………………………………..……………….… 67. VI. RECOMENDACIONES……………………………………………………………………………..… 69 VII. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS……………………………………………………………….. 70 vi Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(7) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. RESUMEN. La problemática de la presente investigación está referida al estudio de la Influencia del Drawback y el Saldo a Favor del Exportador en la Situación Financiera y Económica de la Empresa Agroexportadora Villaverde S.A.C. del distrito de Trujillo, teniendo como objetivo la determinación de. NT. la Influencia del Drawback y el Saldo a Favor del Exportador en la Situación Financiera y Económica. -U. de dicha empresa. El material empleado es la Empresa en estudio, sobre lavase de la información económica de los meses de mayo, junio y julio del año 2014. El resultado principal comprende el. DO. tratamiento de dicho mecanismo, Drawback en la empresa y sus ventajas en el orden financiero en especial en la liquidez, por lo que su principal conclusión es haber determinado las ventajas del. PO SG. RA. Drawback y el Saldo a Favor del Exportador en este tipo de negocios.. BI. BL IO. TE CA. DE. Palabras clave: Drawback, Saldo a Favor del Exportador, Situación Financiera y Económica.. vii Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(8) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. ABSTRACT. The problem of the present investigation is related to the study of the influence of Drawback and the Balance in Favor of the Exporter in the Financial and Economic Situation of the Agroexportadora Villaverde S.A.C. Trujillo district, with the objective of determining the influence of the drawback and. NT. the balance in favor of the exporter in the financial and economic situation of said company. The. -U. material used is the Company under study, based on the economic information for the months of May, June and July of 2014. The main result includes the treatment of said mechanism, Drawback in. DO. the company and its advantages in the financial order especially in liquidity, so its main conclusion is to have determined the advantages of Drawback and the Balance in Favor of the Exporter in this. PO SG. Drawback, Balance in favor of the exporter, financial and economic situation.. BI. BL IO. TE CA. DE. Keywords:. RA. type of business.. viii Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(9) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. I.-. INTRODUCCIÓN 1.1.- REALIDAD PROBLEMÁTICA La actual situación imperante en el mundo caracterizada por una muy fuerte competencia global, bruscas y repentinas alteraciones económico-financieras generadoras de fuertes cambios en la cotización de las monedas y las tasas de interés, importantes variaciones en los precios de las materias primas, los excesivos e innecesarios gastos que realizan las empresas y los continuos cambios en los gustos y preferencias de los consumidores, da lugar. NT. a que las empresas ejerzan un monitoreo constante de su situación a manera de prevención. -U. en primer lugar, y como reacción eficaz en segunda instancia busquen una solución inmediata para mejorar su situación financiera con respecto a la liquidez y de esta manera. DO. puedan hacer frente a sus pagos de corto plazo (ADONNINO, P., ALONASO, L. y otros. RA. (2008). El tributo y su aplicación: Perspectivas para el siglo XXI Tomo I Marcial Pons 1ª Edic.. PO SG. Buenos Aires).. Sin lugar a duda se debe tener presente algo muy importante. Todo parte de una confusión bastante habitual entre problemas de liquidez y problemas de solvencia. Una empresa no es. DE. solvente cuando sus activos no son suficientes para respaldar sus pasivos. Es decir, que ni vendiendo todo lo que tiene podría pagar sus deudas. Un problema de liquidez no es lo. TE CA. mismo, simplemente es un problema de pagos y cobros a corto plazo. Llevado a lo sencillo, no tiene dinero contante y sonante para hacer frente a los pagos a corto plazo.. BL IO. Como sabemos, uno de los mecanismos de promoción a la exportación que el Estado ha implementado es el Drawback, régimen aduanero a través del cual se debería obtener la devolución total o parcial de los derechos arancelarios que hayan gravado los bienes que. BI. hayan sido importados, e incorporados o consumidos, en los productos finales exportados, de acuerdo a lo señalado en el artículo 82º de la Ley General de Aduanas. En este sentido, el Drawback o Régimen de Restitución Arancelaria, pertenece al grupo de los llamados regímenes aduaneros de Perfeccionamiento Activo. Estos, tal como están planteados sirven para ser utilizados en distintas actividades aduaneras que tienen en común la importación de materias primas, insumos, productos intermedios, partes y piezas, dentro del territorio nacional, para ser reexportados luego de ser transformados o incorporados a otro producto final o consumido en su producción, con la finalidad de restituir los aranceles pagados o. 1 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(10) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. afianzados. (FLORES. J. (2008). Comercio Exterior. Procedimientos y técnicas de Auditoria Tributaria. Editorial CECOF Asesores. Lima Perú). Cabe señalar que además del Drawback Aduanero existe el también llamado Drawback Tributario o más común denominado como Saldo a Favor del Exportador. El primero tendría como beneficio “reintegrar los derechos Arancelarios” y el segundo devolver el IGV. Frente a esta situación, apreciamos que el SFE constituye un mecanismo promotor de las exportaciones debido a que se procura el reembolso del IGV pagado por el exportador en sus. NT. adquisiciones previas a dicha operación, con la finalidad de que el precio de sus productos accedan al mercado internacional liberado de tributos y gravámenes que distorsione su costo,. -U. incrementando de esa manera la competitividad de los productos nacionales en los mercados. DO. internacionales. (ALTAMIRANO, A., MALHERBE J. y otros (2009). Derecho Aduanero. Aspectos constitucionales, generales, informático, procesal, arbital, internacional, ambiental,. RA. minero, construcción, penal y aduanero. Grijley 1ª Edic. Lima).. PO SG. No importa que tamaño tenga la empresa, ni la actividad a la cual se dedique, o que tanta antigüedad posea, siempre está supeditada a caer en una situación de desequilibrio financiero signado por la insolvencia y la falta de liquidez, todo ello producto en muchos casos. DE. de malas políticas financieras, pero en la mayoría de las oportunidades generadas por graves errores estratégicos o bien la acumulación de errores tanto en materia financiera como. TE CA. productiva, comercial y administrativa.. No obstante, en las empresas agroexportadoras, su problema de liquidez se ve en muchos. BL IO. casos afectados por problemas que se crean sigilosamente hasta luego convertirse en graves dificultades. Muchas de estas empresas agroexportadoras que no habiendo adoptado medida. BI. alguna de carácter preventivo, o adoptándolas no las aplicaron eficazmente o lo hicieron fuera de tiempo, se ven envueltos en una situación de continuo y progresivo desequilibrio entre sus ingresos y egresos. Dependiendo de qué tan rápidamente se detecte tal situación, y por tanto de que tan avanzado se encuentre el desequilibrio financiero, serán las posibilidades de revertir la situación, y las medidas a tomar. Como toda situación problemática su solución requiere de una metodología de trabajo concerniente a la Resolución de Problemas y Toma de Decisiones. Aplicar metódicamente un sistema, adecuándolo a las características de cada caso en particular, lo cual ha de surgir del previo proceso de diagnóstico, no sólo es una 2 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(11) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. necesidad sino además una obligación si realmente se quiere salvar a la empresa de su quiebra o desaparición. El Comercio Internacional es una actividad que tal como se plantea en la actualidad debe servir como una importante herramienta de desarrollo económico y por lo tanto tiene implicancias importantes en los niveles de vida de la población del país. Hoy en día, además, se vienen produciendo circunstancias que alientan el enriquecimiento de nuestro país con oportunidades comerciales relativamente ventajosas que nos otorgan países desarrollados,. NT. como los Estados Unidos y los países de Europa y el SGP, sin perjuicio de los Acuerdos Bilaterales y Multilaterales suscritos (y por suscribir) negociados por el Perú (con Chile, con. -U. México, con Singapur, CAN, MERCOSUR, TLC PERU-EEUU).. DO. Según la cámara de comercio de Lima (CCL), en el año 2010, las exportaciones peruanas. RA. han crecido en un 27. 3% ($ 34,125 millones) respecto al alcanzado en el 2009 ($ 26,885 millones); este crecimiento es debido principalmente a la demanda externa, consolidación de. PO SG. nuevos mercados de exportación, y recuperación de los precios internacionales, por ende el estado no ajeno a este crecimiento económico tienen la misión de impulsar un sistema de promoción comercial a través del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) y la. DE. Comisión para la promoción de las exportaciones y el turismo (PROMPERU). (INSTITUTO. TE CA. PACIFICO, Promoción al Exportador Saldo a favor del IGV – Drawback. Lima 2011). Asimismo, la administración tributaria-SUNAT; a evaluar los aspectos impositivos en las operaciones comerciales realizadas en el exterior, por ende trataré de formar una noción. BL IO. sobre los procedimientos administrativos a considerarse por las empresas peruanas que decidan exportar, las mismas que son canalizadas a través de ADUANAS; así como la. BI. adecuada aplicación de las normas tributarias respecto a la promoción de la exportación, tales como el saldo a favor del exportador y el drawback. (COSSIO JARA FERNANDO. Manual de Derecho Aduanero. Editorial Rhodas, Lima 2002). El sistema legal en el comercio exterior tiende a promover las exportaciones creando regímenes como Admisión Temporal Para Perfeccionamiento Activo, el Certificado de Mercancías en Franquicia o la RESTITUCIÓN DE DERECHOS ARANCELARIOS (DRAWBACK).Y es precisamente el Drawback el instrumento legal que cumple la función de promover la exportación de mercaderías, al devolverle al exportador un porcentaje de los derechos arancelarios en razón al monto de su factura de exportación, sometidos a ciertos 3 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(12) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. requisitos, condiciones y plazos legales, establecidos en las leyes vigentes. (EDITORIAL CABALLERO BUSTAMANTE. Drawback, “Restitución de Tributos Arancelarios en Aduanas”). Conjuntamente con el drawback no se queda atrás un tema de importancia que han de considerar todos aquellos que vienen realizando operaciones de exportación. Es el referido al SALDO A FAVOR DEL EXPORTADOR indicado en la Ley del Impuesto General a la Ventas y del Selectivo al Consumo; puede afirmarse también que el Saldo a Favor del exportador representa hoy en día en uno de los sistemas actuales de promoción al exportador, que. NT. consiste en que todo aquel que realice operaciones calificadas como de exportación, tiene la oportunidad de recuperar el importe del IGV que hubiera pagado al momento de realizar las. -U. adquisiciones de bienes y servicios y demás operaciones gravadas con el IGV y con derecho. DO. a utilizar dicho impuesto como crédito fiscal. Mediante el mecanismo del Saldo a Favor, el exportador puede compensar el monto del IGV con derecho al crédito fiscal, contra los otros. RA. impuestos que le correspondiera pagar y/o también solicitar la devolución. Son varios los. PO SG. aspectos que hay que considerar en los dos presentes mecanismos como son el drawback y el Saldo a Favor del exportador, por lo que considero que son una vital e importante ayuda para las empresas agroexportadoras en cuanto a problemas de liquidez inmediata se trata. (SEMINARIO DAPELLO, Arturo. “Manual de Tributación Aduanera”. Cultural Cuzco, Lima,. DE. 2006.).. TE CA. 1.2.- ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN. BL IO. Se ha determinado la existencia de los siguientes antecedentes bibliográficos: 1.2.1 ANTECEDENTES INTERNACIONALES. BI. .León (2014), en su tesis titulada: “Los incentivos Tributarios, la Inversión y el Crecimiento Económico en el Ecuador”, de la Universidad de Guayaquil; indica los siguiente: Conclusiones: La hipótesis planteada “El crecimiento económico en el Ecuador en el período 2011 – 2012, no es producto de los incentivos tributarios establecidos en el Código Orgánico de Producción, Comercio e Inversiones, sino por el crecimiento en el gasto y la inversión pública”, es aceptada, ya que el crecimiento económico debe más al aumento del gasto y la inversión pública, en el que solo el gasto representa, en promedio, el 35% del PIB y la FBKF 4 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(13) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. representa el 24%; la recaudación tributaria representa, en promedio, el 11% evidenciando el cumplimiento de la hipótesis. El gobierno del Ecuador obtiene los recursos de diferentes fuentes para financiar el Presupuesto General del Estado como son los recursos petroleros y no petroleros. Dentro de los recursos no petroleros se pueden encontrar, los ingresos tributarios, las contribuciones a la seguridad social, préstamos externos, entre otros. El incremento en la recaudación tributaria es provocado por el aumento de controles y de. NT. obligaciones impuestas por el Estado a través del Servicio de Rentas Internas- SRI,. -U. organismo que ha servido como pilar fundamental en el desarrollo de los objetivos del. DO. gobierno.. Una de las principales estrategias que ha implementado el SRI es el aumento de la. RA. tecnología en sus procesos de recaudación, la implementación del Anexo Transaccional, el. PO SG. incremento en la conocimiento tributaria para la ciudadanía, permitir a los ciudadanos reducir su impuesto a la renta mediante los gastos personales, lo que permite ampliar las fuentes de recaudación, ya que gran parte de la ciudadanía exigirá factura en las transacciones que. DE. tengan relación a los gastos en alimentación, salud, educación, vestimenta y vivienda.. TE CA. El principal destino de los recursos obtenidos a través de las recaudaciones tributarias es la Inversión Social.. BL IO. 1.2.2 ANTECEDENTE NACIONAL .Tafur (2013), sobre su tesis: “Efectos de la Metodolgía de Fiscalización en el Régimen de. BI. Restitución de Derechos Arancelarios Drawback”, de la Universidad de San Martín de Porres; indica lo siguiente: Como resultado de nuestra investigación hemos llegado a las siguientes conclusiones que presentamos a continuación: Los Productores – Exportadores y Expertos Fiscalizadores de Aduana afirman que los requisitos solicitados en el proceso de fiscalización son los adecuados y que dependerá de su cumplimiento para un resultado positivo 228 al finalizar los procedimientos aduaneros; por lo. 5 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(14) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. tanto los requisitos solicitados en el Proceso de fiscalización inciden en la aplicación de los procedimientos Aduaneros. Las incidencias encontradas en el proceso de Fiscalización no se relacionan con el nivel de sanciones según Leyes Aduaneras; las posibles incidencias encontradas en dicho proceso son el punto que determinaría el resultado , ya que de ello dependería la otorgación del beneficio, es así que está claro para los Productores Exportadores la importancia de ellas, pero no se relaciona con el nivel de sanciones que son aplicados ya que mencionados. NT. Exportadores consideran que las sanciones aplicadas son demasiadas severas para las. -U. incidencias halladas en los procesos de fiscalización.. Las correcciones de Fiscalización no se relacionan con el nivel de conocimiento de las Leyes. DO. Aduaneras y sus asociadas por parte de los Productores- Exportadores, concluyendo que las. RA. correcciones determinadas en el proceso de fiscalización no ayudarían a obtener un mayor de implementar otras medidas.. PO SG. conocimiento para los Exportadores, aunque los fiscalizadores piensen lo contrario tratando. A ellos debemos sumar que SUNAT-ADUANA o alguna institución pública no realiza la. DE. difusión necesaria del Régimen de Restitución de Derechos Arancelarios- Drawback a los Productores- Exportadores, ya que gran parte de ellos consideran que no existe charlas. TE CA. informativas, capacitaciones, ni ninguna otra orientación a los cuales ellos puedan asistir y despejar sus dudas.. BL IO. El reembolso de lo indebidamente restituido no se relaciona con la cantidad de requisitos no aplicados, de lo referido podemos concluir que con lo que respecta a la Resolución que ordena el reembolso de lo indebidamente restituido, considerando el interés y sanciones. BI. aplicadas , los Productores – Exportadores se encuentran en total desacuerdo ya que ellos consideran que la consecuencia de los requisitos no aplicados no es el punto que 229 conlleve al reembolso total del beneficio, aludiendo que los Requisitos principales como el producto exportado y el insumo importado son cumplidos cabalmente por ellos. El monto del beneficio – Drawback entregado al contribuyente incentiva el grado de aplicación de las Leyes Aduaneras, de lo referido podemos determinar que mencionado incentivo es totalmente beneficioso para el contribuyente, a este cuestionamiento tanto Productores –. 6 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(15) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. Exportadores como los Fiscalizadores de Aduana, coinciden en su totalidad que el Régimen Drawback es beneficioso para el Productor – Exportador. Los efectos negativos que acarrea una fiscalización conllevaría a que disminuya la solicitud a dicho beneficio - Drawback por parte de los contribuyentes, ya que si fuera perjudicial para ellos causaría que se abstengan a solicitar dicho beneficio, siendo afirmada por los expertos que consideran que si podría disminuir ya que en su gran mayoría las acciones de fiscalización concluyen quitándole dicho beneficio a los exportadores lo que generaría un. NT. desincentivo al exportador.. -U. 1.2.3 ANTECEDENTES LOCALES. DO. Escalante (2013), sobre su tesis: ”El Drawback y su Incidencia Tributaria en las Operaciones de Exportación de Arroz Pilado de las empresas Agroindustriales de la Provincia de. PO SG. RA. Pacasmayo”, de la Universidad Nacional de Trujillo; considera lo siguiente: Conclusiones. Se ha determinado que para las empresas agroindustriales de la provincia de Pacasmayo en. DE. las operaciones de exportación de arroz n existe la incidencia tributaria ya que la paulatina eliminación de los aranceles, especialmente de los productos calificados de “sensibles”, entre. TE CA. ellos el arroz de enorme interés en el mercado internacional ha afectado la capacidad negociadora del país, pero sobre todo a aquellos pequeños agricultores les dificulta incrementar medidas de solución ante la sobre producción de su campaña 2011-2012 ya que. BL IO. buscan nuevos mercados ante la caída inminente del precio de su producción y que ven no solo en las compras que realiza el estado si también en Colombia una salida a su problema. BI. actual.. En las operaciones de exportación de arroz pilado de la provincia de Pacasmayo, el Drawback no favorece a un producto sensible como el arroz ya que el principal insumo en el cultivo de este cereal son los fertilizantes y su importación es gravada por el arancel del advalorem con una tasa de 0% por ciento dado por el MEF, esto impide definitivamente que se elabore una solicitud de acogimiento para el proceso del Drawback y una respectiva devolución del arancel hasta un tope del 50% del valor FOB. Por último, un aspecto polémico de este “mecanismo de devolución" es que la práctica puede restituir (devolver) más de lo. 7 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(16) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. que realmente ha pagado el exportador por concepto de derechos arancelarios, convirtiéndose en un subsidio o subvención. En el procedimiento de restitución arancelaria (Drawback), cargamos inicialmente al costo de ventas las adquisiciones de materias primas, productos intermedios, partes y piezas importados e incorporados en la producción, este implica la reversión o extorno de dicho costo y no un ingreso; reflejándose en un menor costo de ventas y por ende en los resultados del ejercicio; si el monto revertido exceda el importe de los tributos inicialmente cargados. NT. como costo, se reconoce como ingreso en el Estado de Resultados Separados. Pero en el caso de las empresas agroindustriales de la provincia de Pacasmayo la exportación de arroz. -U. al no gravar el arancel de los fertilizantes no existe una reversión del costo de adquisición.. DO. El Tribunal Fiscal considera que el Drawback como un subsidio gubernamental y como tal no. RA. tiene la naturaleza de renta por el cual no se debería pagar impuesto a la renta. Es decir, el ingreso está constituido por las cantidades que el Estado entrega a as empresas. PO SG. exportadoras a pesar de no haber celebrado ninguna operación pues es claro que no es un ingreso producto derivado del capital, trabajo o empresa, ni se encuentra comprendida en la relación de los beneficios que son gravables además no deriva de una fuente durable, asi. DE. como tampoco provienen de una operación con terceros.. TE CA. Pérez (2013), en su tesis: “Influencia del acogimiento al Régimen Aduanero de Restitución de Derechos Arancelarios – Drawback en los Resultados Económicos de la Empresa Casa Blanca de Trujillo E.I.R.L. de la Región la Libertad – I Semestre 2011”, de la Universidad. BL IO. Nacional de Trujillo; considera la siguiente:. BI. Conclusiones:. El Estado consciente de la importancia de las exportaciones ha creado regímenes que promueven esta actividad, por lo que el profesional en Ciencias Contables está obligado a estar preparado en el tema, estando apto para manejar la operatividad del trámite y de diversas normas de comercio exterior. La empresa tiene como producto principal de exportación al espárrago, alcachofa y pimiento los cuales son vendidos al exterior en envases y/o tapas importadas de Argentina, España o Estados Unidos. Lo que genera el cumplimiento de los requisitos básicos para acogerse al Drawback. 8 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(17) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. La operatividad e este régimen resulta compleja para las empresas exportadoras, pues presentan leyes que constantemente se modifican, con trámites engorrosos y poco entendibles. Originando mayor costo de horas hombre que se invierten para el acogimiento al DRAWBACK. El análisis comparativo del Estado de Ganacias y Perdidas (alternativa de acogerse o no acogerse al Drawback) la variación tiene incidencia en la rentabilidad neta de la empresa, obteniendo una mayor rentabilidad con respecto a las ventas al acgerse al Drawback con. NT. 18.28%, frente a un 13.74% para la alternativa de no acogerse al Drawback. De esta manera el régimen cumple con el objetivo para lo cual fue creado, de maximizar las posibilidades de. -U. crecimiento del comercio exterior.. DO. Con el análisis de la rentabilidad se ha confirmado que el acogimiento al régimen de. RA. perfeccionamiento de Restitución de derechos arancelarios Drawback ha impactado positivamente en Los Resultados Económicos de la Empresa Agroindustrial “CASA BLANCA. PO SG. TRUJILLO E.I.R.L.”, por lo tanto la hipótesis del presente trabajo ha quedado demostrada. Celiz (2013), en su tesis: “ El Drawback y su incidencia en la liquidez de la empresa. DE. exportadora Peruverde S.R.L.. de la ciudad de Trujillo periodo-2012”, de la Universidad. Conclusiones:. TE CA. Nacional de Trujillo” ; considera lo siguiente:. Las exportaciones sn una fuente de ingresos para un país y que traen consigo mecanismos. BL IO. legales como el Drawback, la cual promueve las exportaciones no tradicionales. El Drawback resulta ser muy beneficioso porque mejora la imagen de la empresa en su lado financiero; ya. BI. que logra tener mayor competitividad en los mercados internacionales. Las diferencia de acogerse y no acogerse las empresas productoras – exportadoras al beneficio del Drawback es muy notable, porque existe un incremento en los ingresos; es decir, el Drawback actúa como factor influyente en los resultados del ejercicio dando una mejor posición porque el ingreso representa efectivo libre de impuestos y se ve reflejado en el estado de resultados y en el estado de situación financiera. Concluyentemente el Drawback resulta ser un tema muy importante para las empresas productoras – exportadoras, ya que mejoran de una manera favorable la situación financiera y 9 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(18) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. económica como consecuencia de su realización. Esta mejora se ve reflejada en el incremento considerable de la liquidez así como también en el aumento de la utilidad contable, estos logros llegan a ser muy alentadores para la mejora continua de la empresa, ya que estos mecanismos promotores de la exportación definitivamente inciden en el desarrollo mercantil de la misma. Existen diversos motivos por los cuales las empresas productoras – exportadoras no logran acceder con éxito al beneficio del Drawback como por ejemplo el ben importado que sustente. -U. insumo que de derecho a la restitución arancelaria – Drawback.. NT. el derecho al Drawback y que fue utilizado para la producción no califica legalmente como. DO. 1.3.- JUSTIFICACIÓN. RA. 1.3.1.- JUSTIFICACIÓN TEÓRICA. PO SG. La presente investigación se justifica en el aspecto teórico, por razones fundamentales que conllevan a plantearse y desarrollar esta investigación demostrando resultados positivos que producen dos herramientas como son el Drawback y el Saldo a Favor del Exportador, a la vez calificando e estos mecanismos como elementos importantes en su empleo, puesto que. DE. ayudará en lo pertinente a entidades y situaciones similares, aprovechando de esta manera lo. TE CA. investigado.. 1.3.2.- JUSTIFICACIÓN PRÁCTICA. BL IO. Tiene una participación práctica en la medida que los resultados, conclusiones y recomendaciones obtenidas, contribución para que la alta gerencia asuma de manera. BI. responsable y técnica la planificación económica y/o financiera de la empresa en su rol previsor a las posibles contingencias y que pueda de esta manera establecer los parámetros adecuados y tomar las decisiones correctas para la mejora continua de la propia empresa. 1.3.3.- JUSTIFICACIÓN METODOLÓGICA En la justificación metodológica, porque la investigación realiza y genera procesos que permiten aprovechar aún mejor los mecanismos y la propia normatividad en beneficio de las empresas del sector, así como la elaboración de procedimientos que facilitan el empleo y obtención de resultados, en bien de la empresa en estudio. 10 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(19) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. 1.3.4.- JUSTIFICACIÓN SOCIAL Se justifica en lo social la investigación por cuanto los resultados que se han generado, son de provecho para la comunidad laboral por los beneficios económicos que de ello se derive, así como a los empresarios y los directivos de la entidad, incluso el beneficio es para el estado en relación a la recaudación fiscal y a la propia economía. 1.4.- FORMULACIÓN DEL PROBLEMA. NT. ¿Cuál es la influencia del drawback y saldo a favor del exportador en la situación financiera y. -U. económica de la empresa Agroexportadora Villaverde S.A.C del distrito de Trujillo, 2014?. DO. 1.5.- OBJETIVOS. RA. 1.5.1.- Objetivo General. PO SG. Determinar la influencia del drawback y el Saldo a favor del exportador en la situación financiera y económica de la empresa Agroexportadora Villaverde S.A.C del distrito de Trujillo, 2014.. DE. 1.5.2.- Objetivos Específicos. TE CA.  Determinar la información y el proceso del drawback y el Saldo a favor del exportador en el contexto de la empresa Agroexportadora Villaverde S.A.C. en 2014.. BL IO.  Analizar los mecanismos promotores de la exportación cumplen con las expectativas. BI. esperadas por los exportadores en 2014.  Demostrar las ventajas que permiten la utilización del drawback y el saldo a favor del exportador en la empresa en 2014.. 11 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(20) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. 1.6.- MARCO TEÓRICO 1.6.1.- DRAWBACK Y SALDO A FAVOR DEL EXPORTADOR DRAWBACK INTRODUCCIÓN Uno de los mecanismos legales para promover las exportaciones no tradicionales, lo. NT. constituye el Régimen de Restitución de Derechos Arancelarios comúnmente denominado como “Drawback”, el cual está regulado como aquel régimen aduanero que permite, como. -U. consecuencia de la exportación de mercancías, obtener la restitución total o parcial de los. DO. derechos arancelarios que hayan gravado la importación de las mercancías contenidas en los bienes exportados o consumidos durante su producción. Este beneficio constituye un régimen. RA. de promoción al sector exportador, toda vez que está orientado a menguar la carga impositiva. PO SG. que representa el haber importado insumos o materias primas que son utilizadas en el proceso de bienes finales de exportación, y sobre el cual se han cancelado derechos arancelarios; procedimiento que se encuentra aprobado por el Decreto Supremo Nº 104-95-. TE CA. NATURALEZA JURÍDICA. DE. EF.. Se discute ampliamente la naturaleza del drawback, dado que puede ser concebido como un mecanismo devolutivo o restitutorio de tributos arancelarios y otros conceptos, así como un. BL IO. subsidio indirecto que opera en algunos supuestos, o un estímulo que se aplica directamente a la exportación de mercancías nacionales.. BI. Al parecer, el mecanismo establecido en nuestro sistema jurídico trata de ubicarse en el primer supuesto mencionado, vale decir que, a diferencia de lo que ocurre con el drawback en otros países, se constituye como un mecanismo de restitución de aranceles pagados o asumidos por los exportadores, directamente o indirectamente, cuando se han importado insumos, materias primas o productos intermedios que sirven para la elaboración de su mercancía. No restituye impuestos al valor agregado o selectivo al consumo, sino únicamente los derechos Ad-Valorem.. 12 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(21) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. LOS PORCENTAJES LIMITATIVOS Se debe tener presente que el valor CIF de las madres libres, insumos, productos intermedios, piezas o partes importadas no deben superar el 50% del valor FOB del producto exportado. La razón es muy sencilla, pues al ser un mecanismo de incentivo a la exportación de productos nacionales, lo que se quiere, precisamente, es que la mercadería exportada sea en su mayor parte nacional, de tal forma que si lo importado supera en un 50% a lo exportado, el producto se consideran más extranjeros que nacional.. NT. Para determinar el valor FOB del bien exportado, se debe deducir las comisiones pagadas a. -U. terceros y cualquier otro gasto deducible en el resultado final de la operación de exportación,. DO. en dólares americanos.. Como lo mencionábamos anteriormente, otro porcentaje limitativo es lo relacionado al tope. RA. máximo o volumen de exportación, así la restitución de derechos arancelarios se efectuará. PO SG. hasta los primeros US$ 20’000,000.00 (Veinte millones de dólares americanos) anuales de exportación de productos por subpartida arancelaria y por empresa exportadora no vinculada, monto que podrá ser reajustado de acuerdo a las evaluaciones que realice el Ministerio de. DE. Economía y Finanzas.. TE CA. EL CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS. Procederá la restitución de los derechos arancelarios cuando los bienes importados hayan ingresado al país en un plazo no mayor de 36 meses anteriores a la fecha exportación, esto. BL IO. es, que la numeración consignada en la Declaración Única Aduanas (DUA) de importación tenga como fecha no mayor a 36 meses anteriores a la fecha de control de embarque de la. BI. declaración para exportar. La solicitud del drawback por parte del productor y un exportador, se presentara en la aduana de exportación, en un plazo máximo de ciento ochenta días hábiles desde la fecha de control de embarque. La restitución de los derechos arancelarios se efectuará por medio de notas de crédito emitidas por SUNAT en moneda nacional, teniendo un plazo de vigencia de ciento ochenta días desde su emisión, las cuales podrán ser redimidas media la emisión de Cheques no negociables, siempre que se hubiera indicado dicha intención en la solicitud de restitución.. 13 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(22) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. LA VOLUNTAD EXPRESA DE ACOGIMIENTO AL DRAWBACK POR PARTE DEL EXPORTADOR Vemos que muchas de las solicitudes de restitución de derechos arancelarios son rechazadas porque el productor-exportador omitió manifestar expresamente su voluntad de acogerse al Drawback al momento de efectuar la exportación de los bienes. Por ello, no se debe pasar por alto que los exportadores deben consignar en las DUA de exportación el código 13 en la casilla 7.28 (régimen aplicable).. -U. simples de las DUA de exportación, indicando lo siguiente:. NT. La solicitud de drawback tiene carácter de declaración jurada y debe estar anexada de copias. DO.  El porcentaje de insumos importados incorporados o consumidos en el producto exportado y de las mermas, residuos y subproductos, desperdicios con y sin valor comercial indicados en. RA. el proceso productivo.. PO SG.  Declaración de no haber hecho uso de cualquier otro régimen devolutivo o suspensivo de derechos y gravámenes aduaneros o mercancías que son nacionalizadas con beneficios arancelarios.. DE. TASA DE RESTITUCIÓN ARANCELARIA Y SU EVOLUCIÓN. TE CA. Originalmente la tasa de restitución arancelaria de derechos arancelarios fue siempre establecida en base al 5% del valor FOB de exportación del producto final. Sin embargo, en el 2009 se dictó el Decreto Supremo Nº 018-2009-EF, por el cual se incrementaba. BL IO. temporalmente hasta el 31 de diciembre del mismo año, la casa por Drawback a un 8% del. BI. valor FOB.. Esta medida fue tomada considerando la crisis económica externa por la que atravesaban algunos de los países que son destinos de nuestras exportaciones, razón por la cual el Ministerio de Economía y Finanzas vio por conveniente adoptar un paquete de medidas para que nuestras exportaciones no se vean afectadas severamente por sus ventas al exterior, siendo que una de estas medidas es precisamente incrementar el monto de restitución de derechos arancelarios que los exportadores-productores pagaron al momento de importar algunos insumos del producto final.. 14 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(23) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. MONTOS MÍNIMOS DE RESTITUCIÓN En la práctica el productor-exportador gozara del derecho de solicitar la restitución del 5% del valor de su exportación, siempre que hayan logrado exportar por lo menos diez mil dólares americanos (10,000 US$). Ello es así, pues el reglamento del procedimiento de restitución simplificado de derechos arancelarios, dispone que las solicitudes de restitución del Drawback, deberá presentarse en cada oportunidad por montos no menores de quinientos dólares americanos (500 $). Esto es,. NT. que para siquiera obtener la restitución del monto mínimo, las solicitudes deben estar. -U. sustentadas por exportaciones mayores a los diez mil dólares americanos (10,000 $ x 5% =. DO. 500 $).. Pero que ocurren si el beneficiario tiene exportaciones por montos menores, ¿habrá perdido. RA. el derecho al drawback? Indudablemente que no, pues el reglamento permite acumular varias. PO SG. DUAs de exportación hasta superar el monto mínimo. PROCEDIMIENTO DE RESTITUCIÓN:. DE. a.- TRÁMITE DE LA SOLICITUD DE ACOGIMIENTO AL DRAWBACK:. TE CA. La presentación de la solicitud de restitución de los derechos arancelarios puede ser por escrito o de manera electrónica ante la administración aduanera. No es suficiente que la empresa productora-exportadora que desee acogerse a la restitución de los derechos. BL IO. arancelarios exporte los bienes finales cumpliendo con los requisitos establecidos en la ley vigente, sino que además debe presentarse ante un despachador de aduanas (área de. BI. recaudación de cualquier intendencia de aduana del país) para presentar la siguiente información:. - Solicitud de restitución en original y copia, con carácter de declaración jurada. - Copia simple o fotocopia autenticada por la agente de aduana de la Declaración Única o simplificada de exportación. - Copia simple o fotocopia autenticada por el agente de aduana de la declaración única o simplificada de importación debidamente cancelada, de los insumos utilizados en la producción del bien de exportación. 15 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(24) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. - Copia de la factura del proveedor correspondiente a compras internas de insumos importados por terceros. En caso que la solicitud de restitución se sustente en adquisiciones realizadas al amparo del artículo 128º del D.S. Nº 121-96-EF, de mercancías elaboradas con insumos importados que van a ser utilizadas en el proceso de producción o exportación del bien final, los beneficiarios adicionalmente a la presentación de la factura de adquisición local deberán acreditar con la respectiva declaración jurada, en donde se especifica la Declaración Única o Simplificada de importación debidamente cancelada.. NT. - Copia de la factura que acredite el servicio prestado, en caso de producción o elaboración por encargo. El encargo puede ser parcial o total, debiendo el exportador proporcionar al. -U. productor el insumo importado materia del beneficio de restitución de derechos arancelarios. DO. Ad-Valorem, el mismo que se sustentará con la presentación de los documentos señalados. RA. en los incisos c) y/o d) precedentes, según corresponda.. - Garantía por un monto no inferior al solicitado a restituir, que garantice los adeudos exigibles. PO SG. que el solicitante pudiera mantener a la fecha cuando se requiera que la nota de crédito se emita dentro del segundo día hábil siguiente de presentada la solicitud de restitución. Dicha presentación de la solicitud.. DE. garantía deberá tener una vigencia mínima de dos meses computados a partir de la fecha de. TE CA. - La solicitud de restitución tiene carácter de declaración jurada y en ella el beneficiario deberá declarar no haber hecho uso de regímenes temporales y/o exoneraciones o rebajas. BL IO. arancelarias de cualquier tipo.. - Las solicitudes deberán presentarse por montos inferiores a 500 $ americanos, los interesados podrán acumular exportaciones realizadas por la misma intendencia o por. BI. diferentes intendencias de aduana, hasta alcanzar o superar el monto mínimo antes mencionado.. b.- EMISIÓN DE LA NOTA DE CREDITO Y/O CHEQUE NO NEGOCIABLE La restitución se efectuará por medio de una nota de crédito, la cual será emitida en moneda nacional, considerándose para ello el tipo de cambio promedio ponderado comprar correspondiente a la fecha de emisión de la nota de crédito. Asimismo tendrá una vigencia de 180 días calendario a partir de su emisión. Una solicitud de restitución puede dar origen a la emisión de una o más de una notas de crédito o cheques negociables. 16 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(25) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. Las notas de crédito podrán ser redimidas mediante la emisión de cheques no negociables, siempre que se hubiere indicado dicha intención en la solicitud de restitución. Para ser efectiva la entrega del cheque no negociable, el beneficiario endosa la nota de crédito a favor de Aduanas. Una vez endosada esta será inutilizada precisando que ha sido objeto de redención e indicando el número de cheque correspondiente a su atención, el beneficiario tendrá que firmar un documento denominado comprobante de pago como constancia de recepción, distribuyéndose de la siguiente forma: : Intendencia de aduana (emisora) - área de recaudación (provincia)..  1ra copia. : Beneficiario..  2da copia. : Intendencia de aduana (receptora) - área de recaudación (Callao).. -U. NT.  Original. DO. La nota de crédito o cheque no negociable será recabado en el área de recaudación de la. RA. intendencia de aduana por donde se ingresó a trámite la solicitud de restitución, a más tardar el 11º día hábil siguiente a la presentación de la solicitud y dentro del segundo día hábil. PO SG. siguiente cuando se garanticen los montos a restituir.. TRATAMIENTO CONTABLE Y TRIBUTARIO DEL DRAWBACK. DE. a.- TRATAMIENTO CONTABLE. TE CA. Las normas internacionales de contabilidad, constituyen pronunciamientos técnicos que permiten conocer cómo deben registrarse las distintas transacciones económicas de las empresas, así como guías para la información a presentarse en los estados financieros. Las. BL IO. NICs aplicables al drawback son las siguientes:. BI.  NIC Nº 2: Existencias El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de los inventarios, dentro del sistema de medición del costo histórico. Un tema fundamental en la contabilidad de los inventarios es la cantidad de costo que debe acumularse en un activo, para diferirlo hasta que los ingresos correspondientes sean reconocidos. Esta Norma suministra una guía práctica para la determinación de tal costo, así como para el subsecuente reconocimiento como gasto del periodo, incluyendo también cualquier deterioro que rebaje el valor en libros al valor neto realizable. También suministra una guía sobre las fórmulas de costo que se usan para calcular los costos de los inventarios. 17 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(26) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. Es decir que comprenden dentro las existencias – costos de los inventarios, todos los costos derivados de su adquisición y transformación, así como otros costos en los que se haya incurrido para darles su condición y ubicación actuales. Asimismo, de acuerdo con la norma contable el costo de adquisición de los inventarios comprenderá el precio de compra, los aranceles de importación y otros impuestos (que no sean recuperables posteriormente de las autoridades fiscales), los transportes, el almacenamiento y otros costos directamente atribuibles a la adquisición de mercaderías, los materiales o los. NT. servicios. Por tanto el hecho de que se incorporen los derechos arancelarios al costo de bienes. -U. adquiridos y, teniendo en cuenta de que la restitución que se obtiene en el Drawback no. DO. constituye una restitución de dichos aranceles cancelados, sino un beneficio a favor del exportador, es decir un Subsidio como se estableció, es que se debe descartar la. RA. posibilidad de utilizar la presente NIC, puesto que el ingreso por drawback no influye en. PO SG. la reducción del costo de ventas, sino que sólo se refleja en el Estado de ganancias y pérdidas de las empresas exportadoras..  NIC Nº 20: CONTABILIZACION DE LAS SUBVENCIONES DEL GOBIERNO E. DE. INFORMACION A REVELAR SOBRE AYUDAS GUBERNAMENTALES:. TE CA. Por esta NIC, se reconocen las subvenciones oficiales sólo cuando exista la garantía razonable de que la entidad cumplirá las condiciones asociadas a las subvenciones, y que éstas serán recibidas. Las subvenciones no monetarias se reconocen normalmente. BL IO. al valor razonable, aunque está permitido el reconocimiento al valor nominal. Aplicar el método de la renta sistemáticamente (reconocer los ingresos a lo largo de los. BI. ejercicios necesarios para compensarlos con los costes correspondientes), y no el método del capital (contabilizarlos directamente en el patrimonio neto). Las subvenciones relacionadas con ingresos pueden presentarse como abono en la cuenta de resultados o como deducción en la presentación del gasto correspondiente. Las subvenciones relacionadas con activos pueden presentarse o bien como ingresos diferidos en el balance, o deducirse en el cálculo del valor contable del activo. El reembolso de una subvención oficial debe tratarse contablemente como revisión de una estimación contable con un tratamiento distinto para las subvenciones relacionadas con ingresos y con activos. 18. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(27) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. Por tanto creo, que está NIC, encuadra bien en lo que respecta al subsidio dado por el Estado, e inclusive al darse algunos requisitos para obtener dicho beneficio se está asegurando de que la empresa (importadora – exportadora y/o productora - exportadora) cumplirá con las condiciones asociadas a dicha subvención, que en este caso sería el producir más productos, con más materia prima (y otros insumos) del extranjero o mercancías de proveedores locales elaborados. con insumos o materias primas. importados (adquisición local de insumo transformado), y exportarlos al mundo (en otras. NT. palabras haber más exportación de productos).. -U. b.- TRATAMIENTO TRIBUTARIO. Una de las dudas más frecuentes que surgen de la restitución de los derechos arancelarios. DO. viene a ser si los ingresos obtenidos de la restitución son considerados como renta y si por. RA. ende, si se encuentran gravados con el impuesto correspondiente. Tomare como referencia la RTF Nº 03205-4-2005, la cual señala que los ingresos por drawback no constituyen ingresos. PO SG. gravados de acuerdo a la ley del impuesto a la renta, en el entendido que al ser un beneficio dicho ingreso se origina en una decisión unilateral del Estado, que busca proteger una. DE. determinada actividad económica, en este caso incentivar las exportaciones. En principio, debemos señalar que el concepto de renta producto condiciona la periodicidad y. TE CA. la estabilidad de la fuente para poder determinar una renta, excluyendo a los ingresos eventuales. En tanto, se entiende que los ingresos obtenidos a través del drawback constituyen una transferencia de recursos financieros por parte del estado. Esto se traduce en. BL IO. Ingresos Extraordinarios para la empresa que los recibe, dado que no se puede considerar esta transferencia como parte de la actividad o giro de la empresa y la fuente no puede ser. BI. considerada como durable y susceptible de generar ingresos periódicos, con lo que se descarta este concepto para su aplicación a los ingresos provenientes del drawback. Por otro lado, tenemos que la teoría del flujo de riqueza implica como renta a la totalidad de los ingresos provenientes de terceros y es recogida por el artículo 3º de la ley de impuesto a la renta para señalar a cualquier ganancia o ingresos derivados de operaciones con terceros como renta gravable. Ahora, dado que el monto respectivo producto del beneficio de este régimen nace de un mandato legal y no de operaciones comerciales que se hayan dado en igualdad de condiciones entre el Estado y la empresa beneficiada, el ingreso que vengo analizando tampoco cae dentro de esta teoría. Por lo expuesto, se concluye que la restitución 19 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(28) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. obtenida como producto del régimen del drawback no constituye un ingreso gravado para efectos del impuesto la renta. SALDO A FAVOR DEL EXPORTADOR INTRODUCCIÓN El saldo a favor del exportador es el crédito fiscal del IGV que no llega a ser utilizado por que sus operaciones (de exportación) no se encuentran gravadas con el impuesto general a las. NT. ventas. Los exportadores, al adquirir bienes y servicios necesarios para la producción de los. -U. bienes que exportan, pagan IGV incrementado sus costos que luego no pueden recuperar. DO. porque sus ventas no están sujetas al Impuesto General a las Ventas.. Por ello, se ha establecido un procedimiento para solicitar su devolución, el cual es mal. RA. llamado “beneficio” por algunos autores, puesto que no se trata de un beneficio sino de un. PO SG. derecho. Cuando exista un saldo a favor, este será deducido del impuesto General a las Ventas, en caso que no se agote, el saldo podrá ser compensado con los pagos a cuenta y la regularización del impuesto a la renta. El saldo podrá ser objeto de devolución mediante notas de crédito negociables. Una vez presentada la solicitud de devolución, no se podrá. DE. renunciar a ella ni realizar la compensación. Un aspecto importante a tener en cuenta cuando. TE CA. se solicita una devolución es que el contribuyente tiene la obligación de poner a disposición de Superintendencia Nacional de Administración Tributaria en el lugar que esta indique los registros contables u otra documentación que estime conveniente.. BL IO. PROCEDIMIENTO PARA DETERMINAR EL SALDO A FAVOR DEL EXPORTADOR. BI. Como se aprecia, al momento de establecer el importe del Saldo a Favor del Exportador se incluyen dentro de tal concepto no solo a las adquisiciones que, en estricto, se destinan a la exportación sino también a operaciones gravadas con el Impuesto General a las Ventas. Como la lógica del Saldo a Favor del Exportador es restituir el IGV destinado a operaciones de exportación (y no el destinado a operaciones gravadas dentro de las cuales no existe problema de restitución ya que en principio constituyen crédito fiscal), ya veremos más adelante, luego, cómo se establece un límite al beneficio precisamente relacionado con el valor de las exportaciones realizadas en el periodo; sin embargo debe tenerse presente que el SFE está compuesto no solo por el IGV que grava las adquisiciones destinadas a la. 20 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(29) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. exportación sino también las adquisiciones destinadas a operaciones gravadas del período en que se realizó la exportación. APLICACIÓN DEL METODO DE LA PRORRATA Debe precisarse, sin embargo, que si en el período tributario el contribuyente realizara adicionalmente a las operaciones de exportación y operaciones gravadas, operaciones no gravadas con el IGV, el monto total de sus adquisiciones del período respecto de las cuales no pueda precisarse su destino (conocidas como “adquisiciones comunes”), tendrán que. NT. pasar previamente por el “tamiz” que representa la aplicación del denominado “método de la. -U. prorrata” a fin de establecer qué porcentaje del importe del IGV que incide en sus adquisiciones comunes calificará como Saldo a Favor del Exportador y que monto como. RA. DE. PO SG. La fórmula que se debe utilizar es la siguiente:. DO. costo o gasto.. TE CA. Dónde:. G = Operaciones gravadas; NG = Operaciones no gravadas; X = Exportaciones;. BL IO. Al respecto, debe considerarse las operaciones de los últimos doce (12) meses. APLICACIÓN DEL SALDO A FAVOR DEL EXPORTADOR. BI. Una vez determinado el importe del IGV de las adquisiciones del exportador destinadas a operaciones de exportación u operaciones gravadas (es decir, el Saldo a Favor del Exportador del período) el contribuyente deberá proceder a aplicar el Saldo a Favor del Exportador que haya determinado contra el débito fiscal que se haya generado en el período. Como se puede apreciar, en un primer momento, el Saldo a Favor del Exportador se articula como cualquier crédito fiscal, de manera tal que el importe del Saldo a Favor del Exportador puede ser restituido íntegramente si no fuese absorbido por la totalidad del débito generado en el período haciéndose efectivo así su reintegro total.. 21 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(30) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. GENERACION DEL SALDO A FAVOR MATERIA DEL BENEFICIO En caso que el Saldo a Favor del Exportador fuese superior al importe del débito fiscal generado por las operaciones gravadas del período, el monto remanente ya no se denomina Saldo a Favor del Exportador sino que adquiere la denominación de Saldo a Favor Materia de Beneficio (SFMB). A partir de la determinación del SFMB la restitución del IGV para los exportadores se aparta de utilizar un mecanismo de restitución similar al del crédito fiscal adquiriendo sus propias particularidades. En efecto, el importe del SFMB puede ser, ya sea. NT. compensado o devuelto, pero sujeto al límite que señalamos en el próximo numeral. Debe advertirse que, de estas dos opciones aquella que resulta más eficiente es el de la. -U. compensación ya que es usual que la SUNAT tarde considerablemente para analizar la. DO. devolución del SFMB que teóricamente debería ser expeditivo.. RA. Ahora bien, de optarse por la compensación esta no se realiza, como ya dijimos, bajo el procedimiento habitual que establece el TUO de la Ley del IGV. En efecto, debe recordarse. PO SG. que cuando en un período tributario el monto del débito fiscal es inferior al crédito fiscal, el exceso constituye saldo a favor del contribuyente y debe ser arrastrado necesariamente en los período subsiguientes, utilizándose como crédito fiscal, hasta agotarlo según dispone. DE. expresamente el artículo 25º del TUO de la Ley del IGV e ISC.. TE CA. Sin embargo, tratándose del SFMB, su importe no se arrastra por los meses siguientes para el cálculo del IGV (situación que por lo demás podría implicar que tales importes no sean en definitiva reintegrados en tanto se siga realizando operaciones de exportación) sino que se le. BL IO. permite aplicarlo en el mismo período de su generación contra otros tributos respecto de los cuales el exportador califique como contribuyente y constituyan ingreso del Tesoro Público. BI. (tal es el caso del Impuesto a la Renta de tercera categoría, esto es, pago a cuenta del IR o de regularización del IR. Asimismo, contra el ITAN). Ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 35º de la LIGV y en concordancia con lo prescrito en el numeral 4 del artículo 9º del RLIGV. Como se aprecia, al permitirse la rápida aplicación del SFMB en el mismo período en que se generó se obtiene una “expeditiva devolución” del IGV evitándose el nocivo efecto financiero que involucra el mantener un monto de IGV pendiente de aplicarse, el cual ni siquiera es objeto de ajuste o actualización alguno. En el caso de persistir un remanente, luego del procedimiento descrito, el mismo podrá ser objeto de devolución mediante Notas de Crédito Negociable. 22 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

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