Implementación de Tributos Ambientales en el Perú como una medida de protección al medio ambiente
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(2) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. DEDICATORIAS. A Dios por darme la vida, cuidarme, guiarme y darme fortaleza para cumplir esta meta.. A mis padres y mi familia, por su apoyo incondicional, por su ejemplo de perseverancia y porque gracias a ellos es posible el logro de mis objetivos.. A mis maestros, por la formación profesional que me han brindado en estos 5 años de vida profesional, es especial a mi docente asesor.. A mis Pastores y Líderes, por sus consejos y por formar en mi un espíritu de servicio.. iii Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(3) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. AGRADECIMIENTO A mi Señor Jesucristo por su infinito amor.. A mis padres quienes son el motivo para seguir siempre adelante, por ser tan responsables para conmigo y por brindarme su apoyo en todo momento.. A mi maestro C.P.C Wilder Sánchez Meneses. iiiii Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(4) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. PRESENTACION Señores Miembros del Jurado: De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de Grados y Títulos de la Universidad Nacional de Trujillo, y en el Reglamento interno de la Facultad de Ciencias Económicas, Escuela de Contabilidad y Finanzas y con el propósito de obtener el Título de Contador Público, pongo a vuestra disposición el trabajo de investigación que he desarrollado bajo el título de: “IMPLEMENTACIÓN DE TRIBUTOS AMBIENTALES EN EL PERÚ COMO UNA MEDIDA DE PROTECCION AL MEDIO AMBIENTE” Este trabajo de investigación es el resultado de mi esfuerzo, en el cual he plasmado los conocimientos de las nuevas teorías contable ambiental y de derecho ambiental, con la finalidad de provocar nuevos pensamientos y proponer soluciones que contribuyan al bienestar de la sociedad. Dejo a vuestro criterio el presente trabajo, para su evaluación y dictaminación.. Br. Estefania del Rocio Malaver Saldaña Matricula N° 05105015-10. iv iii Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(5) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. v iv Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(6) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. vi v Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(7) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. INDICE. DEDICATORIAS ..........................................................................................i AGRADECIMIENTO ................................................................................... ii PRESENTACION....................................................................................... iii RESOLUCION DE DECANATO DE PLAN DE TESIS Y ASESOR............ iv RESOLUCION DE DECANATO DE JURADO EXAMINADOR ...................v INDICE ....................................................................................................... vi RESUMEN ............................................................................................... viii ABSTRACT ................................................................................................ ix I. INTRODUCCION ................................................................................... 1 1.1 Realidad Problemática .................................................................... 1 1.2 Antecedentes .................................................................................. 5 1.3 Justificación de la Investigación .................................................... 16 1.4 Planteamiento del Problema ......................................................... 17 1.5 Determinación de los Objetivos..................................................... 17 1.6 Variables ....................................................................................... 18 1.7 Marco Teórico ............................................................................... 18 1.8 Marco Conceptual ......................................................................... 52 1.9 Marco Legal .................................................................................. 56 1.10 Formulación de la Hipótesis ....................................................... 63. II. DISEÑO DE INVESTIGACION .......................................................... 64. vii vi Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(8) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. 2.1 Material de Estudio ....................................................................... 64 2.2 Métodos y Técnicas ...................................................................... 64 2.3 Diseño de Investigación ............................................................... 66. III. RESULTADOS ................................................................................ 67 IV. DISCUSION .................................................................................. 102 V. CONCLUSIONES .......................................................................... 105 VI. RECOMENDACIONES ................................................................. 107 VII. REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS .............................................. 109 ANEXOS ..................................................................................................................... 112. viii vii Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(9) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. RESUMEN La presente investigación busca responder a la interrogante si se deberían implementar tributos ambientales para contribuir a la preservación del medio ambiente, problemática que debería ser de interés para el gobierno peruano, ya que nuestro país es uno de los más diversos del mundo y nuestros recursos naturales poco a poco van menguando, debido a la sobreexplotación. de. los. ecosistemas,. dañándolos. a. veces. irreparablemente. Por ello se demostrara que aprecia una falta de sensibilización en el mercado de factores de producción y que sería positivo gravar algunos actos contaminantes, esto traería como consecuencias que haya un rol activo del gobierno con el medio ambiente, se forme una conciencia ambiental en los contribuyentes, en el que a largo plazo tomen medida anticontaminantes para ya no seguir exponiéndose a este tipo de tributos. Además se propondrán alternativas de solución para los problemas de nuestra realidad, como el rechazo de las personas a pagar tributos y la eficiencia de la Administración Tributaria para gestionar la implementación, cobro, recaudación y fiscalización de estos nuevos tributos.. PALABRAS CLAVE Medio Ambiente, Contaminación Ambiental, Tributos Ambientales, Desarrollo sostenible.. ixviii Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(10) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. ABSTRACT This research seeks to answer the question whether environmental taxes should be implemented to contribute to the preservation of the environment, a problem that should be of interest to the Peruvian government, because our country is one of the most diverse in the world and our natural resources little by little they are dwindling due to over-exploitation of ecosystems, damaging sometimes irreparably. Thus were established that would encumber some contaminants positive acts, this would bring consequences that have an active government role in the environment, environmental awareness forms on taxpayers in the long run to take antipollution measure no longer be by solving this type of taxes. Furthermore they propose alternative solutions to the problems of our reality, as the rejection of people pay tribute and efficiency of the tax administration to manage the implementation, collection, collection and control of these new taxes. Also they propose alternative solutions to the problems of our reality, as the rejection of people pay tribute and efficiency of the Tax Administration to manage implementation, billing, collection and control of these new taxes.. KEYWORDS Environment, Environmental Pollution, Environmental Taxes, Sustainable Development.. ixx Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(11) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. 1. I. INTRODUCCIÓN. 1.1. REALIDAD PROBLEMÁTICA Las prácticas de consumo y el estilo de producción actual, en los cuales se aprecia una falta de sensibilización en el mercado de factores de producción en relación con el agotamiento del medio natural y de sus dificultades de renovación, es causa del creciente deterioro del medioambiente en el mundo.. Los países han tomado conciencia sobre el problema de la contaminación ambiental, ya que no solamente concierne a cada país de manera individual sino a todo el mundo; es por ello que el pasado noviembre y diciembre, se reunieron 195 países en París con motivo de la XXI Conferencia Internacional sobre Cambio Climático o 21ª Conferencia de las Partes y la 11ª Conferencia de las Partes en calidad de reunión de las Partes en el Protocolo de Kyoto (COP21/CMP11), en donde finalmente se llegó a un acuerdo contra el calentamiento global; éste acuerdo será aplicado a partir de 2020, de acuerdo con el comité organizador, el resultado esperado era clave para limitar el calentamiento global por debajo de 2 grados centígrados en 2100, en comparación con anterioridad a la era industrial. Los investigadores de la ONU Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático acordaron en 2009 que esto era necesario para evitar catástrofes climáticas graves, y que ese resultado a su vez requeriría que las emisiones de gases de efecto invernadero se redujeran entre un 40 y un 70 por ciento en 2050 en comparación con el año 2010, alcanzando un nivel. 1 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(12) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. cero en 2100. Esta meta fue no obstante superada por el proyecto definitivo formalmente aceptado del Acuerdo de París que pretende también proseguir los esfuerzos para limitar el aumento de temperatura a 1,5 grados centígrados. Un objetivo ambicioso requeriría un nivel cero de emisiones de veces entre 2030 y 2050.. El aumento de los problemas ambientales en el mundo ha obligado a varios países a diseñar políticas públicas que coadyuven a reducir la contaminación ambiental sin afectar el crecimiento económico. En los últimos años, diversas organizaciones y gobiernos, han puesto en marcha algunos ordenamientos jurídicos para regular la emisión de factores contaminantes, así como acciones de carácter fiscal que penalicen el mal uso de recursos naturales y la contaminación del medio ambiente. Los gobiernos, tienen a su disponibilidad una gran variedad de herramientas como lo son la aplicación de leyes para el cobro de impuestos ambientales, subsidios y regulaciones ambientales. Adicionalmente, los sistemas tributarios nacionales han experimentado cambios normativos dirigidos a la desincentivación de las actividades empresariales y particulares que afectan de forma decisiva al medioambiente a través de su gravamen, lo cual ha generado una revisión de la actual normativa tributaria que, de forma paulatina, ha impregnado la globalidad de los ordenamientos jurídicos de cuestiones ambientales. Dentro de estas herramientas, los impuestos ambientales, son los más flexibles para los entes económicos de un país a la hora de determinar la manera menos costosa de reducir el impacto ambiental por medio de la determinación de precios. En este sentido, se establece que la aplicación de. 2 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(13) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. normas. tributarias. de. carácter. ambiental,. podrían. favorecer. la. concientización de los entes económicos para producir o realizar una actividad económica sin afectar el medio ambiente y los recursos naturales.. Dentro de estas medidas podemos referenciar a (ACQUATELLA & BÁRCENA., 2005): La OCDE, por ejemplo, ha documentado más de 60 tasas actualmente en uso en varios países con el fin de controlar la contaminación del aire, el agua y el suelo, así como los residuos sólidos y el ruido (OCDE, 1994).. En nuestra normatividad, es muy escasa la regulación sobre tributación medioambiental frente a los desequilibrios medioambientales ocasionados por las alteración nociva del estado natural de un medio como consecuencia de la introducción de un agente totalmente ajeno a ese medio, causando inestabilidad, desorden, daño o malestar en un ecosistema, en un medio físico o en un ser vivo. El contaminante puede ser una sustancia química, energía (como el sonido, calor o luz) o genes.. Este tema cada vez está tomando fuerza sobre su naturaleza, sus beneficios a la comunidad en su presente y futuro. Tema delicado al ser un punto central en el desarrollo económico, social de las poblaciones, de las comunidades nativas, de los empresarios en nuestro país en la relación con la debida y ordenada explotación de nuestros recursos naturales renovables y no renovables con repercusiones en las generaciones futuras.. 3 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(14) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. Se. debe. tener. presente. que. una. compleja. normatividad. sobre. medioambiente debe enfrentar a la complejidad del aparato administrativo que muchas veces limitan una eficaz protección al tema a tratar. El Perú no ha implementado tributos de tipo ambiental para solucionar eficazmente el tema de la contaminación ambiental con la finalidad de lograr un crecimiento económico sostenible en el país.. En el año 2012 PATÓN GARCÍA GEMMA señala que “Desde esta óptica la tributación medioambiental destaca como uno de los instrumentos idóneos con la finalidad de internalizar los costes socio-medioambientales. Igualmente, desde un punto de vista económico, las causas que justifican la intervención tributaria en el ámbito medioambiental entroncan con un valor de justicia de evidente contenido ético. De hecho, la dimensión finalista de los tributos ambientales, la pretensión de la utilización de instrumentos tributarios para la preservación y mejora de la calidad del medioambiente, introduce un factor moral en los tributos que se traslada por entero al sistema fiscal en sus más diversas manifestaciones. Ante estas premisas, el trasfondo ético no debe ser ajeno al análisis jurídico tributario de cualquier institución.”. En definitiva, estamos ante el debate acerca de la intervención pública en el sistema económico regido por el libre mercado en constante dinamismo que se somete a las decisiones subjetivas individuales y que, volcadas, tal vez, en la maximización de beneficios empresariales han descuidado los. 4 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(15) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. valoraciones sociales, laborales o medioambientales, cuya protección es corresponsabilidad de agentes públicos y privados.. Empecemos en nuestro país a buscar soluciones de los desequilibrios ambientales, ocasionados por la contaminación de aguas, la destrucción de la capa de ozono y la tala indiscriminada de árboles. Se debe hacer todo el esfuerzo por rescatar lo que se ha deteriorado, vinculando el tema del medio ambiente con la calidad de vida actual y de las de generaciones futuras. Asimismo, por su carácter global, se deben generar estrategias a nivel mundial sobre políticas de protección del medio ambiente. La participación conjunta para limpiar el orbe es una ardua tarea que compete no sólo a una nación.. 1.2. ANTECEDENTES. En la búsqueda de información respecto al tema de la presente investigación se han tomados los siguientes trabajos de investigación y publicaciones:. INVESTIGADORES: Maldonado Garzón, Mayra Beatriz; Ochoa Herrera, Johanna Cecibel.. TITULO: “Análisis a la tributación ambiental y sus incentivos fiscales para la protección del medio ambiente.”. AÑO DE INVESTIGACION: 2013. 5 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(16) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. LUGAR: Cuenca, Ecuador 93 Págs. Y cuyas conclusiones son las siguientes: 1. Se observó que para las personas de la tercera edad no existe exoneración o rebaja alguna del impuesto a la contaminación vehicular, ya que en la Constitución Ecuatoriana menciona que las personas de la tercera edad tienen derecho a ser exoneradas de cualquier pago en materia tributaria. 2. Mencionamos también que se exonera del impuesto a los vehículos como son buses, taxis, etc., que son los que más contaminan, por el contrario quienes pagan el impuesto a la contaminación vehicular son los vehículos de uso particular. 3. El impuesto verde solo aumenta el valor de la matrícula, pero no hace que los ciudadanos tomen conciencia en cuanto a la contaminación.. 4. Para el gobierno el impuesto a la contaminación Vehicular es de carácter recaudatorio, ya que no existe ningún tipo de producto sustitutivo. 5. En cuanto al impuesto redimible a las botellas plásticas no retornables, no existe una parte de la ley que diga cómo se devolverán este impuesto a los consumidores finales. 6. En cuanto a la empresa que se tomó como ejemplo se observó que no cuenta con un centro de acopio para la recolección de las botellas plásticas.. 6 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(17) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. INVESTIGADOR: Yacolca Estares, Daniel Irwin. TITULO: “Reforma Fiscal Verde para Sudamerica” AÑO DE INVESTIGACION: 2013 LUGAR: Lima, Perú. 128 Págs. Y cuyas conclusiones son las siguientes: 1. Que la mejora en la calidad medioambiental no tiene por qué generar necesariamente un menor crecimiento económico, idea que había estado muy extendida hasta entonces. 2. Que existe la posibilidad de que el decisor político pueda actuar de distintas maneras ante los problemas que genera la contaminación. 3. Que, existe suficiente justificación ambiental para la intervención pública a nivel local, regional e incluso global, frente a la contaminación ambiental.. 4. Que, la justificación económica desarrollada en este trabajo nos hace arribar a que los costes sociales provocados por externalidades negativas. pueden. ser. internalizados. mediante. instrumentos. económicos, encaminados en mejor medida que la regulación (comando y control) a coadyuvar en la preservación del medio, constituye una opción estratégica para la gestión ambiental, a través de la actuación del deber de contribuir y del principio contaminador pagador, ambos comprendidos en el principio de solidaridad.. 7 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(18) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. 5. Que, la justificación jurídica del principio quién contamina, paga, reconocido internacionalmente, es vital para enfrentar la gravedad del problema ambiental, haciendo posible de modo preventivo la creación de una fiscalidad ambiental por parte de los tres niveles de gobierno (Nacional, Regional y Local), comunitario e incluso global. Por ello, la posibilidad de armonizar a nivel Sudamérica la tributación ambiental, mediante una reforma fiscal verde integral avizora una tendencia positiva. 6. Que, si bien es cierto la tributación está centrado en fines recaudatorios, existe la posibilidad de diseñar tributos ambientales y los elementos ambientales, recurriendo a los fines extra fiscales de la tributación, que hoy en día ha sido incorporada a nivel de legislaciones y pronunciamientos constitucionales, con ciertos límites en los principios constitucionales tributarios. 7. Que, la experiencia comparada en América y Europa muestra empíricamente que la fiscalidad ambiental es un excelente instrumento de gestión ambiental y que constituye un modelo interesante para comprender las relaciones entre el Derecho comunitario y los sistema fiscales nacionales. Se trata de encontrar elementos de coordinación teniendo en cuenta que, un día existirán tributos comunitarios o globales, muy probablemente esos serán tributos ambientales. 8. Que, el diseño y puesta en práctica de los tributos ambientales, necesita una previa información dirigida a los sujetos pasivos, personas físicas y sociedades mercantiles, a fin de que conozcan este. 8 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(19) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. nuevo tributo y lo puedan valorar en su justa medida, para que puedan colaborar con la preservación del planeta haciendo frente a los efectos del calentamiento global en su más amplia perspectiva mundial. 9. Que, tal como se ha predicho en el proyecto de investigación del presente trabajo, resulta evidente que en Sudamérica se necesita realizar una Reforma Fiscal Verde armonizada, por eso los países que la integran deben diseñar políticas públicas y convenios para alcanzar una integración Sudamericana. 10. Que, el modelo de Reforma Fiscal Verde que necesita Sudamérica es sin duda el modelo integral, que si bien alcanza una complejidad considerable, por sus potenciales efectos negativos sobre la distribución de rentas y la competitividad empresarial. Por eso se ha recomendado seguir el modelo planteado por Alberto Gago y Xavier Labandeira, con la finalidad de reducir los riesgos mediante medidas precautorias y compensatorias, mediante la aplicación gradual de la reforma en el tiempo, con extensión progresiva de bases y crecimiento sucesivo de tipos. Sobre todo diseñado en bloque a nivel Sudamericano, para mejores resultados a mediano y largo plazo. 11. Finalmente, es importante hacer notar que nuestra hipótesis referida a la necesidad de realizar una reforma Fiscal Verde en Sudamérica, ha sido contrastada positivamente, puesto que dicha reforma es vital para su desarrollo dentro de una economía verde (Sustentada en el Informe del 2011 del PNUMA), y está respaldada ampliamente en la experiencia comparada que ha hecho realidad verdaderas reformas. 9 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(20) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. viables, con las perfecciones que dichos modelos impliquen en su aplicación concreta en Sudamérica.. INVESTIGADOR: TITULO: “La Responsabilidad civil por daño ambiental en el sistema peruano.” AÑO DE INVESTIGACION: 2013. LUGAR: Lima, Perú. Págs. 314 Y cuyas conclusiones son las siguientes: 1. El daño ambiental constituye un nuevo supuesto de responsabilidad civil, que presenta características jurídicas y procesales aplicables exclusivamente a los derechos ambientales. 2. El Código Civil Peruano de 1984, no presenta una regulación expresa de una institución jurídica encaminada a brindar una tutela civil del daño ambiental. 3. La. Ley. General. sistematización. de. del la. Ambiente. presenta. responsabilidad. civil. una. inadecuada. ambiental,. en. consecuencia deviene en ser ambigua, imprecisa y poco acertada, lo cual genera una incertidumbre al momento de invocar y administrar justicia ambiental. 4. El actual sistema de responsabilidad civil regulada en el Código Civil, Ley General del Ambiente y Código Procesal Civil, presentan dificultades respecto a la actividad probatoria por daños ambientales.. 10 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(21) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. 5. La sistematización del daño ambiental, deberá de estar estructurados bajo la unificación de los principios ambientales de: Prevención, Precautorio, de Reparación y Sancionador. 6. La responsabilidad ambiental en esencia es una responsabilidad extracontractual. 7. Los plazos de prescripción de las acciones por daños ambientales deberán de ser de dos años para el daño personal - patrimonial y por daños difusos por diez años. 8. El actual sistema judicial presenta dificultades de acceso a la justicia ambiental de las personas afectadas en sus derechos ambientales, desde aspectos de índole económicos y procesales. 9. El daño ambiental presenta dificultades respecto a la identificación de las víctimas y la cuantificación económica del daño causado en su perjuicio.. INVESTIGADOR: TITULO: “La creación de un impuesto con efectos y fines ambientales en el estado de Veracruz.” AÑO DE INVESTIGACION: 2011. LUGAR: Veracruz, México. Págs. 246 Y cuyas conclusiones son las siguientes: 1. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, habilita a los Estados para obligar mediante leyes a todos los mexicanos que residan en su respectiva jurisdicción, al pago de contribuciones. El. 11 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(22) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. medio ambiente queda entendido como un bien público a nivel de norma suprema a través de varios artículos de la Constitución, por lo que se deduce que todo gasto necesario para el Estado en uso y cuidado del medio ambiente es un gasto público. Con ello se particulariza la obligación tributaria para el Estado de Veracruz de la siguiente manera: Todo residente del Estado de Veracruz queda obligado a contribuir al gasto público para la conservación del Medio Ambiente de la manera proporcional y equitativa que las leyes dispongan. 2. El Estado cuenta con un sistema administrativo que recauda ingresos por impuestos a los energéticos que son fuente primaria de gran parte de la contaminación, y este sistema tiene la capacidad para asignar ingresos públicos hacia labores específicas ambientales. Hay además aspectos de la planeación y la actividad política del gobierno de Javier Duarte de Ochoa, que muestra la decidida voluntad de bajar las emisiones al aire de GEI, objetivo que se vislumbra viable a través de los impuestos ambientales. 3. Los tipos de Impuestos Ambientales necesarios para el Estado son: Impuestos a productos energéticos, Impuestos sobre emisiones al aire, Impuestos por contaminación del agua, Impuestos por el uso del agua, Impuestos por generación de residuos, Impuestos por manejo de la biodiversidad y vida silvestre, Impuesto a vehículos, Impuesto por actividades altamente riesgosas para el medio ambiente. 4. Existen varios factores a considerarse en el cálculo de tasas impositivas, tales como los relativos a: La valoración económica del. 12 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(23) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. Medio Ambiente, determinación del gasto ambiental, Fondos ambientales, Desarrollo sostenible y competitividad. 5. Existe una relación funcional entre los fines fiscales y extra-fiscales, que hace necesaria la implementación conjunta e interdependiente de impuestos ambientales con fines predominantemente fiscales junto con otros de fines predominantemente extra-fiscales.. 6. Existen diversas condiciones necesarias que deben ser tomadas en cuenta para la implementación del impuesto y para el logro de las finalidades de los mismos, que son de tipo administrativo y legislativo.. INVESTIGADOR: Carlos Eduardo Peralta Montero TITULO: “Extrafiscalidad y Medio Ambiente: El Tributo como instrumento de protección ambiental. Reflexiones sobre tributación ambiental en Brasil y Costa Rica.” AÑO DE INVESTIGACION: 2011 LUGAR: Rio de Janeiro, Brasil. Págs. 58 Y cuyas conclusiones son las siguientes: 1. Los riesgos ambientales son el resultado de la relación del hombre. con el medio ambiente medio ambiente, que son consecuencia de la forma hombre se apropia y utiliza el espacio la naturaleza y sus recursos. Estos riesgos son de carácter integral y sinérgica, no respetan fronteras o las diferencias sociales y sus efectos tienen un carácter intemporal. 13 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(24) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. 2. La protección ambiental es también la protección de la libertad. El. derecho al medio ambiente ecológicamente equilibrado es un derecho humano indispensable para vivir en condiciones dignidad, estas normas se deriva del derecho de toda persona a disfrutar de un medio ambiente ecológicamente equilibrado, mientras que el deber de la comunidad y el Estado para defender y proteger este derecho. El objeto de la protección de estas normas es el equilibrio natural del medio ambiente a fin de garantizar la calidad de vida de los seres humanos, ejercicio pleno de sus libertades, el uso racional de los recursos naturales, y la protección y acerca de los elementos bióticos y abióticos. 3. La tributación ambiental en un sentido amplio y en sentido estricto: es. una herramienta eficiente y eficaz para proteger el medio ambiente y para guiar el desarrollo sostenible. En la actualidad, la cuestión de la introducción de la variable ambiental en el sistema de impuestos, llamada ecologización del sistema fiscal- es objeto de un intenso debate en las agendas políticas y esferas jurídicas y económicas con respecto al papel que puede desempeñar el tributo en la protección del medio ambiente. La tendencia para los próximos años es que el aumento de debate, pero las nuevas características ecológicas de los instrumentos fiscales se aplican en países de América Latina de una manera más sistemática y organizada. 4. Para que un tributo puede ser calificado como ambiental en sentido. estricto, debe tener necesariamente presente una estructura para proteger el medio ambiente, ya que los impuestos ambientales con. 14 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(25) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. finalidad extra fiscal, están encaminados a salvaguardar libertad, y no constituyen una sanción, ya que su alcance está dentro la legalidad. 5. Los sujetos pasivos por impuestos ambientales son los que llevan a. cabo actividades degradación del medio ambiente, que producen o consumen productos contaminantes. En cada caso el los legisladores deben tener en cuenta las características que implican la conducta o actividad la trascendencia económica del medio ambiente quiere ser desalentado (fabricación o consumo) con los criterios técnicos de tributos con el fin, en cada caso de facilitar la gestión tributaria sin dejar de lado el carácter extrafiscal del impuesto. La repercusión legal del tributo parece ser una opción reguladora que ha de realizarse de acuerdo con los criterios técnicos permitir una mejor gestión del impuesto en cada caso. 6. En Brasil ya hay importantes estudios académicos y doctrinales sobre. la fiscalidad del medio ambiente, el desarrollo y el refuerzo de la academia con una ley de impuesto ambiental. Los tema también ha sido objeto de interés y el debate político; hay propuestas interesantes el marco legislativo con el fin de introducir la variable ambiental en el sistema impositivo, Brasil - Propuestas del PEC No. 31-A / 2007 y el PEC Nº 353/09. En Costa Rica existen pocos estudios jurídicos que analizan el tema de la fiscalidad ambiental. En el marco legislativo no ha habido propuestas estructuradas para analizar una reforma fiscal que incorpora elementos ambientales. Desafortunadamente, tema no ha sido objeto de debate político.. 15 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(26) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. 1.3. JUSTIFICACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN. Este trabajo de investigación pretender dar alternativas de solución para poder frenar progresivamente la contaminación ambiental en nuestro país, el cual año a año se acrecienta de manera constante e imparable y los daños parecen irreparables, sin embargo existen países en el mundo que han logrado recuperar y reparar su habitad natural y su calidad de vida. De esta manera al igual que estos Estados, nosotros podemos restaurar nuestros ecosistemas y brindarle a las futuras generaciones un buen ambiente para vivir.. Un especial motivo de realización de este trabajo, es poder ofrecer las conclusiones que fortalezcan o modifiquen con buenas bases, la convicción personal que tengo, a priori, de que el medio ambiente debe considerarse como un capital cuantificable monetariamente, como un capital natural que entra en pleno juego en los registros de la economía mundial, y que por lo tanto debe tratársele de la misma manera que cualquier otro factor económico y sobre todo en función a su protección.. Otro motivo es poder lograr que este trabajo contribuya a producir respuestas,. o. por. lo. menos. producir. en. los. lectores. otros. cuestionamientos acertados para encontrar la relación más relevante entre los impuestos ambientales y el medio ambiente, o que el trabajo sirva para encontrar un fundamento que pueda representar el argumento determinante en la reorientación de la lógica económica de las actividades. 16 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(27) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. productivas y de explotación de recursos para el logro de un verdadero desarrollo sustentable.. Otro motivo es que pueda lograrse una buena expresión sobre la integración de los aspectos trascendentes de la materia ambiental a la realidad del ámbito local, y en particular en la medida que se busca aquí proponer y justificar el uso de un particular tipo de instrumento para la protección del medio ambiente: un tributos ambientales en el Perú.. 1.4. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA. ¿La implementación de tributos ambientales en el Perú, contribuiría a la protección del medio ambiente?. 1.5. DETERMINACION DE LOS OBJETIVOS. 1.5.1. Objetivo General:. Demostrar que la implementación de tributos ambientales en el Perú contribuirían a la protección del medio ambiente.. 1.5.2. Objetivos Específicos. Analizar nuestra Legislación para verificar si un tributo ambiental es constitucional.. 17 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(28) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. Determinar de qué manera influiría en las actividades económicas los tributos ambientales.. Describir la conciencia ecológica en nuestro país.. Proponer un modelo de recaudación de Tributos Ambientales que contribuya a la protección del medio ambiente, que se ajuste a la realidad peruana, tomando como base a los países que ya han implementado en su Sistema Tributario esta clase de Tributos.. 1.6. VARIABLES. 1.6.1. VARIABLE. INDEPENDIENTE:. Implementación. de. tributos. ambientales.. 1.6.1 VARIABLE DEPENDIENTE: Protección del medio ambiente.. 1.7. MARCO TEÓRICO. El tema de la valoración del capital natural debe ser parte de la agenda nacional, con el fin de generar las bases de discusión para alcanzar políticas ambientales con una visión de conjunto en el largo plazo, y de esta forma facilitar el análisis y la ejecución de políticas económicas y sociales consecuentes que no afecten el ambiente.. 18 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(29) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. Dada la realidad presente, se utilizara para esta investigación las teorías recogidas, en libros editados por especialistas en la Tributación Ambiental en su mayoría de países extranjeros, ya que en nuestro país aún no se ha implantado en nuestro Sistema Tributario; todo esto con la finalidad de aplicar estas teorías; siendo los principales: Europa, a nivel de América tenemos a México, Colombia, Ecuador, Chile, Brasil y en menor cantidad Perú. Los Trabajos de investigación relacionados a la implantación de este tipo de tributos, también son muy importantes para la elaboración de este proyecto, los cuales han sido seleccionados, de acuerdo a la similitud con el tema y que pertenecen a países que ya han implementado en su Sistema Tributario los llamados Tributos Ambientales, los cuales dan una idea más clara sobre la aplicación y efectividad en la realidad. Además se tomó en cuenta estudios realizados por la OCDE y CEPAL acerca de la evolución, tasas y contribución a la mejora del medio ambiente, los cuales incluyen estadísticas de la cantidad de impuestos implantados en cada país con relación a la totalidad de Estados que ya implementaron esta reforma, la efectividad, por las cuales podremos saber qué clase de Tributo Ambiental está resultando ser más eficiente, y también el superávit o déficit fiscal en los presupuestos de estos países.. Es importante resaltar que también se ha tomado en especial consideración los ensayos y publicaciones, ya que estos si constituyen la mayor fuente de investigación en nuestro país, al ser una nueva propuesta.. 19 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(30) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. 1.7.1. CONTAMINACION AMBIENTAL:. El problema ambiental actual se sintetiza en la inobjetable contaminación, debida principalmente a la actividad productiva de nuestro sistema económico. El problema de la contaminación ocurre y sigue creciendo al margen de que existan o no alternativas en explotar las llamadas “energías limpias” o recursos menos contaminantes, o de lograr nuevos hábitos urbanos y domésticos que puedan frenar en alguna medida este crecimiento. En el Perú, un estudio fue conducido como parte del Análisis Ambiental del Perú (AAP) para identificar los problemas ambientales que están asociados con los costos económicos más significativos (Larsen y Strukova 2006). El estudio estimó que el costo económico de la degradación ambiental, reducción de los recursos naturales, desastres naturales, servicios ambientales inadecuados (tales como sanidad inadecuada) sumaban 8.2 billones de soles, equivalentes al 3.9 por ciento del producto bruto interno en 2003.. Es innegable que se ha buscado poner frenos a la contaminación global y local, los objetivos han sido siempre disminuirla, pero estos frenos son insuficientes y solo bajan un poco la velocidad a una marcha constante y siempre en aumento del problema. Al respecto PHALEN ACUÑA RICARDO señala que “Lo radical del problema es que la contaminación se genera principalmente en la explotación del medio ambiente en los procesos de producción y generación de capital, el transporte motorizado implicado en los procesos. 20 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(31) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. productivos, los desechos de todo proceso etc., todo con los asociados criterios de crecimiento económico y competitividad. Bajo una óptica ambientalista, a estos criterios se les debe poner asterisco y someterlos a profundo cuestionamiento, sin duda.” En nuestro país la contaminación ambiental alcanza los niveles crónicos en algunas ciudades, siendo altamente delicada las que tienen alta actividad minera, pesquera y en las ciudades con gran congestión vehicular e industrial. Un estudio de la Organización Mundial de la Salud reveló que la polución atmosférica en Lima es casi seis veces superior a la “razonable” y pone en riesgo la salud de su población; lo que la convierte en la urbe latinoamericana con peores indicadores y en un factor de riesgo para la salud de sus habitantes. En ese sentido, un reciente informe presentado por la OMS advierte que vivir en ciudades donde los niveles son dos veces y medio superior a los recomendados "pone a la población en riesgo de padecer problemas de salud a largo plazo". Entre las ciudades mineras, la Oroya ha sido tristemente calificada como una de las más contaminadas del mundo. Así mismo en el Callao, nuestro principal puerto, la Dirección del Medio Ambiente ha encontrado que el 64% de los escolares poseen altos niveles de plomo en la sangre, encima de los límites permisibles. Todo por carecer hasta la fecha de un sistema de transporte de minerales más seguro (mangas selladas). El segundo problema ocurre por la excesiva importación de vehículos usados (700,000 unidades con 20 años de antigüedad) y el uso de combustibles sucios (63%) que provoca la muerte de aproximadamente 13,500 personas por año en el Perú . Sabemos que “diariamente mueren. 21 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(32) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. 37 personas, 7 de ellas menores de 5 años, víctimas de infecciones respiratorias agudas causadas por efecto de la contaminación ambiental”. Estas enfermedades respiratorias aumentaron de 415,000 en 1991 a 3´5 millones en el 2003. Actualmente cuando una empresa comete alguna infracción ambiental, el OEFA impone multas, pero el sólo cobro de una multa no desaparece los daños causados y sus impactos ambientales, sociales y sanitarios. Además, esos daños pueden afectar la vida de las personas viviendo en los lugares impactados o en sus alrededores y en este contexto, las comunidades indígenas son particularmente vulnerables. Según el marco legal nacional, el dinero cobrado por “concepto de multas por infracciones” por el OEFA entra a ser parte de sus recursos económicos. La Ley N° 28245 establece que dichos recursos deberán ser destinados a implementar “actividades de gestión ambiental de la población y/o áreas afectadas”, sin mayor precisión. En el 2011, mediante Decreto Supremo N° 011-2011-MI NAM y de acuerdo a la legislación en vigor, se autorizó la constitución de un Fideicomiso para la administración de recursos recaudados por concepto de multas impuestas por infracciones a normas ambientales. El actual Comité de Administración del Fideicomiso (“CAF”) presidido por el Viceministro de Gestión Ambiental se propuso entre el año 2012 y el año 2013 la tarea de definir el alcance de las “actividades de gestión ambiental de la población y/o áreas afectadas” a las que se refiere el artículo 21° de la Ley del SINEFA. Al cabo de un pa r de reuniones de trabajo, concordaron en considerar como tales a: proyectos y/o. 22 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(33) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. actividades relacionadas a monitoreo y vigilancia ciudadana, recuperación de áreas degradadas, conservación e investigación ambiental. Es preciso señalar que, de acuerdo a la legislación, los fondos recaudados por OEFA por concepto de multas no serán transferidos a este Fideicomiso. Sin embargo, la presidencia del Consejo Directivo del OEFA sí es parte del Comité de Administración del Fideicomiso. Hasta la fecha, este Fideicomiso todavía no estaría implementado y las normas del sector ambiente no mencionan con claridad a dónde se va el dinero y a qué sería destinado. En este contexto, cabe preguntarse qué solución directa e inmediata puede brindar el hecho de imponer multas a las empresas en la medida de que el dinero recaudado serviría para financiar proyectos y actividades no relacionadas al daño ambiental objeto de la multa. Los pueblos indígenas exigen que el monto cobrado por concepto de multa sea directamente reinvertido para reparar los daños causados al ambiente y la salud de las personas, y que, en el caso de ocurrir en territorios indígenas, el dinero sea vertido directamente a las comunidades afectadas. A este reclamo, el Estado responde generalmente que para el resarcimiento del daño a la persona y a su patrimonio, se debe recurrir al mecanismo de la responsabilidad civil y o penal, cuya finalidad y naturaleza no debe ser confundida con la de la vía administrativa sancionadora En otros términos, las multas no sirven para reparar los daños sufridos por las personas víctimas de los impactos ambientales.. 23 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(34) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. Parece urgente buscar muchas otras alternativas e incluso encontrar otra lógica para abordar el problema actual de la contaminación. Ante un problema tan radical se impone una solución que tienda tocar igualmente lo radical de su origen, y que puede ser sin duda, el tocar la organización del sistema económico productivo, o el trasfondo ideológico detrás de ese sistema, o el aspecto de ese trasfondo que se rija por alguna lógica contraria o antagónica al equilibrio ambiental y a un verdadero desarrollo sostenible. Se tiene la fe y la expectativa inicial puesta en que, de algún modo, los impuestos ambientales pueden incidir en alguna medida relevante y favorable en la problemática ambiental local; si no es que de una manera muy directa y eficaz.. 1.7.2. FUNDAMENTOS ECONÓMICOS:. La aplicación de instrumentos económicos, especialmente los de naturaleza y contenido fiscal en las políticas de control ambiental, ha evolucionado notablemente, desde mediados de los años setenta hasta los noventa, en los países de la OCDE. Su introducción en el sistema fiscal puede. producirse:. creando. tributos. ambientales,. y;. Elementos. ambientales: adaptando tributos y estructuras fiscales ya existentes a unos objetivos ambientales. Cabe precisar que los actuales sistemas fiscales son herederos de una época en la que los problemas ambientales no eran percibidos con la misma intensidad que en la actualidad. Asimismo, la justificación de la utilización de elementos ambientales (ejemplo beneficios tributarios) y tributos ambientales se presentan. 24 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(35) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. porque existe una disociación entre la actividad económica en el marco de las economías de mercado y la naturaleza, dado que las funciones que desempeña el medio ambiente y su deterioro no son contemplados por el sistema económico. Efectivamente, la contaminación es un subproducto y no está contemplada en la economía como tal, solo se le considera como “fallo de mercado”, es decir como una externalidad negativa” (el coste recae sobre un tercero: la sociedad, que no ha intervenido en el proceso productivo). Por tanto, el mercado de bienes y servicios no refleja el valor total para buena parte de los recursos ambientales que han sido empleados para la producción, es decir, el mercado no distribuye los recursos de forma eficiente al no contemplar el valor del medio ambiente (erosionado por la contaminación que producen las empresas y los demás agente contaminadores). La fiscalidad ambiental debe perseguir el cambio de actitudes de los agentes económicos para el ambiente. Los tributos ambientales reducen la contaminación, ejerciendo un rol en el ingreso (el que contamina paga) y los elementos ambientales un rol en el gasto (beneficios económicos). Tomando como base para Internalizar las externalidades, nos dice MUÑOZ PIÑA CARLOS: “Aquellos que contaminan son quienes deben pagar los impuestos, cargos y permisos a fin de que sus decisiones particulares consideren los costos generados. De esta manera, se apropian del daño que generan para el resto de la sociedad.” Los tributos ecológicos o ambientales minimizan costes, llevan a la práctica el principio de “quien contamina paga” de la OCDE. Proporcionan. 25 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(36) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. mayor aumento de incentivos a la innovación tecnológica que buscan proteger al medio ambiente que los enfoques meramente normativos y generan ingresos que se pueden invertir en la protección al medio ambiente. Las consideraciones anteriores no implican que el tradicional enfoque de regulación directa legal y administrativa deba desaparecer de la política medioambiental para dar paso únicamente al uso de instrumentos económicos. En cada caso, la administración habrá de elegir el instrumento o la combinación de instrumentos idóneos. Esta elección depende de múltiples factores, tales como el tipo de problema ambiental de que se trate. Estos tributos no son para cobrar más, sino para que las empresas asuman el costo y no contaminen. En este extremo, podemos aseverar que el tributo ambiental no es una figura sesgada de la administración, sino un instrumento de la sociedad civil para salvaguardar los intereses colectivos al bien ambiental, un instrumento de desestimulo y de carácter fiscal, anclado en la capacidad económica y cuyo impulso es el de disminuir la capacidad de contaminación.. 1.7.3. FUNCION EXTRAFISCAL DE LA TRIBUTACION:. EXTRAFISCAL-“Todo aquello que se aleja de la función financiera, del fin recaudatorio (fiscal) propio de la imposición” CASADO OLLERO, G. “Los fines no fiscales de los tributos”.. 26 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(37) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. La evolución doctrinaria, así como la recepción constitucional y legal posterior del derecho tributario, igualmente ha propugnado por el reconocimiento de una función del tributo, alternativa a la función típicamente recaudatoria, la cual corresponde a la noción de función extrafiscal del tributo. Además es necesario para esta investigación definir que es a lo que nos referimos por medio ambiente: “El Ambiente es un conjunto de elementos naturales o inducidos por el hombre que interactúan en un espacio y tiempo determinados.” (Ortega Alvarez, 2003) “El concepto de medio ambiente”, en: Lecciones de Derecho del Medio Ambiente. Madrid. En cuanto a Tributación Ambiental, precisando más el concepto, entendemos por tributo ambiental aquella prestación pecuniaria de carácter obligatorio, cuya finalidad o legitimación se encuentra en la mejora o protección del medioambiente. En virtud de lo anterior, sus elementos estructurales habrán de estar relacionados con el nivel de perjuicio que determinados comportamientos humanos puedan procurar al medio natural. “La tributación ambiental está integrada por los impuestos ambientales, las tasas ambientales y las contribuciones especiales de carácter ambiental.” (Buñuel Gonzales & Azqueta Oyarzur, 2004) “Tributación Medioambiental: Teoría, prácticas y propuestas.” Estos tributos ambientales deben superan las metas puramente financieras, los tributos extrafiscales se configuran para el estímulo o desestímulo de específicas conductas que representan el interés estatal.. 27 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(38) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. En el más amplio contexto de las finalidades extrafiscales, los ordenamientos constitucionales imponen al Estado la tarea de protección y promoción de determinadas actividades que se dirigen al ordenamiento social, económico e incluso político de la colectividad. En aras de la concreción de las finalidades que superan las metas puramente financieras, los tributos extrafiscales se configuran para el estímulo o desestimulo de específicas conductas que representan el interés estatal. Dentro de la multiplicidad de posibles finalidades extrafiscales que el Estado pretende obtener, además de la primaria fase recaudatoria de los instrumentos puramente fiscales, los ordenamientos constitucionales modernos reconocen en la protección del medio ambiente una política digna de intervención estatal, que se constituye en la más representativa de los tributos extrafiscales. Así mismo, se ha recurrido a este instrumento con la pretensión de desestimular determinados consumos nocivos, desincentivar conductas que se alejan de los objetivos sociales, así como para impulsar la realización de políticas económicas de fomento a la vivienda y el ahorro. Las medidas administrativas para la tutela ambiental constituyen ahora un plano secundario dentro de las alternativas con las cuales cuenta el Estado social para la consecución de una efectiva protección del medio ambiente. En este ámbito, los tributos extrafiscales con funciones medioambientales, han adquirido especial relevancia ante su comprobada efectividad en la lucha por la eficacia del derecho a un ambiente sano perdurable. El estudio de la legitimidad de la extrafiscalidad tributaria, en el contexto del. 28 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(39) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. principio de capacidad contributiva, es el punto de partida de este trabajo, para aproximarse a un sintético análisis de la fiscalidad medioambiental. (Rozo Gutierrez, 2003) Básicamente los fines extra-fiscales de los impuestos ambientales se reducen a los siguientes: -. Incrementar la conciencia en los temas ecológicos por el solo hecho de la existencia y efectos de los impuestos ambientales. -. Cambio de conducta de los agentes contaminantes a través de una incentivación o inhibición de conductas, que resulten en nuevos hábitos a favor del medio ambiente.. -. La reducción de la contaminación como consecuencia de lo anterior y;. -. La recaudación de ingresos como una finalidad marginal o secundaria. Algunas de estas finalidades son de logro necesario para una realidad cultural como la del Perú por las siguientes razones:. -. La culturización general de la sociedad, y en especial la culturización ambiental como forma de toma de conciencia sobre la problemática ambiental, es una necesidad constante y más aún en países en vías de desarrollo, porque en éstos es mayor la tendencia a seguir los modelos de desarrollo de los países del llamado primer mundo. Por lo que se justifica la necesidad de incrementar la conciencia ecológica de manera permanente en cada localidad del país.. -. La forma en que se pueden cambiar las conductas es con incentivos que impacten directamente en el aspecto económico de los agentes 29. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(40) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. contaminadores, al valorarse monetaria y adecuadamente el tipo de uso y aprovechamiento de los recursos ambientales. -. El fin último es sin duda la reducción de la contaminación y también lo es el cuidado concreto del medio ambiente.. -. El establecer una tasa en este tipo de “impuesto ambiental extrafiscal” no es con fin recaudatorio sino como medida regulatoria que incentiva u obliga a un cambio de conducta del sujeto pasivo.. Ahora, para que exista la extra-fiscalidad o el carácter incentivador o inhibitorio de conductas a través de los impuestos, se requiere que exista forzosamente una adecuada infraestructura en varios rubros: urbana, de nuevas tecnologías, de culturización, de actividades alternativas apoyadas, y de otras opciones alternativas para el logro de nuevos hábitos. Por lo que es necesario que existan fines fiscales con asignaciones especiales para crear esas infraestructuras que propicien las bajas emisiones y los nuevos hábitos. Es decir, por tal razón son necesarios los impuestos ambientales netamente recaudatorios, además de lo que sea necesario recaudar para lo que es propiamente el gasto público ambiental habitual en los servicios públicos. En el caso de tributos extrafiscales ambientales, nuestra legislación deja abierta la puerta para que puedan implantarse, al respecto, DANIEL YACOLCA ESTARES, en “Los principios constitucionales tributarios en los tributos ambientales y bases para su diseño”, afirma que: “se tiene la base legal para reformar el diseño del marco tributario nacional, a efectos de que se considere los objetivos de la Política Nacional Ambiental.. 30 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(41) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. Contamos con una normatividad ambiental que promueve una normatividad tributaria ambiental para crear tributos ambientales como necesarios y más eficaces que las sanciones administrativas y penales, pues están orientadas a la promoción de conductas ambientalmente responsables, o a la generación de éstas. Un reto pendiente, es que el derecho tributario recoja esta necesidad, y se estructure en el Código Tributario, así como la finalidad extrafiscal que subyace.” Todo esto pretende lograr con el tiempo un desarrollo sostenible, por el bien de la sociedad y de las futuras generaciones. Puede decirse que este desarrollo sostenible es, intuitivamente una actividad sostenible, es aquélla que se puede mantener. Por ejemplo, cortar árboles de un bosque asegurando la repoblación es una actividad sostenible. Por contra, consumir petróleo no es sostenible con los conocimientos actuales, ya que no se conoce ningún sistema para crear petróleo a partir de la biomasa. Hoy sabemos que una buena parte de las actividades humanas no son sostenibles a medio y largo plazo tal y como hoy están planteadas. Esta definición es la del informe de la Comisión Brundlandt. La señora Brundlandt es la primera ministra de Noruega y el año 1990 recibió el encargo de la ONU de redactar un primer informe para preparar la Cumbre de la Tierra de Río de Janeiro dos años más tarde.. 1.7.4. PRINCIPIO QUIEN CONTAMINA PAGA. La OCDE consideró que el aprovechamiento de los recursos naturales, al no tener un costo por su utilización o explotación, había conducido a un creciente deterioro de la calidad del medio ambiente, es decir, existía un. 31 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(42) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. deterioro ambiental que permanecía ajeno al costo interno de las 4 actividades productivas, por lo que era necesario incorporar estas externalidades. En el documento, la OCDE estableció un principio que debería de ser un objetivo de los países miembros de la organización para asignar costos de prevención de contaminación y medidas para el uso racional de los recursos medioambientales escasos, conocido desde entonces como principio del que contamina paga o PPP por sus siglas en inglés (Polluter Pays Principle). La intención del PPP es que esta internalización detenga el nivel de contaminación. El propósito es introducir al sistema económico signos de pesos que reflejen el costo del medioambiente: si una actividad económica ocasiona un costo ambiental, éste debe cargarse al que contamine. Es pertinente señalar que el PPP no Pero si los países optan indistintamente por un modelo de subsidio o un modelo de quien contamine pague, se originarían diferencias en los costos de producción de bienes y servicios, por lo que, para evitar distorsiones en el mercado, la OCDE recomienda que los países miembros apliquen este último. Aunque algunos autores discuten que el principio del que contamina paga fue introducido por primera vez como regulador ambiental en Japón en 1970, podemos afirmar que el documento de la OCDE de 1972 es el primero que lo introduce de forma vinculante en el marco del derecho internacional. El PPP fue retomado en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente, llevado a cabo en Estocolmo, Suecia, del 5 al 16 de junio de 1972 al establecer:. 32 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
(43) TESIS UNITRU. Biblioteca Digital. Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación - UNT. “Los Estados deben cooperar para continuar desarrollando el derecho internacional en lo que se refiere a la responsabilidad y a la indemnización a las víctimas de la contaminación y otros daños ambientales que las actividades realizadas dentro de la jurisdicción o bajo el control de tales Estados causen en zonas situadas fuera de su jurisdicción”. Artículo 174 del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, Título XIX, Medio Ambiente, Diario Oficial n° C 325 de 24/12/2002 dis ponible en http://europa.eu.int (consulta: 1 de noviembre de 2006). Durante la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y Desarrollo, celebrada en junio de 1992 en Río de Janeiro, Brasil, quedó establecido en el principio 16 del documento final, mejor conocido como la Declaración de Río:. “Las autoridades nacionales deberían procurar fomentar la internalización de los costos ambientales y el uso de instrumentos económicos, teniendo en cuenta el criterio de que el que contamina debería, en principio, cargar con los costos de la contaminación, teniendo debidamente en cuenta el interés público y sin distorsionar el comercio ni las inversiones internacionales”. Organización de las Naciones Unidas, Principio 16 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, junio de 1992. Si asumimos que cada persona es responsable de las consecuencias de sus acciones sobre el bien común, la aplicación del principio del que contamina paga permite a la sociedad responsabilizar al que contaminó y 33 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comecial-Compartir bajo la misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/pe/.
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