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Tema 7 - Documentos comerciales.pdf

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El Procesamiento Contable

Todo sistema de información tiene entradas (inputs) y salidas (outputs). En el caso del Sistema Contable:

a) Tanto las entradas como las salidas se refieren a:

1- Los efectos de las transacciones y otros hechos sobre el patrimonio del ente; 2- Los bienes de propiedad de terceros; y

3- Ciertas contingencias.

b) Las entradas son los datos captados con motivo de tales transacciones y hechos;

c) Las salidas principales son informes para la toma de decisiones, el control de los recursos y obligaciones de dicho ente y el cumplimiento de ciertas obligaciones legales.

La transformación de datos de entrada en informes contables implica la ejecución de las siguientes tareas:

- Captación de datos;

- Examen de dichos datos, para determinar si deben ser registrados por el sistema contable, si reúnen las condiciones para ser registrados y cómo reconocerlos;

- Registraciones de datos;

- Producción de los informes previstos por el sistema contable.

La captación de datos

La contabilidad debe registrar efectos de hechos que se producen debido a:

a) Transacciones con terceros:

- Compras

- Recepción de mercaderías adquiridas;

- Ventas

- Pagos

- Depósitos y cobranzas

- Entrega de mercaderías vendidas

b) Hechos internos:

- Actividades de producción

- Consumos de activos

- Devengamientos

c) Cambios en el contexto

- Inflación

- Deflación

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La documentación respaldatoria

El registro de los efectos de los hechos se realiza a partir de la lectura de:

a) Formularios, que el ente emite o recibe con motivo de:

- Transacciones con terceros

- Operaciones internas.

b) Documentos importantes como Actas de Asamblea, de Directorio, contratos.

c) Informaciones confiables sobre hechos del contexto (por ejemplo, el índice de precios utilizable para el ajuste por inflación).

Estos elementos constituyen la documentación respaldatoria de los asientos. La obtención y conservación de la misma interesa, tanto por su carácter de entrada del sistema contable, como porque:

1. Es necesaria para auditores de los Estados Contables y los organismos de fiscalización interna. 2. Suele ser requerida por la legislación (impositiva, previsional)

3. Puede ser útil como elemento de prueba en casos de controversias.

Formularios

Los formularios estándar suelen tener numeración preimpresa o asignada por programas de computación. Pueden ser:

a) Originados en el ente y completados por un tercero; b) Originados y manejados exclusivamente en el ente; c) Emitidos por terceros y controlados dentro del ente.

Los contenidos y las formas de los formularios dependen de los usos, costumbres, necesidades operativas y requerimientos legales, que varían según los entes, los lugares, las épocas.

En Argentina, las facturas y otros formularios deben confeccionarse con arreglo a disposiciones emanadas de la AFIP.

Otros comprobantes

Son ejemplos de datos que no se toman de formularios estándares, los relacionados con: a) Adquisición o venta de un inmueble => Escritura Pública.

b) Pagos de alquiler => Contrato entre locatario y locador.

c) Distribución de dividendos en pesos en una S.A. => Acta de Asamblea de Accionistas.

Comprobantes fiscales

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Documentos comerciales más comunes

En las organizaciones, la mayoría de los datos son aportados por los comprobantes o documentos comerciales.

Se llama comprobante a todo aquel soporte físico que comprueba la existencia, momento y valor de un hecho económico.

Son los elementos tangibles que ponen en evidencia las variaciones patrimoniales cualitativas o cuantitativas y objetivamente medibles.

Documentos Comerciales: son los comprobantes o constancias escritas de las operaciones comerciales

realizadas por una empresa.

¿Qué operaciones puede realizar una Empresa? Las principales operaciones son: comprar, vender, pagar y cobrar; pero puede realizar otras como fabricar e invertir.

En la vida diaria habrás observado que si compras es porque alguien te vende, si pagas es porque otra persona cobra. Y siempre que una de estas operaciones se produce recibís, o deberías recibir, un comprobante, mientras que la otra persona conserva un ejemplar del mismo. Entonces, podemos deducir que un mismo comprobante respalda dos operaciones distintas según quién lo confecciona y quién lo recibe.

La documentación respaldatoria cumple las siguientes funciones:

Función Contable:

Comunicar información contable de manera uniforme y estandarizada al proceso contable, asegurando y respaldando la correcta registración. La información contable tiene su origen en el comprobante.

• deja constancia escrita de las operaciones realizadas;

• respalda la exactitud de las operaciones registradas en los libros de contabilidad (Fuente de Registración).

Función Jurídica:

• son un medio de prueba frente a cualquier problema que se presente (precisan la relación jurídica entre las partes).

Función de Control:

• individualizan a las personas físicas o jurídicas que intervienen en las negociaciones, estableciendo responsabilidades.

• posibilitan las tareas de auditoría interna y externa.

Función Impositiva:

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Clasificación de los comprobantes

Según su origen y su circulación:

-

Originados en el ente (factura de venta, con exclusiva circulación interna, como notas de recepción, orden de pago, remitos internos).

-

Emitidos por terceros (factura de compra).

Según provengan o no de formularios:

-

Estandarizados: facturas, remitos, etc.

-

No estandarizados: contratos, escrituras públicas, actas de asamblea, publicaciones de variaciones de precios, de cotizaciones y de índices de inflación.

Archivo y Conservación:

Archivo: es el lugar donde se guardan los comprobantes para su consulta posterior, por parte de los mismos responsables de la contabilidad o para alguna auditoría posterior.

Consiste, en síntesis, en el resguardo organizado de la documentación. La función genérica de un archivo es reunir, conservar y administrar documentos.

Plazo de conservación:

Plazo legal: diez (10) años desde la fecha de su confección. Art. 67 C. Com.

Plazo impositivo: Deberá conservar los comprobantes y documentos que acrediten las operaciones vinculadas a su actividad, por un término de hasta 5 años después de operada la prescripción del período fiscal a que se refiere.

Nuevos horizontes del comprobante

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Transacción comercial tradicional

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Documentos que intervienen en la compraventa mercantil:

C O M P R A D O R

Emite ORDEN DE COMPRA

Para solicitar mercaderías

V E N D E D O R

Recibe REMITO

Conjuntamente con las mercaderías solicitadas

Recibe FACTURA O TIKETS

En la que el vendedor comunica importe y detalle de la compra

Recibe NOTA DE DÉBITO

En la que el vendedor le comunica que ha cargado o debitado un importe en su cuenta, aumentando su deuda

Recibe NOTA DE CRÉDITO

En la que el vendedor le comunica que ha descargado o acreditado un importe en su cuenta, disminuyendo su deuda

Recibe RECIBO

En el que el vendedor certifica el pago total o parcial de lo adeudado

Emite PAGARÉ

Haciendo una promesa de pago a una fecha determinada o cierta

Emite CHEQUE

Ordenando al banco librado el pago de una suma de dinero

Recibe RESUMEN DE CUENTA

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Partes de un comprobante:

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Documentos comerciales

1 - Orden de Compra

Es el comprobante que emite el comprador para pedir mercaderías al vendedor, indicando cantidad, detalle, precio, condiciones de pago, lugar y forma de entrega. También se la llama "Nota de Pedido". Requisitos

Debe cumplir con los requisitos exigidos a todos los comprobantes (estudiados en el tema anterior), y además:

• detalle de la mercadería solicitada, • lugar y fecha de entrega,

• forma de envío. Formas de emisión

• Original: para el vendedor. • Duplicado: para el comprador. Importancia

• Comprador: sirve como constancia de las mercaderías que solicitó.

• Vendedor: sirve para preparar el pedido y dar curso a la facturación en caso de ser aceptado.

2 - Remito

Es el comprobante que confecciona el vendedor y acompaña la entrega de mercaderías. Requisitos

Debe cumplir con los requisitos exigidos a todos los comprobantes (estudiados en el tema anterior), y además:

• detalle de la mercadería solicitada, • lugar y fecha de entrega,

• forma de envío (medio de transporte), • firma de la persona que recibe la mercadería,

• colocar la letra "R" los responsables inscriptos en el IVA, o "X" los exentos, no alcanzados y monotributistas.

Formas de emisión

• Original: para el comprador.

• Duplicado: para el vendedor (firmado por el comprador).

• Triplicado: para la empresa de transporte (firmado por el comprador). Importancia

• Comprador: controla las mercaderías recibidas.

• Vendedor: sirve de constancia de que el comprador recibió conforme.

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3 - Factura

Es el documento que el comprador entrega al vendedor, indicando el importe de las mercaderías vendidas o prestación de servicio realizada.

Requisitos:

Debe cumplir con los requisitos exigidos a todos los comprobantes y además: • identificación del modelo "A", "B", o "C",

• detalle de la mercadería vendidas (cantidad, descripción, precio unitario y total), • condiciones de venta.

Formas de emisión

• Original: para el comprador. • Duplicado: para el vendedor. Importancia

• Comprador: registra la compra a plazo o al contado y la deuda contraída si la condición es en cuenta corriente.

• Vendedor: registra la venta a plazo o al contado y la cuenta a cobrar si la condición es en cuenta corriente.

4 - Ticket

Cumple la misma función que la Factura. Lo emite el vendedor por medio de máquinas registradoras (autorizadas por la AFIP) y se lo entrega al comprador. En la memoria de la máquina queda el duplicado de la operación realizada.

Las máquinas registradoras emisoras de ticket, deben estar autorizadas por la AFIP, que es el ente de control fiscal.

Requisitos

• Fecha de emisión.

• Numeración consecutiva y progresiva.

• Apellido y Nombre o Razón Social del emisor. • Domicilio comercial del emisor.

• CUIT del emisor.

• La leyenda " A CONSUMIDOR FINAL".

• Importes parciales y monto total de cada operación.

5 - Nota de Débito

Es el documento que envía el vendedor al comprador comunicándole que aumentó su deuda por motivos que en el mismo comprobante se especifican.

Requisitos

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Página 12 Motivos

• Gastos a cargo del comprador abonados por el vendedor (fletes, comisiones, etc.). • Por haberse facturado de menos (cantidad o precio).

• Por el cobro de intereses. Formas de emisión:

• Original: para el comprador. • Duplicado: para el vendedor. Importancia:

• Comprador: le sirve para registrar el aumento de su deuda.

• Vendedor: le permite salvar errores ajustándolos a la realidad y registrar el importe a su favor.

6 - Nota de Crédito

Es el documento que envía el vendedor al comprador comunicándole que disminuyó su deuda por motivos que en el mismo comprobante se especifican.

Requisitos:

Debe cumplir con los requisitos exigidos a todos los comprobantes y además:

• motivo e importe de la disminución de lo adeudado (subtotal, IVA resultante y total), • número de la factura que corresponde al crédito efectuado.

Motivos

• Devolución de mercaderías por parte del comprador. • Por haberse facturado de más (cantidad o precio). • Por bonificaciones, quitas o descuentos no realizados. • Rescisiones de operaciones.

Formas de emisión

• Original: para el comprador. • Duplicado: para el vendedor. Importancia:

• Comprador: le sirve para registrar la disminución de lo que adeuda en cuenta corriente. • Vendedor: le permite salvar errores ajustándolos a la realidad y registrar una disminución en la

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Ejemplos

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Factura:

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7 - Recibo

Es el documento que entrega el vendedor al comprador como constancia de haber recibido dinero, cheque u otros valores en forma de pago total o parcial de lo adeudado.

Requisitos

Debe cumplir con los requisitos exigidos a todos los comprobantes y además: • lugar y fecha de emisión,

• nombre de quien recibe (vendedor o beneficiario), • cantidad recibida en letras y números,

• detalle de lo que se recibe (dinero en efectivo, cheques, etc), • firma y aclaración de la persona que recibe.

Formas de emisión

• Original: para el comprador o pagador.

• Duplicado: para el vendedor o beneficiario (el que recibe). Importancia

• Comprador: es un medio de prueba, certifica que pagó. Además, le sirve al comprador como medio de registro y control de la salida o egreso de dinero u otros bienes.

• Vendedor: medio de registración y control de los ingresos de dinero u otros bienes. Clases de Recibos

• De Sueldos y Jornales. • De Alquileres.

• De Cancelación de facturas y Notas de Débito. • Otros.

Nota Aclaratoria:

Los comerciantes deben entregar recibo con los requisitos que hemos mencionado.

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Página 20 Datos que no pueden faltar en la confección de un recibo:

• lugar y fecha de emisión, • la palabra RECIBÍ o RECIBO, • el nombre de la persona que paga,

• el monto o cantidad que se recibe en números y letras,

• la forma en que se recibe el pago (efectivo, cheque, mercaderías, etc.), • motivo del pago,

• firma y aclaración de la persona que recibe el pago.

8 - Pagaré

Es el documento por el cual una persona se compromete a pagar a otra una suma de dinero a una fecha cierta o determinada. Es una promesa de pago.

PAGARÉ, está en primera persona del singular y en futuro, está diciendo "yo pagaré", es decir que él firma y es el deudor o pagador.

Requisitos

• Lugar y fecha de emisión.

• Lugar y fecha de pago, es decir el vencimiento del pagaré. • Nombre del beneficiario.

• Importe en letras y número. • La cláusula "o a su orden". • La palabra "Pagaré". • La cláusula "Sin protesto". • Motivo por el cual se emite.

• Nombre y firma del librador, deudor o firmante. • Sellado correspondiente.

Personas que intervienen

• Librador, Pagador, Deudor o Firmante: es la persona que emite el pagaré, lo firma y promete pagarlo.

• Beneficiario: es la persona cuyo nombre figura en el pagaré para que a ella o a su orden se realice el pago.

• Tenedor o portador: es la persona que tiene el documento por habérselo transferido el beneficiario por medio del endoso, para que cobre el importe o para que lo endose nuevamente.

• Endosante: es la persona que transfiere el pagaré. Importancia

• Permite realizar operaciones sin entregar dinero en forma inmediata. • Permite obtener préstamos de dinero o comprar a crédito.

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• Permite su negociación antes del vencimiento, ya que el beneficiario puede transmitir el derecho de cobro a otra persona mediante el endoso (también se puede descontar el documento en un banco).

Vencimientos

• A la vista: se paga cuando el documento es presentado para su cobro. Es una forma poco usual, ya que el beneficiario puede presentarlo para el cobro en cualquier momento. Ejemplo: "A la vista Pagaré ..."

• A los tantos días o meses de la fecha: la fecha de vencimiento se cuenta a partir de la fecha de emisión. Por Ejemplo: "A los treinta y dos días de la fecha Pagaré ..."

• A día fijo, cierto o determinado: se expresa directamente el día de vencimiento. Ejemplo: " el 4 de setiembre Pagaré ..."

Partes de un pagaré

• Talón: queda en poder del librador o firmante y representa una deuda documentada. • Cuerpo: se entrega al beneficiario y representa el documento a cobrar.

Endoso

Es el acto por el cual una persona transfiere a otra los derechos de cobro del pagaré, firmando al dorso del mismo.

Esto se puede hacer por la cláusula "o a su orden", que convierte al pagaré en un "instrumento cambiario". Existen dos formas de endoso:

• En Blanco o Simple: el beneficiario firma al dorso del documento con aclaración de firma y Nª de D.N.I.

• Completo: el beneficiario además de la firma, aclaración, Nª de DNI, tiene que colocar la fecha, nombre y DNI del nuevo beneficiario.

Protesto

Es el acto por el cual el beneficiario o tenedor de un documento deja constancia ante un escribano público que el pagaré no ha sido pagado o abonado a su vencimiento.

Sin Protesto

Los pagarés que traen impreso la cláusula "sin protesto", permiten al beneficiario o tenedor iniciar juicio por cobro sin realizar previamente el trámite de protesto. Es decir, no necesitan que el escribano certifique que el pagaré ha vencido y el librador no lo canceló.

El pagaré firmado queda en poder del beneficiario, cuando el librador lo paga, éste recibe el dinero y devuelve el documento, por lo tanto, si el pagaré está vencido y en poder del beneficiario significa que el deudor no pagó, eso es lo que certifica el escribano cuando es emitido sin la cláusula "sin protesto".

Sellado

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Ejemplo: observa el siguiente Pagaré "emitido a los tantos días de la fecha de emisión" Lugar: La Punta

Fecha: 10 de octubre de 20...

Forma de Emisión: a los 20 días de la fecha. Vencimiento: 30 de octubre de 20 .... Beneficiario: La Papelera S.A.

Firmante: Azul S.A. Importe: $ 5300,50

Lugar de pago: San Martín 2222 Villa Mercedes San Luis. Motivo: venta de mercaderías.

N°: 01/01

9 - Cheque

Es una orden de pago librada contra un banco en el cual el librador tiene fondos depositados a su orden en cuenta corriente o autorización para girar en descubierto, o emitir cheque con fecha diferida.

Analicemos el concepto anterior

• "Orden de pago": porque el titular de la cuenta corriente o firmante del cheque ordena al banco que pague. El texto dice "Páguese este cheque a ..." el verbo está usado en presente: pague ahora. • "Librada contra un banco": librar significa expedir, extender. El titular expide el cheque y le

ordena al banco que pague.

• "El librador tiene fondos depositados": el librador es el titular de la cuenta y para poder expedir un cheque necesita tener dinero depositado en su cuenta.

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Página 23 Requisitos

• Lugar y Fecha de emisión.

• Nombre y número de comprobante impreso en el cuerpo y talón del cheque. • Nombre y domicilio del banco contra el cual se libra el cheque.

• Especificación de si es un cheque "al portador", a "favor de una determinada persona o a la orden" o "no a la orden".

• La cantidad expresada en letras y números y clase de moneda (pesos). • Nombre, domicilio y número de cuenta del titular.

• Número de CUIL o CUIT del titular de la cuenta. • Firma del librador.

Partes de un Cheque

• Talón de Cobro: sirve para cobrar el cheque en la ventanilla del Banco. • Cuerpo: es la parte que se entrega al beneficiario, con o sin el talón de cobro. Personas que intervienen

• Librador o Firmante: es quien emite el cheque y ordena el pago. Es el titular de la cuenta corriente.

• El Banco: es la institución contra la cual se ha girado o librado el cheque y que debe pagarlo. • Beneficiario: es la persona que recibe el cheque y puede cobrarlo.

• Tenedor o Portador: es el que tiene o porta el cheque, ya sea porque era el beneficiario original o porque se le transfirió por endoso.

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Página 24 Importancia

• Evita los riesgos que significa manejar dinero en efectivo. • Sirve como prueba de pago, ya que queda registrado en el banco.

• Permite realizar operaciones entre personas ubicadas en distintos lugares. • Es utilizado como instrumento de crédito (el cheque diferido).

Tipos de cheques:

• Cheque común o tradicional: se utiliza como medio de pago. El término de presentación de pago es de 30 días corridos, a partir de su emisión. El que lo recibe podrá cobrarlo por ventanilla, depositarlo en su cuenta bancaria o endosarlo.

• Cheque de pago diferido: es utilizado como instrumento de crédito. El término de presentación de pago es de 30 días corridos a partir de su fecha de pago. Se puede endosar y podrá ser emitido en plazos de 1 a 360 días.

Ejemplos:

Cheque común: el 01 de setiembre de 20.... se emite un cheque, el beneficiario podrá cobrarlo hasta el 30 de setiembre del mismo año inclusive.

Cheque de pago diferido: el 01 de setiembre de 20... se emite un cheque, que dice: "el 6 de octubre ... páguese este cheque...", el plazo de los 30 días comienza a correr el 6 de octubre, por lo tanto, el beneficiario podrá cobrarlo hasta el 5 de noviembre inclusive.

Los bancos deben entregar a sus clientes dos tipos de chequeras, una por los cheques comunes y otra por los de pago diferido.

El tenedor de un cheque diferido lo puede depositar y el banco le entrega un certificado que lo puede usar como garantía para obtener créditos. Este certificado puede transmitirse por endoso. Una cuenta de esta clase de cheque es voluntaria y no tiene como condición ser titular de una cuenta con servicios de cheques comunes.

Formas de Emisión

1. Al Portador: es aquel en el que no se menciona el nombre del beneficiario, puede dejarse el lugar en blanco o escribir "al portador". El banco lo abonará a la persona que lo presente en ventanilla para su cobro o aceptará el depósito en su cuenta corriente. Puede ser transferido de una persona a otra sin necesidad de endosarlo.

2. A favor de una determinada persona: en este caso se indica el nombre del beneficiario acompañado con la:

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o cláusula "no a la orden": ejemplo: "Páguese este cheque No a la orden de Fulano Perez ...". Este cheque no se puede transferir a un tercero mediante endoso, sólo puede cobrarlo el beneficiario, es decir Fulano Perez, (por ventanilla o depositándolo en cuenta corriente o caja de ahorro).

Cheque Cruzado

Es el que lleva dos líneas paralelas transversales en el ángulo superior izquierdo. No se puede cobrar en ventanilla, por lo tanto, debe ser depositado en cuenta corriente o caja de ahorro. En la práctica comercial se suele cruzar el cheque por razones de seguridad.

Endoso

El número de endosos es limitado: un endoso para el cheque común y dos endosos para el cheque diferido. Los endosantes son solidariamente responsables ya que con su firma garantizan que conocen la procedencia de los fondos, es decir que el librador tiene dinero depositado y el banco podrá pagar.

Casos en que el banco puede denegar el pago: • por falta de fondos,

• por ausencia de algunos de los requisitos esenciales, • si estuviese raspado, enmendado o borrado,

• por estar prohibido su pago (quiebra del librador), • por dudosa autenticidad de la firma del librador.

• cuando el librador denuncia que fue extraído o sustraído, • por endosos tachados,

• porque se excedió el límite permitido de endosos.

El banco hacer constar en el dorso del cheque el motivo del rechazo, también la fecha y domicilio del librador. Con esta constancia el beneficiario podrá iniciar juicio ejecutivo (mucho más rápido que el juicio común). El o los titulares de la cuenta y el endosante (si existió), responden en forma solidaria por el importe del cheque, los intereses y gastos del juicio.

CURIOSIDAD: desde enero de 2005, los cheques miden 18 cm. de ancho por 7,6 cm de alto, son de color celeste matizado con verde, y el logotipo del banco sólo aparece en el margen izquierdo.

Cheque certificado

Es el que certifica el banco garantizando que el librador tiene fondos suficientes para su pago. La certificación se hace al dorso del cheque y la misma tiene una duración de cinco días hábiles.

Cheque Cancelatorio

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firma registrada. El banco librará el cheque cancelatorio por el valor que solicite el cliente, dentro de un rango que va desde $ 5.000 a $ 400.000.

Los endosos deben realizarse en el dorso del cheque, ante un escribano público, funcionario del banco o autoridad judicial, quienes certificaran la firma.

¿Qué es y por qué surge?

• Desde el punto de vista legal, el cheque cancelatorio es un medio de pago asimilable a la entrega de dinero en efectivo.

• Se implementó con la idea de disminuir las salideras bancarias (robo a personas que momentos antes han retirado importantes sumas de dinero de entidades bancarias y/o financieras). Se lo utiliza para grandes transacciones de cualquier rubro, sobretodo negocios inmobiliarios (compra de casas o tierra). Evita el traslado de grandes montos de dinero.

• El requisito es que el interesado tenga dinero depositado en el banco en una cuenta corriente o en caja de ahorro. Para cobrarlo, el que lo recibe también tiene que tener cuenta bancaria. No se puede cobrar por ventanilla porque se estaría abriendo otra vez la posibilidad de una salidera bancaria • Una vez emitidos, después que el empleado bancario haya puesto los datos solicitados por el cliente,

ya contará con garantía del BCRA.

• El cheque cancelatorio, al evitar el movimiento de efectivo genera beneficios para los cuatro actores involucrados:

1. Al emisor le brinda seguridad ya que no debe trasladarse con dinero en efectivo

2. Al receptor también le da seguridad pues el cheque cancelatorio permite que el dinero entre en su cuenta bancaria el mismo día, acreditándose como si se tratara de efectivo

3. Al banco le evita tener montos grandes de dinero en efectivo en sus cajas de atención al público 4. Al gobierno, el cheque cancelatorio le permite tener un mayor control sobre los grandes flujos

de dinero. Por ejemplo:

El Sr. “A” compra un terreno al Sr. “B” en $ 300.000.

El Sr. “A” tiene ese dinero depositado en la cuenta corriente de un banco y para no llevarlo en efectivo hasta el lugar donde se hará el pago compra al banco el cheque cancelatorio y con él realiza la compra. El Sr. “B” recibe el cheque y lo deposita en su cuenta como si fuera efectivo.

Ambos evitaron el riesgo que significa trasladarse con mucho dinero en efectivo

Cheque de Viajero - Travelers Cheques

Es el cheque que emite el banco a su propio cargo y a favor de una persona determinada, que puede ser cliente o no de la entidad financiera. Este cheque puede hacerse efectivo en la casa central o sucursales del país o en el exterior.

Referencias

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