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El reconocimiento normativo a la variacion registral del sexo y cambio de nombre, en el caso de los transexuales

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Academic year: 2020

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(1)Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS. át ica. yC. om un. ica ció. n. ESCUELA DE DERECHO. de. In. fo r. m. “EL RECONOCIMIENTO NORMATIVO A LA VARIACION REGISTRAL DEL SEXO Y CAMBIO DE NOMBRE, EN EL CASO DE LOS TRANSEXUALES”. Si st. em. as. TESIS PARA OPTAR EL TÍTULO DE ABOGADO AUTORES:. de. Br. KATY STEFFANI AGUILAR GOMEZ. Di re cc. ió. .. n. Br. KARLA ANDREA MENDOZA ARTEAGA ASESOR ALAN ROVERD YARROW YARROW TRUJILLO – PERU 2015. i Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(2) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. yC át ica. In. fo r. m. "... una sentencia actual, que resuelve sobre la determinación de los hechos sobre la base de pruebas rigurosamente científicas, no es de por sí más justa que la decisión pronunciada, en otros contextos culturales y sociales, sobre la base de la ordalía del fuego.". om un. ica ció. Thomas Paine. n. “La Verdad y la Razón son atributos del hombre, y bajo de ellos puede para siempre manifestarse según dictare su concepto, y muy presuntuosos serán aquellos que intentasen ponerle obstáculos.”. Di re cc. ió. n. de. Si st. em. as. de. B. Cavallone. “La fragilidad de demostrar los Derechos Humanos Universales se ha convertido en un problema. Sin embargo los Derechos Humanos están regidos por fundamentos iusnaturalista -validez de los derechos por principios naturales, racionalismo metafísico-moral - como doctrina kantiana de los dos mundos que garantiza el principio de igualdad de los derechos humanos.”. Miguel Giusti. ii Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(3) om un. ica ció. n. Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. A. In. fo r. m. át ica. yC. DEDICATORIA. de. DIOS por la vida, por nuestros. as. maravillosos padres, nuestra hermosa familia y. em. nuestros entrañables compañeros, amigos y. Di re cc. ió. n. de. Si st. hermanos. iii Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(4) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. ica ció. n. AGRADECIMIENTOS. m. át ica. yC. om un. A Dios, por ser nuestro guía eterno.. A la Dra. Victoria Mendoza Otiniano por ser guía y apoyo en la presente investigación.. Di re cc. ió. n. de. Si st. em. as. de. In. fo r. A los catedráticos de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, quienes nos ayudaron en nuestra formación profesional.. iv Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(5) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. PRESENTACIÓN. SEÑOR DECANO DE LA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS DE. n. LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO. om un. ica ció. SEÑORES MIEMBROS DEL JURADO. AGUILAR GOMEZ KATY STEFFANI y MENDOZA ARTEAGA KARLA ANDREA, Bachilleres en Derecho y Ciencias Políticas, de conformidad con el Reglamento de. yC. Elaboración y Evaluación de Tesis para obtener el Título de Abogado de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad Nacional de Trujillo presentan a su. át ica. consideración la tesis titulada: “EL RECONOCIMIENTO NORMATIVO A LA VARIACION REGISTRAL DEL SEXO Y CAMBIO DE NOMBRE, EN EL CASO DE. m. LOS TRANSEXUALES”, con la finalidad de optar el Título de Abogado de esta. de. In. fo r. prestigiosa casa de estudios.. Durante el desarrollo de la presente investigación se ha recurrido al análisis de. as. la jurisprudencia peruana, la doctrina y legislación comparada, además se ha. em. seguido las pautas del reglamento de elaboración y evaluación de tesis, tratando de. Si st. otorgar a ésta el grado de rigurosidad que amerita. La finalidad de la presente investigación es contribuir modestamente al diálogo y debate de quienes tengan la. de. oportunidad de conocer las ideas expuestas en este trabajo.. ió. n. Esperando el presente colme las expectativas y solicitando anticipadamente las. Di re cc. disculpas por algún error u omisión en el mismo. En tal sentido, se deja a vuestro criterio el presente trabajo de investigación a. fin de que sea objeto de investigación y se emita el dictamen respectivo.. ____________________________ Katy Steffani Aguilar Gómez. _____________________________ Karla Andrea Mendoza Arteaga v. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(6) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. INFORME DEL ASESOR. : Sr. Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas. De. : Dra. Victoria Esther Mendoza Otiniano. Asunto. : Informe de Asesor de Tesis. Fecha. : 24 de Marzo del 2015. yC. om un. ica ció. n. A. át ica. __________________________________________________________________. fo r. m. De mi especial consideración.-. In. Es grato dirigirme a Usted, en mi calidad de Asesor de las Bachilleres en Derecho,. de. Katy Steffani Aguilar Gómez y Karla Andrea Mendoza Arteaga, en la tesis titulada “El. as. Reconocimiento Normativo a la Variación Registral del Sexo y Cambio de. Si st. em. Nombre, en el Caso de los Transexuales”. Las mencionadas tesistas, ha cumplido con lo previsto en el plan de tesis, pues han. de. desarrollo el presente trabajo dentro de los parámetros regulares de la investigación,. Di re cc. ió. n. respetando las reglas de fondo y forma aceptadas mayoritariamente. Asimismo Señor Decano, debo hacerle presente que las tesistas han desarrollado el presente trabajo de investigación con el ímpetu, apasionamiento y dedicación que demuestra sus más enteras cualidades académicas y personales. Soy consciente de las limitaciones y dificultades en la elaboración del presente, pero luego de haber realizado el seguimiento, la asesoría, y la tutela correspondiente, creo vi Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(7) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. firmemente que las tesistas han podido conseguir un buen desarrollo de investigación que les permitirán sin duda alguna contribuir a los fines que ellas se. n. trazaron desde que me solicitaron la asesoría.. ica ció. Finalmente Solicito a usted Señor Decano, se sirva remitir los actuados a quien corresponda, con el objeto de que pueda merecer el análisis y las críticas de los. om un. miembros del Jurado, así como autorizar la impresión de los correspondientes. át ica. yC. ejemplares de la Tesis motivo de este informe.. In. fo r. m. ATENTAMENTE. de. _________________________________________. as. DRA. VICTORIA ESTHER MENDOZA OTINIANO. Di re cc. ió. n. de. Si st. em. PROFESOR ASESOR. vii Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(8) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. LIMITACIÓN EN LA FORMULACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN. n. Las principales limitaciones para la elaboración del presente informe de investigación. om un. ica ció. fueron las siguientes:. 1. La escasa bibliografía especializada sobre la problemática planteada, esto es, la. yC. escasa información sobre el Reconocimiento Normativo a la Variación Registral del. m. át ica. Sexo y Cambio de Nombre, en el Caso de los Transexuales.. em. as. de. In. de análisis en el presente trabajo.. fo r. 2. El difícil acceso para la obtención de sentencias y resoluciones que han sido objeto. 3. Finalmente aunque no pueda parecer una limitación, en este trabajo si lo ha sido, la. Si st. búsqueda, selección, lectura, análisis y aprehensión de las obras que contemplan. Di re cc. ió. n. de. los modernos criterios de imputación jurídico penal de nuestro tiempo.. viii Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(9) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. RESUMEN. La variación registral del sexo y cambio de nombre, en el caso de los transexuales,. ica ció. n. es un tópico que ha estado presente en el desarrollo de la jurisprudencia nacional durante los últimos años y, en el cual aún estamos en ciernes. Las personas. om un. transexuales vienen exigiendo el reconocimiento de sus derechos fundamentales por parte del Estado, ateniéndose a la vía procesal pues aún no existe legislación. yC. especial que regule sus pretensiones: la variación registral del sexo y el cambio de. át ica. nombre.. m. En el presente trabajo de investigación se estudia, analiza, critica y valora cada uno. In. fo r. de los criterios de doctrina y jurisprudencia nacional y comparada respecto a las. de. pretensiones de las personas transexuales; también se brindaran nociones en. as. relación a la condición transexual y se detallaran algunos derechos exigibles de. Di re cc. ió. n. de. Si st. em. reconocimiento de los transexuales por parte del Estado Peruano.. ix Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(10) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. INDICE. PRELIMINARES:. ica ció. n. Dedicatoria ..………………………………………………………………………….. ii iii. Presentación ……………………………………………………………………………. iv. om un. Agradecimiento ………………………………………………………………………. yC. Informe del Asesor …………………………………………………………………….. v. át ica. Limitación en la Formulación de la Investigación …………………………………….. vii. viii. fo r. m. Resumen ……………………………………………………………………………...... de. In. Indice……………………………………………………………………………………. x. em. EL PROBLEMA ………………………………………………………………… 1. Si st. I.. as. CUERPO. de. 1.1. REALIDAD PROBLEMÁTICA ………………………………………… 1. n. 1.2. ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN ………………………... 6. Di re cc. ió. 1.3. ENUNCIADO DEL PROBLEMA …………………………………….. 9 1.4. JUSTIFICACIÓN ………………………………………………… 9. 1.5. HIPÓTESIS……………………………………………………………… 11 1.6. OBJETIVOS .…………………………………………………………... 11 1.6.1. OBJETIVO GENERAL …………………………………………….. 11 x Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(11) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. 1.6.2. OBJETIVO ESPECÍFICO …………………………………………. 11. n. MARCO TEÓRICO …………………………………………………………….. 12. ica ció. II.. 2.1. ASPECTOS GENERALES ……………………………………………. 12. om un. 2.1.1. SEXUALIDAD HUMANA ………………………………………… 12 2.1.2. EL SEXO …………………………………………………………… 14. yC. 2.1.3. ESTADOS DE DISCONFORMIDAD ENTRE LOS ELEMENTOS. át ica. BIOLÓGICOS Y MORFOLÓGICOS Y PSICOLÓGICOS………. 16. ESTADO DE INTERSEXUALIDAD ……………………. 17. 2.1.3.1.1. PSEUDOHERMAFRODITISMO FEMENINO ………. 18. fo r. m. 2.1.3.1.. In. 2.1.3.1.2. PSEUDOHERMAFRODITISMO MASCULINO …….. de. 2.1.3.1.3. DISGENESIAS GONADALES ……………………….. 18 20. as. 2.1.3.1.4. HERMAFRODITISMO VERDADERO ………………. 20. TRASVESTISMO ………………………………………….. 22. Si st. 2.1.3.3.. ESTADO DE ISOSEXUALIDAD …………………………. 21. em. 2.1.3.2.. de. 2.1.4. LA TRANSEXUALIDAD …………………………………………. 23 ASPECTO HISTORICO ……………………………………. 23. ió. n. 2.1.4.1.. Di re cc. 2.1.4.2.. 2.1.4.3.. APROXIMACIÓN. A. LA. NOCIÓN. DE. TRANSEXUALIDAD……………………………………… 26 TRANSEXUALIDAD Y LA FALTA DE UNIFORMIDAD CONCEPTUAL …………………………………………….. 28. xi Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(12) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. 2.1.4.4.. TEORÍAS. QUE. INTENTAN. EXPLICAR. LA. TRANSEXUALIDAD ……………………………………… 32 2.1.4.4.1. TEORÍA ORGANICISTA ……………………………… 32 34. ica ció. n. 2.1.4.4.2. TEORÍA PSICOSOCIAL ………………………………. 2.1.4.4.3. TEORÍA MIXTA ………………………………………… 35 LA CIRUGÍA DE REASIGNACIÓN DE SEXO …………. 35. om un. 2.1.4.5.. 2.1.4.5.1. CIRUGÍA DEL TRANSEXUAL HOMBRE – MUJER .. 36. yC. 2.1.4.5.2. CIRUGÍA DEL TRANSEXUAL MUJER- HOMBRE … 38. át ica. 2.2. DERECHOS EXIGIBLES DE RECONOCIMIENTO A LA POBLACIÓN TRANSEXUAL …………………………………………. …………… 39. fo r. m. 2.2.1. DERECHO AL RESPETO DE LA DIGNIDAD ………………….. 42. In. 2.2.2. DERECHO A LA VIDA …………………………………………… 48. de. 2.2.3. DERECHO A LA IDENTIDAD …………………………………… 50 LA IDENTIFICACIÓN Y EL DERECHO AL NOMBRE. 54. 2.2.3.2.. DERECHO A LA IDENTIDAD SEXUAL ………………. 57. em. as. 2.2.3.1.. Si st. 2.2.3.2.1. LA IDENTIDAD DE GÉNERO ……………………….. 58. de. 2.2.3.2.2. ROL DE GÉNERO …………………………………….. 60. ió. n. 2.2.3.2.3. ORIENTACIÓN SEXUAL …………………………….. 59. Di re cc. 2.2.4. DERECHO A LA INTEGRIDAD ………………………………… 61 2.2.4.1.. 2.2.4.2.. INTEGRIDAD FÍSICA .…………………………………. 63. INTEGRIDAD PSÍQUICA ………………………………. 67. INTEGRIDAD MORAL …………………………………... 69. xii Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(13) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. 2.2.5.. DERECHO AL LIBRE DESARROLLO DE LA. PERSONALIDAD. ……………………………………………………………………….. 70 DERECHO A LA IGUALDAD …………………………………. 73. 2.2.6.. ica ció. n. 2.3. DESARROLLO LEGISLATIVO RESPECTO AL CAMBIO DE NOMBRE Y SEXO REGISTRAL EN EL DERECHO COMPARADO Y NACIONAL. om un. ………………………………………………………………………......... 75 2.3.1. LA EXPERIENCIA INTERNACIONAL …………………………. 75. SUECIA ……………………………………………………... 75. 2.3.1.2.. ALEMANIA ………………………………………………… 76. át ica. yC. 2.3.1.1.. 2.3.1.2.1. KLEIN LÖSUNG ………………………………………… 79. fo r. m. 2.3.1.2.2. GROSSE LÖSUNG …………………………………….. 80 ITALIA ………………………………………………………. 82. 2.3.1.4.. ESTADOS UNIDOS ……………………………………….. 83. 2.3.1.5.. HOLANDA ………………………………………………. 86. 2.3.1.6.. ESPAÑA …………………………………………………... 87. DINAMARCA ……………………………………………. 91. de. as. em. Si st. 2.3.1.7.. In. 2.3.1.3.. FRANCIA ………………………………………………….. 92. de. 2.3.1.8.. Di re cc. ió. n. 2.3.2. LA SITUACIÓN NACIONAL …………………………………….. 97. III.. MARCO METODOLOGÍCO ………………………………………………….. 104. 3.1. DETERMINACIÓN DE VARIABLES ……………………………….. 104 3.1.1. VARIABLE DEPENDIENTE……………………………………… 104 3.1.2. VARIABLE INDEPENDIENTE ………………………………….. 105. xiii Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(14) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. 3.2. MATERIALES ………………………………………………………… 105 3.3. MÉTODOS …………………………………………………………….. 106. 3.4. TÉCNICAS ……………………………………………………………. 107 108. IV.. RESULTADOS ………………………………………………………………... 109. V.. DISCUCIÓN DE RESULTADOS ……………………………………………. 133. VI.. CONCLUSIONES …………………………………………………………….. 148. VII.. RECOMENDACIONES ………………………………………………………. 150. yC. om un. ica ció. n. 3.5. INSTUMENTOS ………………………………………………………. Di re cc. ió. n. de. Si st. em. as. de. In. fo r. m. át ica. BIBLIOGRAFÍA ………………………………………………………………. 151. xiv Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(15) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. I.. EL PROBLEMA. ica ció. n. 1.1. REALIDAD PROBLEMÁTICA La Constitución Política del Perú en su artículo 1º establece que la defensa de. om un. la persona humana y el respeto a su dignidad son el fin supremo de la sociedad. yC. y el Estado. Asimismo en el inciso 1 del artículo 2º, reconoce el derecho al libre desarrollo de la personalidad, al igual que el Artículo 5 del Código Civil. át ica. establece, junto al derecho a la vida, el derecho a la libertad.. fo r. m. Un desafío muy importante que tiene a la vista el Estado peruano para hacer. In. respetar estos derechos fundamentales, lo constituye en nuestros días, el. de. fenómeno de la Transexualidad, pues es uno de los grupos humanos que sufre. as. mayor discriminación en nuestro país. Es así que según la data recogida por. em. diversas instituciones TLGB (trans, lesbianas, gays y bisexuales), en el Informe. Si st. Anual de Derechos Humanos de personas trans, lesbianas, gays y bisexuales en. de. el Perú 2010, señala que el grupo que más gravemente ve afectado su derecho a. Di re cc. ió. n. la seguridad personal es el colectivo transexual.. En efecto, según un estudio realizado por el Instituto Runa, en una muestra de 119 personas transexuales con quienes realiza trabajo comunitario, 47 dijeron haber sufrido agresiones graves durante el año 2010: desde agresiones verbales hasta abuso de autoridad y lesiones graves, pasando por violencia sexual, extorsión y robo (Instituto Runa, 2010). 1. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(16) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. Sin embargo las personas Transexuales no sólo sufren por la violencia y la discriminación en nuestro país, sino que también sufren la afectación de sus derechos fundamentales a la identidad, dignidad y libre desarrollo de su. ica ció. n. personalidad, y esto se manifiesta en el negado derecho al cambio de nombre y. om un. variación del sexo registral.. La identidad sexual constituye, a no dudarlo, un aspecto de la mayor. yC. importancia dentro del amplio espectro de la identidad personal, cada persona,. át ica. por ello, tiene el derecho a que se le reconozca como hombre o como mujer, no sólo en función del dato cromosómico sino, principalmente sobre la base de la. m. libre opción del sujeto, es decir, en función del proyecto existencial de cada. In. fo r. cual, de la manera personal y libre de vivir su propia sexualidad; de allí que el. de. transexual tiene el derecho a que se respete precisamente, la proyección social. em. as. de su personalidad. A que se le reconozca "el que es" y no "otro".. Si st. Pese a que en el Derecho comparado con respecto a la transexualidad y los requerimientos de cambio de sexo y el cambio de nombre, la legislación y la. de. jurisprudencia han tenido aparentemente un desarrollo más rápido y decidido desde la década de los años setenta en Europa los. ió. n. que la doctrina, pues. Di re cc. Tribunales se pronunciaban sobre esta nueva exigencia de la sociedad que buscaba respuestas del Derecho ante sus exigencias existenciales, teniendo por vez primera un reconocimiento de la transexualidad en las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, reconocimiento que ha tenido también el respaldo de Comisión Europea de los Derechos Humanos que ha 2. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(17) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. referido como digno de tutela jurídica, el derecho a la identidad sexual del transexual. Asimismo tenemos que el. Parlamento Europeo, mediante una. declaración de fecha 12.09.89 “Invita a los Estados miembros a emanar. ica ció. n. disposiciones que regulen el derecho de los transexuales al cambio de sexo, bajo el aspecto endocrinológico, quirúrgico-plástico y estético y los. om un. procedimientos respectivos y a prohibir su discriminación”.. yC. En los mismos términos el Consejo de Europa médicos y juristas con fecha. át ica. 17.04.93 se pronunciaron de la siguiente manera: “El transexual tiene derecho (…) a que le sea concedida la posibilidad de atribuirse registralmente el sexo. m. que siente como propio, con todas las consecuencias civiles, matrimonio. In. fo r. comprendido.. de. En el Perú, existen variedad de casos emblemáticos y que han sido difundidos. em. as. por sus propios actores a través de los medios de comunicación, así tenemos el. Si st. caso difundido en el programa "Día D" de ATV el 29.03.2009, donde el ex capitán del Ejército Peruano, Marco Torres Bustamante, dejo el uniforme. de. militar, realizándose una operación quirúrgica, para convertirse en Maricielo. ió. n. Torres y el caso del Rockero del grupo de los 80 "Jas", Sergio Cava quién. Di re cc. actualmente es activista defensora de los derechos de las minorías sexuales, reconoció en el Programa Fuego Cruzado de ATV, que es transexual y que actualmente se llama Fiorella Cava, ostentando una apariencia física femenina. Estos son sólo algunos casos de los miles que existen, los mismos demuestran que la transexualidad es una realidad palpable en nuestra sociedad. 3. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(18) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. A nivel Judicial Juzgados, Salas Civiles y la Corte Suprema en los Expedientes. Exp. Nº 00840-2005, Exp. Nº 803-2005, Exp. Nº 0104-2008, Exp. Nº 602842008; han conocido casos en la que personas transexuales han solicitado el. ica ció. n. cambio de nombre y variación registral de sexo, que en pocas veces han. om un. obtenido una respuesta positiva de la Justicia.. Sin embargo los casos más emblemáticos han tenido pronunciamiento del. yC. Tribunal Constitucional, así tenemos los casos resueltos en la STC 2273-2005-. át ica. PHC/TC (Caso Karen Mañuca Quiroz Cabanillas) y en el Exp. N° 00139-2013PA/TC- SAN MARTIN. En el caso “Karen Mañuca” (Exp. Nº 2273-2005-. m. PHC/TC); el TC sólo se limitó a reconocer que el nombre y sexo registral que. In. fo r. aparecían en las partidas de nacimiento de la demandante eran dados con fines. de. de identificación en el momento del nacimiento, sin embargo menciona que el. as. sexo es una cuestión cambiante al reconocer que es una unidad biopsicosocial y. em. que en el desarrollo de la personalidad esta se reafirmará y definirá;. Si st. consecuentemente el Tribunal Ordena al Registro Nacional de Identificación y. de. Estado Civil (RENIEC) otorgar a la parte demandante el duplicado de su. n. Documento Nacional de Identidad con el nombre de Karen Mañuca Quiroz. Di re cc. ió. Cabanillas, pero manteniendo la intangibilidad de los demás elementos identitarios (llámese edad, sexo o lugar de nacimiento) consignados en la partida de nacimiento.. En el mismo sentido el Tribunal Constitucional en el Exp. N° 00139-2013PA/TC- SAN MARTIN; que “en la tutela del derecho a la identidad puede 4 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(19) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. admitirse el cambio de prenombre, pero mantenerse intangible un elemento de identidad como el sexo de la persona. Consecuentemente, al estar ya inscrito el cambio de prenombre de P.E.M.M. este Tribunal considera que no se ha. ica ció. n. acreditado la vulneración de su derecho a la identidad1” es por ello que el Tribunal se pronuncia en el sentido de “debe desestimarse la pretensión del. om un. recurrente de modificar el sexo masculino en el DNI y en la partida de nacimiento de P.E.M.M., pues, por las razones aquí expuestas, este Tribunal no. yC. puede eximir a P.E.M.M. de la exigencia que impone el ordenamiento. át ica. constitucional de que el sexo de la persona consignado en el registro de estado. m. civil corresponde a su sexo biológico2”.. In. fo r. Estas sentencias, no toman en cuenta; lo que los estudios científicos han. de. referido sobre el transexual, concibiéndolo como un sujeto desesperado,. as. angustiado, preso de ansiedad, que no vive en paz, que desconoce la serenidad. em. y el equilibrio emocional. Indudablemente no goza de salud, de bienestar. Si st. integral. Es evidente que, ante el fracaso de terapias médicas y psiquiátricas no. de. existiría otra manera de proteger la salud del transexual que permitiendo,. n. cuando sea el caso y dentro de los requisitos que deberá disponer la ley, una. Di re cc. ió. intervención quirúrgica que le permita tener una morfología genital de acuerdo con su personalidad y consecuentemente el cambio de nombre y sexo registral.. Ahora bien, esta situación nos impone a preguntarnos cuáles serían los fundamentos jurídicos para dotar de reconocimiento normativo a la variación. 1 2. Exp. N° 00139-2013-PA/TC- SAN MARTIN; fj 42. Exp. N° 00139-2013-PA/TC- SAN MARTIN; fj 31.. 5 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(20) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. registral de sexo y cambio de nombre en las personas transexuales, ya que si no existe un reconocimiento absoluto a nivel judicial para reconocer estos derechos, es necesario entonces el análisis de una propuesta legislativa que. ica ció. n. supere esta indecisión judicial.. om un. 1.2. ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN. yC. La presente investigación teniendo en cuenta todos los problemas y cuestiones que aquí se discutirán, hasta la fecha no ha sido abordada en su integridad en. át ica. ninguna obra jurídica, tesis de pregrado y post- grado,. ponencia, articulo. m. jurídico, ensayo jurídico, clase u en otro medio informativo. Sin embargo. fo r. hemos encontrado hasta la fecha algunos trabajos que tratan sólo algunos. de. In. puntos que aquí hemos problematizado, a continuación señalamos los más. as. importantes:. em. El maestro Carlos FERNÁNDEZ SESSAREGO, en su obra Nuevas Tendencias. Si st. en el Derecho de las Personas3 (1990) comenta un caso “que culminó con la. de. sentencia de primera instancia del 22º Juzgado Civil de Lima de fecha 26 de. ió. n. febrero de 1987, la misma que quedó consentida al no ser recurrida por el. Di re cc. Procurador del Ministerio de Justicia. Se trataba de un transexual soltero que se sometió a una intervención quirúrgica de caracteres sexuales en una Clínica de Lima, el 26 de junio de 1981. El demandante llamado Moisés, según su partida de nacimiento, demanda la rectificación, adición y cambio de dicho. 3. FERNÁNDEZ SESSAREGO, Carlos, “ Nuevas Tendencias en el Derecho de las Personas”, Universidad de Lima, 1990. 6 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(21) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. prenombre por el de Natalie Gisella, y la consecuente anotación del hecho en el Registro de Estado Civil. El juez ampara la demanda basándose en lo consignado en ese entonces en la Constitución de 1979 y reconocido en el. ica ció. n. acápite a) del inciso 20 del art. 2 de la Constitución referido al principio de libertad. El juez consideró que luego del cambio de sexo era procedente la. om un. rectificación del nombre del demandante a fin de hacerlo acorde con el sexo obtenido, por lo que procedió a ordenar al Consejo Provincial de Lima para. át ica. yC. que modificara el sexo del recurrente y también rectificara su prenombre”.. El reconocido jurista Juan ESPINOZA ESPINOZA, en su célebre obra Derecho. m. de Personas (2006), quien nos recuerda que un Caso Paradigmático en el. In. fo r. Derecho comparado: “El famoso el caso Van Oosterwijc que trataba de una. de. transexual mujer que buscaba ser reconocida como hombre. Daniel Juliette. as. Laure Colette Van Oosterwijc, que deseaba llamarse Daniel Julián Laurent,. em. quien después de varias intervenciones quirúrgicas de adecuación de sus. Si st. órganos externos (faloplastia) solicitó una rectificación de nombre en el. de. registro civil belga, la misma que le fue negada por las dos instancias. n. judiciales de su país. Finalmente el caso llega a un organismo supra nacional. Di re cc. ió. la Corte Europea de los Derechos del Hombre, la que con fecha 06.11.80 no resuelve su pretensión argumentando que la peticionante no ha agotado los recursos internos en su país”4.. 4. ESPINOZA ESPINOZA, Juan, “Derecho de las Personas”, Gaceta Jurídica, Cuarta Edición, 2004. 7 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(22) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. En este orden de ideas tenemos como ha señalado GRACIELA MEDINA “El fenómeno de la transexualidad está reflejado en todas las culturas y a lo largo de los tiempos, existen infinidad de documentos, relatos míticos, históricos o. ica ció. n. alusiones de todo tipo, que hacen referencia y sugieren la existencia de. om un. transexuales en la historia de la humanidad.”5. En cuanto al estudio de los Derechos fundamentales que enmarcan nuestra. yC. investigación tenemos que:. át ica. Víctor GARCÍA TOMA (2013), en su Obra “Derechos Fundamentales”,. m. respecto al derecho al libre desarrollo de la personalidad, ha referido que. fo r. “Este derecho significa el ejercicio de una facultad que reconoce a cada. In. persona la posibilidad de hacer uso de todas las potencias físicas, intelectuales,. de. y morales en su propio beneficio. Ello a efectos de “coronar” su realización. em. as. como ser humano. Mediante este derecho se busca asegurar la realización del. Si st. plan vital libremente escogido, y en donde el desarrollo de la persona es expresión de sus aptitudes, intereses, convicciones y deseos mediante la. ió. n. de. actuación o verificación en el seno de la sociedad6”. Di re cc. Enrique BERNALES BALLESTEROS (1996), ha señalado que el derecho a la identidad comprende distintos contenidos para la persona como: “En primer. lugar a su identidad en el sentido de su identificación, lo que incluye su nombre y seudónimo, sus registros legalmente establecidos (de seguridad social, de. 5. MEDINA, Graciela, Transexualidad, En “Diálogo con la Jurisprudencia, Año 6 Enero 2000 Nº 16 GARCÍA TOMA, Víctor “Derechos Fundamentales” Arequipa. Editorial Adrus, 2013.p.162 (la cursiva y negrita es nuestro) 6. 8 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(23) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. ciudadanía) y los títulos y demás beneficios que contribuyen a darle ubicación y significación en la sociedad (grados, títulos, condecoraciones, reconocimientos, etc.) Cada uno de estos elementos conforman la identidad individual en. ica ció. n. sociedad, que no es otra cosa que la manera de distinguirse de los demás (…) la identidad en cuanto a los aspectos familiares, es decir, a su pertenencia a la. om un. sociedad porque forma parte de su familia, institución natural y fundamental de la sociedad, como dice el artículo 4º de la Constitución y finalmente los. yC. aspectos psicológicos de la identidad; es decir, al derecho de mantener una. át ica. propia percepción de sí mismo asumiéndola en relación a los demás. Esto incluye identidad de sexo, raza, cultura, religión, familia y, en general. fo r. m. creencias, costumbres y modos de actuar que dan identidad propia a la. de. In. persona7”.. em. as. 1.3. ENUNCIADO DEL PROBLEMA. Si st. ¿Cuáles son los fundamentos jurídicos para dotar de reconocimiento normativo a la variación registral de sexo y cambio de nombre en las. ió. n. de. personas transexuales?. Di re cc. 1.4. JUSTIFICACIÓN En esta investigación se propone discutir un problema de relevancia jurídica, que se suscita en la realidad peruana, y que tiene sus efectos en el Derecho de. 7. BERNALES BALLESTEROS, Enrique “La Constitución de 1993.Análisis Comparado” 2º Edición. Lima. Editorial Constitución y Sociedad, 1996.p.89. (la cursiva y negrita es nuestro). 9 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(24) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. Personas, problema que gira en torno al reconocimiento del Derecho al cambio de nombre y sexo registral en los transexuales, lo que implica realizar un análisis de los casos suscitados en nuestra realidad y su consecuente solución a. ica ció. n. través de los fallos emitidos por el Poder Judicial y el Tribunal Constitucional, identificando la existencia de los fundamentos jurídicos que conformen la base. om un. para una necesaria regulación normativa al respecto, ello sobre la base de los aportes de la ciencia médica, de la doctrina jurídica, de la legislación y la. yC. jurisprudencia comparadas, de una parte, y las exigencias de la realidad, de la. át ica. otra; ya que creemos que la existencia de la diversidad sexual en una sociedad democrática diversa en muchos aspectos, amerita incluir estas identidades en la. In. fo r. m. coordenadas sociales y legales actuales.. de. Además estudiar la problemática respecto a la problemática en el. as. Reconocimiento Normativo de la Variación Registral del Sexo y Cambio de. em. nombre en las Personas Transexuales en el Perú, importa en la medida de suplir. Si st. la laguna jurídica que ni siquiera la Corte Suprema ni el Tribunal. de. Constitucional en la STC 2273-2005-PHC/TC (Caso Karen Mañuca Quiroz. n. Cabanillas) y en el Exp. N° 00139-2013-PA/TC- SAN MARTIN, han podido. Di re cc. ió. solucionar esta problemática, y sobre esta base es necesario investigar y proponer una reforma legislativa que permita que los transexuales puedan ejercer los derechos que la misma Carta Magna les reconoce como son: El Derecho a la Identidad, el reconocimiento de su dignidad y el Derecho al libre desarrollo de su personalidad.. 10 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(25) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. 1.5. HIPÓTESIS Los fundamentos jurídicos para dotar de reconocimiento normativo a la. ica ció. n. variación registral de sexo y cambio de nombre en las personas transexuales son el reconocimiento de los derechos fundamentales a la dignidad humana, a. om un. la identidad y el libre desarrollo de la personalidad.. yC. 1.6. OBJETIVOS. át ica. 1.6.1. OBJETIVO GENERAL. fo r. m.  Determinar cuáles son los fundamentos jurídicos para dotar de. In. reconocimiento normativo a la variación registral de sexo y cambio de. as. de. nombre en las personas transexuales.. em. 1.6.2. OBJETIVO ESPECÍFICO. Si st.  Precisar cuáles son los fundamentos jurídicos que se han expresado en. Di re cc. ió. n. de. las Sentencias del Tribunal Constitucional, respecto al reconocimiento al derecho a la variación registral de sexo y cambio de nombre en las personas transexuales..  Describir los argumentos jurídicos esgrimidos en las Sentencias de las Salas Civiles y de la Corte Suprema sobre el derecho al cambio de nombre en las personas transexuales.. 11 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(26) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación.  Explicar cuál ha sido la postura asumida por la doctrina nacional acerca del derecho a la variación registral de sexo y cambio de nombre en las. n. personas transexuales.. ica ció.  Proponer criterios para la dación de una norma que dote de. yC. nombre en las personas transexuales.. om un. reconocimiento normativo a la variación registral de sexo y cambio de.  Describir como ha sido recogida en la legislación comparada el. át ica. reconocimiento normativo a la variación registral de sexo y cambio de. MARCO TEÓRICO. de. In. II.. fo r. m. nombre en las personas transexuales.. em. as. 2.1. ASPECTOS GENERALES. Si st. 2.1.1. SEXUALIDAD HUMANA. de. La sexualidad es un aspecto dinámico del ser humano presente desde su. Di re cc. ió. n. concepción hasta su muerte; innata al hombre, es parte fundamental en la realización de su proyecto de vida pues define a la persona al establecer los rasgos y particularidades que hacen sentir al individuo un ser sexuado.. Una concepción cerrada de la sexualidad, que sea entendida únicamente como sinónimo de la expresión “sexo”, sería totalmente errada ya que. 12 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(27) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. sexualidad abarca todos los aspectos de la actividad humana entendiéndolo como concepto dinámico que incluiría al menos tres dimensiones 8:. El sexo biológico.. 2.. Toda conducta o comportamiento que tenga su origen en estímulos. ica ció. n. 1.. om un. sexuales (no necesariamente genitales), aunque estos no fueran. yC. visibles.. Los elementos interpersonales y emocionales relacionados con las. át ica. 3.. fantasías dadas por aquellos estímulos y que pueden corresponderse o. In. fo r. m. no con las pautas culturales dominantes de pertenencia.. de. De tal manera, podemos considerar pertinente lo establecido por la. as. Organización Mundial de la Salud (OMS): la sexualidad humana puede ser. em. entendida como un aspecto central del ser humano, presente a lo largo de. Si st. su vida. Abarca al sexo, las identidades y los papeles de género, el. de. erotismo, el placer, la intimidad, la reproducción y la orientación sexual. Se. Di re cc. ió. n. vivencia y se expresa a través de pensamientos, fantasías, deseos, creencias, actitudes, valores, conductas, prácticas, papeles y relaciones interpersonales.. 8. DURANTI, R. (2008). Nociones Generales sobre sexualidad. Salud, VIH-sida y sexualidad trans [versión electrónica]. Buenos Aires, Argentina. Pág. 13. Recuperado de http://www.msal.gov.ar/images/stories/bes/graficos/0000000145cnt-2013-06_salud-vih-sidasexualidad-trans.pdf. 13 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(28) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. Entendamos pues que la sexualidad humana no es determinada con el sexo biológico con el que nacimos, pues ella incluye al aspecto psicológico y social de tal manera que concluimos que la sexualidad se va construyendo. ica ció. n. paulatinamente, influenciada, en cierta cantidad, de las normas con las que. om un. la sociedad regula y normativiza el sexo.. yC. 2.1.2. EL SEXO. Revisada la doctrina, podemos notar dos posiciones marcadas respecto al. át ica. sexo; la primera posición es la Concepción Estática del sexo la cual. m. básicamente lo define en aras del factor biológico, permaneciendo. fo r. inmutable y teniendo como única función la reproducción en las especies,. In. mientras que la segunda posición es la Concepción Dinámica del sexo la. de. cual considera a este una noción compleja que está determinado por. em. as. diversos factores o elementos: cromosómico, gonadal, anatómico,. Si st. hormonal, psicológico y social; de todos ellos, sólo el primero es. de. inmutable.. Di re cc. ió. n. Siguiendo con la Concepción Dinámica del sexo, detallamos los considerados elementos del sexo9:. a). El Dato Cromosómico, constituido por la información genética heredada en la concepción y que consiste en 23 pares de cromosomas,. 9. FERNÁNEZ SESSAREGO, C. (2010). Sexualidad y Bioética: La Problemática del Transexualismo. [Versión electrónico]. Comparazione e diritto civile. Recuperado de http://www.comparazionedirittocivile.it/prova/files/sessarego_sexualidad.pdf. 14 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(29) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. de los cuales 22 son comunes a ambos sexos y uno diferente, siendo XY el cromosoma masculino y XX el femenino.. Los Caracteres Sexuales Gonádicos, son la manifestación física de. ica ció. n. b). los cromosomas, están representados por los ovarios en las mujeres y. om un. los testículos en los varones, lo cuales contribuyen a determinar los. yC. caracteres sexuales hormonales y genitales.. c). Los Caracteres Hormonales, condicionados por la actividad. las. gonádicas-. que. presentan. efectos. m. corticosubrenales,. át ica. endocrina de específicos órganos -como la hipófisis, las glándulas. fo r. prevalecientemente femeninos como son los estrógenos o masculinos. de. In. como es la testosterona.. Los Elementos Genitales, referido a los órganos sexuales externos. as. d). em. que permiten una primera diferenciación sexual que hace posible. de. Si st. determinar el sexo del recién nacido para los efectos registrales.. Di re cc. ió. n. e). Los. Elementos. Anatómicos,. definidos. secundarios,. individualizables exteriormente como es el caso, entre otros, del desarrollo pélvico y la distribución de la vellosidad, los que pueden ser modificados a través de específicos productos hormonales.. f). El Elemento Psicológico, aunque condicionado por factores hormonales y genitales, puede disociarse de los anteriores elementos. 15 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(30) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. en tanto es el resultado de vivencias, de sentimientos profundos que determinan manifestaciones típicas atribuibles tanto a uno como a otro. g). ica ció. n. sexo.. El Elemento Social, se refiere a las pautas de comportamiento que. om un. impone la sociedad según el modelo sexual del individuo.. yC. Entiéndase entonces que la Concepción Dinámica del sexo es alusiva a la personalidad, actitud, comportamiento psicosocial del hombre, siendo así. át ica. que estos caracteres son generalmente coincidentes con el sexo biológico.. m. Sin embargo existen casos de disconformidad entre los elementos. fo r. biológicos y morfológicos y entre estos y los elementos psicológicos dando. as. transexualidad.. de. In. como resultado casos de intersexualidad, isosexualidad, bisexualidad y. em. 2.1.3. ESTADOS DE DISCONFORMIDAD ENTRE LOS ELEMENTOS. de. Si st. BIOLÓGICOS Y MORFOLÓGICOS Y PSICOLÓGICOS. Di re cc. ió. n. La sexualidad tiene sus manifestaciones en todos los ámbitos de la actividad humana, siendo el sexo conjuntamente con los elementos intrapersonales e interpersonales del ser humano los que determinan la identidad sexual de las personas.. Existen situaciones en donde todos los elementos del sexo no concuerdan, sea el caso del sexo cromosómico con los caracteres sexuales gonádicos, el. 16 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(31) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. sexo cromosómico con los caracteres sexuales genitales o el sexo cromosómico con el elemento psicológico; son en estos casos en donde. 2.1.3.1.. ESTADO DE INTERSEXUALIDAD. ica ció. n. notamos una clara diversidad sexual la cual detallaremos a continuación.. om un. Al nacer, los elementos genitales son los tomados para definir el. yC. sexo de un bebé, aunque se ha detallado ya que no es el único elemento que define al sexo, es el que se toma como referencia. át ica. mientras este individuo comienza su desarrollo fuera del vientre. fo r. m. materno.. In. Siendo así que al tratarse de un varón serán sus cromosomas XY,. de. sus gónadas testículos, sus genitales masculinos, y en cuanto a su. as. apariencia externa y su comportamiento será el de un varón,. em. mientras que tratándose de una mujer, esta tendrá cromosomas XX,. Si st. sus gónadas serán ovarios, sus genitales serán femeninos, y su. Di re cc. ió. n. de. apariencia externa y comportamiento será de una mujer.. Sin embargo se han registrado casos en las que, por alteraciones genéticas u hormonales, un ser humano puede nacer con caracteres sexuales primarios que no corresponden a su sexo genético, o puede ser genéticamente hermafrodita con características físicas que lo. 17 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(32) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. reflejan10. Tales casos son referidos como estados intersexuales: situaciones intermedias entre extremos sexuales definidos 11.. ica ció. n. Los estados intersexuales están a su vez divididos en cuatro clases 12:. om un. 2.1.3.1.1. PSEUDOHERMAFRODITISMO FEMENINO. La persona en este estado intersexual se encuentra caracterizada. yC. por el sexo cromosómico XX, tiene gónadas femeninas como. át ica. son los ovarios pero existe la presencia excesiva de hormonas masculinas durante el período fetal lo que ocasiona que sus. de. In. apariencia.. fo r. m. genitales externos se masculinicen en cierto grado junto a su. em. as. 2.1.3.1.2. PSEUDOHERMAFRODITISMO MASCULINO. Si st. En estas personas el sexo cromosómico es XY y el sexo gonadal. primarios y secundarios se encuentra feminizada en diversos. niveles:. Di re cc. ió. n. de. cuenta con la presencia de testículos pero los caracteres sexuales. 10. PARK, R. (2008). What is intersex? [Internet]. CA: Intersex Society of North America. Recuperado Julio 4, 2013 de http://www.isna.org/faq/what_is_intersex. Citado por BERNAL, J. (2011). Estados intersexuales en menores de edad: los principios de autonomía y beneficencia. Scielo. Recuperado de http://www.scielo.org.co/scielo.php?pid=S0121-86972011000200005&script=sci_arttext 11 DE LARA, J. (2010). Víctimas relegadas al olvido. Derecho PUCP, N° 70. Recuperado de http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechopucp/article/view/6760/6877. Pág. 413. 12 GÓMEZ, E. (2006). Ser transexual. Barcelona: Editorial Glosa. Pág. 43.. 18 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(33) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. a) FEMINIZACIÓN. TESTICULAR. COMPLETA. O. SÍNDROME DE MORRIS. ica ció. n. Se identifica por una apariencia externa femenina, con caracteres sexuales primarios como son una vagina corta y. om un. ciega junto con testículos intraabdominales, y caracteres sexuales secundarios como son el desarrollo mamario y la. TESTICULAR. át ica. b) FEMINIZACIÓN. yC. elevada estatura.. INCOMPLETA. O. fo r. m. SÍNDROME DE REINFENSTEIN. In. Los varones en este estado presentan tanto su sexo. de. cromosómico XY y testículos pero con escasa virilización,. as. lo cual se debe a la resistencia de las células a la acción de. Di re cc. ió. n. de. Si st. em. los andrógenos dependiendo así el grado de apariencia femenina o masculina.. c) DÉFICIT. DE. 5-ALFA-REDUCTASA. PSEUDOHERMAFRODITISMO. O. MASCULINO. FAMILIAR INCOMPLETO. Identificamos al varón de este estado con. su sexo. cromosómico XX, testículos como gónadas y con presencia de andrógenos, sin embargo, los genitales externos presentan. 19 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(34) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. forma ambigua ya que el déficit de la enzima 5-alfareductasa, impidió que se desarrollara adecuadamente el. ica ció. n. pene, el escroto y la próstata.. 2.1.3.1.3. DISGENESIAS GONADALES. om un. Se pueden presentar bajo la forma pura, denominada “Síndrome. yC. de Swyer”, en el que existe fenotipo femenino, pero con presencia de testículos en el abdomen, con sexo cromosómico. át ica. 46 XY y con identidad femenina en la mayor parte de los casos.. fo r. m. Existen formas mixtas, cuyo fenotipo es muy variado. Es el. In. resultado de una mutación genética. Debemos señalar en todo. de. caso, que existen otras disgenesias gonadales (“Síndrome de. as. Turner”, “Síndrome de Klinefelter”) que no producen estados. em. intersexuales, sino otro tipo de consecuencias, por lo que no. de. Si st. resultan relevantes para nuestros efectos.. Di re cc. ió. n. 2.1.3.1.4. HERMAFRODITISMO VERDADERO. Son inusuales situaciones que se caracteriza por el hecho de que en una misma persona coexisten ovarios y testículos; el sexo cromosómico puede ser 46 XX ó 46 XY, el aspecto externo es muy variado, y los genitales externos ambiguos.. 20 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(35) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. Existen casos en las que al presentarse los estados intersexuales, la medicina trató de „definir‟ a temprana edad, mediante cirugía, el sexo biológico de un bebé para que posteriormente este,. ica ció. n. influenciado por su ambiente, pueda seguir una línea que traza la sociedad a los varones y las mujeres. En muchos de estas. om un. situaciones, personas intersexuales ha reclamado que la elección del género debe dejarse a las mismas personas cuando estas. yC. puedan decidir en su adolescencia, práctica que actualmente se. át ica. plantea al interior de la disciplina médica.13. m. En el ámbito jurídico, en muchas legislaciones internacionales,. In. fo r. se reconoce el cambio de prenombre y sexo a estas personas. de. según la identidad que ellas adopten.. as. ESTADO DE ISOSEXUALIDAD. em. 2.1.3.2.. Si st. El isosexualismo es aquella situación en la cual el individuo siente. siente incomodidad con su cuerpo.14. Di re cc. ió. n. de. atracción hacia una persona de su mismo sexo biológico, pero no. En este estado la persona que cuenta con un sexo biológico determinado, sea masculino o femenino, encuentra discordancia con. CÁCERES, C.; TALAVERA, V. y REYNOSO, R. (2013). Diversidad Sexual, Salud y Ciudadanía. En Revista Peruana de Medicina Experimental y Salud Pública. Recuperado de http://www.scielo.org.pe/pdf/rins/v30n4/a26v30n4.pdf. Pág. 700. 14 DE LARA, J. (2010). Víctimas relegadas al olvido. Op. cit. Pág. 413 13. 21 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(36) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. su sexo psicológico, en específico con su orientación sexual, son los llamados homosexuales masculinos y lesbianas.. ica ció. n. Entiéndase a la orientación sexual como la capacidad de cada persona de sentir una profunda atracción emocional, afectiva y. om un. sexual por personas de un género diferente al suyo, o de su mismo género, o de más de un género, así como a la capacidad mantener. yC. relaciones íntimas y sexuales con estas personas. 15. át ica. Lamentablemente aún existe rechazo a estas personas en diversas. m. sociedad sea pues que su sexo psicológico es discordante con el. fo r. modelo que la sociedad aún tiene para tanto los varones como. In. mujeres, de tal manera estas personas siguen exigiendo sus derechos. as. de. en las diversas legislaciones.. em. De otro lado, las personas bisexuales sienten una profunda atracción. Si st. emocional, sexual y afectiva tanto hacia personas de un género. género.. Di re cc. ió. n. de. diferente al suyo como hacia personas pertenecientes a su mismo. 2.1.3.3.. TRASVESTISMO. Se suele aplicar erradamente la expresión travesti para designar a transexuales, más no existe un consenso científico para determinar. 15. PRINCIPIOS DE YOGYAKARTA. (2007). Principios sobre la Aplicación de la Legislación Internacional de Derechos Humanos en relación con la Orientación Sexual y la Identidad de Género. [En Línea]. http://www.yogyakartaprinciples.org/principles_sp.pdf. Pág. 6.. 22 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(37) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. la categoría a la que pertenece el travestismo, ya que mientras la Asociación Americana de Psiquiatría lo considera una especie de. ica ció. entre travestismo fetichista y travestismo no fetichista.. n. fetichismo, la Organización Mundial de la Salud hace la distinción. om un. El travestismo consiste en el acto de vestirse con ropas propias del sexo contrario así como adoptar algunas características de la. yC. conducta del sexo opuesto. El travesti no tiene conflicto con su. át ica. identidad sexual, ni desea cambiar de sexo y tampoco existe un. m. vínculo necesario entre travestismo y homosexualidad.. fo r. En cambio el transexual es una persona que, si bien desde un punto. In. de vista genético y morfológico pertenece a un determinado sexo,. de. siente el deseo de pertenecer al sexo opuesto, tal anhelo es tan. em. as. grande viene acompañado de un deseo incontrolable de modificar su. Si st. sexo somático para poder realizarse como persona. Ahondaremos. de. más sobre este estado en el apartado siguiente.. Di re cc. ió. n. 2.1.4. LA TRANSEXUALIDAD. 2.1.4.1.. ASPECTO HISTORICO. La transexualidad ha estado presente en la historia del hombre desde tiempos inmemoriales, de tal manera que se establece como primera alusión a esta condición un pasaje de la mitología clásica: “Venus. 23 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(38) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. Castina era la diosa que tenía por misión atender los anhelos de las almas femeninas que habitaban en cuerpos masculinos” ; además que en la antigua Roma ya existía una aceptación social hacia los. ica ció. n. varones que se castraban a sí mismos para adoptar una identidad femenina, como fue el caso de Sporus quien se practicaría una. om un. radical operación de adecuación de sexo y viviría en delante de esa. yC. manera desposada por el emperador Nerón.. át ica. En cuanto a la literatura médica, aparece por primera vez el término en los trabajos de Hirschfeld en 1923 pero no hacía distinciones. m. entre travestismo, homosexualidad y transexualismo. Ya en 1949,. In. fo r. en Estados Unidos el término psicopatía transexualis fue empleado. de. por primera vez por D. O. Caulwell en un artículo de la revista. as. Sexology Magazine en el que relata el caso de una joven que tiene. em. el deseo obsesivo de convertirse en un hombre, para abordar el tema. Si st. de “los individuos que pertenecen físicamente a un sexo y,. Di re cc. ió. n. de. aparentemente, psicológicamente al otro, y que desean modificar por medio de la cirugía sus características físicas para parecerse al otro sexo”.. Un caso que conmocionó al mundo en 1953 fue el de Chistine (George) Jorgensen quien fuese un ex soldado norteamericano que se sometió a una operación de adaptación de sexo convirtiendo al transexualismo en un verdadero fenómeno público. 24. Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

(39) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. Tras tal situación comenzó a estudiarse en mayor cantidad al transexualismo siendo en 1966 cuando Benjamín Harry publica The transexual phenomenon, artículo que hizo popular el concepto y. ica ció. n. esbozó las características propias de la condición transexual las cuales son la sensación durante toda la vida de pertenecer al sexo. om un. opuesto; conducta sexual del sexo opuesto y uso precoz y persistente de ropas del otro sexo sin sensaciones eróticas;. yC. repugnancia y aversión por los propios genitales, sin obtener placer. át ica. de ellos y; desprecio por cualquier conducta de tipo homosexual.. m. Posteriormente en 1973 se propone el término síndrome de disforia. In. fo r. de género, que engloba a la transexualidad conjuntamente con otros. de. trastornos de identidad de sexo. La disforia de género es el término. as. utilizado para designar a la insatisfacción resultante del conflicto. Si st. em. entre la identidad de género y el sexo asignado.. Di re cc. ió. n. de. En 1980 aparece la transexualidad como diagnóstico en el DSM-III. (Diagnostic and statistical manual of mental disorders, tercera edición). En la revisión de este manual pero en su edición cuarta (DSM-IV), se abandona el término transexualismo y en su lugar se utiliza el término Trastorno de Identidad de Género (TIG), para designar a aquellos sujetos que muestran una fuerte identificación con el género contrario e insatisfacción constante con su sexo. 25 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú. Para ver una copia de dicha licencia, visite http://creativecommons.org/licences/by-nc-sa/2.5/pe/.

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