• No se han encontrado resultados

Simulación de la creación de una empresa bajo los términos del Código de Producción, identificando el Ahorro Tributario.

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2017

Share "Simulación de la creación de una empresa bajo los términos del Código de Producción, identificando el Ahorro Tributario."

Copied!
148
0
0

Texto completo

(1)

FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES

SIMULACIÓN DE LA CREACIÓN DE UNA EMPRESA BAJO LOS

TÉRMINOS DEL CÓDIGO DE PRODUCCIÓN, IDENTIFICANDO EL

AHORRO TRIBUTARIO.

DISERTACIÓN DE GRADO PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TITULO DE

INGENIERIA COMERCIAL CON MENSIÓN EN FINANZAS.

LUIS EDUARDO VALLEJO NARANJO

DIRECTOR: ING. IDRIÁN ESTRELLA SILVA

(2)
(3)

ii

Director:

Ing. Idrián Estrella Silva

Informantes:

Ing. Fabiola Jarrín

(4)

iii

AGRADECIMIENTOS

El presente documento es un esfuerzo de muchas personas que toda la vida voy a estar agradecido y los recordaré por siempre.

A mi madre, padre y hermana, por están siempre ahí con una voz de aliento permitiéndome convertir mis sueños en logros.

A usted Ing. Idrián Estrella por su guía, apoyo, enseñanzas, apertura y paciencia que ha tenido con mi persona durante todo este proceso.

A mis compañeros y amigos con los que compartí 5 años, aprendiendo, viviendo y sobre todo apoyándonos para llegar más lejos.

(5)

iv INDICE

INTRODUCCIÓN, 1

1. ANTECEDENTES DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS EN EL ECUADOR, 3

1.1. TRIBUTOS: IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES ESPECIALES DE ACUERDO A LA LEY, 3

1.1.1. Impuestos, 4 1.1.2. Tasas, 5

1.1.3. Contribuciones Especiales, 6

1.2. CONCEPTO DE IMPUESTOS DE ACUERDO AL CÓDIGO TRIBUTARIO, 7 1.3. EXONERACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA EN AÑOS ANTERIORES, 8 1.4. EXONERACIONES DE IMPUESTO A LA RENTA DETERMINADOS EN LA LEY, 10

1.4.1 Reinversión de utilidades, 14

1.5. BENEFICIOS O DEDUCCIONES TRIBUTARIAS DETERMINADA POR LEY, 17

2. ANÁLISIS DE LOS BENEFICIOS DETERMINADOS POR EL CÓDIGO DE LA PRODUCCIÓN, 23

2.1. CÓDIGO DE LA PRODUCCIÓN, 23 2.2. SALARIO DIGNO, 25

2.2.1 Componentes para cálculo, 27

2.3. INCENTIVOS TRIBUTARIOS PARA EL DESARROLLO PRODUCTIVO, 28 2.3.1. Los incentivos generales, 28

2.3.2. Sectoriales y para el desarrollo regional equitativo, 33

(6)

v

3. SIMULACIÓN DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO DE LA PRODUCCIÓN, 45

3.1. SUPUESTOS, 45 3.2. DESARROLLO, 58

3.2.1 Inversión, 58

3.2.2 Estados de Situación Financiera Inicial, 60 3.2.3 Proyección de ventas “TurismoS.A.”, 61 3.2.4 Proyección de Gastos, 66

3.2.5 Depreciación de Propiedad Planta y Equipo, 69 3.2.6 Cuentas por Pagar, 72

3.2.7 Sueldo, Salarios y IESS por pagar, 74 3.2.8 Estado de Situación Financiera Final, 88 3.2.9 Estado de Resultados, 93

3.2.10 Estado de Flujo de Efectivo, 96 3.2.11 Conciliación Tributaría, 100 3.3. CONCLUSIONES, 117

4. ANÁLISIS DE LOS EFECTOS IDENTIFICADOS EN BASE A LA NIC 12 IMPUESTO A LAS GANACIAS, 120

4.1. BASE LEGAL DE LA NIC 12, 120 4.2. ALCANCE NIC 12, 123

4.2.1 Base fiscal, 124

4.3. DETERMINACIÓN DE DIFERENCIAS PERMANENTES Y TEMPORALES, 127 4.4. CONCLUSIONES EN BASE LA NIC 12, 132

BIBLIOGRAFÍA, 133

ANEXOS, 135

1. Anexo – Deducción en el pago del Impuesto a la Renta de personas naturales por Gastos personales, 135

(7)

vi

RESUMEN EJECUTIVO

El proyecto fue creado con el objetivo de determinar si los beneficios tributarios adicionales incorporados por el Código de la Producción son atractivos y beneficiosos para un inversionista en general que desee acogerse a los términos de dicho código, muchas veces al crear una empresa no se toma en cuenta el factor tributario y el efecto que este puede tener en sus balances en el futuro.

Al generar una simulación entre dos compañías ubicadas en diferentes sectores del país, una bajo los términos del Código, con igual estructura monetaria, laboral y financiera, nos permite comparar sus resultados, determinando claramente los puntos críticos a considerar para calcular el impuesto a la renta y elaborar la conciliación tributaria, que son algunos de los aspectos más importantes en Ecuador.

(8)

INTRODUCCIÓN.

En el 2010, en el Ecuador se aprobó y registró el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversión, el cual emitió varias directrices a ser aplicables en todo el territorio nacional, para todos aquellos que desarrollen actividades productivas en todas sus fases tanto nacionales como extranjeras.

Los pilares importantes implementados en el Código de la Producción se referencian en generar y consolidar las regulaciones que potencien, impulsen e incentiven la producción de mayor valor agregado, que establezcan las condiciones para incrementar productividad, para ello dicho código generó varias medidas, una de ellas en el sector tributario que incorporó algunos beneficios adicionales a la normativa tributaria vigente en ese tiempo con el cumplimiento de ciertas condiciones contables, documentarias, sector de aplicación y de ubicación.

(9)

de la creación de una empresa en el sector turístico, que está dentro de los sectores considerado como prioritario para el país.

Para efectos de la simulación planteada, se presentarán varios supuestos que ayudarán a establecer la estructura laboral, contable y financiera de dicha empresa, con el objetivo de determinar si existe un ahorro tributario significativo de una empresa que se traslade o se constituya en los sectores aprobados por el Código de la Producción, para tal efecto, se presentarán dos escenarios, uno ubicado en los sectores aprobados en dicho Código y el otro constituido en el cantón Quito, para comparar sus resultados.

(10)

1. ANTECEDENTES DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS EN EL ECUADOR

1.1.TRIBUTOS: IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES ESPECIALES DE

ACUERDO A LA LEY.

En el Ecuador actualmente existen muchos criterios sobre la definición de tributos todos ellos enfocados en el beneficio económico que tendrá el Estado con la captación de los mismos, en tal virtud la definición más adecuada que se indica que es un tributo es la siguiente:

Los tributos son aquellas prestaciones de carácter económico demandadas por el Estado a través del Servicio de Rentas Internas a los particulares o contribuyentes en potestad de una Ley que se regirá por los principios de legalidad, generalidad, igualdad, proporcionalidad e irretroactividad a fin de cubrir las necesidades de la sociedad1.

El Art. 6 del Código Tributario del Ecuador indica que: “Los tributos, además de ser medios para recaudar ingresos públicos, servirán como instrumento de política económica general, estimulando la inversión, la reinversión, el ahorro y su destino hacia los fines productivos y de desarrollo nacional; atenderán a las exigencias de estabilidad, progresos

1

Cfr. R. BLANCIO AGUIRRE.

(11)

sociales y procurarán una mejor distribución de la renta nacional”.

Los tributos en el Ecuador tienen varias clasificaciones que se diferencian por su naturaleza y forma de cálculo tal como se muestra a continuación:

1.1.1. Impuestos

Es aquella prestación en dinero realizada por los contribuyentes que por ley están obligados al pago, cuya prestación es exigida por un ente recaudador, que casi siempre es el Estado. Además, al realizar el pago del impuesto, el contribuyente lo hace por imperio de la ley, sin que ello proporcione una contraprestación directa por el Estado y exigible por parte del contribuyente.

Se contempla como el ingreso público creado por Ley y de cumplimiento obligatorio por parte de los sujetos pasivos de manera individual contemplado por la misma, siempre que surja una obligación tributaria originada por un determinado hecho imponible u obligación de pago de un impuesto.

Ejemplo de Impuestos

Nacionales Municipales

(12)

Impuestos a Consumos Especiales Impuesto de alcabala Impuesto a la herencia, legados y

donaciones Impuesto sobre los vehículos

Impuesto General de Exportación Impuesto de registro e inscripción

Impuesto General de Importación Impuesto a los espectáculos públicos

Fuente: El tributo en el Ecuador 2 Elaborado por: Luis Vallejo

1.1.2. Tasas

Las tasas son contribuciones económicas que cancelan los usuarios de un servicio prestado por el estado. Se impone cuando el Estado actúa como ente Público y satisface una necesidad colectiva que se concreta en prestaciones individualizadas que se otorgan a sujetos determinados, por lo que si no es beneficiario de dicho servicio no hay obligación de pago.

Comúnmente se confunde las tasas con impuestos; la diferencia es muy simple el impuesto es de obligatorio pago por todos los contribuyentes y la tasa se pagan solo para aquellas personas que hagan uso de un servicio público.

2

(13)

Ejemplo de Tasas

Nacionales Municipales

Tasas por servicios administrativos Tasas de agua potable Tasas por servicios portuarios y

aduaneros Tasas de luz y fuerza eléctrica

Tasas por servicios de correos Tasas de recolección de basura y aseo público Tasas por servicios de embarque y

desembarque

Tasas de habilitación y control de establecimientos comerciales e industriales.

Tasas arancelarias Tasas de alcantarillado y canalización

Tasas por servicios administrativos Fuente: El tributo en el Ecuador 3 Elaborado por: Luis Vallejo

1.1.3. Contribuciones Especiales

Las contribuciones especiales son sumas de dinero que el Estado u otro ente recaudan por beneficios que los particulares obtienen como consecuencia de la realización de una obra pública.

Cabe mencionar que al realizar el estado dicha obra o construcción debe proporcionar un beneficio económico en el patrimonio del contribuyente llamada plusvalía.

Por lo que se puede concluir que son obligaciones que paga el contribuyente de forma particular o colectiva por construcción o realización de una o más

3

(14)

obras públicas o de actividades exclusivas y especiales de mejoras por parte del Estado.

Ejemplo de Contribuciones especiales

Contribuciones especiales

Construcción y ampliación de obras y sistemas de agua potable

Plazas, parques y jardines Aceras y cercas

Apertura, ensanche y construcción de vías de toda clase

Fuente: El tributo en el Ecuador 4 Elaborado por: Luis Vallejo

1.2.CONCEPTO DE IMPUESTOS DE ACUERDO AL CÓDIGO TRIBUTARIO

En la República del Ecuador los impuestos son considerados como tasas, contribuciones especiales o de mejora, que se mantienen entre el sujeto activo y pasivo, basados en los principios de generalidad, igualdad, legalidad, proporcionalidad e irretroactividad5.

Tienen como objetivo ser un medio de recaudación de ingresos públicos y ser destinados a fines productivos y de desarrollo nacional.

4Ibidem

(15)

Para la creación de un tributo se debe considerar el presupuesto nacional establecido por la Ley.

Las leyes tributarias, sus reglamentos y las circulares de carácter general, que rigen en todo el territorio nacional, desde el día siguiente que de su publicación en el Registro Oficial, todas estas acciones generan una obligación tributaria.

La obligación tributaria es la relación que tiene el Estado con sus contribuyentes al momento de generarse un hecho generador6, que debe ser liquidado en dinero, especies o servicios.

1.3.EXONERACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA EN AÑOS ANTERIORES.

En el año de 1997, en el Ecuador se creó mediante Registro Oficial No.118 la Ley Especial de Desarrollo Turístico, reformada el 27 de diciembre del 2002, denominándola Ley de Turismo7, que tiene comoobjetivo determinar el marco legal que regirá para la promoción, el desarrollo y la regulación del sector turístico; las potestades del Estado y las obligaciones y derechos de los prestadores y de los usuarios.

6 Código Tributario (2005). Libro Segundo De la obligación Tributaria, Titulo segundo Disposiciones generales, Art.16

(16)

Dentro de la Ley Especial de desarrollo turístico se incluyó una gama de beneficios económicos como tributarios por el periodo de 10 años como se detalla a continuación:

a) Exoneración total de los derechos los actos constitutivos de las compañías y posteriores actos societarios.

b) Exoneración total de los tributos que graven la transferencia de dominio y aportes de inmuebles al crecimiento de las compañías calificadas.

c) Deducción de sus ingresos gravables con el impuesto a la renta el valor de los aportes a:

I. Integración y pago de capital social de las compañías turísticas calificadas. II. El de sus incrementos en el registro mercantil.

III. Inversiones y reinversiones comprobadas a partir a partir de la constitución de la sociedad o de sus aumentos de capital en el registro mercantil

d) Acceso a créditos en instituciones públicas o privadas que tenga una línea de crédito para actividades turísticas.

Adicionalmente, tendrán una exoneración del pago del impuesto a la renta del proyecto.

(17)

1.4.EXONERACIONES DE IMPUESTO A LA RENTA DETERMINADOS EN LA

LEY

“Exención o exoneración tributaria es la exclusión o la dispensa legal de la obligación tributaria, establecida para razones de orden público, económico o social8”

Las exenciones solo pueden obtenerse en base a disposiciones expresas en la Ley, en la cual nombra ciertos requisitos a cumplir por la concesión de los beneficio, por tal motivo y de conformidad con el Art.9 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno de ahora en adelante llamada (LORTI), se detalla algunas exoneraciones que los sujetos pasivos pueden acogerse para la determinación del impuesto a la renta:

a) Dividendos y utilidades calculados después del impuesto a la renta, pagadas a sociedad que no estén domiciliadas en paraísos fiscales, jurisdicción de menor imposición o a personas no residentes en el Ecuador.

b) Ingresos obtenidos por instituciones del Estado y empresas públicas reguladas por la Ley Orgánica de Empresas Públicas.

c) Ingresos exonerados por convenios internacionales.

d) Por reciprocidad de los estados extranjeros y organismos internacionales, generados por bienes que mantiene en el país.

e) Ingreso de instituciones sin fines de lucro, siempre y cuando dichos ingresos y bienes, sean destinados para sus fines específicos y se inviertan en ellos.

f) Los intereses percibidos por personas naturales por depósitos en cuentas de ahorro en instituciones financieras del país.

8

(18)

g) Los que perciban los beneficios y pensiones del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFA) y el Instituto de Seguridad Social Policía Nacional (ISSPOL).

h) Ingresos de las instituciones de educación superior o estatal, amparados bajo la Ley de Ecuación Superior.

i) Sorteos, rifas y premios, auspiciados por la junta de beneficencia de Guayaquil y Fe y Alegría en Quito.

j) Viáticos que se conceden a funcionario y empleados del instituciones del Estado, viáticos y subsistencias debidamente soportados con comprobantes de venta validas, a empleados y trabajadores del sector privado y el rancho que se les paga a los miembros de la fuerza pública.

k) Beneficio de Ley como la Décima Tercera y Decima Cuarta remuneración.

l) Los ingresos por desahucio e indemnización por despido intempestivo, en las partes que no exceden lo determinado por el Código de Trabajo.

En el caso del desahucio el Código de Trabajo nos indica lo siguiente:

El empleador bonificará al trabajador con el veinticinco por ciento (25%) del equivalente de la última remuneración mensual, por cada uno de los años de servicios prestados en la misma empresa9.

De la misma forma, en el caso de indemnización por despido intempestivo el Código de trabajo determina un pago a ser entregado al empleado por tiempo de servicios como se detalla a continuación:

(19)

Indemnización por despido intempestivo

Tiempo de servicio Indemnización

Hasta tres años Tres meses de remuneración De cuatro años en

adelante

Un mes de remuneración por cada año de servicio. Fuente: Código del trabajo Elaborado por: Luis Vallejo

Cabe señalar que la fracción de un año se considera un año completo y el monto de la indemnización por despido intempestivo no podrá superar los 25 meses de remuneración10.

m) Asignaciones por becas por motivos de estudios, capacitación, especialización, en Instituciones de Educación Superior, entidades gubernamentales del país o del exterior.

n) Los ingresos obtenidos por discapacitados que tengan un porcentaje de discapacidad mayor o igual al 30% de acuerdo al CONADIS serán exentos en un monto equivalente al triple de la fracción básica gravada con tarifa gravada con tarifa cero por ciento del pago del impuesto a la renta.

Fracción básica con tarifa 0%

(2012)

Monto exento 10,180.0011 30,540.00

10 Código del Trabajo (2005). Capitulo X: Del desahucio y del despido, Art. 188

(20)

En el caso de personal mayores de sesenta y cinco años (65), en un monto equivalente al doble de la fracción básica gravada con tarifa gravada con tarifa cero por ciento del pago del impuesto a la renta.

Fracción básica con tarifa 0%

(2012)

Monto exento 10,180.0012 20,360.00

o) Los provenientes de inversiones no monetarias efectuadas por sociedades que tengan suscritos con el Estado contratos de prestación de servicios de explotación y exploración de hidrocarburos y que hayan sido canalizadas por sus compañías relacionadas, dichos servicios serán al costo y deben registrarse en el Banco Central del Ecuador como inversiones no monetarias sujetas a rembolso.

p) Por la venta ocasional de inmuebles, acciones o participaciones.

Cabe señalar que para que sea considerado como ocasional no debe realizarse más de dos transacciones en el año y no debe estar relacionado con el giro del negocio. q) Los generados por fideicomisos mercantiles, siempre y cuando no desarrollen

actividades empresariales u operen negocios en marcha, de la misma los fondos de inversión y fondos complementarios.

r) Para los rendimientos por depósitos a plazo fijo o títulos valores de renta fija, negociables en la bolsa de valores del país, estas inversiones o depósitos deben ser mayores o iguales a un año.

s) Las indemnizaciones que se reciban por seguros, excepto las de lucro cesante.

(21)

t) Los intereses de préstamos de la sociedad a sus trabajadores por la compra de participaciones, acciones, de la empresa siempre y cuando se el trabajador conserve las dichos valores.

u) Compensación económica para el salario digno.

v) Las organizaciones previstas en la ley de Economía Popular y Solidaria, siempre y cuando que las utilidades sean reinvertidas en la organización.

Las organizaciones de acuerdo a la Ley de Economía Popular y Solidaría, pueden conformarse de forma individual o colectiva, que desarrollen proyectos de producción, intercambio, comercialización, financiamiento y consumo.

Esta ley está orientada principalmente a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades y sus unidades económicas, de la misma forma que para economías populares13.

w) Los excedentes generados entre los miembros de las organizaciones previstos en la Ley de Economía Popular y Solidaría.

1.4.1 Reinversión de utilidades

Adicionalmente, la Ley permite a las Compañías obtener un rebaja de 10 puntos porcentuales para el cálculo de impuesto a la Renta mediante una reinversión de sus utilidades en activos productivos, estos pueden ser una

13 Ley de Economía Popular y Solidaria (2011).

(22)

adquisición de maquinarias nuevas y equipos nuevos, activos para riego, material vegetativo, plántulas y todo insumo vegetal para producción agrícola, forestal, ganadera y de floricultura que se utilice para su actividad productiva, así como la adquisición de bienes relacionados con investigación y tecnología que mejore la productividad, genere diversificación productiva e incremento de empleo14.

Con la inclusión del Código de la Producción existe una reducción del porcentaje del Impuesto a la Renta gradual hasta el 2013, por lo que el porcentaje del impuesto cambia en base a dicha reducción como se ve a continuación:

Porcentajes de Impuesto a la Renta para reinversión

Año Porcentaje de Impuesto a la Renta

Porcentaje de IR menos 10% de

reinversión

2010 25% 15%

2011 24% 14%

2012 23% 13%

2013 en

adelante 22% 12%

Fuente: Ley de Régimen Tributario Interno Elaborado por: Luis Vallejo

Para ser beneficiario de la reducción, es necesario lo siguiente:

1. Realizar un aumento de capital en la parte a reinvertir hasta el 31 diciembre del ejercicio impositivo posterior, en el Respectivo Registro

(23)

mercantil, en el caso de que no se puede realizar dicho registro, la compañía debe notificar al SRI y registrar contablemente dicho proceso, a efectos de tener la mayor cantidad de evidencias de la reinversión.

2. Informe por un técnico especializado del sector el cual no deberá tener relación laboral con el beneficiario.

3. La maquinaria y equipo adquirido debe permanecer por lo menos dos años en uso, contados desde la fecha de su adquisición

La administración tributaría determinó un monto máximo que puede ser utilizado para la reducción de la tarifa impositiva del impuesto a la Renta por la reinversión de las compañías, la cual se la expresa a continuación:

Cálculo del monto máximo permitido como reducción (Reinversión de utilidades)

Tipo Comentarios

Utilidad Contable Ingresos – gastos

(-) Participación a los trabajadores

Es un desembolso real que se realiza a favor de los

trabajadores a la entidad de control.

(=) Utilidad Efectiva

(-)

Tarifa del impuesto a la renta previsto para sociedades menos los 10 puntos porcentuales

El ahorro de efectivo por una menor tasa impositiva puede ser reinvertido.

(-) Reserva legal del 0%, 5% o 10% Este valor no puede ser susceptible a reinversiones

Fuente: Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno, Art.51.

(24)

Formula:

[(1-%RL)*UE]-{[%IR0-(%IRO*%RL)]*BI}15 1-(%IR0-%IR1)+[(%RL0-%IR1)*%RL]

Fuente y Elaboración: Art. 51 del Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno.

.

Al aplicar la formula antes detallada obtenemos una base en la cual aplicaríamos el porcentaje del impuesto a renta reducido los 10 puntos porcentuales, con el restante de la base se aplica el porcentaje de impuesto a la renta correcto de acuerdo al año sin reducciones.

1.5.BENEFICIOS O DEDUCCIONES TRIBUTARIAS DETERMINADA POR LEY

En el Ecuador la Ley de Régimen Tributario Interno ha determinado una serie de valores que pueden ser deducibles al momento de calcular el impuesto a la renta, todos estos gastos deben estar orientados a obtener, mantener y mejorar los ingresos.

15 Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen tributario Interno (2009).Capítulo VII Tarifas. Utilidades de sociedades y establecimientos permanentes. Art. 51

Ref. Nombre

%RL Porcentaje de reserva legal UE Utilidad Efectiva

%IR0 Tarifa original del impuesto a la renta %IR1 Tarifa reducida del impuesto a la renta

(25)

Para que los gastos en cuestión puedan ser deducibles todos deben tener su respectiva retención si es el caso y respaldados con comprobantes de venta legalmente válidos.

a) Los gastos relacionados directamente con ingresos.

b) Intereses de las deudas contraídas por motivo del giro del negocio, conjuntamente con los gastos generados en la constitución, renovación y cancelación de las mismas.

Con respecto a los intereses de dichas deudas serán deducibles únicamente si la tasa de interés pactada no debe superar a la tasa de interés autorizada por el Banco Central en dicho periodo.

En el caso de créditos externos es necesario inscribirlos en el Banco Central del Ecuador a efectos de que sus intereses y costos financieros sean deducibles, en el caso de que los créditos sean con relacionadas existen varias condiciones que se deben considerar para la deducibilidad de los gastos:

I. En sociedades los créditos externos no deben superar el 300% del Patrimonio de la sociedad16.

II. Para personas naturales dichos créditos no deben superar el 60% de su total de activos17.

16 Ley de Régimen tributario Interno (2004). Capítulo VI, Depuración de los Ingresos, Art 10 Numeral 2 17

(26)

III. No serán deducibles las cuotas de Leasing (arrendamiento mercantil) cuando los bienes sean propiedad del mismo sujeto pasivo, parte relacionada o cónyuge o parientes dentro de cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, tampoco se podrá considerar como deducible si el plazo del contrato es menor a la vida útil estimada del bien

c) Los pagos realizados al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) por aportes obligatorios como impuestos, tasas y contribuciones.

d) Primas de seguro que se hayan cancelado en un periodo fiscal, contratado para cubrir riesgos de personal, trabajadores y bienes de la actividad generadora de ingresos.

e) Perdidas comprobadas por caso fortuito caso fortuito o por delito, que afectes a la compañía, en la parte que no se le haya cubierto por los seguros y no haya estado como inventario.

f) Gastos de viaje y estadía, los cuales no podrán superar el 3% de los ingresos gravados del ejercicio.

g) Los gastos indirectos asignados desde el exterior a las sociedades domiciliadas en el Ecuador por su parte del exterior, en un monto máximo del 5% de la base imponible del impuesto a la renta, más el valor de dichos gastos, en el caso de que la compañía se encuentre en una ciclo pre operativo el 5% se obtendrá del total de activos.

h) Depreciación y amortización de acuerdo a la naturaleza de los bienes, vida útil, corrección monetaria y técnica contable

(27)

j) Sueldos, salarios, remuneraciones, beneficios sociales, participación utilidad trabajadores, indemnizaciones y bonificaciones legales que hayan sido aportados al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.

Desembolsos relacionados con asistencia médica, sanitaria, escolar, cultural, capacitación, entrenamiento profesional y mano de obra, a los trabajadores.

I. Incremento Neto de Empleos: Por la contratación de trabajadores directos que hayan estado más de 6 meses en un mismo periodo fiscal, la Ley permite una deducción adicional de 100%, sobre sus remuneraciones aportadas al IESS.

II. Pago a Discapacitados: las remuneraciones y beneficios sociales aportados al IESS, parados a personal con discapacidad o cónyuge o hijo dependiente del trabajador, se podrán beneficiar con un deducción del 150% adicional.

k) Provisiones para créditos incobrables originados en las operaciones del giro del negocio, permitiendo un 1% de los créditos concedidos en el año como provisión, sin que la provisión acumulada no supere el 10% de la cartera total.

La Ley faculta la utilización de la provisión, que se realizará contra resultados y solo se lo podrá hacer si cumplen las siguientes condiciones:

(28)

4. En el caso de quiebra u obsolescencia del deudor.

5. Liquidación o cancelación de permiso de operación de la sociedad.

l) Para el cálculo del impuesto a la renta, no serán deducibles las provisiones por créditos bancarios que excedan los porcentajes detallados a continuación:

Art. 72.- Ninguna institución del sistema financiero podrá realizar operaciones activas y contingentes con una persona natural o jurídica por una suma que exceda, en conjunto, el diez por ciento (10%) del patrimonio técnico de la institución. Este límite se elevará al veinte por ciento (20%) si lo que excede del diez por ciento (10%) corresponde a obligaciones caucionadas con garantía de bancos nacionales o extranjeros de reconocida solvencia o por garantías adecuadas admitidas como tales, mediante normas de carácter general expedidas por la Superintendencia de Bancos. Los límites de créditos establecidos se determinarán a la fecha de aprobación original de la operación de crédito. En ningún caso la garantía adecuada podrá tener un valor inferior al ciento cuarenta por ciento (140%) de la obligación garantizada.

El conjunto de las operaciones del inciso anterior en ningún caso podrá exceder del doscientos por ciento (200%) del patrimonio del sujeto de crédito, salvo que existiesen garantías adecuadas que cubran, en lo que excediese por lo menos el ciento veinte por ciento (120%).

Se exceptúan de los porcentajes antes mencionados las siguientes operaciones:

1. Los créditos destinados al financiamiento de las exportaciones luego de realizado el embarque, que tuviesen la garantía de créditos irrevocables, abiertos por bancos de reconocida solvencia del exterior, a satisfacción de la institución del sistema financiero privado;

2. Las cartas de crédito confirmadas de importación y las garantías en moneda nacional o extranjera que se emitan con respaldos de contra garantías adecuadas, admitidas como tales, mediante normas de carácter general expedidas por la Superintendencia;

(29)

establezca la Superintendencia, previo informe del Directorio del Banco Central del Ecuador18”

Las provisiones voluntarias así las realizadas en acatamiento de las leyes no serán deducibles para fines tributarios.

m) Las aportaciones al IESS y pagos del impuesto a la renta que asuma el empleador por el sistema del salario neto.

n) Las provisiones de desahucio y jubilación patronal, siempre y cuando cuenten con su estudio actuarial correspondiente que avale el saldo contable.

o) Los gastos devengados y pendiente de pago que estén acorde al giro del negocio

p) Las erogaciones (donaciones, pagos u ofrenda) a precio de mercado a favor de directivos, funcionarios y trabajadores de la compañía, estas transacciones deberán cumplir los requisitos de Ley.

18 Ley General de Instituciones del Sistema Financiero (2001).

(30)

2. ANÁLISIS DE LOS BENEFICIOS DETERMINADOS POR EL CÓDIGO DE LA

PRODUCCIÓN

2.1.CÓDIGO DE LA PRODUCCIÓN.

El 22 de Diciembre del 2010 con número de oficio Nro. SAN-010-2038 fue incluido en el registro oficial el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones.

(31)

Se determina actividades productivas al proceso mediante el cual la actividad humana transforma insumos en bienes y servicios lícitos, socialmente necesarios y ambientalmente sustentables, incluyendo actividades comerciales y otras que generen valor agregado.

El objetivo del presente código es regular el proceso productivo en las etapas de producción, distribución, intercambio, comercio, consumo, manejo de externalidades e inversiones productivas orientadas a la realización del Buen Vivir19.

Esta normativa busca también generar y consolidar las regulaciones que potencien, impulsen e incentiven la producción de mayor valor agregado, que establezcan las condiciones para incrementar productividad para ello dicho código a determinado varios fines que se detallan a continuación:

a) Transformación de la matriz productiva, para generar mayor valor agregado, equitativo, eco-eficiente y sostenible con el cuidado de la naturaleza.

b) Acceso a los factores de producción.

c) Fomentar la producción nacional en base a un consumo sustentable. d) Generación de trabajo y empleo de calidad y digno.

e) Creación de un sistema integral para la innovación y el emprendimiento. f) Garantizar el ejercicio de los derechos de la población a acceder a bienes.

g) Incentivar y regular todas las formas de inversión privada en sectores prioritarios.

(32)

h) Fortalecer el control estatal para evitar actividades de control de mercado.

i) Promover el desarrollo productivo del país mediante un enfoque de competitividad sistémica.

j) Impulsar las zonas productivas de zonas de menor desarrollo económico. k) Promover la situación estratégica de importaciones.

l) Fomentar y diversificar las exportaciones. m) Facilitar operaciones de comercio exterior.

n) Promover la economía popular, solidaría y comunitaria.

o) Impulsar los mecanismos que posibiliten un comercio justo y un mercado transparente

p) Fomentar y apoyar la investigación industrial y científica, así como la innovación y transferencia tecnológica.

2.2.SALARIO DIGNO

Una de las reformas incluidas por el Código de la Producción es el del salario digno mensual el cual deberá cubrir al menos las necesidades básicas de la persona trabajadora así como las de su familia, y corresponde al costo de la canasta básica familiar dividido para el número de perceptores del hogar20.

El costo de la canasta básica familiar y el número de perceptores del hogar serán determinados por el organismo rector de las estadísticas y censos nacionales oficiales del

(33)

país, de manera anual, lo cual servirá de base para la determinación del salario digno establecido por el Ministerio de Relaciones laborales.

De acuerdo al Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC) para el año 2013 se determinó un monto por salario digno de US$368,0521, el cual fue determinado de la siguiente manera:

Lista mensual de la canasta básica familiar

Mes (2012) Canasta básica familiar

Enero US$ 581.21

Febrero US$ 583.27

Marzo US$ 587.36

Abril US$ 588.48

Mayo US$ 584.71

Junio US$ 586.18

Julio US$ 585.81

Agosto US$ 587.86

Septiembre US$ 594.06

Octubre US$ 595.44

Noviembre US$ 596.42

Diciembre US$ 595.71

Promedio 2012 US$ 588.88

Fuente: INEC Elaborado por: Luis Vallejo

Se divide la canasta básica familiar para el número de perceptores del hogar el cual fue determinado por el INEC en base a la última encuesta de ingresos y gastos realizada, generando un número de 1.6.

(34)

Salario Digno

2013 US$ 368.05

2.2.1 Componentes para cálculo.

a) Sueldo o salario mensual.

b) Décima tercera remuneración dividida para doce. c) Décimo cuarta remuneración dividida para doce. d) Los fondos de reserva.

e) Las comisiones variables.

f) Participación del trabajador a las utilidades. g) Beneficios adicionales recibidos en dinero.

A partir del año 2011, todos los empleadores que no hayan pagado un valor menor al salario digno, deberá cancelar un aporte adicional hasta igualar el salario digno.

El pago de la compensación del salario digno será obligatorio para los empleadores que sean:

a) Sociedades o personas naturales obligadas a llevar contabilidad b) Haya obtenido utilidades al final del periodo.

(35)

Dicho valor deberá ser cancelado hasta el 31 de diciembre del ejercicio correspondiente y se podrá distribuir hasta el mes de marzo del siguiente año, cabe señalar que si es necesario deberá destinar hasta el 100% de las utilidades para liquidar la compensación.

Finalmente el valor que percibiría el trabajador no será grabable para el cálculo de impuesto a la renta y régimen del seguro social.

2.3.INCENTIVOS TRIBUTARIOS PARA EL DESARROLLO PRODUCTIVO.

El Código de la Producción nombra ciertos incentivos tributarios para el Desarrollo Productivo del país muchos de ellos son de carácter general y son aplicados en la actualidad en todo el territorio nacional y otros que son específicos a determinados sectores como se mostrarán a continuación:

2.3.1. Los incentivos generales:

Son aquellos que aplican en todo el territorio nacional

(36)

De acuerdo al Art. 37 de la Ley de Régimen Tributario Interno el porcentaje del impuesto a la renta para sociedades nacionales y extranjeras, domiciliadas o no en el país que generen ingresos gravables a un 22%.

El proceso de cambio del porcentaje del impuesto a la Renta será de la siguiente manera:

Reducción progresiva tarifa del impuesto a la renta

Ejercicio Económico Tarifa del Impuesto a la Renta

2011 24%

2012 23%

2013 en adelante 22%

Fuente: Código de la Producción Elaborado por: Luis Vallejo

En las Zona Especial de Desarrollo Económico a partir de la vigencia del Código de la Producción obtendrán una rebaja porcentual adicional del 5% para el cálculo del impuesto a la Renta.

Las Zonas Especiales de desarrollo Económico (ZEDE) lugares delimitados en el territorio nacional en los cuales promueven nuevas inversiones, los cuales serán fijados mediante norma reglamentaría y los previstos en planes de ordenamiento territorial, como el destino aduanero.

(37)

Ejecutar actividades de transferencia y desagregación de la tecnología e innovación, los cuales permitirán todo tipo de emprendimiento, proyectos de desarrollo tecnológico, innovación electrónica, mejoramiento ambiental sustentable o energético.

Operaciones de diversificación industrial, que podrán constituir en todo tipo de emprendimiento industrial, innovador, orientado principalmente en la exportación de bienes.

Desarrollar servicios logísticos como almacenamiento de carga con fines con fines de consolidación y desconsolidación, clasificación, etiquetado empaque, reempaque, refrigeración, administración de inventarios, manejo de puertos secos o terminales interiores de carga, coordinación de operaciones de distribuciones nacionales como internacionales de mercancía. También se consideran el mantenimiento y reparación de naves, aeronaves y vehículos de transporte terrestre de mercaderías.

(38)

c) Las medianas empresas las cuales tendrán el derecho a la deducción adicional del 100% en gastos que ayuden a su desarrollo siempre cuando no sobrepasen límites determinados por este Código.

1. Capacitación técnica dirigida a investigación, desarrollo e innovación tecnológica, que mejore la productividad y que el beneficio no supere el 1% del valor de los gastos efectuados por concepto sueldos y salarios del año en el que se aplique el benefició22.

2. Mejora de la Productividad con la contratación de asistencia técnica en el desarrollo del producto mediante estudio y análisis de mercado; asistencia tecnológica en diseños de procesos, productos, adaptación e implementación de procesos, el beneficio no podrá superar el 1% de las ventas.

3. Gastos de viaje, estadía y promoción comercial para acceder a mercados internacionales tales como ruedas de negocio, participación en ferias internacionales y de naturaleza similar, el beneficio no superará el 50% del valor total de los costos y gastos destinados a publicidad.

d) Las deducciones adicionales para el cálculo del impuesto a la renta, como mecanismos para incentivar la mejora de productividad, innovación y para la producción eco-eficiente.

(39)

Para el concepto de eco-eficiente el Código lo define como procesos productivos eficientes, utilización de tecnología ambientalmente limpia y de energía alternativa no contaminante23, todo esto con el fin de reducir la contaminación ambiental y enfermedades del ser humano.

En el proceso de adaptación a tecnología más limpia tenemos que considerar varios aspectos como:

1. Utilización de materia prima menos toxica y amigable. 2. Adoptar procesos sustentables y utilización de equipos.

3. Aplicación de manera efectiva, responsable y oportuna de los principios de gestión ambiental como las tres R (Reducir, Reusar, reciclar), responsabilidad de químicos, tecnología amigable, entre otros.

Al generar una inversión por la innovación tecnológica con energía renovable (solar, eólica o similares), se podrá deducir el 100% adicional de la depreciación y depreciación de dichos bienes, siempre y cuando dichos gastos no sean para cumplir una disposición del organismo de control ambiental.

(40)

Dicho gasto adicional no podrá superar el 5% de los ingresos totales

e) Los beneficios para la apertura del capital social de las empresas a favor de sus trabajadores.

f) Las facilidades de pago en tributos al comercio exterior;

g) La deducción para el cálculo del impuesto a la renta de la compensación adicional para el pago del salario digno.

h) La exoneración del impuesto a la salida de divisas para las operaciones de financiamiento externo.

i) La exoneración del anticipo al impuesto a la renta por cinco años para toda inversión nueva.

j) La reforma al cálculo del anticipo del impuesto a la renta.

Los incentivos de orden tributario que reconoce esta normativa se incorporan como reformas a las normas tributarias pertinentes. De esta forma en su Art. 24.- “Clasificación de los incentivos” se los detalla de la siguiente manera:

2.3.2. Sectoriales y para el desarrollo regional equitativo

(41)

exoneración total del impuesto a la renta por cinco años a las inversiones nuevas que se desarrollen en estos sectores.

En este caso para las sociedades que sean creadas bajo el mandato del Código de la Producción con el objetivo de realizar inversiones nuevas y productivas pueden acogerse al beneficio de los cinco años antes expuestos y para ellos deben cumplir con los siguientes requisitos:

I. Las inversiones deberán ser realizadas fuera de la jurisdicción urbana del Cantón Quito y del Cantón Guayaquil.

(42)

Distribución del Cantón Quito

Fuente y Elaboración: Consejo Provincial de Pichincha

(43)

El Cantón Guayaquil fue fundado el 25 de julio de 1538 en la Provincia del Guayas24 la cual se conforma de la siguiente forma:

Distribución del Cantón Guayaquil

Parroquias Urbanas Parroquias Rurales

Ayacucho Juan Gómez Rendón (Progreso)

Bolívar El Morro

Carbo Posorja

Febres-Cordero Puná

García Moreno Tenguel

Letamendi

Nueve de Octubre Olmedo

Ximena Pascuales Roca Rocafuerte Sucre Tarqui Urdaneta Chongón

Fuente: Prefectura del Guayas Elaborado por: Luis Vallejo

Los límites del cantón Guayaquil al norte de los cantones Lomas de Sargentillo, Nobol, Daule, y Samborondon, mientras que al sur del Golfo de Guayaquil y de la provincia de El Oro y del Azuay; al oeste limita con la provincia de Santa Elena y el cantón General Villamil, y al este con los cantones Durán, Naranjal y Balao.

(44)

2.3.3. Ser consideradas inversiones prioritarias para el estado ecuatoriano.

Fuente: Código de la Producción Elaborado por: Luis Vallejo Sectores económicos

considerados como prioritarios para el país

Alimentos frescos, congelados e industrializados. Cadena forestal, agroforestal y productos elaborados.

Metalmecánica Petroquimica

Farmaceutica Turismo

Energía renovable incluida la bio-energía o energia a partir de biomasa. Servicios logísticos de comercio exterior.

Biotecnología y Sofware aplicados.

(45)
[image:45.612.83.540.311.673.2]

En el caso de Ecuador en cada uno de los sectores prioritarios existen varias áreas de aplicación en base a las necesidades actuales de desarrollo. El Distrito Metropolitano de Quito realizó un análisis de cada uno de dichos sectores, detallando de forma específica las diferentes actividades que se englobarían dentro de cada sector y lo podemos ver de forma completa en el Anexo 2 de este documento; a continuación se detallaran algunos ejemplos para cada sector:

Tabla 1: Ejemplos de los sectores económicos prioritarios para el país

Sectores económicos

prioritarios para el país. Ejemplos

Alimentos frescos, congelados e industrializados.

* Producción y obtención de alimentos frescos procesados, congelados y productos elaborados (incluyendo a los concentrados o balanceados necesarios para la cadena productiva de alimentos).

* Elaboración de aceites, grasas, azucares, entre otras. * Cultivos de cereales, frutas, nueves, entre otras.

Cadena forestal, agroforestal y productos elaborados.

*Fabricación de artículos de papel y cartón, corcho, paja y materiales trenzables, papel y cartón ondulado y corrugado, envases de papel y cartón.

*Nuevas actividades de producción y procesamiento de la madera.

Metalmecánica

(46)

Petroquímica

* Producción de sustancias en base a materias primas básicas que se deriven del gas y del petróleo con valor agregado para integrarse en cadenas productivas.

Farmacéutica

*Desarrollo de tecnología, investigación y desarrollo de ingredientes activos para la industria farmacéutica y procesos de manufactura de medicamentos.

*Fabricación de sustancias químicas utilizadas en la fabricación de productos farmacéuticos.

Turismo

* Actividades asociadas con desplazamiento de personas hacia lugares distintos al de su residencia habitual, sin ánimo de radicarse permanentemente en ellos.

* Nuevas actividades de comercialización y logística de valor agregado que reduzcan costos transaccionales hacia consumidor final

Energía renovable incluida la bio-energía o energía a partir de biomasa

* Actividades asociadas con la energía cuya fuente reside en fenómenos de la naturaleza susceptibles de ser

transformados en energía aprovechable y sustentable.

Servicios logísticos de comercio exterior.

* Actividades necesarias para la adquisición, recepción, mantenimiento, reparación y asistencia técnica, de los medios de transporte internacional de carga, así como de unidades de carga, mercancías y demás equipos necesarios para facilitar operaciones aduaneras, portuarias,

aeroportuarias y de cruce de frontera.

* Transporte de carga por carretera, marítimo, tubería, aéreo, entre otras.

Biotecnología y Software aplicados.

* Aplicaciones científicas o técnicas a través del uso de organismos vivos, con la finalidad de promover efectos positivos y fomentar productividad como herramienta de aplicación transversal en los procesos productivos.

(47)

Los sectores de sustitución energética de importaciones y fomento de exportaciones, determinados por el Presidente de la República

* Nuevas actividades de comercialización y logística de valor agregado que reduzcan costos transaccionales hacia consumidor final.

* Fabricación de sustancias químicas básicas y agropecuarias, jabones, cerámicas entre otras. Fuente y Elaboración: Distrito Metropolitano de Quito

En el caso de que no se cumplan los requisitos mencionados y se acojan al beneficio, el organismo regulador podrá pedir los valores correspondientes a impuesto a la Renta.

2.3.4. Para zonas deprimidas o de frontera

Estas inversiones podrán beneficiarse de los incentivos generales y sectoriales antes descritos, en estas zonas se priorizará la nueva inversión otorgándole un beneficio fiscal mediante la deducción adicional del 100% del costo de contratación de nuevos trabajadores, por cinco años.

La forma de cálculo es de acuerdo a sus sueldos y salarios que durante dichos periodos se los haya pagado a los trabajadores residentes o que vivan en dichas zonas, la deducción es calculada anualmente hasta los cinco años.

(48)

Los aranceles podrán adoptarse bajo distintas modalidades técnicas, tales como:

a) Aranceles fijos, cuando se establezca una tarifa única para una subpartida de la nomenclatura aduanera y de comercio exterior.

b) Contingentes arancelarios, cuando se establezca un nivel arancelario para cierta cantidad o valor de mercancías importadas o exportadas, y una tarifa diferente a las importaciones o exportaciones que excedan dicho monto.

El Comité de Comercio Exterior podrá establecer medidas de regulación no arancelaria, a la importación y exportación de mercancías, en los siguientes casos:

c) Cuando sea necesario para garantizar el ejercicio de un derecho fundamental reconocido por la Constitución de la República.

d) Para dar cumplimiento a lo dispuesto en tratados o convenios internacionales de los que sea parte el Estado ecuatoriano para proteger la vida, salud, seguridad de las personas y la seguridad nacional.

e) Para garantizar la preservación del medio ambiente, la biodiversidad y la sanidad animal y vegetal.

(49)

g) Cuando se requieran aplicar medidas de modo temporal para corregir desequilibrios en la balanza de pagos;

h) Para evitar el tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas. i) Para lograr la observancia de las leyes y reglamentos, compatibles con los

compromisos internacionales, en materias tales como controles aduaneros, derechos de propiedad intelectual, defensa de los derechos del consumidor, control de la calidad o la comercialización de productos destinados al comercio internacional, entre otras.

Las exoneraciones expuestas anteriormente pueden estar sujetas a cambios futuros (derogación o modificación) de conformidad con la Ley.

Cabe señalar el Estado, las municipalidades, consejos provinciales, entidades de derecho público, las empresas públicas, y las empresas privadas con fines sociales, al estar exoneradas del pago del Impuesto a la renta no podrán acogerse a dichos beneficios.

(50)
[image:50.792.76.719.116.524.2]

Tabla 2: Beneficios tributarios incluidos por el Código de la Producción

Tipo Detalle

Generales

Reducción gradual de tres puntos del Impuesto a la Renta, 1 punto cada año, a partir del este año 2011 de tal manera que en el 2013, el impuesto a la renta será del 22%.

Exoneración del Impuesto a la Salida de las Divisas (2%) para financiamiento externo de más de un año plazo y con tasas menores a la tasa máxima aprobada por el BCE.

Exclusión en el cálculo del impuesto mínimo de los gastos incrementales por nuevo empleo o mejoras salariales, adquisición de nuevos activos para mejoras de productividad y tecnología, producción más limpia y de todos los incentivos de este Código.

Reducción del 10% del Impuesto a la Renta para la reinversión de la utilidad en activos productivos relacionados con innovación y tecnología.

Democratización para la transformación

productiva

Las Compañías que decidan abrir su capital y vender acciones a sus trabajadores, tendrán los siguientes beneficios: - Podrán diferir el pago del Impuesto a la Renta y su anticipo, por 5 años.

- Los intereses /rendimientos pagados por trabajadores a la empresa empleadora por préstamos para la adquisición de acciones están exentos del pago del impuesto a la Renta.

Incentivar la producción verde

Para el cálculo del Impuesto a la Renta, se deducirá el 100% adicional de la depreciación y amortización correspondientes a la adquisición de maquinaria y equipos para producción más limpia, y para la implementación de sistemas de energías renovables (solar, eólica o similares), o a la mitigación del impacto ambiental.

Para empresas nuevas

Para las nuevas empresas que realicen nuevas inversiones en los sectores definidos como priorizados; para la buena salud de nuestra balanza comercial y sostenibilidad de la dolarización; se aplicará la exoneración del pago del impuesto a la Renta por CINCO AÑOS, y la exoneración del pago del impuesto mínimo por el mismo tiempo, pudiendo solicitarse una extensión para la exoneración del pago del anticipo, en caso de que no se haya generado ingresos directamente de la actividad productiva iniciada.

Innovación en General

(51)

Zonas económicas de

desarrollo especial (ZEDE)

Una de las herramientas más importantes del Código para la transformación productiva es el impulso a las zonas económicas de desarrollo especial (ZEDES), las cuales se instalarán en áreas geográficas delimitadas del territorio nacional, podrán ser de tres tipos: * Para transferencia y desagregación tecnológica e innovación, * Para ejecutar operaciones de diversificación industrial y * Para desarrollar servicios logísticos.

Para los administradores y operadores de las ZEDES, se aplicará una reducción adicional de 5 puntos porcentuales de la tarifa del Impuesto a la Renta vigente, es decir que para el 2013, el impuesto a la renta aplicable será del 17%.

Las importaciones de bienes que forman parte de los procesos productivos de las zonas o para ser usados directamente en ella, tendrán tarifa 0% de IVA.

Los operadores y administradores de ZEDEs tienen derecho a crédito tributario por el IVA pagado en la compra local de bienes y servicios

Exoneración del ISD en el pago de importaciones y para la amortización de capital e intereses generados sobre créditos otorgados por INSTITUCIONES FINANCIERAS del exterior

Medianas empresas

Capacitación técnica, dirigida a investigación, desarrollo e innovación tecnológica. (Hasta el 1% del gasto de sueldos y salarios al año).

Gastos en mejora de la productividad de la empresa. (Hasta el 1% de las ventas).

Gastos de promoción internacional de la empresa y sus productos. (Hasta el 50% de los gastos de promoción y publicidad).

Para trabajar por la reducción de la pobreza y mejorar la equidad en nuestro país, por ello impulsa y determina las políticas que permitan impulsar el desarrollo productivo para generar empleo de calidad y mejorar los ingresos en estas zonas.

Otros

Garantía del Estado en un 70% para financiamiento privado

Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y actores de la Economía Popular y Solidaria (EPS), son incorporados en el sistema de compras públicas, a través de criterios preferentes de manera obligatoria

Inversión temporal del Estado en empresas de alto valor agregado, las acciones en las que invierte el Estado se transferirán a futuro a favor de los trabajadores, comunidad y actores de la EPS

Asignación de recursos para la ejecución de programas gubernamentales de co-financiamiento que permitan mejoras en la productividad, emprendimiento, innovación, calidad, oferta exportable y promoción.

(52)

3. SIMULACIÓN DE LA IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO DE LA

PRODUCCIÓN.

Para realizar un proyecto práctico y aplicable a la realidad nacional, para la cual se realizará una simulación de la creación de una empresa en el territorio ecuatoriano, en un sector considerado como prioritario y cumpla con los requisitos para beneficiarse de los diferentes beneficios ofrecidos por el Código de la Producción.

Con el fin de analizar el impacto positivo o negativo que se podría tener una empresa con su creación bajo las condiciones previstas por el Código de la Producción, se incluirán los resultados de la misma empresa pero como si no existieran dichos beneficios.

3.1.SUPUESTOS.

Para el Caso de la empresa que se constituirá en fuera de los cantones de Quito y Guayaquil se seguirán los siguientes supuestos:

(53)

Para ser considerado como una empresa turística en el Ecuador se necesita realizar ciertos requisitos los cuales se asumirán que fueron realizados y aprobados, para un mejor entendimiento se los detallará a continuación:

1. Solicitud de registro en http://registro.turismo.gov.ec/registrousuario.php

2. Entrar en www.turismo.gov.ec e ingresamos a la opción REGISTRO AUTOMÁTICO DE ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS y llenamos el formulario.

3. Tener a la mano varios requisitos formales25:

a. Copia certificada de la Escritura de Constitución, aumente de Capital o reforma de Estatutos, tratándose de personas jurídicas.

b. Nombramiento del Representante Legal, debidamente inscrito en la Oficina del registro Mercantil, tratándose de personas jurídicas.

c. Copia del registro único de contribuyentes (R.U.C.)

d. Fotocopia de la cédula de identidad, según sea la Persona Natural Ecuatoriana o Extranjera.

e. Copia de la papeleta de votación.

f. Fotocopia del Contrato de compra venta del establecimiento, en caso de cambio de propietario CON LA AUTORIZACION DE UTILIZAR EL NOMBRE COMERCIAL.

g. Certificado de búsqueda de nombre comercial, marca de productos, marca de servicios y en trámite, emitido por el Instituto Ecuatoriano de Propiedad

25

(54)

Intelectual (IEPI), de no encontrarse registrada la razón social, (nombre comercial del establecimiento). Av. República y Av. Diego de Almagro (EDIF. FORUM 1er piso)

h. Fotocopia del título de propiedad (escrituras de propiedad) o contrato de arrendamiento del local, debidamente legalizado.

i. Lista de Precios de los servicios ofertados (original y copia)

j. Declaración de activos fijos para cancelación de 1 por mil. (Formulario del Ministerio de Turismo).

k. Inventario valorado de maquinaria, muebles, enseres y equipos. (Firmado bajo la responsabilidad del propietario o representante legal, sobre los valores declarados).

II. Los trabajadores para el caso de la empresa “Turismo S.A.” algunos empleados serán del sector donde se ubicará la empresa, conjuntamente con varios trabajadores con discapacidad (>30% de discapacidad según carnet del CONADIS), que serán identificados en el ejercicio.

Los fondos de reserva son cancelados a todos los trabajadores en su rol mensual, por lo que no se realizará aportaciones al IESS por este concepto.

(55)

En el 2015 la compañía de turismo sacará un nuevo servicio de tour, por lo que se contratará a dos personas más en ese año un coordinado y un asistente para el desempeño de sus actividades normales.

La empresa de turismo iniciará sus actividades con el siguiente organigrama:

Fuente y Elaboración: Luis Vallejo

Para cada uno de los puestos se necesitarán perfiles específicos y adecuados para el desempeño de sus actividades, cada uno fue analizado en base a las necesidades a cubrir para cada una de las actividades tal como se detalla a continuación:

Director

Secretaria

Asesor de viajes, rutas y

transporte

Encargado de tour ejecutivo

Asistente

Encargado de

tour aguas Encargado de tour deportes

(56)

Perfiles laborales

El personal que trabajará en el proyecto deberá pasar por un riguroso proceso de selección en base al cumplimiento de varios perfiles para cada puesto, los cuales detallamos a continuación:

1. Director General

Supervisar todas las áreas la empresa con el fin de conoces sus necesidades y fortalezas, para alcanzar una excelencia global con la toma de decisiones adecuadas y oportunas para mejorar el desempeño de la Compañía.

Características: Debe tener principios y ética para el manojo de información de la

compañía, así como el conocimiento aptitud y actitud para el manejo correcto y toma de decisiones adecuadas.

Responsabilidades y Funciones:

Toma de decisiones

Planificación y manejo estratégico de la compañía. Representante legal de la compañía.

Identificación de oportunidades

(57)

Control y supervisión de los sistemas económicos de la compañía. Firma de balances.

Requisitos: Titulo de Tercer nivel, por lo menos 3 años de experiencias en

empresas de servicios turísticos.

Productividad e Índices de Eficiencia. Posición competitiva en el mercado. Ganancias.

Crecimiento global. Responsabilidad social. Satisfacción del cliente.

2. Secretaria(o).

Realizar oficios, llamadas telefónicas y manejar la agenda de las actividades de la compañía, conjuntamente con el seguimiento de los diferentes proyectos que realiza y realizará la compañía.

Características: Debe tener principios y ética para el manojo de información de la

(58)

Responsabilidades y Funciones:

Seguimiento y control de documentos importantes de la compañía. Manejo de archivos

Control adecuado de oficios generados y recibidos Manejo de correspondencia.

Control de reuniones de toda la institución. Registro de llamadas.

Requisitos: Carrera técnica de secretariado, por lo menos 2 años de experiencia en

trabajos similares.

Conocimientos y manejo de:

Archivo. Ortografía. Redacción. Administración Manejo de personal

3. Asesor de viajes, rutas y transporte.

(59)

encarga de detallar cada uno de los beneficios que tiene cada producto. Adicionalmente se encarga de contratar los servicios de movilización para todas las actividades.

Características: Debe ser una persona honrada, justa, muy amable, con una gran afinidad con el cliente común, manejo adecuado de la información, organizado, proactivo y positivo.

Responsabilidades y funciones:

Manejo de contratos de transporte.

Contratación de servicios de reparación en general. Coordinación de planes de servicios y tours.

Encargado del seguimiento y la satisfacción del cliente. Manejo de información personal de clientes.

Requisitos: Titulo de tercer nivel relacionado con procesos o administración, conocimientos sobre turismo y servicios relacionados.

Manejo de personas

Conocimientos de buen servicio.

(60)

Son las personas encargadas de ejecutar los tours planificados por la compañía, procurando que el cliente obtenga una satisfacción al comienzo, durante y el final del servicio.

Características: Debe ser líder, proactivo, muy servicial, correcto en su forma de expresarse, conocimientos históricos y actuales de los tours a realizar, honesto, organizado y muy paciente.

Responsabilidades y funciones:

Encargado de guiar a los clientes durante todo el recorrido. Manejo correcto del itinerario

Procurar la seguridad de todos los clientes.

Presentar reseñas históricas y actuales a los clientes.

Encargado de las negociaciones en los diferentes lugares turísticos a ingresar con los clientes.

Entrega de entradas a cada cliente.

Conocimientos básicos de primeros auxilios.

Requisitos: Estudiantes de preferencia universitaria o graduado en la rama turística,

(61)

termales, deportivo y fronteras debe tener un estado físico aceptable para la actividad.

5. Asistente.

La persona que ayuda en todos los aspectos al encargado de los tours durante todo el tiempo que estén prestando sus servicios a los clientes.

Características: Rápido, proactivo, alegre, adaptable, gran capacidad para aprender.

Responsabilidades y funciones:

Ser un apoyo a las actividades de encargado del tour en todo momento. Ayudar a organizar a los clientes.

Servir el refrigerio durante el tour.

Requisitos: Titulo de secundaría, de preferencia con proyección a estudios universitarios, estudios en leguas extranjeras como inglés, facilidad de comunicación.

(62)

IV. Las ventas de los paquetes turísticos serán proyectados en base al mercado actual determinado por la competencia en el sector turístico que es el ámbito de acción de la empresa “Turismo S.A.” como base se considerarán los

siguientes valores:

Oferentes en el sector turístico

Empresa prestadora del

servicio Precio Duración

Tour s por la Ci uda d (E jec uti

vo) Ecuador View Express $ 40.00 8 horas

ViajendoX $ 28.00 1 día Ecotours $ 36.00 8 horas

Tour

de

portivo

Biciecuador $ 80.00 3 días Ecuador View Express $ 40.00 4 horas

Ciclismo Montaña $100

a$1.000 1 a 5 días

Tour a gua s ter male

s Ecotours $ 55.00 1 día

Ecostravel $ 200.00 2 días Viajando X $ 36.00 1 día

Fuente: Página web de cada empresa. Elaborado por: Luis Vallejo

(63)

Lista de precios

Tipo de Tour Precio por persona Duración horas Detalles

Ejecutivo $ 35.00 8 Tour guiado dentro de la ciudad

Deportivo $ 25.00 16 Visita a los volcanes en

bicicletas Cascadas/Aguas

termales $ 15.00 8

transporte y entrada a las aguas termales

Gastronómico /

Frontera $ 70.00 24

Paseo por diferentes lugares de comida típica del Quito a partir del 2015 / Paseo por límites fronterizos a partir del 2015 Fuente y Elaboración: Luis Vallejo

Como política de precios dentro de la empresa “Turismo S.A” se determinó un

crecimiento de los precios de forma anual en base a una tasa de crecimiento del 4% en todos sus tours a fin de estar a la vanguardia de los servicios turísticos en el país.

V. La inflación para los años que tomaremos en cuenta para la simulación que será desde el 2013 en adelante, fue determinada en base a una proyección lineal de los promedios de las inflaciones anuales desde el 2009 al 2012 como lo muestra a continuación la gráfica:

Proyección de la inflación Año Proyección lineal

2009 4.31%

2010 3.33%

2011 4.47%

2012 5.11%

2013 5.19%

2014 5.54%

2015 5.90%

2016 6.25%

(64)

Figure

Tabla 1: Ejemplos de los sectores económicos prioritarios para el país
Tabla 2: Beneficios tributarios incluidos por el Código de la Producción
Cuadro Nro. 1
Cuadro Nro. 3 Cuadro Nro. 3
+7

Referencias

Documento similar

"No porque las dos, que vinieron de Valencia, no merecieran ese favor, pues eran entrambas de tan grande espíritu […] La razón porque no vió Coronas para ellas, sería

La campaña ha consistido en la revisión del etiquetado e instrucciones de uso de todos los ter- mómetros digitales comunicados, así como de la documentación técnica adicional de

You may wish to take a note of your Organisation ID, which, in addition to the organisation name, can be used to search for an organisation you will need to affiliate with when you

Where possible, the EU IG and more specifically the data fields and associated business rules present in Chapter 2 –Data elements for the electronic submission of information

The 'On-boarding of users to Substance, Product, Organisation and Referentials (SPOR) data services' document must be considered the reference guidance, as this document includes the

Products Management Services (PMS) - Implementation of International Organization for Standardization (ISO) standards for the identification of medicinal products (IDMP) in

This section provides guidance with examples on encoding medicinal product packaging information, together with the relationship between Pack Size, Package Item (container)

b) El Tribunal Constitucional se encuadra dentro de una organiza- ción jurídico constitucional que asume la supremacía de los dere- chos fundamentales y que reconoce la separación