El código de salud es una serie de leyes que maneja, administra, supervisa, regula y vela
porque se garantice la salud poblacional ya sean alimentos, medicamentos, desastres naturales, procedimientos quirúrgicos, disposiciones de
Articulo 46-50
Se entiende por contaminación atmosférica su deterioro por la presencia en concentraciones permitidas de agentes tales como: partículas solidas, polvo, humo, materias radiactivas, ondas
sonoras en difusión y otras que la secretaria defina como contaminantes.
Articulo 51-57
Articulo 58-69
Establece las diferentes regulaciones y procedimientos en lo que concierne a las edificaciones o construcciones.
Articulo 70- 72 Artículo 70
-La secretaria determinara los artículos de uso
Articulo 73-100 Articulo 73:
Se entiende por alimento toda sustancia natural o elaborada o la mezcla de ellas que al ser ingeridas aporten los elementos y la energia necesaria para el desarrollo de los procesos biologicos humanos, asimismo, aquellas sustancias que poseyendo o no valor nutritivo, se ingieren por habito o costumbre.
Articulo 101-118 Artículo 101
Artículo 119
Las calderas, los cilindros para gases comprimidos y otros recipientes sometidos a presion, asi como sus accesorios y aditamentos, deberan ser diseñados, construidos y operados de acuerdo a las regulaciones tecnicas y de seguridad que establezcan los reglamentos.
Artículo 120
En todo lugar de trabajo debera disponerse de personal adiestrado, equipo y dispositivos para extincion de incendios, que puedan ser utilizados de inmediato y con la maxima eficiencia .Dichos equipos y dispositivos estaran sujetos a la inspeccion de la entidad
gubernamental especializada.
Artículo 130.- Corresponde a LA SECRETARIA en materia de PSI
a) Adoptar en los puertos, fronteras y sitios de tránsito, medidas contra la propagación de
enfermedades.
b) b) Recolectar datos estadísticos relativos a la morbilidad de otros países.
c) Buscar con otros países información de
importancia en la SP y control de enfermedades
Artículo 131.- LA SECRETARIA de Salud Podrá
ordenar a las autoridades competentes
Artículo 132.- Un reglamento de sanidad marítima, aérea y de puestos de frontera: a) Las condiciones sanitarias a que deben someterse los inmigrantes.
b) Las condiciones sanitarias a que deben
someterse los animales y las plantas que puedan afectar la salud humana.
c) El tráfico y tránsito marítimo, fluvial, terrestre y aéreo internacional.
d) Las condiciones sanitarias indispensables para la protección de la SP
d) La prohibición, regulación de productos
Del articulo 155 al 171:
Definición de institución de salud.
Las modificaciones a las instituciones de salud serán autorizados por la secretaria y los profesionales
deberán ser acreditados por su debido colegio. Las autoridades de salud podrán clausurar los establecimientos que infrinjan esta ley.
Los establecimientos tendrán que notificar en un plazo de 24 hrs. los nacimientos y defunciones. Definición de farmacia ,droguería ,laboratorio
farmacéutico y puestos de venta de medicamentos. Todo establecimiento farmacéutico deberá tener un regente a excepción de los puestos de venta y
LOS PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y EQUIPO DE USO MEDICO:
Del articulo 133 al 155:
Control de calidad y cantidad por el colegio químico de Honduras.
Suministro , uso en terapias ,seguridad y terminologia generica en medicamentos.
Definicion de producto farmaceutico, alimento de uso medico, materias primas y cosmeticos.
Los productos tendrán que tener impreso su vencimiento así como su venta después de su caducidad.
Artículo 172:son profesiones de la salud: la
medicina, la odontología, la química y farmacia, la veterinaria ,la enfermería, la microbiología, la
psicología.
Artículo 173:Podran laborar su profesión de la salud si tienen un titulo valido y estar colegiado.
Artículo 174:La ley anterior exceptuara a los que realizan el servicio social dándoles colegialización temporal.
Artículo 175:Las actividades científicas que
involucren a seres humanos deberán ser realizadas por profesionales especializados e instalaciones.
Artículo 177:Organizar ,prevenir , investigar,
diagnosticar ,vigilar las enfermedades infecciosas así como las personas afectadas.
Artículo 178:Los programas de saneamiento serán
orientados a las portuarias.
Informacion Epidemiologica articulos 179 al 182: La informacion epidemiologica sera para
actualizacion de diagnostico asi como su
divulgacion a personas naturales o juridicas
•
Artículo 195.-
Se considerará autopsia o
necroscopia todo estudio que implique
apertura del cadáver de personas fallecidas
dentro y fuera del territorio nacional, con
fines científicos, didácticos o legales,
•
Artículo 196
.- La autopsia deberá ser siempre
completa e incluirá tanto el examen externo
como interno del cadáver, que garanticen la
preservación del rostro y otros aspectos estéticos
y sanitarios del cadáver, con las excepciones que
indiquen los objetivos del estudio.
Artículo 197.-
Todas las instalaciones
autorizadas para la práctica de autopsia
están obligadas a llevar un Libro
•
Artículo 198.-
Concluida la autopsia, el cadáver
será entregado a los parientes del occiso en
un plazo no mayor de veinticuatro (24) horas,
para la correspondiente inhumación.
Artículo 200.-
Si dentro de las 24 horas
siguientes del fallecimiento aún no se
hubiere practicado la autopsia
correspondiente, el Director del
establecimiento se verá en la obligación de
entregar el cadáver a los familiares del
Artículo 202.-
Los directores de instituciones
del Sistema Hospitalario Nacional, o en
su defecto los jefes del Servicio de Anatomía
Patológica, deberán ordenar se realice
la autopsia en aquellos cadáveres de
pacientes
fallecidos
durante
su
El Reglamento Sanitario Internacional (RSI) es un instrumento jurídico internacional de carácter vinculante para 194 países, entre ellos todos los Estados Miembros de la OMS. Tiene por objeto ayudar a la comunidad internacional a prevenir y afrontar riesgos agudos de salud pública
CONTENIDOS
• Definición
• Antecedentes históricos
• Funciones
• Aspectos fundamentales
¿Qué es el RSI (2005)?
Derechos
Obligaciones
¿Qué es el RSI?
• Único instrumento internacional legal y vinculante sobre medidas para prevenir la transmisión
internacional de enfermedades.
• Código único de procedimientos y prácticas que previenen la importación de patógenos y vectores,
incluidas medidas rutinarias en puertos y aeropuertos.
• Define los roles y responsabilidades de OMS y de los Estados Miembros en respuesta a eventos de salud pública de interes internacional.
Bases Legales del RSI
• Constitución de OMS, Artículo 21:
La Asamblea de la salud tendrá la autoridad para adoptar reglamentos referentes a: (a) requisitos sanitarios y de cuarentena y otros procedimeintos destinados a prevenir la propagación internacional de enfermedades.
• Artículo 22:
Contenidos RSI 2005
• Título I Definiciones, Finalidad y Alcance, Principios, y
Autoridades Responsables
• Título II Información y Respuesta de Salud pública
• Título III Recomendaciones • Título IV Puntos de Entrada • Título V Medidas de Salud
Pública
• Título VI Documentos Sanitarios • Título VII Tasas sanitarias
• Título VIII Disposiciones Generales
• Título IX Lista de Expertos del RSI, Comité de Emergencias y Comité de Examen
• Título X Disposiciones Finales
Contenidos RSI 2005: Anexos
• Anexo 1 A: Capacidad Básica Necesaria para las tareas de Alerta y Respuesta • Anexo 1 B: Capacidad Básica Necesaria en los Aeropuertos, Puertos y Pasos
Fronterizos Terrestres Designados
• Anexo 2 Instrumento de Decisión para la Evaluación y Notificación de Eventos que pueden constituir una ESPII
• Anexo 3: Modelo de Certificado de exención del control de sanidad a bordo/control de sanidad a bordo
• Anexo 4: Prescripciones Técnicas Relativas a los Medios de Transporte y los Operadores de Medios de Transporte.
• Anexo 5: Medidas Concretas Relativas a las Enfermedades Transmitidas por Vectores.
• Anexo 6: Vacunación, Profilaxis y Certificados Conexos
• Anexo 7: Requisitos concernientes a la vacunación o al profilaxis contra enfermedades determinadas
• Anexo 8: Modelo de Declaración Marítima de Sanidad
RSI no es nuevo
• Cuarentena s XIV
• Conferencias Sanitarias
Internacionales 1874-81-92-97 • Convenio Sanitario Interacional
1903
• Oficina Internacional de Higiene Pública (Europa)
• Código Sanitario Panamericano (1924)
• Reglamento de Salud Internacional 1951 • Reglamento Sanitario
Limitaciones RSI (1969)
• Notificación:
– Solo obligaba a notificar Cólera, Peste y Fiebre Amarilla,
• Organización de Salud:
– Puertos, aeropuertos y pasos
fronterizos equipados para aplicar el RSI solo para las tres enfermedades, y con medidas obsoletas.
• Medidas de salud:
Proceso de Revisión
• Realizado por Grupo de Trabajo
Intergubernamental
• Adoptado por los países miembros de la OMS
durante la 58a Asamblea
Mundial de la Salud (2005)
CONTENIDOS
• Definición
• Antecedentes históricos
• Funciones
• Aspectos fundamentales
Art 2. Finalidad y Alcance
…….prevenir la propagación internacional de enfermedades, proteger contra esa
propagación, controlarla y darle una
respuesta de salud pública proporcionada y restringida a los riesgos para la salud
pública y evitando al mismo tiempo las
interferencias innecesarias con el tráfico y el
Tres cambios de paradigma
• Del control fronterizo → a la contención en el foco
• De la lista de enfermedades → a todos los riesgos para la salud pública
• De medidas predefinidas → a medidas adaptadas a los riesgos
CAPACIDAD BÁSICA PARA TAREAS DE VIGILANCIA Y RESPUESTA Y PARA PUNTOS DE ENTRADA
INSTRUMENTO DE DECISIÓN PARA LA EVALUACIÓN Y NOTIFICACIÓN DE EVENTOS QUE PUEDEN SER ESPII
Aspectos Fundamentales
1. Amplía campo de aplicación
2. Autoriza nuevas fuentes de información
3. Establece vía de comunicación formal y operativa 24/7
4. Define capacidades básicas y plazo de implementación
5. Integra mecanismos de respuesta de OMS
1. Amplía Campo de Aplicación
• Incorpora concepto de emergencia de salud pública de interés internacional (ESPII)
• Incluye accidentes químicos y
radionucleares
• Implica mayor
2. Nuevas Fuentes de Información
•
Autoriza a que OMS use otras fuentes de
información, además de las notificaciones
oficiales de los países.
Estrategia y operaciones de Respuesta Evaluación de riesgo Verificación Tamizaje inicial No-oficiales Informes oficiales
— país/OR/Sede —
Logistica Seguridad Finanzas Coordinación técnica y operacional
Prensa Investigación Epidemiológica Contención y Control Comunicaciones en terreno Manejo Clinico Control Infeccio ón Manejo Información Movilización social Laboratorio Antropologia Medica Salud ambiental
3. Vías de Comunicación
• Definición de Centro nacional de Enlace para comunicación con OMS (Artículo 4)
– Funcionando las 24 horas del día los 7 días de la semana
• OMS: 6 puntos de contacto en oficinas regionales
OMS Punto de
contacto regional
Centro Nacional de Enlace RSI
(Una por Estado Parte) (Una por Region de OMS)
“Centro Nacional de Enlace para el RSI” designado por cada Estado Parte, debe estar accesible en todo momento para comunicarse con el punto de contacto del RSI de OMS (art 1);
► Notificación
► Reportes
►Consultas
Centro Nacional de Enlace RSI
• Funciones (Art 4)
– Accesible en todo momento
– Communicación con punto de contacto regional del RSI
– Disemina información a autoridades nacionales
PAHO
AFRO
WPRO EMRO SEARO
EURO
Operaciones Estados Miembros
Portal OMS
4. Define Capacidades Básicas
• Define capacidades mínimas en vigilancia y en control sanitario de fronteras, moderniza medidas
rutinarias en puertos, aeropuertos y pasos
Capacidades Básicas Necesarias
Vigilancia y respuesta (Anexo 1A)8 Capacidades Esenciales:
• Legislación
• Coordinación
• Vigilancia
• Respuesta
• Preparación
• Comunicación de Riesgo
• Recursos Humanos
• Laboratorio
Riesgos Potenciales
• Infecciosos
• Zoonosis
• Seguridad Alimentaria
• Químicos
Capacidades Básicas Vigilancia
•Evaluación y notificación a OMS
•Respuesta de Salud Pública Nivel Nacional
•Confirmar y apoyar control
•Evaluar y comunicar a nivel nacional Nivel Intermedio
•Detectar
•Comunicar
•
Capacidades Básicas Necesarias
Puntos deEntrada (Anexo 1B)
• En todo momento
– Acceso a servicios médicos
– Transporte de viajeros enfermos
– Inspección de naves (Certificado de Sanidad)
– Control de vectores/reservorios
–
• Para responder a eventos
– Plan de Contingencias
– Capacidad de aislamiento (humanos y animales)
– Espacio para entrevista / cuarentena
IHR implementation at ports,
airports and ground crossings
PREVENTION EARLY WARNING RESPONSE
Risk management Risk assessment Event management
Containing known public health risks Detecting relevant health events Responding to public health emergencies
Routine control of “Sanitary conditions” at points of entry
and conveyances including vector control
Inspection, screening, Information and verification
Support to investigation and contingency plans to
adopt control measures
5. Integra Mecanismos de Respuesta
Coordinación Media Laboratorio Recolección Muestras Pruebas Informar Resultados Manejo Datos & Notificación Rastreot Contactos Búsqueda Casos Vigilancia Epidemiologia Equipos Mobiles salarios Transporte Vehiculos Logistica y Seguridad carretera policia Movilización Social y Antropologia Posters Radio Discusión Comunidad Educación Curanderos tradicionales Apoyo Psycho Social Ambiente Manejo Casos y Funerales Entierro Triaje IN / OUT6. Procedimientos de Asesoría y
Supervisión
•
Lista de Expertos
•
Comité de Emergencia
•
Comité de Revisión
Asesoría
• Comité de Emergencias, asesora en:
– Determinar si un evento constituye una ESPII; Formular, modificar o prorrogar recomendaciones temporales y Declarar concluida la ESPII
• Comité de Examen, asesora en:
Compromisos de los Estados Miembros
•
Establecer un Centro Nacional de Enlace
•
Evaluar capacidades básicas
– Vigilancia y respuesta
– Puntos de entrada
•
Elaborar planes de acción
plazos
• Línea de Tiempo
2016
2007 2009 2012 2014
Planificación Implementación
2 años + 3 + (2) + (up to 2)
Lo antes posible, pero no después de 5 años de su entrada en vigor…"
Conclusiones
• RSI es un instrumento legal vinculante desarrollado a través de la negociación de los países
• Propósito es prevenir y responder a la diseminación internacional de enfermedades evitando
interfrerencoas innecesarias con el tráfico y comercio internacional.