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REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN
“VACACIONES EN GRANDE"
PRIMERA) PATROCINADOR Y PARTICIPANTESLa promoción pertenece a The Bank of Nova Scotia (Costa Rica) S.A. antes Banco Citibank de Costa Rica S. A, cédula jurídica número 3-101-064051 y Scotia Tarjetas S.A antes Citi Tarjetas de Costa Rica S. A. cédula jurídica número 3-101-139492 en adelante identificadas como “Scotiabank Transformándose”. La publicidad y los derechos de autor que de esta actividad se derive, son propiedad exclusiva de The Bank of Nova Scotia (Costa Rica) S.A. antes Banco Citibank de Costa Rica S. A y Scotia Tarjetas S.A., antes Citi Tarjetas de Costa Rica S. A.
Podrán participar en la promoción todos los clientes de tarjetas de crédito emitidas por Scotiabank Transformándose, que sean personas físicas, siempre y cuando cumplan con la mecánica descrita en el presente reglamento y se encuentren al día con todas sus obligaciones con The Bank of Nova Scotia (Costa Rica) S.A. antes Banco Citibank de Costa Rica S. A y Scotia Tarjetas S.A antes Citi Tarjetas de Costa Rica S.A.
SEGUNDA) VIGENCIA:
La promoción estará vigente únicamente del día 4 de julio al 31 de julio del 2016 inclusive y sin perjuicio de la facultad de SCOTIABANK TRANSFORMÁNDOSE de suspender en cualquier momento la promoción sin responsabilidad alguna, si detecta la comisión de cualquier anomalía, si se llegaran a detectar delitos, defraudaciones, o cualquier irregularidad en la forma de participar, o en la forma de realizar transacciones con SCOTIABANK TRANSFORMÁNDOSE que pretendan participar, o si se presentara una circunstancia de fuerza mayor que afecte gravemente los intereses de SCOTIABANK TRANSFORMÁNDOSE, este último procederá a notificar el hecho relevante como se indica en el presente reglamento.
2 TERCERA) MECÁNICA:
Durante la vigencia de la presente promoción, los tarjetahabientes de crédito de Scotiabank Transformándose pueden obtener los siguientes beneficios, siempre y cuando cumplan con las condiciones aquí estipuladas.
Primer Beneficio: Los Tarjetahabientes que realicen pagos en los siguientes comercios: Hoteles, Rent a Car, Aerolíneas, Agencias de Viajes y Compras en el extranjero, por montos iguales o mayores a 50.000 mil colones acumula doble milla MultiPremios o LifeMiles según sea su programa de lealtad (no aplica para el programa de lealtad denominado Cash Back). El cliente lo puede aplicar las veces que desee mientras esté vigente la presente promoción. Identificado en el presente documento como “Primer Beneficio”.
Segundo Beneficio: Las compras que realicen en cualquiera de los siguientes comercios Hoteles, Rent a Car, Aerolíneas, Agencias de Viajes y Compras en el extranjero, el tarjetahabiente las podrá convertir en un plazo de 6 o 12 meses sin intereses a través del programa Conversión de Compra. El Tarjetahabiente puede consultar sobre las condiciones del Programa Conversión de Compra en la página web www.transformandose.scotiabankcr.com. El monto de las compras deberá ser mayor a 50.000 mil colones. El cliente lo puede aplicar las veces que desee mientras esté vigente la presente promoción. Identificado en el presente documento como “Segundo beneficio”.
Tercer Beneficio: Un viaje a Cancún para dos personas, el paquete incluye un tiquete aéreo San José- Cancún- San José directo vía Avianca, traslados aeropuerto /hotel/ aeropuerto, 4 noches de alojamiento en el hotel que indique la Agencia de Viajes, sistema de alimentación todo incluido. Incluye además impuestos aéreos, hoteleros e impuestos de salida en Costa Rica Solo hay un ganador y un acompañante.
Las fechas para aplicar al viaje serían cualquiera de las siguientes; 12 al 16 de diciembre del 2016, 02 al 06 de enero del 2017, 09 al 13 de enero del 2017. El ganador deberá
3 coordinar con la agencia de viajes la fecha del viaje. Identificado en el presente documento como “Tercer beneficio”.
CUARTA) ACEPTACIÓN DE LAS CONDICIONES Y LIMITACIONES DE LA PROMOCIÓN Es necesario que los participantes conozcan y acepten las condiciones y limitaciones establecidas en este reglamento. De no aceptarlas, no tendrán derecho a reclamar la promoción. Se entiende que cada persona que participe en la promoción conoce el presente Reglamento, el cual ha sido debidamente publicado de conformidad con la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor vigente.
QUINTA) RESPONSABILIDAD GENERAL
La responsabilidad de Scotiabank Transformándose culmina con la correcta aplicación del presente reglamento, por lo que no se hará responsable por solicitudes de cambios y/o mejoras en la promoción. Scotiabank Transformándose tampoco se hará responsable por el cumplimiento o satisfacción del producto o servicio adquirido por el tarjetahabiente de conformidad con la oferta establecida en el presente reglamento.
SEXTA) RESTRICCIONES, RESPONSABILIDAD Y CONDICIONES:
La vigencia de la promoción será únicamente del 4 de julio al 31 de julio 2016.
Esta promoción aplica para clientes de tarjetas de crédito Scotiabank Transformándose emitidas en Costa Rica. También aplica para tarjetas de crédito con logo Citi emitidas por Banco Citibank de Costa Rica S.A. o Citi Tarjetas de Costa Rica S.A.
El cliente acumula doble milla MultiPremios o LifeMiles, por compras iguales o mayores a 50,000 colones que realice en cualquier comercio de las categorías: Hoteles, Rent a Car, Aerolíneas, Agencias de Viajes y Compras en el extranjero. No aplica este beneficio para las tarjetas de crédito del programa Cash Back.
Los beneficios descritos como uno y dos, pueden ser aplicados por el cliente las veces que lo desee.
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El hotel es todo incluido, no es responsabilidad de Scotiabank Transformándose, los servicios de comida, la calidad, los horarios de alimentación, actividades ni reservaciones.
En el caso del tercer beneficio no es responsabilidad de Scotiabank Transformándose ningún trámite de visas, pasaportes o requisitos para el disfrute del mismo, es responsabilidad del ganador su tramitación.
En esta promoción participan las compras realizadas con tarjetas adicionales, pero para efectos de los premios, solo aplicara el cliente titular.
La acreditación de las millas MultiPremios y LifeMiles será realizada en 10 días hábiles posteriores al término de esta promoción en la cuenta del cliente.
Scotiabank Transformándose no se hace responsable por la obtención de ningún tipo de seguro de viajes, ni transporte del equipaje, es responsabilidad del ganador realizar cualquier trámite de este tipo.
Estas condiciones y restricciones son las que se indican en el presente reglamento. Para participar es necesario que el interesado conozca y acepte anticipadamente las condiciones y limitaciones tanto de participación, como de la promoción.
No podrá participar la persona que no acepte anticipadamente el reglamento de la promoción.
El simple acto de participación, en la forma que más adelante se describe, dará por hecho que los interesados conocen y aceptan la existencia de las condiciones y limitaciones de la promoción, y de la forma de participación.
Los beneficios aquí indicados no son transferibles, negociables ni canjeables por ningún medio ni título.
Solamente podrán participar en esta promoción personas físicas mayores de dieciocho (18) años al momento del inicio de la presente promoción, y que cuenten con un documento de identificación válido y al día, reconocido por el Gobierno de la República de Costa Rica. Estas personas deberán ser TITULARES.
Para poder participar deberán cumplir y aceptar expresamente todas y cada una de las condiciones de este Reglamento de Promoción, ya que el reclamo, la aceptación y el recibo de un premio, conllevan a la forzosa e ineludible obligación de conocer las condiciones y la forma de participación, así como las condiciones,
5 limitaciones y responsabilidades que se establecen en este Reglamento en cuanto a los premios y a las condiciones de participación. Para el tercer beneficio se realizará un sorteo en presencia de un Notario Público, con la información de los consumos generados por los clientes que apliquen según la mecánica del presente reglamento y seleccionados de forma aleatoria por el sistema del Banco denominado SAS, serán ganador y tres suplentes los cuales serán denominados de la siguiente forma “suplente primero, suplente segundo y suplente tercero” los cuales en su orden sucesivo sustituirán al ganador. El Notario procederá a levantar un acta notarial indicando, el nombre e identificación del ganador y de los suplentes, así como el premio al cual se hace acreedor el ganador o los suplentes.
En caso de no poder ser contactado el ganador o que éste no cumpla con todos los lineamientos aquí establecidos, los suplentes en su orden sucesivo sustituirán al ganador, en caso de que no cumpla con todos los lineamientos establecidos en el presente reglamento.
En caso de que un premio quede desierto, se realizará un nuevo sorteo de acuerdo con lo indicado en el presente reglamento.
El sorteo se realizará el día martes 09 de agosto del 2016, en las oficinas de Scotiabank Transformándose, ubicadas en el Boulevard de Rohrmoser frente a Plaza Mayor. El notario será designado por Scotiabank Transformándose, asimismo se notificará al ganador el día 10 de Agosto del 2016, una vez que se haya verificado que cumplen con el reglamento.
SÉTIMA) RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS
Cualquier diferencia, conflicto o disputa relacionadas con o derivadas de la ejecución, incumplimiento, interpretación, liquidación o cualquier otro aspecto que se derive del presente reglamento, se resolverá por medio de Arbitraje, el cual será confidencial y resolverá conforme con los Reglamentos de Conciliación y Arbitraje del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Costa Rica, a cuyas normas se someten tanto el patrocinador como los participantes de la presente promoción en forma voluntaria e incondicional, el asunto o controversia será resuelto mediante laudo arbitral
6 el cual se dictará por escrito, definitivo, vinculante e inapelable para las partes, salvo el recurso de apelación o nulidad.
Una vez que el laudo se haya dictado constituirá cosa juzgada material, de conformidad las leyes y Reglamentos de Conciliación y Arbitraje del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Costa Rica, y las partes deberán cumplirlo sin demora. Los árbitros decidirán cual parte deberá pagar las costas procesales y personales, así como otros gastos derivados del arbitraje, además de las indemnizaciones que procedieren.
OCTAVA) DE LA SUSPENSIÓN O MODIFICACIÓN DE LA PROMOCIÓN
The Bank of Nova Scotia (Costa Rica) S.A. antes Banco Citibank de Costa Rica S. A y Scotia Tarjetas S.A antes Citi Tarjetas de Costa Rica S.A., suspenderán en forma inmediata la aplicación del beneficio sin asumir responsabilidad alguna de forma total o parcial, indefinida o definitivamente, si se producen causas de fuerza mayor. La suspensión de la aplicación del beneficio por alguna o varias causas antes indicadas, será comunicada por The Bank of Nova Scotia (Costa Rica) S.A. antes Banco Citibank de Costa Rica S. A y Scotia Tarjetas S.A antes Citi Tarjetas de Costa Rica S.A. por medio de su página web www.transformandose.scotiabankcr.com.
En cualquier momento The Bank of Nova Scotia (Costa Rica) S.A. antes Banco Citibank de Costa Rica S. A y Scotia Tarjetas S.A antes Citi Tarjetas de Costa Rica S.A. podrán modificar unilateralmente las condiciones, limitaciones y cualquier aspecto relacionado con el reglamento y la promoción, lo cual se comunicará por medio de su página web www.transformandose.scotiabankcr.com.
El reglamento y las modificaciones que existan se publicarán en la página web www.transformandose.scotiabankcr.com, para que los tarjetahabientes puedan informarse sobre el contenido de los mismos, es responsabilidad de este último revisar constantemente en la página www.transformandose.scotiabankcr.com si la promoción descrita en el presente reglamento sufrió algún cambio.
NOVENA) INFORMACIÓN ADICIONAL