“PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD Y
CONVIVENCIA CIUDADANA –PISCC-, EN EL
MUNICIPIO DE CASTILLA LA NUEVA (META)
2013-2015”
“TRABAJAMOS POR EL PROGRESO Y POR LA
SEGURIDAD Y LA CONVIVENCIA CIUDADANA”
EDGAR FERNANDO AMEZQUITA HERRERA
Alcalde Municipal 2012-2015
“TRABAJAMOS POR EL PROGRESO”
2
CONSEJO DE GOBIERNO
EDGAR FERNANDO AMEZQUITA HERRERA Alcalde
SANDRA YANETH PÉREZ CAJAMARCA Secretaria de Gobierno y Desarrollo Comunitario
ANDERSON BAQUERO TAFUR Secretario de Hacienda y Administrativa
HUGO ANDRÉS MUÑOZ OVALLE
Secretario de Planeación, Desarrollo Económico y Agropecuario
ARNULFO SÁNCHEZ CASTILLO Secretario de Obras Públicas
RAFAEL ZAMORA BOLÍVAR Secretario Social
DEISY YAMILE CORDOBA Secretaria de Salud
3
CONSEJO DE SEGURIDAD
COMITÉ DE ORDEN PÚBLICO
EDGAR FERNANDO AMEZQUITA HERRERA Alcalde
SANDRA YANETH PÉREZ CAJAMARCA Secretaria de Gobierno y Desarrollo
Comunitario
Teniente WILLIAM GÓMEZ CANCHILA Comandante de Estación de Policía
Sargento Segundo TOSSE VILLAMIL Base Militar Chichemene
Ejército Nacional
FREDY VILLARRAGA BOMBIELA Jefe de Unidad de Policía Judicial Cuerpo Técnico de Investigaciones –CTI-
Fiscalía General de la Nación
Intendente OMAR JARAMILLO SARMIENTO Jefe SIJIN, Primer Distrito
Policía Nacional
DIEGO AGUILAR Inspector de Policía y Tránsito
EDGAR FERNANDO AMEZQUITA HERRERA Alcalde
SANDRA YANETH PÉREZ CAJAMARCA Secretaria de Gobierno y Desarrollo
Comunitario
Teniente WILLIAM GÓMEZ CANCHILA Comandante de Estación de Policía
Sargento Segundo FREDY TOSSE VILLAMIL Base Militar Chichemene
Ejército Nacional
FREDY VILLARRAGA BOMBIELA Jefe de Unidad de Policía Judicial Cuerpo Técnico de Investigaciones –CTI-
Fiscalía General de la Nación
Intendente OMAR JARAMILLO SARMIENTO Jefe SIJIN, Primer Distrito
4
TABLA DE CONTENIDO
PRESENTACIÓN DEL PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD
Y CONVIVENCIA CIUDADANA –PISCC- DEL MUNICIPIO
DE CASTILLA LA NUEVA (META)
1. ESTRUCTURA DEL PLAN DE INTEGRAL DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA
2. METODOLOGÍA PARA LA FORMULACIÓN DEL PISCC 2.1. Justificación
2.2. Alistamiento y Recolección de Información
2.3. Identificación de Metas según el Plan Municipal de Desarrollo 2.4. Formulación de una Propuesta de PISCC
2.5. Análisis del Consejo de Seguridad y Aprobación del Comité de Orden Público
3. MARCO NORMATIVO
POLÍTICA NACIONAL DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA
CIUDADANA –PNSCC-
4. CONCEPTOS SOBRE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA 5. EJES Y LÍNEAS DE ACCIÓN DE LA POLÍTICA NACIONAL 6. PRINCIPIOS RECTORES DE LA POLÍTICA NACIONAL
7. CRITERIOS DE INTERVENCIÓN DE LA POLÍTICA NACIONAL
EL MUNICIPIO Y LA SEGURIDAD Y LA CONVIVENCIA
CIUDADANA
8. RESPONSABILIDADES DEL ALCALDE MUNICIPAL EN MATERIA DE SEGURIDAD
9. HERRAMIENTAS DEL ALCALDE PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS RESPONSABILIDADES EN MATERIA DE SEGURIDAD
9.1. Fondo Territorial de Seguridad y Convivencia Ciudadana – FONSET-
9.2. Plan Integral de Convivencia y Seguridad Ciudadana 9.3. Comité Territorial de Orden Público
9.4. Consejo Municipal de Seguridad
5
DESCRIPCIÓN DEL TERRITORIO; DE LA POBLACIÓN; Y
DE LAS CONDICIONES SOCIOECONÓMICAS DEL
MUNICIPIO DE CASTILLA LA NUEVA
11. DESCRIPCIÓN DEL TERRITORIO 12. DESCRIPCIÓN DE LA POBLACIÓN
13. DESCRIPCIÓN DE LAS CONDICIONES SOCIECONÓMICAS 13.1. Condiciones Sociales
13.1.1. Pobreza por Necesidades Básicas Insatisfechas -NBI- 13.1.2. Pobreza Multidimensional
13.1.3. Condiciones de Empleo 13.2. Fortalezas Productivas
13.2.1. Actividades Productivas 13.2.2. Vías de Comunicación
LA VIOLENCIA, EL DELITO Y LA CONVIVENCIA
CIUDADANA EN EL MUNICIPIO DE CASTILLA LA NUEVA
14. EL CONFLICTO ARMADO
14.1. Evolución del Conflicto Armado
14.2. Descripción de la Dinámica Actual del Conflicto Armado
14.3. Hechos Victimizantes en el Marco de la Ley 1448 de 2011 sobre la Atención y Asistencia a las Víctimas del Conflicto Armado.
14.4. Desplazamiento Forzado 15. LA SEGURIDAD CIUDADANA
15.1. Secuestros y Homicidios
15.2. Datos Estadísticos de la Policía 15.3. Datos Estadísticos del CTI 16. LA CONVIVENCIA Y CULTURA CIUDANA
16.1. Datos Estadísticos de la Inspección de Policía 16.2. Datos Estadísticos de la Comisaría de Familia
17. PRIORIZACIÓN DE LOS DELITOS DE ALTO IMPACTO O DELITOS FOCO
ORGNIZACIÓN INSTITUCIONAL PARA LA SEGURIDAD Y
LA CONVIVENCIA EN EL MUNICIPIO DE CASTILLA LA
6 18. ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL INSTALADA
19. DESCRIPCIÓN DE LAS NECESIDADES INSTITUCIONALES PARA SU FORTALECIMIENTO
19.1. Policía Nacional 19.2. Ejército Nacional 19.3. Policía Judicial –SIJIN-
19.4. Cuerpo Técnico de Investigaciones de la Fiscalía General de la Nación –CTI-
19.5. Secretaría de Gobierno y Desarrollo Comunitario 19.6. Comisaría de Familia
19.7. Personería Municipal
OBJETIVOS DE LA POLÍTICA MUNICIPAL,
COMPONENTES Y PROGRAMAS PARA LA ACCIÓN
20. OBJETIVO GENERAL 21. OBJETIVOS ESPECÍFICOS
22. EJES DE ESTRATEGIA Y TRANSVESALES Y LÍNEAS DE ACCIÓN SEGÚN OBJETIVOS ESPECÍFICOS
23. PROGRAMAS SEGÚN LÍNEAS DE ACCIÓN Y EJES
MECANISMOS DE MONITOREO, SEGUIMIENTO Y
EVALUACIÓN
24. METAS POR PROGRAMA, SEGÚN LÍNEA DE ACCIÓN 24.1. Línea de Acción 1: Prevención Social y Situacional
24.1.1. Programa 1. Prevención Social 24.1.2. Programa 2. Prevención Situacional
24.2. Línea de Acción 2: Presencia Próxima y Permanente de la Policía; Acción Militar; y Despliegue Estratégico y Focalizado para la Reducción de los Delitos de Alto Impacto.
24.2.1. Programa 3. Presencia y Control Policial 24.2.2. Programa 4. Acción Militar
24.2.3. Programa 5. Despliegue Estratégico y Focalizado para la Reducción de los Delitos de Alto Impacto
24.3. Líneas de Acción 3: Justicia; Víctimas; y Resocialización 24.3.1. Programa 6. Sistema de Justicia Penal para Adultos 24.3.2. Programa 7. Sistema de Responsabilidad Penal para
Adolescentes (SRPA)
7 24.3.4. Programa 9. Orientación y Respuesta a Víctimas de los
Delitos
24.4. Líneas de Acción 4: Cultura de la Legalidad y Convivencia 24.4.1. Programa 10. Cultura Ciudadana
24.5. Líneas de Acción 5. Ciudadanía Activa y Responsable 24.5.1. Programa 11. Ciudadanía Responsable
24.6. Componente 6: Sistemas de Información y Estudio de Políticas Públicas
24.6.1. Programa 12. Impulsar la Creación del Sistema Local de Información
24.7. Línea de Acción 6. Desarrollos Normativos
24.7.1. Programa 13. Desarrollos Normativos Locales
25. MATRIZ DE INDICADORES, RESPONSABLES Y CRONOGRAMA SEGÚN LAS METAS
FONDO MUNICIPAL DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA
CIUDADANA
–FONSET-26. INSTRUCCIONES PARA LA INVERSIÓN DE LOS RECURSOS DEL FONSET
ANEXOS
PRESENTACIÓN DEL PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD Y
CONVIVENCIA CIUDADANA –PISCC- DEL MUNICIPIO DE
CASTILLA LA NUEVA (META)
Este capítulo a manera de introducción, permite identificar la estructura y contenido de este Plan; y la metodología empleada para su formulación según los lineamientos de la Ley 1421 de 2010, el Decreto 399 de 2011 y la Política Nacional de Seguridad y Convivencia (PNCC). Además incluye la referencia a las normas que soportan el desarrollo temático del documento.
1. ESTRUCTURA DEL PLAN DE INTEGRAL DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA
El PISCC es el instrumento de la Política Pública municipal que comprende las medidas encaminadas a consolidar la seguridad y la convivencia ciudadana en la jurisdicción del municipio de Castilla La Nueva; así como los lineamientos para la priorización de acciones que permitirán dirigir la inversión y ejecución de los recursos del Fondo de Seguridad Municipal –FONSET-.
De conformidad con las instrucciones de los artículos 16 y 17 del Decreto 399 de 2011, la Alcaldía municipal adelantó la formulación de este Plan en el marco del Consejo de Seguridad y su aprobación mediante sesión del Comité de Orden Público, atendiendo los contenidos y directrices de la PNCC. Son cinco (5) los componentes que facilitan el desarrollo del PISCC:
9
Cada componente de la estructura se desarrolla mediante capítulos, cuyos contenidos más relevantes se expresan en la siguiente tabla:
CAPÍTULO DESCRIPCIÓN DE CONTENIDOS
INT RO DUCC IÓ N PRESENTACIÓN DEL PLAN INTEGRAL DE
SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA –PISCC
Comprende la descripción de la estructura y contenido de este Plan; y la metodología empleada para su formulación; así como la referencia a las normas que soportan su desarrollo temático.
POLÍTICA NACIONAL DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA –PNSCC-
Comprende la descripción de los aspectos más relevantes de la PNSCC; y que orientan la formulación del PISCC como su aplicación.
EL MUNICIPIO Y LA SEGURIDAD Y LA
CONVIVENCIA CIUDADANA
Comprende los aspectos relacionados con la responsabilidad de los municipios en materia de seguridad; con las herramientas que le permitirán influir positivamente en la superación de las problemáticas municipales sobre la paz, la tranquilidad y la convivencia.
CARA CT E RIZ ACIÓ N DESCRIPCIÓN DEL TERRITORIO; DE LA POBLACIÓN; Y DE LAS
CONDICIONES SOCIOECONÓMICAS DEL
MUNICIPIO DE CASTILLA LA NUEVA
Comprende los datos más relevantes sobre la identificación del territorio y de su población, así como sobre las condiciones socioeconómicas del municipio, según el diagnóstico del Plan Municipal de Desarrollo -PMD-
LA VIOLENCIA, EL DELITO Y LA CONVIVENCIA CIUDADANA EN EL MUNICIPIO DE CASTILLA
LA NUEVA
Comprende la identificación de las problemáticas relacionadas con el conflicto armado, la seguridad y la convivencia ciudadana; teniendo en cuenta los datos estadísticos de fuentes nacionales, regionales y locales.
10 E S T RAT E G IA ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL PARA LA
SEGURIDAD Y LA CONVIVENCIA EN EL MUNICIPIO DE CASTILLA
LA NUEVA
Comprende la disposición administrativa institucional para atender las problemáticas de la seguridad y la convivencia; incluyendo la descripción de las necesidades para el fortalecimiento de la capacidad de las autoridades.
También incluye las rutas para la protección de personas y comunidades amenazadas.
OBJETIVOS DE LA POLÍTICA MUNICIPAL,
COMPONENTES Y PROGRAMAS PARA LA
ACCIÓN
Comprende como todo instrumento de planeación: El Objetivo General; los Objetivos Específicos y los Componentes y Programas que orientarán la actuación del Comité de Orden Público para atender las necesidades de la seguridad y la convivencia ciudadana; así como la orientación para la inversión de los recursos del FONSET. MO NIT O RE O Y S E G UI MI E NT O MECANISMOS DE MONITOREO, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
Comprende la definición de las metas de producto y gestión; así como los indicadores que permitirán monitorear, seguir y evaluar su aplicación. P RE S U P UE S T O
FONDO MUNICIPAL DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA –FONSET-
Comprende las instrucciones para la inversión de los recursos del FONSET.
ANEXOS
Comprende las actas de las sesiones del Consejo de Seguridad y del Comité de Orden Público.
Tabla 1. Capítulos del PISCC del Municipio de Castilla La Nueva
2. METODOLOGÍA PARA LA FORMULACIÓN DEL PISCC
Con el propósito de adelantar la formulación, aprobación y adopción de este PISCC, la Alcaldía municipal realizó las siguientes actividades:
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La Ley 1421 de 2010, en su artículo 6, dispone la creación en todos los municipios del país de los Fondos de Seguridad y Convivencia Ciudadana –FONSET-, cuyos recursos se distribuirán según las necesidades de seguridad y convivencia de cada municipio, de conformidad con los planes integrales de seguridad.
En concordancia con lo anterior, el Decreto 399 de 2011, “Por el cual se establece la organización y funcionamiento del Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana y los Fondos de Seguridad de las Entidades Territoriales y se dictan otras disposiciones”, ordena la destinación de los recursos de los FONSET para los programas y proyectos a través de los cuales se ejecute la política integral de seguridad y convivencia ciudadana, la cual deberá articularse con la política del Gobierno Nacional.
De una manera más clara, el artículo 16 de dicho Decreto, instruye al Alcalde municipal en el sentido de: “(…) formular una Política Integral de Seguridad y Convivencia Ciudadana, que contemple los planes, programas y proyectos elaborados conjuntamente con los representantes de la fuerza pública, organismos de seguridad y policía judicial a nivel territorial. Esta política se articulará con la Política y Estrategia de Seguridad y Convivencia Ciudadana que formule el Gobierno Nacional y deberá ser aprobada por el respectivo Comité Territorial de Orden Público”.
En síntesis los alcaldes deben crear y administrar los fondos cuenta de Seguridad y Convivencia; cuyos recursos solo se podrán invertir a partir de la formulación de los Planes de Seguridad, aprobados por el respectivo Comité de Orden Público.
De acuerdo con las instrucciones legales anteriores, la Alcaldía municipal formuló y aprobó el PISCC durante la vigencia 2012; sin embargo, dadas las recientes instrucciones del Ministerio del Interior y la necesaria articulación con la PNSCC, se hace necesario realizar los ajustes a este documento.
2.2. Alistamiento y Recolección de Información
El Alcalde municipal, según los argumentos anteriores, ordenó a la Secretaría de Gobierno y Desarrollo Comunitario impulsar el proceso de revisión del PISCC, atendiendo las directrices de la Ley 1421 de 2010, el Decreto 399 de 2011, la PNSCC y la guía de metodología del Ministerio del Interior; e implementar las medidas administrativas necesarias para alcanzar este propósito.
12
territoriales; los documentos relevantes como el Plan Municipal de Desarrollo – PMD- y el texto del PISCC aprobado para la vigencia 2012, entre otros; y los datos estadísticos de fuentes nacionales, regionales y municipales.
Luego se diseñó de un formato de entrevista con autoridades que permitiera tanto vincular a las entidades del Consejo de Seguridad en el proceso de formulación del PISCC, como recolectar información relevante sobre su percepción en materia de seguridad; la disposición y necesidades institucionales y su oferta.
Las entrevistas se practicaron con las siguientes autoridades: Ejército; Unidad de Policía Judicial del Cuerpo Técnico de Investigaciones de la Fiscalía General de la Nación; la Policía Judicial de la Policía Nacional. La Secretaría de Gobierno, la Inspección de Policía y la Estación de Policía realizaron sus aportes durante las sesiones del Consejo de Seguridad. Los resultados de esta actividad aparecen incluidos en este documento.
2.3. Identificación de Metas según el Plan Municipal de Desarrollo
Las metas relativas a seguridad del PMD son:
OBJETIVO ESTRATÉGICO 1. GENERAR OPORTUNIDADES PARA LA PERMANENCIA DE LA POBLACIÓN RURAL Y PROMOVER UN CRECIMIENTO URBANO ORDENADO Y SOSTENIBLE.
PROGRAMA ESTRATEGICO 1: OPORTUNIDADES PARA LA PERMANENCIA DE LA POBLACIÓN RURAL.
METAS DE RESULTADO
(…)
Mejorar los niveles de seguridad en el Municipio
PROGRAMA ESTRATEGICO 2: CRECIMIENTO URBANO ORDENADO YSOSTENIBLE
METAS DE RESULTADO
(…)
Mejorar los niveles de seguridad en el Municipio
SUBPROGRAMA 4: Ordenamiento territorial, para un crecimiento ordenado y Sostenible
META DE PRODUCTO
(…)
13
OBJETIVO ESTRATÉGICO 2: CONSTRUIR UNA COMUNIDAD CASTELLANA CON UN TEJIDO SOCIAL SANO, CONARRAIGO EN EL MUNICIPIO Y CON SUS CAPACIDADES PARA EL TRABAJO FORTALECIDAS
PROGRAMA ESTRATEGICO 1: CONSTRUCCIÓN DEL TEJIDO SOCIAL SANO. METAS DE RESULTADO
(…)
Promover el respeto de los Derechos Humanos y el acatamiento de las reglas del Derecho Internacional Humanitario
(…)
Mejorar la red de seguridad del municipio
SUBPROGRAMA 1. Castilla la Nueva, humano, incluyente, solidario, protector
METAS DE PRODUCTO
(…)
Creación e implementación de la estrategia para prevenir y Erradicar las Peores Formas de Trabajo Infantil y Proteger al Joven Trabajador.
Generar espacios de sensibilización a través de talleres enfocados en temas de violencia intrafamiliar, maltrato infantil, abuso sexual dirigidos a la población castellana
Creación y operación del Hogar de Paso (proteger víctimas de violencia intrafamiliar, maltrato infantil y abuso sexual), el Hogar transitorio (menor infractor) y el hogar sustituto (toque de queda)
SUBPROGRAMA 2: Bienestar social, sueño colectivo
METAS DE PRODUCTO
Apoyo al programa escuela de familia (…)
Elaborar, validar y actualizar el Plan Integral de Prevención a las violaciones de Derechos Humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario
(…)
Gestionar la creación de una subestación de policía
Implementar el programa de prevención de ilícitos y cooperación con las autoridades
Formulación e Implementación del plan de convivencia y seguridad ciudadana Instalar 18 cámaras para la vigilancia del municipio
Asistencia a los organismos de seguridad del municipio
Gestionar 2 brigadas para definir la situación militar de los jóvenes
OBJETIVO ESTRATÉGICO 3: FORTALECER LA INSTITUCIONALIDAD, LA CAPACIDAD DE GESTIÓN Y LA CULTURA DE PARTICIPACIÓN ESTRATÉGICA PARA LA CONSTRUCCIÓN DE LA CIUDADANÍA.
PROGRAMA ESTRATEGICO 2: DESARROLLO INSTITUCIONAL: GOBIERNO Y CAPITAL SOCIAL
SUBPROGRAMA 2: Fortalecimiento de la institución.
14 (…)
Integrar el centro de convivencia ciudadana, articulando en una sola edificación las instituciones como la comisaría de familia, la personería, etc.
Comunicación pública para la gestión social y la cultura democrática, como herramienta de anticorrupción.
Implementar un Sistema de Gestión de Seguridad Informática con el fin de proteger la integridad de la información de la Administración Municipal.
OBJETIVO ESTRATÉGICO 4: FORTALECER LA GESTIÓN AMBIENTAL Y LA GESTIÓN DEL RIESGO
PROGRAMA ESTRATEGICO 1: TRABAJAR POR EL MEDIO AMBIENTE: RESPONSABILIDAD COLECTIVA
SUBPROGRAMA 1: Planificación para la protección y recuperación
META DE PRODUCTO
(…)
Diseño y puesta en funcionamiento del plan de control ambiental en las fuentes hídricas, las exploraciones y explotaciones de la industria petrolera y la industria minera. (Visitas y verificaciones de control a 10 proyectos mineros, 20 captaciones y 10 eventos de contaminación).
Implementación de la estrategia nacional para el control y prevención del tráfico ilegal de especies silvestres, mediante control normativo y evaluación técnica local de la biodiversidad.
Formulación e implementación del manual de control de contaminación visual, auditiva Municipal.
SUBPROGRAMA 2: Conservación y recuperación del entorno y fortalecimiento de capacidades para la defensa de los recursos, objetivo colectivo.
META DE PRODUCTO
(…)
Control, vigilancia y sanciones para infractores ambientales (tala, quema, contaminación, destrucción del paisaje, tráfico ilegal de especies, afectación a área protegida, manejo inadecuado de recursos, etc.)
2.4. Formulación de una Propuesta de PISCC
15 2.5. Análisis del Consejo de Seguridad y Aprobación del Comité de Orden
Público
La sesión de Consejo de Seguridad se llevó a cabo el día 03 de diciembre de 2013 y la del Comité de Orden Público el día 13 de diciembre de 2013; para constancia se adjunta las actas con este Plan.
El documento finalmente fue adoptado mediante Decreto del señor Alcalde, según las instrucciones del Comité Territorial de orden Público.
3. MARCO NORMATIVO
Las normas relevantes que orientaron la formulación de este PISCC son:
NORMATIVIDAD / JURISPRUDENCIA/ DOCUMENTOS DE CARÁCTER NACIONAL
Constitución Política de Colombia.
Ley 134 de 1994 “Por la cual se dictan normas sobre mecanismos de participación ciudadana”.
Ley 136 de 1994 “Por la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios”.
Ley 418 de 1997 “Por la cual se consagran unos instrumentos para la búsqueda de la convivencia, la eficacia de la justicia y se dictan otras disposiciones”.
Ley 387 de 1997 “Por la cual se adoptan medidas para la prevención del desplazamiento forzado, la atención, protección, consolidación y estabilización socioeconómica de los desplazados internos de Colombia”.
Ley 548 de 1999 “Por medio de la cual se prorroga la vigencia de la Ley 418 del 26 de diciembre de 1997 y se dictan otras disposiciones”.
Ley 782 de 2002 “Por medio de la cual se prorroga la vigencia de la Ley 418 de 1997, prorrogada y modificada por la Ley 548 de 1999 y se modifican algunas de sus disposiciones”.
Ley 975 de 2005 “Por la cual se dictan disposiciones para la reincorporación de miembros de grupos armados organizados al margen de la ley, que contribuyan de manera efectiva a la consecución de la paz nacional y se dictan otras disposiciones para acuerdos humanitarios”.
16 Ley 1386 de 2010 “Por la cual se prohíbe que las entidades territoriales deleguen, a
cualquier título, la administración de los diferentes tributos a particulares y se dictan otras disposiciones”.
Ley 1421 de 2010 “Por medio de la cual se prorroga la Ley 418 de 1997, prorrogada y modificada por las leyes 548 de 1999, 782 de 2002 y 1106 de 2006”.
Ley 1448 de 2011 “Por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno”.
Decreto 2615 de 1991 “Por el cual se reorganizan los Consejos Departamentales de Seguridad y el Consejo de Seguridad del Distrito Capital; se crean los Consejos Regionales de Seguridad y los Consejos Metropolitanos de Seguridad; se faculta a los Gobernadores para autorizar u ordenar la conformación de Consejos Municipales de Seguridad y se crean los Comités de Orden Público”.
Decreto 2170 de 2004 “Por el cual se establece la organización y funcionamiento del Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, los Fondos de Seguridad de las Entidades Territoriales y se adiciona el Decreto 2615 de 1991”.
Decreto 3518 de 2006 “Por el cual se crea y se reglamenta el sistema de vigilancia en salud pública”.
Decreto 399 de 2011 “Por el cual se establece la organización y funcionamiento del Fondo Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana y los Fondos de Seguridad de las Entidades Territoriales y se dictan otras disposiciones”.
Decreto 577 de 2011 “Por el cual se modifica el Artículo 12 del Decreto 399 de 2011”. Política Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana –PNSCC-
Sentencia T-025 de 2004 y Autos de Seguimiento, en la que la Corte Constitucional declara el Estado de Cosas Inconstitucional sobre la grave y sistemática violación de los derechos de la Población en situación de desplazamiento en el país.
NORMATIVIDAD / JURISPRUDENCIA/ DOCUMENTOS DE CARÁCTER
DEPARTAMENTAL
Plan Integral de Seguridad y Convivencia Ciudadana del Departamento.
NORMATIVIDAD / JURISPRUDENCIA/ DOCUMENTOS DE CARÁCTER
DEPARTAMENTAL
Acuerdo No. 004 de 2013, Plan de Desarrollo Municipal “Trabajamos por el Progreso” para la vigencia 2012-2015”
Plan Integral Único –PIU- para la Atención a la Población Desplazada.
Plan de Acción Territorial (PAT) para la Atención, Asistencia y Reparación Integral a las Víctimas del Conflicto.
17
POLÍTICA NACIONAL DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA –
PNSCC-
Este capítulo comprende la descripción de los aspectos más relevantes de la PNSCC; y que orientan tanto la formulación de este PISCC como su aplicación. Estos aspectos son: Definiciones de Seguridad y Convivencia; Componentes, Ejes Estratégicos y Líneas de Acción; y Principios y Criterios de Intervención.
4. CONCEPTOS SOBRE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA
De acuerdo con la PNSCC, por seguridad ciudadana se entiende la protección universal a los ciudadanos frente a aquellos delitos y contravenciones que afecten su dignidad, su seguridad personal y la de sus bienes, y frente al temor a la inseguridad.
La convivencia, por su parte, comprende la promoción del apego y la adhesión de los ciudadanos a una cultura ciudadana basada en el respeto a la ley, a los demás y a unas normas básicas de comportamiento y de convivencia social (Negrilla por fuera del texto original).
Las áreas de la Seguridad y la Convivencia se precisan en la siguiente gráfica:
SEGURIDAD CIUDADANA AREÁ DE SEGURIDAD CIUDADANA ÁREA DE SEGURIDAD NACIONAL
La protección universal a los ciudadano frente a aquellos
Perpetradores
Violencia Espontánea
Delincuencia Común
Delincuencia Organizada
Expresiones
urbanas de las BACRIM
FARC.
ELN
BACRIM
Delitos Foco
Seguridad
Homicidio
Hurto
Convivencia
Lesiones Comunes
Accidentes de Tránsito
Otros de Alto Impacto
Micro Extorsión
Micro Tráfico
Narcotráfico
Cultivos de Coca
Laboratorios
Distribución y Venta
Actos de Terrorismo
Actos Subversivos
18 demás normas básicas
de comportamiento y de convivencia social.
Extorsión Organizada
Minas Antipersonal
Enfoque Urbano / Según Categorías
Rural /Zona Consolidación Tabla 3. Áreas de la Seguridad y la Convivencia Ciudadana
De acuerdo con lo anterior, el Estado, a través de sus autoridades, enfrenta el reto de generar las condiciones de convivencia y de seguridad para la prosperidad de sus habitantes.
Las autoridades para el éxito de sus actuaciones, deben comprender el concepto de seguridad en sus dos acepciones: la relacionada con la seguridad del Estado y la otra con la convivencia y la seguridad ciudadana. La primera hace referencia a flagelos como la subversión, el narcotráfico y el terrorismo dirigida contra Estado y con efectos graves sobre la seguridad del ciudadano ante la ocurrencia de: homicidios selectivos, amenazas, desplazamiento, reclutamiento ilegal, minas antipersonal, tráfico y comercio de armas y alucinógenos, secuestros, y extorsiones, entre otros hechos victimizantes.
De otra parte, la convivencia y la seguridad ciudadana se ven afectadas por la acción de la delincuencia común y organizada; así como por los comportamientos de los individuos que ponen en riesgo la vida e integridad propia y la de los demás, desconociendo las leyes y las normas básicas de la convivencia y la cultura ciudadanas.
5. EJES Y LÍNEAS DE ACCIÓN DE LA POLÍTICA NACIONAL
La propuesta de la Política nacional para consolidar la paz y avanzar en los logros de la seguridad ciudadana y la convivencia se desarrolla a través de Ejes Estratégicos y Transversales; y éstos mediante Líneas de Acción cuyos contenidos se exponen en el siguiente cuadro:
EJES CONTENIDO LÍNEAS DE ACCIÓN
EJES ESTRATÉGICOS
PREVENCIÓN Comprende estrategias para la
19 riesgos específicos e inminentes de la
ocurrencia de delitos, desde un enfoque social (individuos) y situacional (hecho punible). Prevención Situacional PRESENCIA PRÓXIMA Y PERMANENTE DE LA POLICÍA; ACCIÓN MILITAR; Y DESPLIEGUE ESTRATÉGICO Y FOCALIZADO PARA LA REDUCCIÓN DE LOS DELITOS DE
ALTO IMPACTO.
Comprende acciones para el fortalecimiento estratégico de la capacidad de la Policía Nacional para la disuasión y control del delito; la presencia próxima y permanente con la comunidad, y el despliegue estratégico y focalizado dirigido a manifestaciones concretas del delito. También, comprende el fortalecimiento de la presencia militar para la Seguridad Nacional.
Presencia y Control Policial
Acción Militar
Despliegue Estratégico y Focalizado para la
Reducción de los Delitos de Alto
Impacto
JUSTICIA; VÍCTIMAS; Y RESOCIALIZACIÓN
Comprende acciones para el fortalecimiento de las instituciones encargadas de garantizar el cumplimiento de las normas y la aplicación efectiva de la ley penal para adultos y el Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA); la resocialización efectiva; los mecanismos alternativos de aplicación de justicia; y la orientación y apoyo a las víctimas del delito.
Sistema de Justicia Penal para Adultos
Sistema de Responsabilidad Penal para Adolescentes (SRPA) Mecanismos Alternativos de Solución de Conflicto (MASC) y Acceso a la Justicia
Orientación y Respuesta a Víctimas de los
Delitos
CULTURA DE LA LEGALIDAD Y CONVIVENCIA
Comprende medidas orientadas para el arraigo de la cultura de la legalidad; la convivencia; el seguimiento y el respeto de normas y acuerdos sociales básicos; y la capacidad de autorregulación ciudadana. También incluye acciones dirigidas a incrementar la eficacia de las sanciones legales y las regulaciones sociales para los comportamientos violatorios de las normas; incentivar las prácticas políticas y administrativas basadas en los principios del Buen Gobierno y la participación ciudadana; utilizar estrategias pedagógicas para difundir los valores constitucionales y legales; y, articular las políticas sociales con aquellas que propugnen el
20 reconocimiento de las diversas
identidades.
CIUDADANÍA ACTIVA Y RESPONSABLE
Comprende acciones para promover el concurso decidido de la ciudadanía en los asuntos de la seguridad, con el fin de reducir la violencia y la criminalidad como una labor a largo plazo que sólo es factible con una vinculación y participación activa de los individuos y de la sociedad en su conjunto.
Ciudadanía Responsable
EJES TRANSVERSALES
SISTEMAS DE INFORMACIÓN Y
ESTUDIO DE POLÍTICAS
PÚBLICAS
Comprende la estrategia para manejar la información, de tal manera que se pueda facilitar el proceso de diseño, implementación, seguimiento y evaluación de políticas públicas efectivas contra el delito, la criminalidad y la violencia; las acciones de sanción y control policial y los procesos judiciales.
Impulsar la Creación del Sistema Local de
Información
DESARROLLOS NORMATIVOS
Comprende estrategias orientadas a impulsar una plataforma jurídica o un marco normativo más robusto para combatir el crimen y estimular la convivencia ciudadana.
Desarrollos Normativos Locales
Tabla 4. Ejes Estratégicos y Líneas de Acción de la PNSCC
6. PRINCIPIOS RECTORES DE LA POLÍTICA NACIONAL
Los principios rectores de la PNSCC y que orientan la actuación de las autoridades son:
PRINCIPIOS RECTORES CONTENIDO
SALVAGUARDA DE LAS LIBERTADES Y
DERECHOS INDIVIDUALES
21 ARTICULACIÓN DENTRO
DEL ESTADO
El éxito de la PNSCC depende en gran medida de la colaboración armónica entre las ramas del poder público. En particular, de la capacidad de las entidades y agencias del Gobierno Nacional que la ejecutan para comprender su lógica y ajustar y enfocar los programas y proyectos relacionados con ésta, con los objetivos, ejes estratégicos y líneas de acción aquí definidos. Ello requerirá articulación y diálogo permanente, además de seguimiento y evaluación conjunta.
COORDINACIÓN NACIÓN–TERRITORIO
En la PNSCC se fijan los lineamientos generales para gestionar la seguridad y la convivencia ciudadana en todo el territorio nacional, sin perjuicio del principio de autonomía territorial. Los gobernadores y alcaldes deben reconocer las características propias de la criminalidad y la violencia en su territorio y realizar las acciones pertinentes. La política responde a los siguientes principios: 1) de coordinación, que implica que las entidades territoriales deberán armonizar su actuación con la estrategia emanada de la nación; 2) de concurrencia, que hace referencia a que las entidades locales y departamentales deben actuar en concordancia con las competencias de cada autoridad territorial, y 3) de subsidiariedad, que determina que en el evento en que el departamento o municipio no cuente con la capacidad institucional o presupuestal para prevenir y contener la situación de criminalidad y violencia en su territorio, sus necesidades deberán atenderlas entidades de niveles superiores.
AUTONOMÍA TERRITORIAL
La PNSCC está orientada a crear y fortalecer la capacidad instalada de las entidades territoriales para prevenir y controlar la violencia y la delincuencia en su territorio, así como restablecer el orden constitucional y las condiciones necesarias de seguridad y convivencia. Este principio busca incentivar el liderazgo de las autoridades departamentales, distritales y municipales en la gestión territorial de la seguridad y convivencia, e impulsar la responsabilidad de éstas, en el marco de las competencias establecidas.
CORRESPONSABILIDAD
La seguridad y convivencia ciudadana es un asunto de todos en la sociedad. Su logro demanda no sólo el concurso de los poderes públicos, en función de sus competencias misionales, sino también los esfuerzos articulados de las entidades nacionales y territoriales del Estado con el sector privado, la academia, la sociedad civil organizada y la ciudadanía en general.
Tabla 5. Principios Rectores de PNSCC
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Los criterios de intervención como los principios rectores orientan la actuación de las autoridades en la implementación de la PNSCC. También son referentes para el proceso de aplicación del PISCC del municipio de Castilla La Nueva.
Los criterios de la PNSCC son:
CRITERIOS DE
INTERVENCIÓN CONTENIDO
VISIÓN DE LARGO PLAZO
La reducción de la violencia y la delincuencia, dadas sus complejidades, demanda una visión de largo plazo, sin perjuicio de los tiempos y las gradualidades propias de las diversas intervenciones (programas y proyectos), al igual que de la importancia y necesidad de alcanzar resultados a corto y mediano plazo.
INTEGRALIDAD FOCALIZADA
La violencia y la delincuencia son fenómenos que requieren atención multidimensional que involucre distintas medidas, entidades y actores, públicos y privados, de diversos sectores y niveles de gobierno, con criterio de integralidad. No obstante, este último reclama acciones focalizadas y articuladas en consonancia con los demás criterios de intervención.
FACTORES DETERMINANTES
La violencia y la delincuencia son multicausales. Sin embargo, es complejo precisar las causas ciertas de las expresiones de una y otra. De ahí la importancia de determinar las que de manera individual o en conjunto explican con mayor suficiencia una circunstancia delictiva a partir de factores de riesgo y protección.
ESPECIFICIDAD TERRITORIAL
La violencia y la delincuencia suelen presentar características similares a escala nacional. No obstante, como ya se señaló, existen especificidades regionales y locales, e incluso zonales y barriales o veredales, que establecen diferencias, a veces significativas, en la expresión de la violencia o el delito. Por consiguiente, las estrategias, líneas de acción e intervenciones deben reconocerse y definirse a partir de las especificidades de orden territorial, en concordancia con los demás criterios expuestos.
POBLACIÓN EN RIESGO
23 ADOLESCENTES Y
JÓVENES, UNA PRIORIDAD
Especial atención se dará a la población entre 12 y 26 años, procurando entornos que eviten su vinculación a acciones y redes delictivas. En caso de que se presenten conductas punibles, tendrán prioridad la reducción de la reincidencia y la resocialización e inserción socioeconómica, sin perjuicio de las responsabilidades inherentes al delito cometido y los procedimientos y sanciones de ley, determinados en razón de sus edades.
PRIORIZACIÓN DE DELITOS
Es deber del Estado contrarrestar la totalidad de los delitos tipificados en las normas vigentes. Con todo, la ocurrencia, modalidad, gravedad e impacto no son iguales y los recursos resultan limitados. Por ello, y sin descuidar las obligaciones de ley, las intervenciones por desarrollar deben responder a una priorización de tipos penales como el homicidio, las lesiones personales, el hurto, las muertes en accidente de tránsito, la extorsión (en especial la microextorsión) y el tráfico de armas y estupefacientes (específicamente el microtráfico). Las razones por las cuales resulta pertinente priorizar la acción del Estado en las anteriores conductas delictivas son su alto impacto, su interrelación con otras modalidades criminales y su incidencia en la percepción de seguridad.
APRENDIZAJE DE EXPERIENCIAS
EXITOSAS
Existen aprendizajes nacionales e internacionales sobre la efectividad real de intervenciones específicas, en particular en materia de prevención, policía y justicia. Por eso se procurará que la identificación, definición y priorización de las intervenciones a realizar, empezando por las de orden nacional, se basen en el conocimiento de experiencias exitosas y promisorias (Recuadros 1 y 2, “Experiencias Exitosas y Promisorias” y “Lecciones Aprendidas”, respectivamente).
INCENTIVOS ADECUADOS
El desarrollo de las líneas de acción de la política deberá promover incentivos adecuados (oportunos, pertinentes y estratégicos) que fortalezcan factores de protección y neutralicen los de riesgo, identificando y contrarrestando sus posibles incentivos perversos.
MONITOREO, SEGUIMIENTO Y
EVALUACIÓN
El monitoreo, seguimiento y evaluación de las políticas y estrategias no es una práctica común, entre otras razones, por su costo. Pese a esto, para el cumplimiento de los objetivos específicos y el ajuste continuo de la política, debe realizarse, en particular para examinar la efectividad de las principales intervenciones e iniciativas piloto. Adicionalmente, estas tres acciones permitirán identificar experiencias exitosas y promisorias que puedan replicarse, ajustadas a los contextos específicos.
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EL MUNICIPIO Y LA SEGURIDAD Y LA CONVIVENCIA CIUDADANA
Comprende los aspectos relacionados con la responsabilidad de los municipios en materia de seguridad; con las herramientas que le permitirán influir positivamente en la superación de las problemáticas municipales sobre la paz, la tranquilidad y la convivencia.
8. RESPONSABILIDADES DEL ALCALDE MUNICIPAL EN MATERIA DE SEGURIDAD
A partir de la Constitución Política de 1991, se reconoce la importancia del papel de las autoridades territoriales –gobernadores y alcaldes- para la seguridad ciudadana y la convivencia; así como el manejo del orden público en sus respectivas jurisdicciones. En efecto, los alcaldes deben conservar el orden público en el municipio, de conformidad con la ley y las instrucciones que reciba del Presidente de la República y del respectivo Gobernador; además de ostentar la calidad de primera autoridad de Policía (artículo 315).
Los desarrollo legales, han venido especificando las responsabilidades de los Alcaldes, que asumen relevancia dado los avances del concepto de seguridad hacia una seguridad humana, que sólo se puede ver reflejada en las mejores condiciones de vida de las personas, siendo superado los conceptos de la represión y la fuerza como únicos mecanismos para la paz y la tranquilidad.
Como aparecen descritas en la Cartilla “Gestión Territorial de la Convivencia y la Seguridad Ciudadana” de la Policía Nacional, según las diferentes normas constitucionales y legales, los alcaldes, en materia de seguridad y convivencia ciudadana, asumen los siguientes roles o responsabilidades:
“Asuman las funciones constitucionales y legales en el manejo del orden público y como primeras autoridades de policía.
Concreten los Planes Integrales Departamentales y Municipales de Convivencia y Seguridad Ciudadana, de acuerdo con los resultados de los diagnósticos elaborados de manera conjunta.
Destinen recursos para el diseño, implementación y evaluación de programas y actividades en pro de la convivencia y la seguridad ciudadana, así como para el fortalecimiento de las instituciones encargadas del tema.
25 conflictividad, violencia y delincuencia. No hay que olvidar que este instrumento de
gestión facilita la definición, implementación y monitoreo de impacto de las acciones desarrolladas para dar respuestas a las problemáticas de violencia, delincuencia e inseguridad ciudadana.
Fortalezcan la estructura administrativa que al interior de la Secretaría de Gobierno del respectivo ente territorial, o de la instancia que haga sus veces, coordina, elabora y hace seguimiento a las acciones, actividades, programas y Planes Integrales que se desarrollan para mejorar las condiciones de convivencia y seguridad ciudadana.
Garanticen la participación de los ciudadanos en las soluciones a los diferentes problemas.
Difundan los Planes Integrales de Convivencia y Seguridad Ciudadana entre las diferentes entidades y sociedad civil, de tal forma, que las políticas sean acogidas por amplios sectores de la sociedad.
Formalicen y lideren el funcionamiento mensual del Consejo de Seguridad como escenario privilegiado de discusión, análisis y toma de decisiones de convivencia y seguridad ciudadana.
Y finalmente, se conviertan en líderes en la promoción de la convivencia y la seguridad ciudadana, de forma tal que incluyan estas temáticas en la agenda pública local”.
De la misma manera, el rol de los Alcaldes tiene sentido, bajo los parámetros de una gestión territorial ajustada, acorde, coordinada y articulada con la Política Nacional en la materia y la acción de las entidades del orden regional y nacional, con funciones en materia de seguridad; en especial, la Fuerza Pública y las entidades operadoras de justicia.
9. HERRAMIENTAS DEL ALCALDE PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS RESPONSABILIDADES EN MATERIA DE SEGURIDAD
26 Figura 2. Herramientas del Alcalde para la Seguridad Ciudadana
9.1. Fondo Territorial de Seguridad y Convivencia Ciudadana –FONSET-
La Ley 418 de 1997, prorrogada y adicionada por las Leyes 548 de 1999, 782 de 2002, 1106 de 2006 y la Ley 1421 de 2010; y reglamentada por el Decreto 399 de 2011, dio origen a los Fondos Cuenta Territoriales de Seguridad y Convivencia Ciudadana (FONSET), en los departamentos y municipios.
Los FONSET de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 399 de 2011 “(…) son fondos cuenta y deben ser administrados como una cuenta especial sin personería jurídica. Serán administrados por el Gobernador o Alcalde, según el caso, quienes podrán delegar esta responsabilidad en el Secretario de Gobierno, o quien haga sus veces”.
La Ley 1106 de 2006 dispuso en el artículo 6, la naturaleza y el origen de los recursos de estos fondos; y el Decreto 399 de 2011, en sus artículos 11 a 14, precisa las siguientes fuentes: 1. Recursos de contribución especial; 2. Imposición de Tasas y Contribuciones; 3. Aportes Voluntarios de los Municipios y Departamentos; y 4. Aportes de Gremios y Personas Jurídicas.
Dichos recursos se deben destinar prioritariamente a los programas y proyectos a través de los cuales se ejecute la política integral de seguridad y convivencia
HERRAMIENTAS DE LOS ALCALDES FONDO
TERRITORIAL DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA
-FONSET-
PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD Y CONVIVENCIA CIUDADANA -PISCC-
COMITÉ TERRITORIAL DE ORDEN PÚBLICO
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ciudadana, debidamente articulada con la política de seguridad y convivencia ciudadana que formule el Gobierno Nacional (Artículo 15, Decreto 399/2011).
Además, el estudio, aprobación, seguimiento y definición de la destinación de los recursos apropiados para los FONSET será asunto del resorte del Comité Territorial de Orden Público, para dar cumplimiento a las Políticas Integrales de Seguridad y Convivencia Ciudadana.
La captación, administración, ejecución e inversión de estos recursos está sometida a la vigilancia de la Contaduría General de la Nación y del Ministerio del Interior; con este propósito se debe presentar a través del Formulario Único Territorial de la Contaduría, el respectivo informe anual.
9.2. Plan Integral de Convivencia y Seguridad Ciudadana
La dinámica de la violencia y el delito en el país; la complejidad de las empresas criminales y de los diferentes actores; y los cambios importantes que ha experimentado la sociedad en las últimas décadas; exigen una respuesta del Estado capaz de incidir eficientemente en las mejores condiciones de vida de las personas y comunidades; así como para proporcionar mayores garantías de seguridad y convivencia. Esto solo se logra con una respuesta planeada, organizada y articulada de las autoridades en su conjunto.
De acuerdo con la anterior premisa, desde la Ley 62 de 1993 se viene exigiendo a los gobernadores y alcaldes la obligación de “(…) diseñar y desarrollar planes y estrategias integrales de seguridad con la Policía Nacional, atendiendo las necesidades y circunstancias de las comunidades bajo su jurisdicción”, con medidas tanto preventivas, disuasivas y de protección y garantía de los derechos humanos.
Asimismo, el artículo 16 del Decreto 399 de 2011, instruye al Alcalde municipal en el sentido de: “(…) formular una Política Integral de Seguridad y Convivencia Ciudadana, que contemple los planes, programas y proyectos elaborados conjuntamente con los representantes de la fuerza pública, organismos de seguridad y policía judicial a nivel territorial. Esta política se articulará con la Política y Estrategia de Seguridad y Convivencia Ciudadana que formule el Gobierno Nacional y deberá ser aprobada por el respectivo Comité Territorial de Orden Público”.
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lograr la convivencia y mejores condiciones de seguridad en sus respectivas jurisdicciones, mediante la disminución de los índices de inseguridad y violencia. Las orientaciones del PMD serán la base de los Planes Integrales de Convivencia y Seguridad; así como la política nacional en la materia.
Los PISCC son entonces los instrumentos que en primera medida facilitarán la atención integral de las problemáticas de la violencia y el delito; garantizarán los derechos a la seguridad, la vida y la integridad de las personas y sus bienes; y propiciarán las mejores condiciones para la convivencia. Además son herramientas del Alcalde y del Comité de Orden Público para priorizar y orientar la inversión de los recursos del FONSET.
9.3. Comité Territorial de Orden Público
Los Comités Territoriales de Orden Público fueron creados para los departamentos y municipios mediante el Decreto 2651 de 1991 y luego ratificados por el Decreto 2170 de 2004 y más recientemente por la Ley 1421 de 2010 y el Decreto 399 de 2011; con el fin de estudiar, aprobar, hacer seguimiento y definir la destinación de los recursos de los fondos de seguridad.
Según lo estipulado en el artículo 17 del Decreto 399 de 2011, el Comité estará integrado: “(…) de acuerdo con la representación de fuerza pública, organismos de seguridad y policía judicial que operen en el respectivo departamento o municipio, por el Comandante de la Guarnición Militar o quien haga sus veces o su delegado, el Comandante de la Policía, el Director Seccional del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) o su delegado operativo, el Director Seccional del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) de la Fiscalía General de la Nación, el Gobernador o el Alcalde Municipal, según el caso o como su delegado el Secretario de Gobierno o quien haga sus veces, quien lo presidirá”.
De la misma manera, dicho Decreto establece las funciones del Comités, así:
• “Coordinar el empleo de la fuerza pública en el marco de formulación de la política integral de seguridad y convivencia ciudadana que se articulará con la política nacional de seguridad y convivencia ciudadana que formule el Gobierno Nacional.
• Coordinar la implementación de los planes integrales de seguridad.
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• Recomendar al Gobernador o Alcalde, los programas y proyectos que se ejecutarán en la respectiva anualidad y se prioricen las inversiones que se requieran para dar cumplimiento a la política integral de seguridad y convivencia ciudadana.
• De acuerdo con lo anterior, preparar, para aprobación del Gobernador o Alcalde el Plan Anual de Inversiones del fondo cuenta.
• Evaluar y determinar la necesidad de gestionar ante las autoridades competentes la implementación del Sistema SIES en la respectiva jurisdicción y efectuar seguimiento al mismo”.
Estos escenarios a diferencia de los Consejos de Seguridad son cerrados, funcionarán con la regularidad que sus propósitos demanden y de las sesiones se dejarán actas que facilitarán el seguimiento a la inversión de los recursos del FONSET.
9.4. Consejo Municipal de Seguridad
Los Consejos de Seguridad son una herramienta para el manejo eficiente de la seguridad ciudadana, en la medida en que se constituyen en instancia para el intercambio de información, la evaluación sobre la conflictividad, la violencia y la delincuencia en el municipio; y la concertación de manera articulada y coordinada de medidas. Su funcionamiento y conformación se encuentra reglamentada en el Decreto 2615 de 1991.
Los Gobernadores son quienes autorizan el funcionamiento de los Consejos Municipales; sin embargo por disposición presidencial en el marco de la Política de Defensa y Seguridad Democrática, en todos los municipios de Colombia deben existir y funcionar con regularidad (mensualmente), en las instalaciones de la respectiva alcaldía. Serán conformados por:
• El Alcalde, quien lo presidirá.
• El Comandante de la Guarnición Militar.
• El Comandante del Distrito o Estación de Policía.
• El Subdirector Seccional o Jefe del Puesto Operativo del Departamento Administrativo
de Seguridad (DAS).
• El Procurador Provincial o en su defecto el Personero Municipal. • El Director Seccional de Orden Público o su delegado.
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Cada entidad tendrá un espacio formal para presentar la información que tengan respecto al tema o temas tratados; debe existir un punto donde se presentan las cifras objetivas de los niveles de delincuencia y violencia de la zona; y se llegarán a conclusiones objetivas que serán evaluadas en las sesiones sucesivas. De todo se dejará constancia en un acta.
A sus sesiones podrán invitarse a otros funcionarios de la Administración Pública como el Inspector de Policía y la Comisaría de Familia, por el conocimiento de utilidad para el tratamiento de los temas de seguridad y convivencia ciudadana.
También se pueden programar sesiones con la participación de dirigentes cívicos, gremiales, representantes de las organizaciones comunitarias, de partidos y movimientos políticos para involucrar eficiente a la comunidad en la identificación de problemáticas y en la definición y aplicación conjunta de medidas que faciliten su superación. De la misma manera, se pueden programar sesiones de trabajo descentralizadas en barrios, centros poblados o veredas, para identificar las inquietudes de los distintos sectores y generar un ambiente de gobernabilidad mediante una mayor percepción de seguridad.
Según el Decreto 2615 de 1991: los Consejos de Seguridad se encargan de las siguientes funciones:
• “Elaborar planes específicos de seguridad para afrontar, de acuerdo con las características de los conflictos en su jurisdicción, los factores de perturbación del orden público.
• Establecer y mantener estrecha coordinación entre las administraciones departamentales y municipales con la policía, las Fuerzas Militares, el DAS, la Fiscalía y demás instancias responsables de la convivencia, la seguridad y del mantenimiento del orden público.
• Promover la participación ciudadana con los instrumentos, organismos e instituciones que el Gobierno ha creado para tal fin.
• Supervisar la ejecución de los planes de seguridad y evaluar sus resultados con el fin de adoptar los correctivos necesarios.
• Asesorar a la primera autoridad departamental y municipal, en las situaciones específicas de seguridad y de alteración del orden público, para adoptar medidas correctivas que guarden estrecha correspondencia con la naturaleza y dimensión del fenómeno.
• Formular recomendaciones para la preservación de los Derechos Humanos y el cumplimiento de los deberes ciudadanos para lograr la convivencia pacífica. • Asegurar el intercambio permanente de información entre los diversos
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• Constituir grupos de trabajo para el análisis de los problemas relacionados directa o indirectamente con la seguridad y el orden público interno de su jurisdicción.
• Recomendar la realización de campañas de información pública para lograr que la comunidad participe en los programas de seguridad.
• Coordinar los recursos disponibles y las acciones para combatir los fenómenos generadores de perturbación del orden público.
• Suministrar a las autoridades la información necesaria sobre situaciones referentes al orden público en sus respectivas jurisdicciones”.
10. SISTEMA DE ALERTAS TEMPRANAS –SAT- DE LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO
El Sistema de Alertas Tempranas –SAT- es una herramienta de la Defensoría del Pueblo, en su calidad de Ministerio Público, para advertir al Estado Colombiano sobre posibles violaciones a los derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario, por la acción de los grupos armados (legales o ilegales), en el marco del conflicto armado interno.
El SAT se expresa a través de informes y notas de seguimiento a los informes, los cuales comprenden: la identificación de zonas y comunidades en riesgo, así como de amenazas y riesgos por la presencia y acción de los grupos armados; el análisis de los escenarios de riesgo; la descripción de posibles hechos victimizantes y de derechos amenazados; y por último las recomendaciones para la gestión institucional que permitan prevenir o mitigar los efectos adversos sobre los derechos.
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DESCRIPCIÓN DEL TERRITORIO; DE LA POBLACIÓN; Y DE LAS
CONDICIONES SOCIOECONÓMICAS DEL MUNICIPIO DE CASTILLA LA
NUEVA
Este capítulo comprende los datos más relevantes sobre la identificación del territorio y de su población, así como sobre las condiciones socioeconómicas del municipio, según el diagnóstico del Plan Municipal de Desarrollo -PMD-.
11. DESCRIPCIÓN DEL TERRITORIO
La información de este capítulo corresponde con el diagnóstico del PMD. La Ficha Técnica del Municipio es:
NOMBRE DEL MUNICIPIO CASTILLA LA NUEVA
CÓDIGO DANE 50150
NIT 800098190-4
GENTILICIO Castellano
FECHA DE FUNDACIÓN 07 de julio de 1961
POBLACIÓN 2012 8702 Habitantes
EXTENSIÓN MUNICIPAL
TOTAL Km2 507.28 URBANA Km2 2.53 RURAL Km2 482.97
LÍMITES
TERRITORIALES
NORTE Acacias
ESTE San de Carlos Guaroa SUR San Martín de los Llanos OESTE Guamal
DISTANCIA A VILLAVICENCIO 55 Km
ALTITUD 350 m.s.n.m.
COORDENADAS GEOGRÁFICAS Latitud Norte 03°49’49’’ y Longitud Oeste 73°40’57’’
TEMPERATURA PROMEDIO 26°C
ACTIVIDAD ECONÓMICA
PRINCIPAL Sector Minero y Agropecuario
ALCALDE MUNICIPAL EGDAR FERNANDO AMEZQUITA HERRERA
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Castilla la Nueva es un municipio del departamento del Meta, localizado a los 03°49’49’’ de latitud norte y 73°40’57’’ de longitud oeste; limita al Oriente con el municipio de San Carlos de Guaroa, al Occidente con Guamal, al Norte con Acacias y al Sur con el municipio de San Martín.
El municipio está organizado política y administrativamente en barrios; veredas e inspecciones. Los barrios son: La Shell, El Centro, Villa Checoop, Villa Milena, Urbanización Carolina, Caja Agraria, Olga Lucía, Santa Teresa, El Paraíso, Los Guaduales, El Progreso y Altos De San José, en el sector urbano; las veredas: El Centro, San Lorenzo, Arenales, El Toro, Barro Blanco, San Antonio, El Turuy, Alto Corozal, Sabanas del Rosario, Caño Grande Alto, Caño Grande Bajo, Cacayal, Betania, Las Violetas y San Agustín; y las inspecciones: Pueblo Nuevo, San Lorenzo, Casablanca y Las Violetas en el área rural.
Mapa 1. División Política de Castilla La Nueva –Fuente: http://www.castillalanueva-meta.gov.co/mapas_municipio.shtml?apc=bcxx-1-&x=2085826
12. DESCRIPCIÓN DE LA POBLACIÓN
De acuerdo con las proyecciones del DANE para el año 2012, la población total del municipio es de 8787 habitantes, de los cuales 4500 (51.21%) son hombres y 4287 (48.79%) son mujeres.
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(4463) tienen entre 15 y 44 años, el 12.56% (1093) tienen entre 45 y 59 años y el 7.83% tienen más de 60 años. Para mayor ilustración se presenta la siguiente grafica:
Gráfica 1. Distribución Etárea de la población de Castilla La Nueva. Año 2012
Según la información obtenida del diagnóstico del PMD, la vigencia 2012-2015 y las proyecciones del DANE para el año 2012 (junio 30), el 49.36% de la población del municipio se encuentra localizada en zona urbana y el restante 50.64% % en el área rural y en centros poblados, tal como se muestra a continuación:
DISTRIBUCIÓN DE LA POBLACIÓN POR ZONA
ZONA No. DE HABITANTES PORCENTAJE
ZONA URBANA 4337 49.36
ZONA RURAL Y CENTROS
URBANOS 4450 50.64
TOTAL HABITANTES 8787 100
Tabla 8. Distribución de la Población por Zona. FUENTE: Plan de Desarrollo Municipal y proyecciones del DANE para el año 2012 (junio 30).
Gráfica 2. Distribución de la población del municipio de Castilla La Nueva. Año 2012
De otra parte, la Secretaría de Salud del municipio para el año 2011 reportó la existencia de 276 personas en situación de discapacidad, de las cuales 120 (43.5%)
46 588
1831
4463 1093
681 Menos de 1 año
De 1 a 4 años
De 5 a 14 años
De 15 a 44 años
De 45 a 59 años
Más de 60 años
49.36% 50.64%
Zona Urbana
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son hombres y 156 (56.5%) mujeres. Así mismo, señaló que 199 (72.1%) viven en zona urbana del municipio y 77 (27.9%) en el área rural.
Gráfica 3. Población con diversidad funcional del municipio de Castilla La Nueva. Fuente: Secretaría de Salud Municipal, año 2011.
Además, con las proyecciones del DANE para el año 2012, 1074 personas representan la primera infancia (0 a 5 años) correspondiente al 12.2% de la población total, de los cuales 548 son niños y 526 son niñas. El 11,7%, es decir 1024 personas, se encuentra en la infancia (6 a 12 años), de los cuales 517 son niños y 507 niñas. Con respecto a los adolescentes (13 a 17 años), representan el 12,4% del total de la población municipal equivalente a 1088 personas, de los cuales 551 son hombres y 537 mujeres.
NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES PRIMERA INFANCIA
0 A 5 AÑOS
INFANCIA 6 A 12 AÑOS
ADOLESCENCIA 13 A 17 AÑOS
1074 1024 1088
niños niñas niños niñas hombres mujeres
548 526 517 507 551 537
Tabla 9. Niños, Niñas y Adolescentes. Fuente: Proyecciones del DANE para el año 2012 (junio 30) 0
20 40 60 80 100 120 140 160 180 200
Urbana Rural Hombre Mujer Diversidad por Zona Diversidad por Género
199
77
120
36 Gráfica 4. Población Infantil y Adolescente del municipio de Castilla La Nueva año 2012 –Fuente: DANE
13. DESCRIPCIÓN DE LAS CONDICIONES SOCIECONÓMICAS
Sobre las condiciones sociales y económicas del municipio, de acuerdo con el PMD, se describen en este capítulo.
13.1. Condiciones Sociales
Salud
Con respecto al sistema de afiliación al servicio de salud y de acuerdo con la información local, el 52,8% de la población se encuentra en régimen subsidiado seguido de aquellos que cotizan en régimen contributivo con una participación del 28,3%. El 18,9% restante de la población que accede al servicio de salud, lo hace por medio del código de desplazamiento para lo cual es importante hacer campañas de afiliación al régimen subsidiado.
Gráfica 5.Cobertura en Salud del municipio de Castilla La Nueva a diciembre de 2011 450
500 550 600
Niños Niñas Niños Niñas Hombres Mujeres
1074 1024 1088
Primera Infancia Infancia Adolescencia 548
526 517
507
551
537
28%
53%
19% Contributivo
Subsidiado
37 Educación
En el área urbana del municipio se encuentran: la Institución Educativa de Castilla la Nueva sección Primaria y Secundaria y la Sede Educativa Centro Poblado de San Lorenzo, sección primaria y secundaria. En el sector rural se encuentran adscritas diez (10) escuelas rurales al Centro Educativo Rural, ubicadas en las veredas del Municipio así: Violetas, Betania, Caño Grande, Sabanas del Rosario, El Toro, Pueblo Nuevo, La Represa, El Progreso, El Triunfo y El Turuy.
Además de la educación básica y media técnica, el municipio promueve y fomenta la educación superior a través de convenios con el ICETEX (Fondo de Educación Superior), y con el CERES (Centro Regional de Educación Superior Piedemonte Llanero).
En el municipio la población estudiantil en básica y media atendida por la Institución Educativa Castilla La Nueva para el año 2012, corresponde a 463 estudiantes en la zona rural (15,5%); y en la cabecera municipal y centro poblado San Lorenzo a 2525, para un total de 2.988 (84,5%) estudiantes.
CENTRO EDUCATIVO RURAL
CABECERA MPAL Y CENTRO POBLADO SAN LORENZO
Edad Hombres Mujeres Hombres Mujeres
0 – 5 años 23 30 92 99
6 – 12 años 207 174 610 412
13 – 17 años 23 5 551 577
18 – 26 años 0 1 45 80
27 – 60 años 0 0 7 30
Más de 60años 0 0 11 1
Subtotal 253 210 1316 1199
Total 463 2515
Tabla 10. Población Estudiantil. Fuente: Secretaria Social y de Desarrollo Comunitario, con corte abril 20 de 2012.