“Lluvias y Ciclones Tropicales 2014"
(Plan de Contingencias)
Programa de Protección Civil
(Plan de Contingencias)
Para la atención del Fenómeno Hidrometeorológico
“Temporada de Lluvia y Ciclones Tropicales 2014"
Coordinación Ejecutiva de Protección Civil
Estado de Guanajuato
Dirección Técnica
Contenido Descripción Página PRESENTACIÓN 6 INTRODUCCIÓN 7 MARCO LEGAL 8 OBJETIVOS 10 Objetivo General Objetivos Particulares CARACTERÍSTICAS FÍSICAS Situación Geográfica 11 Situación Hidrográfica 11 Situación Orográfica 13 Situación Climatológica 14
MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y OPERACIÓN DEL SISTEMA Y CONSEJO ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL PARA LA PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS Y DESASTRES OCASIONADOS POR FENÓMENOS PERTURBADORES
Subprograma de prevención 20 Subprograma de auxilio 25 Subprograma de restablecimiento 33
GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO (GIR)
Conceptos Básicos 38
COMPONENTES DE LA GESTION INTEGRAL DE RIESGOS (GIR)
I) IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS 40
Antecedentes de inundaciones en los municipios, años 1547 al 2013 40 Histórico de precipitaciones en el Estado, años 1995 al 2014 58 Proyección preliminar de tormentas tropicales y huracanes temporada 2014 59
II) PREVISIÓN 60
III) PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN 61
Localización Geográfica de los Puntos de Riesgo en la Infraestructura Hidráulica del Estado de Guanajuato
Municipio de Abasolo 63 Municipio de Acámbaro 73 Municipio de Allende, San Miguel de 81 Municipio de Apaseo el Alto 92 Municipio de Apaseo el Grande 101 Municipio de Atarjea 108 Municipio de Celaya 112 Municipio de Manuel Doblado 116 Municipio de Comonfort 120 Municipio de Coroneo 128 Municipio de Cortazar 129 Municipio de Cuerámaro 134 Municipio de Doctor Mora 138
Contenido
Descripción Página Municipio de Dolores Hidalgo C.I.N. 148 Municipio de Guanajuato 152 Municipio de Huanímaro 171 Municipio de Irapuato 177 Municipio de Jaral del Progreso 185 Municipio de Jerécuaro 196 Municipio de Juventino Rosas, Santa Cruz de 200 Municipio de León 206 Municipio de Moroleón 213 Municipio de Ocampo 216 Municipio de Pénjamo 222 Municipio de Pueblo Nuevo 225 Municipio de Purísima del Rincón 227 Municipio de Romita 232 Municipio de Salamanca 235 Municipio de Salvatierra 243 Municipio de Santa Catarina 255 Municipio de San Diego de la Unión 258 Municipio de San Felipe 260 Municipio de San Francisco del Rincón 268 Municipio de San José Iturbide 278 Municipio de San Luis de la Paz 287 Municipio de Santiago Maravatio 294 Municipio de Silao 299 Municipio de Tarandacuao 311 Municipio de Tarimoro 314 Municipio de Tierra Blanca 320 Municipio de Uriangato 322 Municipio de Valle de Santiago 327 Municipio de Villagrán 335 Municipio de Victoria 338 Municipio de Xichú 343 Municipio de Yuríria 346 Estado de fuerza
Consejo Estatal de Protección Civil 349 Consejos Municipales de Protección Civil 351 Unidades Municipales de Protección Civil 352 Delegaciones de Cruz Roja Mexicana 354 Heroicos Cuerpos de Bomberos 356 Grupos de Ayuda Mutua Industrial 358
Contenido
Descripción Página Grupos Voluntarios vinculados con la Protección Civil 359 Coordinación Ejecutiva de Protección Civil 361 Bancos de Materiales en el Estado de Guanajuato 365 Centro Estatal de Operaciones 412
IV) PREPARACIÓN
Capacitación y Difusión 413 Catalogo Único de Refugios Temporales 414 Reserva Estatal Estratégica en especie 422
Comunicaciones 423
Red Hospitalaria 424
Directorio Telefónico de atención a Emergencias 425 Principales Vías de Comunicación 426 Escurrimientos y embalses de agua, Mayo 8 de 2014, en el Estado de Guanajuato 427
V) AUXILIO Evaluación de Daños 428 Análisis de Necesidades 430 Alertamiento 431 Coordinación de la emergencia 433 Seguridad 434
Búsqueda, Salvamento y Asistencia 434 Servicios Estratégicos, Equipamiento y Bienes 434
Salud 435
Aprovisionamiento 435 Comunicación Social de la Emergencia 435
VI) RECUPERACIÓN 436
VII) RECONSTRUCCIÓN 440
Términos de Referencia 442 Información complementaria, portales web 465
PRESENTACIÓN
os diferentes fenómenos meteorológicos que se van presentando día a día y en diferentes estaciones del año, influyen en nuestra vida cotidiana a veces de una manera imperceptible, en otras de una manera catastrófica. Asimismo las inundaciones que han ocurrido en el Estado de acuerdo al registro de antecedentes históricos de los años 1547 al 2013. Por la condición geográfica del Estado de Guanajuato que es susceptible de ser afectado por inundaciones, tanto pluviales como fluviales en los 46 Municipios que comprenden el territorio estatal.
Por lo anterior, la Secretaría de Seguridad Pública, a través de la Coordinación Ejecutiva de
Protección Civil del Estado de Guanajuato, elabora el presente “Programa de Protección
Civil para el Fenómeno Hidrometeorológico (Plan de Contingencias) Temporada de Lluvias y Ciclones Tropicales 2014”, en el que se pretende incluir la participación de todos los sectores de la población, con la finalidad de mitigar con acciones solidarias y participativas, que en consideración tanto de los riesgos de origen natural o antrópico como de los efectos adversos de los agentes perturbadores, que prevén la coordinación y concertación de los sectores público, privado y social en el marco del Estado en sus tres órdenes de Gobierno, creando un conjunto de disposiciones, planes, programas, estrategias, mecanismos y recursos para que de manera corresponsable, y privilegiando la Gestión Integral de Riesgos y la Continuidad de Operaciones, se apliquen las medidas y acciones que sean necesarias para salvaguardar la vida, integridad y salud de la población, así como sus bienes; la infraestructura,
la planta productiva y el medio ambiente.
El presente documento se basa en los lineamientos establecidos por el Sistema Nacional de Protección Civil, el Gobierno del Estado de Guanajuato, recopila los antecedentes y experiencias que se han tenido durante los últimos años, todo ello con la finalidad de conjugar esquemas y esfuerzos en beneficio de la población enriqueciendo el proceso de planeación con las diferentes Dependencias, Instituciones y Grupos de Apoyo vinculados a la Protección Civil en el Estado de Guanajuato, con el objetivo de definir las estrategias que deben seguirse para prevenir y responder a los accidentes, emergencias y desastres que se presenten en el Territorio Estatal. Así, la Política Pública de Protección Civil considera e incorpora entre sus finalidades primordiales, la sensibilización de la población sobre los riesgos que representan los fenómenos perturbadores; considera el compromiso de las autoridades de reducir los riesgos que afectan a la vida, integridad y salud de la población, así como sus bienes; la infraestructura, la planta productiva y el medio ambiente; fomentar la participación ciudadana con resiliencia formando comunidades capaces de enfrentar los posibles efectos que ocasionen los desastres mediante una acción más solidaria; finalmente, la reducción de las pérdidas económicas y sociales causadas por los desastres.
El “Programa de Protección Civil para el Fenómeno Hidrometeorológico (Plan de Contingencias) Lluvias y Ciclones Tropicales 2014”, cuyo propósito es integrar los programas y campañas de difusión de las medidas preventivas que los guanajuatenses debemos conocer para saber cómo prevenir y actuar antes, durante y después de que se presenten accidentes, emergencias y desastres, así mismo, para mejorar la operatividad y capacidad de respuesta del Sistema y Consejo Estatal de Protección Civil, a la población que pueda resultar o resulte afectada ante la presencia de los fenómenos perturbadores destructivos de origen natural o humano.
INTRODUCCIÓN
l Sistema Estatal de Protección Civil es el conjunto de órganos, métodos y procedimientos que establecen las dependencias y entidades del sector público estatal entre sí, con los gobiernos municipales y con los sectores sociales y privados, con el fin de realizar acciones coordinadas destinadas a la prevención y protección de las personas y sus bienes, contra los peligros y riesgos que se presentan en la eventualidad de un desastre. Parte fundamental de este Sistema, es el Consejo Estatal de Protección Civil, el cual es un órgano consultivo, de coordinación de acciones y de participación social para la planeación de la protección en el Estado y el conducto formal para convocar a los sectores de la sociedad para su integración al Sistema Estatal de Protección Civil. Por lo anterior es prudente comentar que el Consejo Estatal como órgano de planeación, coordinación y concertación del Sistema Estatal en mención, tiene de atributo, el dirigir el sistema estatal para garantizar, mediante una adecuada planeación, la seguridad, auxilio y el restablecimiento de la normalidad ante la ocurrencia de un siniestro o desastre. Por lo tanto, compete a esta Unidad Estatal de Protección Civil, ejecutar las acciones de prevención, auxilio y recuperación o restablecimiento, conforme a los reglamentos, programas y acuerdos que autorice el consejo estatal, desarrollando entre sus múltiples funciones la de establecer y ejecutar los subprogramas básicos de prevención, auxilio y recuperación o restablecimiento.
Por todo lo enmarcado anteriormente, el “Programa de Protección Civil para el Fenómeno
Hidrometeorológico (Plan de Contingencias) Lluvias y Ciclones Tropicales 2014”, es un instrumento de orientación, regulador y de planeación dentro del quehacer de la protección civil, el cual establece todas aquellas actividades encaminadas a la salvaguarda de la integridad física de las personas, sus bienes y el medio ambiente, ante la eventualidad de un
desastre, mediante procesos, objetivos, políticas, estrategias, líneas de acción y recursos bien
definidos para una adecuada interacción entre las dependencias Federales, Estatales, Municipales y de participación Social.
La información manejada en este documento, nos permite resaltar lo imprescindible de la coordinación que se pudiera establecer entre sus participantes, por ello se han plasmado las tareas que deben de hacer todos y cada uno de ellos, en los tres subprogramas, de prevención, auxilio y recuperación.
MARCO LEGAL
l presente Plan se apegara a los lineamientos y disposiciones jurídicas que a continuación se mencionan:
1.- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (DOF, 07/01/2014)
Artículo 21. Párrafo noveno, “La seguridad pública es una función a cargo de la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, que comprende la prevención de los delitos; la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley, en las respectivas competencias que esta constitución señala. La actuación de las instituciones de seguridad pública se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos reconocidos en esta constitución”.
2.- Constitución Política del Estado de Guanajuato (POGEG, 28/02/2014).
Artículo 77. “Las facultades y obligaciones del Gobernador del Estado”, fracción I y IV “Guardar y hacer guardar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Particular del Estado y las Leyes que de ellas emanen” y “Procurar la conservación del orden, y vigilar la tranquilidad y la seguridad del Estado”.
3.- Ley Orgánica del Poder Ejecutivo para el Estado libre y soberano de Guanajuato
(POGEG, 21/05/2013)
Artículo 31. “La Secretaría de Seguridad Pública será la autoridad en la materia encargada de velar por la protección de los habitantes del estado, prevenir la comisión de delitos y hacer guardar el orden público, y le competen las siguientes atribuciones: Fracción IV. En materia de protección civil: a) Realizar, coordinar e inducir las actividades de los sectores público, social y privado en materia de protección civil, de acuerdo con los programas que para tal efecto se instauren por la Federación, el Estado y los Municipios; b) Coordinar las actividades del sistema estatal de protección civil; c) Organizar y operar mecanismos de capacitación para los organismos de protección civil; d) Realizar los trámites que le corresponden al ejecutivo del Estado derivados de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.”
4.- Ley de Seguridad Pública para el Estado de Guanajuato (POGEG, 21/12/2012)
Artículo 2. “La función de seguridad pública corresponde en forma exclusiva al Estado y a los Municipios, de acuerdo a sus ámbitos de competencia y no podrá ser objeto de concesión a Particulares”.Artículo 3. “La función de seguridad pública tendrá por objeto: Fracción IV. Proteger los bienes jurídicos de los integrantes de la comunidad que se puedan ver afectados por cualquier clase de conductas antisociales, delitos, riesgos, siniestros o desastres”.
5.- Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Pública para el Estado de
Guanajuato (POGEG, 08/09/2006)
En los artículos 1, 2, 20 y 20 B, en los cuales señala la regulación y funcionamiento de las unidades administrativas de la Secretaría de Seguridad Pública, en las que, la Secretaría deberá velar por la protección de los habitantes del estado y señalará las facultades de la Coordinación Ejecutiva de Protección Civil.
6.- Ley General de Protección Civil (DOF, 06/06/2012)
En su artículo 1º, “establecer las bases de la coordinación en materia de protección civil, entre la Federación, las Entidades Federativas y los Municipios, integrando las normas, instancias, instrumentos, políticas, servicios y acciones tendientes a cumplir los objetivos y fines de la protección civil”.
7.- Ley de Protección Civil para el Estado de Guanajuato (POGEG, 07/06/2013)
Las disposiciones de esta Ley son de orden público e interés general y tiene por objeto establecer en el artículo 1º: Las normas y los principios básicos, bases para la prevención y mitigación ante las amenazas de riesgo geológico, físico–químico, sanitario, hidrometeorológico y socio–organizativo; Los mecanismos para implementar las acciones de mitigación, auxilio y restablecimiento, para la salvaguarda de las personas, sus bienes el entorno; Las bases de integración y fundamento del sistema de protección civil del Estado; Las bases para promover y garantizar la participación social en materia de protección civil y la elaboración, ejecución y evaluación de programas; Las bases para la coordinación entre las autoridades estatales y municipales, así como con los organismos en materia de protección civil; y Las normas y principios para fomentar la cultura de protección civil y autoprotección en los habitantes del Estado.
8.- Reglamento de la Ley de Protección Civil para el Estado de Guanajuato (POGEG,
19/09/2000)
En su Artículo 2°, la aplicación de este Reglamento es competencia del Ejecutivo del Estado, sin prejuicio de las atribuciones que corresponden a las autoridades municipales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes, y el Artículo 4°, también son autoridades encargadas de la aplicación del presente Reglamento, en el ámbito de sus respectivas competencias: La Secretaría de Seguridad Pública; El Consejo Estatal de Protección Civil; La Unidad Estatal de Protección Civil; Los Ayuntamientos; Los Presidentes Municipales; Los Consejeros Municipales de Protección Civil; y Las Unidades Municipales de Protección Civil.
OBJETIVOS
bjetivo General
El objetivo primordial de este “Programa de Protección Civil para el Fenómeno
Hidrometeorológico (Plan de Contingencias) Lluvias y Ciclones Tropicales 2014” es el de proteger la salvaguarda de la integridad física de las personas, sus bienes y el medio ambiente, ante la eventualidad de un desastre, mediante procesos, objetivos, políticas, estrategias, líneas de acción y recursos bien definidos para una adecuada interacción entre las dependencias Federales, Estatales, Municipales y de participación Social, fomentando cultura de Protección Civil que permita a la comunidad saber cómo actuar antes, durante y después, ante la presencia de factores de riesgo y peligros naturales o humanos, coordinando esfuerzos interinstitucionales y de la sociedad.
bjetivos Particulares
1. Fortalecer los mecanismos de coordinación interinstitucional a fin de articular y dar fluidez en la atención a contingencias presentadas durante la Temporada de Lluvias y Ciclones Tropicales 2014.
2. Difundir entre la población las estrategias y acciones en materia de Protección Civil, para lograr su participación en la prevención y el correcto actuar ante la presencia de fenómenos hidrometeorológicos.
3. Establecer y definir a través de este documento, la participación y acciones a desarrollar por cada una de las instancias participantes.
4. Establecer y operar procedimientos adecuados y eficientes, para prevenir los riesgos de
inundación (evento que debido a la precipitación “lluvia, nieve, granizo extremo, falla de
alguna estructura hidráulica”, provoca incremento en el nivel de la superficie libre del agua de los ríos, generando invasión o penetración de agua en sitios donde usualmente no la hay y, generalmente, daños).
5. Impulsar, reafirmar e incrementar la Cultura de la Protección Civil, dando a conocer y aplicando las principales medidas de prevención y autoprotección.
6. Mantener listado actualizado de participantes, los recursos disponibles y las necesidades para la Temporada de Lluvias y Ciclones Tropicales 2014.
Las acciones de prevención realizadas de manera oportuna permitirán ante la presencia de fenómenos destructivos recurrentes, como son las lluvias extraordinarias, se pueda disminuir el riesgo que pudieran representar daños para la población, sus bienes y el entorno.
O
CARACTERÍSTICAS FÍSICAS
Situación Geográfica
El Estado se sitúa en la región Centro-Norte de la República Mexicana, entre los paralelos; 21º 52’ 09’’ y 19º 55’ 08’’ de Latitud Norte y entre los meridianos 99º 41’ 06’’ y 102º 09’ 07’’ de Longitud Oeste. Limita al Norte con los Estados de San Luis Potosí y Zacatecas, al Este con Querétaro, al Sur con Michoacán y al Oeste con Jalisco. Ocupa el vigésimo segundo lugar en el conjunto nacional en cuanto a extensión territorial 30,589 Km². representando el 1.6% de la superficie del país.
Situación Hidrográfica
Las aguas superficiales de la región hidrológica que predomina en el Estado de Guanajuato, es la del Río “Lerma-Chapala-Santiago” (RH12) que fluye de oriente a poniente, hacia la vertiente del océano Pacífico y se extiende en un 83% de su área, contribuyendo con más de 90% del volumen total sumado del escurrimiento superficial y la recarga de acuíferos subterráneos. Siendo las cuencas de: Río Lerma-Toluca, Río Lerma-Salamanca, Río Lerma-Chapala, Lago Pátzcuaro-Cuitzeo-Yuriria, Río La Laja y Río Verde Grande, destacando los afluentes Río Turbio, Guanajuato y su afluente Silo y Temascatio, todas ellas ubicadas principalmente en la porción central y sureña de la Entidad donde se sustentan las principales actividades económicas y los más importantes centros de población. La otra cuenca hidrológica es la del “Alto Río Pánuco” (RH26), que fluye de poniente a oriente, hacia el Golfo de México y se presenta en un 17% del área estatal. Se ubica en el norte, siendo las cuencas: Río Tamuín y Río Moctezuma, destacando los afluentes Río Manzanares, Santa María, Bagres y Extoraz. Dentro de la región hidrológica del Pánuco se incluye a las cuencas de los ríos San Fernando, Soto la Marina y Pánuco. Esta región equivale al 6% del territorio nacional y la conforman partes de los Estados de Guanajuato, Hidalgo, México, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Tamaulipas y Veracruz. El Pánuco se subdivide en las subcuencas del Tamuín y Moctezuma, también conocida como la cuenca Santa María. Dichas cuencas se conforman de ríos y arroyos que nacen en la Sierra Gorda. En general, estos ríos fluyen hacia el norte por cañadas profundas y valles angostos, sobre terrenos abruptos de fuerte pendiente.
Los principales lagos de Guanajuato son: el Cuitzeo, ubicado en los límites con Michoacán y particularmente el de Yuriria que es el depósito de 200 millones de metros cúbicos de capacidad. Además de estos dos, en la zona de Valle de Santiago se localizan los conos volcánicos denominados “Las Siete Luminarias”, que se han transformado en lagos naturales hasta de 1,500 metros de diámetro y entre los que se destacan “La Joya”, “Parangueo” y la “Olla de Zíntora”. Asimismo, se cuenta en la entidad con presas como la de Ignacio Allende, la Purísima, Solís, la Gavia, el Conejo II y Santa Ifigenia.
En el Estado de Guanajuato existen alrededor de 1,500 almacenamientos de agua superficial, y aquellos que cuentan con dimensiones mayores son: la Presa Solís, con capacidad de 1,217 millones de metros cúbicos y la Presa Ignacio Allende con capacidad de 251 millones de metros cúbicos. Las dos presas están ubicadas dentro de la cuenca del Río Lerma. En la cuenca del Pánuco únicamente se encuentran obras de dimensiones menores como bordos y represas.
En referencia a las aguas subterráneas, los acuíferos del Estado de Guanajuato se encuentran delimitados, para efectos administrativos de la CONAGUA en 20 zonas. Por el contrario, la CEAG efectúa estudios dividiendo el estado en 15 zonas las cuales integran a todos los acuíferos. Los recursos hidráulicos subterráneos guanajuatenses se ubican en dos grandes subregiones: la subregión Medio Lerma y la subregión Pánuco, en donde la explotación de aguas subterráneas se realiza a través de 35,468 aprovechamientos.
Los manantiales son abundantes en el Estado, algunos dan origen a arroyos o ríos y son utilizados para el consumo doméstico o para el riego. También hay una gran cantidad de manantiales de aguas termales en los municipios de León, Silao, Irapuato, Abasolo, Apaseo el Grande, Apaseo el Alto, San Miguel de Allende, Acámbaro, Salvatierra, Celaya, Pénjamo, Jerécuaro, San Felipe, Dolores Hidalgo C.I.N., Cuerámaro, Santiago Maravatío, Manuel Doblado, Tarandacuao y Huanímaro.
Situación Orográfica
Guanajuato está cruzado por diversos accidentes orográficos, cuyas elevaciones fluctúan entre los 2,300 metros y los 3,000 metros sobre el nivel del mar. La altura media del relieve topográfico se estima en 2,305 metros para las partes altas y en 1,725 metros para las llanuras. El suelo, topográficamente hablando, es muy accidentado. Entre las elevaciones más notables, se pueden citar la Sierra Gorda al norte y al centro con dirección al noroeste, ocupando el 4.86% del territorio estatal; al sureste se localiza la Sierra de Guanajuato, la cual se une al noroeste con la de Comanja o de Ibarra, y al este con la de Codorniz. Estas sierras atraviesan la entidad de poniente a oriente y ocupan el 35.20% del territorio estatal, para dividirla en tres zonas.
La primera zona corresponde al Bajío Guanajuatense o Bajío, que es una región llana,
interrumpida por algunos lomeríos y cerros aislados, destacando la Gavia y el Culiacán; y cráteres extinguidos en Salamanca, Valle de Santiago y Yuriria. Esta región, ocupa toda la parte del estado que se ubica al sur de la Sierra de Guanajuato. Se caracteriza por una llanura de 1,700 a 1,800 metros de altitud sobre el nivel del mar y en su mayoría está ocupada por labores agrícolas altamente tecnificadas. Los suelos son de tipo chernozem de color negro y
chesnut, con predominio de los primeros. La precipitación pluvial anual promedio es de 700
mm, y se considera que las tierras de esta zona son de las más ricas del país.
La segunda zona está formada por la Sierra de Guanajuato, compleja en cuanto a paisajes,
se caracteriza por la alternancia de zonas de laderas abruptas y cañadas ramificadas con
algunas mesetas alargadas y una altura promedio de 2,305 metros sobre el nivel del mar. La
precipitación pluvial es de 400 a 600 mm anuales, y sus suelos son de tipo chernozem, por lo que se le considera con una mayor aptitud ganadera.
La tercera zona corresponde a la región del norte de la Sierra de Guanajuato, en la que
también predominan los llanos y algunas mesetas o cerros rocosos. El nivel promedio es de 2,600 metros sobre el nivel del mar, y se caracteriza por ser una zona seca, mejor conocida por los llanos del Norte.
El relieve de la entidad está compuesta por tres provincias fisiográficas:
a) Sierra Madre Oriental, con una subprovincia: la Sierra Gorda, que es una pequeña extensión al noreste la cual es denominada localmente Sierra del Azafrán.
b) Mesa Central, con dos subprovincias: los Llanos de Ojuelos y las Llanuras y Sierras del Norte de Guanajuato; y dos discontinuidades fisiográficas: la Sierra de la Cuatralba y los valles paralelos del suroeste de la Sierra de Guanajuato; éstos últimos conforman un eje de serranías orientado del noroeste al sureste, el cual divide al Estado en dos partes cuyos centros se conforman en sendas planicies. Comprende las llanuras y mesetas del norte y la sierra del norte, que en sus diversas elevaciones toman los nombres de Sierra de Cubo, San Pedro, de la Media Luna, Sierra de la Cuatralba y Sierra de Guanajuato.
c) Eje neovolcánico, con cinco subprovincias: El Bajío Guanajuatense, sierras y bajíos michoacanos, Altos de Jalisco, llanos y sierras de Querétaro y las sierras volcánicas y lagos del centro; es la provincia fisiográfica más extensa, abarca casi el 50% del territorio estatal en su parte sur, cubriendo el Bajío, las sierras volcánicas y cuencas lacustres del sur, y las
sierras y mesetas del suroeste. Predomina en el Estado una altura de 2,000 metros sobre el nivel del mar, lo que crea un paralelo térmico que modifica el clima del Estado y lo hace equiparable al de la zona del Mediterráneo; las partes de mayor altura, superiores a los 2,500 metros sobre el nivel del mar, se localizan en la Sierra de Guanajuato. Cabe mencionar que en esta sierra, en el punto denominado “La Giganta”, es donde se presenta la mayor altura registrada, de 2,960 metros sobre el nivel del mar.
Situación Climatológica
El 43% de la superficie del estado está representado por clima seco y semiseco, localizado principalmente en la región norte; 33% de la superficie, hacia la parte suroeste y este, se presenta el clima cálido subhúmedo y 24% restante presenta clima templado subhúmedo. La temperatura media anual es de 18°C. La temperatura promedio más alta es alrededor
de 30°C, se presenta en los meses de mayo y junio y la más baja, alrededor de 5.2°C, en el
mes de enero.
Las lluvias se presentan en verano, principalmente en los meses de junio a septiembre, la
precipitación media del estado es de aproximadamente 650 mm anuales.
Gracias al tipo de suelo y clima, Guanajuato es un estado que se caracteriza por su producción agrícola de cultivos tales como maíz, frijol, cebada, trigo, linaza, garbanzo, además de durazno, manzana ajo, alfalfa, avena, cebada, centeno, jitomate, remolacha, sorgo y chabacano entre otros.
Micro Climas:
Clima semiseco
También denominado seco estepario y se caracteriza porque en él, la evaporación excede a la precipitación. Está asociado principalmente a comunidades vegetativas del tipo matorral desértico y crasicaule (nopalera, cardonal, etc.). Se localiza al norte y este del estado, ocupando un 40% de su superficie, y se presenta con diferentes variantes.
Clima semiseco templado
Los municipios de San Felipe, San Diego de la Unión, San Luis de la Paz, parte de Dolores Hidalgo y San José de Iturbide, presentan este tipo de clima. Donde las precipitaciones medias anuales oscilan entre los 400 y 500 mm, y la temperatura media anual entre los 16 y los 18 grados centígrados.
Clima semiseco semicálido
Este clima se localiza al norte de Dolores Hidalgo, en los alrededores de León y en las áreas circundantes a Celaya. La lluvia media anual oscila entre los 600 y 700 mm; la temperatura media anual es entre los 18 y 20 grados centígrados.
Clima templado
En general este clima es intermedio en cuanto a temperatura (mesotérmico), los tipos vegetativos que se desarrollan en él son: bosque de encino, bosque de encino-pino, bosque de pino, chaparral y pastos. Se presenta con seis variantes en la entidad cubriendo un 20% de su área total, distribuido de manera heterogénea, por su influencia y extensión sólo tres variantes son importantes y se diferencian en cuanto al grado de humedad.
Clima templado subhúmedo (menos húmedo)
Se ubica principalmente al sureste, en los municipios de Apaseo, Jerécuaro y Yuriria. Los rangos de precipitación media anual fluctúan entre los 700 y 800 mm, la temperatura media anual oscila entre los 16 y los 18 grados centígrados.
Clima templado subhúmedo (humedad media)
Intermedio en cuanto a humedad, se localiza al sur de los Municipios de Pénjamo, Coroneo, Jerécuaro y al centro del Estado, en algunas partes de los municipios de Guanajuato y Dolores Hidalgo. La precipitación media anual oscila entre los 700 y 800 mm, y la temperatura media anual varía de los 16 a los 18 grados centígrados.
Clima templado subhúmedo (mayor humedad)
El más húmedo de los tres, se localiza en los alrededores de Santa Rosa, en el Municipio de Guanajuato. La precipitación media es mayor a los 800 mm y los rangos térmicos de menos de 16 grados centígrados.
Clima semicálido
Es el más cálido de los tres tipos básicos presentes en el Estado, sus rangos de temperatura oscilan entre los 18 y los 22 grados centígrados, y se encuentra asociado con vegetación de matorrales subtropicales, chaparral y pastos. No es restrictivo en cuanto a humedad, aunque si se presentan períodos de sequía. Ocupa el 40% de la superficie de la entidad, y está representado por tres subtipos, que se diferencian por grado de humedad y porcentaje de precipitación invernal.
Clima semicálido subhúmedo (menor humedad)
El menos húmedo, con porcentaje de lluvia invernal menor de cinco, está ubicado en la parte centro y suroeste del estado, en los municipios de Abasolo, Irapuato, Salamanca, Romita.
Climatología
CONCEPTOS BÁSICOS
Precipitación: Es agua en cualquier estado físico, líquido (lluvia) o sólido (nieve y granizo), que cae de la atmósfera y alcanza el terreno.
Lluvia: Gotas de agua o cristales de hielo que caen de una nube por efecto de la gravedad. Inundaciones pluviales: Suceden cuando el agua de lluvia satura la capacidad del terreno para drenarla, acumulándose por horas o días sobre éste.
Inundaciones fluviales: Se generan cuando el agua que se desborda de ríos queda sobre la superficie de terreno cercano a ellos.
Inundaciones costeras: La marea de tormenta que se desarrolla durante ciclones puede afectar zonas costeras, sobreelevando el nivel del mar hasta que éste penetra tierra adentro, cubriendo en ocasiones grandes extensiones.
Inundaciones por ruptura de bordos, diques y presas: Cuando falla una obra contenedora de agua, ocurre una salida repentina de una gran cantidad de agua, provocando efectos catastróficos e inundación de amplias extensiones de terreno.
Inundación por incorrecta operación de compuertas de una presa: Cuando se permite la descarga a través de un vertedor controlado desde una presa por una decisión errónea de abrir más la compuerta de lo previsto, sale una cantidad de agua mayor a la que puede conducir el cauce aguas abajo, lo que provoca el desbordamiento del río y la inundación del terreno.
Agente regulador: Lo constituyen las acciones, instrumentos, normas, obras y en general todo aquello destinado a proteger a las personas, bienes, infraestructura estratégica, planta productiva y el medio ambiente, a reducir los riesgos y a controlar y prevenir los efectos adversos de un agente perturbador.
Desastre: Resultado de la ocurrencia de uno o más agentes perturbadores severos y o extremos, concatenados o no, de origen natural o de la actividad humana, que cuando acontecen en un tiempo y en una zona determinada, causan daños y que por su magnitud exceden la capacidad de respuesta de la comunidad afectada.
Emergencia: Situación anormal que puede causar un daño a la sociedad y propiciar un riesgo excesivo para la seguridad e integridad de la población en general, generada o asociada con la inminencia, alta probabilidad o presencia de un agente perturbador.
Fenómeno Antropogénico o Antrópico: Agente perturbador producido por la actividad humana.
Fenómeno Natural Perturbador: Agente perturbador producido por la naturaleza.
Fenómeno Hidrometeorológico: Agente perturbador que se genera por la acción de los agentes atmosféricos, tales como: ciclones tropicales, lluvias extremas, inundaciones pluviales, fluviales, costeras y lacustres; tormentas de nieve, granizo, polvo y electricidad; heladas; sequías; ondas cálidas y gélidas; y tornados.
Ciclón Tropical: Es una masa de aire cálida y húmeda con vientos fuertes que giran en forma de espiral alrededor de una zona central. En el hemisferio norte giran en sentido contrario a las manecillas del reloj. Se forman en el mar, cuando la temperatura es superior a los 26°C.
Clasificación de los ciclones tropicales, de acuerdo con la velocidad de sus vientos máximos:
a) Depresión Tropical, sus vientos son menores a 63 km/h.
b) Tormenta Tropical, comprende vientos entre 63 km/h y 118 km/h.
c) Adquiere la categoría de huracán al presentar vientos con una velocidad mayor a los 118 km/h., En esta etapa se generan los efectos destructivos, al provocar vientos fuertes, lluvias torrenciales, marea de tormenta y oleaje altos.
Resiliencia: Capacidad de un sistema, comunidad o sociedad potencialmente expuesta a un peligro para resistir, asimilar, adaptarse y recuperarse de sus efectos en un corto plazo y de manera eficiente, a través de la preservación y restauración de sus estructuras básicas y funcionales, logrando una mejor protección futura y mejorando las medidas de reducción de riesgos.
Riesgo: Daños o pérdidas probables sobre un agente afectable, resultado de la interacción entre su vulnerabilidad y la presencia de un agente perturbador.
Riesgo Inminente: Aquel riesgo que según la opinión de una instancia técnica especializada, debe considerar la realización de acciones inmediatas en virtud de existir condiciones o altas probabilidades de que se produzcan los efectos adversos sobre un agente afectable.
MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y OPERACIÓN DEL SISTEMA Y
CONSEJO ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL PARA LA PREVENCIÓN
y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS Y DESASTRES OCASIONADOS POR
FENÓMENOS PERTURBADORES
Una vez que el hombre se integró en grupos organizados para mejorar su calidad de vida, también buscó la forma de prepararse para hacer frente a los desastres. Poco a poco, el hombre y sus sistemas organizativos han venido evolucionando para hacer frente a los desastres provocados por la naturaleza o por él mismo hombre, hasta lo que hoy conocemos como Sistemas y Consejos de Protección Civil, para lo cual se ha elaborado el “Manual de Organización y Operación del Sistema y Consejo Estatal de Protección Civil para la prevención y atención de emergencias y desastres ocasionados por fenómenos perturbadores”. Manual que es fundamental para la organización y operación de la Protección Civil, cuyo objetivo general es la coordinación de acciones para la prevención y atención de emergencias y desastres, por medio de los subprogramas de prevención, auxilio y restablecimiento, con los que se pueda salvaguardar la vida humana, su patrimonio, centros de producción y trabajo, educativos, centros de recreo y salud, la infraestructura, los servicios básicos y el medio ambiente, ante la presencia de fenómenos perturbadores, con el fin de asegurar la intervención ordenada en la realización de sus tareas, definiendo las funciones específicas de participación requeridas de conformidad a las atribuciones de cada dependencia, las actividades que deben realizarse en la prevención, en el auxilio y en la recuperación de un desastre, considerando que cada uno de los tres órdenes de gobierno tiene obligaciones en materia de protección civil y que su actuación debe ser subsidiaria, es decir: La primera instancia de actuación especializada, corresponde a la autoridad municipal que conoce la situación de emergencia. En caso de que ésta supere su capacidad de respuesta, acudirá a la instancia estatal. Si ésta resulta insuficiente, se procederá a informar a las instancias federales correspondientes, quienes actuarán de acuerdo con los programas establecidos al efecto. Esta definición funcional es tanto en el aspecto material como en el financiero.
Los Gobiernos, Federal, Estatal y Municipal de la República Mexicana, debemos elaborar y actualizar periódicamente los Manuales de Organización y Operación de los Sistemas y Consejos de Protección Civil para la prevención y atención de emergencias y desastres ocasionados por fenómenos perturbadores, de acuerdo a las necesidades y riesgos locales, con la aportación de propuestas tecnológicas, administrativas y operativas de los diferentes sectores, instituciones y dependencias gubernamentales participantes en cada Sistema y Consejo de Protección Civil, y con esto, prevenir y disminuir el impacto que ocasionan los fenómenos perturbadores en la sociedad, sus bienes, a la infraestructura, los servicios básicos y el medio ambiente.
Marco jurídico: Ley de Protección Civil para el Estado de Guanajuato, en sus Artículos 8 al 26, y 64 al 76.
Por lo anterior corresponde a la Secretaría de Seguridad Pública, a través de la Coordinación Ejecutiva de Protección Civil Estatal y con la aprobación del Consejo Estatal de Protección Civil
dentro de los esquemas establecidos y funciones elaborar el “Manual de Organización y
Operación del Sistema y Consejo Estatal de Protección Civil para la Atención de Emergencias y Desastres Ocasionados por Fenómenos Perturbadores”, mismo que aplica en los subprogramas correspondientes.
SUBPROGRAMA DE PREVENCIÓN
(Antes de la emergencia y desastre)
Este se activa cuando reporten a la Coordinación Ejecutiva de Protección Civil Estatal, que existen las condiciones para presentarse alguno de los fenómenos perturbadores en el Estado de Guanajuato y que pudiera afectar a la población y sus bienes.
COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA
COMISIÓN ESTATAL DEL AGUA GUANAJUATO
CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN DE DESASTRES SECRETARÍA DE OBRA PÚBLICA
SECRETARÍA DE DESARROLLO AGROALIMENTARIO Y RURAL SECRETARÍA DE SALUD
– Informarán a la Coordinación Ejecutiva de Protección Civil Estatal las condiciones de riesgo o
peligro para el Estado de Guanajuato.
– Elaborarán y transmitirán los boletines informativos según la evolución del riesgo o peligro con
la frecuencia que demande la emergencia.
– Implementarán guardias las 24 horas durante todo el tiempo que dure la posibilidad de
presentarse la emergencia.
– Emitirán, en caso necesario, boletines especiales de alerta.
– Alistarán a sus brigadas técnicas para la difusión y operación de la posible emergencia.
– Realizarán inspecciones de seguridad en su ámbito de competencia.
– Verificarán el sistema de información y funcionamiento de la red de radiocomunicación.
– Establecerán la coordinación necesaria con las áreas y organismos competentes con el
objetivo de recibir información y organizar a las brigadas y recursos materiales de apoyo.
– Determinarán la probabilidad del manifestado.
– Remitirán con la frecuencia que se requiera a la Coordinación Ejecutiva de Protección Civil
Estatal la información relacionada con la evolución del fenómeno reportado.
– Alertarán a sus brigadas para que ejecuten tareas preventivas y correctivas en presas,
bordos, pozos, tanques de almacenamiento, redes de distribución e infraestructura general.
SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA
– El Secretario de Seguridad Pública del Estado y Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de
Protección Civil, establecerá comunicación permanente con el Gobernador del Estado y Presidente del Consejo Estatal de Protección Civil, para mantenerle informado de la evolución de la situación que prevalece.
– A través de la Dirección General del Sistema de Cómputo, Comando, Comunicaciones y
Control, la Dirección General de las Fuerzas de Seguridad Pública del Estado, la Dirección General del Instituto para la Formación de Cuerpos de Seguridad Pública del Estado, y la Coordinación Ejecutiva de Protección Civil Estatal, coadyuvará con los municipios para alertar vía radio o con personal operativo, a las poblaciones de difícil acceso que puedan ser afectadas.
– El Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Protección Civil, alertará al personal
administrativo y operativo de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado, para que estén preparados con sus equipos de apoyo, rescate, y medios de transporte.
– La Coordinación Ejecutiva de Protección Civil Estatal y Secretaría Técnica del Consejo Estatal de Protección Civil, le comunicará al Secretario Ejecutivo del Consejo, de la alerta hecha a las comunidades afectables, le propondrá el Programa Operativo a implementar, el sistema de información permanente con las poblaciones afectables, y el lugar en donde deberá instalarse el Centro de Operaciones para mantenerlos al tanto de la evolución de la situación.
– El Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Protección Civil, informará al Presidente del
Consejo y le solicitará se convoque a Sesión del Consejo Estatal de Protección Civil, ésta sesión será presidida por el Gobernador del Estado en su calidad de Presidente del mismo. Analizando en conjunto la situación, determinando el nivel de gravedad y previendo su evolución.
– El Secretario Ejecutivo del Consejo establecerá los objetivos y acciones prioritarias a
implementar y que deberán ser desarrolladas por cada Comisión Permanente del Consejo Estatal.
– Se alertará a las brigadas internas de cada una de las dependencias, instituciones,
organismos, sectores y grupos de apoyo miembros del Consejo y Sistema Estatal de Protección Civil.
– Se activará el Centro Estatal de Operaciones.
– Se declarará en sesión permanente al Consejo Estatal hasta el término de la emergencia o
desastre.
COORDINACIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL
– Elaborará boletines de prevención y orientación a la población que posiblemente se vea
afectada, transmitiéndolos por los diferentes medios masivos de comunicación, para lo cual deberá contar con la colaboración de los miembros de la Comisión de Comunicación Social del Consejo Estatal de Protección Civil.
– Informará a la opinión pública en forma periódica de la evolución de la situación y los
acontecimientos que se han presentado.
– Elaborará un programa integral de información que difundirá a través de los medios masivos
de comunicación para alertar a la ciudadanía de las condiciones adversas que se presentarán y que medidas preventivas habrán de implementar para evitar el daño a sus edificaciones, muebles, aparatos, equipamiento, tuberías, medidores, tinacos, calentadores de agua, ropa y enseres domésticos.
SISTEMA ESTATAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA
– Alertará y ratificará que sus centros operativos tengan el personal y abasto de alimentos,
colchonetas, cobertores, ropa y los apoyos suficientes para atender la población que pueda ser afectada, así como al personal operativo de las diferentes dependencias e instituciones de Gobierno del Estado y Grupos de Apoyo que participen en la atención de la emergencia o desastre.
– Alertará sobre la situación a los Sistemas DIF Municipales, organizaciones y grupos de
voluntarios del DIF Estatal de las zonas urbana, rural y serrana probables de ser afectadas. SECRETARÍA DE FINANZAS, INVERSIÓN Y ADMINISTRACIÓN
– Alertará a sus colaboradores para que los recursos económicos y materiales del Fondo
Estatal de Contingencias para la Atención de Emergencias y Desastres originados por un alto riesgo o desastre, estén disponibles.
MUNICIPIOS Y COMUNIDADES AFECTABLES
– El o los municipios y la(s) comunidad(es) afectable(s), deberá(n) permanecer atento(s) a los
avisos sobre el fenómeno perturbador e implementará(n) las acciones de su(s) Programa(s) Municipales para la atención de emergencias y desastres ocasionados por fenómenos perturbadores, procurando la autoprotección personal, la de sus bienes y su entorno.
– Continuarán permanentemente informando la evolución de la emergencia o desastre a la
Unidad Estatal de Protección Civil.
SECRETARÍA DE OBRA PÚBLICA
SECRETARÍA DE DESARROLLO AGROALIMENTARIO Y RURAL SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO
SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO SUSTENTABLE SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GUANAJUATO
INSTITUTO DE PLANEACIÓN, ESTADÍSTICA Y GEOGRAFÍA COMISIÓN ESTATAL DEL AGUA GUANAJUATO
– Alertarán a su equipo de trabajo para que verifiquen sus planes, programas y recursos de
apoyo al Estado para casos de contingencia.
– Alertarán a sus brigadas para que estén preparados a participar en la posible emergencia o
desastre.
SECRETARÍA DE SALUD
– Convocará a sesión extraordinaria al Comité Estatal para la Seguridad en Salud (CESSA),
para informar a las Jurisdicciones Sanitarias e Instituciones del Sector, la presencia de una amenaza a la población, para que permanezcan en estado de alerta procediendo de acuerdo al Plan de atención a la Salud en caso de desastre.
– Informará a la Unidad Estatal el número de habitantes de cada comunidad de la zona rural y
serrana que puedan ser afectadas por la contingencia, así mismo, la edad, sexo y estado de salud, para a su vez informar al Consejo Estatal.
– Continuará informando sobre la evolución del fenómeno perturbador con base en la
información proporcionada por la autoridad competente en el tipo de fenómeno de que se trate.
– Establecerá comunicación directa y permanente hacia los diferentes niveles y áreas de
atención de la propia institución (coordinación interna), con las instituciones que integran el sector salud (coordinación intersectorial) y con los diferentes sectores que integran el Sistema Estatal de Protección Civil que se trate (coordinación intersectorial).
– Revisará y completará su inventario de recursos humanos y materiales en la medida que la
contingencia lo pueda requerir.
– Alertará a sus brigadas de médicos de apoyo externo para que estén preparados a acudir a
los centros hospitalarios y refugios temporales en caso de ser requeridos por la contingencia.
– Agrupará su parque vehicular y para traslado de lesionados y pacientes a los centros de salud
o a los refugios temporales, así como para actividades de epidemiología, vacunación, etc.
– Verificarán las condiciones sanitarias de las instalaciones que están destinadas para refugios
temporales.
– A solicitud de la Comisión encargada de la atención de Fenómenos Sanitarios–
Epidemiológicos del Consejo Estatal de Protección Civil, jefe(s) de la(s) jurisdicción(es) deberán asistir a las reuniones de dicha Comisión del Consejo Estatal de Protección Civil para coordinarse en cada una de las acciones que se establezcan.
– Distribuirá trípticos, boletines, folletos, carteles y proporcionará pláticas en relación a las medidas que la población debe realizar antes, durante y después de la contingencia.
SECRETARÍA DE OBRA PÚBLICA
– En coordinación con la Unidad Estatal de Protección Civil y los municipios, ejecutará acciones
preventivas y correctivas en zonas con asentamientos humanos en áreas de riesgo por inundaciones, de inestabilidad de suelos y laderas, etc.
– Ejecutará los trabajos preventivos y correctivos en aquellas edificaciones del Gobierno del
Estado que puedan desplomarse a consecuencia de sismos, vientos, precipitaciones pluviales, acumulación de granizo, hielo o nieve en sus techumbres.
– Ejecutará trabajos preventivos y correctivos en aquellos inmuebles estatales designados
como refugios temporales.
– Ejecutará acciones preventivas y correctivas en carreteras, caminos, calles, avenidas y
vialidades a cargo del estado y que estén contempladas como rutas de evacuación. SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE GUANAJUATO
– Alertará a los centros educativos del Estado que pudieran ser afectadas para que tomen las
acciones de alerta a la población docente y estudiantil.
– Instruirá a los maestros de los centros educativos para que pongan bajo resguardo el equipo,
instrumentos, accesorios, materiales, productos químicos, combustibles y solventes que puedan ser afectados por la contingencia y provoquen otra en paralelo.
– Supervisará los centros educativos que en caso de ser requeridos puedan ser utilizados como
refugios temporales.
– Alertará a sus brigadas de la situación que prevalece y el tipo de operativo que habrán de
coordinar.
– Colaborará en la distribución y difusión de medidas preventivas y operativas que habrán de
observar las comunidades que puedan ser afectables y sepan que hacer antes, durante y después de la emergencia.
SECRETARÍA DE DESARROLLO AGROALIMETARIO Y RURAL
– Alertará a sus brigadas para que informen de la situación que está por presentarse en las
comunidades y poblados del Estado que puedan ser afectables.
– Establecerá los sistemas de comunicación necesarios para mantenerlos informados
permanentemente de la evolución del fenómeno perturbador.
– Elaborará y distribuirá boletines informativos y trípticos con las medidas preventivas que
habrán de observar las comunidades para saber que hacer antes, durante y después de la emergencia.
– En coordinación con la Secretaría de Obra Pública, la Comisión Estatal del Agua, la Comisión
Nacional del Agua, los Módulos y Distritos de Riego en el Estado, ejecutarán las obras de prevención y protección necesarias para proteger a la población y sus bienes en los centros de población y áreas productivas susceptibles de afectación.
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (IMSS)
INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL AL SERVICIO DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO (ISSSTE)
– Las clínicas y hospitales del IMSS y del ISSSTE, mantendrán en alerta su Plan Operativo de
Emergencia para Desastres Internos y Externos, y deberán coordinarse con el Secretario de Salud de Guanajuato, Consejero Permanente del Consejo Estatal de Protección Civil.
COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD
– Establecerá comunicación con sus zonas para entrar en estado de alerta.
– Alertará a la Unidad Estatal de Protección Civil de los lugares donde tienen instaladas
estaciones y subestaciones que se consideren vulnerables ante la presencia del fenómeno perturbador, y hará del conocimiento del inventario de personal y equipo que pudiera poner a disposición del Consejo Estatal de Protección Civil para la atención de la emergencia o desastre.
SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
– Alertará a sus residencias generales de obra, conservación y reconstrucción y de puentes,
sobre la presencia del fenómeno perturbador, con la finalidad de que vigilen su zona de influencia y realicen las acciones preventivas y correctivas que sean necesarias a la infraestructura y vías de comunicación que a su juicio consideren necesarias.
POLICÍA FEDERAL
– Alertará a la Unidad Estatal de Protección Civil de las condiciones que prevalecen en la zona
bajo su vigilancia en el Estado de Guanajuato que pudiera verse afectada.
– Alertará de las condiciones que prevalecen a los automovilistas y conductores que transiten
por las carreteras de su jurisdicción.
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y GEOGRAFÍA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO
INSTITUTO DE PLANEACIÓN, ESTADÍSTICA Y GEOGRAFÍA
– Proporcionarán a la Unidad Estatal de Protección Civil la información geográfica y socio–
demográfica del Estado que les requiera para identificar a la población y zonas que puedan ser afectados por el fenómeno perturbador de que se trate la posible emergencia.
– Las demás dependencias, entidades y organismos gubernamentales y los grupos voluntarios
organizados y miembros del sistema y consejo estatal de protección civil entrarán en estado de alerta, preparando su participación operativa para la atención de emergencias y desastres ocasionados por fenómenos perturbadores.
SUBPROGRAMA DE AUXILIO
(Durante la emergencia y desastre)
Este se activa cuando algún Municipio del Estado ha sido afectado por fenómenos perturbadores y solicita al Gobernador del Estado y Presidente del Consejo Estatal de Protección Civil, la intervención del Gobierno del Estado a través del Sistema y Consejo Estatal de Protección Civil por no contar con los recursos humanos, técnicos, materiales y financieros suficientes para hacer frente a la emergencia o desastre que se ha presentado en su municipio. EL CONSEJO ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL
– Una vez que el Presidente del Consejo Estatal, cuente con la solicitud del Presidente
Municipal del municipio siniestrado por considerar que ha sido rebasada su capacidad de respuesta para la atención de la emergencia, y la corroboración de la información proporcionada por el municipio afectado a la Coordinación Ejecutiva de Protección Civil Estatal, instruirá al Secretario Ejecutivo del Consejo para que se implemente el Subprograma de Auxilio.
– El Presidente del Consejo Estatal, a través del Secretario Ejecutivo del mismo, activará el
Subprograma de Auxilio del Plan Estatal de Contingencias y el Centro Estatal de Operaciones, dentro del que mantendrán su representación todos los miembros del Consejo Estatal de Protección Civil que sean requeridos para atender la emergencia o desastre.
– El Presidente del Consejo Estatal convocará a sesión permanente a los miembros del
Consejo Estatal.
COMANDANCIA DE LA 12ª REGIÓN MILITAR COMANDANCIA DE LA 16ª ZONA MILITAR
– De acuerdo con la gravedad de la emergencia, activarán el Plan DN-III-E y se sumarán a las
tareas que coordinará el Titular de la Comisión Operativa del Consejo.
– Algunas de las actividades que realizarán:
– Evaluación, auxilio, búsqueda, rescate, evacuación, asistencia a damnificados y control de
riesgos.
– Seguridad, protección de la integridad física de los ciudadanos, sus bienes y el patrimonio
municipal y estatal.
– Acordonamiento y colocación de señalamiento en las zonas restringidas y/o peligrosas.
– Transporte para la población que lo requiera en caso de evacuación.
– Administración de los refugios temporales y atención a los damnificados en los refugios
temporales.
– Proporcionarán servicios de salud a la población.
– Servicios estratégicos, equipamiento y bienes, en cuanto a restablecer el funcionamiento de
los mismos
– Ejecutarán trabajos de prevención y protección a la población y sus bienes.
PRESIDENCIA MUNICIPAL
– Pondrá a disposición del Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal de Protección Civil, los
recursos humanos, técnicos, materiales y financieros del Consejo y Sistema Municipal de Protección Civil.
CENTRO ESTATAL DE OPERACIONES CENTRO MUNICIPAL DE OPERACIONES
– Los Centros Estatal y Municipal de Protección Civil, de manera coordinada vigilarán la
evolución, atención y control de la emergencia o desastre.
– Recibirán permanentemente la información de las fuerzas de tarea de todas las
Dependencias, Entidades y Organismos Estatales, Municipales y Grupos de Apoyo que participan en el Subprograma de Auxilio.
– Comunicarán la información recibida al Secretario Técnico del Consejo Estatal, para que
proponga al Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal las estrategias y acciones prioritarias a implementar de acuerdo a la situación que se presenta y la forma en habrá de enfrentarse al fenómeno destructivo de acuerdo al pronóstico de su evolución.
– El Secretario Ejecutivo del Consejo en conjunto con la Comisión de Evaluación y Control del
Consejo Estatal, organizará diariamente en los Centros Estatal y Municipal de Operaciones instalados, las reuniones de evaluación correspondientes, en las que participarán los representantes del municipio y la(s) comunidad(es) afectada(s).
– Con la información proporcionada por los Centros de Operación, el Secretario Ejecutivo del
Consejo y el Titular de la Comisión de Comunicación Social del Consejo Determinará, determinarán la información que debe darse a conocer a la población a través de los diversos medios de comunicación.
SECRETARÍA DE SEGURIDAD PÚBLICA, a través de la Unidad Estatal de Protección Civil:
– Señalará y coordinará las acciones operativas que deberán ejecutar las fuerzas de tarea que
participan en la atención de la emergencia o desastre.
– En conjunto con las dependencias, instituciones y grupos de apoyo, órganos de consulta y
coordinación de la Comisión Operativa del Consejo, visitarán la(s) comunidad(es) afectada(s).
– Organizará a la(s) comunidad(es) afectada(s) con el propósito de que la(s) misma(s) designen
a sus representantes en los Centro de Operaciones Municipal y Estatal.
– En conjunto con la Comisión de Evaluación y Control del Consejo Estatal, y la Unidad
Municipal de Protección Civil del municipio afectado, evaluará la magnitud de los daños.
– En conjunto con la Comisión de Evaluación y Control del Consejo Estatal, y la Unidad
Municipal de Protección Civil del municipio afectado, estimará la pérdida de vidas humanas (si fuera el caso), y la cantidad de heridos, así como la pérdida de cabezas de ganado y aves de corral.
– En conjunto con la Comisión de Evaluación y Control del Consejo Estatal, y la Unidad
Municipal de Protección Civil del municipio afectado, evaluará los daños a los bienes, servicios básicos, infraestructura y medio ambiente.
– En conjunto con la Comisión de Evaluación y Control del Consejo Estatal, y la Unidad
Municipal de Protección Civil del municipio afectado, estimará la cantidad de damnificados y sus necesidades, a estos trabajos se sumarán el DIF Estatal y Municipal.
– En conjunto con las Comisiones de Evaluación y Control, y de Apoyo Financiero, del Consejo
Estatal, la Presidencia Municipal y la Unidad Municipal de Protección Civil del municipio afectado, los Sistemas DIF Estatal y Municipal y la misma población afectada, cuantificarán las necesidades básicas de subsistencia (despensas, artículos de abrigo y otros enseres) para la población damnificada.
– En conjunto con las Comisiones de Evaluación y Control, y de Apoyo Financiero, del Consejo
Estatal, llevará el registro y control de los apoyos recibidos y proporcionados a la población a través de sus representantes.
– En conjunto con las Comisiones de Evaluación y Control, y de Apoyo Financiero, del Consejo Estatal, elaborará los reportes correspondientes y los turnará al Secretario Ejecutivo del Consejo Estatal con la frecuencia que requiera la contingencia.
H. CUERPO DE BOMBEROS DEL MUNICIPIO
– Asignará un representante en los Centros Estatal y Municipal de Operaciones para la
coordinación de sus acciones durante la atención de la emergencia.
– Bajo la coordinación del Secretario Técnico del Consejo Estatal de Protección Civil, realizará
actividades de auxilio, búsqueda, rescate y salvamento de personas afectadas por la emergencia.
– Atenderá las contingencias que se presenten en la situación de emergencia, en el marco de
su competencia.
– Informará permanentemente al Secretario Técnico del Consejo Estatal de Protección Civil la
evolución de la contingencia, para que determinen en conjunto las acciones a implementar hasta el término de la emergencia o desastre.
– Informará al Secretario Técnico del Consejo Estatal de Protección Civil de las situaciones de
riesgo que pudieran presentarse en la zona afectada u otros puntos a consecuencia de la emergencia.
SISTEMA ESTATAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA MUNICIPAL
DELEGACIÓN ESTATAL DE LA CRUZ ROJA MEXICANA
– Apoyarán a las Comisiones de Evaluación y Control del Consejo Estatal, y a la Unidad Estatal
y Municipal de Protección Civil, en la cuantificación de la población damnificada.
– Apoyarán en la activación y atención de los refugios temporales, en coordinación con la 12ª
Región Militar y la 16ª Zona Militar.
– Aportarán alimentos e insumos (despensas, colchonetas, cobertores, láminas de cartón, etc.)
para la población afectada, a través de la organización que el Secretario Técnico del Consejo Estatal establezca para el caso.
– Informarán y solicitarán apoyo en los Centros Estatal y Municipal de Operaciones para las
personas que requieran hospitalización o traslado en ambulancia.
– Incorporarán a las familias afectadas a sus programas de asistencia social hasta su
recuperación.
SECRETARÍA DE LA TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS SECRETARÍA DE FINANZAS, INVERSIÓN Y ADMINISTRACIÓN
SISTEMA ESTATAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA LA UNIDAD ESTATAL DE PROTECCIÓN CIVIL
DELEGACIÓN ESTATAL DE LA CRUZ ROJA MEXICANA
– Enviarán a sus representantes a los Centros de Acopio para que en coordinación con los
responsables de los mismos lleven el control de la recepción.
– La distribución de las ayudas oficiales y de los donativos recibidos, las realizarán de acuerdo
a lo señalado por el Secretario Técnico del Consejo Estatal, el cual tomará de referencia la información que le ha sido proporcionada.
– Verificarán que en los Centros de Acopio se aplique el “Procedimiento administrativo para
entrega, recepción, manejo y distribución de apoyos a damnificados” autorizado por la Secretaría de Finanzas, Inversión y Administración y la Secretaría de la Transparencia y Rendición de Cuentas, sobre todo, de los recursos que provengan del Fondo Estatal de
Contingencias y la Reserva Estratégica del Fondo Revolvente del FONDEN para la atención de emergencias.
– En forma aleatoria visitarán a los beneficiados para determinar si efectivamente recibieron los
apoyos según lo señalen los reportes de salida.
– Enviarán a sus representantes a los refugios temporales para que en coordinación con los
responsables de los mismos, lleven el control de la recepción y distribución de las ayudas oficiales para la atención de emergencias.
LA(S) COMUNIDAD(ES) AFECTADA(S)
– Designará a sus representantes ante el Centro de Operaciones.
– Colaborarán en el levantamiento del censo de la población afectada, por fraccionamientos,
colonias, asentamientos, comunidades y poblados rurales o serranos.
– Colaborarán en el levantamiento del censo de las viviendas y servicios afectados.
– Determinará sus necesidades con base al censo de población, viviendas y servicios
afectados.
– Colaborarán en la seguridad y vigilancia de los recursos para la población afectada.
– Colaborarán en la buena administración y distribución de los recursos.
– Participarán organizadamente en sus labores de autoprotección y restablecimiento.
– Atenderá las labores correspondientes en la organización interna de los refugios y cocinas
comunitarias.
– Se mantendrán atentos a las indicaciones que emitan las autoridades competentes a través
de los medios masivos de comunicación para saber que hacer durante la contingencia y que acciones se están implementando para su auxilio y rescate.
– Acatará las indicaciones que emitan las autoridades del Consejo Estatal, sin oponerse a ellas,
sobre todo en caso de ser necesaria la evacuación del área afectada. COORDINACIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL
– Integrará y organizará la información que se reciba en el Centro Estatal de Operaciones de
los miembros de la Comisión de Comunicación Social del Consejo Estatal, del Titular de la Comisión de Evaluación y Control, y de los representantes de los Municipios y Comunidades afectadas, particularmente sobre los datos de víctimas y lesionados, daños a bienes, servicios básicos, infraestructura y la ecología, y la canalizará hacia los medios de comunicación masiva.
– Elaborará y transmitirá en las poblaciones afectadas, a través de los diferentes medios de
comunicación boletines informativos sobre:
Situación que prevalece y la evolución de la emergencia.
Normas de comportamiento para la población.
Instrucciones en caso de evacuación.
Puntos de reunión para traslado a los refugios temporales.
Rutas de evacuación a seguir.
Ubicación de los refugios temporales.
Recomendaciones generales y específicas.
Datos sobre víctimas y lesionados.
Ubicación de las víctimas fatales y lesionados graves.
Ubicación de los Centros de Acopio para ayuda a las víctimas y damnificados.
Se constituirá con la única fuente de información hacia los medios masivos de