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Grupo o subgrupo actual

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Academic year: 2021

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CASOS PRÁCTICOS DE SIMULACIÓN DE LA CARRERA PROFESIONAL DEL P.A.S.

Ejemplo 1

Funcionario de carrera en grupo actual A2 con antigüedad de 10 años; anteriormente había pertenecido al grupo C1, con una antigüedad de 4 años e inicialmente, al grupo C2, con una antigüedad de 2 años.

Instrucciones: Colocar en las casillas verdes de la tabla de simulación los datos correspondientes a las respectivas antigüedades.

La cantidad resultante de 4.095,40 € sería el mínimo garantizado para este funcionario, hasta que alcance el GDP III del grupo A2. Esta cantidad será absorbida por el complemento de carrera profesional cuando este funcionario alcance el GDP III.

(Nota: las cuantías de la tabla precedente son orientativas y son similares a las publicadas en la Ley de Presupuestos de la Generalitat Valenciana para 2014 y no tienen por qué ser necesariamente las que se apliquen en la Universidad de Alicante)

Especifica tu Grupo actual:

(2)

Según se indica en el simulador, este personal sería inicialmente encuadrado en el GDP II del grupo A2.

Esta persona permanecerá 6 años, al menos, percibiendo la cantidad de 4.095,40 € en concepto de complemento compensatorio de carrera administrativa, por ser superior a los 3.014,00 € correspondientes al GDP II del grupo A2, donde fue encuadrado inicialmente. Cuando alcance el GDP III, el importe para este grupo, de 4.520,50 € superará dicho complemento compensatorio y será absorbido por esta mayor cuantía.

Referencias:

a) Respecto al encuadramiento inicial: art 8 y DT primera, del Texto de referencia (http://web.ua.es/es/csif/documentos/carrera-profesional/texto-de-referencia-carrera-profesional.pdf)

b) Respecto al cálculo del complemento compensatorio: art. 18.2; DA 6ª; DT 6ª, del Texto de referencia(http://web.ua.es/es/csif/documentos/carrera-profesional/texto-de-referencia-carrera-profesional.pdf)

Ejemplo 2

Funcionario de carrera en grupo actual C1 con antigüedad de 4 años; anteriormente había pertenecido al grupo C2, con una antigüedad de 4 años. El año pasado, esta persona percibió por los conceptos de “complemento compensatorio GV” y de “productividad” unas retribuciones brutas de 500 €.

Instrucciones: Colocar en las casillas verdes de la tabla de simulación los datos correspondientes a las respectivas antigüedades.

(3)

La cantidad resultante de 1.390,40 € sería el mínimo garantizado para este funcionario. Esta cantidad será absorbida por el complemento de carrera profesional cuando este funcionario alcance el GDP II del grupo C1.

(Nota: las cuantías de la tabla precedente son orientativas y son similares a las publicadas en la Ley de Presupuestos de la Generalitat Valenciana para 2014 y no tienen por qué ser necesariamente las que se apliquen en la Universidad de Alicante)

Especifica tu Grupo actual:

Grupo o subgrupo actual C1

Según se indica en el simulador, este personal sería inicialmente encuadrado en el GDP de acceso del Grupo C1 por ser su antigüedad en el mismo inferior a 5 años.

Como sabemos las retribuciones por el “complemento compensatorio GV” y de “productividad” que venía percibiendo el funcionario, lo introducimos en el simulador:

El simulador devuelve el siguiente resultado:

Esta persona tendrá garantizado durante el año 2015 la cuantía de las retribuciones que venía percibiendo en concepto de “complemento compensatorio GV” y de “productividad”, ya que las otras cantidades calculadas son inferiores; durante 2016, tendrá garantizada una cantidad de 917,66 € y, a partir de 2017, tendrá garantizada la cantidad de 1.390,40 €.

(4)

Esta persona deberá esperar 6 años, al menos, para acceder al GDP II, momento en el que percibirá la cantidad de 1.932,00 €, que como será superior al complemento compensatorio de carrera administrativa, absorberá a éste.

Referencias:

a) Respecto al encuadramiento inicial: art 8 y DT primera, del Texto de referencia

(http://web.ua.es/es/csif/documentos/carrera-profesional/texto-de-referencia-carrera-profesional.pdf) b) Respecto al cálculo del complemento compensatorio: art. 18.2; DA 6ª; DT 6ª, del Texto de

referencia (http://web.ua.es/es/csif/documentos/carrera-profesional/texto-de-referencia-carrera-profesional.pdf)

Ejemplo 3

Funcionario de carrera en grupo actual C1 con antigüedad de 3 años. En 2014, año de implantación efectiva del sistema de carrera profesional, este empleado público promociona al grupo A2. El complemento compensatorio GV y productividad del último año ascendió a 600,00 €. Instrucciones: Colocar en las casillas verdes de la tabla de simulación los datos correspondientes a las respectivas antigüedades.

Según se indica en el simulador, este personal sería inicialmente encuadrado en el GDP de acceso del Grupo A2 por ser su antigüedad en el mismo inferior a 5 años.

La cantidad que correspondería como complemento compensatorio de carrera administrativa sería de 0 € al no tener cubierto el periodo mínimo de 5 años necesario, pero, a los efectos de evitar la pérdida de poder adquisitivo, el empleado público percibiría las retribuciones correspondientes al “complemento compensatorio GV” y de “productividad”, que conocemos y que en este concreto caso, son de 600,00 €

(5)

Ese importe de 600,00 € lo percibiría esta persona durante un periodo de 2 años, que será cuando complete un tramo de 5 años y esta cuantía sea absorbida por el complemento compensatorio por los servicios previos prestados hasta ese momento, que tiene en cuenta la antigüedad en el grupo C1 y en el grupo A2, según muestra el siguiente cuadro:

Finalmente, esta persona percibiría la cuantía de 1.181,90 € durante 3 años, momento en el que este importe sería absorbido por el correspondiente al GDPI de su grupo actual A2, pasando a percibir el importe de 1.506,50 €.

(Nota: las cuantías de la tabla precedente son orientativas y son similares a las publicadas en la Ley de Presupuestos de la Generalitat Valenciana para 2014 y no tienen por qué ser necesariamente las que se apliquen en la Universidad de Alicante)

Referencias:

a) Respecto al encuadramiento inicial: art 8 y DT primera, del Texto de referencia

(6)

b) Respecto al cálculo del complemento compensatorio: art. 18.2; DA 6ª; DT 6ª, del Texto de referencia ( http://web.ua.es/es/csif/documentos/carrera-profesional/texto-de-referencia-carrera-profesional.pdf)

c) Respecto a garantizar la cuantía del “complemento compensatorio GV” y “de

productividad” DT 6ª ( http://web.ua.es/es/csif/documentos/carrera-profesional/texto-de-referencia-carrera-profesional.pdf)

Ejemplo 4

Funcionario de carrera encuadrado en el grupo C1, con una antigüedad total de 4 años.

Como “complemento compensatorio GV” y de “productividad” ha percibido en el último año el importe de 350,00 €.

Instrucciones: Colocar en las casillas verdes de la tabla de simulación los datos correspondientes a las respectivas antigüedades.

La cantidad que correspondería como complemento compensatorio de carrera administrativa sería de 0 € al no tener cubierto el periodo mínimo de 5 años necesario, pero, a los efectos de evitar la pérdida de poder adquisitivo, el empleado público percibiría las retribuciones correspondientes al “complemento compensatorio GV” y de “productividad”, que conocemos y que en este concreto caso, son de 350,00 €

(7)

Ese importe de 350,00 € lo percibiría esta persona durante un periodo de 1 año, que será cuando complete un tramo de 5 años y esta cuantía sea absorbida por el complemento compensatorio del GDP I, según muestra el siguiente cuadro:

(Nota: las cuantías de la tabla precedente son orientativas y son similares a las publicadas en la Ley de Presupuestos de la Generalitat Valenciana para 2014 y no tienen por qué ser necesariamente las que se apliquen en la Universidad de Alicante)

Por ello, transcurrido el año restante, esta persona podrá solicitar el acceso al GDP I del grupo C1 y empezará a percibir el importe correspondiente a dicho grupo, de 965,00 € durante los siguientes 5 años, en que podrá acceder al GDP II, salvo que antes de dicha fecha promocionara o accediera por oposición un grupo superior, momento en el que habría que realizar un nuevo cálculo.

Referencias:

a) Respecto al encuadramiento inicial: art 8 y DT primera, del Texto de referencia (http://web.ua.es/es/csif/documentos/carrera-profesional/texto-de-referencia-carrera-profesional.pdf) b) Respecto al cálculo del complemento compensatorio: art. 18.2; DA 6ª; DT 6ª, del Texto de

referencia ( http://web.ua.es/es/csif/documentos/carrera-profesional/texto-de-referencia-carrera-profesional.pdf)

Ejemplo 5

Funcionario de carrera, con 10 años de antigüedad total en la UA, de los que 4 años han sido como interino en el grupo C2, 4 años como funcionario de carrera en el grupo C2 y actualmente lleva 2 años en el grupo C1 al haber promocionado internamente.

Sabemos que en el último año cobró en concepto de “complemento compensatorio GV” y de “productividad” el importe de 400,00 euros.

(8)

Instrucciones: Colocar en las casillas verdes de la tabla de simulación los datos correspondientes a las respectivas antigüedades.

La cantidad resultante de 1.622,20 € sería el mínimo garantizado para este funcionario. En este caso, esta cuantía al ser superior al importe percibido tanto por “complemento compensatorio GV” como por “productividad” (400,00 €) absorbería el mismo. Asimismo, quedará encuadrado en el GDP de acceso.

Por tanto, este empleado público tendrá garantizados 1.622,20 € durante, al menos, 8 años, momento en que podrá solicitar el acceso al GDP II y el importe correspondiente al mismo, de 1.932,00 € absorberá al percibido hasta esa fecha, como muestra el siguiente cuadro.

(Nota: las cuantías de la tabla precedente son orientativas y son similares a las publicadas en la Ley de Presupuestos de la Generalitat Valenciana para 2014 y no tienen por qué ser necesariamente las que se apliquen en la Universidad de Alicante)

(9)

Referencias:

a) Respecto al encuadramiento inicial: art 8 y DT primera, del Texto de referencia (http://web.ua.es/es/csif/documentos/carrera-profesional/texto-de-referencia-carrera-profesional.pdf) b) Respecto al cálculo del complemento compensatorio: art. 18.2; DA 6ª; DT 6ª, del Texto de

referencia ( http://web.ua.es/es/csif/documentos/carrera-profesional/texto-de-referencia-carrera-profesional.pdf)

Ejemplo 6

Funcionario interino en grupo actual C1 con antigüedad de 10 años; anteriormente había pertenecido al grupo C2, igualmente de forma temporal, con una antigüedad de 4 años.

No le corresponde percepción de complemento de carrera administrativa, con la redacción dada al Acuerdo por el que se implanta la carrera profesional

(http://web.ua.es/es/csif/documentos/acuerdo-firmado-carrera-profesional.pdf y

http://web.ua.es/es/csif/documentos/carrera-profesional/comentarios-interinidades.pdf)

Consideramos que se debería garantizar, en todo caso, que se respetarán los servicios previos prestados por este personal a la hora de acceder al sistema de carrera cuando tengan la condición de personal empleado público fijo. Así, se les debería poder acceder al GDP correspondiente a su antigüedad y, por otra parte, se les debería garantizar un complemento compensatorio justo que tenga en cuenta esta antigüedad.

Por otro lado, se deberá garantizar a este colectivo el mantenimiento de sus retribuciones actuales y, por tanto, deberían mantenerse las cantidades percibidas por los conceptos de complemento compensatorio GV y de productividad.

En este sentido lo hemos solicitado a Gerencia ( http://web.ua.es/es/csif/documentos/carrera-profesional/escrito-a-gerencia-interinos.pdf

Referencias:

a) Respecto a acceso al sistema:

No accederán hasta no ser empleados públicos fijos (art. 1)

A menos que por legislación o jurisprudencia vinculante se establezca lo contrario (DT 1ª 4)

b) Respecto a garantizar la cuantía del “complemento compensatorio GV” y “de productividad” DT 6ª mientras no se le permita acceder al sistema.

c) Respecto a garantizar ENCUADRAMIENTO INICIAL, cuando sean empleados públicos fijos, en el GDP correspondiente a su antigüedad (Art. 8.2. Nuestra propuesta es que se suprima el requisito de inicio en el GDP de acceso) y teniendo en cuenta la definición de antigüedad que proponemos como cualquier servicio previo en la Administración pública.

(10)

Ejemplo 7

Persona que acaba de conseguir la condición de funcionario de carrera en grupo C1. Previamente había prestado servicios como funcionario interino en el grupo C1 con antigüedad de 4 años y en el grupo C2 con una antigüedad de 4 años. El importe percibido en el último año en concepto de “complemento compensatorio GV” y de “productividad” fue de 500,00€.

Instrucciones: Colocar en las casillas verdes de la tabla de simulación los datos correspondientes a las respectivas antigüedades.

La cantidad resultante de 1.390,40 € sería el mínimo garantizado para este funcionario. Esta cantidad será absorbida por el complemento de carrera profesional cuando este funcionario alcance el GDP II del grupo C1.

(Nota: las cuantías de la tabla precedente son orientativas y son similares a las publicadas en la Ley de Presupuestos de la Generalitat Valenciana para 2014 y no tienen por qué ser necesariamente las que se apliquen en la Universidad de Alicante)

Especifica tu Grupo actual:

Grupo o subgrupo actual C1

Según se indica en el simulador, este personal sería inicialmente encuadrado en el GDP de acceso del Grupo C1 por ser su antigüedad en el mismo inferior a 5 años.

(11)

Como sabemos las retribuciones por el “complemento compensatorio GV” y de “productividad” que venía percibiendo el funcionario, lo introducimos en el simulador:

El simulador devuelve el siguiente resultado:

Esta persona tendrá garantizado durante el año 2015 la cuantía de las retribuciones que venía percibiendo en concepto de “complemento compensatorio GV” y de “productividad”, ya que las otras cantidades calculadas son inferiores; durante 2016, tendrá garantizada una cantidad de 917,66 € y, a partir de 2017, tendrá garantizada la cantidad de 1.390,40 €.

Esta persona deberá esperar 6 años, al menos, para acceder al GDP II, momento en el que percibirá la cantidad de 1.932,00 €, que como será superior al complemento compensatorio de carrera administrativa, absorberá a éste.

Referencias:

a) Respecto al encuadramiento inicial: art 8 y DT primera, del Texto de referencia (http://web.ua.es/es/csif/documentos/carrera-profesional/texto-de-referencia-carrera-profesional.pdf

)

b) Respecto al cálculo del complemento compensatorio: art. 18.2; DA 6ª; DT 6ª, del Texto de referencia ( http://web.ua.es/es/csif/documentos/carrera-profesional/texto-de-referencia-carrera-profesional.pdf)

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